Derecho Financiero como rama del Derecho Público.
Elementos y Recursos de la Actividad Financiera.
Fuentes del Derecho Financiero.
Relación con otras ramas del Derecho.
Autonomía del Derecho Financiero.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE DERECHO
ENSAYO SOBRE EL DERECHO FINANCIERO Y SU AUTONOMÍA
María Fabiana Quiles
23.839.007
Derecho Tributario – SAIA C
Septiempre, 2015
2. ESQUEMA BREVE
DERECHO FINANCIERO COMO RAMA DEL DERECHO PÚBLICO.
ELEMENTOS Y RECURSOS DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA.
FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO.
RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO.
AUTONOMÍA DEL DEREHCO FINANCIERO.
3. ENSAYO SOBRE EL DERECHO FINANCIERO Y SU AUTONOMÍA
En un estudio del Derecho Venezolano, encontramos que el Derecho Público
rige sobre todas las actividades que son responsabilidad y que por ende son
realizadas por el Estado, llevándolas a cabo siempre para el beneficio mayoritario e
igualitario de sus integrantes. De este modo podemos encontrar al Derecho
Tributario, dentro del derecho financiero como una rama del Derecho Público.
Cuando se habla del derecho financiero se refiere más a la ordenación jurídica y no
tanto a la estadística económica del país. Este orden que estudia la actividad
financiera y el Derecho Tributario, estaría dispuesto en dos grandes ramas, ingresos
y gastos, ambos de carácter público, y post clasificadas según la responsabilidad
que cubra en cuanto a la materia de su necesidad.
La actividad financiera, en un grupo socialmente organizado, consta de unos
objetivos que cumplir; para estos se necesita obtener de ingresos y realizar gastos
para conseguirlo. En el derecho, esta actividad tiene como objeto principal el
conocimiento de la actividad financiera que desarrolla el Estado a través de sus
funciones públicas territoriales siempre que las mismas cumplan con necesidades
que beneficien al interés social.
En el mismo orden de ideas, la actividad financiera, desde el punto de vista
jurídico, está centrada en las perspectivas que la integran, esto es, la obtención y el
modo de los ingresos públicos de los cuales se dispone para las obligaciones
públicas del Estado o gastos públicos. De esta manera el derecho viene a ocuparse
del aspecto jurídico de estos sectores de vida estatal, comenzando por el
instrumento básico que es el presupuesto. Los recursos empleados para la
obtención de estos ingresos es también tema de estudio para el derecho financiero.
Un importante aspecto son los ingresos tributarios, donde principalmente destaca la
figura de los impuestos (renta y sociedades e IVA), tasas y contribuciones
especiales. Todos estos son recursos importantes para el ingreso económico.
4. Según los principios que rigen sobre esta rama del derecho, encontramos
que entre las fuentes de su jurisdicción se encuentra principalmente La Constitución,
la cual tiene un valor muy importante, sobre todo en lo relativo a los derechos de los
sujetos pasivos (población del Estado) con respecto al derecho tributario y financiero
dado que esta normativa contiene las garantías de los ciudadanos de la nación; del
mismo modo que contiene, para los mismos, la obligación de contribuir con los
tributos reglamentarios que les corresponden. Es decir, en una síntesis se puede
afirmar que la constitución posee la norma imperativa e irrevocable que concierne
tanto a los responsables de la Administración del Estado, como a sus ciudadanos.
Los tratados internacionales también se consideran fuentes del derecho
financiero, en cuanto a los convenios firmados entre Estados y acuerdos que los
vinculan, sean bilaterales o multilaterales que regulan el pago de los impuestos, esto
significa que se establece el cobro de los impuestos de dos estados a un
contribuyente, uno por ser el país o Estado de residencia y otro por ser el Estado
del cual recibe las riquezas y beneficios.
Se puede notar que el derecho financiero está íntimamente relacionado con
muchas otras de las ramas del Derecho Público, como lo son el derecho
constitucional, la administración, el derecho procesal, penal y tributario, regulando
así y al mismo tiempo siendo controlado por varias de las instituciones públicas del
país. Si hablamos del ámbito penal, nos referimos a la violación de las leyes
financieras y de las normas sobre el control estatal de la actividad privada
Del mismo modo, la actividad política y el derecho político y su economía
tienen una estrecha vinculación con el factor financiero, adquiere importancia
preponderante en la materia y el acto jurídico en que se concreta la actividad
financiera.
Como se hizo mención anteriormente en el ámbito de derecho constitucional
podemos decir que su vinculación con el aspecto en cuestión radica principalmente
en los lineamientos o principios generales que de él se derivan, los cuales
desarrollan las leyes de carácter financiero, como por ejemplo, la definición de los
derechos, garantías y obligaciones que pertenecen tanto al Estado como a sus
5. ciudadanos. Con respecto al Derecho Internacional, se centra la atención en el
desarrollo de las comunidades y en las relaciones de carácter comercial que
determinan la globalización de las finanzas en el ámbito público y también el
privado.
En el caso del Derecho Administrativo, existe un gran vínculo en lo que es la
comunidad con la administración pública de una nación. Esto quiere decir, que la
obtención de los ingresos y la ejecución de los gastos estarán netamente controlada
por la Administración del Estado y sus instituciones, de manera que la relación entre
estas dos ramas del derecho se ve ininterrumpida y en una estrecha y constante
conexión. Esta relación se encuentra también diferenciada no con respecto a la
función, pero sí en cuanto al medio, como por ejemplo el caso del intercambio de
los bienes y dinero. Pero finalmente estas dos ramas estarán constantemente
supeditadas a las decisiones gubernamentales de cada país, por lo tanto, nunca
llegan a ser independientes.
En su naturaleza, el derecho financiero no tiene una autonomía como la de
otras ramas jurídicas, por ejemplo, el derecho tributario. En cuanto a su ciencia, se
entiende como una disciplina autónoma a aquella que es independiente a nivel
jurídico, es decir, institución, código normativo propio, todo ello sin dejar de estar
relacionado al derecho general, sea en el medio privado o público. Como la
autonomía del derecho financiero presenta tal controversia, existen corrientes
doctrinales que intentan estudiar y definir esta disciplina en dos corrientes: la
corriente administrativa y la autonomista.
La administración tradicional del Estado comulga que el derecho financiero
es una parte de ésta misma. Esto quiere decir que existe una especialización del
derecho administrativo la cual rige sobre la actividad financiera de la república. Este
concepto es adoptado por la corriente administrativa y la que mayormente logra
asemejarse al caso venezolano, donde la función pública administrativa se encarga,
en una parte, de dirigir y gestionar los dos elementos principales de esta doctrina,
llamados ingresos y gastos públicos, con el mismo objetivo y finalidad de cumplir
siempre con la necesidad e interés social como prioridad.
6. En cuanto a la corriente autonomista, existen autores que las preservan,
como Rheinfeld y Pugliese, quienes sustentan que los problemas con las finanzas
del Estado y su gestión es responsabilidad interna, de las instituciones diseñadas
por el mando público mediante los principios propios unitarios.
7. BIBLIOGRAFÍA
Referencias bibliográficas
Brewer-Carías, A. (1997). Estudios Jurídicos del Derecho Administrativo.
Colección de estudios jurídicos N° 16. Editorial Jurídica Venezolana. Ed. 4ta.
Caracas, Venezuela.
Araujo Juarez, J. (1996). Principios del Derecho Financiero. Prólogo de Eloy Lares
Martínez. Editorial Vadell Hermanos. Ed. 1era. Valencia, Venezuela.
Brewer Carías, A. (2001). Las Instituciones Fundamentales del Derecho
Administrativo y la Jurisprudencia Venezolana. Publicaciones de la Facultad de
Derecho de La Universidad Central de Venezuela. Vol IV. Caracas, Venezuela.
Referencias electrónicas
Universidad Católica Andrés Bello. (2002). Régimen Tribuario y su
Autonomía. [Documento en línea] Disponible:
http://biblioteca2.ucab.edu.ve/anexos/biblioteca/marc/texto/AAQ2033.pdf
[Consulta: 01 de Septiembre de 2015].