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TÍTULO:      INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
Código:      01 - ED




    INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y
        ACCIDENTES DE TRABAJO




                               Departamento de Educación
Nº de Revisión: 000
Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007)                       Hoja
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TÍTULO:         INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
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                                                 ÍNDICE


  1- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO

  2- ÁMBITO DE APLICACIÓN

  3- GLOSARIO DE TÉRMINOS UTILIZADOS

  4- PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN
        4.1. Investigación de Accidentes de trabajo e Incidentes.
        4.2. Comunicación de Accidentes de trabajo.
        4.3. Comunicación de Incidentes.
        4.4. Registro de Accidentes e Incidentes.


  5- DOCUMENTOS DE REFERENCIA

  6- ANEXOS

    −   Anexo I.-     Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes.
    −   Anexo II.-    Tabla orientativa de causas de Accidente/Incidente.
    −   Anexo III.-   Diagrama de flujo en la Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes.




                                      Departamento de Educación
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Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007)                                                   Hoja
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1. OBJETO DEL PROCEDIMIENTO

  El presente procedimiento establece las actuaciones a realizar y el circuito de información interna
  para la comunicación e investigación de los Accidentes de Trabajo e Incidentes ocurridos en su
  ámbito de aplicación, así como el seguimiento de las medidas correctoras propuestas.


2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

  El ámbito de aplicación del presente procedimiento comprende todos los Accidentes de trabajo e
  incidentes ocurridos en el Departamento de Educación de la Comunidad Foral de Navarra.


3. GLOSARIO DE TERMINOS UTILIZADOS

   Accidente de trabajo: Toda lesión corporal que sufra el trabajador con motivo u ocasión del trabajo
   que realiza. Se consideran así mismo accidentes de trabajo:
     − los que suceden yendo o volviendo del trabajo “in-itínere”.
     − los ocurridos a causa o consecuencia del hecho de desarrollar cargos electos de carácter
       sindical.
     − yendo o volviendo del lugar de trabajo en el cual se ejercen dichas funciones.

   Accidente de trabajo sin baja: El que sufra el trabajador con motivo u ocasión del trabajo que
   realiza y que, existiendo lesión y tras recibir asistencia, permite al trabajador continuar realizando sus
   funciones.

   Incidente: Acontecimiento o anomalía que se produce de forma imprevista durante la realización del
   trabajo, que no produce daños al trabajador aunque tiene capacidad de producirlos en circunstancias
   ligeramente diferentes y puede ser considerada fuente de riesgo para los trabajadores.


4. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

  4.1.       Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes

   El responsable del Centro de Trabajo o la Unidad Administrativa deberá realizar una investigación de
   todos los accidentes de trabajo e incidentes que ocurran en su ámbito. Una vez realizada la
   investigación cumplimentará el modelo establecido en el Anexo I “Investigación de Accidentes de
   Trabajo e Incidentes”, en el que además de la identificación del accidentado y del lugar del
   accidente, deberán hacer constar:

         •   Datos del accidente/incidente.
         •   Descripción del accidente/incidente.
               −   Tareas que se estaban realizando.
               −   Causas.
         •   Medidas correctoras propuestas.

   En el caso de que el accidente afecte a condiciones de trabajo de varias unidades administrativas o
   tenga o haya podido tener graves consecuencias, la Investigación, prevista en el apartado anterior,
   deberá ser coordinada por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales.

   La Sección de Prevención de Riesgos Laborales, una vez tenga conocimiento de que se ha
   producido un accidente o incidente de trabajo, podrá realizar una investigación de los mismos, en


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   base a los datos aportados por el parte de accidente de trabajo y/o el informe de investigación
   realizado por el responsable de la Unidad o Centro de Trabajo, así como la información adicional que
   considere preciso recabar.

   En el caso de los accidentes leves, si se deduce (de la propia descripción del accidente, de la
   naturaleza del mismo y en vista de los datos aportados por la investigación) que no es necesario
   realizar ulteriores investigaciones, se dará por finalizado el procedimiento de investigación del
   accidente o incidente.

   En el caso de accidentes graves, muy graves o mortales, y aquellos accidentes leves o incidentes,
   que se considere tienen potencialidad lesiva grande o presenten mayor incidencia, la Sección de
   Prevención de Riesgos Laborales procederá a realizar una investigación más exhaustiva, en la que
   se seguirán las siguientes fases de actuación:

         •   Recogida de información.
         •   Descripción del accidente o incidente.
         •   Detección de las causas del accidente o incidente.
         •   Conclusiones de la investigación.
         •   Propuesta de medidas preventivas o correctoras a realizar, que eviten, controlen o minimicen
             el riesgo de accidente de trabajo.

   El responsable del Centro de trabajo o Unidad administrativa, donde haya ocurrido el accidente de
   trabajo o incidente objeto de investigación, deberá planificar y llevar a efecto las medidas preventivas
   propuestas, previa consulta y participación de los Delegados de Prevención e informando a la
   Sección de Prevención de Riesgos Laborales de las actuaciones llevadas a cabo.

   En el caso de que la investigación ponga de manifiesto la existencia de un nuevo riesgo no
   detectado o de una medida preventiva insuficiente o inadecuada, se procederá a actualizar la
   evaluación de riesgos con los datos obtenidos.

  4.2.       Comunicación de Accidentes de Trabajo

   El proceso de comunicación a seguir cuando se produzca un accidente de trabajo es el siguiente (se
   presenta el diagrama en el anexo III):

   Una vez ocurrido un Accidente/Incidente de Trabajo, el trabajador informará a su responsable
   inmediato de lo sucedido.

   El responsable del Centro de Trabajo o la Unidad Administrativa, donde haya ocurrido un Accidente
   de Trabajo lo pondrá en conocimiento del Servicio de Recursos Humanos (Negociado de Seguros
   Sociales) en un plazo máximo de 72 horas, a efectos de realizar la notificación y tramitación del
   correspondiente parte de accidente de trabajo), sin perjuicio de la investigación prevista en el
   apartado anterior.

   El Servicio de Recursos Humanos, que se encarga de la tramitación de los partes de accidentes de
   trabajo, o directamente el responsable de la unidad administrativa o centro de trabajo, en el caso de
   accidentes graves o muy graves, comunicarán inmediatamente la ocurrencia del accidente a la
   Sección de Prevención de Riesgos Laborales. En cualquier caso se deberá remitir a la Sección de
   Prevención de Riesgos Laborales, a la mayor brevedad posible, copia de todos los partes de
   accidente de trabajo, así como copia del documento de investigación del Anexo I de este
   procedimiento, debidamente cumplimentado.

   En aquellos accidentes de trabajo que hayan provocado el fallecimiento de un trabajador, o se hayan
   considerado graves o muy graves, o que se hayan visto afectados más de 4 trabajadores, la
   comunicación al Servicio de Recursos Humanos (Negociado de Seguros Sociales) se realizará con


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   carácter inmediato, para que este pueda realizar la notificación preceptiva a la autoridad laboral
   antes de 24 horas desde ocurrido el accidente.

   La comunicación de accidentes de trabajo ocurridos con baja médica (sin perjuicio de lo establecido
   para los casos anteriormente señalados) se hará lo antes posible (siempre dentro del plazo
   establecido de 72 horas a efectos de que el Negociado de Seguros Sociales pueda hacer el trámite
   oportuno).

   Igualmente se notificarán los accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica al Negociado de
   Seguros Sociales (Servicio de Recursos Humanos), a fin de que dicha Unidad pueda realizar los
   trámites oportunos.

  4.3.       Comunicación de Incidentes

   El responsable del Centro de Trabajo o la Unidad Administrativa, donde haya ocurrido un incidente
   de trabajo, lo comunicará a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales, enviando el Anexo I de
   este procedimiento debidamente cumplimentado.


5. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

  −       Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE número 269, de 10 de noviembre) de Prevención de
          Riesgos Laborales (modificada por Ley 54/2003, de 12 de diciembre).

  −       Real Decreto 39/1997, de 17 de enero (BOE número 27, de 31 de enero) por el que se aprueba el
          Reglamento de los Servicios de Prevención (modificado por Real Decreto 780/1998, de 30 de
          abril).


6.-ANEXOS

      −   Anexo I.-     Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes.
      −   Anexo II.-    Tabla orientativa de causas de Accidente/Incidente.
      −   Anexo III.-   Diagrama de flujo en la Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes.




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                      Anexo I - Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes

 DATOS DEL ACCIDENTE DE TRABAJO O INCIDENTE
                      Accidente CON baja          Accidente SIN baja         Incidente

Datos del Centro de trabajo

   Centro de trabajo:

   Unidad administrativa:

Datos del accidentado

   Puesto de trabajo:

   Nombre y apellidos:

   Edad:                              Antigüedad en el puesto (meses):

   Régimen de aseguramiento:           Seguridad Social      MUFACE            Montepío

Circunstancias del accidente de trabajo / incidente

   Fecha del accidente:                               Día de la semana:
   Hora del accidente (1 a 24):                       Hora del trabajo (1ª, 2ª, etc.):
   Lugar del accidente (especificar la dirección)
       Centro habitual de trabajo:

       Fuera del centro de trabajo:

       Al ir o volver del trabajo (In Itinere):

   Testigos (en caso afirmativo, nombres y apellidos):



Descripción de daños o lesiones personales                                    Sin lesiones personales

   Parte del cuerpo lesionada:


   Descripción de la lesión:


Daños materiales
   En caso de que los hubiera, descríbalos




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 DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE O INCIDENTE
La descripción del accidente debe dar respuesta a las preguntas ¿qué ocurrió? y ¿cómo ocurrió?
 Describa el accidente (tareas que realizaba, qué pasó y cómo):




 Describa las posibles causas (¿por qué ocurrió?): (puede apoyarse en la tabla de causas del anexo II)




 Valoración de los hechos.
 La probabilidad de repetición del hecho se considera:
        Baja                                Media                            Alta
 La Gravedad que pudo haber tenido el hecho se considera:
        Ligeramente Dañino                 Dañino                            Extremadamente Dañino

 ACCIONES CORRECTORAS PROPUESTAS
                                                                                       Fecha prevista
 Medidas a adoptar                                                 Responsable
                                                                                       de realización

 −

 −

 −

 −

 −



 Realizado por (nombres y apellidos):             Vº Bº Responsable Centro de Trabajo o Unidad
 Fecha y firma:                                   administrativa:
                                                  Fecha y firma:




 Documentación que se adjunta.
      Croquis del suceso     Fotografías             Partes médicos        Otros:
Una vez cumplimentado este documento y con el Vº Bº del responsable del Centro de trabajo o Unidad
administrativa del trabajador accidentado, remitirlo al Negociado de Seguros Sociales (Servicio de Recursos
Humanos) Telf.: 848 426526 - Fax: 848426409.
En caso de tener alguna duda al cumplimentar el documento, llame al Telf.: 848 423 728 (Sección de Prevención de
Riesgos Laborales del Dpto. de Educación).                                                         Pág. 2 de 2

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                                                Anexo II
                          Tabla orientativa de causas de accidente/incidente


                     DESCRIPCIÓN DE CAUSAS DEL ACCIDENTE/INCIDENTE


    1. Factores relativos a equipos de trabajo e instalaciones

     1.1.  Defectos de estabilidad de equipos o máquinas
     1.2.  Ausencia/deficiencia de protecciones antivuelco en máquinas
     1.3.  Deficiencia en dispositivos de enganche/desenganche entre máquinas
     1.4.  Inestabilidad en almacenamiento de materiales (apilamiento, deficiencia de estanterías,
           etc.)
     1.5. Órganos peligrosos accesibles (móviles, cortantes, etc.)
     1.6. Paro de emergencia inexistente, ineficaz o no accesible
     1.7. Ausencia/deficiencia de resguardos y de dispositivos de protección
     1.8. Existencia de elementos en tensión accesibles
     1.9. Tomas de corriente o conexiones eléctricas defectuosas
     1.10. Inexistencia, insuficiencia o ineficacia de los medios de extinción
     1.11. Equipos de trabajo o instalaciones en mal estado
     1.12. Otros factores


    2. Factores relativos a los materiales (materiales o sustancias)

     2.1.   Inhalación, ingestión o contacto con sustancias químicas utilizadas en el puesto de
            trabajo
     2.2.   Materiales muy pesados, voluminosos, de gran superficie, o con aristas o perfiles
            cortantes
     2.3.   Otros factores


    3. Factores relativos al ambiente y lugar de trabajo

     3.1.   Falta de orden y limpieza
     3.2.   Malos pasos, tropiezos
     3.3.   Aberturas y huecos desprotegidos
     3.4.   Zonas de paso, escaleras o accesos inseguros (en mal estado, resbaladizo, etc.)
     3.5.   Espacio insuficiente para realizar las tareas/mantenimiento de posturas forzadas
     3.6.   Relaciones interpersonales; agresiones por terceras personas (alumnos, padres de
            alumnos, compañeros, superiores, etc.).
     3.7.   Otros factores


    4. Factores individuales

     4.1.   Incumplimiento de ordenes expresas o instrucciones de trabajo establecidas
     4.2.   Desconocimiento del método o de las instrucciones de trabajo
     4.3.   Anulación o retirada de protecciones
     4.4.   No utilización de prendas de protección individual
     4.5.   Otros factores


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    5. Factores relativos a la organización del trabajo y a la gestión de la prevención

     5.1.   Uso indebido de equipos, materiales, etc. (usar equipos de forma para la que no han sido
            diseñados. Por ejemplo; subirse a una silla para acceder a una zona alta, como si fuera
            una escalera)
     5.2.   Falta de cualificación o experiencia para la tarea realizada
     5.3.   Información o formación inadecuada, inexistente sobre riesgos o medidas preventivas
     5.4.   Instrucciones inexistentes, confusas, contradictorias o insuficientes
     5.5.   Tareas de mantenimiento o limpieza de máquinas o equipos sin detenerlos
     5.6.   Otros factores




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                                               Anexo III

             Diagrama de flujo en la Investigación de Accidentes de trabajo e Incidentes


                                                 SUCESO




           ACCIDENTE                        ACCIDENTE CON BAJA
    - Mortal
                                                                                          INCIDENTE
                                            ACCIDENTE SIN BAJA
    - Grave ó muy grave
    - 4 o más trabajadores
      afectados

                                         El trabajador accidentado informa
                                             a su responsable inmediato
       Se informa desde el
      Centro de trabajo, con
     carácter inmediato (para
        su notificación a la                             Cumplimentar el ANEXO I
    autoridad laboral antes de
       24 horas desde que                Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes
       ocurre el accidente)               (por parte del Centro de Trabajo/Unidad administrativa, con el
                                                              VºBº del responsable)



            Comunicar
          inmediatamente                  Comunicar en un plazo máximo 72 horas




       Negociado de Seguros Sociales (Servicio de Recursos Humanos)



                             Sección de Prevención de Riesgos Laborales




                                          ¿Es necesaria
                 NO                      una investigación                           SI
                                            adicional?


               Finaliza la
                                                                                   Informe
             Investigación



                                   Departamento de Educación
Nº de Revisión: 000
Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007)                                                     Hoja
                                                                                              10

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  • 1. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 1
  • 2. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED ÍNDICE 1- OBJETO DEL PROCEDIMIENTO 2- ÁMBITO DE APLICACIÓN 3- GLOSARIO DE TÉRMINOS UTILIZADOS 4- PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN 4.1. Investigación de Accidentes de trabajo e Incidentes. 4.2. Comunicación de Accidentes de trabajo. 4.3. Comunicación de Incidentes. 4.4. Registro de Accidentes e Incidentes. 5- DOCUMENTOS DE REFERENCIA 6- ANEXOS − Anexo I.- Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes. − Anexo II.- Tabla orientativa de causas de Accidente/Incidente. − Anexo III.- Diagrama de flujo en la Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes. Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 2
  • 3. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED 1. OBJETO DEL PROCEDIMIENTO El presente procedimiento establece las actuaciones a realizar y el circuito de información interna para la comunicación e investigación de los Accidentes de Trabajo e Incidentes ocurridos en su ámbito de aplicación, así como el seguimiento de las medidas correctoras propuestas. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación del presente procedimiento comprende todos los Accidentes de trabajo e incidentes ocurridos en el Departamento de Educación de la Comunidad Foral de Navarra. 3. GLOSARIO DE TERMINOS UTILIZADOS Accidente de trabajo: Toda lesión corporal que sufra el trabajador con motivo u ocasión del trabajo que realiza. Se consideran así mismo accidentes de trabajo: − los que suceden yendo o volviendo del trabajo “in-itínere”. − los ocurridos a causa o consecuencia del hecho de desarrollar cargos electos de carácter sindical. − yendo o volviendo del lugar de trabajo en el cual se ejercen dichas funciones. Accidente de trabajo sin baja: El que sufra el trabajador con motivo u ocasión del trabajo que realiza y que, existiendo lesión y tras recibir asistencia, permite al trabajador continuar realizando sus funciones. Incidente: Acontecimiento o anomalía que se produce de forma imprevista durante la realización del trabajo, que no produce daños al trabajador aunque tiene capacidad de producirlos en circunstancias ligeramente diferentes y puede ser considerada fuente de riesgo para los trabajadores. 4. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN 4.1. Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes El responsable del Centro de Trabajo o la Unidad Administrativa deberá realizar una investigación de todos los accidentes de trabajo e incidentes que ocurran en su ámbito. Una vez realizada la investigación cumplimentará el modelo establecido en el Anexo I “Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes”, en el que además de la identificación del accidentado y del lugar del accidente, deberán hacer constar: • Datos del accidente/incidente. • Descripción del accidente/incidente. − Tareas que se estaban realizando. − Causas. • Medidas correctoras propuestas. En el caso de que el accidente afecte a condiciones de trabajo de varias unidades administrativas o tenga o haya podido tener graves consecuencias, la Investigación, prevista en el apartado anterior, deberá ser coordinada por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales. La Sección de Prevención de Riesgos Laborales, una vez tenga conocimiento de que se ha producido un accidente o incidente de trabajo, podrá realizar una investigación de los mismos, en Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 3
  • 4. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED base a los datos aportados por el parte de accidente de trabajo y/o el informe de investigación realizado por el responsable de la Unidad o Centro de Trabajo, así como la información adicional que considere preciso recabar. En el caso de los accidentes leves, si se deduce (de la propia descripción del accidente, de la naturaleza del mismo y en vista de los datos aportados por la investigación) que no es necesario realizar ulteriores investigaciones, se dará por finalizado el procedimiento de investigación del accidente o incidente. En el caso de accidentes graves, muy graves o mortales, y aquellos accidentes leves o incidentes, que se considere tienen potencialidad lesiva grande o presenten mayor incidencia, la Sección de Prevención de Riesgos Laborales procederá a realizar una investigación más exhaustiva, en la que se seguirán las siguientes fases de actuación: • Recogida de información. • Descripción del accidente o incidente. • Detección de las causas del accidente o incidente. • Conclusiones de la investigación. • Propuesta de medidas preventivas o correctoras a realizar, que eviten, controlen o minimicen el riesgo de accidente de trabajo. El responsable del Centro de trabajo o Unidad administrativa, donde haya ocurrido el accidente de trabajo o incidente objeto de investigación, deberá planificar y llevar a efecto las medidas preventivas propuestas, previa consulta y participación de los Delegados de Prevención e informando a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales de las actuaciones llevadas a cabo. En el caso de que la investigación ponga de manifiesto la existencia de un nuevo riesgo no detectado o de una medida preventiva insuficiente o inadecuada, se procederá a actualizar la evaluación de riesgos con los datos obtenidos. 4.2. Comunicación de Accidentes de Trabajo El proceso de comunicación a seguir cuando se produzca un accidente de trabajo es el siguiente (se presenta el diagrama en el anexo III): Una vez ocurrido un Accidente/Incidente de Trabajo, el trabajador informará a su responsable inmediato de lo sucedido. El responsable del Centro de Trabajo o la Unidad Administrativa, donde haya ocurrido un Accidente de Trabajo lo pondrá en conocimiento del Servicio de Recursos Humanos (Negociado de Seguros Sociales) en un plazo máximo de 72 horas, a efectos de realizar la notificación y tramitación del correspondiente parte de accidente de trabajo), sin perjuicio de la investigación prevista en el apartado anterior. El Servicio de Recursos Humanos, que se encarga de la tramitación de los partes de accidentes de trabajo, o directamente el responsable de la unidad administrativa o centro de trabajo, en el caso de accidentes graves o muy graves, comunicarán inmediatamente la ocurrencia del accidente a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales. En cualquier caso se deberá remitir a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales, a la mayor brevedad posible, copia de todos los partes de accidente de trabajo, así como copia del documento de investigación del Anexo I de este procedimiento, debidamente cumplimentado. En aquellos accidentes de trabajo que hayan provocado el fallecimiento de un trabajador, o se hayan considerado graves o muy graves, o que se hayan visto afectados más de 4 trabajadores, la comunicación al Servicio de Recursos Humanos (Negociado de Seguros Sociales) se realizará con Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 4
  • 5. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED carácter inmediato, para que este pueda realizar la notificación preceptiva a la autoridad laboral antes de 24 horas desde ocurrido el accidente. La comunicación de accidentes de trabajo ocurridos con baja médica (sin perjuicio de lo establecido para los casos anteriormente señalados) se hará lo antes posible (siempre dentro del plazo establecido de 72 horas a efectos de que el Negociado de Seguros Sociales pueda hacer el trámite oportuno). Igualmente se notificarán los accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica al Negociado de Seguros Sociales (Servicio de Recursos Humanos), a fin de que dicha Unidad pueda realizar los trámites oportunos. 4.3. Comunicación de Incidentes El responsable del Centro de Trabajo o la Unidad Administrativa, donde haya ocurrido un incidente de trabajo, lo comunicará a la Sección de Prevención de Riesgos Laborales, enviando el Anexo I de este procedimiento debidamente cumplimentado. 5. DOCUMENTOS DE REFERENCIA − Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE número 269, de 10 de noviembre) de Prevención de Riesgos Laborales (modificada por Ley 54/2003, de 12 de diciembre). − Real Decreto 39/1997, de 17 de enero (BOE número 27, de 31 de enero) por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (modificado por Real Decreto 780/1998, de 30 de abril). 6.-ANEXOS − Anexo I.- Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes. − Anexo II.- Tabla orientativa de causas de Accidente/Incidente. − Anexo III.- Diagrama de flujo en la Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes. Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 5
  • 6. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED Anexo I - Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes DATOS DEL ACCIDENTE DE TRABAJO O INCIDENTE Accidente CON baja Accidente SIN baja Incidente Datos del Centro de trabajo Centro de trabajo: Unidad administrativa: Datos del accidentado Puesto de trabajo: Nombre y apellidos: Edad: Antigüedad en el puesto (meses): Régimen de aseguramiento: Seguridad Social MUFACE Montepío Circunstancias del accidente de trabajo / incidente Fecha del accidente: Día de la semana: Hora del accidente (1 a 24): Hora del trabajo (1ª, 2ª, etc.): Lugar del accidente (especificar la dirección) Centro habitual de trabajo: Fuera del centro de trabajo: Al ir o volver del trabajo (In Itinere): Testigos (en caso afirmativo, nombres y apellidos): Descripción de daños o lesiones personales Sin lesiones personales Parte del cuerpo lesionada: Descripción de la lesión: Daños materiales En caso de que los hubiera, descríbalos Pág. 1 de 2 Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 6
  • 7. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED DESCRIPCIÓN DEL ACCIDENTE O INCIDENTE La descripción del accidente debe dar respuesta a las preguntas ¿qué ocurrió? y ¿cómo ocurrió? Describa el accidente (tareas que realizaba, qué pasó y cómo): Describa las posibles causas (¿por qué ocurrió?): (puede apoyarse en la tabla de causas del anexo II) Valoración de los hechos. La probabilidad de repetición del hecho se considera: Baja Media Alta La Gravedad que pudo haber tenido el hecho se considera: Ligeramente Dañino Dañino Extremadamente Dañino ACCIONES CORRECTORAS PROPUESTAS Fecha prevista Medidas a adoptar Responsable de realización − − − − − Realizado por (nombres y apellidos): Vº Bº Responsable Centro de Trabajo o Unidad Fecha y firma: administrativa: Fecha y firma: Documentación que se adjunta. Croquis del suceso Fotografías Partes médicos Otros: Una vez cumplimentado este documento y con el Vº Bº del responsable del Centro de trabajo o Unidad administrativa del trabajador accidentado, remitirlo al Negociado de Seguros Sociales (Servicio de Recursos Humanos) Telf.: 848 426526 - Fax: 848426409. En caso de tener alguna duda al cumplimentar el documento, llame al Telf.: 848 423 728 (Sección de Prevención de Riesgos Laborales del Dpto. de Educación). Pág. 2 de 2 Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 7
  • 8. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED Anexo II Tabla orientativa de causas de accidente/incidente DESCRIPCIÓN DE CAUSAS DEL ACCIDENTE/INCIDENTE 1. Factores relativos a equipos de trabajo e instalaciones 1.1. Defectos de estabilidad de equipos o máquinas 1.2. Ausencia/deficiencia de protecciones antivuelco en máquinas 1.3. Deficiencia en dispositivos de enganche/desenganche entre máquinas 1.4. Inestabilidad en almacenamiento de materiales (apilamiento, deficiencia de estanterías, etc.) 1.5. Órganos peligrosos accesibles (móviles, cortantes, etc.) 1.6. Paro de emergencia inexistente, ineficaz o no accesible 1.7. Ausencia/deficiencia de resguardos y de dispositivos de protección 1.8. Existencia de elementos en tensión accesibles 1.9. Tomas de corriente o conexiones eléctricas defectuosas 1.10. Inexistencia, insuficiencia o ineficacia de los medios de extinción 1.11. Equipos de trabajo o instalaciones en mal estado 1.12. Otros factores 2. Factores relativos a los materiales (materiales o sustancias) 2.1. Inhalación, ingestión o contacto con sustancias químicas utilizadas en el puesto de trabajo 2.2. Materiales muy pesados, voluminosos, de gran superficie, o con aristas o perfiles cortantes 2.3. Otros factores 3. Factores relativos al ambiente y lugar de trabajo 3.1. Falta de orden y limpieza 3.2. Malos pasos, tropiezos 3.3. Aberturas y huecos desprotegidos 3.4. Zonas de paso, escaleras o accesos inseguros (en mal estado, resbaladizo, etc.) 3.5. Espacio insuficiente para realizar las tareas/mantenimiento de posturas forzadas 3.6. Relaciones interpersonales; agresiones por terceras personas (alumnos, padres de alumnos, compañeros, superiores, etc.). 3.7. Otros factores 4. Factores individuales 4.1. Incumplimiento de ordenes expresas o instrucciones de trabajo establecidas 4.2. Desconocimiento del método o de las instrucciones de trabajo 4.3. Anulación o retirada de protecciones 4.4. No utilización de prendas de protección individual 4.5. Otros factores Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 8
  • 9. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED 5. Factores relativos a la organización del trabajo y a la gestión de la prevención 5.1. Uso indebido de equipos, materiales, etc. (usar equipos de forma para la que no han sido diseñados. Por ejemplo; subirse a una silla para acceder a una zona alta, como si fuera una escalera) 5.2. Falta de cualificación o experiencia para la tarea realizada 5.3. Información o formación inadecuada, inexistente sobre riesgos o medidas preventivas 5.4. Instrucciones inexistentes, confusas, contradictorias o insuficientes 5.5. Tareas de mantenimiento o limpieza de máquinas o equipos sin detenerlos 5.6. Otros factores Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 9
  • 10. TÍTULO: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO Código: 01 - ED Anexo III Diagrama de flujo en la Investigación de Accidentes de trabajo e Incidentes SUCESO ACCIDENTE ACCIDENTE CON BAJA - Mortal INCIDENTE ACCIDENTE SIN BAJA - Grave ó muy grave - 4 o más trabajadores afectados El trabajador accidentado informa a su responsable inmediato Se informa desde el Centro de trabajo, con carácter inmediato (para su notificación a la Cumplimentar el ANEXO I autoridad laboral antes de 24 horas desde que Investigación de Accidentes de Trabajo e Incidentes ocurre el accidente) (por parte del Centro de Trabajo/Unidad administrativa, con el VºBº del responsable) Comunicar inmediatamente Comunicar en un plazo máximo 72 horas Negociado de Seguros Sociales (Servicio de Recursos Humanos) Sección de Prevención de Riesgos Laborales ¿Es necesaria NO una investigación SI adicional? Finaliza la Informe Investigación Departamento de Educación Nº de Revisión: 000 Fecha: 26/06/2007 (Resolución 1875/2007) Hoja 10