AUTORIDAD AERONÁUTICA.pptx

J
COMERCIO AÉREO INTERNACIONAL
Autor y facilitador:
Abg. MSc. José Hecht
1
Autoridad Aeronáutica
Instituto Nacional de Aeronáutica Civil
El 28 de Septiembre de 2001 fue creado mediante el Decreto N° 1.446 con Fuerza y
Rango de Ley, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.226, el Instituto Nacional de
Aviación Civil, el cual funcionó con esa denominación hasta el 12 de Diciembre de
2005 cuando la misma cambió a la de Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC),
de acuerdo a la Ley de Creación del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, publicada
en la Gaceta Oficial N° 38.333. El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil es la
Autoridad Aeronáutica de la República Bolivariana de Venezuela y es un Ente de
seguridad de Estado, de naturaleza técnica, dotado de personalidad jurídica y
patrimonio propio, distinto e independiente de la Hacienda Pública Nacional, con
autonomía técnica, financiera, organizativa y administrativa
Compete al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil regular,
fiscalizar y supervisar las actividades de la aeronáutica civil, lo
cual comprende velar por el cumplimiento de los derechos y
deberes de los usuarios del servicio público de transporte
aéreo, ejercer la vigilancia permanente de la seguridad
operacional y protección de la aviación civil incluyendo los
servicios a la navegación aérea, y desarrollar las políticas
aerocomerciales del espacio aéreo
Competencia
El 23 de Abril de 2009 el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil se adscribe a
la Vicepresidencia de la República mediante el Decreto N° 6.670 del 22 de
Abril de 2009, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.163. Esta relación cambia
a partir del 07 de Mayo de 2012, cuando por Decreto N° 8.956 del 02 de Mayo
de 2012, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.916, el INAC es adscrito al
Ministerio del Poder Popular para el Transporte Acuático y Aéreo. A partir del
miércoles 6 de Enero del año 2016 se publica en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela la creación del Ministerio del Poder
Popular para Transporte y Obras Públicas que asume las funciones del
Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo
VALORES
Compromiso: Abordar las
experiencias de la vida laboral como
una tarea creativa será un deber para
alcanzar nuestro bienestar y el del
instituto
Visión Compartida:
confianza entre nosotros,
Demostrar
permitirá
común para
y compartir
crear una identidad
resolver problemas
soluciones
Seguridad: Asumimos con entereza la
garantía del cumplimiento de las
normas nacionales e internacionales en
materia de seguridad aeronáutica
Honestidad: Nuestro comportamiento será
un reflejo de honradez y transparencia en
pensamiento, palabras, acción y conducta
Proactividad: Tomaremos iniciativas que,
en nuestro diario quehacer, hagan que los
eventos ocurran con resultados positivos y
se logren los objetivos
Lealtad: Guardaremos fidelidad por la
visión, misión, valores y objetivos de
nuestra institución en todo momento y en
cada actuación en pro de sus integrantes y
del país
Sinergia: Nuestro espíritu de trabajo
contribuirá a que la suma de todo el
esfuerzo del instituto sea mayor que el
esfuerzo de individualidades, por lo cual
nuestros intereses se sumarán a los
intereses del instituto
MISIÓN
Asegurar el cumplimiento de los estándares de Seguridad Operacional, por parte de los
prestadores de servicio, mediante una oportuna fiscalización y un eficaz otorgamiento de
certificaciones, de acuerdo con las regulaciones establecidas, con el fin de, proporcionar a los
usuarios y usuarias del transporte aéreo, plena confianza y seguridad en el mismo y promover
programas innovadores del Sistema Aeronáutico Nacional, sustentado en el desarrollo nacional y
la integración regional
VISIÓN
Ser una organización efectiva en lo que respecta a la seguridad y
servicio aeronáutico, creando una cultura de calidad y un desarrollo
sustentable que nos permita alcanzar los más altos estándares en
función de las necesidades del sector de la aviación civil nacional e
internacional
Autoridad Aeronáutica
Artículo 9
La Autoridad Aeronáutica de la República es el
Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, la misma
será ejercida por su Presidente y demás
funcionarios. Es un ente de seguridad de Estado,
de naturaleza técnica, dotado de personalidad
jurídica y patrimonio propio, distinto e
independiente de la Hacienda Pública Nacional,
con autonomía técnica, financiera, organizativa y
administrativa
Compete a la Autoridad Aeronáutica regular y fiscalizar las actividades de la
aeronáutica civil, expedir o convalidar certificados, permisos o licencias,
crear el comité técnico de coordinación que requiera la dinámica de la
aviación, así como llevar a cabo procedimientos de intervención.
El Ejecutivo Nacional a través del órgano con competencia en la materia,
tendrá la potestad de revertir, por razones estratégicas, de mérito,
oportunidad o conveniencia, la administración de la actividad aeronáutica
civil, así como su infraestructura por razones de interés general
Ley de Aeronáutica Civil G.O. Nº 39.140
(17/3/2009)
FIN DE LA UNIDAD
1 de 8

Más contenido relacionado

Similar a AUTORIDAD AERONÁUTICA.pptx(20)

Dereho Registral Tema 13 Pedro Villegas.pptxDereho Registral Tema 13 Pedro Villegas.pptx
Dereho Registral Tema 13 Pedro Villegas.pptx
JOSEDAVIDLACLEGUANIP1 vista
Lotttsv reformada (1)Lotttsv reformada (1)
Lotttsv reformada (1)
Francisco Javier Sánchez Mendieta191 vistas
Lotttsv reformadaLotttsv reformada
Lotttsv reformada
Solange Velez2K vistas
Trabajo Sobre MediciónTrabajo Sobre Medición
Trabajo Sobre Medición
controlgestionarmada1.8K vistas
Ro ley reformatoria  a la  ley de transitoRo ley reformatoria  a la  ley de transito
Ro ley reformatoria a la ley de transito
Actualizaciones Web3.9K vistas
Ley 165 de TransporteLey 165 de Transporte
Ley 165 de Transporte
Doctora Edilicia10.2K vistas
Presentacion punto 3 trafico aereoPresentacion punto 3 trafico aereo
Presentacion punto 3 trafico aereo
Leslietamayo1193 vistas
Propuesta manejo de aeropuertosPropuesta manejo de aeropuertos
Propuesta manejo de aeropuertos
Proceso Digital579 vistas
09092016 mat09092016 mat
09092016 mat
EX ARTHUR MEXICO30 vistas
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL IEA.pdfCÓDIGO DE CONDUCTA DEL IEA.pdf
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL IEA.pdf
ssuser8a8ce356 vistas

Más de José Hecht

ESPACIO AÉREO.pptxESPACIO AÉREO.pptx
ESPACIO AÉREO.pptxJosé Hecht
110 vistas23 diapositivas
OACI ICAO.pptxOACI ICAO.pptx
OACI ICAO.pptxJosé Hecht
123 vistas9 diapositivas
Contratos aeronavesContratos aeronaves
Contratos aeronavesJosé Hecht
164 vistas4 diapositivas
Tema 2Tema 2
Tema 2José Hecht
108 vistas15 diapositivas

Más de José Hecht(20)

regulacionesaeronauticas.pptxregulacionesaeronauticas.pptx
regulacionesaeronauticas.pptx
José Hecht35 vistas
ESPACIO AÉREO.pptxESPACIO AÉREO.pptx
ESPACIO AÉREO.pptx
José Hecht110 vistas
OACI ICAO.pptxOACI ICAO.pptx
OACI ICAO.pptx
José Hecht123 vistas
Solucion de conflictos aeronauticoSolucion de conflictos aeronautico
Solucion de conflictos aeronautico
José Hecht122 vistas
Contratos aeronavesContratos aeronaves
Contratos aeronaves
José Hecht164 vistas
Tema 2Tema 2
Tema 2
José Hecht108 vistas
Lamina 1 tema 3Lamina 1 tema 3
Lamina 1 tema 3
José Hecht56 vistas
Lamina 1 tema 2Lamina 1 tema 2
Lamina 1 tema 2
José Hecht68 vistas
Responsabilidad asesorateResponsabilidad asesorate
Responsabilidad asesorate
José Hecht160 vistas
Responsabilidad civil asesorateResponsabilidad civil asesorate
Responsabilidad civil asesorate
José Hecht88 vistas
Definiciones.pptxDefiniciones.pptx
Definiciones.pptx
José Hecht198 vistas
Lamina 1 asesorateLamina 1 asesorate
Lamina 1 asesorate
José Hecht157 vistas
Horario sincrono modulo 5Horario sincrono modulo 5
Horario sincrono modulo 5
José Hecht159 vistas
Mcu eeuu 18 nov 2021 para pdfMcu eeuu 18 nov 2021 para pdf
Mcu eeuu 18 nov 2021 para pdf
José Hecht261 vistas
Tema  8 mascTema  8 masc
Tema 8 masc
José Hecht797 vistas
Tema 5 blTema 5 bl
Tema 5 bl
José Hecht966 vistas
Tema 4 sujetosTema 4 sujetos
Tema 4 sujetos
José Hecht976 vistas
Tema 3 el buqueTema 3 el buque
Tema 3 el buque
José Hecht1.1K vistas
Tema 2 derecho del marTema 2 derecho del mar
Tema 2 derecho del mar
José Hecht1.1K vistas
Tema 1 pdv marinaTema 1 pdv marina
Tema 1 pdv marina
José Hecht1.1K vistas

Último(20)

Tema 7. Riesgos internos (1a parte).pdfTema 7. Riesgos internos (1a parte).pdf
Tema 7. Riesgos internos (1a parte).pdf
IES Vicent Andres Estelles53 vistas
DE OLLANTa.pptxDE OLLANTa.pptx
DE OLLANTa.pptx
alinargomedocueva230 vistas
Carta-Elfo-Llegada.pdfCarta-Elfo-Llegada.pdf
Carta-Elfo-Llegada.pdf
IsabelCalvoMartinez146 vistas
Tema 3-El átomo.pptxTema 3-El átomo.pptx
Tema 3-El átomo.pptx
fatimasilvacabral183 vistas
CONVERSACIONES SAN ESTEBAN 23-24CONVERSACIONES SAN ESTEBAN 23-24
CONVERSACIONES SAN ESTEBAN 23-24
San Esteban Comunicación Dominicos de Salamanca138 vistas
Contenidos y PDA 2° Grado.docxContenidos y PDA 2° Grado.docx
Contenidos y PDA 2° Grado.docx
Norberto Millán Muñoz49 vistas
DESERCIÓN ESCOLAR.pptxDESERCIÓN ESCOLAR.pptx
DESERCIÓN ESCOLAR.pptx
recwebleta43 vistas
Contenidos y PDA 4° Grado.docxContenidos y PDA 4° Grado.docx
Contenidos y PDA 4° Grado.docx
Norberto Millán Muñoz63 vistas
2023 - Cuarto Encuentro - Sociedad y Videojuegos  2023 - Cuarto Encuentro - Sociedad y Videojuegos
2023 - Cuarto Encuentro - Sociedad y Videojuegos
Maestría en Comunicación Digital Interactiva - UNR101 vistas
Sesión: Misión en favor de los necesitadosSesión: Misión en favor de los necesitados
Sesión: Misión en favor de los necesitados
https://gramadal.wordpress.com/213 vistas
Contenidos primaria.docxContenidos primaria.docx
Contenidos primaria.docx
Norberto Millán Muñoz58 vistas
UNIDAD 2.pdfUNIDAD 2.pdf
UNIDAD 2.pdf
GraceValeriaGuevaraN1.2K vistas

AUTORIDAD AERONÁUTICA.pptx

  • 1. COMERCIO AÉREO INTERNACIONAL Autor y facilitador: Abg. MSc. José Hecht 1
  • 2. Autoridad Aeronáutica Instituto Nacional de Aeronáutica Civil El 28 de Septiembre de 2001 fue creado mediante el Decreto N° 1.446 con Fuerza y Rango de Ley, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.226, el Instituto Nacional de Aviación Civil, el cual funcionó con esa denominación hasta el 12 de Diciembre de 2005 cuando la misma cambió a la de Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), de acuerdo a la Ley de Creación del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.333. El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil es la Autoridad Aeronáutica de la República Bolivariana de Venezuela y es un Ente de seguridad de Estado, de naturaleza técnica, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente de la Hacienda Pública Nacional, con autonomía técnica, financiera, organizativa y administrativa
  • 3. Compete al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil regular, fiscalizar y supervisar las actividades de la aeronáutica civil, lo cual comprende velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los usuarios del servicio público de transporte aéreo, ejercer la vigilancia permanente de la seguridad operacional y protección de la aviación civil incluyendo los servicios a la navegación aérea, y desarrollar las políticas aerocomerciales del espacio aéreo Competencia
  • 4. El 23 de Abril de 2009 el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil se adscribe a la Vicepresidencia de la República mediante el Decreto N° 6.670 del 22 de Abril de 2009, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.163. Esta relación cambia a partir del 07 de Mayo de 2012, cuando por Decreto N° 8.956 del 02 de Mayo de 2012, publicado en la Gaceta Oficial N° 39.916, el INAC es adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Transporte Acuático y Aéreo. A partir del miércoles 6 de Enero del año 2016 se publica en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela la creación del Ministerio del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas que asume las funciones del Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo
  • 5. VALORES Compromiso: Abordar las experiencias de la vida laboral como una tarea creativa será un deber para alcanzar nuestro bienestar y el del instituto Visión Compartida: confianza entre nosotros, Demostrar permitirá común para y compartir crear una identidad resolver problemas soluciones Seguridad: Asumimos con entereza la garantía del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en materia de seguridad aeronáutica Honestidad: Nuestro comportamiento será un reflejo de honradez y transparencia en pensamiento, palabras, acción y conducta Proactividad: Tomaremos iniciativas que, en nuestro diario quehacer, hagan que los eventos ocurran con resultados positivos y se logren los objetivos Lealtad: Guardaremos fidelidad por la visión, misión, valores y objetivos de nuestra institución en todo momento y en cada actuación en pro de sus integrantes y del país Sinergia: Nuestro espíritu de trabajo contribuirá a que la suma de todo el esfuerzo del instituto sea mayor que el esfuerzo de individualidades, por lo cual nuestros intereses se sumarán a los intereses del instituto
  • 6. MISIÓN Asegurar el cumplimiento de los estándares de Seguridad Operacional, por parte de los prestadores de servicio, mediante una oportuna fiscalización y un eficaz otorgamiento de certificaciones, de acuerdo con las regulaciones establecidas, con el fin de, proporcionar a los usuarios y usuarias del transporte aéreo, plena confianza y seguridad en el mismo y promover programas innovadores del Sistema Aeronáutico Nacional, sustentado en el desarrollo nacional y la integración regional VISIÓN Ser una organización efectiva en lo que respecta a la seguridad y servicio aeronáutico, creando una cultura de calidad y un desarrollo sustentable que nos permita alcanzar los más altos estándares en función de las necesidades del sector de la aviación civil nacional e internacional
  • 7. Autoridad Aeronáutica Artículo 9 La Autoridad Aeronáutica de la República es el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, la misma será ejercida por su Presidente y demás funcionarios. Es un ente de seguridad de Estado, de naturaleza técnica, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente de la Hacienda Pública Nacional, con autonomía técnica, financiera, organizativa y administrativa Compete a la Autoridad Aeronáutica regular y fiscalizar las actividades de la aeronáutica civil, expedir o convalidar certificados, permisos o licencias, crear el comité técnico de coordinación que requiera la dinámica de la aviación, así como llevar a cabo procedimientos de intervención. El Ejecutivo Nacional a través del órgano con competencia en la materia, tendrá la potestad de revertir, por razones estratégicas, de mérito, oportunidad o conveniencia, la administración de la actividad aeronáutica civil, así como su infraestructura por razones de interés general Ley de Aeronáutica Civil G.O. Nº 39.140 (17/3/2009)
  • 8. FIN DE LA UNIDAD