1. AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA
TECNOLOGIA EDUCATIVA
IE “LOS JAZMINES DEL NARANJAL”
REGLAMENTO DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA
TECNOLOGÍA EDUCATIVA
Art. 1º. DISPOSICIONES GENERALES:
El Aula de Innovación Pedagógica Tecnología Educativa (AIP-TE) de la I.E. Los
Jazmines del Naranjal, es un ambiente en donde hacen uso Docentes, alumnos de la
Institución Educativa Los Jazmines del Naranjal, los organismos gubernamentales
educativos (MED, UGEL02) u otros organismos del gobierno y de la localidad, siempre y
cuando las actividades a desarrollar cumplan con los lineamientos pedagógicos de la
DIGETE – MED y las normas y directivas, que regulan el uso del aula, los equipos y recursos
con que se cuenta.
Art. 2º SERVICIOS QUE PRESTA:
El Aula de Innovación Pedagógica presta los siguientes servicios:
1º Uso de equipos de cómputo y software educativo libre con propósito
pedagógico, investigación científica, técnica, de cultura general, educativa o
Institucional.
2º Búsqueda de información o producción de la misma para uso educativo o
institucional.
3º Uso de la línea, equipos con conectividad a Internet y red para propósito
educativo.
4º Aplicación de las TIC en el proceso de aprendizaje de los alumnos y trabajo
pedagógico de los docentes.
Art. 3º DE LOS USUARIOS
DOCENTES:
1º El Docente de área podrá hacer uso del AIP, previa comunicación, o de
acuerdo al horario programado (según la publicación), con el Docente del
AIP de turno, en caso de que el Docente de Área solicite horas adicionales
se le atenderá siempre y cuando haya disponibilidad.
2º Todos los docentes del la I.E. LJN tienen derecho de hacer uso racional y
equitativo del aula, aplicando las TIC en sus sesiones de aprendizaje.
3º Los Directivos, Jerárquicos, Docentes y Alumnos, no podrán hacer uso del
AIP y los equipos con otros propósitos que no estén reglamentados por la
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DIGETE.
4º El Docente de área dirigirá la sesión de aprendizaje, previamente
planificada, con el empleo de las TIC.
5º Los Docentes de área presentarán su sesión de aprendizaje, guía de
aprendizaje, hoja de trabajo, material que puede ser software educativo
preparado por el docente o adaptación de otro material de libre uso, al
momento de hacer uso del aula.
6º Los Docentes deberán registrar su sesión de aprendizaje en la hoja de parte
de sesión de aprendizaje., para constatar su asistencia a clases en el aula y
llevar el control de horas atendidas.
7º Los docentes para acceder al aula, serán programados con un horario; en
caso contrario podrán hacer sus reservaciones como máximo con 1 mes de
anticipación y como mínimo 7 días, a fin de programarlos de acuerdo a sus
requerimientos.
8º El docente de área podrá disponer del AIP en el caso de no haber
programaciones mensuales para las sesiones de aprendizaje, como mínimo
un área con todos los grados mensualmente, en caso de requerir más horas
se sujetará a la libre disponibilidad de horas (si las hubiera); tomando en
cuenta siempre el art. 2º
9º El docente podrá disponer de una computadora en el AIP para la preparación
de sus sesiones de aprendizaje de la I.E. previa coordinación y no
interrupción de la sesión del docente que se encuentra de turno en el AIP.
10º El docente que hace uso del AIP se hará responsable dentro de las horas
que haga uso del ambiente de los equipos, mobiliario y todo el material que
está dentro del aula; para ello deberá organizar y coordinar su sesión con el
DAIP de turno.
11º Los Docentes deberán mantener el orden, limpieza y disciplina de los
alumnos en sus horas de clase dentro del AIP.
12º Los Docentes deberán designar una computadora a uno o un grupo de
alumnos, asignándoles la responsabilidad del manejo del equipo, para
mantener el orden y mejor organización para las sesiones de aprendizaje y/o
tareas asignadas.
13º Los docentes deberán hacer cumplir el reglamento las indicaciones de los
carteles de seguridad e higiene.
ALUMNOS
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1º Deberán mantener la limpieza, orden y disciplina en el AIP.
2º Deberán demostrar buen comportamiento, respeto y solidaridad, durante la
sesión de trabajo.
3º Deberán hacer uso correcto de las computadoras y mobiliarios.
4º Revisarán las memorias portátiles (USB), CDs, previamente al uso para
evitar el ingreso de virus y deterioro de los lectores y puertos.
5º Ingresarán a AIP acompañados por el Docente del área o tutor, en caso de
solicitar el acceso en forma individual o grupal para el desarrollo de tareas,
serán autorizados por el DAIP de turno; siempre y cuando haya
computadoras disponibles.
6º Cumplirán estrictamente las indicaciones del Docente de turno y los carteles
de seguridad e higiene.
Art. 4º DE LAS PROHIBICIONES
1º No se podrá utilizar los equipos para otros propósitos que no sean
educativos.
2º No podrán navegar en Internet en páginas que no sean de temas educativos
o de cultura general.
3º Los equipos no se podrán trasladar a otros ambientes salvo coordinación y
autorización del DAIP.
4º El ambiente no se podrá dar uso para otros propósitos que no sean
educativos (reuniones sociales, almuerzos, salón de baile, etc)
5º No se permitirá el ingreso de los alumnos con mochilas ni maletas, salvo que
se encuentren en las últimas horas de clases.
6º No se permitirá el uso de correctores, marcadores, plumones, pinturas que
puedan deteriorar o malograr los equipos, muebles y ambiente, salvo el
docente que podrá portar plumones para uso de su sesión.
7º Ningún usuario (Directivos, Jerárquicos, Docente de área, auxiliar,
administrativo, trabajador de servicio y alumno) está autorizado a realizar
tareas de instalación o desinstalación de software o hardware, para cualquier
caso comunicar al DAIP de turno.
8º No se podrá visitar otras páginas que no estén relacionadas al propósito del
tema o la clase.
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Art. 5º DE LAS SANCIONES Y RESTRICCIONES:
1º Los usuarios que malogren o dañen el equipo de cómputo o el mobiliarios
estarán obligados a reponer dejándolos en las mismas condiciones.
2º Los usuarios reincidentes que ocasionen daños al equipo serán sancionados
con restricción en el uso del ambiente y los equipos.
3º Los usuarios que sustraiga partes de equipos, materiales o mobiliarios
deberán reponerlo en su totalidad y no podrán tener acceso al aula.
4º Los Docentes que no reservan en el tiempo mínimo el aula Art. 7 no podrán
tener acceso.
5º Los usuarios que no tengan material o tema para desarrollar no podrán
acceder al aula.
Art. 6º MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE
1º Los usuarios del aula del AIP cuidarán de ingresar con las manos limpias,
cabello y cualquier otra parte del cuerpo seco.
2º Los usuarios del AIP no podrán ingresar con alimentos (sólidos ni líquidos)
ni consumirlos dentro de la misma.
3º Se evitará en todo momento las acciones que dañen al equipo o sistema.
4º Los usuarios al ingresar al AIP deberán limpiar el equipo de cómputo antes
de iniciar su sesión y al retirarse deberán dejarlo igualmente limpio y las sillas
ordenadas.
5º En caso de emergencia el Docente de área de turno y/o el DAIP, aplicará las
normas de seguridad de acuerdo al caso y empleará los equipos (extintor y
botiquín) adecuadamente para la situación dada.
6º El DAIP recibirá y entregará las llaves a la administración o personal de
guardianía de la I.E. todos los días registrándose en el cuaderno de entrega
y recepción.
7º El DAIP firmará los días de su asistencia a la I.E. el cuaderno de conformidad
de recepción del AIP por parte de la guardianía.
8° El DAIP anotará en la hoja de reporte técnico al iniciar su labor en el aula,
para dar constancia en el estado en que recepcionó las PCs, equipos
periféricos, equipos de comunicación con Internet, telefonía y red del DAIP
que relevo, en caso contrario asumirá la responsabilidad del estado en que
se encuentran los equipos.
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Edgar Matienzo Granados Javier C. Miranda Ramírez
Docente TIC Docente TIC
AIP- CRT IELJN (tm) AIP CRT- IELJN (tt)
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Margot Villacorta Granados Diana Baldeón Quispe
Sub Directora Administrativa DIRECTORA
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Jaime Guerra Rojas Juan Perez Burga
Sub-Directora de F.G. (tm) Sub-Director de F.G. (tt)