SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 36
Descargar para leer sin conexión
EL MENOR Y EL SEMIADULTO
ANTE LA MODERNA PSICOLOGÍA
    EVOLUTIVA Y ANTE LA LO
8/2006 DE LA MODIFICACIÓN DE
         LA LORRPM
1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL
      MENOR Y AL SEMIADULTO
Antecedente legal y doctrinal más inmediato:

  Hasta la aprobación de la ley orgánica 10/1995 del
  código penal, los códigos precedentes fijaban la
  minoría de edad penal en dieciséis años:

a. Por debajo de esa edad el menor era inimputable
b. Entre los dieciséis y los dieciocho años se le
   aplicaba la atenuante de minoría de edad penal
c. A partir de los dieciocho desaparecía dicha
   atenuante.
• Los modernos avances de la biología la psicología y los
  estudios criminológicos sobre el incremento de la
  delincuencia juvenil ,venían evidenciando la diferencia
  cualitativa existente entre el menor y el adulto.

• La dogmática juridicopenal, a partir de la segunda mitad
  del siglo pasado , comenzara a posicionarse de forma
  unánime reclamando la exclusión de los menores de
  dieciocho años del derecho penal común y su
  sometimiento a a la jurisdicción especial de menores, para
  recibir un tratamiento acorde con su grado de madurez.

• Sin embargo el planteamiento doctrinal fue dispar cuando
  se trataba de los mayores de dieciocho pero menores de
  veintiuno , el llamado semiadulto o jóven adulto, siendo
  cualitativamente diferente del adulto y teniendo una
  capacidad de culpabilidad o imputabilidad disminuida.
• Unos autores defendían la aplicación de un
  tratamiento específico sólo a determinados
  semiadultos en la jurisdicción especial de
  menores, previa comprobación de su
  incompleta madurez; otros demandaban un
  tratamiento atenuatorio o especializado para
  todos los jóvenes adultos en el ámbito del
  Código penal; finalmente estaban los autores
  que postulaban un procedimiento singular, en
  una jurisdicción juvenil especial, al margen del
  derecho penal común.
Regulación actual en el código penal y en la LORRPM
 El artículo 19 del código penal de 1995: exclusión del menor de 18 años
                         del derecho penal común.

El artículo 19 declara que “los menores de 18 años no serán responsables
criminalmente con arreglo a este código”.
Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser
responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad
penal del menor:
-El legislador emplea el criterio de la edad para dejar exentos de responsabilidad
criminal prevista en el Código Penal a los menores de 18 años.
- únicamente queda excluido del ámbito de aplicación del Código Penal.
- hay una excepción entre jóvenes de 19 a 21 años.
- los menores de 18 años ya no van a ser juzgados por el código
 Penal, sino por la Ley de Responsabilidad Penal del Menor.
La 2ª parte de este artículo declara que:
   - el menor será responsable de sus actos.
   - se trata de una responsabilidad penal, establecida por
   la Ley de      Responsabilidad Penal del Menor.


El artículo 1.1. de la LORRPM de 2000: inicio de la
    Responsabilidad Penal del Menor a los 14 años.

   - determina la edad de inicio de responsabilidad Penal
   del Menor a los 14 años , para exigir la responsabilidad
   de los mayores de 14 años y menores de 18 años.
      Al menor de 14 años se le aplicará la legislación civil
        sobre protección de menores, puesto que carecen
        de capacidad de culpabilidad.
     Entre los 14 y los 18 años está la edad en que los
        menores podrán ser
     responsables penalmente de los hechos delictivos
        cometidos.
El menor es responsable penalmente porque tiene capacidad de comprender
    la significación antijurídica del hecho y de obrar con esta comprensión.
Esta capacidad de culpabilidad no es plena, porque los menores presentan
    diferencias características entre ellos, y entre estos y los adultos.
En definitiva, estos menores de entre 14 a 18 años tienen capacidad
    disminuida.
Después de establecerse la LORRPM algunos penalistas siguen discutiendo
    sobre el límite mínimo de edad de comienzo de la Responsabilidad Penal
    de Menor.
El derogado artículo 69 del Código Penal de 1995 y la exclusión
   excepcional de determinados semiadultos del Código Penal

• Con el Código Penal de 1995 la edad penal se encontraba en
  los 16 años .

       No existía LRPM

• La LRPM 2000 ampara a los menores entre 14 y 18 años. Hace
  aquí excepción a los semi-adultos entre 19-21 años.




Esto obliga a reformar el C.P. y añadir la excepción de
semi-adultos (19-21 años)
• Será el Juez Ordinario quién decida cómo
 juzgar

                          LORPM

                          C.P.

•   Surge la necesidad de concretar requisitos para la aplicación de las leyes:

     – Juez o Tribunal deben atender a la naturaleza y a la gravedad de los hechos
       así como a las circunstancias del menor
     – Se establecen tres condiciones; 2 objetivas y 1 subjetiva:

         • Falta o delito menos grave, sin peligro para la integridad física de las
           personas.
         • Ausencia de hechos delictivos después de cumplir los 18 años.
         • Madurez o capacidad de culpabilidad atenuada.

       Sistema cronológico-delictivo-conductual (Artículo 4 L.O. 5/2000)
•   Las condiciones anteriores no serán aplicadas a los mayores de 18 años
    imputados de delitos recogidos en la Disposición Adicional Cuarta de la
    LORPM:

     –   Homicidio
     –   Asesinato
     –   Violación
     –   Agresión Sexual Agravada
     –   Terrorismo
     –   Delitos sancionados en el C.P. con pena de prisión igual o superior a 15
         años.


 A pesar de todo el legislador opta por eliminar todos estos
  preceptos en la Disposición Derogatoria Única de la L.O.
  8/2006 discriminando de manera injustificada a un sector de
  la población por su edad.
2. APORTACIONES DE LA MODERNA PSICOLOGÍA
 EVOLUTIVA SOBRE LA CAPACIDAD DE CULPABILIDAD
               DEL ADOLESCENTE
• Régimen Jurídico demanda un estudio
  particularizado del contenido de la capacidad
  de culpabilidad y su fundamento en el período
  de la adolescencia.



          • PSICOLOGÍA EVOLUTIVA
Características del desarrollo
                evolutivo
             (introducción).
• Psicología Evolutiva:
  – Estudia los cambios que sobreviven a las personas
    a medida que avanza la edad.
  – Explica:
     •   El desarrollo de la capacidad intelectual del sujeto
     •   La facultad para comprender la sociedad
     •   Las normas que regulan la convivencia
     •   Los períodos en los que suelen ordenarse los cambios
         que se dan durante el desarrollo humano
Características del desarrollo
               evolutivo
            (introducción).
• Desarrollo humano es:

  – Multidimensional.

  – Interdisciplinario.
– Multidimensional. Porque se trata de un proceso
  complejo. Dividido en cuatro dimensiones básicas:

      –   Desarrollo físico
      –   “ cognitivo
      –   “ emocional
      –   “ social
– Interdisciplinario. Interdependencia entre
       diferentes capacidades cognitivas.
          • A su vez, las capacidades cognitivas dependen de:
                        »   Salud emocional
                        »   Salud física
                        »   Experiencia social
                        »   Desarrollo social. influido por:



Maduración biológica.        Comprensión cognitiva.   Reacciones emocionales.
• En el desarrollo influye.

   – Herencia. Entendida como un
     conjunto de factores biológicos
     y genéticos.

   – Ambiente. Condicionante que
     interactúa en el curso del
     desarrollo humano.

• Carácter continuo del
  desarrollo.

   – El desarrollo del ser humano
     continúa su proceso de
     adaptación y cambio.
• El desarrollo se efectúa a través de una serie de
  estadios:
   –   Prenatal
   –   Infancia
   –   Niñez
   –   Adolescencia
   –   Juventud
   –   Madurez
   –   Vejez

• Tres grandes períodos de cambio en el desarrollo
  humano:
   – Desarrollo infantil
   – Desarrollo adolescente
   – Desarrollo adulto
• Los psicólogos apelan a la edad para señalar el
  momento en el que aparecen y terminan
  determinados cambios físicos, cognitivos,
  emocionales y sociales.

• Sin embargo, sabemos que la edad no
  produce el cambio, el desarrollo puede
  producirse por otras fuerzas a determinadas
  edades.
Cambios cognitivos
    durante la adolescencia.
•   Psicología evolutiva

     – Desarrollo cognitivo – cambios que sobrevienen a las personas en el proceso
       de avance del pensamiento, memoria, razonamiento, de la forma de
       solucionar problemas,…durante el ciclo vital.

     – Principal teórica de la T. del desarrollo cognitivo es Piaget. Según éste,
       durante el desarrollo cognitivo se produce una serie de cambios secuenciales
       en la organización del pensamiento(en la forma de pensar y razonar del ser
       humano) que vienen delimitados por varias etapas o estadios, cada uno de los
       cuales implica modificaciones cualitativas en el pensamiento.

     – Las edades medias de cada periodo varían sensiblemente de un medio social
       a otro.

     – Las modernas posiciones doctrinales efectúan una reorientación de la T. de
       Piaget.
               Las posiciones neopiagetianas defienden la presencia de una
                secuencia de estadios en el desarrollo cognitivo así como que los
                cambios son cualitativos y cuantitativos.
• Adolescencia.
  – Existe un consenso entre los psicólogos del desarrollo al definir la
    adolescencia como el período de transición entre la infancia y la
    edad adulta (12 - 13 años hasta 18-20 años).

  – Comienza aproximadamente cuando se produce el hecho biológico
    de la pubertad: transformaciones físicas encaminadas a alcanzar la
    plena madurez sexual del niño/a. Aunque su finalización es más difícil
    de definir, ya que no esta marcada por ningún hecho biológico sino
    que simplemente termina con el inicio de la edad adulta: cuando el
    adolescente ha alcanzado su pleno desarrollo físico, cognitivo, social y
    legal, que socialmente se exterioriza mediante la adopción de roles
    propios de los adultos.

  – Piaget explica los cambios cognitivos que se producen en la forma de
    pensar y razonar. Para él, el inicio del pensamiento formal o abstracto
    se produce hacia los 12 años, y a partir de ahí progresivamente (no
    automáticamente) el adolescente va adquiriendo una nueva forma de
    pensar (reflexión libre y desligada de lo real). La conclusión de esta
    etapa cerca de los 20 años cuando la capacidad cognitiva alcanza un
    estado óptimo y estabilizado, con escasos progresos posteriores.
Desarrollo de la capacidad
  de comprensión social
Proceso de socialización: aprendizaje o
interiorización por parte de los individuos de
una determinada sociedad de las normas,
roles, valores y costumbres que otros han
definido previamente, de acuerdo con las
cuales se produce la comunicación y
cooperación social.
El desarrollo social tiene lugar
lentamente, mediante la interacción del
individuo con la sociedad, a través de la
familia, la escuela, la iglesia, los grupos
deportivos, las instituciones públicas, el
sistema jurídico … a medida que vaya
adquiriendo y aplicando sus sofisticadas
habilidades cognitivas al mundo social
en los distintos campos.
El progreso de la adopción de
perspectivas sociales, el campo
moral, legal o político exige una base
de evolución cognitiva. Es decir
EXISTE UNA RELACIÓN ENTRE EL
DESARROLLO INTELECTUAL Y EL
SOCIAL.
• Secuencia vertical
• Secuencia horizontal
Estudios empíricos sobre la
  concepción de las leyes y las
  razones de su cumplimiento
      por los adolescentes
Objeto : como evoluciona la capacidad del sujeto
para entender la legalidad vigente de la sociedad
en la que vive, especialmente en la adolescencia.
El razonamiento legal durante la
     adolescencia no es estático, sino que
     va evolucionando en dos direcciones:

a. Se produce un descenso de la concepción concreta y
   restrictiva o represora de la ley ( muy frecuente al
   principio de la adolescencia e inusual al final ).

b. Al mismo tiempo, tiene lugar un incremento del
   pensamiento abstracto y beneficioso de la ley,
   inusual al principio de la adolescencia y frecuente al
   final).
Análisis de los motivos que llevan a
         los adolescentes y a los adultos a
                  cumplir las leyes
•         Menores de 12 años: Cumplen las leyes para evitar consecuencias
                              negativas y para obedecer a la autoridad.

•        A partir de los 12 años: Adolescencia : dinamismo en las distintas causas. A
          medida que aumenta la edad desciende el número de sujetos que cumplen
                las leyes por temor al castigo y por obediencia a la autoridad.
                        A la vez surgen otras :conformidad social
                                                Conformidad personal
                                                Racional-beneficioso-utilitario
                                                 Y al final aparecen los principios

    •     Adultez : Estabilidad : La mayoría por razones valorativas ( Conformidad
                      social,personal, Racional-beneficioso-utilitario…)
La capacidad de autodeterminación o libertad de la voluntad
         como fundamento de la capacidad de culpabilidad
•    En el área del Derecho Penal, la capacidad de culpabilidad se entiende como los requisitos
     psicológicos que habrán de concurrir en una persona para que el Estado la considere en
     condiciones de responder frente a la sociedad por los actos que realice en su contra.

•    La capacidad del sujeto para comprender el carácter ilícito de su conducta, como la capacidad
     social y legal, no es suficiente para decidir su actuación en el sentido esperado por la ley.
     Necesita además de la aptitud psíquica para autodeterminar su voluntad en ese sentido.

•    La causa última o el fundamento de la capacidad de culpabilidad se halla en esa capacidad de
     autodeterminación o libertad de la voluntad que posee el sujeto.

•    Esta capacidad tiene carácter dinámico, ya que al ser fruto de un continuo proceso de
     evolución y transformaciones psicológicas, su grado de desarrollo es distinto en la
     adolescencia y la adultez.
            - Durante la adolescencia, el sujeto es cualitativamente distinto del adulto porque
     posee una mitigada capacidad de comprensión social y legal, así como una capacidad
     igualmente atenuada para autodeterminar su voluntad conforme a tal comprensión.
            - El adulto, se encuentra en un período estable del ciclo vital y, por lo tanto, posee una
     capacidad plena de autodeterminación.
Diferentes grados de capacidad de culpabilidad y su
                  fundamento por razón de la edad
•   Insuficiente capacidad de culpabilizar en el mayor de doce años y menor de
    catorce.

    - Desde el punto de vista cualitativo, el menor solamente ha comenzado a desarrollar su
    capacidad para comprender la sociedad y las leyes que la regulan, pero no permite afirmar
    que comprende suficientemente tanto las distintas funciones beneficiosas y restrictivas que
    cumplen las leyes en la organización de la convivencia social, ni el verdadero alcance de sus
    acciones.

    - Desde la perspectiva cuantitativa, no se aconseja atribuir capacidad de culpabilidad al
    menor de catorce años. La edad de inicio de las operaciones abstractas no está determinada,
    por lo que los menores comenzarán a disponer de esta capacidad dependiendo de la
    estimulación social recibida y otros factores. No obstante, en la mayoría de los casos este
    desarrollo concluye a los catorce años y, por ello, hasta esta última edad la capacidad de
    culpabilidad del conjunto de los menores es insuficiente.
•   Disminuida capacidad de culpabilidad en el semiimputable de entre catorce y
    dieciocho años.

    Tal capacidad se basa en tres razones:

    - La primera, de carácter cualitativo, se basa en el progreso que experimenta el elemento
    intelectual de la capacidad de culpabilidad. El menor muestra una aceptable comprensión
    abstracta de la ley, así como de las funciones que ésta desempeña en la organización de la
    convivencia social.

    - La segunda, también de naturaleza cualitativa, se cifra en que, a causa de la anterior
    evolución, aumenta la capacidad de autodeterminar la voluntad para obrar conforme a esa
    comprensión. De este modo, al ser suficiente el desarrollo de la capacidad intelectual,
    también lo es el de la capacidad volitiva.

    - La tercera, de índole cuantitativa, consiste en que ha desaparecido la causa que
    desaconsejaba no reconocer capacidad de culpabilidad por razones de edad, puesto que a
    partir de los catorce años los menores ya disponen de capacidad suficiente para comprender
    la antijuridicidad de su conducta, así como para autodeterminar su voluntad conforme a ella.
Disminuida capacidad de culpabilidad en
 el semiadulto mayor de 18 años y menor
                 de 20
• El semiadulto es
  cualitativamente distintito al
  adolescente y al adulto.

• Son razones cualitativas y
  cuantitativas las que
  conducen a defender su
  capacidad de culpabilidad
  disminuida.

• Se evitara la situación injusta,
  por el resultado de atribuir la
  capacidad de culpabilidad
  plena a quien no la tiene
3. VALORACIÓN DE LA MODIFICACIÓN
          DE LA LORRPM
                    MOTIVOS:
•   Aumento de los delitos en menores
•   Preocupación social
•   Desgaste de credibilidad de la ley
•   Aumento de los delitos de carácter violento.
• Los delitos con violencia e intimidación con 14 y 15 años, el
  castigo se incrementa en 2 a 3 años; con 16 y 17 años se
  incrementa a 5 y 6 años de pena.

• Los delitos graves (violación, homicidio…)con 14 y 15 años de
  edad, se aumenta entre 4 y 5 años de castigo; mayores de
  esas edad, se aumente desde 1 año a 8años de pena.

• Cuando el menor a alcanzado la mayoría de edad, es el/la
  Juez, el que determina el cumplimiento de la pena en un
  Centro Penitenciario o en el mismo Centro de Menores.
Compatibilidad entre la decisión de endurecer las medidas e
       imponer a los menores y los estudios de Psicología
                             evolutiva.

• A partir de los 14 años de edad todos los menores poseen una
  capacidad de culpabilidad atenuada.

• Entre los 16 y 18 años de edad, la facultad intelectual y volitiva
  experimenta un apreciable incremento.

• Defiende la idea de que una importante dotación
  presupuestaria destinada a incrementar tanto el Nº de Centro
  de Menores como diverso personal especializado, psicólogos,
  educadores, etc.
El error de excluir al semiadulto de la
   jurisdicción especial de menores

• Aconsejan no reconocerle plena capacidad de
  culpabilidad
¡¡¡FIN!!!




GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN

Más contenido relacionado

Similar a Menor y el semiadulto ante la moderna.

La delincuencia juvenil
La delincuencia juvenilLa delincuencia juvenil
La delincuencia juvenilwendyjohanna
 
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilPautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilRose Acha
 
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilPautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilGloria Achá
 
adolescente infractor de la ley
adolescente infractor de la leyadolescente infractor de la ley
adolescente infractor de la leyDante Buendia Lima
 
Clase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego Portales
Clase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego PortalesClase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego Portales
Clase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego PortalesFrancisco J. Estrada Vásquez
 
Ana Verónica Cruz Leyva. Ensayo Final
Ana Verónica Cruz Leyva. Ensayo FinalAna Verónica Cruz Leyva. Ensayo Final
Ana Verónica Cruz Leyva. Ensayo FinalveronikaLeyva
 
El Adolescente Infractor de la Ley Penal
El Adolescente Infractor de la Ley PenalEl Adolescente Infractor de la Ley Penal
El Adolescente Infractor de la Ley PenalJhonathan Albino
 
Diapositivas boulangger baltodano.
Diapositivas   boulangger baltodano.Diapositivas   boulangger baltodano.
Diapositivas boulangger baltodano.Jhenifer BBaltodano
 
Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]
Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]
Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]filosofia7
 
Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7
Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7
Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7Julio Ríos
 
Ley penal juvenil
Ley penal juvenilLey penal juvenil
Ley penal juvenilJuarezTS
 
Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...
Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...
Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...JaiderLeonardo
 
Ponencia ps184 Mujeres Por Puerto Rico
Ponencia ps184 Mujeres Por Puerto RicoPonencia ps184 Mujeres Por Puerto Rico
Ponencia ps184 Mujeres Por Puerto RicoMujeresPorPR
 
Ley1098 codigo de la infancia
Ley1098 codigo de la infanciaLey1098 codigo de la infancia
Ley1098 codigo de la infanciaelizabeth medrano
 
PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...
PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...
PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...jose7carlosmoya
 
Jhon Gamarra - MIMDES
Jhon Gamarra - MIMDESJhon Gamarra - MIMDES
Jhon Gamarra - MIMDESwvperu
 
trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...
trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...
trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...SergioBenavides30
 

Similar a Menor y el semiadulto ante la moderna. (20)

La delincuencia juvenil
La delincuencia juvenilLa delincuencia juvenil
La delincuencia juvenil
 
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilPautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
 
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenilPautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
Pautas para la aplicaion del enfoque socioeducativo en justicia penal juvenil
 
adolescente infractor de la ley
adolescente infractor de la leyadolescente infractor de la ley
adolescente infractor de la ley
 
Clase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego Portales
Clase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego PortalesClase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego Portales
Clase JPA en Diplomado Psicología Jurídica Universidad Diego Portales
 
Delincuencia juvenil
Delincuencia juvenilDelincuencia juvenil
Delincuencia juvenil
 
Ana Verónica Cruz Leyva. Ensayo Final
Ana Verónica Cruz Leyva. Ensayo FinalAna Verónica Cruz Leyva. Ensayo Final
Ana Verónica Cruz Leyva. Ensayo Final
 
El Adolescente Infractor de la Ley Penal
El Adolescente Infractor de la Ley PenalEl Adolescente Infractor de la Ley Penal
El Adolescente Infractor de la Ley Penal
 
Diapositivas boulangger baltodano.
Diapositivas   boulangger baltodano.Diapositivas   boulangger baltodano.
Diapositivas boulangger baltodano.
 
Teoría del menor maduro
Teoría del menor maduroTeoría del menor maduro
Teoría del menor maduro
 
Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]
Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]
Bajar la ley de Imputabilidad [En Contra]
 
Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7
Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7
Alternativa seducativas responsabilidadpenalmenores7
 
Ley penal juvenil
Ley penal juvenilLey penal juvenil
Ley penal juvenil
 
Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...
Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...
Restaurando la Convivencia: Un Enfoque Completo desde la Jurisprudencia, Norm...
 
Ponencia ps184 Mujeres Por Puerto Rico
Ponencia ps184 Mujeres Por Puerto RicoPonencia ps184 Mujeres Por Puerto Rico
Ponencia ps184 Mujeres Por Puerto Rico
 
Ley1098 codigo de la infancia
Ley1098 codigo de la infanciaLey1098 codigo de la infancia
Ley1098 codigo de la infancia
 
PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...
PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...
PRESENTACIÓN CONVERSATORIO NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Derecho Penal en Niñez y Adol...
 
Jhon Gamarra - MIMDES
Jhon Gamarra - MIMDESJhon Gamarra - MIMDES
Jhon Gamarra - MIMDES
 
ESTUDIO DE LA DELINCUENCIA JUVENIL
ESTUDIO DE LA DELINCUENCIA JUVENILESTUDIO DE LA DELINCUENCIA JUVENIL
ESTUDIO DE LA DELINCUENCIA JUVENIL
 
trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...
trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...
trabajo ley de ejecucion de penas y sistemas penitenciarios IIIsistemas penit...
 

Más de Clara Isabel Fernández Rodicio

Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractoresLas ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractoresClara Isabel Fernández Rodicio
 
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractoresLas ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractoresClara Isabel Fernández Rodicio
 

Más de Clara Isabel Fernández Rodicio (20)

Marginación
MarginaciónMarginación
Marginación
 
Tema 1
Tema 1Tema 1
Tema 1
 
Plantilla 26
Plantilla 26Plantilla 26
Plantilla 26
 
Plantilla 1
Plantilla 1Plantilla 1
Plantilla 1
 
Tema 3
Tema 3Tema 3
Tema 3
 
Prevencion ximena tocornal
Prevencion ximena tocornalPrevencion ximena tocornal
Prevencion ximena tocornal
 
Entrevista
EntrevistaEntrevista
Entrevista
 
Valoración del maltrato emocional infantil
Valoración del maltrato emocional infantilValoración del maltrato emocional infantil
Valoración del maltrato emocional infantil
 
Pericial pasicológica y técnicas de evaluación
Pericial pasicológica y técnicas de evaluaciónPericial pasicológica y técnicas de evaluación
Pericial pasicológica y técnicas de evaluación
 
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractoresLas ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
 
Conferencia
ConferenciaConferencia
Conferencia
 
T.3. entrevista
T.3. entrevistaT.3. entrevista
T.3. entrevista
 
Medidas penales alternativas
Medidas penales alternativasMedidas penales alternativas
Medidas penales alternativas
 
Protección de menores (1)
Protección de menores (1)Protección de menores (1)
Protección de menores (1)
 
Curso2010 2011
Curso2010 2011Curso2010 2011
Curso2010 2011
 
Exposición tema 4
Exposición tema 4Exposición tema 4
Exposición tema 4
 
Exposición tema 4
Exposición tema 4Exposición tema 4
Exposición tema 4
 
Tema 3
Tema 3Tema 3
Tema 3
 
Presentación examen
Presentación examenPresentación examen
Presentación examen
 
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractoresLas ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
Las ideas adolescentes acerca de las medidas dirigidas a los menores infractores
 

Último

tics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptx
tics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptxtics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptx
tics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptxazmysanros90
 
El_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptx
El_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptxEl_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptx
El_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptxAlexander López
 
Presentación inteligencia artificial en la actualidad
Presentación inteligencia artificial en la actualidadPresentación inteligencia artificial en la actualidad
Presentación inteligencia artificial en la actualidadMiguelAngelVillanuev48
 
Excel (1) tecnologia.pdf trabajo Excel taller
Excel  (1) tecnologia.pdf trabajo Excel tallerExcel  (1) tecnologia.pdf trabajo Excel taller
Excel (1) tecnologia.pdf trabajo Excel tallerValentinaTabares11
 
Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptx
Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptxMedidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptx
Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptxaylincamaho
 
GonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptx
GonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptxGonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptx
GonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptx241523733
 
Actividad integradora 6 CREAR UN RECURSO MULTIMEDIA
Actividad integradora 6    CREAR UN RECURSO MULTIMEDIAActividad integradora 6    CREAR UN RECURSO MULTIMEDIA
Actividad integradora 6 CREAR UN RECURSO MULTIMEDIA241531640
 
Hernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptx
Hernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptxHernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptx
Hernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptxJOSEMANUELHERNANDEZH11
 
dokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.ppt
dokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.pptdokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.ppt
dokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.pptMiguelAtencio10
 
LUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).ppt
LUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).pptLUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).ppt
LUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).pptchaverriemily794
 
definicion segun autores de matemáticas educativa
definicion segun autores de matemáticas  educativadefinicion segun autores de matemáticas  educativa
definicion segun autores de matemáticas educativaAdrianaMartnez618894
 
PARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdf
PARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdfPARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdf
PARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdfSergioMendoza354770
 
El uso de las TIC's en la vida cotidiana.
El uso de las TIC's en la vida cotidiana.El uso de las TIC's en la vida cotidiana.
El uso de las TIC's en la vida cotidiana.241514949
 
Arenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptx
Arenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptxArenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptx
Arenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptxJOSEFERNANDOARENASCA
 
Crear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptx
Crear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptxCrear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptx
Crear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptxNombre Apellidos
 
El uso delas tic en la vida cotidiana MFEL
El uso delas tic en la vida cotidiana MFELEl uso delas tic en la vida cotidiana MFEL
El uso delas tic en la vida cotidiana MFELmaryfer27m
 
TEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.ppt
TEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.pptTEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.ppt
TEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.pptJavierHerrera662252
 
LAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptx
LAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptxLAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptx
LAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptxAlexander López
 
Explorando la historia y funcionamiento de la memoria ram
Explorando la historia y funcionamiento de la memoria ramExplorando la historia y funcionamiento de la memoria ram
Explorando la historia y funcionamiento de la memoria ramDIDIERFERNANDOGUERRE
 
El uso de las tic en la vida ,lo importante que son
El uso de las tic en la vida ,lo importante  que sonEl uso de las tic en la vida ,lo importante  que son
El uso de las tic en la vida ,lo importante que son241514984
 

Último (20)

tics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptx
tics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptxtics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptx
tics en la vida cotidiana prepa en linea modulo 1.pptx
 
El_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptx
El_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptxEl_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptx
El_Blog_como_herramienta_de_publicacion_y_consulta_de_investigacion.pptx
 
Presentación inteligencia artificial en la actualidad
Presentación inteligencia artificial en la actualidadPresentación inteligencia artificial en la actualidad
Presentación inteligencia artificial en la actualidad
 
Excel (1) tecnologia.pdf trabajo Excel taller
Excel  (1) tecnologia.pdf trabajo Excel tallerExcel  (1) tecnologia.pdf trabajo Excel taller
Excel (1) tecnologia.pdf trabajo Excel taller
 
Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptx
Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptxMedidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptx
Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptx
 
GonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptx
GonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptxGonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptx
GonzalezGonzalez_Karina_M1S3AI6... .pptx
 
Actividad integradora 6 CREAR UN RECURSO MULTIMEDIA
Actividad integradora 6    CREAR UN RECURSO MULTIMEDIAActividad integradora 6    CREAR UN RECURSO MULTIMEDIA
Actividad integradora 6 CREAR UN RECURSO MULTIMEDIA
 
Hernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptx
Hernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptxHernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptx
Hernandez_Hernandez_Practica web de la sesion 11.pptx
 
dokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.ppt
dokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.pptdokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.ppt
dokumen.tips_36274588-sistema-heui-eui.ppt
 
LUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).ppt
LUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).pptLUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).ppt
LUXOMETRO EN SALUD OCUPACIONAL(FINAL).ppt
 
definicion segun autores de matemáticas educativa
definicion segun autores de matemáticas  educativadefinicion segun autores de matemáticas  educativa
definicion segun autores de matemáticas educativa
 
PARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdf
PARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdfPARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdf
PARTES DE UN OSCILOSCOPIO ANALOGICO .pdf
 
El uso de las TIC's en la vida cotidiana.
El uso de las TIC's en la vida cotidiana.El uso de las TIC's en la vida cotidiana.
El uso de las TIC's en la vida cotidiana.
 
Arenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptx
Arenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptxArenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptx
Arenas Camacho-Practica tarea Sesión 12.pptx
 
Crear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptx
Crear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptxCrear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptx
Crear un recurso multimedia. Maricela_Ponce_DomingoM1S3AI6-1.pptx
 
El uso delas tic en la vida cotidiana MFEL
El uso delas tic en la vida cotidiana MFELEl uso delas tic en la vida cotidiana MFEL
El uso delas tic en la vida cotidiana MFEL
 
TEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.ppt
TEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.pptTEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.ppt
TEMA 2 PROTOCOLO DE EXTRACCION VEHICULAR.ppt
 
LAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptx
LAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptxLAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptx
LAS_TIC_COMO_HERRAMIENTAS_EN_LA_INVESTIGACIÓN.pptx
 
Explorando la historia y funcionamiento de la memoria ram
Explorando la historia y funcionamiento de la memoria ramExplorando la historia y funcionamiento de la memoria ram
Explorando la historia y funcionamiento de la memoria ram
 
El uso de las tic en la vida ,lo importante que son
El uso de las tic en la vida ,lo importante  que sonEl uso de las tic en la vida ,lo importante  que son
El uso de las tic en la vida ,lo importante que son
 

Menor y el semiadulto ante la moderna.

  • 1. EL MENOR Y EL SEMIADULTO ANTE LA MODERNA PSICOLOGÍA EVOLUTIVA Y ANTE LA LO 8/2006 DE LA MODIFICACIÓN DE LA LORRPM
  • 2. 1. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL MENOR Y AL SEMIADULTO Antecedente legal y doctrinal más inmediato: Hasta la aprobación de la ley orgánica 10/1995 del código penal, los códigos precedentes fijaban la minoría de edad penal en dieciséis años: a. Por debajo de esa edad el menor era inimputable b. Entre los dieciséis y los dieciocho años se le aplicaba la atenuante de minoría de edad penal c. A partir de los dieciocho desaparecía dicha atenuante.
  • 3. • Los modernos avances de la biología la psicología y los estudios criminológicos sobre el incremento de la delincuencia juvenil ,venían evidenciando la diferencia cualitativa existente entre el menor y el adulto. • La dogmática juridicopenal, a partir de la segunda mitad del siglo pasado , comenzara a posicionarse de forma unánime reclamando la exclusión de los menores de dieciocho años del derecho penal común y su sometimiento a a la jurisdicción especial de menores, para recibir un tratamiento acorde con su grado de madurez. • Sin embargo el planteamiento doctrinal fue dispar cuando se trataba de los mayores de dieciocho pero menores de veintiuno , el llamado semiadulto o jóven adulto, siendo cualitativamente diferente del adulto y teniendo una capacidad de culpabilidad o imputabilidad disminuida.
  • 4. • Unos autores defendían la aplicación de un tratamiento específico sólo a determinados semiadultos en la jurisdicción especial de menores, previa comprobación de su incompleta madurez; otros demandaban un tratamiento atenuatorio o especializado para todos los jóvenes adultos en el ámbito del Código penal; finalmente estaban los autores que postulaban un procedimiento singular, en una jurisdicción juvenil especial, al margen del derecho penal común.
  • 5. Regulación actual en el código penal y en la LORRPM El artículo 19 del código penal de 1995: exclusión del menor de 18 años del derecho penal común. El artículo 19 declara que “los menores de 18 años no serán responsables criminalmente con arreglo a este código”. Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor: -El legislador emplea el criterio de la edad para dejar exentos de responsabilidad criminal prevista en el Código Penal a los menores de 18 años. - únicamente queda excluido del ámbito de aplicación del Código Penal. - hay una excepción entre jóvenes de 19 a 21 años. - los menores de 18 años ya no van a ser juzgados por el código Penal, sino por la Ley de Responsabilidad Penal del Menor.
  • 6. La 2ª parte de este artículo declara que: - el menor será responsable de sus actos. - se trata de una responsabilidad penal, establecida por la Ley de Responsabilidad Penal del Menor. El artículo 1.1. de la LORRPM de 2000: inicio de la Responsabilidad Penal del Menor a los 14 años. - determina la edad de inicio de responsabilidad Penal del Menor a los 14 años , para exigir la responsabilidad de los mayores de 14 años y menores de 18 años.  Al menor de 14 años se le aplicará la legislación civil sobre protección de menores, puesto que carecen de capacidad de culpabilidad. Entre los 14 y los 18 años está la edad en que los menores podrán ser responsables penalmente de los hechos delictivos cometidos.
  • 7. El menor es responsable penalmente porque tiene capacidad de comprender la significación antijurídica del hecho y de obrar con esta comprensión. Esta capacidad de culpabilidad no es plena, porque los menores presentan diferencias características entre ellos, y entre estos y los adultos. En definitiva, estos menores de entre 14 a 18 años tienen capacidad disminuida. Después de establecerse la LORRPM algunos penalistas siguen discutiendo sobre el límite mínimo de edad de comienzo de la Responsabilidad Penal de Menor.
  • 8. El derogado artículo 69 del Código Penal de 1995 y la exclusión excepcional de determinados semiadultos del Código Penal • Con el Código Penal de 1995 la edad penal se encontraba en los 16 años . No existía LRPM • La LRPM 2000 ampara a los menores entre 14 y 18 años. Hace aquí excepción a los semi-adultos entre 19-21 años. Esto obliga a reformar el C.P. y añadir la excepción de semi-adultos (19-21 años)
  • 9. • Será el Juez Ordinario quién decida cómo juzgar LORPM C.P. • Surge la necesidad de concretar requisitos para la aplicación de las leyes: – Juez o Tribunal deben atender a la naturaleza y a la gravedad de los hechos así como a las circunstancias del menor – Se establecen tres condiciones; 2 objetivas y 1 subjetiva: • Falta o delito menos grave, sin peligro para la integridad física de las personas. • Ausencia de hechos delictivos después de cumplir los 18 años. • Madurez o capacidad de culpabilidad atenuada. Sistema cronológico-delictivo-conductual (Artículo 4 L.O. 5/2000)
  • 10. Las condiciones anteriores no serán aplicadas a los mayores de 18 años imputados de delitos recogidos en la Disposición Adicional Cuarta de la LORPM: – Homicidio – Asesinato – Violación – Agresión Sexual Agravada – Terrorismo – Delitos sancionados en el C.P. con pena de prisión igual o superior a 15 años.  A pesar de todo el legislador opta por eliminar todos estos preceptos en la Disposición Derogatoria Única de la L.O. 8/2006 discriminando de manera injustificada a un sector de la población por su edad.
  • 11. 2. APORTACIONES DE LA MODERNA PSICOLOGÍA EVOLUTIVA SOBRE LA CAPACIDAD DE CULPABILIDAD DEL ADOLESCENTE • Régimen Jurídico demanda un estudio particularizado del contenido de la capacidad de culpabilidad y su fundamento en el período de la adolescencia. • PSICOLOGÍA EVOLUTIVA
  • 12. Características del desarrollo evolutivo (introducción). • Psicología Evolutiva: – Estudia los cambios que sobreviven a las personas a medida que avanza la edad. – Explica: • El desarrollo de la capacidad intelectual del sujeto • La facultad para comprender la sociedad • Las normas que regulan la convivencia • Los períodos en los que suelen ordenarse los cambios que se dan durante el desarrollo humano
  • 13. Características del desarrollo evolutivo (introducción). • Desarrollo humano es: – Multidimensional. – Interdisciplinario.
  • 14. – Multidimensional. Porque se trata de un proceso complejo. Dividido en cuatro dimensiones básicas: – Desarrollo físico – “ cognitivo – “ emocional – “ social
  • 15. – Interdisciplinario. Interdependencia entre diferentes capacidades cognitivas. • A su vez, las capacidades cognitivas dependen de: » Salud emocional » Salud física » Experiencia social » Desarrollo social. influido por: Maduración biológica. Comprensión cognitiva. Reacciones emocionales.
  • 16. • En el desarrollo influye. – Herencia. Entendida como un conjunto de factores biológicos y genéticos. – Ambiente. Condicionante que interactúa en el curso del desarrollo humano. • Carácter continuo del desarrollo. – El desarrollo del ser humano continúa su proceso de adaptación y cambio.
  • 17. • El desarrollo se efectúa a través de una serie de estadios: – Prenatal – Infancia – Niñez – Adolescencia – Juventud – Madurez – Vejez • Tres grandes períodos de cambio en el desarrollo humano: – Desarrollo infantil – Desarrollo adolescente – Desarrollo adulto
  • 18. • Los psicólogos apelan a la edad para señalar el momento en el que aparecen y terminan determinados cambios físicos, cognitivos, emocionales y sociales. • Sin embargo, sabemos que la edad no produce el cambio, el desarrollo puede producirse por otras fuerzas a determinadas edades.
  • 19. Cambios cognitivos durante la adolescencia. • Psicología evolutiva – Desarrollo cognitivo – cambios que sobrevienen a las personas en el proceso de avance del pensamiento, memoria, razonamiento, de la forma de solucionar problemas,…durante el ciclo vital. – Principal teórica de la T. del desarrollo cognitivo es Piaget. Según éste, durante el desarrollo cognitivo se produce una serie de cambios secuenciales en la organización del pensamiento(en la forma de pensar y razonar del ser humano) que vienen delimitados por varias etapas o estadios, cada uno de los cuales implica modificaciones cualitativas en el pensamiento. – Las edades medias de cada periodo varían sensiblemente de un medio social a otro. – Las modernas posiciones doctrinales efectúan una reorientación de la T. de Piaget.  Las posiciones neopiagetianas defienden la presencia de una secuencia de estadios en el desarrollo cognitivo así como que los cambios son cualitativos y cuantitativos.
  • 20. • Adolescencia. – Existe un consenso entre los psicólogos del desarrollo al definir la adolescencia como el período de transición entre la infancia y la edad adulta (12 - 13 años hasta 18-20 años). – Comienza aproximadamente cuando se produce el hecho biológico de la pubertad: transformaciones físicas encaminadas a alcanzar la plena madurez sexual del niño/a. Aunque su finalización es más difícil de definir, ya que no esta marcada por ningún hecho biológico sino que simplemente termina con el inicio de la edad adulta: cuando el adolescente ha alcanzado su pleno desarrollo físico, cognitivo, social y legal, que socialmente se exterioriza mediante la adopción de roles propios de los adultos. – Piaget explica los cambios cognitivos que se producen en la forma de pensar y razonar. Para él, el inicio del pensamiento formal o abstracto se produce hacia los 12 años, y a partir de ahí progresivamente (no automáticamente) el adolescente va adquiriendo una nueva forma de pensar (reflexión libre y desligada de lo real). La conclusión de esta etapa cerca de los 20 años cuando la capacidad cognitiva alcanza un estado óptimo y estabilizado, con escasos progresos posteriores.
  • 21. Desarrollo de la capacidad de comprensión social Proceso de socialización: aprendizaje o interiorización por parte de los individuos de una determinada sociedad de las normas, roles, valores y costumbres que otros han definido previamente, de acuerdo con las cuales se produce la comunicación y cooperación social.
  • 22. El desarrollo social tiene lugar lentamente, mediante la interacción del individuo con la sociedad, a través de la familia, la escuela, la iglesia, los grupos deportivos, las instituciones públicas, el sistema jurídico … a medida que vaya adquiriendo y aplicando sus sofisticadas habilidades cognitivas al mundo social en los distintos campos.
  • 23. El progreso de la adopción de perspectivas sociales, el campo moral, legal o político exige una base de evolución cognitiva. Es decir EXISTE UNA RELACIÓN ENTRE EL DESARROLLO INTELECTUAL Y EL SOCIAL.
  • 24. • Secuencia vertical • Secuencia horizontal
  • 25. Estudios empíricos sobre la concepción de las leyes y las razones de su cumplimiento por los adolescentes Objeto : como evoluciona la capacidad del sujeto para entender la legalidad vigente de la sociedad en la que vive, especialmente en la adolescencia.
  • 26. El razonamiento legal durante la adolescencia no es estático, sino que va evolucionando en dos direcciones: a. Se produce un descenso de la concepción concreta y restrictiva o represora de la ley ( muy frecuente al principio de la adolescencia e inusual al final ). b. Al mismo tiempo, tiene lugar un incremento del pensamiento abstracto y beneficioso de la ley, inusual al principio de la adolescencia y frecuente al final).
  • 27. Análisis de los motivos que llevan a los adolescentes y a los adultos a cumplir las leyes • Menores de 12 años: Cumplen las leyes para evitar consecuencias negativas y para obedecer a la autoridad. • A partir de los 12 años: Adolescencia : dinamismo en las distintas causas. A medida que aumenta la edad desciende el número de sujetos que cumplen las leyes por temor al castigo y por obediencia a la autoridad. A la vez surgen otras :conformidad social Conformidad personal Racional-beneficioso-utilitario Y al final aparecen los principios • Adultez : Estabilidad : La mayoría por razones valorativas ( Conformidad social,personal, Racional-beneficioso-utilitario…)
  • 28. La capacidad de autodeterminación o libertad de la voluntad como fundamento de la capacidad de culpabilidad • En el área del Derecho Penal, la capacidad de culpabilidad se entiende como los requisitos psicológicos que habrán de concurrir en una persona para que el Estado la considere en condiciones de responder frente a la sociedad por los actos que realice en su contra. • La capacidad del sujeto para comprender el carácter ilícito de su conducta, como la capacidad social y legal, no es suficiente para decidir su actuación en el sentido esperado por la ley. Necesita además de la aptitud psíquica para autodeterminar su voluntad en ese sentido. • La causa última o el fundamento de la capacidad de culpabilidad se halla en esa capacidad de autodeterminación o libertad de la voluntad que posee el sujeto. • Esta capacidad tiene carácter dinámico, ya que al ser fruto de un continuo proceso de evolución y transformaciones psicológicas, su grado de desarrollo es distinto en la adolescencia y la adultez. - Durante la adolescencia, el sujeto es cualitativamente distinto del adulto porque posee una mitigada capacidad de comprensión social y legal, así como una capacidad igualmente atenuada para autodeterminar su voluntad conforme a tal comprensión. - El adulto, se encuentra en un período estable del ciclo vital y, por lo tanto, posee una capacidad plena de autodeterminación.
  • 29. Diferentes grados de capacidad de culpabilidad y su fundamento por razón de la edad • Insuficiente capacidad de culpabilizar en el mayor de doce años y menor de catorce. - Desde el punto de vista cualitativo, el menor solamente ha comenzado a desarrollar su capacidad para comprender la sociedad y las leyes que la regulan, pero no permite afirmar que comprende suficientemente tanto las distintas funciones beneficiosas y restrictivas que cumplen las leyes en la organización de la convivencia social, ni el verdadero alcance de sus acciones. - Desde la perspectiva cuantitativa, no se aconseja atribuir capacidad de culpabilidad al menor de catorce años. La edad de inicio de las operaciones abstractas no está determinada, por lo que los menores comenzarán a disponer de esta capacidad dependiendo de la estimulación social recibida y otros factores. No obstante, en la mayoría de los casos este desarrollo concluye a los catorce años y, por ello, hasta esta última edad la capacidad de culpabilidad del conjunto de los menores es insuficiente.
  • 30. Disminuida capacidad de culpabilidad en el semiimputable de entre catorce y dieciocho años. Tal capacidad se basa en tres razones: - La primera, de carácter cualitativo, se basa en el progreso que experimenta el elemento intelectual de la capacidad de culpabilidad. El menor muestra una aceptable comprensión abstracta de la ley, así como de las funciones que ésta desempeña en la organización de la convivencia social. - La segunda, también de naturaleza cualitativa, se cifra en que, a causa de la anterior evolución, aumenta la capacidad de autodeterminar la voluntad para obrar conforme a esa comprensión. De este modo, al ser suficiente el desarrollo de la capacidad intelectual, también lo es el de la capacidad volitiva. - La tercera, de índole cuantitativa, consiste en que ha desaparecido la causa que desaconsejaba no reconocer capacidad de culpabilidad por razones de edad, puesto que a partir de los catorce años los menores ya disponen de capacidad suficiente para comprender la antijuridicidad de su conducta, así como para autodeterminar su voluntad conforme a ella.
  • 31. Disminuida capacidad de culpabilidad en el semiadulto mayor de 18 años y menor de 20 • El semiadulto es cualitativamente distintito al adolescente y al adulto. • Son razones cualitativas y cuantitativas las que conducen a defender su capacidad de culpabilidad disminuida. • Se evitara la situación injusta, por el resultado de atribuir la capacidad de culpabilidad plena a quien no la tiene
  • 32. 3. VALORACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA LORRPM MOTIVOS: • Aumento de los delitos en menores • Preocupación social • Desgaste de credibilidad de la ley • Aumento de los delitos de carácter violento.
  • 33. • Los delitos con violencia e intimidación con 14 y 15 años, el castigo se incrementa en 2 a 3 años; con 16 y 17 años se incrementa a 5 y 6 años de pena. • Los delitos graves (violación, homicidio…)con 14 y 15 años de edad, se aumenta entre 4 y 5 años de castigo; mayores de esas edad, se aumente desde 1 año a 8años de pena. • Cuando el menor a alcanzado la mayoría de edad, es el/la Juez, el que determina el cumplimiento de la pena en un Centro Penitenciario o en el mismo Centro de Menores.
  • 34. Compatibilidad entre la decisión de endurecer las medidas e imponer a los menores y los estudios de Psicología evolutiva. • A partir de los 14 años de edad todos los menores poseen una capacidad de culpabilidad atenuada. • Entre los 16 y 18 años de edad, la facultad intelectual y volitiva experimenta un apreciable incremento. • Defiende la idea de que una importante dotación presupuestaria destinada a incrementar tanto el Nº de Centro de Menores como diverso personal especializado, psicólogos, educadores, etc.
  • 35. El error de excluir al semiadulto de la jurisdicción especial de menores • Aconsejan no reconocerle plena capacidad de culpabilidad