1. I. Historia de la eutanasia
II. Formas de aplicación de la
eutanasia
III. La iglesia y la eutanasia
IV. La eutanasia en México
2. La Eutanasia es un término
que para nuestra sociedad ha
tendido a una carga emotiva
de tipo negativo,
paradójicamente proviene de
las voces griegas “eu”
(buena) y “thánatos” (muerte),
esto es, hace alusión a una
muerte buena o un bien morir.
3. El ser humano debe tener derecho a que se le respete la libertad
de acortar su vida o acelerar su muerte para terminar con sus
sufrimientos personales o familiares, ocasionados por una
enfermedad incurable en fase terminal.
4. A lo largo de la historia el debate
entre la vida y la muerte siempre ha
existido, entre la aceptación o el
rechazo hacia esta práctica.
HISTORIA
5. Sin embargo para fines del siglo XIX en América del Sur existía
la persona del “despenador” o “despenadora” encargada de
hacer morir a los moribundos desahuciados a petición de
parientes.
6. Formas de aplicarse la
EUTANASIA PASIVA
se produce cuando se suspende el uso de los instrumentos que apoyan la vida
o aquellos suministros de medicamentos, de tal forma que se produzca la
muerte que no contraría la ley natural.
EUTANASIA ACTIVA
la eutanasia activa supone la intervención directa que ocasiona la muerte del
paciente poniendo fin a su sufrimiento, como la solicitud directa por parte del
paciente o enfermo terminal de querer poner fin a su vida.
SUICIDIO ASISTIDO
Este se produce cuando alguien le da información y los medios necesarios a un
paciente para que pueda terminar fácilmente con su propia vida.
7. Iglesia y la Eutanasia
La iglesia rechaza actualmente la Eutanasia, la cual ha
realizado una serie de declaraciones… “Respetamos
sinceramente la conciencia de las personas,
Comprendemos también que determinados
condicionamientos psicológicos, culturales y sociales
pueden llevar a realizar ciertas acciones, pero no se
puede negar la existencia de una batalla jurídica y
publicitaria, con el fin de obtener el reconocimiento del
llamado ‘derecho a la muerte digna”.
8. Considera a la
Eutanasia como una
forma de homicidio,
pues implica que un
hombre da muerte a
otro, ya mediante un
acto positivo, ya
mediante la omisión de
la atención y cuidados
debidos. La Iglesia
católica, confirmo que la
eutanasia es una grave
violación de la Ley de
Dios en cuanto
eliminación deliberada y
moralmente inaceptable
de una persona humana
Iglesia y la eutanasia
10. El código federal no regula la eutanasia, solo se refiere a la ayuda
e inducción al suicidio, actualmente solo 8 estados la regulan
con pocos requisitos estos son: Coahuila, Durango, Hidalgo,
Estado de México, Morelos, Querétaro, Quintana Roo y Tabasco.
Se encuentra prevista en el NCPDF, dedicado a los delitos contra
la vida y la integridad corporal, en el articulo 127, que dice… “
Al que prive la vida a otro por petición expresa, libre reiterada,
seria e inequívoca de éste, siempre que medien razones
humanitarias y la víctima padeciera una enfermedad incurable,
en fase terminal se le impondrá prisión de 2 a 5 años.”
11. La legislación NO EXONERA, solo penaliza a la eutanasia de forma muy
atenuada, penalidad que contrasta con la penalidad del homicidio simple, que
tiene de 8 a 20 de prisión, o el homicidio calificado que penaliza de 20 a 50
años de prisión.
De acuerdo con el texto legal la eutanasia solo puede ser dolosa en virtud de:
Por petición expresa, libre, reiterada, seria e inequívoca que reciba el activo y
que lo concientizan de toda la situación.
Las razones humanitarias que mueven a la persona a causar la muerte.
El articulo 76 determina los delitos que pueden cometerse culposamente, que
recoge en un listado el articulo 127 que regula a la eutanasia.
12. Estos puntos se reducen a :
Este delito será juzgado por 2 factores:
• La eutanasia por acción dolosa,
consumada y en tentativa.
• La eutanasia por omisión.