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Reglamento Orgánico del Departamento de Prensa y Propaganda de la Falange Socialista Boliviana
1. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Departamento Nacional de Prensa y Propaganda de F. S. B.
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REGLAMENTO ORGÁNICO
DEL
DEPARTAMENTO NACIONAL
DE
PRENSA Y PROPAGANDA
DE
FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA
2. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Departamento Nacional de Prensa y Propaganda de F. S. B.
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Editado por:
Departamento Nacional de Doctrina F. S. B.
Comisión Nacional de F. S. B.
Año 2015
3. FALANGE SOCIALISTA BOLIVIANA: Reglamento Orgánico del Departamento Nacional de Prensa y Propaganda de F. S. B.
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FUNCIONES
El Departamento Nacional de Prensa y Propaganda de Falange Socialista Boliviana, tiene a su
cargo:
a) La edición y supervisión de los diarios, semanarios y demás publicaciones del Partido.
b) Edición de libros, folletos y folletería.
c) Publicación de Decretos, comunicados y pronunciamientos emitidos por los diferentes
organismos partidarios, para su difusión por la prensa oral y escrita o cualquier otro
medio que llegue a conocimiento de la opinión pública.
d) Propaganda de tipo volante.
e) Propaganda mural.
f) Propaganda móvil
g) Relaciones tanto con la prensa interna, como externa del país.
h) Archivos parlamentarios, conferencias y documentos partidarios.
i) Registro de autores de publicaciones que provengan de dirigentes, militantes o
simpatizantes de F. S. B.
j) Creación de la hemeroteca partidaria.
ESTRUCTURA
1. Departamento Nacional de Prensa y Propaganda.
2. Sub – Departamento Nacional de Prensa y Publicaciones.
3. Sub – Departamento Nacional de Propaganda y Proselitismo.
4. Sub – Departamento Nacional de Administración.
Estos Departamentos conforman el Consejo Nacional de Prensa y Propaganda, presidido por el
Delegado Nacional.
5. Departamento Regional de Prensa y Propaganda.
6. Sub – Departamento Regional de Prensa y Publicaciones.
7. Sub – Departamento Regional de Propaganda y Proselitismo.
8. Delegado Provincial de Prensa, Propaganda y Proselitismo.
9. Delegado Seccional de Prensa, Propaganda y Proselitismo.
10. Delegado Cantonal de Prensa, Propaganda y Proselitismo.
JERARQUÍA Y ATRIBUCIONES
Delegado Nacional de Prensa y Propaganda, es autoridad con jerarquía nacional, designado
por el Jefe del Partido y es miembro del Consejo Ejecutivo Nacional, siendo sus atribuciones las
siguientes:
a) El falangista designado para este cargo tendrá como obligaciones el supervisar todo
trabajo circunscrito al Departamento Nacional de Prensa y Propaganda en sus tres Sub
– departamentos, esto es, Prensa y Publicaciones, Propaganda y Proselitismo, y
Administración.
b) El Delegado nacional, siendo absoluto responsable de este Departamento, tiene la
obligación de orientar a las Células y Sub – células partidaria mediante
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correspondencia e instrucciones, la posición que debe adoptarse en cuanto a la línea
política de F. S. B., a objeto de evitar que se incurra en errores.
c) Deberá efectuar periódicas giras de proselitismo, orientación, vigilancia y supervisión
del trabajo falangista en sus respectivas sedes, para luego comunicar todo este
movimiento en reuniones del Consejo Superior del Partido.
d) Deberá mantener estrecha relación con la prensa oral y escrita en el orden nacional.
e) Ampliar las relaciones con representantes de agencias extranjeras e igualmente con
todas las organizaciones de periódicos y organismos de difusión informativa del
exterior.
f) Sugerir planes de propaganda para las diferentes localidades y distritos regionales del
Partido.
g) Mantener estrecha correspondencia con las autoridades partidarias, tanto del interior
como del exterior de la República.
h) Ejercer el control de ingresos y autorizar todos los egresos económicos,
correspondientes al Departamento de Prensa y Propaganda
i) Designar previo acuerdo con Jefatura, la Dirección de Antorcha órgano oficial del
Partido.
j) El Delegado Nacional de Prensa y Propaganda, presidirá la Comisión de Propaganda en
las Concentraciones Nacionales Ordinarias y Extraordinarias y en las Conferencias de
Dirigentes. Convoca y preside las Concentraciones Especiales de delegados de prensa y
propaganda.
Subdelegado de Prensa y Publicaciones. El Subdelegado de Prensa y Publicaciones, es
miembro del Consejo Nacional de Prensa y Propaganda, deberá ser designado por el
Presidente del Consejo Ejecutivo Nacional, de la terna presentada para este cargo por el
Delegado Nacional de Prensa y Propaganda, siendo sus atribuciones:
a) Bajo la supervisión del Delegado Nacional se abocará a la tarea de impulsar la
publicación de seminarios, boletines informativos, mensajes, decretos, comunicados,
etc., y estimular la vocación periodísticas entre los dirigentes, militantes y
simpatizantes de F. S. B.
b) Llevará un registro de las publicaciones que se dictan en el país, sean falangistas o
particulares y formará una hemeroteca.
c) Dentro del campo internacional, deberá mantener relaciones con las células del
exterior, a fin de poseer un registro de las publicaciones referentes al país y al Partido,
las mismas que de acuerdo a su importancia deberán ser transcritas en la prensa
escrita, difundidas en la prensa oral y propalada en la prensa partidaria.
d) Constituirá un registro de semanarios, revistas, del interior y del exterior; de sus
directores, reporteros políticos, tendencias, etc.
e) El Sub – delegado de prensa y publicaciones como miembro nato del Consejo Nacional
de Prensa y Propaganda, podrá sugerir nombres al Delegado Nacional, para la
designación del equipo de colaboradores inmediatos.
Subdelegado de Propaganda y Proselitismo. El Subdelegado Nacional de Prensa y
Proselitismo, es miembro nato del Consejo Nacional de Prensa y Propaganda. Será designado
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por el Presidente del Consejo Ejecutivo Nacional, de la terna presentada para el efecto, por el
Delegado Nacional de Prensa y Propaganda; son sus atribuciones las siguientes:
a) Bajo la supervisión del Delegado Nacional de Prensa y Propaganda, tendrá como
obligación: agilizar, impulsar y fomentar campañas de proselitismo político.
b) Deberá propiciar conferencias u otras clases de actos, que puedan ser beneficiosos
para el constante crecimiento del Partido.
c) Estará a su cargo la formación de brigadas móviles, las mismas que cuando el caso lo
requiera, deberán ejecutar trabajos de proselitismo en forma conjunta y simultánea.
d) Para la formación de estas brigadas, deberán mantener contacto permanente con las
Juventudes del Partido, los organismos sindicales y campesinos.
e) Para elegir colaboradores inmediatos, podrá también, al igual que el Subdelegado de
Prensa y Publicaciones, sugerir nombres de camaradas falangistas a fin de conseguir
sus designaciones.
Subdelegado Administrativo. El Subdelegado administrativo, es miembro nato del Consejo
Nacional de Prensa y Propaganda. Es designado por el Presidente del Consejo Ejecutivo
Nacional, de la terna presentada para este cargo por el Delegado Nacional de Prensa y
Propaganda; siendo sus atribuciones:
a) Sugerir, promover y aplicar planes de financiación económica.
b) Tendrá a su cargo el control y manejo de los recursos y medios económicos de este
departamento.
c) Llevará un libro de contabilidad sobre ingresos y egresos económicos.
d) Desempeñara la Dirección Administrativa de “ANTORCHA”, órgano oficial del Partido.
e) Sugerirá al delegado Nacional de Prensa y Propaganda la designación de colaboradores
que crea necesarios para el desempeño de sus tareas.
f) Todos los egresos se harán previa autorización del Delegado Nacional de Prensa y
Propaganda y del representante del Departamento Nacional de Administración y
Hacienda.
g) Llevará un registro de imprentas tanto grandes como pequeñas. Asimismo, será
depositario de todo el material de propaganda.
Delegado Regional de Prensa y Propaganda. El Delegado Regional de Prensa y Propaganda,
será designado por el Secretario Regional; quien deberá de inmediato dar a conocer al
Delegado Nacional de Prensa y Propaganda; siendo sus atribuciones:
a) Designar a los Subdelegados de Prensa y Publicaciones, y a los Subdelegados de
Propaganda y Proselitismo, en lo Regional.
b) Ratificará al Delegado de Prensa y Proselitismo de las provincias, secciones, y cantones
de su jurisdicción.
c) Supervigilará los trabajos regionales, de provincias, secciones, etc.
d) Deberá remitir mensualmente (plazo máximo) el informe de los trabajos realizados en
cada distrito, así como los recortes de prensa sobre informaciones y denuncias
partidarias, para conocimiento del Departamento Nacional.
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e) En lo posible propugnará la publicación del vocero “ANTORCHA” en cada distrito
regional, buscando la difusión de los ideales partidarios en los diferentes sectores de la
actividad general.
f) Desempeñará la Dirección del periódico regional o sugerirá nombres para la Dirección
o Consejos de Dirección.
g) Es de su atribución evitar y controlar la propaganda ajena y contraria al Partido
principalmente y con preferencias las de tendencias antidemocráticas e imperialistas.
Del Subdelegado Regional de Prensa y Publicaciones. Será designado, por el Secretario
Regional de acuerdo con el Delegado regional de Prensa y Propaganda, siendo sus atribuciones
las siguientes:
a) Se abocará a la tarea de velar por la mejor vinculación con los periódicos, boletines,
informativos, mensajes, decretos, comunicados en el área de su jurisdicción.
b) Llevará un registro de las publicaciones extrapartidarias de la prensa de su distrito
regional, para remitirlas a la Subdelegación Nacional.
c) Conocerá la nómina de los delegados zonales de prensa, propaganda y proselitismo.
Del Subdelegado Regional de Prensa, Propaganda y Proselitismo. Será designado por el
Secretario Regional de acuerdo con el Delegado Regional de Prensa y Propaganda; siendo sus
atribuciones:
a) Constituirá con los jefes zonales brigadas de propaganda y proselitismo.
b) Procurará la formación técnica de equipos especializados en las diferentes tareas
ejecutivas de la propaganda.
c) Es también de su atribución, evitar y controlar la propaganda ajena y contraria al
Partido.
Del Delegado Zonal de Prensa, Propaganda y Proselitismo. Este Delegado es designado por el
Jefe de Zona, correspondiéndole las siguientes atribuciones:
a) Acatar y ejecutar las disposiciones de las dos subdelegaciones de prensa y propaganda
regionales.
b) Llevar un registro de componentes de las brigadas móviles a su cargo.
c) Sugerir a los subdelegados, planes agiles, prácticos y concretos sobre propaganda, de
acuerdo a las características de la zona a su cargo.
Del Delegado Provincial de Prensa, Propaganda y Proselitismo. Será designado por el
Delegado de Prensa, Propaganda y Proselitismo Regional; siendo sus atribuciones las
siguientes:
a) Acatar y ejecutar las disposiciones del Delegado regional de Prensa y Propaganda.
b) Llevar un registro de los delegados seccionales y cantonales de Prensa, Propaganda y
proselitismo.
c) Sugerir planes y propaganda para cada distrito, haciendo conocer estos y su forma de
ejecución al Delegado Regional.
d) Transmitir las instrucciones para la ejecución de los planes y programas de prensa y
propaganda.
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e) Informarse de los problemas específicos de cada lugar, para su estudio, enjuiciamiento
y posterior solución en debate público.
De los Delegados de Prensa, Propaganda y proselitismo Seccionales y Cantonales. Serán
designados por el Delegado de Prensa, Propaganda y Proselitismo Provincial, y ratificados por
el Delegado Regional; correspondiéndoles las siguientes atribuciones.
a) Informar permanentemente al Delegado de Prensa y Propaganda Provincial de las
labores realizadas en su distrito.
b) Sugerir planes de propaganda de acuerdo a las necesidades de cada lugar o localidad
seccional o cantonal.
c) Es de su atribución la distribución y circulación de la Prensa y propaganda partidarias
en las áreas y núcleos rurales.
d) Acatar y ejecutar todas las disposiciones provenientes del Delegado Provincial de
Prensa, Propaganda y Proselitismo.
DISPOSICIONES GENERALES
El Departamento Nacional de Prensa y Propaganda reglamenta que, siendo “ANTORCHA” el
órgano oficial del Partido, todas las publicaciones deben llevar este nombre, añadiéndose de
acuerdo a los respectivos sectores: “ANTORCHA MINERA”… “CAMPESINA”… “PETROLERA”,
etc., etc.
El Delegado Nacional de Prensa y Propaganda llevará un registro de corresponsales del interior
y exterior de la República. Emisoras y estaciones de aficionados, sus directores, datos técnicos,
frecuencia, potencia, etc.