Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de Derecho.
Docente: Abg. Marolyn
Alumna: Bachiller Martínez Carly
Cedula: 21.299.585
L.O.P.N.N.A
Entro en vigencia el 01 de
Abril del año 2000
Surge a través de un
movimiento social en el
que participan diversos
integrantes de la sociedad.
Garantizar a todos los Niños, Niñas y Adolescentes, que se encuentren en el territorio
nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la
protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento
de su concepción.
OBJETO
Articulo 78: Los Niños, Niñas y Adolescentes son sujetos plenos de
derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y
tribunales especializados.
Rango
Constitucional
Definición de Niño, Niña y de Adolescentes
Niño- Niña
Toda persona con menos de
doce (12) años de edad.
Adolescente
Toda persona con doce años
o más y menos de dieciocho
(18) años de edad.
PROPÓSITO
• Busca distribuir las responsabilidades de la Protección del Niño Niña y Adolescente
entre la familia sociedad y Estado.
• Contempla derechos como participar, opinar y ser respetados por los educadores.
• Concibe al Niño como sujeto de Derecho.
• Se establecen normas, procedimientos y estrategias diversas para la protección
integral de todos los Niños Niñas y Adolescentes que son victimas.
• Se establece la obligación que tiene el Estado de proteger y apoyar a la familia.
• Establece los derechos que tienen los Niños , Niñas y Adolescentes en cada
etapa de su desarrollo.
Derechos
• Los Niños niñas y Adolescentes tienen derecho a ser
protegidos de la exposición a materiales pornográficos y
películas o video juegos que inciten a la violencia.
DEBERES
• Honrar, respetar y obedecer a sus padres.
• Honrar a la patria y a sus símbolos patrios.
• Respetar los derechos y garantías de las demás personas.
• Cumplir sus obligaciones en materia de educación.
Art.01: Resumen de los
principios y finalidades
que se desean alcanzar.
Art. 03: Establece la
igualdad de las personas y
prohíbe la discriminación.
Art. 08: Interés superior
del Niño, Niña y
Adolescente.
Art. 50: Salud sexual y reproductiva.
Art. 60: Educación a Niños, Niñas y
Adolescentes Indígenas.
Art. 61: Educación a Niños, Niñas y
Adolescentes con necesidades
especiales.
Art.80: Derecho a oír y ser oídos.
SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL
NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
Son un Conjunto de Órganos, entidades y
servicios.
Formulan, coordinan, orientan, supervisan,
evalúan y controlan.
Políticas, programas y acciones de interés
publico para la protección debida de los Niños,
Niñas y Adolescentes.
PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE
PROTECCIÓN
Prioridad
Absoluta.
Interés
Superior
del Niño.
Rol
fundamental
de la Familia
Participación
conjunta de
la sociedad.
RESPONSABILIDAD PENAL DEL
ADOLESCENTE.
Para las
medidas
Aplicables.
Se debe tomar
en cuenta
La
comprobación
del acto
delictivo
La existencia
del daño
causado.
La comprobación
de que el
adolescente ha
participado en el
hecho.
La
gravedad y
naturaleza
de los
hechos.
El grado de
responsabilidad
del adolescente.
Edad del
adolescente y
su capacidad
de cumplir con
la medida.
Los esfuerzos
del adolescentes
para reparar los
daños.
INTEGRANTES DEL SISTEMA PENAL
DE RESPONSABILIDAD
Sección de
Adolescente del
Tribunal Penal.
Defensorías
Publicas.
Programas y
entidades de
Atención.
Ministerio
Publico.
Sala Social del
Tribunal Supremo
de Justicia.
Policía de
investigación.