2. CONTENIDO
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1. Origen y funcionamiento de FONSECON.
2. Disposiciones para la presentación de
proyectos de inversión.
3. Relación FONSECON y SIES
4. Datos de contacto.
4. ¿Qué es el FONSECON?
La Ley 1421 de 2010 en el artículo 7 reiteró la existencia del Fondo Nacional de
Seguridad y Convivencia Ciudadana – FONSECON
“Que funcionará como una cuenta especial, sin personería jurídica, administrada por
el Ministerio del Interior, con un sistema separado de cuenta y tendrá por objeto
garantizar la seguridad, convivencia ciudadana y todas aquellas acciones tendientes a
fortalecer la gobernabilidad local y el fortalecimiento institucional”.
Respecto al funcionamiento del FONSECON en el marco de la estructura orgánica del
Ministerio del Interior revisar Dereto 2893 del 11 de agosto de 2011 Artículo 26.
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5. ¿Qué es el FONSECON?
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Presidencia de la República
Ministerio del Interior
Decreto 2893 del 11 de agosto de 2011
Ministerio de Defensa
Nacional
Viceministerio
de Participación
e Igualdad de
Derechos
Viceministro del Relaciones
Políticas
Dirección de
Gobierno y Gestión
Territorial
FONSECON
Policía Nacional
Ejército
Armada
Fuerza Aérea
Entes territoriales
Subdirección de
Seguridad y
Convivencia
Ciudadana
Secretaria
General
Subdirección
de
Infraestructura
Subdirección
Administrativa
y
Financiera
6. ¿Para qué sirve el FONSECON?
FONSECON financia y cofinancia iniciativas y proyectos presentados por los entes
territoriales tendientes a propiciar la seguridad y convivencia ciudadana, garantizar la
preservación del orden público y todas aquellas acciones tendientes a fortalecer la
gobernabilidad local en el marco de la Política y la Estrategia Nacional de Seguridad y
Convivencia Ciudadana.
Al respecto vale la pena aclarar que los proyectos presentados por las autoridades de
los entes territoriales son evaluados técnicamente por el Comité Evaluador (Ley 1421
de 2010 Art. 5) reestructurado por el Ministerio del Interior mediante Resolución 2010
del 29 de septiembre de 2011.
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7. Comité Evaluador del FONSECON
El Comité Evaluador esta conformado por:
• Ministro del Interior o su delegado quien lo presidira
• Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos
• Viceministro de Relaciones Políticas
• El Secretario General
• Director de Gobierno y Gestión Territorial
• Jefe Oficina Asesora Jurídica
• Subdirector de Infraestructura quien ejercerá las funciones de Secretaria Técnica
del Comité
Resolución 2010 del 29 de septiembre de 2011.
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8. ¿Cómo funciona el FONSECON?
El FONSECON podrá destinar recursos a gastos operativos, logísticos y de
administración, que sean estrictamente necesarios y estén directamente relacionados,
para evaluación, aprobación y seguimiento de los programas y proyectos. En ningún
caso estos gastos podrán superar el 1.5% del Plan Anual de Inversiones.
Decreto 399 del 11 de febrero de 2011. Artículo 4.
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9. ¿Cómo funciona el FONSECON?
La entidad pública contratante descontará el cinco por ciento (5%) del valor del
anticipo, si lo hubiere, y de cada cuenta que cancele al contratista.
El valor retenido por la entidad pública contratante deberá ser consignado
inmediatamente en la institución que señale, según sea el caso, el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público o la entidad territorial correspondiente.
Copia del correspondiente recibo de consignación deberá ser remitido por la entidad
pública al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Unidad Administrativa de
Impuestos y Aduanas Nacionales o la respectiva Secretaría de Hacienda de la entidad
territorial, dependiendo de cada caso. Igualmente las entidades contratantes deberán
enviar a las entidades anteriormente señaladas, una relación donde conste el nombre
del contratista y el objeto y valor de los contratos suscritos en el mes inmediatamente
anterior.
Ley 418 de 1997. Artículo 121.
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10. Para tener en cuenta
Cabe señalar que:
“la financiación o cofinanciación de programas y proyectos no exime a las entidades
nacionales, departamentales, distritales y/o municipales, de cumplir sus obligaciones
constitucionales y legales en la preservación de la seguridad y la convivencia
ciudadana, y el orden público”
Decreto 399 del 14 de febrero de 2011. Artículo 8.
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12. Requisitos para presentar proyectos al FONSECON
El Ministerio del Interior con el fin de facilitar el proceso de financiación y cofinanciación de iniciativas a los
entes territoriales ha estandarizado el procedimiento a través de los siguientes documentos:
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FORMATOS CÓDIGO
Procedimiento registro, evaluación y viabilización de
proyectos a financiar por FONSECON (30/11/11)
AN-FS-P-01
Carta de presentación Anexo 4
Formato Lista de Chequeo FONSECON- Infraestructura
(30/11/11)
AN-FS-G-01-F-01
Formato Lista de Chequeo FONSECON – SIES (30/11/11) AN-FS-P01-F-02
Formato Proyecto Arquitectónico N-FS-G-01-F-02
Modelo Presentación Presupuesto AN-FS-G-01-F-03
Formato Viabilidad Técnica AN-DI-P-01-F-03
Formato Lista de Proyectos Viables AN-FS-P-01-F-04
Formato Acta Sesión Comité FONSECON AN-FS-P-01-F-05
Aplicativo Sistema de Información de Proyectos de Infraestructura SIPI
13. Requisitos para presentar proyectos al FONSECON
• Especificaciones generales del proyecto.
• Descripción del problema o necesidad, justificación del proyecto.
• Cifras y valores generales.
• Actividades a desarrollar durante el proyecto.
• Registro fotográfico del lote a construir o de la edificación a intervenir.
• Acreditar tenencia - demostrar la propiedad del lote a construir.
Los proyectos deben estar formulados en la metodología del Departamento Nacional
de Planeación – Metodologia General Ajusta –MGA.
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14. Requisitos para presentar proyectos al FONSECON
Documentos Requeridos
• Carta de solicitud de recursos de FONSECON, destinados para un determinado proyecto; firmada por parte
del Representante legal.
• Presupuesto general del proyecto.
• Carta de compromiso o Certificados de disponibilidad presupuestal.
• Cronograma de Actividades
• Cédula de ciudadanía, Acta de posesión, Acuerdo u Ordenanza donde se le autorice para contratar y
número de Identificación Tributaria -NIT- de la entidad.
• Proyecto en Metodología MGA -Departamento Nacional de Planeación.
• En el caso de proyectos de construcción de obras civiles NO se requieren los estudios de suelos, plantas
arquitectónicas, fachadas, cortes, plantas de cimientos, planta estructural de entrepiso, si es el caso,
detalles del refuerzo (despieces), planta de cubierta, planos de instalaciones eléctricas, hidráulicas y
sanitarias y memorias de cálculo estructural.
• Fotografías del área de influencia del proyecto.
• Certificado de Tradición y Libertad con fecha de expedición menor a 30 días.
• Carta de compromiso de cofinanciación del ente territorial
• Certificados de disponibilidad de servicio de acueducto, alcantarillado, energía.
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15. Requisitos para aprobación de proyectos a financiar o
cofinanciar por FONSECON
El proyecto a financiar o cofinanciar debe estar contemplado dentro del objetivo del
FONSECON- acorde con la directrices señaladas por el Comité.
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CATEGORÍA TIPO DE PROYECTOS
Proyectos tendientes a preservar el orden
público
• Reconstrucción de sedes administrativas de autoridades públicas territoriales
• Proyectos o programas a través de los cuales se pretende apoyar a la fuerza pública, mediante el
diseño, construcción, adecuación o reconstrucción de infraestructura de sus instalaciones.
• Proyectos o programas con los cuales se apoye a la fuerza pública a través de la dotación con
vehículos y equipos que les permitan cumplir tareas de prevención y conservación de orden
público, reacción contra delincuencia y la disminución de los índices de criminalidad.
• Proyectos y programas de diseño, implementación y fortalecimiento de sistemas de información
y vigilancia que apoyen actividades de inteligencia que faciliten el cumplimiento de las tareas en
materia de prevención y conservación de orden público y reacción contra la delincuencia, que
permitan la disminución de los índices de criminalidad.
• Proyectos o programas que mejoren las condiciones de seguridad en los establecimientos de
reclusión en el territorio nacional.
Proyectos que propician la seguridad y la
convivencia ciudadana
• Proyectos a través de los cuales se facilite el acceso a la justicia a través de programas e iniciativas
que promuevan la resolución pacífica de conflictos.
Proyectos o Programas tendientes a fortalecer la gobernabilidad local y el fortalecimiento territorial, que resuelvan inexistencia de las sedes
administrativas de las entidades territoriales, instalaciones inadecuadas o en peligro inminente por mal estado de la edificación o que afecten el
desarrollo de las actividades propias, de manera que garaticen la institucionalidad local.
16. Requisitos para aprobación de proyectos a financiar o
cofinanciar por FONSECON
• La cofinanciación deberá ser aportada por todos los entes solicitantes en recursos
económicos. Los aportes en bienes y servicios no serán tenidos en cuenta como
cofinanciación.
• El ente territorial debe hacerse responsable de los descuentos de todos los
impuestos, tributos y contribucciones de orden nacional, departamental y
municipal a que haya lugar.
• Para la cofinanciación de los proyectos se tendrá en cuenta la categorización del
ente territorial, de acuerdo con el siguiente cuadro:
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CATEGORIAS Porcentaje de cofinanciación
FONSECON
Porcentaje de cofinanciación ente
territorial
1,2 y 3 80% 20%
4,5 y 6 85% 15%
Las entidades territoriales no incluidas
en esta categorización
80% 20%
17. Requisitos para aprobación de proyectos a financiar o
cofinanciar por FONSECON
• El ente territorial que a la fecha de radicación del proyecto tenga contratos o
convenios en ejecucción con el Ministerio del Interior o haya incumplido
previamente no podrá acceder a los recursos del fondo, salvo situación de fuerza
mayor determinada por el Ministerio.
• Los proyectos viabilizados se somenten a consideración del Comité (según sea el
caso), quien se encarga de la selección de los mismos para la asignación de
recursos, previa revisión de las condiciones de seguridad y convivencia ciudadana.
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18. Requisitos para aprobación de proyectos a financiar o
cofinanciar por FONSECON
• Los proyectos relacionados con equipamientos policiales o puesta en
funcionamiento de SIES deben contar con el aval emitido por el Comandante de
Policía Departamental, en el que señala que la institución cuenta con el personal
requerido y esta de acuerdo con el proyecto presentado y su ubicación. (Para los
proyectos SIES revisar Instructivo 06 de Marzo 2012)
• Para la cofinanciación de los proyectos SIES se tendrá en cuenta la categorización
del ente territorial, de acuerdo con el siguiente cuadro:
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CATEGORIAS Porcentaje de cofinanciación
FONSECON
Porcentaje de cofinanciación ente
territorial
1 75% 25%
2 80% 20%
3 y 4 85% 15%
5 y 6 90% 10%
19. Inversiones realizadas por el FONSECON
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POLICÍA
Construcción y reconstrucción estaciones y comandos.
EJERCITO
Construcción bases militares, puestos de mando adelantados, batallones
de alta montaña
ARMADA
Construcción bases militares, puestos fluviales avanzados, Hangares Flotantes,
Polígonos de Entrenamiento
FAC
Reparación de pistas de aterrizaje, alojamientos, obras de seguridad y
centros de instrucción
ENTIDAD TERRITORIAL
Construcción de sedes administrativas, Centros de Convivencia y Casas de
Justicia.
CAI Móviles y motocicletas.
21. ¿Qué relación existe entre el FONSECON y los SIES?
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1 del Decreto 4366 del 4 de diciembre de 2006
“Los departamentos y municipios podrán solicitar la financiación o cofinanciación de proyectos de
Sistemas Integrados de Emergencias y Seguridad (SIES), siempre y cuando garanticen su
administración y sostenimiento, al Ministerio del Interior - Fondo Nacional de Seguridad y
Convivencia Ciudadana (Fonsecon) bajo los parámetros señalados para el efecto, condición que
deberá quedar consignada en los respectivos convenios interadministrativos que se celebran con
cada una de las entidades solicitantes para la ejecución de los proyectos.
Parágrafo. Adicional al cumplimiento de las normas sobre presentación de proyectos, los proyectos
de Sistemas Integrados de Emergencias y Seguridad (SIES) deben cumplir con los siguientes
requisitos:
1. Establecer el objetivo fundamental para el uso e implementación del sistema, con el apoyo de la
Fuerza Pública y los Organismos de Seguridad del Estado.
2. Justificación de la instalación del esquema tecnológico, puesta en marcha y su sostenibilidad en
el tiempo, teniendo en cuenta que debe ser un sistema de carácter permanente para seguridad
ciudadana y convivencia comunitaria.
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22. ¿Qué son los SIES?
En el marco de los Comités de Orden Público se puede estudiar la viabilidad de presentar esta clase de
proyectos para la cofinanciación del FONSECON – Decreto 399 de 2011 Artículo. 18 Numeral 6.
Número Único Nacional de
Seguridad y Emergencias (123).
Sistema de vídeo vigilancia
mediante circuitos cerrados de
televisión (CCTV).
Centros de Información
Estratégica Policial (CIEPS).
Alarmas Comunitarias (A-C).
Sistemas de radio
comunicaciones para redes de
Cooperantes .
Demás Sistemas de
Seguridad, como controles de
acceso, localización
automática, georreferenciación,
monitoreo y bloqueo de
vehículos, entre otros
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DECRETO 4366 DE 2006 (diciembre 4) Artículo 2°. El Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad (SIES)
estará conformado por los siguientes subsistemas:
23. Aspectos a tener en cuenta frente a los SIES
La implementación de los Sistemas Integrados de Emergencias y Seguridad (SIES) cumplirá con los
lineamientos fundamentales de tipo administrativo, técnico y operativo definidos en el Protocolo
de Práctica base – CONPES 3437 DEL 4 DE AGOSTO 2006, elaborado por el equipo
interdisciplinario integrado por miembros de la Fuerza Pública y por el Ministerio del Interior.
Decreto 4366 de 2006 Artículo 2 Parágrafo 2.
Las funciones de dirección del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad (SIES) serán
ejercidas por la Policía Nacional. Las Funciones operativas del Sistema Integrado de Emergencias
y Seguridad (SIES) serán ejercidas por la Fuerza Pública, Organismos de seguridad del Estado y
demás entidades públicas y privadas responsables de atender los eventos de seguridad,
convivencia ciudadana y emergencias, de acuerdo con las áreas de su competencia.
Decreto 4366 de 2006 Artículo 3.
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24. Composición del Comité Técnico del SIES
Decreto 4708 de 2009
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El Ministro del Interior
o su delegado, quien
lo presidirá.
El Ministro de
Hacienda y Crédito
Público o su delegado.
El Ministro de Defensa
Nacional o su
delegado.
El Director del
Departamento
Nacional de
Planeación o su
delegado.
Podrán ser invitados al Comité
Técnico del SIES, miembros de la
Fuerza Pública, servidores públicos y
personas u organizaciones que el
Comité considere oportuno para el
efectivo cumplimiento de sus
funciones. Artículo 2 Parágrafo 1.
La Secretaria Ejecutiva del Comité
estará a cargo del Director de
Infraestructura del Ministerio del
Interior o su delegado. Artículo 5.
Los delegados deben tener poder
de decisión. Artículo 2 Parágrafo 2.
25. Funciones del Comité Técnico del SIES
Decreto 4708 de 2009 Artículo 4
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Estructurar la financiación del SIES, para lo cual evaluará posibilidades de cooperación internacional u
operaciones de crédito.
Escoger los municipios en los cuales el proyecto será financiado en su totalidad por la Nación.
Determinar los proyectos SIES y sus adiciones, que serán financiados o cofinanciados, de conformidad con
lo establecido en el Decreto 4366 de 2006 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
Evaluar y estructurar las vigencias futuras, en el evento que se requieran y requerir al Ministerio del
Interior y de Justicia para que adelante el trámite pertinente.
Establecer su reglamento interno.
Todas las demás que sean propias de la naturaleza especifica de su actividad.
27. Datos de contacto
Direccción de Infraestructura
Ministerio del Interior Calle 12 B N º 8 -46 Piso 10
din@minterior.gov.co
Teléfono. 242 74 00 Ext. 2800 -2802
Casa del Alcalde y el Gobernador
Calle 16 # 7 - 76 Piso 2.
http://www.portalterritorial.gov.co Teléfono: (571) 3 41 45 75
Enlaces territoriales
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