1. Programa de seguridad laboral
Andrea González Cifuentes
Eneida Arias Arenas
Miguel Ángel Bolaños
2. Programa de seguridad
laboral
El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo o Programa
de Seguridad e Higiene Industrial, es el conjunto de
objetivos, acciones y metodologías establecidos para
identificar, prevenir y controlar aquellos procesos peligrosos
presentes en el ambiente de trabajo y minimizar el riesgo de
ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades ocupacionales.
3. Liderazgo y compromiso
Las condiciones y exigencias de los trabajadores han
cambiado y para conseguir el compromiso por el cual los
empleados acepten realizar las tareas encomendadas, los
Líderes deben pensar de manera diferente.
Hasta ahora, muchos Líderes empresarios asumían que
los empleados estaban obligados a cumplir con un
compromiso total sobre el trabajo que realizaban, a
cambio, únicamente, del salario devengado y los
beneficios de ley.
4. Actualmente, la tendencia es la de dar mayor
importancia al capital humano (como se le llama)
como motor de los procesos y actividades
empresariales, y buscar la manera de favorecerle,
en mayor medida, y de acuerdo a sus necesidades
particulares, con el objeto de lograr ese
compromiso verdadero que genere ventajas para
todos los involucrados en el sistema
organizacional.
5. Seguridad y salud en el trabajo
Se refiere a la gestión de seguridad de la
empresa, los pasos que debe tener para
mantener la seguridad y salud laboral.
Prevenir, identificar, controlar o minimizar los
riesgos de accidentes que puedan originar daños a
personas.
Mantener los equipos en perfectas condiciones y
preparar al personal para actuar con seguridad
ante los casos de emergencia.
6. La Constitución de la OIT establece el
principio de protección de los trabajadores
respecto de las enfermedades y de los
accidentes del trabajo.
Proporcionando instrumentos esenciales para
que los gobiernos, los empleadores y los
trabajadores instauren dichas prácticas y
prevean la máxima seguridad en el trabajo
La Constitución de la OIT
7. Ley 1562 de 2012.
Art. 4° Enfermedad laboral
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la
exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad
laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto
obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en
forma periódica, las enfermedades que se consideran
como laborales y en los casos en que una enfermedad no
figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se
demuestre la relación de causalidad con los factores de
riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad
laboral, conforme lo establecido en las normas legales
vigentes.
9. RIESGOS ERGONOMICOS
Sedentación prolongada, generando:
Dolor y molestias en la zona lumbar.
Adormecimiento, calambres, ardor y molestia en las extremidades
inferiores (piernas y pies).
Micro movimientos motivado al uso del teclado del computador
generando:
Molestias, dolor en las manos y dedos.
Dolor en partes lumbares.
10. RIESGOS FISICOS
Incendios y descargas por irregularidades de voltaje eléctrico, o corto
circuito de equipos (computador, fax, teléfonos, entre otros), generando:
Quemaduras.
Asma.
Amputaciones.
Muerte.
Atracos cerca de las instalaciones de la empresa.
Agotamiento visual a consecuencia del contacto con la pantalla
o monitor del computador durante la jornada laboral.
11. ACCIDENTES
El riesgo de accidente se refiere a la posibilidad de sufrir una lesión repentina y
al riesgo de producirse un envenenamiento repentino provocado por una
exposición laboral inferior a un día. Se determina evaluando la posibilidad de
que ocurra un accidente y su gravedad.
12. Evaluación de los puestos de
trabajo
La evaluación de un puesto tiene en cuenta el equipo, el mobiliario, y otros
instrumentos auxiliares de trabajo, así como su disposición y dimensiones. La
disposición del puesto de trabajo depende de la amplitud del área donde se
realiza el trabajo y del equipo disponible, por lo tanto, no pueden darse
criterios específicos de evaluación para cada posibilidad.
13. La clasificación del espacio de trabajo está en función de que las medidas o
disposiciones técnicas permitan una postura de trabajo apropiada y correcta,
que no impida realizar movimientos y, en función de la evaluación general de la
zona de trabajo. Esta evaluación general se complementa con el análisis de la
actividad física, el levantamiento de pesos y los movimientos y posturas de
trabajo.
Actividad física general:
La actividad física general se determina según la intensidad de la actividad física
que requiera el trabajo, los métodos utilizados y los equipamientos. Estos
requerimientos pueden ser óptimos, pero también pueden ser demasiado
grandes o demasiado pequeños. La calidad se determina según el trabajador
pueda o no regular la carga de trabajo o si se regula por el método de producción
o por la situación en la que se realiza el trabajo.
14. Levantamiento de cargas:
El estrés causado por el levantamiento se basa en el peso de la carga, la distancia
horizontal entre la carga y el cuerpo (distancia de agarre), y la altura de
alzamiento.
Postura de trabajo y movimientos:
La postura de trabajo hace referencia a la posición del cuello, de los brazos, de la
espalda, de las caderas y de las piernas durante el trabajo. Los movimientos de
trabajo son los movimientos del cuerpo requeridos por el trabajo