1. NOCIÓN GENERAL DE PROCEDIMIENTO
Concepto, características, diferencias con el procedimiento civil.
Principios, doctrinarios, constitucionales, legales y jurisprudenciales.
Concepto de Procedimiento (Iniciación, Sustanción, Terminación y
Ejecución)
Actividad Nro. 5
Universidad Fermín Toro
Decanato de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Iván José Cubillán Suárez
Prof. Emily Ramirez
Derecho Administrativo II
2015/BI - - SAIA C
2015
2. El término procedimiento hace referencia al
conjunto de acciones u operaciones que tienen
que realizarse de la misma forma, para obtener
siempre el mismo resultado bajo las mismas
circunstancias.
Es la sucesión cronológica y secuencial de
operaciones. Mediante procedimientos se
desempeñan las tareas en una organización.
Hace alusión al grupo de operaciones
generalmente secuencialmente vinculadas y su
método o forma de ejecución.
PROCEDIMIENTO
3. Es la vía formal de una serie de actos que concreta la actuación
de la administración para que la ejecución de sus objetivos, no
sea confundido con el proceso administrativo como instancia
jurídica del fuero contencioso administrativo. Tiene por finalidad
de actos administrativos.
En discrepancia con la actividad privada, la administrativa
requiere parámetros formales estrictos, constituyendo la garantía
de los ciudadanos en el sentido de que la actuación está
conforme con el orden jurídico y que ésta puede ser conocida y
fiscalizada por los ciudadanos.
Se configura como garantía al ciudadano de que la
Administración actuar sin arbitrariedad ni discrecionalidad,
siguiendo pautas del procedimiento administrativo, que el
administrado está en capacidad de conocer dejando a un lado la
indefensión.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
4. Carácter tuitivo a favor del interesado, protege al accionante.
Gratuito.
Medio al servicio de varios fines: la calidad del acto, la
objetividad, la protección del ciudadano contra la arbitrariedad
de la Administración.
Garantía del buen funcionamiento de la Administración pública.
Instrumental, vinculados con la coerción del Derecho, que
garantizan la eficacia de normas sustantivas.
Prescribe la forma en que debe actuar la administración y
procuran que ésta no ejerza su poder, con prerrogativas que le
son inherentes, en forma injusta e irrazonable.
Tiende a determinar la verdad real que satisfaga el interés
público.
Preliminar, constitutivo, funcional, bilateral, inquisitivo e
impugnativo
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Características
5. 1. Principio de la Economía Procedimental (Articulo 30. LOPA).
Principio de Economía en el Empleo de los Medios Jurídicos.
(Articulo 35. LOPA).
Principio de la Doble Instancia. (Articulo 81 y ss.. LOPA).
Principio de la Simplificación de Trámites. (Articulo 1 y 4.
LSTA).
2. Principio de la Oficialidad (Articulo 53 y 54. LOPA).
Principio de la Impulsión de Oficio. (Articulo 53. LOPA).
Principio de la Instrucción. (Articulo 56 y 66. LOPA).
Principio de Investigación de la Verdad Material. (Articulo
54. LOPA).
3. Principio de Antiformalismo.
Globalidad (Articulo 62 y 89 LOPA).
Pruebas (Articulo 58. LOPA).
Errores en la Calificación (Articulo 86. LOPA).
Conservación del Acto (Artículo 21. LOPA).
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Principios (Eficacia Administrativa)
6. 1. Principio de Eficacia o Administración Eficiente
(Articulo 30. LOPA).
2. Principio de Información General (Articulo 33 y 59.
LOPA).
3. Principio de Unidad del Expediente (Articulo 31.
LOPA).
4. Principio de Imparcialidad (Articulo 30. LOPA).
5. Principio de Administración al Servicio del
Ciudadano (Articulo 141. CRBV).
6. Principio de Buena Fe del Ciudadano (Articulo 8 y
9. LSTA).
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Principios (Racionalidad Administrativa)
7. 1. Principio de Proporcionalidad (Articulo 12.
LOPA).
2. Principio de Independencia de
Responsabilidades.
3. Principio de Competencia (Articulo 137. CRBV).
4. Principio de Presunción de Legitimidad (Articulo
87. LOPA).
5. Principio de Revisión de Oficio (Articulo 81 y ss.
LOPA).
6. Principio del Agotamiento de la Vía
Administrativa (Articulo 93. LOPA).
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Principios (Organización Administrativa)
8. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fases
Iniciación
De oficio por acuerdo del órgano competente, orden superior o por denuncia.
Corresponde a la autoridad administrativa competente o superior ordenar la
apertura del procedimiento y la notificación de los particulares. Articulo 48. LOPA
Apertura del Procedimiento - Notificación a los Particulares - Exposición de
Alegatos - Promoción de Pruebas.
A instancia de parte. Corresponde al particular que ostenta un derecho subjetivo
o un interés legítimo y directo.
Reunir requisitos: En caso de faltar alguno de estos requisitos, se notificará al
interesado, quien tiene quince (15) días para subsanar la falta u omisión (Art. 50
LOPA)
Nombre y apellidos interesado o representante.
Hechos, razones y petición.
Lugar y fecha.
Firma del solicitante.
Órgano al que se dirige.
Legitimación: Artículos 2 y 22. LOPA
REQUISITOS
SUBJETIVOS OBJETIVOS
LEGITIMACION (Artículos
2 y 22. LOPA)
SOLICITUD ESCRITA
(Artículos 48 y 49. LOPA)
9. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fases
Sustanciación
Etapa variable del Procedimiento incluye actos de
instrucción para proporcionar al órgano decisorio
elementos de juicio para adecuada decisión.
La Sustanciación se constituye por las aquellas
actividades que aportan datos facticos o jurídicos
fundamento de la decisión.
INFORMESPRUEBASALEGATOSPRINCIPIOS
10. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Acto Administrativo
Noción más importante del Derecho Administrativo
El Derecho Administrativo, gira en torno a éste
concepto fundamental
Sin Acto Administrativo no existe procedimiento no
tiene razón de ser
El Derecho Administrativo al , como el derecho que
regula la actividad administrativa, siempre se traduce
o tiene como presupuesto un Acto Administrativo