Código Orgánico Integral Penal. Interpretación del Artículo 182, sobre La Calumnia.
1. Artículo 182.- Calumnia.-
La persona que, por cualquier medio, realice una falsa imputación de un delito en contra
de otra, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. No
constituyen calumnia los pronunciamientos vertidos ante autoridades, jueces y
tribunales, cuando las imputaciones se hubieren hecho en razón de la defensa de la
causa. No será responsable de calumnias quien probare la veracidad de las
imputaciones. Sin embargo, en ningún caso se admitirá prueba sobre la imputación de
un delito que hubiere sido objeto de una sentencia ratificatoria de la inocencia del
procesado, de sobreseimiento o archivo. No habrá lugar a responsabilidad penal si el
autor de calumnias, se retractare voluntariamente antes de proferirse sentencia
ejecutoriada, siempre que la publicación de la retractación se haga a costa del
responsable, se cumpla en el mismo medio y con las mismas características en que se
difundió la imputación. La retractación no constituye una forma de aceptación de
culpabilidad.
Ejemplo Nacional.-
“Hay plena libertad de expresión en Ecuador”, aseguró el presidente Rafael Correa en
una entrevista concedida al canal NTN 24 en Colombia, tras su participación en la
cumbre de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
“Lo que quieren ciertos periodistas y dueños de periódicos es estar por encima de la ley,
nos guste o no nos guste, injuriar, calumniar es delito en Ecuador”, agregó en diálogo
con la periodista Andrea Bernal.
Defendió la presentación de una cadena nacional que cuestiona a un grupo de
periodistas que participó el mes pasado en la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH), en Estados Unidos.
“Después de las calumnias que presentó esa delegación, nosotros presentamos –la única
alternativa que tenemos– un enlace nacional, la verdad. Por ejemplo sacaron supuestos
insultos a la prensa de parte mía y no sacaron todos los insultos de los periodistas en
contra del presidente”.
Reiteró que aceptaría recomendaciones “razonables” de la CIDH, aunque cuando Bernal
le pidió un ejemplo sostuvo: “No se me ocurre ahorita porque hay plena libertad de
expresión en Ecuador”, indicó.
“La presidenta de la Comisión Interamericana mandó un boletín de prensa diciendo que
están preocupadísimos por claramente la cadena descalificadora contra las personas que
fueron a la Comisión, eso es irrazonable”, expresó.
Contó el caso de una periodista ecuatoriana que laboraba en Telesur y ahora lo hace en
la Secretaría de Comunicación, quien fue agredida en el 2009. “Cuándo llevaron eso a la
CIDH, cuándo llevaron los 12.000 casos de injuria contra simples ciudadanos que ha
habido en los últimos años en Ecuador, cuándo dijeron que eso es un atentado contra la
libertad de expresión, hasta que se acusó a los poderosos, se acusó a periodistas y
dueños de periódicos, no le parece eso una doble moral terrible”.
2. “Se le dijo a Diario EL UNIVERSO, oiga esto es una calumnia, rectifiquen, no porque
somos la mamá de Tarzán, le metimos juicio, fueron a llorar hasta la CIDH”, indicó.
Según Correa, para que haya respeto mutuo, tanto Gobierno como medios de
comunicación deben cumplir su rol y recibir los controles democráticos necesarios. “Yo
me tengo que enfrentar a escrutinios ciudadanos cada cuatro años en las urnas y a diario,
pues los medios de comunicación tienen que ser regulados por una adecuada ley de
comunicación, tienen que basarse en claros códigos de ética".
Para el presidente Correa, la única censura en el país es la interna de los medios. “La
dueña de un periódico le dice si ustedes están con el socialismo del siglo XXI váyanse a
su casa, pero aquí no pueden trabajar, entonces que no sean tan hipócritas”.