La transferencia de un automotor requiere la inscripción del cambio de titularidad en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor para que produzca efectos entre las partes y respecto de terceros. Se debe presentar una Solicitud Tipo 08 firmada por el vendedor y comprador junto con el título de propiedad, cédulas y documentación que acredite la identidad y domicilio del comprador.
2. TRANSFERENCIA COMÚN
Legitimado para peticionar: transmitente y comprador.
Documentación a presentar:
Solicitud Tipo 08 (por DN 241/11 se modificó contenido de datos por
exigencia de DN 197/11 y se eliminó triplicado) con firma certificada por
Registro o Escribano del vendedor, cónyuge (si el auto es ganancial) y
comprador.
Titulo de Propiedad
Cedula de Identificación (recién se entrega al Registro al retirar el tramite,
ya que deberá entregarse a cambio de la nueva cedula que expide el
Registro* En caso de transferencia con cambio de radicación, se deberá
presentar al ingresar el tramite fotocopia de la cedula).
Restitución de cedulas para terceros autorizados a conducir en el caso que
el titular (vendedor) las haya solicitado.
Constancia de CUIL/CUIT o CDI del adquirente.
DNI original del adquirente con fotocopia del mismo, 1ra, 2da y cambio de
domicilio aunque esté en blanco (NO CEDULA FEDERAL), TARJETA DNI y
Copia de ambos lados.
Acreditar domicilio o guarda habitual del adquirente.
Verificación física del automotor (solo para automotores cuya inscripción
inicial se hubiera producido a partir del 01/01/1985.) con Formulario 12.
3. TRANSFERENCIA COMUN
Acreditar que el transmitente ha emitido el CETA
( a partir del 01/08/2010 para automotores cuyo
valor declarado o de tabla ascienda a $ 30.000).
Adenda (UIF) a la ST 08 con los datos del
comprador y con su firma.
Declaración Jurada (UIF) ADENDA de Datos
según DN 38/13 con firma del comprador.
En caso de encontrarse el automotor prendado:
presentación de la copia emitida por el correo de
la carta documento por la que se le comunica la
transferencia. La presentación de esta
comunicación es requisito para el retiro del Título
de propiedad y la cedula de identificación, pero
no para la toma de razón del tramite.
4. TRANSFERENCIA COMUN
Si
existiere contrato de leasing:
Constancia de que el tomador del
leasing esta en conocimiento de la
venta, mediante la presentación de
la copia emitida por el Correo de la
carta documento por la que se
comunica la transferencia.
5. TRANSFERENCIA COMUN
Formularios necesarios:
Formulario 59 M (uno por tramite)
ST 08 (sello y firma del Mandatario en el margen superior
izquierdo del primer ejemplar de la ST 08).
Formulario 12
ST 04 (Si se trata de un tramite de transferencia
simultáneo con tramite de cambio de radicación)
En caso de extravío de título o cedula (constancia de
denuncia policial de extravío o robo)
En caso que la transferencia se presente en Resistencia
(Chaco) Formulario Municipal que lo proporciona el Registro
con pago de su costo.
En caso que la transferencia se presente en Resistencia
(Chaco) Informe de Juzgado de Faltas.
6. TRANSFERENCIA COMUN
PATENTE: El pago de la misma debe estar al día al momento de
presentación del tramite de transferencia.
En Corrientes Capital se presenta Formulario 13 (Informe
Impositivo por cambio de contribuyente). No es requerido en
interior.
En Resistencia se presenta Declaración Jurada por Liquidación de
Deudas si el automotor esta radicado en Resistencia y queda en
Resistencia.
Por alta en la Pcia. de Corrientes se presenta Formulario 13 A (Ej:
auto transferido en Ctes. cuya radicación es Resistencia).
Por transferencia con envío de Legajo en Corrientes se presenta
Formulario 31 C (transferencia presentada en Ctes. y el
comprador tiene domicilio en Resistencia).
En Resistencia se presenta Formulario 31C si el automotor esta
radicado en Resistencia y cambia de Municipio o Provincia.
En Resistencia se presenta Formulario 31 A cuando se pide
Legajo y se radica en Resistencia.
7. TRANSFERENCIA COMUN
ARANCELES A TENER EN CUENTA:
ST 08,
Formularios de patente,
Form. 59 M,
Certificación de cada firma en ST 08, Declaración Jurada UIF, y en su caso ST 04.
(Tener en cuenta si hay o no mora de certificación de firma)
Las ST 08 firmadas por vendedor y comprador y certificadas y legalizadas en otra
Pcia a la que se presenta la transferencia no tienen en su caso mora de sellados).
Expedición de Título.
Expedición de Cedula.
Expedición de Cedulas para terceros autorizados a conducir si las solicita el
comprador.
Rentas: 1% del precio de compra y/o la cotización del vehículo según tabla.
Arancel por trámite: se debe tener en cuenta nueva tabla arancelaria vigente desde
enero 2014.
Convocatoria: si todavía posee chapa vieja.
Informe de deuda p/multa/ infracción (F. 13i) si el Registro de la Pcia ante el cual se
presenta el tramite se encuentra adherido a SUGIT.
Baja, Alta Impositiva o Informe de Cambio de Contribuyente.
Envío de Legajo/ Cambio de Radicación en su caso.
Rehabilitación para circular (en caso de haber Denuncia de Venta) y el recargo
correspondiente por mora en la presentación de la transferencia.
8. TRANSFERENCIA COMUN
Documentación que entrega el Registro
Seccional: Titulo de Propiedad, Cedula de
Identificación, Cedulas para terceros autorizados
a conducir.
Plazo de procesamiento: Si se presenta el tramite
en el Registro de Radicación del Automotor: 48
hs. Si se presenta en el Registro de la Futura
Radicación: Aproximadamente una semana.
Normas en juego: Título II Sección 1ª DNTR.
PARA RETIRO DE TITULO Y CEDULA DEBERA
PRESENTAR CEDULA ANTERIOR Y RECIBO DE
PAGO ARANCELES-NO DEBE POSEER DEUDA
MUNICIPAL.
13. TRANSFERENCIA
En el caso que el automotor haya sido
vendido pero no se haya efectuado la
transferencia, y el vendedor efectuó
Denuncia de Venta, estando el vehículo
asegurado contra robo/ hurto por el
comprador, éste deberá efectuar tramite
de transferencia simultaneo con
comunicación de robo (por ST 04)
entregándosele por el Registro una
“CONSTANCIA DE TITULARIDAD”.
15. TRANSFERENCIA
En
el caso de no poder devolverse al
Registro el Título o la Cedula con
motivo de la transferencia, el
comprador o vendedor o el
mandatario puede efectuar una
constancia policial de extravío o en
su caso, el vendedor en el Registro
Seccional puede hacer una
declaracion jurada de extravío
17. TRANSFERENCIA CON
ENAJENACION DE PRENDA
En este tipo de transferencia por la cual el
automotor se encuentra prendado, es
requisito esencial la presentación junto al
trámite de transferencia la constancia de
haber comunicado al acreedor prendario
dicha transferencia.
La citada comunicación puede efectuarla el
vendedor o el comprador.
21. RESUMEN REQUISITOS
DECRETO LEY 6582/58.
ARTICULO 1º- “La transmisión del dominio de los automotores deberá formalizarse por instrumento público o privado y
solo producirá efectos entre las partes y con relación a terceros desde la fecha de su inscripción en el Registro Nacional
de la Propiedad del Automotor.”
La importancia de este artículo de la ley antes mencionada:
Es vital la inscripción transferencia dado que ella es el único elemento que realmente nos asegura ser los verdaderos
dueños del bien adquirido. Como también desliga al vendedor la responsabilidad civil, penal y tributaria.
Elementos necesarios para realizar el trámite:
Solicitud tipo 08, firmada y certificada por la parte vendedora. (Si el vendedor es casado deberá firmar y
certificar su cónyuge).
Título del Automotor. (En el caso de extravío deberá dejar constancia en observaciones de la ST. 08).
Cedula de identificación y cedulas azules si las hubiese. ( En el caso de extravío deberá dejar constancia en
observaciones de la ST. 08).
D N I del comprador original y fotocopias.
Acreditar CUIT, CUIL o CDI del adquirente.
Verificación policial (la misma tiene un vencimiento de 150 días hábiles).
Si el valor supera los 30.000 pesos según la tabla de valores de la D.N.R.P.A, deberá adjuntar el certificado de
transferencia CETA de A.F.I.P.
La declaración jurada de LICITUD DE FONDOS de la U.I.F. si el valor del automotor es mayor a 200.000 pesos
también debe acompañar documentación respaldatoria según el art. 5º de la Disp. D.N. 197/11.
Formulario 13 que es informe a rentas del cambio de titularidad según el lugar de presentación es entregado
por el Registro.
Formulario 13I que es informe de infracciones. ( Este es de uso exclusivo de los registros y acompañan la
presentación).