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DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

LIC. VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA, en mi carácter de Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 Párrafo Segundo, 3 Fracción VI, 10 Fracción XI, 37, 38 de la
Ley Orgánica para la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1, 3 Fracción III, 5 Fracción I,
120, 121, 122 Fracción V y Párrafo Último, 128 Fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal; artículos 97, 101 y 102 Párrafo Quinto de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal; y artículo 14 Fracción XXII de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA
ACTIVIDAD INSTITUCIONAL DE DESARROLLO SOCIAL: “ATENCIÓN PREVENTIVA Y
SOCIAL A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN VECINDADES O VIVIENDAS EN SITUACIÓN DE
RIESGO O AFECTACIÓN”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012.

  ATENCIÓN PREVENTIVA Y SOCIAL A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN VECINDADES O
              VIVIENDAS EN SITUACIÓN DE RIESGO O AFECTACIÓN

DEPENDENCIAS RESPONSABLES: Dirección General de Desarrollo Social (coordinación, seguimiento
y verificación), Dirección de Desarrollo Social (evaluación), Jefatura de Unidad Departamental de Programas
Sociales (operación, ejecución e instrumentación), Jefatura de Unidad Departamental de Grupos Vulnerables
(Atención a quejas e inconformidades) y Coordinación de Protección Civil (evaluación del riesgo y afectación
de los inmuebles).

I. POBLACIÓN OBJETIVO.

Familias que habitan en viviendas con problemas de riesgo o afectación que se ubiquen en colonias de medio,
bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo, de acuerdo al Índice del Grado
de Desarrollo Social de las Unidades Territoriales del Distrito Federal (Delegaciones-Colonias-Manzanas) del
Distrito Federal, de abril de 2011.

II. CALENDARIO DE GASTO.

El gasto se ejecutará entre el mes de noviembre y diciembre de 2012.

III. MONTO DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL.

$1’200,000.00 para adquirir material diverso que sirva en la prevención y mitigación de riesgos o afectaciones
en las viviendas.

El material que se entregará será: Arena, tabique, cemento, grava, lámina, varilla, pintura, madera (polines),
sellador, impermeabilizante.

El material se distribuirá de acuerdo al número de viviendas que hayan solicitado la ayuda y hayan cumplido
los requisitos señalados en los presentes criterios, así como de acuerdo a la necesidad derivada del grado de
riesgo o afectación.

IV. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS.

Requisitos:

       Que el inmueble susceptible de beneficio, sea de uso habitacional.

       Que la o el solicitante cuenten con una residencia de por lo menos 6 meses de antigüedad, en alguna
        de las colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel
        Hidalgo.
   Que las o los solicitantes sean propietarios o poseedores legítimos del inmueble y que éste se
        encuentre en condiciones de riesgo o afectación.

       Que las o los solicitantes no sean beneficiarias o beneficiarios de otra ayuda de la misma naturaleza.

       Opinión técnica favorable de atención social, emitida por la Coordinación de Protección Civil de la
        Delegación Miguel Hidalgo, en la que se determine que es de proceder la ayuda y tipo de material a
        entregar, para mitigar o prevenir el riesgo o afectación en la vivienda que habitan.

            o    Para obtener la opinión técnica, las y los interesados deberán acudir a la Coordinación de
                 Protección Civil de la Delegación Miguel Hidalgo, ubicada en Calle José Morán, Sin
                 Número, Esquina Parque Lira, Segundo Piso, en un horario de atención de lunes a viernes
                 de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. Teléfono 5515 3200, extensiones 1028 y 1029. El
                 trámite tiene una duración de tres días hábiles.

       Las y los interesados, deberán acreditar que habitan en el inmueble susceptible del beneficio.

       Que el valor catastral del inmueble susceptible de beneficio, no exceda la cantidad de $1’813,919.00.

       Las o los interesados no deberán pertenecer a ninguna nómina del Gobierno del Distrito Federal.

       Firmar una Carta Compromiso con motivo de su incorporación al padrón de beneficiarias o
        beneficiarios de la actividad institucional.

Presentar la siguiente documentación:

       Acta de nacimiento de la o el interesado. (original para cotejo y copia para expediente).

       Clave Única de Registro de Población (CURP). (original para cotejo y copia para expediente).

       Boleta de cobro del Impuesto Predial correspondiente al inmueble susceptible del beneficio. (original
        para cotejo y copia para expediente). (Documento que sólo servirá para acreditar el valor catastral
        del inmueble susceptible del beneficio).

       Comprobante de domicilio con vigencia menor a seis meses. Puede ser cualquiera de los siguientes
        documentos: Boleta de cobro de Derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto
        Predial, recibo telefónico, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia expedida por
        la Delegación Miguel Hidalgo. (original para cotejo y copia para expediente).

       Identificación oficial con fotografía de la o el solicitante. (original para cotejo y copia para
        expediente).

       Documento con el cual acredite la propiedad o posesión legítima del inmueble; podrá ser Copia
        Certificada de la escritura de propiedad del inmueble, contrato de arrendamiento inmobiliario, cesión
        de derechos, boleta de cobro del Impuesto Predial o comprobante de domicilio a nombre de la o el
        solicitante. (original y copia para el cotejo).

Procedimiento de Acceso:

       La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Desarrollo Social y la Jefatura
        de Unidad Departamental de Programas Sociales, emitirá y difundirá la Convocatoria, la cual
        indicará los requisitos, la documentación que deberán presentar las y los interesados, el lugar, horario
        de atención y la fecha en la que iniciará la recepción de solicitudes.
   La solicitud de incorporación al padrón de beneficiarias y beneficiarios se realizará de forma directa
        e individual por parte de las y los interesados, en el o los lugares que se darán a conocer en la
        Convocatoria.

       Sólo podrán ingresar al padrón de beneficiarias y beneficiarios, las y los interesados que cumplan
        con los requisitos.

       El límite para la recepción de solicitudes será cuando se cubra la meta establecida.

Restricciones:

       La incorporación al padrón de beneficiarias o beneficiarios de esta actividad institucional, no
        generará presunción de propiedad sobre el inmueble a beneficiar, ni generará derecho propietario
        alguno, de acuerdo a lo establecido por el artículo 798 del Código Civil para el Distrito Federal.

       La recepción de la solicitud no garantiza la entrega de la ayuda, exclusivamente le permite participar
        en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la revisión y valoración de la situación
        concreta de la o el interesado y de la documentación exhibida, para determinar si se ajusta o no a la
        actividad en comento.

       La actividad institucional puede ser suspendida por la Delegación sin incurrir en responsabilidad
        alguna.

V. TEMPORALIDAD.

Se trata de una ayuda por única ocasión.

Se procederá a la suspensión de la ayuda, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

       Cuando se compruebe la duplicidad dolosa como beneficiarias o beneficiarios.

       Cuando se verifique que las o los beneficiarios no cumplen con los requisitos señalados en la
        Convocatoria.

       Cuando se verifique que las o los beneficiarios cuentan con alguna ayuda de la misma naturaleza.

       Cuando las o los beneficiarios renuncien a la ayuda por voluntad propia. En este caso deberá firmar
        el formato de Baja establecido para tal fin.

       Cuando se compruebe que las o los beneficiarios cambiaron su domicilio fuera de alguna colonia con
        medio, bajo o muy bajo grado de desarrollo social o fuera de los límites de la Delegación.

       Cuando se compruebe que las o los beneficiarios haya proporcionado información o documentación
        falsa.

       Cuando las o los beneficiarios fallezcan.

       Cuando las o los beneficiarios no concluyan con los trámites para garantizar la entrega de la ayuda
        en los tiempos que se especifiquen en la Convocatoria.

       Cuando las o los beneficiarios no hagan uso de la ayuda otorgada antes de la fecha límite establecida
        en la Convocatoria o haga un uso indebido de la misma.
       Cuando no se de cumplimiento a los compromisos adquiridos por las o los beneficiarios.
VI. ACCIONES DE CORRESPONSABILIDAD.

Las o los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso con motivo de su incorporación al padrón,
donde se mencionará que se comprometen a presentarse en los tiempos que establezca la Convocatoria para la
conclusión de los trámites y que la ayuda que se le otorgue, será utilizada para satisfacer para los fines de la
presente actividad institucional.

VII. ENFOQUE DE EQUIDAD DE GÉNERO.

En la integración del padrón de beneficiarios, se atenderá al principio de prelación que garantice condiciones
de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres solicitantes de la ayuda.

VIII. ACCESIBILIDAD.

Las personas interesadas en ser beneficiadas de esta actividad institucional, deberán acudir a las oficinas que
mencione la Convocatoria en los horarios y días que se especifiquen en ella para entregar la documentación
en copia y presentar al receptor los originales para su cotejo. No se recibirán expedientes incompletos.

La convocatoria también mencionará el listado de documentación que se requiere presentar y será la misma
que contiene el punto IV de estos Criterios de Aplicación.

La convocatoria se colocará en todas las instalaciones y espacios públicos de la Delegación, así como en la
página oficial de la Delegación: http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx

Las personas receptoras de la documentación estarán obligadas a brindar orientación al solicitante para
coadyuvar en la conformación de su expediente y en su entrega en tiempo y forma, de acuerdo a los
lineamientos de la Convocatoria y de estos criterios de aplicación.

Todos los trámites son gratuitos y se apegarán a lo establecido en el artículo 38 de Ley de Desarrollo Social
para el Distrito Federal; no tienen ningún tipo de condicionamiento y serán confidenciales de acuerdo a lo
dispuesto por la legislación en la materia.

IX. EFICIENCIA Y EFICACIA.

La ayuda se proporcionará directamente en el domicilio de las o los beneficiarios a fin de garantizar la
eficiencia y eficacia de la misma.

En el portal de internet de la Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx se encontrará
la información relativa a la operación de esta actividad institucional; avances, requisitos, lugares, fechas y
horarios para solicitar el apoyo.

X. GARANTÍA DE LA ENTREGA A LAS O LOS BENEFICIARIOS.

La ayuda se otorgará exclusivamente a las o los beneficiarios que hayan sido elegidos previa inspección
técnica realizada por parte de personal especializado de la Delegación, a fin de garantizar su canalización a
quien efectivamente lo necesite.

XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN.

        Total de demandas de ayuda / total de ayudas aprobadas -1*100
        Total de solicitudes de incorporación / total de ayudas brindadas -1*100

Al finalizar la instrumentación de esta actividad institucional, se sumarán los costos de operación con el
monto total de las ayudas y se dividirá entre el número de las familias beneficiadas para determinar la relación
de costo administrativo-beneficio.
XII. PUBLICIDAD.

El padrón de beneficiarias y beneficiarios se integrará con los solicitantes que hayan proporcionado
documentación completa en el orden de prelación en que hayan acudido a los lugares que establecerá la
Convocatoria.

Se publicará el padrón de beneficiarias y beneficiarios en los términos de ley con criterios que aseguren la
protección de datos personales.

    FINALIDAD                      2                                Desarrollo Social
     FUNCIÓN                      22                       Vivienda y Servicios a la Comunidad
   SUBFUNCIÓN                    225                                    Vivienda
    ACTIVIDAD
                               225102            Programas Delegacionales de Mantenimiento de Vivienda
  INSTITUCIONAL
                                Atención Preventiva y Social a las Familias que Habitan en Vecindades o
  DENOMINACIÓN
                                            Viviendas en Situación de Riesgo o Afectación.

                                              TRANSITORIO

Primero.- Publíquense los presentes Criterios de Aplicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

                     México, Distrito Federal, a quince de noviembre de dos mil once
                          JEFE DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO



                                   _______________________________
                                   VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA

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Aviso sobre Servicio Social MH

  • 1. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO LIC. VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA, en mi carácter de Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 Párrafo Segundo, 3 Fracción VI, 10 Fracción XI, 37, 38 de la Ley Orgánica para la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1, 3 Fracción III, 5 Fracción I, 120, 121, 122 Fracción V y Párrafo Último, 128 Fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 97, 101 y 102 Párrafo Quinto de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y artículo 14 Fracción XXII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL DE DESARROLLO SOCIAL: “ATENCIÓN PREVENTIVA Y SOCIAL A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN VECINDADES O VIVIENDAS EN SITUACIÓN DE RIESGO O AFECTACIÓN”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2012. ATENCIÓN PREVENTIVA Y SOCIAL A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN VECINDADES O VIVIENDAS EN SITUACIÓN DE RIESGO O AFECTACIÓN DEPENDENCIAS RESPONSABLES: Dirección General de Desarrollo Social (coordinación, seguimiento y verificación), Dirección de Desarrollo Social (evaluación), Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales (operación, ejecución e instrumentación), Jefatura de Unidad Departamental de Grupos Vulnerables (Atención a quejas e inconformidades) y Coordinación de Protección Civil (evaluación del riesgo y afectación de los inmuebles). I. POBLACIÓN OBJETIVO. Familias que habitan en viviendas con problemas de riesgo o afectación que se ubiquen en colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo, de acuerdo al Índice del Grado de Desarrollo Social de las Unidades Territoriales del Distrito Federal (Delegaciones-Colonias-Manzanas) del Distrito Federal, de abril de 2011. II. CALENDARIO DE GASTO. El gasto se ejecutará entre el mes de noviembre y diciembre de 2012. III. MONTO DE LA ACTIVIDAD INSTITUCIONAL. $1’200,000.00 para adquirir material diverso que sirva en la prevención y mitigación de riesgos o afectaciones en las viviendas. El material que se entregará será: Arena, tabique, cemento, grava, lámina, varilla, pintura, madera (polines), sellador, impermeabilizante. El material se distribuirá de acuerdo al número de viviendas que hayan solicitado la ayuda y hayan cumplido los requisitos señalados en los presentes criterios, así como de acuerdo a la necesidad derivada del grado de riesgo o afectación. IV. REQUISITOS PARA EL ACCESO A LOS BENEFICIOS. Requisitos:  Que el inmueble susceptible de beneficio, sea de uso habitacional.  Que la o el solicitante cuenten con una residencia de por lo menos 6 meses de antigüedad, en alguna de las colonias de medio, bajo y muy bajo grado de desarrollo social de la Delegación Miguel Hidalgo.
  • 2. Que las o los solicitantes sean propietarios o poseedores legítimos del inmueble y que éste se encuentre en condiciones de riesgo o afectación.  Que las o los solicitantes no sean beneficiarias o beneficiarios de otra ayuda de la misma naturaleza.  Opinión técnica favorable de atención social, emitida por la Coordinación de Protección Civil de la Delegación Miguel Hidalgo, en la que se determine que es de proceder la ayuda y tipo de material a entregar, para mitigar o prevenir el riesgo o afectación en la vivienda que habitan. o Para obtener la opinión técnica, las y los interesados deberán acudir a la Coordinación de Protección Civil de la Delegación Miguel Hidalgo, ubicada en Calle José Morán, Sin Número, Esquina Parque Lira, Segundo Piso, en un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 horas. Teléfono 5515 3200, extensiones 1028 y 1029. El trámite tiene una duración de tres días hábiles.  Las y los interesados, deberán acreditar que habitan en el inmueble susceptible del beneficio.  Que el valor catastral del inmueble susceptible de beneficio, no exceda la cantidad de $1’813,919.00.  Las o los interesados no deberán pertenecer a ninguna nómina del Gobierno del Distrito Federal.  Firmar una Carta Compromiso con motivo de su incorporación al padrón de beneficiarias o beneficiarios de la actividad institucional. Presentar la siguiente documentación:  Acta de nacimiento de la o el interesado. (original para cotejo y copia para expediente).  Clave Única de Registro de Población (CURP). (original para cotejo y copia para expediente).  Boleta de cobro del Impuesto Predial correspondiente al inmueble susceptible del beneficio. (original para cotejo y copia para expediente). (Documento que sólo servirá para acreditar el valor catastral del inmueble susceptible del beneficio).  Comprobante de domicilio con vigencia menor a seis meses. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de Derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, recibo telefónico, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia expedida por la Delegación Miguel Hidalgo. (original para cotejo y copia para expediente).  Identificación oficial con fotografía de la o el solicitante. (original para cotejo y copia para expediente).  Documento con el cual acredite la propiedad o posesión legítima del inmueble; podrá ser Copia Certificada de la escritura de propiedad del inmueble, contrato de arrendamiento inmobiliario, cesión de derechos, boleta de cobro del Impuesto Predial o comprobante de domicilio a nombre de la o el solicitante. (original y copia para el cotejo). Procedimiento de Acceso:  La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Desarrollo Social y la Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales, emitirá y difundirá la Convocatoria, la cual indicará los requisitos, la documentación que deberán presentar las y los interesados, el lugar, horario de atención y la fecha en la que iniciará la recepción de solicitudes.
  • 3. La solicitud de incorporación al padrón de beneficiarias y beneficiarios se realizará de forma directa e individual por parte de las y los interesados, en el o los lugares que se darán a conocer en la Convocatoria.  Sólo podrán ingresar al padrón de beneficiarias y beneficiarios, las y los interesados que cumplan con los requisitos.  El límite para la recepción de solicitudes será cuando se cubra la meta establecida. Restricciones:  La incorporación al padrón de beneficiarias o beneficiarios de esta actividad institucional, no generará presunción de propiedad sobre el inmueble a beneficiar, ni generará derecho propietario alguno, de acuerdo a lo establecido por el artículo 798 del Código Civil para el Distrito Federal.  La recepción de la solicitud no garantiza la entrega de la ayuda, exclusivamente le permite participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la revisión y valoración de la situación concreta de la o el interesado y de la documentación exhibida, para determinar si se ajusta o no a la actividad en comento.  La actividad institucional puede ser suspendida por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna. V. TEMPORALIDAD. Se trata de una ayuda por única ocasión. Se procederá a la suspensión de la ayuda, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:  Cuando se compruebe la duplicidad dolosa como beneficiarias o beneficiarios.  Cuando se verifique que las o los beneficiarios no cumplen con los requisitos señalados en la Convocatoria.  Cuando se verifique que las o los beneficiarios cuentan con alguna ayuda de la misma naturaleza.  Cuando las o los beneficiarios renuncien a la ayuda por voluntad propia. En este caso deberá firmar el formato de Baja establecido para tal fin.  Cuando se compruebe que las o los beneficiarios cambiaron su domicilio fuera de alguna colonia con medio, bajo o muy bajo grado de desarrollo social o fuera de los límites de la Delegación.  Cuando se compruebe que las o los beneficiarios haya proporcionado información o documentación falsa.  Cuando las o los beneficiarios fallezcan.  Cuando las o los beneficiarios no concluyan con los trámites para garantizar la entrega de la ayuda en los tiempos que se especifiquen en la Convocatoria.  Cuando las o los beneficiarios no hagan uso de la ayuda otorgada antes de la fecha límite establecida en la Convocatoria o haga un uso indebido de la misma.  Cuando no se de cumplimiento a los compromisos adquiridos por las o los beneficiarios.
  • 4. VI. ACCIONES DE CORRESPONSABILIDAD. Las o los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso con motivo de su incorporación al padrón, donde se mencionará que se comprometen a presentarse en los tiempos que establezca la Convocatoria para la conclusión de los trámites y que la ayuda que se le otorgue, será utilizada para satisfacer para los fines de la presente actividad institucional. VII. ENFOQUE DE EQUIDAD DE GÉNERO. En la integración del padrón de beneficiarios, se atenderá al principio de prelación que garantice condiciones de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres solicitantes de la ayuda. VIII. ACCESIBILIDAD. Las personas interesadas en ser beneficiadas de esta actividad institucional, deberán acudir a las oficinas que mencione la Convocatoria en los horarios y días que se especifiquen en ella para entregar la documentación en copia y presentar al receptor los originales para su cotejo. No se recibirán expedientes incompletos. La convocatoria también mencionará el listado de documentación que se requiere presentar y será la misma que contiene el punto IV de estos Criterios de Aplicación. La convocatoria se colocará en todas las instalaciones y espacios públicos de la Delegación, así como en la página oficial de la Delegación: http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx Las personas receptoras de la documentación estarán obligadas a brindar orientación al solicitante para coadyuvar en la conformación de su expediente y en su entrega en tiempo y forma, de acuerdo a los lineamientos de la Convocatoria y de estos criterios de aplicación. Todos los trámites son gratuitos y se apegarán a lo establecido en el artículo 38 de Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; no tienen ningún tipo de condicionamiento y serán confidenciales de acuerdo a lo dispuesto por la legislación en la materia. IX. EFICIENCIA Y EFICACIA. La ayuda se proporcionará directamente en el domicilio de las o los beneficiarios a fin de garantizar la eficiencia y eficacia de la misma. En el portal de internet de la Delegación Miguel Hidalgo http://www.miguelhidalgo.df.gob.mx se encontrará la información relativa a la operación de esta actividad institucional; avances, requisitos, lugares, fechas y horarios para solicitar el apoyo. X. GARANTÍA DE LA ENTREGA A LAS O LOS BENEFICIARIOS. La ayuda se otorgará exclusivamente a las o los beneficiarios que hayan sido elegidos previa inspección técnica realizada por parte de personal especializado de la Delegación, a fin de garantizar su canalización a quien efectivamente lo necesite. XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN.  Total de demandas de ayuda / total de ayudas aprobadas -1*100  Total de solicitudes de incorporación / total de ayudas brindadas -1*100 Al finalizar la instrumentación de esta actividad institucional, se sumarán los costos de operación con el monto total de las ayudas y se dividirá entre el número de las familias beneficiadas para determinar la relación de costo administrativo-beneficio.
  • 5. XII. PUBLICIDAD. El padrón de beneficiarias y beneficiarios se integrará con los solicitantes que hayan proporcionado documentación completa en el orden de prelación en que hayan acudido a los lugares que establecerá la Convocatoria. Se publicará el padrón de beneficiarias y beneficiarios en los términos de ley con criterios que aseguren la protección de datos personales. FINALIDAD 2 Desarrollo Social FUNCIÓN 22 Vivienda y Servicios a la Comunidad SUBFUNCIÓN 225 Vivienda ACTIVIDAD 225102 Programas Delegacionales de Mantenimiento de Vivienda INSTITUCIONAL Atención Preventiva y Social a las Familias que Habitan en Vecindades o DENOMINACIÓN Viviendas en Situación de Riesgo o Afectación. TRANSITORIO Primero.- Publíquense los presentes Criterios de Aplicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal, a quince de noviembre de dos mil once JEFE DELEGACIONAL EN MIGUEL HIDALGO _______________________________ VÍCTOR HUGO ROMO GUERRA