Este documento describe el proceso de elección de cargos públicos estadales en Venezuela. Explica que los ciudadanos eligen gobernadores, alcaldes y miembros de los consejos legislativos estatales. Detalla los requisitos para ser candidato, como la edad mínima de 25 años y no pertenecer al clero. Además, establece que los ciudadanos y partidos políticos pueden postular candidatos y que las elecciones utilizan tanto voto uninominal como por lista para elegir a los funcionarios regionales.
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Elección de cargos públicos estadales
1. Elección de cargos públicos
estadales
Nombre: Carlos Carrillo
C.I: 23488112
2. El Poder Público Estadal:
la elección de cargos públicos es uno de los medios
de participación y protagonismo del pueblo en el
ejercicio de su soberanía, en lo político, tal como lo
establece el Artículo 70 de nuestra Carta Magna.
3. El Poder Legislativo
se ejercerá en cada Estado por un Consejo Legislativo
conformado por un número no mayor de quince ni menor
de siete integrantes, quienes proporcionalmente
representarán a la población del Estado y a los
Municipios. El Consejo Legislativo tendrá las atribuciones
siguientes:
1. Legislar sobre las materias de la competencia estadal.
2. Sancionar la Ley de Presupuesto del Estado.
4. Elegibilidad de los Candidatos Regionales
Requisitos:
Los (las) candidatos (as) deben haber nacido en Venezuela o
ser ciudadanos o ciudadanas naturalizados (as) con al menos
15 años de residencia ininterrumpida en el país.
Los (las) candidatos (as) deben tener al menos 25 años de
edad (21 años para los Consejos Legislativos Estadales).
Los (las) candidatos (as) no pueden formar parte del cuerpo
clerical.
5. Participación Ciudadana en la Elección de los Cargos
Públicos Estadales
En cuanto a la postulación de estos candidatos a cargos
públicos estadales es pertinente recordar lo establecido en el
Artículo 67 de nuestra Carta Magna, donde queda explícita la
participación ciudadana en la elección de estos cargos:
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de
asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos
de organización, funcionamiento y dirección.
6. Postulantes y las Condiciones para Postularse
la LOPE establece:
Artículo 47. Únicamente tendrán derecho a postular
candidatos y candidatas para los procesos electorales
regulados en la presente Ley, los siguientes:
1.Las organizaciones con fines políticos.
2.Los grupos de electores y electoras.
7. Las organizaciones con fines políticos
son aquellas agrupaciones de carácter permanente, lícitamente
conformadas por ciudadanos y ciudadanas, cuya finalidad es
participar en la dinámica política de la Nación, en cualquiera de
sus ámbitos. De igual forma, pueden postular candidatos y
candidatas en los diversos procesos electorales.
8. Elecciones Regionales en Venezuela
En las Elecciones Regionales para escoger Gobernadores y
Alcaldes los ciudadanos y ciudadanas votan por un candidato
único o candidata única y quien obtenga la mayor cantidad de
votos gana la elección.
En el caso de las elecciones para el Consejo Legislativo
Estadal se emplea el voto uninominal junto al voto lista. Los
electores y las electoras eligen a un candidato único o
candidata única o múltiples candidatos o candidatos según la
parroquia, y el ganador o ganadores es quien obtenga mayor
cantidad de votos. También se eligen por el voto lista. Los
cargos del Consejo Legislativo Estadal son proporcionales a
las listas de los partidos. En cada región, 60% de los cargos de
los Consejos Legislativos Estadales se deciden por elecciones
uninominales y el restante 40% por el voto lista.