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ESCUELA VIRTUAL
1
CURSO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA ESCUELA CUNDINAMARCA 2036
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN DE CUNDINAMARCA
DIRECCIÓN DE DESARROLLO REGIONAL
UNIDAD 7:
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD
La presente unidad pretende dar a conocer la definición de Directrices de
Ordenamiento Territorial departamental y socializar el proceso de formulación de
las Directrices que está desarrollando el departamento de Cundinamarca en el
marco de la ley orgánica de ordenamiento territorial.
CONCEPTOS CLAVES
TERRITORIO. Se asocia a una definición institucional en la que el territorio involucra
el concepto geográfico de una porción de tierra sobre la cual se ejerce el poder
público por parte de las autoridades según sus competencias, para dar
cumplimiento a los fines del Estado. Así mismo, el territorio comprende las
dimensiones ecológica, social, política, cultural, económica y constitucional, entre
otras.
DEPARTAMENTO. El Departamento es una entidad territorial, que goza de
autonomía para la administración de los asuntos seccionales y la planificación y
promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio, en los
términos establecidos por la Constitución.
MULTIESCALARIDAD TERRITORIAL. Se reconoce que en el marco de las
competencias definidas por la Constitución y las leyes, las visiones y planificación
de escala nacional, regional y local generan políticas y acciones de carácter
diferenciado, en términos de los temas que interesan, del detalle de la
información que utilizan y de la proximidad a las decisiones de los ciudadanos en
lo cotidiano. Un ejercicio de armonización, concurrencia, coordinación y
colaboración se obliga en cada temática que se aproxime a definir normas o a
diseñar e implementar proyectos específicos. Se distinguen las siguientes escalas:
 Local: Hace referencia a lo relativo a todo el territorio de cada municipio.
2
 Supralocal o subregional: Hace referencia a lo relativo a más de dos
municipios, que superan el interés aislado de un municipio. Las
asociaciones de municipios, las áreas metropolitanas y las asociaciones
entre éstas, las provincias administrativas y de planificación son esquemas
asociativos del orden territorial que se ocupan del tratamiento de los
asuntos supramunicipales o subregionales.
 Regional: Hace referencia a lo relativo a más de dos Departamentos. Las
regiones administrativas y de planeación (RAP) y la Región Central (como
Región Administrativa y de Planeación Especial – RAPE), y las asociaciones
de Departamentos son esquemas asociativos del orden territorial que se
ocupan del tratamiento de los asuntos supra Departamentales o
regionales.
 Suprarregional: Hace referencia a lo relativo a todo el territorio
colombiano o donde se exprese el interés general de la Nación.
ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El ordenamiento territorial es una política del estado,
un instrumento de planificación y de gestión de las entidades territoriales y un
proceso de construcción colectiva, que se da de manera progresiva, gradual y
flexible, con responsabilidad fiscal, tendiente a lograr una adecuada
organización político administrativa del Estado en el territorio, para facilitar el
desarrollo institucional, el fortalecimiento en estas directrices y de la identidad
cultural y el desarrollo territorial, política que se instrumentaliza en el Plan de
Ordenamiento Departamental (POD).
COMPETENCIAS EN ORDENAMIENTO TERRITORIAL, MULTIESCALARES Y
CONCURRENTES SOBRE EL MISMO TERRITORIO. Se define por Competencia de
Ordenamiento Territorial, la facultad o poder jurídico que tienen la Nación, las
entidades territoriales y las figuras de integración territorial para atender de
manera general responsabilidades estatales, la organización del territorio, la cual
tiene en cuenta en su desarrollo, el artículo 209 de la CPC de 1991, “La función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la
delegación y la desconcentración de funciones”.
Así mismo, la ley 1454 de 2011 LOOT- son principios rectores del ejercicio de
competencias, los siguientes: Coordinación, concurrencia, subsidiaridad,
complementariedad, eficiencia, equilibrio entre competencias y recursos,
gradualidad y responsabilidad.
La competencia en OT, es un mandato para la entidad territorial, que implica
derechos y obligaciones. Los derechos consisten en poder determinar las
3
directrices que de manera conjunta conforman el MOD, e integrando todo
conforma el POD, todo lo cual será vinculante para los entes territoriales que
queden bajo su jurisdicción.
DIRECTRICES PARA EL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO DEPARTAMENTAL.
Se define de acuerdo a las siguientes características:
 Son normas que por iniciativa del Gobierno Departamental en cabeza del
Gobernador de Cundinamarca, adopta la Asamblea para todo o parte
del territorio del Departamento de Cundinamarca que establecen los
criterios y pautas que orientan de manera vinculante o no las acciones de
los ciudadanos, de la actividad económica y de las decisiones de las
entidades territoriales.
 Representan el marco de referencia para la determinación del escenario
de ordenamiento, usos y ocupación del espacio, de acuerdo con el
potencial óptimo del ambiente y en función de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), y de la Nueva Agenda Urbana Habitat III (NAU),
potencialidades y limitantes biofísicos, económicos y culturales.
 Las directrices identificarán y desarrollarán los principales aspectos que son
de interés Departamental y la manera de abordarlos, los cuales deberán
ser observadas por las entidades territoriales a su interior y servir de
parámetro en los ejercicios de concertación con los Departamentos
vecinos.
 Las directrices, definen los condicionantes sobres las cuales debe
construirse el Modelo de Ocupación Departamental (MOD) y el Plan de
Ordenamiento Departamental (POD), (instrumentos en los cuales se
precisarán para cada una de las provincias en el Departamento las que les
correspondan, consecuencia de nuestra pluralidad social y física, que
llevan a diferenciar las directrices en el territorio).
PREGUNTA ORIENTADORA
¿Qué son de las Directrices de ordenamiento
territorial Departamental?
Y ¿Cuál ha sido el proceso de formulación en el
departamento de Cundinamarca?
4
DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL DEPARTAMENTO DE
CUNDINAMARCA
Las Directrices de Ordenamiento Territorial Departamental -DOTD, son
lineamientos, pautas, consideraciones, guías, instrucciones y recomendaciones
para que los municipios de los Departamentos, desarrollen y actualicen sus Planes
de Ordenamiento Territorial.
Estas son normas que adoptan las Asambleas Departamentales mediante
Ordenanza, y se puede hacer para todo el territorio departamental o para una
parte de éste.
Estas deben realizarse como mínimo cada doce (12) años, teniendo en cuenta
en su formulación, las normatividades expuestas en la Ley 1454 de 2011, la ley 388
de 1997, la Constitución Política de Colombia de 1991, entre otras; además en su
elaboración, se deben tener en cuenta la inclusión de normatividades vigentes y
los compromisos y acuerdos de ordenamiento urbano y territorial de orden
internacional y nacional, entre otros.
CONTEXTO HISTÓRICO
“La experiencia del Departamento de Cundinamarca y otros Departamentos en
Colombia”, como son Antioquia y Santander, han desarrollado sus directrices
para todo su contexto departamental, y son los únicos en Colombia que han
dado este primer paso en una expresión de ordenamiento territorial
departamental.
Para este caso, nos centraremos en el contexto de Cundinamarca:
El trabajo de las directrices se realizó, teniendo en cuenta la identificación inicial
de estudios que se han hecho con relación a la planificación del Departamento
desde el año 1995.
Se identificaron cerca de 35 estudios, con base en esto, se da inicio al proceso de
construcción de las directrices de ordenamiento territorial Departamental de
Cundinamarca –DOTDC.
5
Desde el año 2015 en adelante, se retomaron las temáticas de Ordenamiento
Territorial, teniendo como referencias, los estudios anteriormente nombrados,
incluyendo un borrador de directrices propuesto por Naciones Unidas.
Así mismo, se realizó un análisis y síntesis de las visiones del territorio
cundinamarqués, de los cuales participaron 25 municipios de nuestro territorio, y
con base en estos, y con las visiones de los departamentos de Antioquia y
Santander, sirvió de base para la construcción de nuestra visión departamental.
En la siguiente gráfica, se ilustra la dinámica que se utilizó para interpretar y
visualizar las visiones municipales (de los 25 municipios), de los cuales se unificaron
criterios para desarrollar la visión territorial del departamento de Cundinamarca.
Gráfica No. 1. Participación municipal, en la identificación de los temas comunes, para
incluirlos en la Visión Departamental.-
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
6
De otro lado, se llevaron a cabo talleres para articular con las diferentes
entidades de la Gobernación de Cundinamarca y se llevó a cabo una reunión
con expertos nacionales e internacionales.
Esta fue ajustada, considerando que se tuviera una visión con mayor
profundidad como la Visión de Cundinamarca 2016, de nuestro plan de desarrollo
“Unidos Podemos Más”, el cual se identifican unos ejes Estructurantes y unas
intervenciones sobre el territorio, para obtener las directrices que estamos
presentando.
CONTEXTO ACTUAL
Para el año de 2017, finalizó la construcción de las directrices de ordenamiento
territorial departamental DOTD, y posteriormente se han socializado con diferentes
entidades nacionales y departamentales, como son:, la Comisión de
ordenamiento Territorial –COT-, CAMACOL, RAPE, CAR, CORPOGUAVIO,
CORPORINOQUIA, CONCEJEROS TERRITORIALES, entre otros. A la fecha, estamos
esperando que alleguen a nuestra Secretaría, los conceptos técnicos de las
Directrices, que fueron presentados a las entidades técnicas anteriormente
nombradas, con el fin de que presenten sus análisis del mismo.
RESUMEN EJECUTIVO DE LAS DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DEPARTAMENTAL – DOTD.
Las directrices de OTD, se organizaron de acuerdo a la siguiente estructura:
1. Objetivos de las Directrices
2. Sustento jurídico.
3. Tipologías de las Directrices.
4. Visión Departamental.
5. Dominios estratégicos.
6. Seguimiento y control de las directrices.
1. OBJETIVOS.
A continuación presentamos los objetivos que guían las directrices de
ordenamiento territorial departamental, en la consecución de los alcances y las
metas de la presente ordenanza que se está desarrollando.
7
Objetivo general
Establecer normas que orienten los procesos de ordenamiento del territorio y
orienten la formulación del Plan Ordenamiento Departamental (POD), a partir de
la identificación de intervenciones Departamentales; contribuyan a implementar
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS); orienten las buenas prácticas de
ordenamiento del territorio de los municipios y de desarrollo urbanístico y ayuden
a dirimir los conflictos derivados de la planificación territorial, constituyéndose en
marco de referencia para las funciones de competencia de los municipios desde
una visión supramunicipal, así como su articulación con el ámbito regional y
nacional e internacional, con miras hacia un desarrollo inteligente, entendido éste
como el crecimiento con equidad y felicidad.
Objetivos específicos
Cuadro No. 1. Identificación de los Objetivos específicos de las D.O.T.D.
No. DEL
OBJETIVO OBJETIVO
No. DEL
OBJETIVO OBJETIVO
1
Promover un Departamento equitativo, con un
crecimiento sostenible. 13
Promover un sistema urbano y territorial
estructurado y equilibrado, reforzando la
integración funcional de los espacios urbanos,
promoviendo su consolidación y crecimiento
densificado,” y espacios rurales del
Departamento, completando las redes de
transporte viario, ferroviario, aéreo y fluvial
para mejorar la accesibilidad territorial.
2 Orientar el ordenamiento territorial en el Departamento,
con el fin de dar las pautas básicas para la
determinación de los escenarios de uso y ocupación del
espacio
14
Crear políticas integradas de transporte y
movilidad, facilitando un acceso equitativo a
las infraestructuras y servicios de transporte y
a las nuevas tecnologías y sistemas de
información, priorizando la movilidad del
peatón y la bicicleta como mecanismo de
movilidad limpio y sostenible.
3
Proponer lineamientos para el desarrollo del territorio,
vinculando los asentamientos poblacionales y centros
urbanos, y su integración con el entorno rural del
Departamento, orientando a los municipios hacia las
buenas prácticas urbanísticas y de Ordenamiento
Territorial.
15
Proteger el patrimonio natural y cultural y la
identidad de Cundinamarca, como factores
de atracción espacial y fundamentos de la
calidad de vida, incentivando su puesta en
valor mediante una perspectiva territorial
organizadora, posicionando la cultura
Cundinamarquesa.
4
Orientar la localización de la infraestructura física-social
de manera que se aprovechen las ventajas competitivas
regionales y se promueva la equidad en el desarrollo
municipal.
16
Favorecer la cohesión económica y social,
apoyando las zonas rurales y menos
favorecidas, concibiendo el territorio como un
instrumento al servicio del desarrollo rural y
completando las infraestructuras hidráulicas
que permitan el aprovechamiento sostenible
de los recursos naturales y un adecuado
tratamiento del ciclo completo del agua,
fortaleciendo las actividades de producción
agropecuarias y agroindustriales.
8
5 Orientar la integración de los planes sectoriales
Departamentales, los de sus municipios y entidades
territoriales indígenas. 17
Facilitar un adecuado tratamiento al
fenómeno de la conurbación, coadyuvando
a la organización de los territorios ya
identificados, pero especialmente en el
entorno metropolitano que circunda al Distrito
Capital.
6 Identificar los programas de protección especial para la
conservación y recuperación del medio ambiente que
deba trabajarse con el Distrito Capital, los
Departamentos vecinos y las asociaciones que estos
conformen.
18
Aumentar el verde intraurbano, por sus
efectos de restauración psicológica,
arbolado urbano, frutos urbanos, techos y
fachadas verdes, reforestación, etc.
7 Adoptar planes de ordenamiento para la totalidad o
porciones específicas del territorio, como complemento
o parte del POD, a partir de planes como el plan de
Región Vida (numerado en el artículo 17 de esta
Ordenanza), a partir de la definición de hechos
territoriales Departamentales.
19
Orientar el desarrollo del Departamento y de
sus entes territoriales al cumplimiento de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS.
.
8 Articular la definición y protección de la estructura
ecológica principal con las determinantes ambientales
de las corporaciones autónomas regionales
20
Orientar en la solución a conflictos territoriales,
derivados de la inadecuada planificación del
territorio y de la toma de decisiones sobre su
ocupación
9 Promover la construcción de un territorio para la
felicidad, habitabilidad y sostenibilidad, por lo cual
visualizamos un territorio empoderado, basado en el
concepto de felicidad, la cual se forja en la medida que
el Estado suministra a su habitantes los medios para
mejorar su calidad de vida
21
El modelo territorial, tendrá en cuenta los
subsistemas básicos y Estructurantes que son
mencionados en el Artículo 10 y el Artículo 12
numeral 2 de la Ley 388 de 1997.
10 Crear las condiciones apropiadas de distribución de la
población, de forma inteligente y equitativa en el
territorio, bajo un escenario de análisis prospectivo del
crecimiento poblacional real y teniendo en cuenta las
posibles limitaciones territoriales para su ubicación,
respetando los elementos de la Estructura Ecológica y los
suelos de protección
22
Facilitar procesos de integración territorial a
partir de la conformación de esquemas
asociativos territoriales subregionales
11
Impulsar un modelo territorial competitivo, responsable y
seguro, que reconozca y promueva la armonización de
las diferentes actividades productivas viables de realizar
en el territorio, según sus potencialidades agropecuarias,
mineras, industriales, turísticas, etc, que garantice el
desarrollo sostenible y contemple las medidas necesarias
para que el territorio sea adaptado al cambio climático
en concordancia con este Objetivo de Desarrollo
Sostenible (ODS).
23
Facilitar y promover procesos de gestión
territorial para garantizar la implementación
de las propuestas y proyectos recogidos en el
MOD y en el POD
12
Desarrollar estrategias para las entidades territoriales, en
cuanto a sus potencialidades y a sus vocaciones en
materia de competitividad, transporte y logística, zonas
francas y puertos nodales, adaptadas a las condiciones
de los demás Departamentos, países de la región y del
mundo.
9
2. SUSTENTO JURÍDICO.
Reúnen de manera consolidada, las normas importantes que permitieron el
desarrollo de las directrices de ordenamiento territorial, el cual se visualiza en la
siguiente gráfica:
Gráfica No.3. Consolidación Jurídica y normativa especial de las Directrices.
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
Hay que dejar claro, que además de las anteriores leyes y normas, en todo el
cuerpo de la Ordenanza se incluyen otras leyes, referente a las temáticas de:
medio ambiente, sistemas de riesgos y cambio climático, minería, entre otras.
10
3. TIPOLOGÍAS, CLASES Y CATEGORÍAS DE DIRECTRICES
Para efectos de su incorporación por los municipios en sus instrumentos de
planificación del ordenamiento territorial, y en su caso por el componente
regional del POT, se establecen dos (2) tipologías de directrices, como son: las
Estructurantes y las no Estructurantes.
Gráfica No. 4. Tipos, clases y categorías de las directrices.
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
1. Directrices Estructurantes: son aquéllas que quedarán clasificadas y
declaradas expresamente como tales en estas DOT, el MOD y en el POD,
cuyo carácter es de obligatoria observancia o de obligatorio cumplimiento
11
por parte de los municipios, Distrito Capital, área metropolitana y los
esquemas asociativos territoriales subregionales.
2. Directrices no Estructurantes: y declaradas expresamente como tales en estas
DOT, el MOD y en el POD, cuyo carácter es el de no obligatoria observancia o
indicativas para los municipios, Distrito Capital, área metropolitana y los esquemas
asociativos territoriales subregionales.
Las directrices Estructurantes no podrán ser alteradas, ajustadas o modificadas
por ningún instrumento de planificación del ordenamiento territorial municipal,
distrital o metropolitano, en ninguna de sus fases de formulación, revisión, ajuste o
implementación.
Las Clases de directrices se dividen en tres (3):
1. Directrices generales, son aquellas que conforman todas las directrices de la
ordenanza y de las cuales están divididas en el total de categorías o artículos que
conforman, por ejemplo: los cuatro dominios estratégicos contienen 29 art.
2. Directrices específicas; se refieren a la definición especial de un solo artículo o
de una sola categoría.
3. Territoriales: Son aquéllas directrices que hacen referencia a intervenciones
territoriales concretas, identificadas como estratégicas para el modelo de
desarrollo y de territorio Departamental, que podrán ser declaradas como
intervenciones territoriales Departamentales.
4. VISION DEL MODELO TERRITORIAL.
Cundinamarca será reconocida en el 2036, por haber construido un modelo de
riqueza colectiva basada en la cooperación y competencia denominada
“Desarrollo Inteligente”, orientado a la felicidad de los habitantes y a un
crecimiento con equidad, producto de la imaginación y creatividad social de su
gente y sus instituciones cuya herramienta esencial es el entramado, malla o red
como construcción de capital social o relacional, la cual se apalanca en factores
claves como:
Un entorno favorable basado en la construcción y consolidación de factores
básicos y avanzados de productividad de las empresas e instituciones como
acelerador y base para la competitividad.
12
Se concentrará en la generación de valor, con un diferencial estratégico que se
manifiesta en un territorio ordenado, competitivo, ambientalmente y fiscalmente
sostenible, regionalmente armónico, fortalecido en sus entornos culturales,
políticos, ambientales y económicos que forman parte de la protección territorial.
Desde ésta visión del modelo territorial, se generarán las condiciones en los
factores espaciales estratégicos que promueven una mejor habitabilidad
conforme a los lineamientos emanados de la III Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, realizada en Quito en el año
2016, y desarrollan el potencial del territorio, en los siguientes aspectos:
Competitividad y logística, Transporte y movilidad, Patrimonio natural y cultural,
Definición y protección de la estructura ecológica principal, Cohesión económica
y social, Desarrollo sostenible y sustentable, Equidad territorial y de cohesión
social, Fenómeno de conurbación y Actividades de la Minería.
Así mismo, la visión del modelo territorial, proyecta su progreso mediante el
desarrollo inteligente, apalancados por una buena gobernanza, el manejo de los
sistemas de información en el conocimiento de la problemática existente y en el
ejercicio de las relaciones e interacciones entre los actores sociales, promoviendo
el fortalecimiento del capital social y humano.
De otro lado, la entre malla se realiza con unas directrices especiales, que vienen
a ser los dominios estratégicos de la ordenanza, que son identificados
plenamente, los cuales se definirán posteriormente en este documento. Estos
dominios son:
 Dominio de territorio seguro.
 Dominio para un territorio convergente
y cohesionado.
 Dominio especializado e innovador.
 Dominio estructurado y equilibrado
13
A partir de esta conceptualización, nos remitirnos a la gráfica No. 5, donde
presentamos la visión del modelo territorial, para Cundinamarca:
Grafica No. 5. Visión del Modelo Territorial- Malla Inteligente.
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
14
5- DOMINIOS ESTRATEGICOS
Los dominios estratégicos están conformados por los siguientes:
DOMINIO DE TERRITORIO SEGURO
Considerando el territorio como un organismo vivo, es aquel en el que sus
habitantes y usuarios desarrollan la capacidad de armonizar las relaciones
entre la dinámica de los elementos y flujos de los ecosistemas y sus
decisiones de valoración, respeto, apropiación y uso sostenible de los
recursos naturales, comprendiendo el alcance de disponibilidad y bien-
estar para las futuras generaciones, que permitan un territorio sostenible
para la felicidad de los habitantes.
DOMINIO DE TERRITORIO ESTRUCTURADO Y EQUILIBRADO
Es aquel cuya organización y funcionalidad se dispone de manera
apropiada en el territorio, garantizando la distribución balanceada de
cargas y beneficios entre los municipios o subregiones del Departamento,
atendiendo a que en lo posible el desarrollo de una acción o proyecto
debe hacerse sin que se afecte la condición de alguno de los habitantes
del Departamento. Así mismo este busca:
Orientar el cierre de brechas regionales, de forma que redunde en el
fortalecimiento inclusivo y funcionalmente redistributivo entre los centros
poblados y de su entorno y que los subsistemas estructurantes, como lo son
los ecosistemas, las infraestructuras, los asentamientos humanos, las
actividades socioeconómicas con reflejo físico-espacial y los
equipamientos garantizan el cumplimiento del acceso a igualdad de
oportunidades.
El anterior enunciado lo hacemos realidad en la siguiente figura, el cual
busca la existencia de territorios equilibrados y estructurados.
15
Figura No. 1. Representación del territorio estructurado y equilibrado.
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
DOMINIO TERRITORIO ESPECIALIZADO E INNOVADOR
Es aquel que reconoce las zonas representativas de vida y producción que
pretenden permanecer en el territorio sostenible con sus atributos, su
relaciones entre los habitantes y su herencia cultural, integrando
territorialmente las oportunidades de generación de riqueza a través de la
expansión de la base del conocimiento y el consecuente incremento de la
complejidad económica territorial; al promover y desarrollar ejercicios
especializados de producción de bienes y servicios con un nivel mayor de
sofisticación. Este dominio busca:
La generación de valor en el desarrollo socioeconómico del territorio
Cundinamarqués, y se dan mediante la aplicación de tecnologías básicas
y naturales, como de aquellas que son complejas y avanzadas en los
modos de producción y mejorando sistemas sostenibles territoriales de vida
y producción, sus vocaciones, sus potencialidades, sus fortalezas y
aprendizajes autóctonos y tradicionales, para especializarse y producir
eficientemente, con profundo respeto de sus ecosistemas y sustentándose
en sus saberes ancestrales como fuente de conocimiento originario.
16
Figura No. 2. Representación del territorio especializado e innovador.-
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
DOMINIO DEL TERRITORIO CONVERGENTE Y COHESIONADO
Es aquel que le apunta a una visión compartida del modelo de desarrollo y
del territorio común, construida participativamente, confluyendo en las
expectativas a través de la concertación, coordinación y concurrencia de
los diferentes intereses que cada actor territorial persigue; incrementando
la capacidad de negociación conjunta y de disminución de tensiones
entre las unidades territoriales integradas. Este dominio busca:
La capacidad de un sistema territorial para garantizar las oportunidades y
que cada unidad territorial alcance los umbrales de desarrollo expresados
por su propio proyecto territorial, al tiempo que permita que el proyecto
integrador a nivel superior albergue estas metas diferenciadas y exista un
desarrollo equitativo en las diversas regiones y provincias del
Departamento. Como son los casos de la integración territorial a través de
las posibilidades de promover Esquemas Asociativos Territoriales, que de
acuerdo a la ley 1454 de 2011, los identifica, como: Provincias
Administrativas de Planificación, Asociaciones de Municipios, Áreas
Metropolitanas, entre otras.
17
Así mismo, la siguiente gráfica, denominada infografía, ilustra las diferentes
actividades y acciones que presentan los dominios estratégicos, cobijados
con los factores de crecimiento, factores de equidad y los factores para
llegar a la felicidad.
Grafica No. 6- INFOGRAFÍA DOMINIOS ESTRATÉGICOS:
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
De igual manera, al interior de cada Dominio Estratégico, presentan unas
categorías, que, dentro de la Ordenanza (la cual se está formalizando),
direccionan cada una de ellas, lineamientos dirigidos a los municipios de
Cundinamarca, con el fin de que sean adoptados por las entidades
territoriales y sistemáticamente actualicen sus instrumentos de planificación
territorial, como son los POT, los EOT, los PBOT, entre otros.
18
Cuadro 1. Dominios de las directrices de ordenamiento territorial del Dpto. de
Cundinamarca con sus correspondientes categorías (artículos en la Ordenanza).
SEGURO
ESTRUCTURADO
EQUILIBRADO
ESPECIALIZADO
INNOVADOR
CONVERGENTE-
COHESIONADO
Protección Estructura Ecológica
Departamental
Accesibilidad integral al
territorio por parte del
ciudadano
Producción
Especializada y
Compleja
Convivencia y compatibilidad
entre sectores
Gestión del riesgo de desastre Ciudades inteligentes y
sostenibles
Territorios Inteligentes Solidaridad, reciprocidad y
compensación interterritorial
Resiliencia al Cambio Climático Soluciones a los conflictos
de uso en límites de orden
municipal
Agrupamientos
Industriales
Permanencia de población
oriunda
Protección del patrimonio
histórico y cultural
Manejo de la conurbación Producción rural
familiar especializada
Principio de equidad
territorial: solidaridad,
reciprocidad y compensación
territorial
Función social y ecológica de la
propiedad
Red de infraestructura y
equipamientos regionales
Cadenas productivas
tradicionales y
emergentes de
Cundinamarca
Integración regional y
subregional: esquemas
asociativos territoriales
Planificación y Gestión del
Ordenamiento territorial y
urbanístico sostenible.
Previsión y reserva de suelo
para nuevos desarrollos
Directrices sobre
intervenciones
territoriales
departamentales,
asociadas a garantizar
un territorio innovador
y especializado
Utilización racional de los
recursos naturales
Red de nodos jerarquizados
y caracterizados por su rol
territorial
Directrices sobre intervenciones
territoriales Departamentales,
asociadas a garantizar un
territorio seguro.
Acceso a la vivienda
Sistema territorial urbano,
urbano-rural y rural.
Directrices de
intervenciones territoriales
departamentales, asociadas
a garantizar un territorio
estructurado y equilibrado.
19
6. SEGUIMIENTO Y CONTROL, DE LAS DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO
DEPARTAMENTAL.
Esta etapa de las directrices de ordenamiento territorial, son de las más
importantes que posee la presente normatividad, y de las cuales realiza una
observancia a todos los municipios en la actualización y desarrollo en sus planes
de ordenamiento territorial municipal, y para ello el departamento, tendrá que
valerse de herramientas, de instrumentos tecnológicos y de personal altamente
calificados en el seguimiento y control de las presentes directrices. Para tales fines,
necesitara de:
a. Sistemas de indicadores de sostenibilidad territorial.- prestará un servicio
público para obtener, disponer y difundir información integral y oportuna sobre la
situación física del territorio, el paisaje, el patrimonio cultural, los riesgos y las
aptitudes, modos de asentamientos, vivienda, grados de ocupación, distribución
espacial de actividades, afecciones, conflictos, capacidad de soporte del
territorio, grado de vulnerabilidad.
b. Modernización del sistema de información territorial departamental -SITD. Se
concibe como una herramienta de gestión de la información y del conocimiento;
que permita mantener actualizados las estadísticas Departamentales, al igual que
la Cartografía Departamental.
c. Directrices Estructurantes que regulan el proceso de revisión, ajuste y/o
implementación. Los municipios y demás esquemas asociativos territoriales
subregionales, deberán comunicar a la Secretaria de Planeación de la
Gobernación de Cundinamarca, que se iniciará un proceso de formulación,
revisión y ajuste de sus instrumentos de planificación del ordenamiento territorial
correspondientes, para que la Secretaria de Planeación Departamental, les
facilite el Concepto sobre el Modelo de Ocupación Territorial Departamental –
MOTD, para que sea tenido en cuenta en el proceso de ajuste, como conjunto
de directrices Estructurantes y no Estructurantes.
d. Comisión de control y regional del ordenamiento territorial.- estas dos
comisiones, se caracterizan:
Se creará la Comisión de Control del Ordenamiento Territorial, de naturaleza
colegiada, que tendrá por función servir de instancia técnica, consultiva, asesora
20
y ejecutiva del Gobierno Departamental para el ejercicio del control normativo y
de gestión al cumplimiento de las normas Departamentales en materia de
ordenamiento del territorio.
Así mismo, La Comisión Regional de Ordenamiento Territorial -CROT del
Departamento de Cundinamarca, conocerá de la observancia y de la no
observancia de las Directrices en los procesos de formulación o ajuste de un
instrumento de planificación del ordenamiento territorial en los siguientes eventos:
1. Por el reporte la Secretaría de Planeación de la Gobernación.
2. Por la verificación directa del instrumento.
3. Por la constatación material, porque la transformación y/o el uso del suelo así lo
demuestran.
Este seguimiento y control, se manifiesta en la siguiente gráfica:
Grafica No. 7. Seguimiento y control de las Directrices
Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de
Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
21
De igual manera, la implementación de las presentes directrices, se dará
aproximadamente en dos (2) años, una vez las adopte el Departamento de
Cundinamarca, a través de la Asamblea Departamental, teniendo en cuenta
que dependemos de la conceptualización de las entidades nacionales y
departamentales, a quienes se les realizo la respectiva socialización.
De otro lado, la estructura de las Directrices Departamentales presentada en los
estudios actuales, son un ejemplo del gran trabajo profesional interdisciplinario, y
de la utilización de recursos económicos, de logística y tecnológicos, entre otros,
el cual se realiza con la intervención de los actores sociales mediante procesos
participativos y de socialización.
El Grupo técnico de la Dirección de Desarrollo Regional perteneciente a la
Secretaria de Planeación Departamental, agradece su esfuerzo y empeño en
estudiar, aprender y sensibilizarse con el desarrollo del territorio Cundinamarqués,
teniendo en cuenta que a nuestro entorno, debemos quererlo, cuidarlo, mejorarlo
para que sus recursos no renovables como el agua y demás, sigan siendo
aprovechadas por las futuras generaciones.
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Cartilla unidad 7 Directrices de Ordenamiento territorial Departamental

  • 2. 1 CURSO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA ESCUELA CUNDINAMARCA 2036 SECRETARÍA DE PLANEACIÓN DE CUNDINAMARCA DIRECCIÓN DE DESARROLLO REGIONAL UNIDAD 7: DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD La presente unidad pretende dar a conocer la definición de Directrices de Ordenamiento Territorial departamental y socializar el proceso de formulación de las Directrices que está desarrollando el departamento de Cundinamarca en el marco de la ley orgánica de ordenamiento territorial. CONCEPTOS CLAVES TERRITORIO. Se asocia a una definición institucional en la que el territorio involucra el concepto geográfico de una porción de tierra sobre la cual se ejerce el poder público por parte de las autoridades según sus competencias, para dar cumplimiento a los fines del Estado. Así mismo, el territorio comprende las dimensiones ecológica, social, política, cultural, económica y constitucional, entre otras. DEPARTAMENTO. El Departamento es una entidad territorial, que goza de autonomía para la administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio, en los términos establecidos por la Constitución. MULTIESCALARIDAD TERRITORIAL. Se reconoce que en el marco de las competencias definidas por la Constitución y las leyes, las visiones y planificación de escala nacional, regional y local generan políticas y acciones de carácter diferenciado, en términos de los temas que interesan, del detalle de la información que utilizan y de la proximidad a las decisiones de los ciudadanos en lo cotidiano. Un ejercicio de armonización, concurrencia, coordinación y colaboración se obliga en cada temática que se aproxime a definir normas o a diseñar e implementar proyectos específicos. Se distinguen las siguientes escalas:  Local: Hace referencia a lo relativo a todo el territorio de cada municipio.
  • 3. 2  Supralocal o subregional: Hace referencia a lo relativo a más de dos municipios, que superan el interés aislado de un municipio. Las asociaciones de municipios, las áreas metropolitanas y las asociaciones entre éstas, las provincias administrativas y de planificación son esquemas asociativos del orden territorial que se ocupan del tratamiento de los asuntos supramunicipales o subregionales.  Regional: Hace referencia a lo relativo a más de dos Departamentos. Las regiones administrativas y de planeación (RAP) y la Región Central (como Región Administrativa y de Planeación Especial – RAPE), y las asociaciones de Departamentos son esquemas asociativos del orden territorial que se ocupan del tratamiento de los asuntos supra Departamentales o regionales.  Suprarregional: Hace referencia a lo relativo a todo el territorio colombiano o donde se exprese el interés general de la Nación. ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El ordenamiento territorial es una política del estado, un instrumento de planificación y de gestión de las entidades territoriales y un proceso de construcción colectiva, que se da de manera progresiva, gradual y flexible, con responsabilidad fiscal, tendiente a lograr una adecuada organización político administrativa del Estado en el territorio, para facilitar el desarrollo institucional, el fortalecimiento en estas directrices y de la identidad cultural y el desarrollo territorial, política que se instrumentaliza en el Plan de Ordenamiento Departamental (POD). COMPETENCIAS EN ORDENAMIENTO TERRITORIAL, MULTIESCALARES Y CONCURRENTES SOBRE EL MISMO TERRITORIO. Se define por Competencia de Ordenamiento Territorial, la facultad o poder jurídico que tienen la Nación, las entidades territoriales y las figuras de integración territorial para atender de manera general responsabilidades estatales, la organización del territorio, la cual tiene en cuenta en su desarrollo, el artículo 209 de la CPC de 1991, “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. Así mismo, la ley 1454 de 2011 LOOT- son principios rectores del ejercicio de competencias, los siguientes: Coordinación, concurrencia, subsidiaridad, complementariedad, eficiencia, equilibrio entre competencias y recursos, gradualidad y responsabilidad. La competencia en OT, es un mandato para la entidad territorial, que implica derechos y obligaciones. Los derechos consisten en poder determinar las
  • 4. 3 directrices que de manera conjunta conforman el MOD, e integrando todo conforma el POD, todo lo cual será vinculante para los entes territoriales que queden bajo su jurisdicción. DIRECTRICES PARA EL ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO DEPARTAMENTAL. Se define de acuerdo a las siguientes características:  Son normas que por iniciativa del Gobierno Departamental en cabeza del Gobernador de Cundinamarca, adopta la Asamblea para todo o parte del territorio del Departamento de Cundinamarca que establecen los criterios y pautas que orientan de manera vinculante o no las acciones de los ciudadanos, de la actividad económica y de las decisiones de las entidades territoriales.  Representan el marco de referencia para la determinación del escenario de ordenamiento, usos y ocupación del espacio, de acuerdo con el potencial óptimo del ambiente y en función de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y de la Nueva Agenda Urbana Habitat III (NAU), potencialidades y limitantes biofísicos, económicos y culturales.  Las directrices identificarán y desarrollarán los principales aspectos que son de interés Departamental y la manera de abordarlos, los cuales deberán ser observadas por las entidades territoriales a su interior y servir de parámetro en los ejercicios de concertación con los Departamentos vecinos.  Las directrices, definen los condicionantes sobres las cuales debe construirse el Modelo de Ocupación Departamental (MOD) y el Plan de Ordenamiento Departamental (POD), (instrumentos en los cuales se precisarán para cada una de las provincias en el Departamento las que les correspondan, consecuencia de nuestra pluralidad social y física, que llevan a diferenciar las directrices en el territorio). PREGUNTA ORIENTADORA ¿Qué son de las Directrices de ordenamiento territorial Departamental? Y ¿Cuál ha sido el proceso de formulación en el departamento de Cundinamarca?
  • 5. 4 DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA Las Directrices de Ordenamiento Territorial Departamental -DOTD, son lineamientos, pautas, consideraciones, guías, instrucciones y recomendaciones para que los municipios de los Departamentos, desarrollen y actualicen sus Planes de Ordenamiento Territorial. Estas son normas que adoptan las Asambleas Departamentales mediante Ordenanza, y se puede hacer para todo el territorio departamental o para una parte de éste. Estas deben realizarse como mínimo cada doce (12) años, teniendo en cuenta en su formulación, las normatividades expuestas en la Ley 1454 de 2011, la ley 388 de 1997, la Constitución Política de Colombia de 1991, entre otras; además en su elaboración, se deben tener en cuenta la inclusión de normatividades vigentes y los compromisos y acuerdos de ordenamiento urbano y territorial de orden internacional y nacional, entre otros. CONTEXTO HISTÓRICO “La experiencia del Departamento de Cundinamarca y otros Departamentos en Colombia”, como son Antioquia y Santander, han desarrollado sus directrices para todo su contexto departamental, y son los únicos en Colombia que han dado este primer paso en una expresión de ordenamiento territorial departamental. Para este caso, nos centraremos en el contexto de Cundinamarca: El trabajo de las directrices se realizó, teniendo en cuenta la identificación inicial de estudios que se han hecho con relación a la planificación del Departamento desde el año 1995. Se identificaron cerca de 35 estudios, con base en esto, se da inicio al proceso de construcción de las directrices de ordenamiento territorial Departamental de Cundinamarca –DOTDC.
  • 6. 5 Desde el año 2015 en adelante, se retomaron las temáticas de Ordenamiento Territorial, teniendo como referencias, los estudios anteriormente nombrados, incluyendo un borrador de directrices propuesto por Naciones Unidas. Así mismo, se realizó un análisis y síntesis de las visiones del territorio cundinamarqués, de los cuales participaron 25 municipios de nuestro territorio, y con base en estos, y con las visiones de los departamentos de Antioquia y Santander, sirvió de base para la construcción de nuestra visión departamental. En la siguiente gráfica, se ilustra la dinámica que se utilizó para interpretar y visualizar las visiones municipales (de los 25 municipios), de los cuales se unificaron criterios para desarrollar la visión territorial del departamento de Cundinamarca. Gráfica No. 1. Participación municipal, en la identificación de los temas comunes, para incluirlos en la Visión Departamental.- Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
  • 7. 6 De otro lado, se llevaron a cabo talleres para articular con las diferentes entidades de la Gobernación de Cundinamarca y se llevó a cabo una reunión con expertos nacionales e internacionales. Esta fue ajustada, considerando que se tuviera una visión con mayor profundidad como la Visión de Cundinamarca 2016, de nuestro plan de desarrollo “Unidos Podemos Más”, el cual se identifican unos ejes Estructurantes y unas intervenciones sobre el territorio, para obtener las directrices que estamos presentando. CONTEXTO ACTUAL Para el año de 2017, finalizó la construcción de las directrices de ordenamiento territorial departamental DOTD, y posteriormente se han socializado con diferentes entidades nacionales y departamentales, como son:, la Comisión de ordenamiento Territorial –COT-, CAMACOL, RAPE, CAR, CORPOGUAVIO, CORPORINOQUIA, CONCEJEROS TERRITORIALES, entre otros. A la fecha, estamos esperando que alleguen a nuestra Secretaría, los conceptos técnicos de las Directrices, que fueron presentados a las entidades técnicas anteriormente nombradas, con el fin de que presenten sus análisis del mismo. RESUMEN EJECUTIVO DE LAS DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEPARTAMENTAL – DOTD. Las directrices de OTD, se organizaron de acuerdo a la siguiente estructura: 1. Objetivos de las Directrices 2. Sustento jurídico. 3. Tipologías de las Directrices. 4. Visión Departamental. 5. Dominios estratégicos. 6. Seguimiento y control de las directrices. 1. OBJETIVOS. A continuación presentamos los objetivos que guían las directrices de ordenamiento territorial departamental, en la consecución de los alcances y las metas de la presente ordenanza que se está desarrollando.
  • 8. 7 Objetivo general Establecer normas que orienten los procesos de ordenamiento del territorio y orienten la formulación del Plan Ordenamiento Departamental (POD), a partir de la identificación de intervenciones Departamentales; contribuyan a implementar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS); orienten las buenas prácticas de ordenamiento del territorio de los municipios y de desarrollo urbanístico y ayuden a dirimir los conflictos derivados de la planificación territorial, constituyéndose en marco de referencia para las funciones de competencia de los municipios desde una visión supramunicipal, así como su articulación con el ámbito regional y nacional e internacional, con miras hacia un desarrollo inteligente, entendido éste como el crecimiento con equidad y felicidad. Objetivos específicos Cuadro No. 1. Identificación de los Objetivos específicos de las D.O.T.D. No. DEL OBJETIVO OBJETIVO No. DEL OBJETIVO OBJETIVO 1 Promover un Departamento equitativo, con un crecimiento sostenible. 13 Promover un sistema urbano y territorial estructurado y equilibrado, reforzando la integración funcional de los espacios urbanos, promoviendo su consolidación y crecimiento densificado,” y espacios rurales del Departamento, completando las redes de transporte viario, ferroviario, aéreo y fluvial para mejorar la accesibilidad territorial. 2 Orientar el ordenamiento territorial en el Departamento, con el fin de dar las pautas básicas para la determinación de los escenarios de uso y ocupación del espacio 14 Crear políticas integradas de transporte y movilidad, facilitando un acceso equitativo a las infraestructuras y servicios de transporte y a las nuevas tecnologías y sistemas de información, priorizando la movilidad del peatón y la bicicleta como mecanismo de movilidad limpio y sostenible. 3 Proponer lineamientos para el desarrollo del territorio, vinculando los asentamientos poblacionales y centros urbanos, y su integración con el entorno rural del Departamento, orientando a los municipios hacia las buenas prácticas urbanísticas y de Ordenamiento Territorial. 15 Proteger el patrimonio natural y cultural y la identidad de Cundinamarca, como factores de atracción espacial y fundamentos de la calidad de vida, incentivando su puesta en valor mediante una perspectiva territorial organizadora, posicionando la cultura Cundinamarquesa. 4 Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en el desarrollo municipal. 16 Favorecer la cohesión económica y social, apoyando las zonas rurales y menos favorecidas, concibiendo el territorio como un instrumento al servicio del desarrollo rural y completando las infraestructuras hidráulicas que permitan el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y un adecuado tratamiento del ciclo completo del agua, fortaleciendo las actividades de producción agropecuarias y agroindustriales.
  • 9. 8 5 Orientar la integración de los planes sectoriales Departamentales, los de sus municipios y entidades territoriales indígenas. 17 Facilitar un adecuado tratamiento al fenómeno de la conurbación, coadyuvando a la organización de los territorios ya identificados, pero especialmente en el entorno metropolitano que circunda al Distrito Capital. 6 Identificar los programas de protección especial para la conservación y recuperación del medio ambiente que deba trabajarse con el Distrito Capital, los Departamentos vecinos y las asociaciones que estos conformen. 18 Aumentar el verde intraurbano, por sus efectos de restauración psicológica, arbolado urbano, frutos urbanos, techos y fachadas verdes, reforestación, etc. 7 Adoptar planes de ordenamiento para la totalidad o porciones específicas del territorio, como complemento o parte del POD, a partir de planes como el plan de Región Vida (numerado en el artículo 17 de esta Ordenanza), a partir de la definición de hechos territoriales Departamentales. 19 Orientar el desarrollo del Departamento y de sus entes territoriales al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS. . 8 Articular la definición y protección de la estructura ecológica principal con las determinantes ambientales de las corporaciones autónomas regionales 20 Orientar en la solución a conflictos territoriales, derivados de la inadecuada planificación del territorio y de la toma de decisiones sobre su ocupación 9 Promover la construcción de un territorio para la felicidad, habitabilidad y sostenibilidad, por lo cual visualizamos un territorio empoderado, basado en el concepto de felicidad, la cual se forja en la medida que el Estado suministra a su habitantes los medios para mejorar su calidad de vida 21 El modelo territorial, tendrá en cuenta los subsistemas básicos y Estructurantes que son mencionados en el Artículo 10 y el Artículo 12 numeral 2 de la Ley 388 de 1997. 10 Crear las condiciones apropiadas de distribución de la población, de forma inteligente y equitativa en el territorio, bajo un escenario de análisis prospectivo del crecimiento poblacional real y teniendo en cuenta las posibles limitaciones territoriales para su ubicación, respetando los elementos de la Estructura Ecológica y los suelos de protección 22 Facilitar procesos de integración territorial a partir de la conformación de esquemas asociativos territoriales subregionales 11 Impulsar un modelo territorial competitivo, responsable y seguro, que reconozca y promueva la armonización de las diferentes actividades productivas viables de realizar en el territorio, según sus potencialidades agropecuarias, mineras, industriales, turísticas, etc, que garantice el desarrollo sostenible y contemple las medidas necesarias para que el territorio sea adaptado al cambio climático en concordancia con este Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS). 23 Facilitar y promover procesos de gestión territorial para garantizar la implementación de las propuestas y proyectos recogidos en el MOD y en el POD 12 Desarrollar estrategias para las entidades territoriales, en cuanto a sus potencialidades y a sus vocaciones en materia de competitividad, transporte y logística, zonas francas y puertos nodales, adaptadas a las condiciones de los demás Departamentos, países de la región y del mundo.
  • 10. 9 2. SUSTENTO JURÍDICO. Reúnen de manera consolidada, las normas importantes que permitieron el desarrollo de las directrices de ordenamiento territorial, el cual se visualiza en la siguiente gráfica: Gráfica No.3. Consolidación Jurídica y normativa especial de las Directrices. Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental. Hay que dejar claro, que además de las anteriores leyes y normas, en todo el cuerpo de la Ordenanza se incluyen otras leyes, referente a las temáticas de: medio ambiente, sistemas de riesgos y cambio climático, minería, entre otras.
  • 11. 10 3. TIPOLOGÍAS, CLASES Y CATEGORÍAS DE DIRECTRICES Para efectos de su incorporación por los municipios en sus instrumentos de planificación del ordenamiento territorial, y en su caso por el componente regional del POT, se establecen dos (2) tipologías de directrices, como son: las Estructurantes y las no Estructurantes. Gráfica No. 4. Tipos, clases y categorías de las directrices. Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental. 1. Directrices Estructurantes: son aquéllas que quedarán clasificadas y declaradas expresamente como tales en estas DOT, el MOD y en el POD, cuyo carácter es de obligatoria observancia o de obligatorio cumplimiento
  • 12. 11 por parte de los municipios, Distrito Capital, área metropolitana y los esquemas asociativos territoriales subregionales. 2. Directrices no Estructurantes: y declaradas expresamente como tales en estas DOT, el MOD y en el POD, cuyo carácter es el de no obligatoria observancia o indicativas para los municipios, Distrito Capital, área metropolitana y los esquemas asociativos territoriales subregionales. Las directrices Estructurantes no podrán ser alteradas, ajustadas o modificadas por ningún instrumento de planificación del ordenamiento territorial municipal, distrital o metropolitano, en ninguna de sus fases de formulación, revisión, ajuste o implementación. Las Clases de directrices se dividen en tres (3): 1. Directrices generales, son aquellas que conforman todas las directrices de la ordenanza y de las cuales están divididas en el total de categorías o artículos que conforman, por ejemplo: los cuatro dominios estratégicos contienen 29 art. 2. Directrices específicas; se refieren a la definición especial de un solo artículo o de una sola categoría. 3. Territoriales: Son aquéllas directrices que hacen referencia a intervenciones territoriales concretas, identificadas como estratégicas para el modelo de desarrollo y de territorio Departamental, que podrán ser declaradas como intervenciones territoriales Departamentales. 4. VISION DEL MODELO TERRITORIAL. Cundinamarca será reconocida en el 2036, por haber construido un modelo de riqueza colectiva basada en la cooperación y competencia denominada “Desarrollo Inteligente”, orientado a la felicidad de los habitantes y a un crecimiento con equidad, producto de la imaginación y creatividad social de su gente y sus instituciones cuya herramienta esencial es el entramado, malla o red como construcción de capital social o relacional, la cual se apalanca en factores claves como: Un entorno favorable basado en la construcción y consolidación de factores básicos y avanzados de productividad de las empresas e instituciones como acelerador y base para la competitividad.
  • 13. 12 Se concentrará en la generación de valor, con un diferencial estratégico que se manifiesta en un territorio ordenado, competitivo, ambientalmente y fiscalmente sostenible, regionalmente armónico, fortalecido en sus entornos culturales, políticos, ambientales y económicos que forman parte de la protección territorial. Desde ésta visión del modelo territorial, se generarán las condiciones en los factores espaciales estratégicos que promueven una mejor habitabilidad conforme a los lineamientos emanados de la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, realizada en Quito en el año 2016, y desarrollan el potencial del territorio, en los siguientes aspectos: Competitividad y logística, Transporte y movilidad, Patrimonio natural y cultural, Definición y protección de la estructura ecológica principal, Cohesión económica y social, Desarrollo sostenible y sustentable, Equidad territorial y de cohesión social, Fenómeno de conurbación y Actividades de la Minería. Así mismo, la visión del modelo territorial, proyecta su progreso mediante el desarrollo inteligente, apalancados por una buena gobernanza, el manejo de los sistemas de información en el conocimiento de la problemática existente y en el ejercicio de las relaciones e interacciones entre los actores sociales, promoviendo el fortalecimiento del capital social y humano. De otro lado, la entre malla se realiza con unas directrices especiales, que vienen a ser los dominios estratégicos de la ordenanza, que son identificados plenamente, los cuales se definirán posteriormente en este documento. Estos dominios son:  Dominio de territorio seguro.  Dominio para un territorio convergente y cohesionado.  Dominio especializado e innovador.  Dominio estructurado y equilibrado
  • 14. 13 A partir de esta conceptualización, nos remitirnos a la gráfica No. 5, donde presentamos la visión del modelo territorial, para Cundinamarca: Grafica No. 5. Visión del Modelo Territorial- Malla Inteligente. Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
  • 15. 14 5- DOMINIOS ESTRATEGICOS Los dominios estratégicos están conformados por los siguientes: DOMINIO DE TERRITORIO SEGURO Considerando el territorio como un organismo vivo, es aquel en el que sus habitantes y usuarios desarrollan la capacidad de armonizar las relaciones entre la dinámica de los elementos y flujos de los ecosistemas y sus decisiones de valoración, respeto, apropiación y uso sostenible de los recursos naturales, comprendiendo el alcance de disponibilidad y bien- estar para las futuras generaciones, que permitan un territorio sostenible para la felicidad de los habitantes. DOMINIO DE TERRITORIO ESTRUCTURADO Y EQUILIBRADO Es aquel cuya organización y funcionalidad se dispone de manera apropiada en el territorio, garantizando la distribución balanceada de cargas y beneficios entre los municipios o subregiones del Departamento, atendiendo a que en lo posible el desarrollo de una acción o proyecto debe hacerse sin que se afecte la condición de alguno de los habitantes del Departamento. Así mismo este busca: Orientar el cierre de brechas regionales, de forma que redunde en el fortalecimiento inclusivo y funcionalmente redistributivo entre los centros poblados y de su entorno y que los subsistemas estructurantes, como lo son los ecosistemas, las infraestructuras, los asentamientos humanos, las actividades socioeconómicas con reflejo físico-espacial y los equipamientos garantizan el cumplimiento del acceso a igualdad de oportunidades. El anterior enunciado lo hacemos realidad en la siguiente figura, el cual busca la existencia de territorios equilibrados y estructurados.
  • 16. 15 Figura No. 1. Representación del territorio estructurado y equilibrado. Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental. DOMINIO TERRITORIO ESPECIALIZADO E INNOVADOR Es aquel que reconoce las zonas representativas de vida y producción que pretenden permanecer en el territorio sostenible con sus atributos, su relaciones entre los habitantes y su herencia cultural, integrando territorialmente las oportunidades de generación de riqueza a través de la expansión de la base del conocimiento y el consecuente incremento de la complejidad económica territorial; al promover y desarrollar ejercicios especializados de producción de bienes y servicios con un nivel mayor de sofisticación. Este dominio busca: La generación de valor en el desarrollo socioeconómico del territorio Cundinamarqués, y se dan mediante la aplicación de tecnologías básicas y naturales, como de aquellas que son complejas y avanzadas en los modos de producción y mejorando sistemas sostenibles territoriales de vida y producción, sus vocaciones, sus potencialidades, sus fortalezas y aprendizajes autóctonos y tradicionales, para especializarse y producir eficientemente, con profundo respeto de sus ecosistemas y sustentándose en sus saberes ancestrales como fuente de conocimiento originario.
  • 17. 16 Figura No. 2. Representación del territorio especializado e innovador.- Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental. DOMINIO DEL TERRITORIO CONVERGENTE Y COHESIONADO Es aquel que le apunta a una visión compartida del modelo de desarrollo y del territorio común, construida participativamente, confluyendo en las expectativas a través de la concertación, coordinación y concurrencia de los diferentes intereses que cada actor territorial persigue; incrementando la capacidad de negociación conjunta y de disminución de tensiones entre las unidades territoriales integradas. Este dominio busca: La capacidad de un sistema territorial para garantizar las oportunidades y que cada unidad territorial alcance los umbrales de desarrollo expresados por su propio proyecto territorial, al tiempo que permita que el proyecto integrador a nivel superior albergue estas metas diferenciadas y exista un desarrollo equitativo en las diversas regiones y provincias del Departamento. Como son los casos de la integración territorial a través de las posibilidades de promover Esquemas Asociativos Territoriales, que de acuerdo a la ley 1454 de 2011, los identifica, como: Provincias Administrativas de Planificación, Asociaciones de Municipios, Áreas Metropolitanas, entre otras.
  • 18. 17 Así mismo, la siguiente gráfica, denominada infografía, ilustra las diferentes actividades y acciones que presentan los dominios estratégicos, cobijados con los factores de crecimiento, factores de equidad y los factores para llegar a la felicidad. Grafica No. 6- INFOGRAFÍA DOMINIOS ESTRATÉGICOS: Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental. De igual manera, al interior de cada Dominio Estratégico, presentan unas categorías, que, dentro de la Ordenanza (la cual se está formalizando), direccionan cada una de ellas, lineamientos dirigidos a los municipios de Cundinamarca, con el fin de que sean adoptados por las entidades territoriales y sistemáticamente actualicen sus instrumentos de planificación territorial, como son los POT, los EOT, los PBOT, entre otros.
  • 19. 18 Cuadro 1. Dominios de las directrices de ordenamiento territorial del Dpto. de Cundinamarca con sus correspondientes categorías (artículos en la Ordenanza). SEGURO ESTRUCTURADO EQUILIBRADO ESPECIALIZADO INNOVADOR CONVERGENTE- COHESIONADO Protección Estructura Ecológica Departamental Accesibilidad integral al territorio por parte del ciudadano Producción Especializada y Compleja Convivencia y compatibilidad entre sectores Gestión del riesgo de desastre Ciudades inteligentes y sostenibles Territorios Inteligentes Solidaridad, reciprocidad y compensación interterritorial Resiliencia al Cambio Climático Soluciones a los conflictos de uso en límites de orden municipal Agrupamientos Industriales Permanencia de población oriunda Protección del patrimonio histórico y cultural Manejo de la conurbación Producción rural familiar especializada Principio de equidad territorial: solidaridad, reciprocidad y compensación territorial Función social y ecológica de la propiedad Red de infraestructura y equipamientos regionales Cadenas productivas tradicionales y emergentes de Cundinamarca Integración regional y subregional: esquemas asociativos territoriales Planificación y Gestión del Ordenamiento territorial y urbanístico sostenible. Previsión y reserva de suelo para nuevos desarrollos Directrices sobre intervenciones territoriales departamentales, asociadas a garantizar un territorio innovador y especializado Utilización racional de los recursos naturales Red de nodos jerarquizados y caracterizados por su rol territorial Directrices sobre intervenciones territoriales Departamentales, asociadas a garantizar un territorio seguro. Acceso a la vivienda Sistema territorial urbano, urbano-rural y rural. Directrices de intervenciones territoriales departamentales, asociadas a garantizar un territorio estructurado y equilibrado.
  • 20. 19 6. SEGUIMIENTO Y CONTROL, DE LAS DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO DEPARTAMENTAL. Esta etapa de las directrices de ordenamiento territorial, son de las más importantes que posee la presente normatividad, y de las cuales realiza una observancia a todos los municipios en la actualización y desarrollo en sus planes de ordenamiento territorial municipal, y para ello el departamento, tendrá que valerse de herramientas, de instrumentos tecnológicos y de personal altamente calificados en el seguimiento y control de las presentes directrices. Para tales fines, necesitara de: a. Sistemas de indicadores de sostenibilidad territorial.- prestará un servicio público para obtener, disponer y difundir información integral y oportuna sobre la situación física del territorio, el paisaje, el patrimonio cultural, los riesgos y las aptitudes, modos de asentamientos, vivienda, grados de ocupación, distribución espacial de actividades, afecciones, conflictos, capacidad de soporte del territorio, grado de vulnerabilidad. b. Modernización del sistema de información territorial departamental -SITD. Se concibe como una herramienta de gestión de la información y del conocimiento; que permita mantener actualizados las estadísticas Departamentales, al igual que la Cartografía Departamental. c. Directrices Estructurantes que regulan el proceso de revisión, ajuste y/o implementación. Los municipios y demás esquemas asociativos territoriales subregionales, deberán comunicar a la Secretaria de Planeación de la Gobernación de Cundinamarca, que se iniciará un proceso de formulación, revisión y ajuste de sus instrumentos de planificación del ordenamiento territorial correspondientes, para que la Secretaria de Planeación Departamental, les facilite el Concepto sobre el Modelo de Ocupación Territorial Departamental – MOTD, para que sea tenido en cuenta en el proceso de ajuste, como conjunto de directrices Estructurantes y no Estructurantes. d. Comisión de control y regional del ordenamiento territorial.- estas dos comisiones, se caracterizan: Se creará la Comisión de Control del Ordenamiento Territorial, de naturaleza colegiada, que tendrá por función servir de instancia técnica, consultiva, asesora
  • 21. 20 y ejecutiva del Gobierno Departamental para el ejercicio del control normativo y de gestión al cumplimiento de las normas Departamentales en materia de ordenamiento del territorio. Así mismo, La Comisión Regional de Ordenamiento Territorial -CROT del Departamento de Cundinamarca, conocerá de la observancia y de la no observancia de las Directrices en los procesos de formulación o ajuste de un instrumento de planificación del ordenamiento territorial en los siguientes eventos: 1. Por el reporte la Secretaría de Planeación de la Gobernación. 2. Por la verificación directa del instrumento. 3. Por la constatación material, porque la transformación y/o el uso del suelo así lo demuestran. Este seguimiento y control, se manifiesta en la siguiente gráfica: Grafica No. 7. Seguimiento y control de las Directrices Fuente: Análisis sectorial de expertos de apoyo y grupo de la Dirección técnica de Desarrollo Regional de Planeación Departamental.
  • 22. 21 De igual manera, la implementación de las presentes directrices, se dará aproximadamente en dos (2) años, una vez las adopte el Departamento de Cundinamarca, a través de la Asamblea Departamental, teniendo en cuenta que dependemos de la conceptualización de las entidades nacionales y departamentales, a quienes se les realizo la respectiva socialización. De otro lado, la estructura de las Directrices Departamentales presentada en los estudios actuales, son un ejemplo del gran trabajo profesional interdisciplinario, y de la utilización de recursos económicos, de logística y tecnológicos, entre otros, el cual se realiza con la intervención de los actores sociales mediante procesos participativos y de socialización. El Grupo técnico de la Dirección de Desarrollo Regional perteneciente a la Secretaria de Planeación Departamental, agradece su esfuerzo y empeño en estudiar, aprender y sensibilizarse con el desarrollo del territorio Cundinamarqués, teniendo en cuenta que a nuestro entorno, debemos quererlo, cuidarlo, mejorarlo para que sus recursos no renovables como el agua y demás, sigan siendo aprovechadas por las futuras generaciones. Después de realizar la lectura, no olvide responder el cuestionario dispuesto en la plataforma.