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FACULTAD DE DERECHO
ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO

ALUMNA:
BOULANGGER BALTODANO, Jhenifer

NUEVO CHIMBOTE – PERÚ
2013
Introdu
cción
En la actualidad, existe una problemática
económica, social, sobre todo muy
controversial a cerca del sicariato en los
menores de edad, por lo que cuando
cometen un acto tipificado como delito en
el código penal, es decir estos son
inimputables por ser menores de edad
(18); y el ser inimputable significa eximir
de toda responsabilidad penal, por no
comprender la ilicitud de un hecho
punible. Teniendo como sanción solo una
medida socio educativa, lo cual tiene
como duración entre cuatro a seis años,
según el artículo 195 del código del niño
y del adolescente.
Subtemas que aborda el presente trabajo:

La inimputabilidad de los menores de edad.

La penalidad para los menores de edad
en el código de los niños y adolescentes,
el tipo penal base en nuestro código.

Los factores que atañen a los menores a
realizar este tipo de modalidad de asesinato.
¿En qué medida el vacío en
nuestro sistema penal y los
factores influyen para que
aumente el delito de
asesinato por lucro
(sicariato) en los menores de
edad?

Formulación
de Hipótesis
Desarr
ollo
Concepción de
Niñez y
Adolescencia
Casos
Suscitados en
la Actualidad

Inimputabilidad

Asesinato en el
Código Penal

Proyecto de
Ley

Asesinato por
Lucro

Factores
Sicariato
Adolescencia 13 – 19
años, teniendo un
desarrollo

la niñez cuando se le
sitúa entre los 6 y 12
años

Primer periodo de la
vida humana, desde el
nacimiento de una
persona hasta la
adolescencia

desarrolla su
pensamiento lógico,

controlando la
imaginación

El niño se vuelve más
objetivo, siendo ya
capaz de ver la realidad,
tal como esta es y no
como se la imaginaba.
IMPUTAR

LA IMPUTABILIDAD

LA
INIMPUTABILIDAD

• es atribuir a un sujeto la comisión de un
injusto,

• es el conjunto de condiciones mínimas que
le permiten al sujeto comprender la
antijuricidad de su acción o para
determinarse de acuerdo a esa comprensión

• Es la ausencia de condiciones mínimas
físicas y psíquicas que le impiden al sujeto
en el momento del injusto y de adecuar su
conducta conforme a esa comprensión
EL ASESINATO EN EL CÓDIGO PENAL
Articulo 108° del Código Penal
“Será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de quince años, al que mata a otro
concurriendo cualquiera de las circunstancias
siguientes:
1.- Por ferocidad, lucro o placer.
2.- Para facilitar u ocultar otro delito.
3.- Con gran crueldad o alevosía.
4.- Por fuego explosión, veneno o cualquier otro
medio capaz de poner en peligro la vida o la salud de
otras personas.
5.- Si la víctima es miembro de la Policía Nacional del
Perú o de las Fuerzas Armadas, Magistrado del
El agente ocasiona la muerte de su víctima

porque ha recibido o va a recibir de un
tercero una compensación económica
o porque guiado por la obtención de un
beneficio económico

decide personalmente matar a su víctima
En la antigua Roma, sicario
significaba hombre-daga, pues
“sica” es una daga pequeña y
fácil de esconder para apuñalar
a los enemigos políticos.

En la actualidad es quien
asesina por encargo, a cambio
de una compensación
económica.
¿Cuáles son los factores que intervienen
en la vida de un joven antes de
convertirse en sicario?

PSICOLÓGICO

FAMILIAR

EDUCATIV
O

SOCIAL

TECNOLÓGICO
PROYECTO DE LEY
Hace mención
que hoy en día,
los menores de
dieciocho (18)
años de edad
son
inimputables.

En
otras
palabras,
cualquier menor de
edad que comete un
acto tipificado como
delito para el derecho
penal, es una persona
“eximida
de
responsabilidad penal
por
no
poder
comprender la ilicitud
de un hecho punible”.

También cabe resaltar
que el artículo 184º del
código de los niños y
adolescentes
regula
dos
tratamientos
diferenciados
para
aquellos “adolescentes
infractores” regula dos
formas de tratamiento:

donde es claro que
aquellos infractores no
tienen
ninguna
responsabilidad penal
al cometer un delito; por
ende,
solo
serán
sancionado
con
medidas
socioeducativas
La delincuencia organizada renueva y
adapta sus diferentes métodos de
acuerdo a sus propias necesidades
criminales, procurando siempre sacar
ventaja de las limitaciones o deficiencias
que pueda presentar el sistema penal 

Se vienen incrementando los homicidios
por lucro (conocidos como homicidios
por encargo o crímenes a manos de
sicarios) y lo más preocupante es que
estos delitos se están propagando en los
menores de edad por diversos factores
que en el transcurso del presente
ensayo.

La responsabilidad de los menores entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años
cuando cometan estos delitos, no deben tener medidas socio-educativas que
contempla el Cód. de los niños y adolescentes; por el contrario, hay que dar un
cambio de giro drástico y plantear por primera vez en la historia nacional, la
responsabilidad penal para estos menores como si fueran adultos.
En ese sentido, se hace imprescindible la modificación de normas contenidas en
nuestro código penal y en el código de los niños y adolescentes, tal como lo
pasamos a explicar en la fórmula legal que recoge la presente iniciativa de ley.
CASOS EN LA ACTUALIDAD

Quien con tan solo doce
(12) años de edad fue
reclutad por una banda de
extorsionadores de Trujillo
(la libertad), que luego lo
entreno para convertirlo en
sicario. Este “adolescente
infractor”,
próximo
a
cumplir la mayoría de
edad, ya lleva por lo
menos, ocho asesinatos a
sueldo.
Entre los menores más
peligrosos capturados por
la policía se encuentran
los
adolescentes
de
iniciales A.P.G. (17) alias
“gringasho” (los malditos
del
triunfo);
J.A.C.,
“peluca” (los pulpos); y
K.P.V. “chato Kevin”.
Otro caso conocido en nuestro país
es
del
conocido
como
“hormiguita” el sicario de 13 años
acusado de tres asesinatos es una
muestra más de que la inseguridad
ciudadana avanza en el país.
El menor de iniciales D. A. R. L. fue
detenido en la provincia de Ascope
(La Libertad) con un revólver calibre
38 y en aparente estado de
ebriedad. Este menor de edad es
sindicado como un sicario más
avezado que el ya mencionado
“gringasho”.
Fue detenido, la madrugada del
sábado, en el sector Río Seco, en
el distrito de El Porvenir. La
Policía lo intervino cuando
disparaba con un arma de guerra
contra el vehículo de Jhon David
Ventura Rosas, se informó que el
menor de edad conocido como
Pelao Gerson quien hace tres
meses salió bajo reglas de
conducta
del
Centro
de
Diagnóstico
y
Rehabilitación
Juvenil de Trujillo–asesinó en
enero pasado, a balazos, a Jorge
Alberto Vargas Quispe, alías
’Uva’, así como a Julio César
Castillo Chávez, quien fue
I
D
E
A
S
C
L
A
V
E
S

¿ cuáles son los motivos o fundamentos
para que los menores de edad sean
inimputables?.
¿Cuál es el marco legal para los menores la
sanción es la misma?.
¿Existe la necesidad de variar la
responsabilidad penal de menores de
edad?
¿Si se implementa el proyecto de ley que
modifica la responsabilidad penal de
menores de edad disminuirá el sicariato
cometido por menores de edad?

¿El menor de edad que comete el delito de
sicariato es suficientemente capaz para que
pueda ser imputable de alguna pena?
¿Cuáles son los motivos o fundamentos para que
los menores de edad sean inimputables?.

BIOLÓGICO

• Puesto que se basa que no ha alcanzado la
madurez suficiente para distinguir lo justo de
lo injusto o lo bueno de lo malo.

INTELECTUAL

• No tiene madurez suficiente para adecuar su
comportamiento de conforme a ella, no ha
alcanzado un desarrollo completo (físico,
intelectual y moral)

MORAL

• Son fácilmente influenciable en aspectos
positivos y negativos, es voluble, impulsivo y
en algunos casos temerario.-
¿Cuál es el marco legal para los menores en el
código del niño y adolescente?, ¿la sanción es
la misma?.

UN NIÑO (concepción
– 12 años) – medidas
de protección,

ADULTO O QUIEN CUMPLIÓ
LA MAYORIA DE EDAD pena
privativa de libertad no menor
de quince años a treinta y

ADOLESCENTE (12
– 18 años) – medidas
socios educativos:
amonestación,
prestación de servicio
comunitario, libertad
asistida, libertad
restringida y otro es el
internamiento
Argentina y
Bolivia es de 16
años;

en Chile,
Colombia,
Panamá y
Paraguay es de
14 años; en

Guatemala,
Nicaragua y
República
Dominicana es de
13 años y en
Costa Rica,
Ecuador, El
Salvador,

Honduras, México
y Venezuela es
de 12 años
¿Existe la necesidad de variar la
responsabilidad penal de menores de edad?
La concepción tutelar del derecho de
menores se fundamenta en la llamada
"Doctrina de la Situación Irregular", según la
cual, el menor de edad es considerado sujeto
pasivo de la intervención jurídica, objeto y no
sujeto de derecho.

Así, la doctrina de la
protección
integral
logra crear una nueva
categoría jurídica la
del “niño” se encarga
de
reunificar
los
derechos humanos y
tiene una finalidad
restitutiva
de
derechos.

La medida tomada al
respecto
no
sólo
deberá basarse en el
examen
de
la
gravedad del hecho,
sino también en las
circunstancias
personales que lo
rodean.
¿Si se implementa el proyecto de ley que modifica la
responsabilidad penal de menores de edad disminuirá
el sicariato cometido por menores de edad?
La medida tomada al respecto no
sólo deberá basarse en el examen
de la gravedad del hecho, sino
también en las circunstancias
personales que lo rodean país.

Todo
esto
es
una
responsabilidad compartida de
padres y del gobierno. Si bien
hay menores que inician su
vida delictiva desde muy
pequeños, detrás de cada uno
de ellos hay un drama que no
se soluciona enviándolo a
prisión junto a otros adultos.

Es el Sistema de
Justicia
del
adolescente
infractor
se
orienta
a
su
rehabilitación y a
encaminarlo a su
bienestar.

Es necesario que se
implemente
centros
de
rehabilitación
juvenil que no agrave
el problema, sino que
le de alternativas de
salida a los niños”.
¿El menor de edad que comete el delito de sicariato es
suficientemente capaz para que pueda ser imputable de
alguna pena?
Uno de los temas que más preocupa a la sociedad y sobre
el cual existe mayor polémica en el mundo entero es el
referido a la responsabilidad penal del menor.

El Código de Niños y
Adolescentes (artículos 183 y
siguientes)

Establece que…

“Se
considera
adolescente
infractor
a
aquel
cuya
responsabilidad
ha
sido
determinada como autor o
partícipe en un hecho punible
tipificado como delito o falta en la
En tal sentido, el artículo 191 regula expresamente que el
sistema de justicia del adolescente infractor se orienta
a su rehabilitación y a encaminarlo a su bienestar; razón
por la que, al momento de emitir sentencia, el juez debe
tomar en cuenta: la existencia del daño causado, la
gravedad de los hechos acontecidos, el grado de
responsabilidad del adolescente, el informe del equipo
multidisciplinario y el informe social correspondiente
(artículo 215).
Conclus
iones
El
sicariato
es
un
homicidio
que
tiene
particularidades propias,
tanto por el nivel de
violencia
y
profesionalismo con que
se ejecuta, como por la
sofisticación
de
las
actividades y relaciones
sociales previas al hecho
delictivo.

Sicario significaba
hombre-daga,
pues “sica” es una
daga pequeña y
fácil de esconder
para apuñalar a
los
enemigos
políticos.

La
importancia
del
sicariato no estriba solo
en
el
número
de
homicidios cometidos o
en
los
grados
de
violencia explícita que
encierra, sino en el
impacto que produce en
el sistema penal y sobre
todo en la seguridad de
las personas en la
sociedad.
Cualquier menor de edad
que comete un acto
tipificado como delito para
el derecho penal, es una
persona
“eximida
de
responsabilidad penal por
no poder comprender la
ilicitud
de
un
hecho
punible”.

La penalidad para los menores
de edad en el código de los
niños y adolescentes, es
cuando se considera que a
partir de determinada edad, la
única forma coherente de
hacer
frente
a
hechos
delictivos realizados por un
niño es utilizando el criterio de
la responsabilidad, sin que ello
implique exigirle la misma
responsabilidad del adulto.

Existe un proyecto de ley
donde se
modifica la
responsabilidad penal de
menores de edad; hace
mención que hoy en día,
los menores de dieciocho
(18) años de edad son
inimputables.
Los
factores
que atañen a
los menores a
realizar
este
tipo
de
modalidad
de
asesinato, y se
tiene
que
empezar con el
siguiente
análisis:
psicológico,
social, familiar,
educativo
y

El Estado, la familia
y
la
sociedad
comparten
una
responsabilidad
basada en la actuar
de los niños, niñas y
adolescentes;
es
decir, ellos tendrán
que velar por un
comportamiento,
para que vaya de
acuerdo
a
los
requerimientos
sociales
que
se
hayan establecido.

Uno
de
los
temas que más
preocupa a la
sociedad
y
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existe
mayor
polémica en el
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responsabilidad
penal
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menor.
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  • 1. FACULTAD DE DERECHO ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO ALUMNA: BOULANGGER BALTODANO, Jhenifer NUEVO CHIMBOTE – PERÚ 2013
  • 3. En la actualidad, existe una problemática económica, social, sobre todo muy controversial a cerca del sicariato en los menores de edad, por lo que cuando cometen un acto tipificado como delito en el código penal, es decir estos son inimputables por ser menores de edad (18); y el ser inimputable significa eximir de toda responsabilidad penal, por no comprender la ilicitud de un hecho punible. Teniendo como sanción solo una medida socio educativa, lo cual tiene como duración entre cuatro a seis años, según el artículo 195 del código del niño y del adolescente.
  • 4. Subtemas que aborda el presente trabajo: La inimputabilidad de los menores de edad. La penalidad para los menores de edad en el código de los niños y adolescentes, el tipo penal base en nuestro código. Los factores que atañen a los menores a realizar este tipo de modalidad de asesinato.
  • 5. ¿En qué medida el vacío en nuestro sistema penal y los factores influyen para que aumente el delito de asesinato por lucro (sicariato) en los menores de edad? Formulación de Hipótesis
  • 7. Concepción de Niñez y Adolescencia Casos Suscitados en la Actualidad Inimputabilidad Asesinato en el Código Penal Proyecto de Ley Asesinato por Lucro Factores Sicariato
  • 8. Adolescencia 13 – 19 años, teniendo un desarrollo la niñez cuando se le sitúa entre los 6 y 12 años Primer periodo de la vida humana, desde el nacimiento de una persona hasta la adolescencia desarrolla su pensamiento lógico, controlando la imaginación El niño se vuelve más objetivo, siendo ya capaz de ver la realidad, tal como esta es y no como se la imaginaba.
  • 9. IMPUTAR LA IMPUTABILIDAD LA INIMPUTABILIDAD • es atribuir a un sujeto la comisión de un injusto, • es el conjunto de condiciones mínimas que le permiten al sujeto comprender la antijuricidad de su acción o para determinarse de acuerdo a esa comprensión • Es la ausencia de condiciones mínimas físicas y psíquicas que le impiden al sujeto en el momento del injusto y de adecuar su conducta conforme a esa comprensión
  • 10. EL ASESINATO EN EL CÓDIGO PENAL Articulo 108° del Código Penal “Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años, al que mata a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes: 1.- Por ferocidad, lucro o placer. 2.- Para facilitar u ocultar otro delito. 3.- Con gran crueldad o alevosía. 4.- Por fuego explosión, veneno o cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o la salud de otras personas. 5.- Si la víctima es miembro de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas, Magistrado del
  • 11. El agente ocasiona la muerte de su víctima porque ha recibido o va a recibir de un tercero una compensación económica o porque guiado por la obtención de un beneficio económico decide personalmente matar a su víctima
  • 12. En la antigua Roma, sicario significaba hombre-daga, pues “sica” es una daga pequeña y fácil de esconder para apuñalar a los enemigos políticos. En la actualidad es quien asesina por encargo, a cambio de una compensación económica.
  • 13. ¿Cuáles son los factores que intervienen en la vida de un joven antes de convertirse en sicario? PSICOLÓGICO FAMILIAR EDUCATIV O SOCIAL TECNOLÓGICO
  • 14. PROYECTO DE LEY Hace mención que hoy en día, los menores de dieciocho (18) años de edad son inimputables. En otras palabras, cualquier menor de edad que comete un acto tipificado como delito para el derecho penal, es una persona “eximida de responsabilidad penal por no poder comprender la ilicitud de un hecho punible”. También cabe resaltar que el artículo 184º del código de los niños y adolescentes regula dos tratamientos diferenciados para aquellos “adolescentes infractores” regula dos formas de tratamiento: donde es claro que aquellos infractores no tienen ninguna responsabilidad penal al cometer un delito; por ende, solo serán sancionado con medidas socioeducativas
  • 15. La delincuencia organizada renueva y adapta sus diferentes métodos de acuerdo a sus propias necesidades criminales, procurando siempre sacar ventaja de las limitaciones o deficiencias que pueda presentar el sistema penal  Se vienen incrementando los homicidios por lucro (conocidos como homicidios por encargo o crímenes a manos de sicarios) y lo más preocupante es que estos delitos se están propagando en los menores de edad por diversos factores que en el transcurso del presente ensayo. La responsabilidad de los menores entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años cuando cometan estos delitos, no deben tener medidas socio-educativas que contempla el Cód. de los niños y adolescentes; por el contrario, hay que dar un cambio de giro drástico y plantear por primera vez en la historia nacional, la responsabilidad penal para estos menores como si fueran adultos. En ese sentido, se hace imprescindible la modificación de normas contenidas en nuestro código penal y en el código de los niños y adolescentes, tal como lo pasamos a explicar en la fórmula legal que recoge la presente iniciativa de ley.
  • 16. CASOS EN LA ACTUALIDAD Quien con tan solo doce (12) años de edad fue reclutad por una banda de extorsionadores de Trujillo (la libertad), que luego lo entreno para convertirlo en sicario. Este “adolescente infractor”, próximo a cumplir la mayoría de edad, ya lleva por lo menos, ocho asesinatos a sueldo.
  • 17. Entre los menores más peligrosos capturados por la policía se encuentran los adolescentes de iniciales A.P.G. (17) alias “gringasho” (los malditos del triunfo); J.A.C., “peluca” (los pulpos); y K.P.V. “chato Kevin”.
  • 18. Otro caso conocido en nuestro país es del conocido como “hormiguita” el sicario de 13 años acusado de tres asesinatos es una muestra más de que la inseguridad ciudadana avanza en el país. El menor de iniciales D. A. R. L. fue detenido en la provincia de Ascope (La Libertad) con un revólver calibre 38 y en aparente estado de ebriedad. Este menor de edad es sindicado como un sicario más avezado que el ya mencionado “gringasho”.
  • 19. Fue detenido, la madrugada del sábado, en el sector Río Seco, en el distrito de El Porvenir. La Policía lo intervino cuando disparaba con un arma de guerra contra el vehículo de Jhon David Ventura Rosas, se informó que el menor de edad conocido como Pelao Gerson quien hace tres meses salió bajo reglas de conducta del Centro de Diagnóstico y Rehabilitación Juvenil de Trujillo–asesinó en enero pasado, a balazos, a Jorge Alberto Vargas Quispe, alías ’Uva’, así como a Julio César Castillo Chávez, quien fue
  • 20. I D E A S C L A V E S ¿ cuáles son los motivos o fundamentos para que los menores de edad sean inimputables?. ¿Cuál es el marco legal para los menores la sanción es la misma?. ¿Existe la necesidad de variar la responsabilidad penal de menores de edad? ¿Si se implementa el proyecto de ley que modifica la responsabilidad penal de menores de edad disminuirá el sicariato cometido por menores de edad? ¿El menor de edad que comete el delito de sicariato es suficientemente capaz para que pueda ser imputable de alguna pena?
  • 21. ¿Cuáles son los motivos o fundamentos para que los menores de edad sean inimputables?. BIOLÓGICO • Puesto que se basa que no ha alcanzado la madurez suficiente para distinguir lo justo de lo injusto o lo bueno de lo malo. INTELECTUAL • No tiene madurez suficiente para adecuar su comportamiento de conforme a ella, no ha alcanzado un desarrollo completo (físico, intelectual y moral) MORAL • Son fácilmente influenciable en aspectos positivos y negativos, es voluble, impulsivo y en algunos casos temerario.-
  • 22.
  • 23. ¿Cuál es el marco legal para los menores en el código del niño y adolescente?, ¿la sanción es la misma?. UN NIÑO (concepción – 12 años) – medidas de protección, ADULTO O QUIEN CUMPLIÓ LA MAYORIA DE EDAD pena privativa de libertad no menor de quince años a treinta y ADOLESCENTE (12 – 18 años) – medidas socios educativos: amonestación, prestación de servicio comunitario, libertad asistida, libertad restringida y otro es el internamiento
  • 24. Argentina y Bolivia es de 16 años; en Chile, Colombia, Panamá y Paraguay es de 14 años; en Guatemala, Nicaragua y República Dominicana es de 13 años y en Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México y Venezuela es de 12 años
  • 25. ¿Existe la necesidad de variar la responsabilidad penal de menores de edad? La concepción tutelar del derecho de menores se fundamenta en la llamada "Doctrina de la Situación Irregular", según la cual, el menor de edad es considerado sujeto pasivo de la intervención jurídica, objeto y no sujeto de derecho. Así, la doctrina de la protección integral logra crear una nueva categoría jurídica la del “niño” se encarga de reunificar los derechos humanos y tiene una finalidad restitutiva de derechos. La medida tomada al respecto no sólo deberá basarse en el examen de la gravedad del hecho, sino también en las circunstancias personales que lo rodean.
  • 26. ¿Si se implementa el proyecto de ley que modifica la responsabilidad penal de menores de edad disminuirá el sicariato cometido por menores de edad? La medida tomada al respecto no sólo deberá basarse en el examen de la gravedad del hecho, sino también en las circunstancias personales que lo rodean país. Todo esto es una responsabilidad compartida de padres y del gobierno. Si bien hay menores que inician su vida delictiva desde muy pequeños, detrás de cada uno de ellos hay un drama que no se soluciona enviándolo a prisión junto a otros adultos. Es el Sistema de Justicia del adolescente infractor se orienta a su rehabilitación y a encaminarlo a su bienestar. Es necesario que se implemente centros de rehabilitación juvenil que no agrave el problema, sino que le de alternativas de salida a los niños”.
  • 27. ¿El menor de edad que comete el delito de sicariato es suficientemente capaz para que pueda ser imputable de alguna pena? Uno de los temas que más preocupa a la sociedad y sobre el cual existe mayor polémica en el mundo entero es el referido a la responsabilidad penal del menor. El Código de Niños y Adolescentes (artículos 183 y siguientes) Establece que… “Se considera adolescente infractor a aquel cuya responsabilidad ha sido determinada como autor o partícipe en un hecho punible tipificado como delito o falta en la
  • 28. En tal sentido, el artículo 191 regula expresamente que el sistema de justicia del adolescente infractor se orienta a su rehabilitación y a encaminarlo a su bienestar; razón por la que, al momento de emitir sentencia, el juez debe tomar en cuenta: la existencia del daño causado, la gravedad de los hechos acontecidos, el grado de responsabilidad del adolescente, el informe del equipo multidisciplinario y el informe social correspondiente (artículo 215).
  • 30. El sicariato es un homicidio que tiene particularidades propias, tanto por el nivel de violencia y profesionalismo con que se ejecuta, como por la sofisticación de las actividades y relaciones sociales previas al hecho delictivo. Sicario significaba hombre-daga, pues “sica” es una daga pequeña y fácil de esconder para apuñalar a los enemigos políticos. La importancia del sicariato no estriba solo en el número de homicidios cometidos o en los grados de violencia explícita que encierra, sino en el impacto que produce en el sistema penal y sobre todo en la seguridad de las personas en la sociedad.
  • 31. Cualquier menor de edad que comete un acto tipificado como delito para el derecho penal, es una persona “eximida de responsabilidad penal por no poder comprender la ilicitud de un hecho punible”. La penalidad para los menores de edad en el código de los niños y adolescentes, es cuando se considera que a partir de determinada edad, la única forma coherente de hacer frente a hechos delictivos realizados por un niño es utilizando el criterio de la responsabilidad, sin que ello implique exigirle la misma responsabilidad del adulto. Existe un proyecto de ley donde se modifica la responsabilidad penal de menores de edad; hace mención que hoy en día, los menores de dieciocho (18) años de edad son inimputables.
  • 32. Los factores que atañen a los menores a realizar este tipo de modalidad de asesinato, y se tiene que empezar con el siguiente análisis: psicológico, social, familiar, educativo y El Estado, la familia y la sociedad comparten una responsabilidad basada en la actuar de los niños, niñas y adolescentes; es decir, ellos tendrán que velar por un comportamiento, para que vaya de acuerdo a los requerimientos sociales que se hayan establecido. Uno de los temas que más preocupa a la sociedad y sobre el cual existe mayor polémica en el mundo entero es el referido a la responsabilidad penal del menor.