Lapso probatorio. moises manzanilla

Universidad Yacambú
Facultad de Ciencias Jurídicas
Alumno:
Moisés Manzanilla
V-27557685
La apertura del lapso probatorio comienza según lo establecido en el Artículo 388 del Código de
Procedimiento Civil: Artículo 388: Al día siguiente del vencimiento del lapso del emplazamiento
para la contestación de la demanda, sin haberse logrado la conciliación ni el convenimiento del
demandado, quedará el juicio abierto a pruebas, sin necesidad de decreto o providencia del Juez,
a menos que, por deberse decidir el asunto sin pruebas, el Juez lo declare así en el día siguiente a
dicho lapso.
Podemos definir el lapso probatorio como la potestad y el poder que tiene el Juez para ordenar la
práctica de ciertas diligencias establecidas en el Art. 401 del Código de Procedimiento Civil de las
cuales lo conforman cinco ordinales indicando las diligencias correspondientes a duda e interés del
caso en proceso.
No habrá lugar al lapso probatorio según lo establecido en el Artículo
389 del Código de Procedimiento Civil: Art. 389: 1º. Cuando el punto sobre el
cual versaré la demanda, aparezca, así por ésta como por la contestación, ser de
mero derecho.
2. Cuando el demandado haya contradicho solamente el derecho.
3. Cuando las partes, de común acuerdo, convengan en ello, o bien
cada una por separado pida que el asunto se decida como de mero derecho, o
sólo con los elementos de prueba que obren ya en autos, o con los instrumentos
que presentaren hasta informes.
4. Cuando la Ley establezca que sólo es admisible la prueba
instrumental, la cual, en tal caso, deberá presentarse hasta el acto de informes.
De conformidad con el Artículo 118 del Código de Procedimiento Civil, toda parte tiene
derecho a solicitar que el tribunal de la causa se constituya con asociados para dictar la sentencia
definitiva.
Para conformarlo, cada una de las partes consignará al expediente, a la fecha y hora
fijadas, una lista de tres personas que reúnan las características antes mencionadas,
conjuntamente con su disposición de aceptar. Cada una de las partes escogerá a uno de cada lista
que la parte contraria consignó.
La consignación de los honorarios de los asociados quedará por parte de la solicitante,
y debe consignar el pago ante el tribunal, sino lo hace la causa seguirá su curso legal sin
asociados.
Si alguno de los asociados falta por fuerza mayor o caso fortuito, su reemplazo será elegido de la
misma forma en que fue nombrado.
Muchos autores identifican los informes como una especie de “autosentencia” que
cada parte hace para ilustrar al juez, quien vista tales conclusiones tomará su decisión que pondrá
fin al litigio.
En los informes las partes podrán exponer cuanto juzguen favorable a su causa,
formulando sus conclusiones que habrán de basar en los razonamientos de hecho y de derecho
que se desprenden de las pruebas de autos, citando las leyes, doctrina y jurisprudencia aplicable
al caso y refutando o rectificando la exposición y los argumentos de la contraparte.
Si los informes fueren presentados por escritos, se les dará lectura y serán agregados
al expediente, la lectura se hará si alguna de las partes lo pida a cuyo efecto el juez fijará
oportunidad.
Hay dos momentos procesales para presentar los informes, ya se hizo mención al
primero, el segundo es el caso de haberse perdido la constitución del tribunal con asociados,
entonces los informes de las partes se presentará en el decimoquinto día siguiente a la
constitución. La falta de su presentación no producirá la interrupción de la causa y el juez dictará
su sentencia en el plazo convencional.
es la actuación que se da entre los últimos informes y la
sentencia, tanto en primera como en segunda instancia, para que
los jueces puedan ordenar la realización de cierto tipo de pruebas
para esclarecer los hechos que aparecen dudosos y oscuros.
Sin pretender resolver la cuestión relativa así, el juez
más que poderes, tiene verdaderos deberes respecto a la prueba,
el Código de Procedimiento Civil especifica que este además de
poseer el auto para mejor proveer tiene un complemento en la
actividad probatoria de las partes, asimismo su carácter
discrecional y la inapelabilidad de tales autos.
La sentencia vine de la palabra latina sentendo (sentir), significa que el juez expresa su modo de
sentir sobre un problema que las partes han sometido a su decisión.
La sentencia: “Es el mandato jurídico individual y concreto, creado por el juez, mediante el
proceso, en el cual se acoge o rechaza la pretensión que se valer en la demanda”
DEFINITIVAS: Resuelven el fondo del asunto, ponen fin al juicio, a la controversia. Se pronuncia
sobre el derecho sustantivo que se discute en el proceso. Hace concreta la norma abstracta.( p.
ejmp. perención , caducidad)
INTERLOCUTORIAS: Resuelven controversias, pero no ponen fin al juicio, ni tocan el fondo, son de
la naturaleza del juicio, se resuelven en in limine litis, es decir, en forma previa e incidental.
PRINCIPIOS QUE REGULAN LA FORMACIÓN DE LA SENTENCIA.
1- Principio IURA NOVIT CURIA.
Las partes aportan los hechos al proceso, pero el juez conoce el derecho que debe aplicar para
resolver la litis.
2- Principio de EXHAUSTIVIDAD.
Le impone el deber a todos los jueces de considerar y resolver todas y cada una de las
alegaciones que constituyan el problema judicial debatido por las partes.
3- Principio de INDIVISIBILIDAD DEL FALLO.
“El principio de indivisibilidad del fallo, es una unidad autónoma que se complementa en todas sus
partes.
La sentencia vine de la palabra latina sentendo (sentir), significa que el juez expresa su modo de
sentir sobre un problema que las partes han sometido a su decisión.
La sentencia: “Es el mandato jurídico individual y concreto, creado por el juez, mediante el
proceso, en el cual se acoge o rechaza la pretensión que se valer en la demanda”
DEFINITIVAS: Resuelven el fondo del asunto, ponen fin al juicio, a la controversia. Se pronuncia
sobre el derecho sustantivo que se discute en el proceso. Hace concreta la norma abstracta.( p.
ejmp. perención , caducidad)
INTERLOCUTORIAS: Resuelven controversias, pero no ponen fin al juicio, ni tocan el fondo, son de
la naturaleza del juicio, se resuelven en in limine litis, es decir, en forma previa e incidental.
PRINCIPIOS QUE REGULAN LA FORMACIÓN DE LA SENTENCIA.
1- Principio IURA NOVIT CURIA.
Las partes aportan los hechos al proceso, pero el juez conoce el derecho que debe aplicar para
resolver la litis.
2- Principio de EXHAUSTIVIDAD.
Le impone el deber a todos los jueces de considerar y resolver todas y cada una de las
alegaciones que constituyan el problema judicial debatido por las partes.
3- Principio de INDIVISIBILIDAD DEL FALLO.
“El principio de indivisibilidad del fallo, es una unidad autónoma que se complementa en todas sus
partes.
1 de 7

Recomendados

Presentación cuadro sinoptico sobre sentencias por
Presentación cuadro sinoptico sobre sentenciasPresentación cuadro sinoptico sobre sentencias
Presentación cuadro sinoptico sobre sentenciasZoraida Ojeda Ojeda
8.3K vistas3 diapositivas
Elaboración de sentencia por
Elaboración de sentenciaElaboración de sentencia
Elaboración de sentenciaJacquiiso
10.4K vistas11 diapositivas
Memorias.- Derecho Procesal Civil I por
Memorias.- Derecho Procesal Civil IMemorias.- Derecho Procesal Civil I
Memorias.- Derecho Procesal Civil INéstor Toro-Hinostroza
2.9K vistas22 diapositivas
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012) por
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)Videoconferencias UTPL
5.2K vistas44 diapositivas
Litispendencia y acumulación de autos por
Litispendencia y acumulación de autosLitispendencia y acumulación de autos
Litispendencia y acumulación de autosNéstor Toro-Hinostroza
5.4K vistas2 diapositivas
Sentencia. por
Sentencia.Sentencia.
Sentencia.eroys
2.1K vistas13 diapositivas

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Clase n 9 por
Clase n 9Clase n 9
Clase n 9No soy vago Solo nací cansado
408 vistas18 diapositivas
Guia de Análisis jurisprudencial por
Guia de Análisis jurisprudencialGuia de Análisis jurisprudencial
Guia de Análisis jurisprudencialKevin Andres
143K vistas5 diapositivas
ENJ-400-La Sentencia por
ENJ-400-La SentenciaENJ-400-La Sentencia
ENJ-400-La SentenciaENJ
7.1K vistas20 diapositivas
La inversión de la carga de la prueba por
La inversión de la carga de la pruebaLa inversión de la carga de la prueba
La inversión de la carga de la pruebaNéstor Toro-Hinostroza
6.8K vistas1 diapositiva
Resoluciones judiciales por
Resoluciones judicialesResoluciones judiciales
Resoluciones judicialesAlfredjimenez
5.9K vistas14 diapositivas
Apuntes de derecho procesal civil ii por
Apuntes de derecho procesal civil iiApuntes de derecho procesal civil ii
Apuntes de derecho procesal civil iiYesi Chiquita
9.1K vistas12 diapositivas

La actualidad más candente(20)

Guia de Análisis jurisprudencial por Kevin Andres
Guia de Análisis jurisprudencialGuia de Análisis jurisprudencial
Guia de Análisis jurisprudencial
Kevin Andres143K vistas
ENJ-400-La Sentencia por ENJ
ENJ-400-La SentenciaENJ-400-La Sentencia
ENJ-400-La Sentencia
ENJ7.1K vistas
Resoluciones judiciales por Alfredjimenez
Resoluciones judicialesResoluciones judiciales
Resoluciones judiciales
Alfredjimenez5.9K vistas
Apuntes de derecho procesal civil ii por Yesi Chiquita
Apuntes de derecho procesal civil iiApuntes de derecho procesal civil ii
Apuntes de derecho procesal civil ii
Yesi Chiquita9.1K vistas
Presentacion Procedimiento Sumario Unidad 3 Curso Virtual CNJ por mmorales0375
Presentacion Procedimiento Sumario Unidad 3 Curso Virtual CNJPresentacion Procedimiento Sumario Unidad 3 Curso Virtual CNJ
Presentacion Procedimiento Sumario Unidad 3 Curso Virtual CNJ
mmorales03752.2K vistas
Derecho probatorio_IAFJSR por Mauri Rojas
Derecho probatorio_IAFJSRDerecho probatorio_IAFJSR
Derecho probatorio_IAFJSR
Mauri Rojas200 vistas
Deliberacion y sentencia por Berenice cc
Deliberacion y sentenciaDeliberacion y sentencia
Deliberacion y sentencia
Berenice cc3K vistas
ENJ-300 Recurso de Apelación - Seminario Fundamentación de los Recursos por ENJ
ENJ-300 Recurso de Apelación - Seminario Fundamentación de los RecursosENJ-300 Recurso de Apelación - Seminario Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Apelación - Seminario Fundamentación de los Recursos
ENJ1.9K vistas
Formas especiales 11 07-12 por calacademica
Formas especiales 11 07-12Formas especiales 11 07-12
Formas especiales 11 07-12
calacademica2.6K vistas
ENJ-400 Sentencias y Resoluciones, La Sentencia por ENJ
ENJ-400 Sentencias y Resoluciones, La SentenciaENJ-400 Sentencias y Resoluciones, La Sentencia
ENJ-400 Sentencias y Resoluciones, La Sentencia
ENJ1.3K vistas
Modelo de recurso de apelación por Dani Revuelta
Modelo de recurso de apelaciónModelo de recurso de apelación
Modelo de recurso de apelación
Dani Revuelta77.2K vistas
Junta de Conciliación y Arbitraje. por AngeloNavas1
Junta de Conciliación y Arbitraje.Junta de Conciliación y Arbitraje.
Junta de Conciliación y Arbitraje.
AngeloNavas132 vistas

Similar a Lapso probatorio. moises manzanilla

Trabajo sentencia por
Trabajo sentenciaTrabajo sentencia
Trabajo sentenciaelimaig
1.7K vistas21 diapositivas
Mapa conceptual lapso probatorio por
Mapa conceptual lapso probatorioMapa conceptual lapso probatorio
Mapa conceptual lapso probatoriocarymarcomputer
107 vistas3 diapositivas
Mapa Mental lapso probatorio. Maria Granado por
Mapa Mental lapso probatorio. Maria GranadoMapa Mental lapso probatorio. Maria Granado
Mapa Mental lapso probatorio. Maria Granadocarymarcomputer
86 vistas3 diapositivas
cuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdf por
cuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdfcuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdf
cuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdfAndrea704664
9 vistas14 diapositivas
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q por
Mapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qMapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qyenny mar g
2K vistas8 diapositivas
Derecho procesal ii departamental por
Derecho procesal ii departamentalDerecho procesal ii departamental
Derecho procesal ii departamentalMariela Vargas
259 vistas53 diapositivas

Similar a Lapso probatorio. moises manzanilla(20)

Trabajo sentencia por elimaig
Trabajo sentenciaTrabajo sentencia
Trabajo sentencia
elimaig1.7K vistas
Mapa conceptual lapso probatorio por carymarcomputer
Mapa conceptual lapso probatorioMapa conceptual lapso probatorio
Mapa conceptual lapso probatorio
carymarcomputer107 vistas
Mapa Mental lapso probatorio. Maria Granado por carymarcomputer
Mapa Mental lapso probatorio. Maria GranadoMapa Mental lapso probatorio. Maria Granado
Mapa Mental lapso probatorio. Maria Granado
carymarcomputer86 vistas
cuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdf por Andrea704664
cuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdfcuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdf
cuestionario-codigo-procesal-civil-y-mercantil-fase-privada.pdf
Andrea7046649 vistas
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q por yenny mar g
Mapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael qMapa  audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
Mapa audiencia preliminar -audiencia de juicio- act 2 rafael q
yenny mar g2K vistas
Derecho procesal ii departamental por Mariela Vargas
Derecho procesal ii departamentalDerecho procesal ii departamental
Derecho procesal ii departamental
Mariela Vargas259 vistas
Mapas instituciones. maria granados por carymarcomputer
Mapas instituciones. maria granadosMapas instituciones. maria granados
Mapas instituciones. maria granados
carymarcomputer356 vistas
4. ALEGATOS FINALES.pptx por VasGal
4.  ALEGATOS FINALES.pptx4.  ALEGATOS FINALES.pptx
4. ALEGATOS FINALES.pptx
VasGal15 vistas
Proyecto en estudio Ley Procesal Constitucional por Edwin Zamora
Proyecto en estudio Ley Procesal ConstitucionalProyecto en estudio Ley Procesal Constitucional
Proyecto en estudio Ley Procesal Constitucional
Edwin Zamora 463 vistas
Las pruebas. lapso_probatorio._la_sentencia[1] por DanielJouvet
Las pruebas. lapso_probatorio._la_sentencia[1]Las pruebas. lapso_probatorio._la_sentencia[1]
Las pruebas. lapso_probatorio._la_sentencia[1]
DanielJouvet35 vistas
Proyecto de ley jxj Chubut 2014 - artículos a modificar por dpptrelew
Proyecto de ley jxj Chubut 2014 - artículos a modificarProyecto de ley jxj Chubut 2014 - artículos a modificar
Proyecto de ley jxj Chubut 2014 - artículos a modificar
dpptrelew1.3K vistas
Revista juicio oral. jennifer rivas por carymarcomputer
Revista juicio oral. jennifer rivasRevista juicio oral. jennifer rivas
Revista juicio oral. jennifer rivas
carymarcomputer118 vistas
Derecho probatorio objeto de la prueba por lisamorillouft
Derecho probatorio objeto de la pruebaDerecho probatorio objeto de la prueba
Derecho probatorio objeto de la prueba
lisamorillouft54 vistas
Derecho procesal eclesiastico compartir en slidshare por genesis prado
Derecho procesal eclesiastico compartir en slidshareDerecho procesal eclesiastico compartir en slidshare
Derecho procesal eclesiastico compartir en slidshare
genesis prado151 vistas

Más de carymarcomputer

Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel por
Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamelCivil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel
Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamelcarymarcomputer
148 vistas4 diapositivas
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasiva por
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasivaEsquemas procedimiento extradicion activa y pasiva
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasivacarymarcomputer
1.2K vistas5 diapositivas
Psicologia fam. gianna fava por
Psicologia fam. gianna favaPsicologia fam. gianna fava
Psicologia fam. gianna favacarymarcomputer
231 vistas4 diapositivas
Psc. fam. maru diaz por
Psc. fam. maru diazPsc. fam. maru diaz
Psc. fam. maru diazcarymarcomputer
76 vistas3 diapositivas
El discurso por
El discursoEl discurso
El discursocarymarcomputer
126 vistas4 diapositivas
El iter criminis antholyz por
El iter criminis antholyzEl iter criminis antholyz
El iter criminis antholyzcarymarcomputer
196 vistas2 diapositivas

Más de carymarcomputer(20)

Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel por carymarcomputer
Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamelCivil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel
Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel
carymarcomputer148 vistas
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasiva por carymarcomputer
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasivaEsquemas procedimiento extradicion activa y pasiva
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasiva
carymarcomputer1.2K vistas
Tarea hecho punible. penal maria arellano por carymarcomputer
Tarea hecho punible. penal maria arellanoTarea hecho punible. penal maria arellano
Tarea hecho punible. penal maria arellano
carymarcomputer121 vistas
T1 gustavo-barrios. procedimientos penales por carymarcomputer
T1 gustavo-barrios. procedimientos penalesT1 gustavo-barrios. procedimientos penales
T1 gustavo-barrios. procedimientos penales
carymarcomputer92 vistas
Lapso probatorio. instituciones del proceso civil por carymarcomputer
Lapso probatorio. instituciones del proceso civilLapso probatorio. instituciones del proceso civil
Lapso probatorio. instituciones del proceso civil
carymarcomputer79 vistas
Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz por carymarcomputer
Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturizHecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz
Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz
carymarcomputer259 vistas

Último

VOCABULARIO NAVIDAD.pdf por
VOCABULARIO NAVIDAD.pdfVOCABULARIO NAVIDAD.pdf
VOCABULARIO NAVIDAD.pdfGema Rua
41 vistas35 diapositivas
Discurso argumentativo por
Discurso argumentativoDiscurso argumentativo
Discurso argumentativoAnthonyAguilera11
46 vistas67 diapositivas
Unidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptx por
Unidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptxUnidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptx
Unidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptxblogdealgebraunad
32 vistas25 diapositivas
Sesión Misión en favor de los no alcanzados primera parte por
Sesión Misión en favor de los no alcanzados primera parteSesión Misión en favor de los no alcanzados primera parte
Sesión Misión en favor de los no alcanzados primera partehttps://gramadal.wordpress.com/
166 vistas4 diapositivas
Discurso a través de chat por
Discurso a través de chatDiscurso a través de chat
Discurso a través de chatAnthonyAguilera11
46 vistas37 diapositivas
DEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdf por
DEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdfDEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdf
DEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdfVictor Hugo Caiza
86 vistas2 diapositivas

Último(20)

VOCABULARIO NAVIDAD.pdf por Gema Rua
VOCABULARIO NAVIDAD.pdfVOCABULARIO NAVIDAD.pdf
VOCABULARIO NAVIDAD.pdf
Gema Rua41 vistas
Unidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptx por blogdealgebraunad
Unidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptxUnidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptx
Unidad 1. Álgebra, tigonometría y geometría analitica. Fase 2..pptx
blogdealgebraunad32 vistas
DEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdf por Victor Hugo Caiza
DEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdfDEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdf
DEBER DE RESOLUCION DE PROBLEMAS DE MRUV (2°).pdf
Victor Hugo Caiza86 vistas
Intranet y extranet cuadro comparativo.pdf por UPTVT
Intranet y extranet cuadro comparativo.pdfIntranet y extranet cuadro comparativo.pdf
Intranet y extranet cuadro comparativo.pdf
UPTVT32 vistas
Fase 4- Estudio de la geometría analítica.pptx por blogdealgebraunad
Fase 4- Estudio de la geometría analítica.pptxFase 4- Estudio de la geometría analítica.pptx
Fase 4- Estudio de la geometría analítica.pptx
blogdealgebraunad39 vistas
Fracciones Generatrices y Sumas Infinitas - Santiago Cruz Garcia por SantiagoCruzGarca
Fracciones Generatrices y  Sumas Infinitas - Santiago Cruz GarciaFracciones Generatrices y  Sumas Infinitas - Santiago Cruz Garcia
Fracciones Generatrices y Sumas Infinitas - Santiago Cruz Garcia
SantiagoCruzGarca119 vistas
RES 2796-023 A 33(2).pdf por gabitachica
RES 2796-023 A 33(2).pdfRES 2796-023 A 33(2).pdf
RES 2796-023 A 33(2).pdf
gabitachica41 vistas
Meta 1.1 Identificar el contenido històrico de la Lengua de Señas. por IvanLechuga
Meta 1.1 Identificar el contenido històrico de la Lengua de Señas.Meta 1.1 Identificar el contenido històrico de la Lengua de Señas.
Meta 1.1 Identificar el contenido històrico de la Lengua de Señas.
IvanLechuga76 vistas

Lapso probatorio. moises manzanilla

  • 1. Universidad Yacambú Facultad de Ciencias Jurídicas Alumno: Moisés Manzanilla V-27557685
  • 2. La apertura del lapso probatorio comienza según lo establecido en el Artículo 388 del Código de Procedimiento Civil: Artículo 388: Al día siguiente del vencimiento del lapso del emplazamiento para la contestación de la demanda, sin haberse logrado la conciliación ni el convenimiento del demandado, quedará el juicio abierto a pruebas, sin necesidad de decreto o providencia del Juez, a menos que, por deberse decidir el asunto sin pruebas, el Juez lo declare así en el día siguiente a dicho lapso. Podemos definir el lapso probatorio como la potestad y el poder que tiene el Juez para ordenar la práctica de ciertas diligencias establecidas en el Art. 401 del Código de Procedimiento Civil de las cuales lo conforman cinco ordinales indicando las diligencias correspondientes a duda e interés del caso en proceso. No habrá lugar al lapso probatorio según lo establecido en el Artículo 389 del Código de Procedimiento Civil: Art. 389: 1º. Cuando el punto sobre el cual versaré la demanda, aparezca, así por ésta como por la contestación, ser de mero derecho. 2. Cuando el demandado haya contradicho solamente el derecho. 3. Cuando las partes, de común acuerdo, convengan en ello, o bien cada una por separado pida que el asunto se decida como de mero derecho, o sólo con los elementos de prueba que obren ya en autos, o con los instrumentos que presentaren hasta informes. 4. Cuando la Ley establezca que sólo es admisible la prueba instrumental, la cual, en tal caso, deberá presentarse hasta el acto de informes.
  • 3. De conformidad con el Artículo 118 del Código de Procedimiento Civil, toda parte tiene derecho a solicitar que el tribunal de la causa se constituya con asociados para dictar la sentencia definitiva. Para conformarlo, cada una de las partes consignará al expediente, a la fecha y hora fijadas, una lista de tres personas que reúnan las características antes mencionadas, conjuntamente con su disposición de aceptar. Cada una de las partes escogerá a uno de cada lista que la parte contraria consignó. La consignación de los honorarios de los asociados quedará por parte de la solicitante, y debe consignar el pago ante el tribunal, sino lo hace la causa seguirá su curso legal sin asociados. Si alguno de los asociados falta por fuerza mayor o caso fortuito, su reemplazo será elegido de la misma forma en que fue nombrado.
  • 4. Muchos autores identifican los informes como una especie de “autosentencia” que cada parte hace para ilustrar al juez, quien vista tales conclusiones tomará su decisión que pondrá fin al litigio. En los informes las partes podrán exponer cuanto juzguen favorable a su causa, formulando sus conclusiones que habrán de basar en los razonamientos de hecho y de derecho que se desprenden de las pruebas de autos, citando las leyes, doctrina y jurisprudencia aplicable al caso y refutando o rectificando la exposición y los argumentos de la contraparte. Si los informes fueren presentados por escritos, se les dará lectura y serán agregados al expediente, la lectura se hará si alguna de las partes lo pida a cuyo efecto el juez fijará oportunidad. Hay dos momentos procesales para presentar los informes, ya se hizo mención al primero, el segundo es el caso de haberse perdido la constitución del tribunal con asociados, entonces los informes de las partes se presentará en el decimoquinto día siguiente a la constitución. La falta de su presentación no producirá la interrupción de la causa y el juez dictará su sentencia en el plazo convencional.
  • 5. es la actuación que se da entre los últimos informes y la sentencia, tanto en primera como en segunda instancia, para que los jueces puedan ordenar la realización de cierto tipo de pruebas para esclarecer los hechos que aparecen dudosos y oscuros. Sin pretender resolver la cuestión relativa así, el juez más que poderes, tiene verdaderos deberes respecto a la prueba, el Código de Procedimiento Civil especifica que este además de poseer el auto para mejor proveer tiene un complemento en la actividad probatoria de las partes, asimismo su carácter discrecional y la inapelabilidad de tales autos.
  • 6. La sentencia vine de la palabra latina sentendo (sentir), significa que el juez expresa su modo de sentir sobre un problema que las partes han sometido a su decisión. La sentencia: “Es el mandato jurídico individual y concreto, creado por el juez, mediante el proceso, en el cual se acoge o rechaza la pretensión que se valer en la demanda” DEFINITIVAS: Resuelven el fondo del asunto, ponen fin al juicio, a la controversia. Se pronuncia sobre el derecho sustantivo que se discute en el proceso. Hace concreta la norma abstracta.( p. ejmp. perención , caducidad) INTERLOCUTORIAS: Resuelven controversias, pero no ponen fin al juicio, ni tocan el fondo, son de la naturaleza del juicio, se resuelven en in limine litis, es decir, en forma previa e incidental. PRINCIPIOS QUE REGULAN LA FORMACIÓN DE LA SENTENCIA. 1- Principio IURA NOVIT CURIA. Las partes aportan los hechos al proceso, pero el juez conoce el derecho que debe aplicar para resolver la litis. 2- Principio de EXHAUSTIVIDAD. Le impone el deber a todos los jueces de considerar y resolver todas y cada una de las alegaciones que constituyan el problema judicial debatido por las partes. 3- Principio de INDIVISIBILIDAD DEL FALLO. “El principio de indivisibilidad del fallo, es una unidad autónoma que se complementa en todas sus partes.
  • 7. La sentencia vine de la palabra latina sentendo (sentir), significa que el juez expresa su modo de sentir sobre un problema que las partes han sometido a su decisión. La sentencia: “Es el mandato jurídico individual y concreto, creado por el juez, mediante el proceso, en el cual se acoge o rechaza la pretensión que se valer en la demanda” DEFINITIVAS: Resuelven el fondo del asunto, ponen fin al juicio, a la controversia. Se pronuncia sobre el derecho sustantivo que se discute en el proceso. Hace concreta la norma abstracta.( p. ejmp. perención , caducidad) INTERLOCUTORIAS: Resuelven controversias, pero no ponen fin al juicio, ni tocan el fondo, son de la naturaleza del juicio, se resuelven en in limine litis, es decir, en forma previa e incidental. PRINCIPIOS QUE REGULAN LA FORMACIÓN DE LA SENTENCIA. 1- Principio IURA NOVIT CURIA. Las partes aportan los hechos al proceso, pero el juez conoce el derecho que debe aplicar para resolver la litis. 2- Principio de EXHAUSTIVIDAD. Le impone el deber a todos los jueces de considerar y resolver todas y cada una de las alegaciones que constituyan el problema judicial debatido por las partes. 3- Principio de INDIVISIBILIDAD DEL FALLO. “El principio de indivisibilidad del fallo, es una unidad autónoma que se complementa en todas sus partes.