Facultades de comprobación de autoridades fiscales.
1. FACULTADES DE COMPROBACION
ART. 42 CFF
Rectificar errores aritméticos,
omisiones u otros
Declaraciones
solicitudes
avisos
Solicitar la contabilidad
para su revisión
Practicar visitas
domiciliarias
Contabilidad
bienes
mercancías
2. FACULTADES DE COMPROBACION
ART. 42 CFF
Revisar dictámenes de
CPR
Estados financieros
Enajenación de
acciones
donativos
devolución IVA
Visitas domiciliarias
Comprobantes
fiscales
solicitud de avisos
propiedad de bebidas
3. FACULTADES DE COMPROBACION
ART. 42 CFF
Practicas de avalúos
Verificación física de
bienes
Recabar informes y
datos
Funcionarios
Empleados
Públicos y
Fedatarios
Formular denuncia o
Querella
M.P. Por delitos
fiscales
4. FORMALIDADES DE LA ORDEN
DE VISITA (ART. 42-A Y 38 CFF)
• Constar por escrito
• Señalar la autoridad que lo emite
• Fundado y motivado, expresar resolución, objeto o
propósito de que se trate
• Ostentar firma del funcionario competente y
nombre o nombres de personas a quien va dirigido
• Responsabilidad solidaria, señalará la causa
Legal de la responsabilidad
5. • Lugar o lugares donde se efectuará la visita
( En caso de aumento deberá notificarse al
visitado)
• Nombre de las personas que deben efectuar
la visita
FORMALIDADES DE LA ORDEN
DE VISITA (ART. 42-A Y 38 CFF)
6. REGLAS PARA EFECTUAR LA
VISITA DOMICILIARIA (ART. 44
CFF)
Lugar de la
revisión
Los señalados en la Orden de visita
Si al inicio no
Se encuentra el
Visitado o
Su RL
Se deja citatorio para el siguiente
Día , señalando hora, si no se presenta,
se inicia con quien se encuentre.
7. REGLAS PARA EFECTUAR LA
VISITA DOMICILIARIA (ART. 44
CFF)
Al citar al visitado
Podrán hacer
Relación de sistemas
Y registros
contables
Si al inicio no
Se encuentra el
Visitado o
Su RL
Si existe peligro de que
Se ausente o realice
Maniobras para impedir
La visita se asegurárá
La contabilidad
8. REGLAS PARA EFECTUAR LA
VISITA DOMICILIARIA (ART. 44
CFF)
Si al inicio de la
visita
Descubren bienes cuya
Importación, tenencia
O explotación debe ser
Declarada y no se efectuó,
Se asegurarán.
Si existe peligro de que
Se ausente o realice
Maniobras para impedir
La visita se asegurárá
La contabilidad
9. REGLAS PARA EFECTUAR LA
VISITA DOMICILIARIA (ART. 44
CFF)
Inicio de
La visita
Identificación de los visitadores
Requerir nombramiento de dos testigos
Si no los designa
La autoridad los
nombra
10. REGLAS PARA EFECTUAR LA
VISITA DOMICILIARIA (ART. 44
CFF)
Desarrollo
De la
visita
Sustitución de testigos
Auxilio de otras autoridades fiscales
Para que continuen una vez iniciada
Solicitar a otras autoridades que
Practiquen otras visitas
11. OBLIGACIÓN DE LOS VISITADOS
(ART. 45 CFF)
• Permitir el acceso al lugar visitado
• Mantener a su disposición contabilidad y
demás documentos fiscales
• Permitir la verificación de bienes y
mercancías, documentos, discos, cintas o
cualquier otro medio procesable de
almacenamiento de datos
• Poner a disposición de los visitadores el
equipo de computo y sus operadores para
que los auxilien
12. DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
• De toda visita levantará acta
circunstanciada
de los hechos u omisiones conocidos (son
prueba de estos hechos)
• Podrán asegurar la contabilidad o
documentos no registrados en la misma,
sellar, colocar marcas en documentos,
bienes o muebles, archiveros u oficinas
donde se encuentren. Siempre que no se
impida la realización de actividades del
13. • Podrán levantar actas parciales o
complementarias, hasta antes de levantada
el acta final. En estas se consignarán
omisiones a las disposiciones fiscales y
hechos conocidos de terceros.
• Última acta parcial, debe transcurrir por lo
menos veinte días para levantar el acta final.
DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
14. DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
UAP- Plazo
20 días, 15
Días adicionales
Por cada ejercicio
revisado
El contribuyente puede desvirtuar
los hechos presentado documentos
Corregir su situación fiscal
15. • Se tendrán por hechos consentidos, los
consignados en las actas parciales, y la
UAP, si antes del cierre del acta final el
contribuyente no presenta los documentos,
libros o registros o no señale el lugar donde
se encuentren, o no prueba que éstos se
encuentran en poder de la autoridad.
DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
16. • Imposibilidad de continuar en el domicilio
fiscal: Las Actas se levantarán en las
oficinas de la autoridad, notificándose al
contribuyente esta circunstancia.
DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
17. DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
Cierre del Acta
Final
Si no se encuentra el contribuyente o RL:
Dejar citatorio para el día siguiente a una
Hora determinada, si no se presenta se
Levantará con quien esté presente en el lugar
Del visitado, firmando los visitadores, testigos,
El visitado o persona con quien se entienda
18. DESARROLLO DE LA VISITA
ART. 46 CFF
Cierre del Acta
Final
Si se niegan a firmar los testigos o el
visitado:
Se asentará dicha circunstancia en el
acta, sin que esto afecte la validez y valor
probatorio de la misma
19. • Seis meses a partir de la notificación
• Ampliación de dos períodos iguales,
siempre que el primer período lo expida la
misma autoridad que ordenó la visita, en la
segunda el superior jerárquico de la
autoridad que ordenó la visita.
PLAZO PARA CONCLUIR
VISITAS DOMICILIARIAS
ART. 46-A
20. • Suspensión de los plazos:
Huelga
Fallecimiento del contribuyente, hasta la
designación del RL de la sucesión
Cuando desocupe su domicilio sin avisar a
la Autoridad
PLAZO PARA CONCLUIR
VISITAS DOMICILIARIAS
ART. 46-A
21. • Suspensión anticipada:
Cuando el visitado haya presentado el aviso
para dictaminar sus estados financieros por
CPR, deben levantar acta de esta
circunstancia
PLAZO PARA CONCLUIR
VISITAS DOMICILIARIAS
ART. 46-A