Marco conceptual del Sistema Nacional de Inversion Publica en el Perú. Forma parte de un Diplomado que se dicta en la Facultad de Economía en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
1. FORMULACIÓN,
EVALUACIÓN Y GESTION DE
PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA
La Normatividad del SNIP
Módulo I:
Expositor:
Mg. Juan Carlos Ferrer
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
UPG FCE
5. Sistemas
de Gestión
Servicio
Público
.... a fin de garantizar
la calidad del servicio
Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de
gestión que actúan como normas de calidad.
ciudadano
Estado
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DE GESTIÓN PÚBLICA
7. Expediente
Técnico
Ejecución de
Obra
Idea
Duplicidad de la inversión
Proyectos no sostenibles
Sobredimensionamiento de la inversión
Desviaciones de objetivos y políticas
Alto riesgo de la inversión
Proyectos no socialmente rentables
Con estos resultados:
USO INEFICIENTE DE LOS RECURSOS PÚBLICOS
PROYECTOS “MALOS”
Generalmente han hecho este ciclo del proyecto:
8. Estadio y Municipalidad de Echarate, Cusco
RED PÚBLICA DENTRO
DE LA VIVIENDA
(AGUA POTABLE)
RED PÚBLICA FUERA DE
LA VIVIENDA PERO
DENTRO DE LA
EDIFICACIÓN (AGUA
POTABLE)
PILÓN DE
USO PÚBLICO
(AGUA
POTABLE)
CAMIÓN-
CISTERNA U
OTRO SIMILAR
POZO
RÍO, ACEQUIA,
MANANTIAL O
SIMILAR
VECINO OTRO
Distrito ECHARATE
Viviendas particulares 10,654 484 579 57 22 77 9,117 111 207
Ocupantes presentes 41,517 1,888 2,165 255 77 325 35,610 359 838
DEPARTAMENTO, PROVINCIA,
DISTRITO, ÁREA URBANA Y
RURAL, TIPO VIVIENDA Y TOTAL
DE OCUPANTES PRESENTES
TOTAL
TIPO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA
9. PROBLEMA SOLUCION
PROYECTO DE INVERSIÓN
RENTABILIDAD SOCIAL
SOSTENIBILIDAD
CONSISTENCIA CON POLÍTICAS
IDENTIFICACIÓN
ANÁLISIS
DIMENSIONAMIENTO
¿Cómo funciona el SNIP?
10. En el año 2000 se crea el SNIP para
mejorar la calidad de la Inversión.
En ese momento no se incluyeron a
los Gobiernos Locales.
Ley N° 27293
Ley de Creación del Sistema
Nacional de Inversión Pública
MARCO NORMATIVO DEL SNIP
Ley N° 27783
Ley de Bases de la
Descentralización
En el año 2002 dispone el
desarrollo progresivo del SNIP en
los Gobiernos Locales en su
condición de Sistema
Administrativo del Estado.
11. MARCO NORMATIVO DEL SNIP
Se aprueba la Directiva N° 001-
2011-EF/68.01, que contiene
normas técnicas, métodos y
procedimientos de observancia
obligatoria.
Aplicables a las fases del PIP y a
los órganos conformantes del
SNIP.
ANTECEDENTES
Delegación para DV a favor de OPI
de GR y GL.
Para PIP que se financien con
endeudamiento interno cuando su
monto de inversión a precios de
mercado sea inferior o igual a
S/. 10 millones .
R.D. N° 003-2011-EF/68.01
Directiva General del Sistema
Nacional de Inversión Pública
R.M. N° 314-2007-EF/15
Aprueba la delegación de
facultades para
DV de los PIP
13. ¿Qué es el ?
Sistema administrativo del Estado que
actúa como un sistema de certificación de
calidad de los proyectos de inversión
pública.
Su finalidad es optimizar el uso de los
recursos públicos destinados a la inversión
a través de principios, procesos,
metodologías y normas técnicas
14. Toda intervención limitada en el
tiempo
Que utiliza total o parcialmente
recursos públicos
Con el fin de crear, ampliar, mejorar,
modernizar, recuperar o rehabilitar la
capacidad productora de bienes o
servicios de una Entidad
Cuyos beneficios se generen durante la
vida útil del proyecto
Debe constituir la solución a un problema vinculado a la
finalidad de una Entidad y a sus competencias, su ejecución
puede hacerse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al
cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.
PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
15. NO SON PIPs:
Las intervenciones que constituyen gastos de
operación y mantenimiento.
La reposición de activos que:
(i) se realice en el marco de las inversiones
programadas de un proyecto declarado viable;
(ii) esté asociada a la operatividad de las
instalaciones físicas para el funcionamiento de la
entidad; o
(iii) no implique ampliación de capacidad para la
provisión de servicios.
En general, la reposición de activos es el reemplazo
de un activo cuyo tiempo de operación ha superado
su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores
imprevisibles que afectan la continuidad de sus
operaciones
OJO
16. Gastos de Mantenimiento: Financian el conjunto de
actividades operaciones y procesos requeridos para que
la infraestructura, maquinaria, equipos y procesos
regulares de la Entidad conserven su condición
adecuada de operación.
Gastos de Operación: Son aquellos que financian el
conjunto de actividades, operaciones y procesos
necesarios que aseguran la provisión adecuada y
continua de bienes y servicios de la Entidad.
GASTOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
17. Programa de Inversión. Es un conjunto de PIP y/o
Conglomerados que se complementan, tienen un objetivo
común.
Conglomerado. Es un conjunto de PIP de pequeña
escala que comparten características similares en cuanto a
diseño, tamaño o costo unitario y que corresponden a una
misma función y programa, de acuerdo al Clasificador
Funcional Programático.
Solo puede ser un componente de un Programa de
Inversión.
Los GR y GL solo pueden formular Programas que se
enmarquen en sus competencias.
OTRAS DEFINICIONES
18. Se consideran Recursos Públicos a:
Todos los recursos financieros y no financieros;
de propiedad del Estado o que administran las
Entidades del Sector Público.
Los recursos financieros comprenden todas las
fuentes de financiamiento.
Incluye a los recursos provenientes de
cooperación técnica no reembolsable (donaciones
y transferencias).
Incluye a todos los que puedan ser recaudados,
captados o incorporados por las Entidades
sujetas a las normas del SNIP.
RECURSOS PÚBLICOS
20. A todas las entidades y empresas del Sector Público No Financiero de
los tres niveles de gobierno;
Los proyectos de los GL no sujetos al SNIP que luego de su ejecución,
la O y M estará a cargo de una Entidad sujeta al SNIP, deberán ser
formulados por éstas últimas y declarados viables por el órgano del SNIP
que resulte competente;
A los proyectos de las instituciones perceptoras de cooperación técnica
internacional, cuando una Entidad sujeta al SNIP deba asumir los gastos
de O y M;
Se aplican a los proyectos formulados y ejecutados por terceros, con sus
propios recursos, cuando una Entidad del Sector Público sujeta al SNIP
deba asumir, después de la ejecución, los gastos adicionales de
operación y mantenimiento de carácter permanente.
APLICACIÓN DE LAS NORMAS DEL SNIP
21. Unidad(es) Ejecutora(s)
Unidad(es) Formuladora(s) (UF)
Oficina de Programación e Inversiones
(OPI)
AlcaldePresidenteMinistro
Órgano Resolutivo
En cada
Gobierno
Local
En cada
Gobierno
Regional
En cada
Sector
DGIP
MEF
Técnico Funcional
Estructura del
22. Determina en última instancia, en caso de
discrepancia entre OPI y/o UF, la metodología,
estudios adicionales y parámetros de formulación y
evaluación de un proyecto.
La DGIP cautela que las declaraciones de viabilidad
reúnan los requisitos de validez técnica y legal, dispone
las acciones respectivas según cada PIP, y las sustenta y
registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP.
OPI tiene 10 dh para implementar
recomendaciones de DGPI
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE
INVERSIONES - DGIP (ANTES DGPM)
24. Atribuciones:
Promueve la generación y fortalecimiento de
capacidades del personal de la OPI de su Sector,
Gobierno Regional o Local, así como de sus UF y
UE.
Autoriza la elaboración de ET o ED y ejecución de
PIP viables. Ambas autorizaciones se pueden
realizar en un solo acto.
Los PIPs viables en su PIA se consideran ya
autorizados y no requieren autorización expresa,
salvo para aquellos PIP que implican modificación
presupuestaria.
Esta es la única función que puede ser objeto de
delegación.
25. Atribuciones:
Aprueba expresamente los TdRs cuando la UF
contrate la elaboración de los estudios de
preinversión.
Aprueba el plan de trabajo, cuando la misma UF
elabore los estudios de preinversión.
OJO: No aplica a los proyectos
de un conglomerado.
OFICINA DE PROGRAMACIÓN E
INVERSIONES (OPI)
26. Promueve la capacitación permanente del personal
técnico de las UF y UE de su Sector, Gobierno
Regional o Gobierno Local, según corresponda.
Emite Opinión favorable sobre cualquier cambio de la
información de un estudio o registro en el BP para
PIPs que evalúa. La OPI podrá solicitar la información
necesaria.
RECORDAR: Realiza el seguimiento de los PIP durante
la fase de inversión.
Atribuciones:
27. Registros en el BP:
En un PIP viable (SIN DEUDA), puede realizar
el cambio de UE de ámbitos institucionales
distintos.
Debiendo chequear si:
UE tiene la capacidad técnica y financiera,
UE tiene la competencia legal para la ejecución
del PIP.
Cuenta con la conformidad de la UE propuesta.
28. Elabora los TdRs cuando se contrate la elaboración de
los estudios de preinversión, siendo responsable por el
contenido de dichos estudios; ó
Elabora el plan de trabajo cuando la elaboración de los
estudios de preinversión la realice la propia UF.
Ambos en base a Anexo SNIP 23:
“Pautas para los términos de referencia o
planes de trabajo para la contratación o elaboración”OJO: Deberá tener en cuenta
las Pautas de los TdRs o
planes de trabajo para la
elaboración de estudios de
preinversión (Anexo SNIP-23)
UNIDAD FORMULADORA (UF)
Atribuciones:
29. Para asegurar la sostenibilidad del PIP: Verifica
que se cuenta con el saneamiento físico legal
correspondiente o con los arreglos institucionales
respectivos para la implementación del PIP.
En el caso de los GR y GL, verifica que la
localización geográfica del PIP corresponda a su
circunscripción territorial, salvo que se trate de un
PIP de alcance intermunicipal o de influencia
interregional.
Atribuciones:
30. Elabora los estudios de preinversión y los remite a la
OPI responsable de su evaluación en versión impresa
y electrónica.
Para el registro del Perfil, deberá incluir escaneados:
Los TdRs o el plan de trabajo, según sea el caso, y
el Informe de aprobación de la OPI.
En el registro del Factibilidad deberá incluirse los TdRs o el plan
de trabajo, según sea el caso, y el Informe Técnico de aprobación
del estudio de preinversión a nivel de perfil emitido por la OPI.
Atribuciones:
31. Recordar:
Cuando los gastos de O&M están a cargo de una entidad
distinta a la que pertenece la UF del PIP, debe solicitar la
opinión favorable de dicha entidad antes de remitir el
Perfil para su evaluación.
Puede ser parte directa o indirectamente de la
UNIDAD EJECUTORA y viceversa.
32. Atribuciones:
Debe ceñirse a la viabilidad para la elaboración del
ET o ED y ejecución del PIP, bajo responsabilidad
de quien los apruebe y del responsable de la UE.
Elabora el Informe de Cierre del PIP.
Informa OPORTUNAMENTE al órgano que declaró
viabilidad, toda modificación en fase de inversión.
UNIDAD EJECUTORA (UE)
34. Analizar antes de desembolsar Recursos Públicos.
IDEA
“Secuencia de pasos que todo PIP, por Ley, debe cumplir; o mejor dicho,
la forma cómo el país ha decidido hacer inversión”
Ciclo del Proyecto
35. Tiene el objeto de evaluar la conveniencia de realizar un PIP
en particular.
Se realiza la evaluación ex ante del proyecto, destinada a
determinar la pertinencia, rentabilidad social y sostenibilidad
del PIP, criterios que sustentan la declaración de viabilidad.
Comprende la elaboración del Perfil, que además incluye el
análisis a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la
elaboración del estudio de Factibilidad.
El órgano responsable de la evaluación del PIP, podrá
recomendar estudios adicionales a los requeridos para dar la
viabilidad, dependiendo de las características o de la
complejidad del proyecto.
FASE DE PREINVERSIÓN
36. Formulación de Estudios de Preinversión
RECORDAR: Un PIP puede ejecutarse en más de un
ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de
ejecución de los estudios de preinversión.
Los estudios de preinversión consideran:
Contenidos Mínimos señalados en los Anexos SNIP-05,
SNIP-06, SNIP-07 y SNIP-08.
Los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación
Anexo SNIP-09.
Los Parámetros de Evaluación Anexo SNIP-10.
La programación multianual de inversión pública del Sector,
GR o GL, según corresponda, para evaluar tanto la
probabilidad de su ejecución como el período de ejecución
del PIP.
37. Caracter:
Los estudios y sus anexos tienen carácter de DJ, y su
veracidad es de estricta responsabilidad de la UF, siendo
aplicables las responsabilidades que determine la CGR y
la legislación vigente.
Custodia:
El órgano que declaró la viabilidad del PIP es el
responsable de la custodia de los estudios conforme al
marco legal vigente.
38. Evaluación de Estudios de Preinversión
Deberá considerar:
Análisis de los aspecto técnicos, metodológicos y
parámetros utilizados.
Aspecto legales e institucionales sobre formulación
y ejecución.
La programación multianual para evaluar la
probabilidad y periodo de ejecución del PIP.
OPI o DGIP debe elaborar IT conforme a las Pautas
para la Elaboración de IT Anexo SNIP 16.
IT debe ser puesto en conocimiento de UF.
39. Declaración de Viabilidad
La viabilidad de un proyecto es requisito previo a la fase
de inversión.
Se aplica a un PIP que a través de estudios de
preinversión evidenció:
Ser socialmente rentable,
Sostenible y
Compatible con los Lineamientos de Política y con los Planes de
Desarrollo respectivos.
40. ¿QUÉ ES UN PROYECTO VIABLE?
Un proyecto DEBE ser declarado
viable cuando a través del estudio
de preinversión se ha demostrado
que es:
Socialmente rentable,
Sostenible
y
Compatible con las políticas
sectoriales nacionales.
costos
beneficios
Recursos para operación y mantenimiento,
aceptación de la población, etc.
Enmarcados
en los esfuerzos
y prioridades
del país
(educación inicial,
electrificación rural,
etc.)
41. Requisitos:
La intervención es un PIP, de acuerdo a las definiciones
establecidas.
No se trata de un PIP fraccionado.
La UF tiene las competencias legales para formular el
PIP.
La OPI tiene la competencia legal para declarar la
viabilidad del PIP.
Los PIP no están sobredimensionados respecto a la
demanda prevista y los beneficios del proyecto no están
sobreestimados
42. Para que OPI declare la viabilidad:
Está PROHIBIDO el fraccionamiento de un PIP, bajo
responsabilidad de la UF que registra PIP en el Banco de
Proyectos, y del órgano que lo declara viable, de ser el
caso.
Perfil Simplificado: Formato SNIP 04 < ó = S/.1’200 000
Perfil para DV: Anexo SNIP 05 > S/.1’200 000 < ó = S/.20 millones.
Factibilidad: Anexo SNIP 07: > S/.20 millones.
43. OPI o DGIP deberá incluir en la Ficha de Registro
del PIP:
El archivo electrónico del estudio de preinversión
que sustenta la viabilidad
El Resumen Ejecutivo del estudio escaneado
El Informe Técnico de declaración de
viabilidad escaneado.
Ojo: No aplica a PIP menores
44. Plazo para envío de información: 05 días hábiles
de DV del PIP.
Cuando se declara la viabilidad de un PIP se
remite copia a DGIP de:
Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad)
Informe Técnico
Ojo: PIP menores remiten: Formato SNIP 06 y 09
45. ESTUDIO DE
PREINVERSIÓN OPI / DGPI
PERFIL SIMPLIFICADO 10
PERFIL 30
FACTIBILIDAD 40
Expresados en días hábiles:
OJO: Para los TdRs son 15 días hábiles
46. UNIDAD FORMULADORA
Identifica el problema y propone
solución (estudio de preinversión)
UNIDAD EJECUTORA
Hace el ET y ejecuta el PIP
(administra recursos)
OFICINA DE
PROGRAMACIÓN E
INVERSIONES (OPI)
Evalúa estudio de preinversión
(PERFIL) de PIP sin deuda o con
delegación mediante Formato
SNIP 06 o IT.
ORGANO RESOLUTIVO
Prioriza y autoriza
financiamiento
OPI Puede:
• DV
• Observar
• Rechazar
47. UNIDAD FORMULADORA
Identifica el problema y propone
solución (estudio de preinversión)
UNIDAD EJECUTORA
Hace el ET y ejecuta el PIP
(administra recursos)
OFICINA DE
PROGRAMACIÓN E
INVERSIONES (OPI)
Evalúa estudios de preinversión
de PIP sin deuda o con
delegación mediante IT
ORGANO RESOLUTIVO
Prioriza y autoriza
financiamiento
Primero:
• Aprueba Perfil:
Autoriza a UF elabore Est.Fact.
• Observa
• Rechaza
Segundo:
• Aprueba
Est.Fact. y DV
• Observa
• Rechaza
48. MÁXIMA AUTORIDAD
TÉCNICO-NORMATIVA DGIP
Evalúa y DV de PIP con deuda
y sin delegación
UNIDAD FORMULADORA
Identifica el problema y propone
solución (estudios de preinversión)
UNIDAD EJECUTORA
Hace el ET y ejecuta el
proyecto (administra recursos)
OFICINA DE PROGRAMACIÓN E
INVERSIONES NACIONAL(OPI)
Evalúa y aprueba los estudios de
preinversión de PIP con deuda y
sin delegación
ORGANO RESOLUTIVO
Prioriza y autoriza
financiamiento
49. Cuando PIP cambia a financiamiento con deuda:
PIP que inicialmente se financiaría con otras fuentes, y
que durante la formulación y/o evaluación del PIP se
determine que requerirá deuda.
Se aplica procedimiento de evaluación
para PIP con deuda, correspondiente al
último nivel de estudio registrado en el
Banco de Proyectos
50. Cuando PIP cambia a financiamiento con deuda:
PIPs viables, cuando luego de su viabilidad se
determina que serán financiados, total o parcialmente,
con deuda:
PIPs en ejecución: La DGIP dispondrá las acciones a
seguir en cada caso.
Se aplica el procedimiento
correspondiente al último nivel de
estudio registrado en el BP.
En cualquier caso, la DGIP podrá
disponer la realización de estudios o
análisis complementarios como
requisito previo a su evaluación.
51. Un PIP ingresa en la fase de inversión luego de ser
declarado viable.
La fase de inversión comprende la elaboración del
estudio definitivo o expediente técnico
detallado, u otro documento equivalente, y la
ejecución del PIP.
La fase de inversión culmina luego de que el PIP
ha sido totalmente ejecutado, luego de lo cual la
UE debe elaborar el Informe sobre el cierre del
PIP.
Recibido el Informe sobre el cierre del PIP, La OPI
institucional lo registra en el Banco de Proyectos
(Formato SNIP 14)..
FASE DE INVERSIÓN
52. Se informa si existe consistencia en:
Objetivo del PIP;
Monto de inversión;
Localización geográfica y/o área de influencia
Alternativa de solución
Metas asociadas a la capacidad de producción del
servicio
Tecnología de producción; y
Plazo de ejecución.
53. Registros en el Banco de Proyectos
Órgano que declaró viabilidad registra:
El Informe de Consistencia. Tiene 3 días háb. Esto no
se llena para Programas ni conglomerados, solo para
sus PIPs.
El Informe de Cierre.
Las variaciones o modificaciones que se produzcan en
la Fase de Inversión.
Los registros y evaluaciones que se realicen durante la
etapa de elaboración del ET deberán efectuarse antes
del registro del Formato SNIP 15.
54. MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES
Aumento en metas asociadas a la capacidad de producción del servicio
Aumento en metrados
Cambio en tecnología de producción
Cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el estudio
Cambio de localización geográfica dentro de ámbito de influencia del PIP
Cambio de modalidad de ejecución
Resultado del proceso de selección
Plazo de ejecución
MODIFICACIONES SUSTANCIALES
cambio en el objetivo del PIP
cambio de la alternativa de solución por otra no prevista en el estudio de
preinversión
cambio del ámbito de influencia
55. Variaciones sin Verificación de Viabilidad
Por Modificaciones NO Sustanciales
Y
MONTO DV % VARIACIÓN
Menor o igual a S/.3 Millones No más de 40%
Mayor a S/.3 Millones y Menor o igual
a S/.6 Millones
No más de 30%
Mayor a S/.6 Millones No más de 20%
Variaciones las registra Órgano que DECLARÓ VIABILIDAD
en el Formato SNIP 16, en el plazo máximo de 03 días háb.
56. Variaciones sin Verificación de Viabilidad
El monto de inversión aumenta o
disminuye, exclusivamente por la
actualización de precios por
fórmulas polinómicas de reajuste
de precios. No hay porcentaje
máximo.
Registro procede aún cuando la UE
informe luego de haber ejecutado
incrementos
Debe adjuntar el cálculo de los
reajustes de las valorizaciones
respectivas mediante las fórmulas
polinómicas de reajuste de precios.
El monto de inversión disminuye
como resultado del proceso de
selección hasta el límite permitido en
la normatividad de contrataciones
del Estado o la que resulte aplicable.
Registro procede aún cuando la UE
informe luego de haber adjudicado la
buena pro.
57. Variaciones con Verificación de Viabilidad
La realiza el órgano que declaró viabilidad pero la registra
DGPI, salvo que tuviera recomendaciones. 10 días hábiles.
Se verifican: las modificaciones no sustanciales que
originen incrementos encima de los % y las modificaciones
sustanciales.
Se utiliza Anexo SNIP-16 y Formato SNIP-17.
Si es Programa de Inversión se usa el Anexo SNIP-17.
58. Acciones si no se verifica la viabilidad del PIP
Si PIP está en ET:
órgano que DV determina si es por deficiencia en
preinversión o en ET.
Si por deficiencia en preinversión solicita retiro de DV
o dispone Informe de Cierre.
Si es por deficiencia en ET: UE reformula ET.
Si PIP está en ejecución:
Verificación de Viabilidad.
59. Informe de Variaciones
En cualquier caso, la UE tiene 20 días háb. para
informar antes de ejecutar.
Si ejecuta sin informar (salvo casos señalados en
Anexo SNIP 18):
Órgano que DV:
Realiza análisis para
determinar existencia de
pérdidas económicas, e Informa
al OCI
60. B. Evaluación Ex Post
Es el proceso para determinar sistemática y
objetivamente la eficiencia, eficacia e impacto de
todas las acciones desarrolladas para alcanzar los
objetivos planteados en el PIP.
Será de aplicación gradual a los PIP y Programas
de Inversión.
Comprende los siguientes momentos:
Evaluación de Culminación
Seguimiento Ex Post
Evaluación de Resultados y
Estudio de impactos.
DGPI emitirá las disposiciones y/o instrumentos
metodológicos correspondientes para el desarrollo y
la aplicación de la Evaluación Ex post y sus
momentos.
61. Un PIP se encuentra en la fase de
postinversión una vez que ha culminado
totalmente la ejecución del PIP.
Comprende la operación y mantenimiento
del PIP ejecutado, así como la evaluación ex
post.
A. Operación y mantenimiento
Inicia la producción de bienes y/o servicios
del PIP.
La Entidad a cargo ejecuta actividades,
operaciones y procesos necesarios para su
producción de acuerdo a lo previsto en el
estudio que sustentó su DV.
UE deberá priorizar la asignación de los
recursos
Órgano Resolutivo deberá velar por un
mantenimiento adecuado de acuerdo a los
estándares y parámetros especificados.
FASE DE POST INVERSIÓN
63. Se mantiene plazo: 3 AÑOS.
Transcurrido el plazo sin seguir con la siguiente etapa del ciclo
del proyecto:
UF debe actualizar el estudio de preinversión y remitirlo a la
OPI correspondiente,
OPI realiza una nueva evaluación y comunica su resultado
a la DGPI:
Si el PIP continúa siendo viable, se deshabilitará la
viabilidad anterior del PIP para que UF registre la
información actualizada en el Banco de Proyectos, y
OPI registra la nueva evaluación y nueva declaración
de viabilidad.
Si no sigue siendo viable: Corresponde su
desactivación.
64. PRÓXIMAS ACCIONES EN EL SNIP
Actualización y Estimación de Parámetros:
• Precio Social de la Divisa, Valor Social del tiempo de viaje y Mano
de Obra No Calificada.
En Política de Inversiones:
• Identificar proyectos y estrategias de política de inversión pública
en los Sectores, GGRR y GGLL.
• Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de resultados
e impacto de las políticas de inversiones.
Evaluación ex-post:
• Evaluar la eficiencia (uso de recursos), la eficacia e impacto
(beneficios), la sostenibilidad y pertinencia de los PIP. Nuevos
instrumentos y herramientas metodológicas:
• Servicios ambientales
• Metodología para el reemplazo de activos.
• Análisis de la sostenibilidad de PIPs (evitar la pérdida acelerada de
la vida útil).