1. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº177-2012-MDJLBYR
J. L. Bustamante y Rivero, 2012 febrero 29
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luís Bustamante y Rivero
VISTOS:
La documentación puesta en el Despacho de Asesoría Legal, (i) Expediente
Técnico de Adicionales y Deductivos de la Obra “Mejoramiento del Parque Señor
de los Milagros en la Urb. 13 de Enero del Distrito de José Luís Bustamante y
Rivero, Provincia y Departamento de Arequipa”, (ii) Informe Nº 001-2012-
MDJLBYR, de fecha 07 de Febrero del 2012, presentado por el Supervisor de la
Obra Arq. Omar Robert Cutipa Luna, (iii) Informe Nº
094-2012SGOPYP/MDJLBYR, de fecha 15 de Febrero del 2012, emitido por la Sub
Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, (iv) Informe Nº 081-2012-GPP/MDJLBYR,
de fecha 29 de Febrero del 2012, y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las
Municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los
órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, ello en concordancia con el Art. Art. II del Titulo
Preliminar de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, de conformidad con el Artículo 174º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, de la Ley de Contrataciones del Estado, Aprobado
mediante D.L. Nº 1017, prescribe que para alcanzar la finalidad del contrato y
mediante Resolución previa, el Titular de la Entidad podrá disponer la ejecución de
prestaciones adicionales hasta por el límite de veinticinco por ciento (25%) del
monto del contrato original, para lo cual deberá contar con la asignación
presupuestal necesaria; asimismo conforme establece los numerales 2 y 4 del
Artículo 175º de la norma precitada, la cual prescribe que procede la ampliación del
plazo contractual por atrasos o paralizaciones no imputables al contratista y por
caso fortuito o fuerza mayor.
Que, mediante Informe Nº 001-2012-MDJBLYR/GDU/ORCL/SUP, de fecha 07 de
Febrero del 2012, y Expediente Técnico de Adicional y Deductivo de la Obra
“Mejoramiento del Parque Señor de los Milagros en la Urb. 13 de Enero del
2. Distrito de José Luís Bustamante y Rivero, Provincia y Departamento de
Arequipa” los cuales han sido presentados por el Supervisor de la Obra Arq.
Omar Cutipa Luna y el Residente de la Obra Ing. Javier Bartolomé Palacios Seira, y
solicitan a la Gerencia de Desarrollo Urbano el Adicional Deductivos Nº 01 de la
Obra en referencia, por una suma ascendente a S/. 26,064.53 nuevos soles; ello
por necesidad de reponer satisfactoriamente la funcionabilidad de la losa
deportiva contemplada en el expediente original, por lo que dicho monto cumple con
la normatividad vigente y no supera los montos de SNIP, haciendo un total de
14.96%; asimismo solicitan la Ampliación de Plazo por 22 días calendario, siendo
de la siguiente manera:
• Fecha de inicio de Obra : 22/12/2011.
• Fecha de Término de Obra : 12/02/2012.
• Ampliación de Plazo Nº 01 : 22 días calendario.
• Fecha de inicio de Ampliación Nº 01 : 13/02/2012.
• Fecha de Término con Ampliación : 05/03/2012
Que, mediante Informe Nº 094-2012-SGOPYP-GDU/MDJLBYR, de fecha 15 de
Febrero del 2012, la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos, de la Gerencia
de Desarrollo Urbano, hace llegar el Expediente Técnico de Adicional y Deductivos,
de la Obra citada en el considerando previo, a fin que sea aprobado el Adicional y
Deductivos Nº 01 y la Ampliación de Plazo Nº 01, por 22 días calendario;
siendo que mediante Informe Nº 081-2012-GPP7MDJLBYR, de fecha 29 de
Febrero del 2012, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, hace de
conocimiento que se ha solicitado autorización de modificación presupuestal a nivel
funcional programático en la fuente de financiamiento de recursos determinado
por la suma de S/. 26,064.53 nuevos soles, el mismo que ha sido autorizado
mediante Proveído Nº 718-2012-A/MDJLBYR; por lo que señala que la ejecución
del Adicional y Deductivo Nº 01 de la obra es viable, debido a que cuenta con
disponibilidad presupuestal por la suma de S/. 26,064.53 nuevos soles.
Que, después de haber revisado los actuados se colige que el Adicional y
Deductivo Nº 01 de la obra en referencia es por un monto ascendente a
S/. 26,064.53 nuevos soles, haciendo un total de 14.96% y es viable; asimismo
la Ampliación de Plazo Nº 01 de dicha obra es por 22 días Calendario; ello en
virtud al Informe Nº 094-2012-SGOPYP/MDJLBYR, de la Sub Gerencia de Obras
Públicas y Proyectos; siendo que los mismos están debidamente justificados y está
dentro de la normatividad vigente; y cuenta el visto Bueno de la Gerencia
Desarrollo Urbano, la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto y de está Gerencia.
3. Por estas consideraciones y en uso de las facultades que confiere la Ley Nº
27972.Ley Orgánica de Municipalidades a este Despacho
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Adicional y Deductivo Nº 01 de la Obra
“Mejoramiento del Parque Señor de los Milagros en la Urb. 13 de Enero del
Distrito de José Luís Bustamante y Rivero, Provincia y Departamento de
Arequipa”; por el monto ascendente a S/. 26,064.53 nuevos soles, haciendo un
total de 14.96%; asimismo por la Procedencia de la Ampliación de Plazo Nº 01,
por 22 días calendario, los cuales deberán ser contabilizados a partir del 13 de
febrero del 2012 hasta el 05 de marzo del mismo año; ello de conformidad el
Artículo 174º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, de la Ley de
Contrataciones del Estado, Aprobado mediante D. L. Nº 1017.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARCAR, a la Gerencia de Administración a través de
la Sub Gerencia de Contabilidad, el cumplimiento de la presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CC. Alcaldía
Gerencia Municipal.
Gerencia de Asesoría Legal.
Gerencia de Desarrollo Urbano.
Gerencia de Administración.
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.
Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos.
Sub Gerencia de Contabilidad.
Sub Gerencia de Logística.
FZR/ASVA/lof.