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Presentacion derecho romano constituciones imperiales

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Presentacion derecho romano constituciones imperiales

  1. 1. Constituciones Imperiales Lic. Dailym Navarro
  2. 2. Las constituciones imperiales, eran medidas legislativas dictadas por el Emperador, Las constituciones imperiales son registradas y expuestas al público. A partir de ese momento sirven de modelo de solución a problemas similares en el futuro, las mismas servían como fuentes de derecho.
  3. 3. También resolvían los emperadores cuestiones en grado de apelación, ante recursos interpuestos ya sea por los magistrados o por los litigantes. A través de los decretos muchas veces los emperadores se convertían en creadores de nuevas normas, ya que asesorados por su consilium, solucionaban los litigios creando nuevas disposiciones ante la usencia u oscuridad de las normas existentes, las mismas perdieron importancia en el Bajo Imperio
  4. 4. Se distinguen cuatro variedades de Constituciones Imperiales: •Edicta •Mandata •Decreta •Rescripta
  5. 5. Los edictos: Estaban destinados al principio a una provincia o municipio, y luego adquirieron la calidad de ordenanzas permanentes, principalmente sobre los temas de Derecho Público que los cuales se relacionaban con derecho administrativo, procesal o penal generales o en algunos casos, particulares, encabezados con el nombre del emperador, dirigidas al público en general, pero a través de algún funcionario. Subsistieron con gran poder, como única fuente de Derecho.
  6. 6. Los Mandatos: Eran instrucciones destinadas a los funcionarios del Imperio, sobre todos a los Gobernadores de provincia. Por ejemplo, a estos, por medio de un mandato se le prohibió contraer matrimonio con mujeres domiciliadas en su jurisdicción. Luego se transformaron en meras instrucciones para el mejor desempeño de sus servicios a través de resoluciones generales.
  7. 7. Los rescriptos: Eran emitidos por los emperadores en respuesta a consultas jurídicas de las partes involucradas en el litigio o de los magistrados encargados de la solución del conflicto, Si las consultas provenían de los particulares, el emperador respondía al pie de las solicitudes, por eso de llamaban “Suscriptiones”, que significa lo escrito debajo. Si la solicitud era de un Juez, era respondida a través de un pliego o cart y por eso eran llamados epístolas.
  8. 8. Los decretos: Se exponían como sentencias judiciales que dictaban los emperadores para resolver cuestiones jurídicas a ellos sometidas. Los emperadores entendían en causas muy complicadas a pedido de cualquiera de las partes, cuando aún estaba el caso pendiente de resolución por parte del Juez. Si el emperador consideraba atendible el pedido; a través de un rescripto indicaba al Juez con carácter obligatorio, como debía de resolver el caso. Esto se llamaba “per rescriptum” y desapareció con el emperador Constantino.

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