SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 40
El dolor tiEnE




cara dE mujEr
tuvimos nuestro primer
disgusto anoche y él dijo muchas
 cosas crueles que en verdad me
           ofendieron.
Pero solo fue verbal y aunque me
    dolió sólo fue VERBAL
Pero yo sé que está arrepentido y no
las dijo en serio, porque él me mandó
flores hoy.
No es nuestro aniversario o ningún otro
día especial; anoche me lanzó contra la
pared y comenzó a ahorcarme.
Parecía una pesadilla, pero de las pesadillas
despiertas y sabes que no es real; me levanté
esta mañana dolorida y con golpes en todos
lados.
Pero yo sé que está arrepentido, porque él
          me mandó flores hoy.




         Me prometió que:
         “No volverá a pasar”
Y … Bueno… yo sé que está
arrepentido, porque él me mandó
flores hoy. Y no es día de San Valentín
o ningún otro día especial;
anoche me golpeó y
amenazó con matarme; ni el
maquillaje o
las mangas largas podían
esconder las
cortadas y golpes que me
ocasionó esta
vez. No pude ir al trabajo
hoy, porque no
quería que se dieran cuenta.
Pero yo sé que está arrepentido,




 porque él me mandó flores hoy
Y no era el día de las madres o ningún
otro día; anoche el me volvió a golpear,
pero esta vez fue mucho peor. Si logro
dejarlo, qué voy a hacer? Cómo podría yo
sola sacar adelante a los niños? Qué
pasará si nos falta el dinero? Le tengo
tanto miedo! Pero dependo tanto de él
que temo dejarlo.
Pero yo sé que está arrepentido,




 porque él me mandó flores hoy
Hoy es un día muy especial:
        Me envió
 Más Flores que nunca.
Hay flores por todas partes .
La casa esta llenas de flores y
todo porque hoy es un día muy especial

       Es el día de Mi funeral
Anoche por fin logró matarme.
      Me golpeó hasta morir.




Si por lo menos hubiera tenido el valor y
la fortaleza de dejarlo ….
Si hubiera aceptado la ayuda profesional ......
Hoy no hubiera recibido Tantas Flores.! !!
Exposición  de Motivos.
Capítulo I. Disposiciones Generales.
Capítulo II. De las Garantías para el Ejercicio de los
Derechos.
Capítulo III. Definición y forma de Violencia contra la
Mujer.
Capítulo IV. De las Políticas Públicas de Prevención y
Atención.
Capítulo V. De las Mujeres Víctimas de Violencia.
Capítulo VI. De los Delitos.
Capítulo VII. De la Responsabilidad Civil.
Capítulo VIII. Disposiciones Comunes.
Capítulo IX. Del Inicio del Proceso.
Disposiciones Transitorias.
• Un gravísimo problema, contra el cual han luchado históricamente
  las mujeres en el planeta entero, es la violencia que se ejerce contra
  ellas por el sólo hecho de serlo. La violencia de género encuentra
  sus raíces profundas en la característica patriarcal de las
  sociedades en las que prevalecen estructuras de subordinación y
  discriminación hacia la mujer que consolidan conceptos y valores
  que descalifican sistemáticamente a la mujer, sus actividades y sus
  opiniones.
•La violencia en contra de la mujer constituye un grave problema de
salud pública y de violación sistemática de sus derechos humanos, que
muestra en forma dramática los efectos de la discriminación y
subordinación de la mujer por razones de sexo en la sociedad.
•Este instrumento legislativo es el resultado del trabajo colectivo de las
instituciones públicas responsables de atender la violencia de género,
del aporte dado por las organizaciones no gubernamentales que tratan
el problema y de todas las mujeres organizadas del país, y con su
promulgación avanzamos en la construcción de un modelo de país
pionero en el mundo en el respeto y garantía de los derechos humanos.
OBJETO


       Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto garantizar
y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de
violencia, creando condiciones para prevenir, atender,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en
cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando
cambios en los patrones socioculturales que sostienen la
desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las
mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad
democrática, participativa, paritaria y protagónica.
GRATUIDAD           CELERIDAD




    INMEDIACIÓN           CONFIDENCIALIDAD




            ORALIDAD            CONCENTRACIÓN



                                     PROTECCIÓN DE
                  PUBLICIDAD          LAS VÍCTIMAS
1. Violencia Psicológica   11. Violencia Laboral
2. Acoso u Hostigamiento 12. Violencia Patrimonial y Económica
3. Amenaza                 13. Violencia Obstétrica
4. Violencia Física        14. Esterilización Forzada
5. Violencia Doméstica     15. Violencia Mediática
6. Violencia Sexual        16. Violencia Institucional
7. Acceso Carnal Violento 17. Violencia Simbólica
8. Prostitución Forzada    18. Tráfico de Mujeres, Niñas y Adolescentes.
9. Esclavitud Sexual       19. Trata de Mujeres, Niñas y Adolescentes.
10. Acoso Sexual
Artículo   16: Las políticas de prevención y atención son el conjunto de
orientaciones y directrices dictadas por los órganos competentes, a fin
de guiar las acciones dirigidas a asegurar los derechos y garantías
consagrados en esta Ley.
Artículo 20.- Con el objeto de desarrollar políticas públicas y permitir la
ejecución de las medidas a que se refiere la presente Ley, se establecen
con carácter indicativo, los siguientes programas:
    De prevención.
    De sensibilización, adiestramiento, formación y capacitación.
    De  apoyo y orientación a las mujeres víctima de violencia y su
    familia.
    De abrigo.
    Comunicacionales.
    De orientación y atención a la persona agresora.
    Promoción y defensa.
    Culturales.
• Diseñar, conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para
  Relaciones Interiores y Justicia, y el Ministerio Público, los planes de
  capacitación de los funcionarios y las funcionarias pertenecientes a
  la administración de justicia y de los demás que intervengan en el
  tratamiento de los hechos que contempla esta Ley.

• Orientar y ejecutar las políticas y programas de prevención y
  atención para ser implementadas en los diferentes órganos del
  Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, a los fines de
  conformar y articular el sistema integral de protección al que se
  refiere esta Ley.
•Diseñar, conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia del
Interior y Justicia y el Tribunal Supremo de Justicia, planes y programas de
capacitación de los funcionarios y las funcionarias pertenecientes a la
administración de justicia y al sistema penitenciario, y demás entes que
intervengan en el tratamiento de los hechos de violencia que contempla esta
Ley.
•Diseñar, conjuntamente con los ministerios con competencia en materia de
Educación, Deporte, de Educación Superior, de Salud, de Participación y
Desarrollo Social, de Comunicación e Información y con cualquier otro ente
que tenga a su cargo funciones educativas, planes, proyectos y programas de
prevención y educación dirigidos a formar para la igualdad, exaltando los
valores de la no - violencia, el respeto, la equidad de género y la preparación
para la vida familiar con derechos y obligaciones compartidas y, en general, la
igualdad entre el hombre y la mujer en la sociedad.
Promover  la participación activa y protagónica de las organizaciones
públicas y privadas dedicadas a la atención de la violencia contra las
mujeres, así como de los Consejos Comunales y organizaciones sociales
de base, en la definición y ejecución de las políticas públicas relacionadas
con la materia regulada por esta Ley.

Llevar un registro de las organizaciones especializadas en la materia
regulada por esta Ley pudiendo celebrar con éstas convenios para la
prevención, investigación y atención integral de las mujeres en situación
de violencia y la orientación de los agresores.

Elaborar   el proyecto de reglamento de esta Ley.

Las   demás que le señalan otras leyes y reglamentos.
Artículo  33.- Los órganos receptores de denuncias deberán otorgar a las
mujeres víctimas de los hechos de violencia previstos en esta Ley, un trato
digno de respeto y apoyo acorde a su condición de afectada, procurando
facilitar al máximo su participación en los trámites en que deba intervenir.
En consecuencia, deberán:

    Asesorar  a las mujeres víctimas de violencia sobre la importancia de
    preservar las evidencias.
    Proveer a las mujeres agredidas información sobre los derechos que esta
    Ley le confiere y sobre los servicios gubernamentales o no
    gubernamentales disponibles para su atención y tratamiento.
    Elaborar un informe de aquellas circunstancias que sirvan al
    esclarecimiento de los hechos, el c ual deberá acompañar a la denuncia.
    Cualquier otra información que los órganos receptores consideren
    importante señalarle a la mujer en situación de violencia para su
    protección.
Este  capítulo establece los delitos y las penas que acarrean los
distintos tipos de violencia contra la mujer.

   Violencia   Psicológica: será sancionado con pena de seis (6) a
   dieciocho (18) meses de prisión. (Leer Artículo 39)

   Violencia  Acoso u Hostigamiento: será sancionado (con prisión de
   ocho (8) a veinte (20) meses. (Leer Artículo 40)

   Amenaza:    será sancionado con prisión de diez (10) a veintidós (22)
   meses (si la amenaza se realiza en casa de la victima la pena se
   incrementara de un tercio a la mitad), (si el autor del delito fuere un
   funcionario público perteneciente a un cuerpo militar o policial la pena se
   incrementará en la mitad), (si el hecho se cometiere con armas blancas o
   de fuego la prisión será dos (2) a cuatro (4) años). (Leer Artículo 41)

   Violencia  Física: leve o levísima, Será sancionado con prisión de seis
   (6) a dieciocho (18) meses. Lesiones graves o gravísimas se aplicará la
   pena que corresponda por la lesión infringida prevista en el C.O.P más
   un incremento de un tercio a la mitad. (Leer Artículo 42)
Violencia   Sexual: será sancionada con prisión de diez (10) a quince
(15) años. (Leer Artículo 43)

Acto  Carnal: será sancionado con prisión de quince (15) a veinte (20)
años. (Leer Artículo 44)

Actos   Lascivos: será sancionado con prisión de uno (1) a cinco (5)
años, si el hecho se ejecuta en perjuicio de una niña o adolescente la
pena será de dos (2) a seis (6) años de prisión. (Leer Artículo 45)

Prostitución  Forzada: será sancionado con prisión de diez (10) a
quince (15) años de prisión. (Leer Artículo 46)
Esclavitud  Sexual: será sancionado con prisión de quince (15) a veinte
(20) años. (Leer Artículo 47)

Acoso  Sexual: será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años.
(Leer Artículo 48)
Violencia    Laboral: será sancionado con prisión de 100 U.T. a 1000
Violencia   Patrimonial y Económica: será sancionado con prisión de uno
(1) a tres (3) años. (Leer Artículo 50)

Violencia  Obstétrica:   será sancionado con multa de 250 U.T. a 500
U.T. (Leer Artículo 51)

Esterilización  Forzada: será sancionado (a) con prisión de dos (2) a
cinco (5) años. (Leer Artículo 52)

Violencia  Institucional: será sancionado con multa de 50 U.T. a 150
U.T. (Leer Artículo 54)

Tráfico Ilícito de Mujeres, Niñas y Adolescentes: será sancionado con
pena de diez (10) a quince (15) años de prisión. (Leer Artículo 55)

Trata  de Mujeres, Niñas y Adolescentes: será sancionado con pena de
quince (15) a veinte (20) años. (Leer Artículo 56)
Los Artículos 61, 62 y 63 contemplan el pago de la indemnización por parte
del agresor a la mujer víctima de violencia o a sus herederos, así como las
reparaciones de los bienes muebles e inmuebles que resulten deteriorados y
el monto de estos será establecido por los órganos jurisdiccionales
especializados competentes.




  Este Capítulo contempla la aplicación supletoria de las disposiciones
  contenidas en el Código Penal y en el Código Orgánico Procesal Penal, de
  igual manera establece las circunstancias agravantes de los delitos
  previstos en esta Ley.
DENUNCIA

                LEGITIMADORES DE LA DENUNCIA
                   ¿Quiénes pueden denunciar?
                           Artículo 70


•   La mujer agredida.
•   Los parientes consanguíneos o afines.
•   El personal de salud público ó privado.
•   Las Defensorías de los Derechos de la Mujer.
•   Los Consejos Comunales.
•   Las Organizaciones Defensoras de los Derechos de la Mujer.
•   Cualquier otra persona o Institución que tuvieren conocimiento del hecho.
ÓRGANOS RECEPTORES DE DENUNCIAS
      ¿Dónde podemos acudir?
            Artículo 71

Ministerio Público (Fiscalía   Juzgado de Paz.
XV de la Violencia contra la
Mujer)
Prefecturas y Jefaturas        División de Protección del
Civiles (Registro Civil)       Niño (a), Adolescente, Mujer
                               y Familia.
Órganos de Policías.           Unidades de Comando
                               Fronterizo.

Tribunales de Municipios.      Cualquier otro que se le
                               atribuya esta competencia.
DISFRUTAR MI UNION PLENA
CON DIOS Y CON EL AMOR
UNIVERSAL
 QUE DE NADA SIRVE
RECONOCER MI LUZ SI CON ELLA
NO CONTRIBUYO A ILUMINAR EL
CAMINO DE LOS DEMAS
TENER SUEÑOS Y TRABAJAR
PARA HACERLOS REALIDAD
 VER CADA DIA COMO UNA
OPORTUNIDAD MARAVILLOSA
PARA VIVIR
Mujer i
Mujer i

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia
Ley organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violenciaLey organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia
Ley organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violenciaMya Alvarez Montes
 
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de ViolenciaLey general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de ViolenciaRoberto Reyes
 
Ley general-acceso-mujeres-vida-libre-violencia
Ley general-acceso-mujeres-vida-libre-violenciaLey general-acceso-mujeres-vida-libre-violencia
Ley general-acceso-mujeres-vida-libre-violenciaUNAM
 
Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011
Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011
Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011oscargaliza
 
Presentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Presentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de ViolenciaPresentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Presentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de ViolenciaInstituto Jalisciense de las Mujeres
 
Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...
Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...
Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...Gabriel E. Muñoz
 
Legislación aula 1 criminalistica.docx
Legislación aula 1 criminalistica.docxLegislación aula 1 criminalistica.docx
Legislación aula 1 criminalistica.docxssuser03d2b3
 
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...Jaime Roschupkin
 
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348Doctora Edilicia
 
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...yeudyandy
 
DS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres Bolivia
DS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres BoliviaDS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres Bolivia
DS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres BoliviaMarisol Murillo Velásquez
 
¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?
¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?
¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?DilianFToro
 
Protocolo institucional
Protocolo institucionalProtocolo institucional
Protocolo institucionalEvelyn Lopez
 
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGÁNICA  SOBRE  EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIALEY ORGÁNICA  SOBRE  EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIARosangela Sira
 

La actualidad más candente (19)

Ley organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia
Ley organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violenciaLey organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia
Ley organica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia
 
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de ViolenciaLey general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia
Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia
 
Ley General De Acceso De Las Mujeres
Ley General De Acceso De Las MujeresLey General De Acceso De Las Mujeres
Ley General De Acceso De Las Mujeres
 
Ley general-acceso-mujeres-vida-libre-violencia
Ley general-acceso-mujeres-vida-libre-violenciaLey general-acceso-mujeres-vida-libre-violencia
Ley general-acceso-mujeres-vida-libre-violencia
 
Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011
Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011
Denunciar la violencia contra las mujeres carme nbravo2011
 
Presentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Presentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de ViolenciaPresentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Presentacion Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
 
Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...
Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...
Análisis a la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre d...
 
Legislación aula 1 criminalistica.docx
Legislación aula 1 criminalistica.docxLegislación aula 1 criminalistica.docx
Legislación aula 1 criminalistica.docx
 
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
 
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348
Recomendaciones de la Cámara de Diputados para aplicar la Ley 348
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Ley348
Ley348Ley348
Ley348
 
Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008
 
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
 
DS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres Bolivia
DS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres BoliviaDS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres Bolivia
DS 2145 reglamento Ley 348 contra la violencia hacia las mujeres Bolivia
 
Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008
 
¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?
¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?
¿Por qué en Colombia no funciona la ley 1257 no violencia contra la mujer?
 
Protocolo institucional
Protocolo institucionalProtocolo institucional
Protocolo institucional
 
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGÁNICA  SOBRE  EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIALEY ORGÁNICA  SOBRE  EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
 

Destacado

WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...
WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...
WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...grssieee
 
2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...
2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...
2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...consegul
 
Crowdfunding workshop
Crowdfunding workshopCrowdfunding workshop
Crowdfunding workshopDouwenKoren
 

Destacado (9)

Xmas team building
Xmas team buildingXmas team building
Xmas team building
 
Historia
HistoriaHistoria
Historia
 
Manual de material didactico
Manual de material didacticoManual de material didactico
Manual de material didactico
 
Wwp4 final draft pdf
Wwp4 final draft pdfWwp4 final draft pdf
Wwp4 final draft pdf
 
Estructur..
Estructur..Estructur..
Estructur..
 
WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...
WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...
WE3.L09 - DIRECT ESTIMATION OF FARADAY ROTATION AND OTHER SYSTEM DISTORTION P...
 
2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...
2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...
2. guia de seguridad ciudadana consejos de prevencion en la via publica con m...
 
Manif neuropsiquiatricas del les
Manif neuropsiquiatricas del lesManif neuropsiquiatricas del les
Manif neuropsiquiatricas del les
 
Crowdfunding workshop
Crowdfunding workshopCrowdfunding workshop
Crowdfunding workshop
 

Similar a Mujer i

Cartilla leyintegral paradifusin_115
Cartilla leyintegral paradifusin_115Cartilla leyintegral paradifusin_115
Cartilla leyintegral paradifusin_115Keiko Chisaka
 
Derecho de la mujer
Derecho de la mujerDerecho de la mujer
Derecho de la mujercorderomp
 
Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.UNFPA Boliva
 
01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...
01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...
01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...123psoe
 
Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...
Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...
Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...Diputación de Valencia
 
Ley General De Acceso De Las Mujeres Etelvina
Ley General De Acceso De Las Mujeres EtelvinaLey General De Acceso De Las Mujeres Etelvina
Ley General De Acceso De Las Mujeres Etelvinahrocha
 
Presentacion ley 1257 de 2008
Presentacion ley 1257 de 2008Presentacion ley 1257 de 2008
Presentacion ley 1257 de 2008frejorsa
 
10 leyderechomujer
10 leyderechomujer10 leyderechomujer
10 leyderechomujeranabellys
 
Programa de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de GéneroPrograma de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de GéneroNicolás Di Nucci
 
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaLey orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaMauri Rojas
 
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaLey orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaMauri Rojas
 
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaLey orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaCarmen Beatriz Hernandez L
 
Instrumento legal
Instrumento legalInstrumento legal
Instrumento legalMauri Rojas
 

Similar a Mujer i (20)

Ley nº 26.485
Ley nº 26.485Ley nº 26.485
Ley nº 26.485
 
Legislación Penal Especial
Legislación Penal EspecialLegislación Penal Especial
Legislación Penal Especial
 
Cartilla leyintegral paradifusin_115
Cartilla leyintegral paradifusin_115Cartilla leyintegral paradifusin_115
Cartilla leyintegral paradifusin_115
 
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES  A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIALEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES  A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
 
Derecho de la mujer
Derecho de la mujerDerecho de la mujer
Derecho de la mujer
 
Ley General De Acceso De Las Mujeres
Ley General De Acceso De Las MujeresLey General De Acceso De Las Mujeres
Ley General De Acceso De Las Mujeres
 
Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
Ley No 731. LEY DEPARTAMENTAL PARA UNA VIDA SIN VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
 
01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...
01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...
01.09.15 moción ayuntamientos acuerdo contra la violencia de género. septie...
 
Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...
Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...
Manifiesto con motivo del repunte de asesinatos machistas ocurridos en los úl...
 
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIALEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
 
Ley General De Acceso De Las Mujeres Etelvina
Ley General De Acceso De Las Mujeres EtelvinaLey General De Acceso De Las Mujeres Etelvina
Ley General De Acceso De Las Mujeres Etelvina
 
Presentacion ley 1257 de 2008
Presentacion ley 1257 de 2008Presentacion ley 1257 de 2008
Presentacion ley 1257 de 2008
 
10 leyderechomujer
10 leyderechomujer10 leyderechomujer
10 leyderechomujer
 
Ley 1674 contra la violencia intrafamiliar o domestica
Ley 1674 contra la violencia intrafamiliar o domesticaLey 1674 contra la violencia intrafamiliar o domestica
Ley 1674 contra la violencia intrafamiliar o domestica
 
Ley 1674 contra la violencia en la familia y doméstica
Ley 1674 contra la violencia en la familia y domésticaLey 1674 contra la violencia en la familia y doméstica
Ley 1674 contra la violencia en la familia y doméstica
 
Programa de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de GéneroPrograma de Lucha contra la Violencia de Género
Programa de Lucha contra la Violencia de Género
 
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaLey orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
 
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaLey orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
 
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violenciaLey orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia
 
Instrumento legal
Instrumento legalInstrumento legal
Instrumento legal
 

Mujer i

  • 2. tuvimos nuestro primer disgusto anoche y él dijo muchas cosas crueles que en verdad me ofendieron.
  • 3. Pero solo fue verbal y aunque me dolió sólo fue VERBAL
  • 4. Pero yo sé que está arrepentido y no las dijo en serio, porque él me mandó flores hoy.
  • 5. No es nuestro aniversario o ningún otro día especial; anoche me lanzó contra la pared y comenzó a ahorcarme.
  • 6. Parecía una pesadilla, pero de las pesadillas despiertas y sabes que no es real; me levanté esta mañana dolorida y con golpes en todos lados.
  • 7. Pero yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy. Me prometió que: “No volverá a pasar”
  • 8. Y … Bueno… yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy. Y no es día de San Valentín o ningún otro día especial;
  • 9. anoche me golpeó y amenazó con matarme; ni el maquillaje o las mangas largas podían esconder las cortadas y golpes que me ocasionó esta vez. No pude ir al trabajo hoy, porque no quería que se dieran cuenta.
  • 10. Pero yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy
  • 11. Y no era el día de las madres o ningún otro día; anoche el me volvió a golpear, pero esta vez fue mucho peor. Si logro dejarlo, qué voy a hacer? Cómo podría yo sola sacar adelante a los niños? Qué pasará si nos falta el dinero? Le tengo tanto miedo! Pero dependo tanto de él que temo dejarlo.
  • 12. Pero yo sé que está arrepentido, porque él me mandó flores hoy
  • 13. Hoy es un día muy especial: Me envió Más Flores que nunca.
  • 14. Hay flores por todas partes .
  • 15. La casa esta llenas de flores y todo porque hoy es un día muy especial Es el día de Mi funeral
  • 16. Anoche por fin logró matarme. Me golpeó hasta morir. Si por lo menos hubiera tenido el valor y la fortaleza de dejarlo …. Si hubiera aceptado la ayuda profesional ......
  • 17. Hoy no hubiera recibido Tantas Flores.! !!
  • 18.
  • 19.
  • 20. Exposición de Motivos. Capítulo I. Disposiciones Generales. Capítulo II. De las Garantías para el Ejercicio de los Derechos. Capítulo III. Definición y forma de Violencia contra la Mujer. Capítulo IV. De las Políticas Públicas de Prevención y Atención. Capítulo V. De las Mujeres Víctimas de Violencia. Capítulo VI. De los Delitos. Capítulo VII. De la Responsabilidad Civil. Capítulo VIII. Disposiciones Comunes. Capítulo IX. Del Inicio del Proceso. Disposiciones Transitorias.
  • 21. • Un gravísimo problema, contra el cual han luchado históricamente las mujeres en el planeta entero, es la violencia que se ejerce contra ellas por el sólo hecho de serlo. La violencia de género encuentra sus raíces profundas en la característica patriarcal de las sociedades en las que prevalecen estructuras de subordinación y discriminación hacia la mujer que consolidan conceptos y valores que descalifican sistemáticamente a la mujer, sus actividades y sus opiniones.
  • 22. •La violencia en contra de la mujer constituye un grave problema de salud pública y de violación sistemática de sus derechos humanos, que muestra en forma dramática los efectos de la discriminación y subordinación de la mujer por razones de sexo en la sociedad. •Este instrumento legislativo es el resultado del trabajo colectivo de las instituciones públicas responsables de atender la violencia de género, del aporte dado por las organizaciones no gubernamentales que tratan el problema y de todas las mujeres organizadas del país, y con su promulgación avanzamos en la construcción de un modelo de país pionero en el mundo en el respeto y garantía de los derechos humanos.
  • 23. OBJETO Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad democrática, participativa, paritaria y protagónica.
  • 24. GRATUIDAD CELERIDAD INMEDIACIÓN CONFIDENCIALIDAD ORALIDAD CONCENTRACIÓN PROTECCIÓN DE PUBLICIDAD LAS VÍCTIMAS
  • 25. 1. Violencia Psicológica 11. Violencia Laboral 2. Acoso u Hostigamiento 12. Violencia Patrimonial y Económica 3. Amenaza 13. Violencia Obstétrica 4. Violencia Física 14. Esterilización Forzada 5. Violencia Doméstica 15. Violencia Mediática 6. Violencia Sexual 16. Violencia Institucional 7. Acceso Carnal Violento 17. Violencia Simbólica 8. Prostitución Forzada 18. Tráfico de Mujeres, Niñas y Adolescentes. 9. Esclavitud Sexual 19. Trata de Mujeres, Niñas y Adolescentes. 10. Acoso Sexual
  • 26. Artículo 16: Las políticas de prevención y atención son el conjunto de orientaciones y directrices dictadas por los órganos competentes, a fin de guiar las acciones dirigidas a asegurar los derechos y garantías consagrados en esta Ley. Artículo 20.- Con el objeto de desarrollar políticas públicas y permitir la ejecución de las medidas a que se refiere la presente Ley, se establecen con carácter indicativo, los siguientes programas: De prevención. De sensibilización, adiestramiento, formación y capacitación. De apoyo y orientación a las mujeres víctima de violencia y su familia. De abrigo. Comunicacionales. De orientación y atención a la persona agresora. Promoción y defensa. Culturales.
  • 27. • Diseñar, conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, y el Ministerio Público, los planes de capacitación de los funcionarios y las funcionarias pertenecientes a la administración de justicia y de los demás que intervengan en el tratamiento de los hechos que contempla esta Ley. • Orientar y ejecutar las políticas y programas de prevención y atención para ser implementadas en los diferentes órganos del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, a los fines de conformar y articular el sistema integral de protección al que se refiere esta Ley.
  • 28. •Diseñar, conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia del Interior y Justicia y el Tribunal Supremo de Justicia, planes y programas de capacitación de los funcionarios y las funcionarias pertenecientes a la administración de justicia y al sistema penitenciario, y demás entes que intervengan en el tratamiento de los hechos de violencia que contempla esta Ley. •Diseñar, conjuntamente con los ministerios con competencia en materia de Educación, Deporte, de Educación Superior, de Salud, de Participación y Desarrollo Social, de Comunicación e Información y con cualquier otro ente que tenga a su cargo funciones educativas, planes, proyectos y programas de prevención y educación dirigidos a formar para la igualdad, exaltando los valores de la no - violencia, el respeto, la equidad de género y la preparación para la vida familiar con derechos y obligaciones compartidas y, en general, la igualdad entre el hombre y la mujer en la sociedad.
  • 29. Promover la participación activa y protagónica de las organizaciones públicas y privadas dedicadas a la atención de la violencia contra las mujeres, así como de los Consejos Comunales y organizaciones sociales de base, en la definición y ejecución de las políticas públicas relacionadas con la materia regulada por esta Ley. Llevar un registro de las organizaciones especializadas en la materia regulada por esta Ley pudiendo celebrar con éstas convenios para la prevención, investigación y atención integral de las mujeres en situación de violencia y la orientación de los agresores. Elaborar el proyecto de reglamento de esta Ley. Las demás que le señalan otras leyes y reglamentos.
  • 30. Artículo 33.- Los órganos receptores de denuncias deberán otorgar a las mujeres víctimas de los hechos de violencia previstos en esta Ley, un trato digno de respeto y apoyo acorde a su condición de afectada, procurando facilitar al máximo su participación en los trámites en que deba intervenir. En consecuencia, deberán: Asesorar a las mujeres víctimas de violencia sobre la importancia de preservar las evidencias. Proveer a las mujeres agredidas información sobre los derechos que esta Ley le confiere y sobre los servicios gubernamentales o no gubernamentales disponibles para su atención y tratamiento. Elaborar un informe de aquellas circunstancias que sirvan al esclarecimiento de los hechos, el c ual deberá acompañar a la denuncia. Cualquier otra información que los órganos receptores consideren importante señalarle a la mujer en situación de violencia para su protección.
  • 31. Este capítulo establece los delitos y las penas que acarrean los distintos tipos de violencia contra la mujer. Violencia Psicológica: será sancionado con pena de seis (6) a dieciocho (18) meses de prisión. (Leer Artículo 39) Violencia Acoso u Hostigamiento: será sancionado (con prisión de ocho (8) a veinte (20) meses. (Leer Artículo 40) Amenaza: será sancionado con prisión de diez (10) a veintidós (22) meses (si la amenaza se realiza en casa de la victima la pena se incrementara de un tercio a la mitad), (si el autor del delito fuere un funcionario público perteneciente a un cuerpo militar o policial la pena se incrementará en la mitad), (si el hecho se cometiere con armas blancas o de fuego la prisión será dos (2) a cuatro (4) años). (Leer Artículo 41) Violencia Física: leve o levísima, Será sancionado con prisión de seis (6) a dieciocho (18) meses. Lesiones graves o gravísimas se aplicará la pena que corresponda por la lesión infringida prevista en el C.O.P más un incremento de un tercio a la mitad. (Leer Artículo 42)
  • 32. Violencia Sexual: será sancionada con prisión de diez (10) a quince (15) años. (Leer Artículo 43) Acto Carnal: será sancionado con prisión de quince (15) a veinte (20) años. (Leer Artículo 44) Actos Lascivos: será sancionado con prisión de uno (1) a cinco (5) años, si el hecho se ejecuta en perjuicio de una niña o adolescente la pena será de dos (2) a seis (6) años de prisión. (Leer Artículo 45) Prostitución Forzada: será sancionado con prisión de diez (10) a quince (15) años de prisión. (Leer Artículo 46) Esclavitud Sexual: será sancionado con prisión de quince (15) a veinte (20) años. (Leer Artículo 47) Acoso Sexual: será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años. (Leer Artículo 48) Violencia Laboral: será sancionado con prisión de 100 U.T. a 1000
  • 33. Violencia Patrimonial y Económica: será sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años. (Leer Artículo 50) Violencia Obstétrica: será sancionado con multa de 250 U.T. a 500 U.T. (Leer Artículo 51) Esterilización Forzada: será sancionado (a) con prisión de dos (2) a cinco (5) años. (Leer Artículo 52) Violencia Institucional: será sancionado con multa de 50 U.T. a 150 U.T. (Leer Artículo 54) Tráfico Ilícito de Mujeres, Niñas y Adolescentes: será sancionado con pena de diez (10) a quince (15) años de prisión. (Leer Artículo 55) Trata de Mujeres, Niñas y Adolescentes: será sancionado con pena de quince (15) a veinte (20) años. (Leer Artículo 56)
  • 34. Los Artículos 61, 62 y 63 contemplan el pago de la indemnización por parte del agresor a la mujer víctima de violencia o a sus herederos, así como las reparaciones de los bienes muebles e inmuebles que resulten deteriorados y el monto de estos será establecido por los órganos jurisdiccionales especializados competentes. Este Capítulo contempla la aplicación supletoria de las disposiciones contenidas en el Código Penal y en el Código Orgánico Procesal Penal, de igual manera establece las circunstancias agravantes de los delitos previstos en esta Ley.
  • 35. DENUNCIA LEGITIMADORES DE LA DENUNCIA ¿Quiénes pueden denunciar? Artículo 70 • La mujer agredida. • Los parientes consanguíneos o afines. • El personal de salud público ó privado. • Las Defensorías de los Derechos de la Mujer. • Los Consejos Comunales. • Las Organizaciones Defensoras de los Derechos de la Mujer. • Cualquier otra persona o Institución que tuvieren conocimiento del hecho.
  • 36. ÓRGANOS RECEPTORES DE DENUNCIAS ¿Dónde podemos acudir? Artículo 71 Ministerio Público (Fiscalía Juzgado de Paz. XV de la Violencia contra la Mujer) Prefecturas y Jefaturas División de Protección del Civiles (Registro Civil) Niño (a), Adolescente, Mujer y Familia. Órganos de Policías. Unidades de Comando Fronterizo. Tribunales de Municipios. Cualquier otro que se le atribuya esta competencia.
  • 37. DISFRUTAR MI UNION PLENA CON DIOS Y CON EL AMOR UNIVERSAL QUE DE NADA SIRVE RECONOCER MI LUZ SI CON ELLA NO CONTRIBUYO A ILUMINAR EL CAMINO DE LOS DEMAS
  • 38. TENER SUEÑOS Y TRABAJAR PARA HACERLOS REALIDAD VER CADA DIA COMO UNA OPORTUNIDAD MARAVILLOSA PARA VIVIR