APLICACIÓN DE LA LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMÁTICOS EN EL SECTOR PRIVADO
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1. DERECHO DE AUTOR
PRESENTADO A: NINFA
PRESENTADO POR : ANDRES CARDENAS
CURSO: 8 B
COLEGIO: SOTOMAYOR
23/07 /2014
2. ¿QUE ES ?
El derecho de autor es un conjunto de
normas jurídicas y principios que afirman
los derechos morales y patrimoniales que
la ley concede a los autores (los derechos de
autor), por el solo hecho de la creación de
una
obra literaria, artística, musical, científica o
didáctica, esté publicada o inédita.
3. ¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO DE AUTOR?
Es esencialmente individualista. El derecho sobre la obra
surge del acto personal de la creación. La obra es parte de
la personalidad del autor y permanece ligada a él a través
de su vida.
4. ¿PARA QUÉ SIRVE EL DERECHO
DE AUTOR?
Otorga a los autores reconocimiento por
sus obras y garantiza el
control a los creadores y titulares sobre
el uso de sus obras por
cualquier medio, sin temor a que se
realicen copias no autorizadas o
actos de piratería.
5. ¿HAY DIFERENTES SISTEMAS DE PROTECCIÓN
DE DERECHO DE AUTOR?
El sistema de droit d´auteur: (derecho de
autor) o de derecho civil, que es el caso de
Colombia, América Latina, Europa
continental y algunos países de África y Asia.
Se fundamenta en un derecho de la
personalidad.
El sistema copyright o de derecho común,
como ocurre en Estados Unidos, en Gran
Bretaña, en los países del Commonwealth y
los demás de tradición anglosajona.
6. ¿CUÁLES SON LAS VIOLACIONES MÁS
FRECUENTES AL DERECHO DE AUTOR?
La piratería, el plagio o la usurpación de obras y
la reprografía ilegal.
7. EN COLOMBIA, ¿ANTE QUÉ AUTORIDAD
SE DEBE HACER EL REGISTRO?
En Colombia, antes la dirección de derecho de
autor entidad adscrita al ministerio
De interior y de justicia. A este le compete diseño ,
dirección, administración y
Ejecución de las políticas gubernamentales en
materia de derecho de autor.
8. BREVE HISTORIA
Desde los orígenes de la humanidad, las obras
no tuvieron prohibiciones de copia,
reproducción o edición de las obras, entre las
cuales podemos mencionar obras tan antiguas
como el arte rupestre creado hace 40 milenios
en la Cueva de El Castillo en España o el poema
de Gilgamesh, desarrollado desde hace 4
milenios por los sumerios, escrito y preservado
hace 2 mil 650 años gracias al rey
Asirio Asurbanipal,Luego de la aparición de
la imprenta, se facilitó la distribución y copia
masiva de las obras, posteriormente surge la
necesidad de proteger las obras no como
objetos materiales, sino como fuentes
de propiedad intelectual.
9. CONCLUSION
Sí existe una necesidad de respetar las obras que están sujetas a la
protección intelectual, porque nos parece injusto que a un autor
que ha realizado una obra, con el trabajo y esfuerzo que le ha
requerido, no lleguen los beneficios que se merece, ya que si
alguien se descarga una obra suya, por ejemplo, con las redes
P2P, a ese alguien no le haría falta comprar el disco, libro o el
tipo de formato con el cual ha publicado la obra. Como en todos
los oficios, tu realizas tu trabajo y obtienes un sueldo a cambio,
por lo que no es justo que un artista no obtenga ingresos al
realizar su trabajo con el que se está ganando la vida.
Por otro lado, al no obtener los autores los beneficios que se
merecen, conlleva a que la capacidad de los creadores de seguir
realizando nuevas obras disminuya. De esta forma, también se
desmotivarían las discográficas para invertir en nuevos intérpretes,
ya que las cuesta mucho dinero y las resultaría muy difícil
recuperar su inversión. De esto modo, la posibilidad de apostar de
las discográficas por nuevos autores disminuiría y, a su vez, el
comprador tendría menor variedad de obras musicales.