1. Ejercicio de la profesión
en el servicio público de
salud
Javiera Antivilo Bruna
Dra. Garrido
2. El ingreso es generalmente mediante un
contrato indefinido, previo concurso
público de antecedentes.
- En casos excepcionales se puede ingresar
sin concurso cuando hay permuta de
cargos.
- Además pueden haber funcionarios con
contrato a plazo fijo por períodos menores
o iguales a un año calendario.
3. La carrera funcionaria está constituida por 15
niveles diversos, sucesivos y crecientes. Todo
funcionario está clasificado en un nivel de
acuerdo a su experiencia y capacitación.
Ascensos: Tres son los elementos que
constituyen la carrera funcionaria.
Experiencia - Capacitación - Mérito
De los elementos señalados, la experiencia y la
capacitación se ponderan en puntajes cuya sumatoria
permite el acceso a los niveles superiores. El mérito solo
sirve para obtener una asignación pecuniaria (asignación
de mérito).
Cada Entidad Administradora establece los puntajes de la
carrera funcionaria para cada categoría.
4. Por otra parte, esta modalidad de ejercicio de la profesión, se ve
orientada más bien al área de la cirugía y a la resolución de
urgencias, sin que muchas veces exista una cobertura asistencial
en lo referente a las otras ramas odontológicas más comunes.
Ventajas:
• Gran entrega a la sociedad, gratificante para el odontólogo.
• Sueldo fijo, que permite obtener jubilación.
• Acceso a previsión de salud.
• Posibilidad de perfeccionamiento y cursos de actualización.
• Posibilidad de lograr cargos como jefaturas y así poder elaborar planes de
tratamiento mas efectivos.
• Interacción del odontólogo con otros profesionales del área de la salud.
Desventajas:
• Cumplimiento de horario rígido.
• Retraso en la reparación de equipos en mal estado.
• Se cuenta con escaso material de trabajo.
• No hay un enfoque preventivo y educativo al paciente.
• Gran cantidad de pacientes en corto tiempo, en donde la mayoría de las
veces solo se realizan exodoncias, trepanaciones.
5. Término de la Carrera:
Renuncia voluntaria.
Falta de probidad, conducta inmoral o incumplimiento grave de
las obligaciones funcionarias, establecidos fehacientemente por
medio de un sumario.
Vencimiento del plazo del contrato.
Obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen
previsional, en relación con la función que desempeñen en un
establecimiento municipal de atención primaria de salud.
Disminución o modificación de la dotación (número total de horas
semanales de trabajo del personal que cada Entidad
Administradora requiere para el funcionamiento de los
establecimientos que administra)
Calificación en lista de Eliminación o, en su caso, en lista
Condicional, por dos periodos consecutivos o tres acumulados.
Salud irrecuperable o incompatible con el desempeño de su
cargo.
Estar inhabilitado para el ejercicio de funciones en cargos
públicos, o hallarse condenado por crimen o simple delito, con
sentencia ejecutoriada.
Fallecimiento
6. Remuneraciones: Se contemplan 3 categorías
Sueldo base: Dependiendo de la categoría, va desde los $
91.731 (auxiliares de servicio de Salud) hasta los $
290.547 (médicos cirujanos, farmacéuticos, químico-
farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos-dentistas). Si se
trata de contratos por jornadas parciales, el sueldo base no
puede ser inferior al mínimo nacional proporcionalmente
calculado en relación con la jornada de trabajo.
Asignación de atención primaria municipal.
Otras asignaciones: Asignación por responsabilidad
directiva, Asignación por desempeño en condiciones
difíciles, Asignación de zona, entre otras.
* Los profesionales funcionarios tienen derecho a un
aumento del sueldo base, por cada 3 años de antigüedad.
7. Sistema de calificación:
La calificación evalúa los doce meses de desempeño
funcionario comprendidos entre el 1° de septiembre y 31
de agosto del año siguiente.
Todos los funcionarios que tengan a lo menos seis meses
de desempeño continuo o discontinuo en el periodo serán
calificados. Quienes no reciban calificación, mantendrán en
el periodo la calificación anterior.
Los funcionarios serán ubicados en alguna de las listas de
calificación de acuerdo al puntaje obtenido en el respectivo
proceso. Existirán cuatro listas: Lista 1, Lista 2, Lista 3 y
Lista 4.
El reglamento de calificaciones de la entidad
administradora determinará los puntajes que corresponden
a cada una de ellas.
La Lista 3 corresponde a la lista Condicional y la Lista 4, a
la de Eliminación.