1. BASES NOTARIALES
“VEN A LAS CARRERAS / QUEREMOS SER TU BANCO” DEL SANTANDER
Período promocional: del 11 de marzo al 30 de mayo de 2010 (ambos
incluidos).
Artículo I. Descripción del premio.
Banco Santander, S.A. (en adelante, el BANCO) realizará un primer sorteo de
100 premios consistentes cada uno de ellos en 2 entradas en Tribuna para
acceder al Circuito de Montmeló los días 7, 8 y 9 de mayo de 2010 y un
segundo sorteo de 100 premios consistente cada uno de ellos en 2 entradas en
Tribuna para acceder al Circuito de Valencia los días 25, 26 y 27 de junio de
2010. Las entradas estarán repartidas por las diferentes Tribunas a lo largo de
los mencionados circuitos.
Se elegirán, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo III, 100 ganadores y
300 suplentes para cada sorteo. Los sorteos se realizarán en las fechas
indicadas en el Artículo II.
Los sorteos se realizarán informáticamente mediante un programa aleatorio.
Los premios objeto de estos sorteos no podrán ser objeto de cambio, alteración
o compensación.
Artículo II.- Fecha de realización de los sorteos.
El Banco sorteará los premios descritos en el artículo precedente en las
siguientes fechas:
1.- El día 22 de abril de 2010 sorteará las inscripciones llevadas a cabo por los
participantes desde el día 11 de marzo hasta el día 18 de abril de 2010 (ambos
inclusive).
2.- El día 7 de junio de 2010, sorteará las inscripciones llevadas a cabo por los
participantes desde el día 11 de marzo hasta el 30 de mayo de 2010 (ambos
inclusive).
Se elegirán en cada fecha indicada para la celebración de cada sorteo a 100
ganadores y a 300 suplentes de conformidad a lo dispuesto en el Artículo III.
Los participantes en el primer sorteo también participarán en el segundo sorteo.
Si por causa justificada, no fuese posible realizar los sorteos en las fechas
establecidas anteriormente, se llevarán a cabo el siguiente día hábil a las fechas
indicadas.
Página 1 de 5
2. Artículo III. Requisitos para participar en los sorteos y optar a uno de los
premios.
A)* Podrán participar en los sorteos y tendrán derecho al premio descrito en el
Artículo I, los clientes del Banco que cumplan todos los requisitos que a
continuación se indican:
• Pertenecer al Plan “Queremos ser tu Banco”. En el caso de que el
participante se inscriba hasta del 18 de abril de 2010 se le otorgará una
participación para el primer y el segundo sorteo: en el caso de que lo
haga después del 18 de abril de 2010, se le otorgará una participación
para el segundo sorteo.
• Facilitar los datos personales relacionados en el formulario a través de
la página web www.bancosantander.es (Los datos personales que
deberá facilitar el participante en el sorteo son los siguientes: nº de
documento de identidad, nombre y apellidos, teléfono, e-mail, dirección
completa, localidad, provincia y código postal).
• Aceptar la política de privacidad de los datos personales facilitados
como condición para poder participar en el sorteo.
B) * No tendrán derecho a premio:
- Los clientes del Banco cuando se encuentren en situación de morosidad o
cualquier otra situación de irregularidad en el momento de realizarse la
adjudicación del premio.
- Los participantes que realicen, a juicio del BANCO, una actuación
fraudulenta en la presente promoción.
- Sólo se adjudicará un premio por participante.
C) * En previsión de situaciones como las descritas en el apartado anterior, así
como para el supuesto en que el Banco no localice al ganador del premio o
éste no acepte el mismo en el plazo de 7 días naturales a contar desde la
celebración del sorteo, se eligen a los suplentes que por orden de salida
sustituirán al agraciado que incurriera en cualquiera de dichas circunstancias y
así sucesivamente, siempre que los suplentes cumplan los requisitos
necesarios para tener acceso al premio indicados en el presente Artículo
(Apartados A y B).
En el supuesto de que los suplentes no fuesen localizados por el Banco o no
aceptasen el premio en los 7 días naturales establecidos para ello, el premio
quedará desierto.
D) *Cuando alguna de las personas agraciadas hubiera fallecido con
anterioridad a la recepción del premio, éste corresponderá al suplente elegido
al efecto.
Página 2 de 5
3. Artículo IV. Estructura para realizar los sorteos.
El BANCO presentará a un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, un
fichero informatizado en el que consten todos los clientes del Banco que tengan
derecho a premio según lo establecido en el Artículo III anterior.
A los indicados efectos, el Notario elegirá al azar 100 ganadores y 300
suplentes, en cada una de las fechas que se indican en el Artículo II.
El BANCO conservará los ficheros informatizados en los que consten todos los
participantes en los sorteos, que cumplan los requisitos exigidos en estas
Bases hasta la expiración del plazo de reclamación, a fin de poder atender
cualquier solicitud de verificación de la participación solicitada por dichos
miembros.
Artículo V. Realización de los sorteos.
Si una vez comenzado el proceso del sorteo, éste se interrumpiera por razones
técnicas o causas ajenas a la voluntad del Banco, se volvería a repetir desde el
principio, anulando todas las actuaciones desarrolladas hasta el momento,
incluidas las adjudicaciones de premios que se hubieran producido.
Artículo VI. Comunicación de los premios y disfrute de los mismos.
El BANCO comunicará el premio al cliente agraciado, indicándole la fecha y
lugar en el que se le entregará el premio.
Asimismo, el BANCO le informará al agraciado de las características y fechas
en las que disfrutará el premio adjudicado mediante sorteo, de conformidad a lo
dispuesto en las presente Bases, y teniendo en cuenta las fechas de disfrute de
cada uno de los premios.
Artículo VII. Exoneración de responsabilidad.
BANCO SANTANDER no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros,
robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que puedan
afectar al disfrute de los premios.
Artículo VIII. Reclamación.
El plazo de reclamación de los sorteos caduca el día 30 de junio de 2010.
Página 3 de 5
4. Artículo IX. Publicidad de los premios.
Podrá darse publicidad de los resultados de los sorteos en diversos medios de
comunicación. Igualmente, se podrá dar a conocer mediante carteles
anunciadores dichos resultados en todas las Oficinas del BANCO. Asimismo, los
ganadores de los premios autorizan al BANCO a utilizar publicitariamente su
nombre e imagen en el material publicitario relacionado con la presente
promoción sin contraprestación económica alguna.
Artículo X. Fiscalidad.
A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006
de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las
Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de
Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real
Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto
2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad
Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, modificado por Real
Decreto 41/2010, de 15 de enero; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás
disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso,
corresponderá a la entidad mercantil BANCO SANTANDER la realización del
ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
Artículo XI. Tratamiento de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en la Ley 34/2002, de
11 de julio, de Servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico
y demás disposiciones dictadas en su desarrollo, el envío voluntario de los
datos personales (incluido el correo electrónico y el teléfono móvil) para
participar en la presente promoción, supone el consentimiento del participante
para que el BANCO SANTANDER, S.A. por sí mismo o a través de otras
entidades que lleven a cabo la gestión o tramitación de los datos (encargado
del tratamiento), los traten de forma automatizada con fines de publicidad,
prospección comercial, pudiendo incorporar dichos datos a un fichero
automatizado y del cual será responsable para comunicarse con el participante
en el futuro, autorizando a la utilización de este medio para la recepción de
comunicaciones comerciales de dicha Compañía en relación a sus productos y
servicios y a las ofertas que lleve a cabo, además del correspondiente a la
presente promoción. El participante queda informado de su derecho de
oposición, acceso, rectificación y cancelación, respecto de sus datos
personales en los términos previstos en la Ley, pudiendo ejercitar este derecho
por escrito mediante carta dirigida al Servicio de Atención al Cliente, Ciudad
Grupo Santander, Avenida de Cantabria, s/n, 28660 – Boadilla del Monte,
Madrid.
Página 4 de 5
5. La respuesta a las preguntas sobre dichos datos, tiene carácter facultativo, sin
que la negativa a suministrar los mismos suponga consecuencia negativa
alguna, salvo el de no poder participar en la presente promoción.
Artículo XII. Aceptación de las Bases.
Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción,
aceptan sus bases y el criterio de BANCO SANTANDER en cuanto la resolución
de cualquier cuestión derivada del sorteo.
Artículo XIII. Depósito de Bases.
Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas
ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid Don Carlos del Moral Carro, con
despacho en la calle Serrano, nº 38, 2ª Plta., 28001-Madrid, así como en el
Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general
ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en
www.notariado.org/ABACO y estarán a disposición de cualquier persona que
desee consultarlas.
Página 5 de 5