1. Ley de financiamiento educativo Ley 26075 Sancionada: 21 de diciembre de 2005 Promulgada: 9 de enero de 2006 Integrantes: Carollo Daniela Bregia Zaira Brizuela Daniel
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14. Artículo 10 Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología, Consejo Federal de Cultura Y Educación y las entidades gremiales docentes Deben Acordar un convenio que incluya: condiciones laborales, calendario educativo, salario Mínimo docente y carrera docente.
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20. Artículo 15 Gob nacional Jurisdicciones $$ Deben Cumplir con las condiciones y requisitos de la presente ley + Convenios del artículo 12 Art. 12 Convenios entre Min. Ed C y T Y Jurisdicciones
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22. Artículo 17 Ante el incumplimiento de obligaciones por parte de las Jurisdicciones El MINISTERIO DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOG. En consulta con el C F de C y E Retención de transferencias de fondos desde Gob. Nac. Hasta encontrar solución
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24. Artículo 19 PRORRÓGUESE LA VIGENCIA DEL FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2008