2. En 1990, la Ley 10 crea el registro especial de instituciones
de salud, con el fin de organizar una base de datos de la
oferta de servicios de salud.
En 1993, con la organización del Sistema de Seguridad Social
en Salud, se establece la calidad como uno de los principios
rectores, y mediante el Decreto 2174 de 1996 ordena la
definición del Sistema de Garantía de Calidad, que fue
sustituido por el Decreto 1011 de 2006, incorpora el concepto
de habilitación para la prestación de servicios de salud, como
una serie de estándares de obligatorio cumplimiento por
parte de las IPS (instituciones prestadoras de servicios de
salud) que quieran participar en la oferta de estos servicios
3. Fue definido normativamente como el
conjunto de normas, requisitos y
procedimientos mediante los cuales se
establece, se registra, se verifica y se
controla el cumplimiento de las
condiciones básicas de capacidad
tecnológica y científica, de suficiencia
patrimonial y financiera y de capacidad
técnico-administrativa, indispensables
para la entrada y permanencia en el
sistema, las cuales son de obligatorio
cumplimiento por parte de los prestadores
de servicios de salud.
4. · Suficiencia patrimonial y financiera
· Condiciones técnico-administrativas
· Condiciones tecnológicas y científicas
son
requisitos básicos del
patrimonio y del pasivo,
aplicables a las instituciones
prestadoras de servicios de
salud (IPS).
5. están referidas a la existencia
jurídica de la institución y a un
sistema contable que le permita
generar estados financieros. Son
aplicables únicamente a IPS.
6. El propósito de las condiciones tecnológicas y
científicas es dar seguridad a los usuarios al
garantizar el cumplimiento de unas
condiciones esenciales para el
funcionamiento de un prestador de servicios
en el país.
Incluyen únicamente aquellos cuya ausencia
condiciona directamente la presencia de
riesgos sobre la vida y la salud en la
prestación del servicio.
7. Son condiciones mínimas indispensables para la prestación de servicios de salud,
aplicables a cualquier organización de prestación de servicios de salud en las siguientes
áreas temáticas:
1. Recursos humanos. Son las condiciones mínimas para el ejercicio profesional del
recurso humano asistencial y la competencia de este recurso para el tipo de
atención.
2. Infraestructura física. Son áreas o características de las áreas y su mantenimiento,
que condicionen procesos críticos asistenciales.
3. Dotación. Son las condiciones de los equipos médicos y su mantenimiento, que
condicionen procesos críticos institucionales.
4. Insumos y su gestión. Es la existencia y cumplimento de procesos que garanticen la
observancia de las condiciones legales para el uso de insumos médicos y las
condiciones técnicas de almacenamiento de insumos cuya calidad dependa de ello.
8. 5. Procesos prioritarios asistenciales. Es la existencia de procesos de atención de
los usuarios, que tengan una relación directa con la prevención o minimización de los
riesgos definidos como prioritarios.
6. Historia clínica y registros clínicos. Es la existencia y cumplimiento de procesos
que garanticen la historia clínica por paciente, y las condiciones técnicas de su
manejo y de los registros clínicos.
7. Interdependencia de servicios. Es la existencia y disponibilidad de servicios
indispensables para el funcionamiento de otros servicios y el adecuado flujo de
pacientes entre ellos.
8. Referencia de pacientes. Es la existencia y cumplimiento de procesos de remisión
interinstitucional de pacientes.
9. Seguimiento a riesgos. Es la existencia de procesos de control y seguimiento a
los riesgos en la prestación de servicios definidos como prioritarios.
9. En Colombia, una persona natural o jurídica debe realizar las siguientes
actividades para estar habilitada a fin de prestar servicios de salud:
1. Conocer las normas y estándares vigentes y aplicables a la institución,
acercándose a la dirección departamental o distrital de salud de la jurisdicción
donde se prestan los servicios, con el fin de solicitar las normas vigentes
aplicables al tipo de institución y los formularios de inscripción en el registro.
2. Identificar los estándares aplicables al tipo de servicios que se prestan y
verificar internamente su cumplimiento.
10. 3. Diligenciar el formulario de inscripción en el
registro especial, de acuerdo con el tipo de
institución y de los servicios que se presten, con
los soportes, e incluir: Certificado de inscripción
en Cámara de Comercio, certificación del
revisor fiscal o del contador de la institución
que respalde lo declarando en las condiciones
de suficiencia patrimonial para la habilitación,
fotocopia del Número de Identificación
Tributaria de la institución.
11. 4. Registrar el formulario de inscripción, suscrito
por el representante legal de la institución ante la
entidad departamental o distrital de salud,
momento a partir del
cual la institución se encuentra habilitada para la
prestación de los servicios registrados en el
formulario de inscripción, durante los siguientes
tres años.
NOTA: Si se presenta cierre o apertura de
servicios, cambio de representante legal o de
domicilio y, o, disolución o liquidación de la
entidad, posteriores a la inscripción en el registro,
se reportarán estos cambios en los formularios de
reporte de novedades que también serán
suministrados por la entidad departamental o
distrital.
12. La secuencia descrita permite que una IPS o un profesional independiente, queden
habilitados para prestar servicios de salud. Por el contrario, la omisión de algunas de
las actividades descritas tiene diferentes implicaciones, fundamentadas en las
facultades de las entidades departamentales y distritales de salud, como autoridades
competentes de inspección, vigilancia y control, que en general pueden resumirse en:
Traslados a la justicia ordinaria, por
presentar formularios de inscripción
declarando el cumplimiento en
servicios que incumplan estándares
· Cierre de servicios o instituciones
por incumplimiento de estándares
· Sanciones pecuniarias, entre otras
13. Se debe reportar los indicadores de gestión:
Contable y Asistencial
Contable:
Se debe reportar el
movimiento contable y
financiero( Balances,
cuentas por pagar,
cuentas por cobrar)
14. Asistenciales:
De los asistenciales se deben reportar la oportunidad en la consulta
especializada, satisfacción global y gestión de eventos secundarios.
15. Se define como el mecanismo sistemático y continuo de evaluación y
mejoramiento de la calidad observada con respecto de la calidad esperada de
la atención de salud que reciben los usuarios.
16. Consiste en:
La realización de actividades de evaluación, seguimiento y mejoramiento de
procesos definidos como prioritarios.
La comparación entre la Calidad Observada y la Calidad Esperada , la cual debe estar
previamente definida mediante guías y normas técnicas, científicas y administrativas.
La adopción por parte de las instituciones de medidas tendientes a corregir las
desviaciones detectadas con respecto a los parámetros previamente establecidos y a
mantener las condiciones de mejora realizadas.
17. ESTANDAR 1 RECURSO HUMANO
Selección de personal
Accidente laboral
Contabiliadad
Salud ocupacional
ESTANDAR 2 INFRAESTRUCTURA
Bioseguridad
Manejo de residuos hospitalarios
Manejo de alarmas
Lavado de tanque
Manejo de gases medicinales
Aseo integral de la Unidad
Chequeo de sala de procedimientos
Contingencia ausencia de agua
Contingencia no recolección de residuos
Contingencia ausencia de luz
ESTANDAR 3 DOTACIÓN Y MANTENIMIENTO
Mantenimiento preventivo
Mantenimiento correctivo
Revisión máquina de anestesia
Limpieza y desinfección de equipos y accesorios
ESTANDAR 4 GESTIÓN DE INSUMOS
Gestión de insumos
Baja de medicamentos vendos o parcialmente consumidos
Manejo de insumos desechables
Manejo del glucómetro
Revisión carro de paro
Semaforización de medicamentos
ESTANDAR 5 PROCEDIMIENTOS PRIORITARIOS
Endoscopia digestiva
Colonoscopia total
Polipectomia endoscopica
Rectosigmoidoscopia
18. ESTANDAR 5 PROCEDIMIENTOS PRIORITARIOS
Premedicación endoscópica
Colocación balón intragástrico
Programa de ejercicios programa BIG
Actividades de enfermería
Sedación en procedimientos endoscópicos
Reanimación cerebrocardiopulmonar
Orientación pre y post atención de especialistas
Orientación post consulta o procedimiento
Consulta especializada
Orientación pre y post atención de la secrataría y recepción
Patologias más frecuentes
Educaión al cliente interno y externo
ESTANDAR 6 MANEJO DE HISTORIAS CLÍNICAS
Asignación de citas por primera vez
Asignación de citas de control
Apertura e identificación de historia clinica
Solicitud de historias al archivo
Archivo de historias clínicas
Backups
ESTANDAR 7 INTERDEPENDENCIAS
Esterilización a gas
Estudios anatomopatológicos
ESTANDAR 8 REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA
Referencia y contrareferencia
ESTANDAR 9 SEGUIMIENTO AL RIESGO
Eventos adversos
Complicaciones en procedimientos endoscópicos
Evaluación en la atención en salud
Manejo de quejas y reclamos
Información para la calidad para la supersalud
20. Es importante resaltar que más que las sanciones del
Estado, el cumplimiento de los estándares de habilitación
debe realizarse bajo la conciencia de que los servicios de
salud que se prestan, son un beneficio y no un riesgo para
los usuarios