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Teoría de la Constitución
Cátedra.
Profesora: Carmen Droguett.
Facultad de Derecho Universidad Andrés Bello.
2015
“Teoría de la Constitución”.
UNIDAD 1. Teoría Constitucional.
 El Constitucionalismo.
Concepto.
ConstitucionalismosegúnSilvaBascuñán: “El constitucionalismo es la consagración, en textos solemnes
y escritos, de las bases fundamentales de la estructura del Estado en forma que los órganos del poder
público y los gobernantes deben sujetarse a sus preceptos, y todas las demás normas que se dicten,
deben establecerse de acuerdo con sus bases y conformarse a estas”.
Contenidos que trata la Constitución:
 Organización del poder estatal o funciones del estado
 Distribución de funciones y potestades (facultades, atribuciones y deberes de los órganos del
Estado).
 Garantías individuales (enuncia garantías y derechos de las personas que son titulares, que
exigen respeto a otros particulares como al Estado mismo.)
 Mecanismos, para poder exigir respeto, por ejemplo: requerimiento de inaplicabilidad,
inconstitucionalidad, protección, amparo, etc.
Evolución.
 Las Constituciones consuetudinarias eran las costumbres de generación en generación.
 Las Constituciones escritas comenzaron a escribirse y fueron evolucionando.
 La primera constitución escrita fue la Carta Magna Inglesa el año 1215.
 El proceso de constitucionalismo se dice que comenzó en la edad media.
 Hobbes,RousseauyLocke ayudaron al proceso del constitucionalismo. El Contractualismo hizo
que las personas supieran los derechos que tenían, para ello había que tener constitución
escrita.
Principios básicos del constitucionalismo clásico o moderno.
Éste debe consagrarse en un texto único, no disperso. Los principios básicos del constitucionalismo
moderno son 6:
1) La Constitución es concebida como un estatuto de garantías para el ciudadano frente al Estado, la
soberanía del Estado está limitada por los derechos de las personas.
2) La Carta Magna generalmente responde a dos principios: rigidez y escrituración.
3) Implicaunreparto de competenciasde unafuncióndel Estado,lo que genera un principio del órgano
o institución.Serán los órganos del Estado los titulares del mismo. El Estado no ejerce el derecho, sino
que lo hace a través de diversos órganos.
4) El imperiode lalegalidadode lajerarquíade lasnormasjurídicasconstituye el nacimiento del Estado
de Derecho.
5) Consideraque el soberanoesel puebloolanación,peroenningúncasoel monarca. Existen dos tipos
de soberanía: la directa, a través del plebiscito; y la indirecta, a través de las autoridades que ésta
establece.
6) Como es una expresión de la soberanía del Estado, la Constitución no puede dejar de quedar
subordinadaalos límites propios de la soberanía. La Constitución también está limitada, pese a que es
una norma jurídica suprema, por los derechos de las personas, los cuales son inalienables e
imprescriptibles.
Diferencias entre las Constituciones medievales y las clásicas.
 Antiguamente, la Constituciones eran otorgadas por un Señor. Actualmente no es así, las
Constituciones han sido realizadas por el propio pueblo o nación.
 Las Cartas Magnas del medioevonocontemplanel principiode laigualdadde derechos,sinoque
solo consagran derechos para distintas castas o grupos. Es decir, no todos eran iguales, sólo
algunos tenían derechos.
 Supremacía Constitucional.
Concepto de Constitución.
Conceptode ConstituciónsegúnArturoFermmandois: “La Constitución esunanorma jurídica dotada de
rigidez y supremacía que contiene la organización del poder estatal, la distribución de la funciones y
potestades que los órganos del Estado pueden ejercer, las garantías individuales cuyo respeto los
gobernados pueden reclamar y exigir del Estado, y los mecanismos que se les franquea para tal
ejercicio”.
 Es una norma jurídica: contiene generalidad, exigibilidad y coercibilidad.
 Se encuentra dotada de rigidez y supremacía: la Constitución debe ser rígida y no de fácil
modificaciónyaque contiene lasbasesde todaslasnormasjurídicas.La Constituciónessuprema
porque tiene un rango superior en el orden jurídico.
 Contiene:
1) La organización del poder estatal.
2) Distribución de funciones y potestades.
3) Garantías individuales:el Artículo19 establece losderechosde todas las personas que
emanan de la naturaleza humana.
4) Mecanismos:losderechosnoserían efectivossi noexistieranmecanismosque otorgaran
la formade exigirlos,comoporejemplo,laacciónde amparo, la acción de protección, el
requerimiento de inaplicabilidad y de inconstitucionalidad.
Clasificación de las Constituciones.
1° Criterio: según la extensión de su contenido:
 Desarrolladas: contenido extenso.
 Sobrias o escuetas: texto reducido y compacto.
 Semidesarrolladas:textorelativamente apropiadoyque en él se regulan aquellas instituciones
que son consideradas apropiadas para una Constitución.
2° Criterio: en cuanto a su capacidad de reforma y su dificultad para enmendarla:
 Flexibles:que se modificaigual que una ley ordinaria, lo cual para algunos estos sería lo mismo
que no tener Constitución.
 Rígidas: son aquellas que establecen mecanismos rígidos y que hacen difícil su modificación.
 Semiflexibles: son aquellas que se reforman conforme a un ley y que no alcanza a ser tan
inflexible para que sea rígida.
3° Criterio: en cuanto a su concordancia con la realidad del proceso del poder y lo que ocurre
realmente en la vida política del país:
 Normativas: esaquellaConstituciónenque existe concordancia entre sus normas y la realidad.
 Nominal: es una norma jurídica válida desde la perspectiva formal, pero en la dinámica del
proceso político no se coincide con su texto.
 Semánticas: esuna Constituciónplenamente aplicable pero que busca mantener las formas de
situaciones de facto.
4° Criterio: en cuanto a su forma:
 Escrita: puede constar en uno o en varios documentos solemnes que configuren el
ordenamiento constitucional que ha sido promulgado de acuerdo a un procedimiento que ha
establecido la ley y que fija las garantías para gobernantes y gobernados.
 Consuetudinarias: son aquellas que emanan de la costumbre y no tienen un texto escrito al
menos en su integridad.
5° Criterio: en cuanto a su compromiso con determinados principios:
 Programáticas: son aquellas que tienen un compromiso manifiesto con una ideología o
conjuntos de principios doctrinarios.
 Utilitarias:por el contrario,sonaquellas que no tienen compromiso con ideologías o doctrinas,
es decir, son neutras.
Tipologías:
La tipología de una Constitución se puede ver en dos sentidos:
 Material: es aquel conjunto de normas que regulan aspectos esenciales de la organización del
Estado y de los derechos fundamentales de la persona humana.
 Formal: documento específico al cual los Estados denominan Constitución Política de la
República y que se caracteriza por ser un cuerpo normativo de las más alta jerarquía.
 Poder Constituyente.
Concepto de Poder Constituyente.
 Según Silva Bascuñán, Poder Constituyente es “la facultad que tiene todo cuerpo político de
establecer su propia ley fundamental,de fijar, por lo tanto, todo lo que se refiere a lo esencial de
la estructura de las instituciones llamadas a regir los intereses generales de la colectividad y a
resguardar los derechos de los gobernados”.
 Según Ángela Vivanco, es “la facultad del pueblo soberano de un Estado para darse una
Constitución y realizarle modificaciones”.
Clasificación del Poder Constituyente:
 Originario: es aquella encargada de generar o crear una Constitución y que recae en el pueblo.
 Derivado: es aquel que, una vez tratada la estructura fundamental, se queda habilitado para
introducirle posteriores modificaciones o reformas.
Tipos de reformas:
 Derogatorias: eliminan un precepto legal del ordenamiento jurídico.
 Enmienda: realizan modificaciones a la Constitución.
 Adición: agregan preceptos que no estaban antes contemplados.
Características del Poder Constituyente:
 Función legislativa.
 Carácter extraordinario.
 Propio de la comunidad.
 Soberano.
UNIDAD 2. Fuentes Formales del Derecho Constitucional.
 La Constitución Política de 1980, génesis, antecedentes y características.
Antecedentes:
 La CPE fue el resultado de distintos momentos dentro del régimen militar, debido
principalmente aque lasfuerzasarmadasy de ordenno pensaron,al menosen un comienzo, en
dictar unanuevaConstituciónPolítica,sinoque simplemente reformarla; ejemplo de esto es el
Bando N°5 o el Decreto Ley N°1.
 Durante los últimos meses del año 1973, en virtud del Decreto Supremo del Ministerio de
Justicia N°1064 publicado en el Diario Oficial el 12 de Noviembre de 1973, el cual crea la
Comisión de Estudio de la Nueva Constitución, para que “estudie, elabore y proponga el
anteproyecto de una nueva Constitución Política del Estado y sus leyes complementarias”.
 Lejos se encontraba de ser una Comisión Constituyente.
 El primerdocumentoevacuadoporlaComisiónde Estudio fue el Memorándum con las metas u
objetosfundamentalesparalaNuevaConstituciónde fecha 26 de Noviembre de 1973 y dirigido
a la junta de gobierno.
 El camino hacía una nueva Constitución Política se plasma en la Declaración de Principios del
Gobierno de Chile, de fecha 11 de marzo 1974, documento en el cual se plasmó la creación de
un nuevo sistema constitucional.
La Constitución afirma:
 Que el hombre tiene derechos naturales anteriores y superiores al Estado.
 Que el Estado debe hallarse al servicio de la persona humana y no al revés.
 Que el fin del Estado es el bien común, el cual exige respetar el principio d subsidiaridad.
 Que el respeto del principio de subsidiaridad supone la aceptación del derecho de propiedad
privada y de la libre iniciativa en materia económica.
Etapas del Proceso:
Comisión de Estudio (10/1973-10/1978)
 Su misión era estudiar, elaborar y proponer el anteproyecto de una nueva Carta Fundamental.
 De ella dependieron varias subcomisiones.
 Culmina con la elaboración de un anteproyecto antecedido de un informe explicativo.
Concejo de Estado (01/1978-07/1980)
 Elaboró el proyecto de la Nueva Constitución y un informe explicativo.
 Introduce modificaciones al anteproyecto.
Junta de Gobierno (03/1980 – 08/1980)
Se realizó de manera paralela al estudio del anteproyecto por el Concejo de Estado:
 11 de agosto de 1980: publicación en el Diario Oficial de Decreto Ley N°3.464.
 12 de Agosto 1980: publicación en el Diario Oficial del Decreto Ley N°3.465.
 11 de Septiembre de 1980: plebiscito.
 21 de octubre de 1980: promulgación de la CPE.
¿Qué es referéndum?: votación para leyes.
¿Qué es plebiscito?: votación que puede abarcar cualquier índole.
Principales características formales de la CPE de 1980:
 Nueva Constitución.
 Texto extenso: artículos muy largos que de todas formas requieren interpretación.
 Lenguaje claro.
 Estructura clásica.
 Naturaleza dual: contiene normas fijas y transitorias.
 Rigidez: se requiere un quorum altísimo para regularla.
Principales características sustantivas de la CPE de 1980:
 Nuevos derechos (art. 19), los derechos fundamentales no son absolutos.
 Preeminencia de la dignidad.
 Catálogo completo.
 Primacía de los derechos individuales: derechos de diferentes generaciones.
 Acciones y recursos.
 Fortalecimiento del control de supremacía.
 Derecho constitucional supranacional (art. 5).
 Estados de excepción constitucional.
 Desequilibrio de potestades.
 Definición de ley y estratificación de las leyes.
 Los Tratados Internacionales y su Vinculación con la Constitución.
Los derechos humanos tienen doble fuente: la Constitución y los Tratados Internacionales vigentes.
El artículo 5 inc.2 de la CPE dice: “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los
derechosesencialesque emanan dela naturaleza humana.Esdeberde los órganos del Estado respetar y
promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales
ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
 Tratado: es unacuerdointernacional celebradoporescritoentre Estadosyregidoporel derecho
internacional. Consiste en un instrumento unido, o en dos o más instrumentos conexos, que
cualquiera sea su denominación particular.
 Ratificación: acto internacional porel cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su
consentimiento en obligarse por un tratado.
Casos en los cuales los tratados no son vigentes:
 Nulidad por error, dolo o coacción.
 Retiro unilateral por uno de los Estados.
Requisitos para que el tratado se encuentre vigente:
 Que haya sido ratificado.
 Que haya sido publicado en el Diario Oficial íntegramente o en forma resumida.
 Que existaconstanciadel consentimientode todoslosEstadosnegociadores en obligarse por el
tratado.
Requisitos que debe cumplir un tratado para ser parte integrante de un ordenamiento jurídico:
 Deben ser tratados internacionales solemnes.
 Deben ser tratados multilaterales.
 Deben versar sobre la dignidad del ser humano y sus derechos fundamentales.
 Deben haber sido aprobados y ratificados por Chile.
 Se deben encontrar vigentes.
 El rango de los tratados de derechos humanos en el procedimiento jurídico estarán al mismo
nivel que la Constitución.
Posturas sobre los tratados internacionales:
1) La postura clásica dice que el tratado internacional tiene el mismo rango que la ley, por lo que la
Constitución es superior. No hace relación ni versa sobre derechos humanos.
2) Los derechos que contienen los tratados internacionales tienen rango constitucional.
3) Los tratados internacionales sobre derechos humanos tienen rango constitucional. Esta postura es
la que rige en Chile. La resolución N°786 del año 2007 dice que si los tratados versan de derechos
humanos están al mismo nivel de la Constitución, pero si no tratan sobre éstos están al nivel de la ley.
4) Los tratados sobre derechoshumanos tienen un rango supraconstitucional, por ejemplo, en caso de
guerras o inestabilidad política.
 Los distintos tipos de leyes y su vinculación con la Constitución.
Fuentes del Derecho Constitucional.
Según la RAE “fuente” se define como principio, fundamento u origen de una cosa.
¿Qué son las Fuentes del Derecho?
 Según Jorge Mario Quinzio es “el órgano, medio productor o norma jurídica en su realidad o
contenido concreto”.
 Según Norberto Bobbio, “son los derechos o actos a los que un determinado acto jurídico
atribuye idoneidad o capacidad para la producción de normas jurídicas”.
Las fuentes del derecho se separan en formales y materiales:
 Fuentesmateriales:mediosproductoresde lasfuentesjurídicas(CongresoNacional,Presidente
de la República, Municipalidades, SII).
 Fuentesformales:formasenque se manifiestala norma (Constitución Política, leyes, decretos,
reglamentos).Dentro de las Fuentes Formales se distinguen las fuentes directas, normativas o
inmediatas; y las fuentes indirectas, mediatas o no normativas.
Fuentes Directas, Normativas o Inmediatas:
Son las normas jurídicas propiamente tales. En ellas se encuentran:
 La ConstituciónPolítica:fuente principalydirectadel DerechoConstitucional. Es la ley suprema
del ordenamiento jurídico del Estado, contiene los atributos del poder y las garantías del ser
humano en virtud del Principio de Supremacía Constitucional. Subordina todaslasnormasdentro
del estado, lo cual significa que deben adaptarse a la Constitución tanto formal como
sustantivamente.
 SegúnKelsen,“la Constitución esla más alta grada política jurídica y su función consiste
en regular los órganos y su procedimiento de producción normas jurídicas”.
 Una definiciónmásasertivayampliade la Constitución nos la da Ángela Vivanco, quien
dice que es la “Ley Suprema que rige el ordenamiento jurídico del Estado, a la vez que
contiene los atributos del poder y las garantías del ser humano y que, así mismo, en
virtud del Principio de Supremacía Constitucional,subordina todas las normas dentro del
Estado, es decir, que deben adaptarse a la Constitución tanto formal como
sustantivamente”.
 Las Leyes: son aquellas normas dictadas de acuerdo a la Constitución Política por el poder
legislativo con participación del Presidente de la República.
NuestraCPEcontemplael conceptode dominio legal. Su finalidad, conforme al Código Civil, es
mandar, prohibir, y permitir.
En nuestro ordenamiento, las leyes se clasifican en:
 Ley Interpretativade la Constitución: sonaquellasque se dictancon el objetode aclarar
y explicarel sentidoy alcance de una norma que se estima oscura en su interpretación.
Debe pasar porel tribunal Constitucionalparauncontrol preventivo.Requiere de un 3/5
de quorum.
 Ley Orgánica Constitucional: tiene por objeto estructurar organismos y servicios
públicos consagrados en las Constitución Política. Requiere de un 4/7 de Quorum.
 Ley de Quorum Calificado: son aquellas leyes, cuya materia el constituyente ha
estimadode tal trascendencia,que exige para su reforma, aprobación o derogación, de
la mayoría absolutade SenadoresyDiputados. Un ejemplo de esto es la Ley 18.314: Ley
Antiterrorista. No requiere control preventivo del Tribunal Constitucional.
 Ley que concede Indultos y Amnistías: ésta se encuentra en el art.63-n°16-inc.2 y
requiere de un 2/3 de quorum.
Indulto: Beneficio carcelario que consiste en la remisión o reducción de la pena en la
cual se extingue la responsabilidad penal, es decir, es el perdón de la pena. Esta ley es
dictada por el Presidente de la República.
Amnistía: es el perdón del delito y tiene que ser concedido por ley.
 Ley Ordinaria, Común o Simple: requieren de la mayoría de los miembros presentes
para su reforma, aprobación o derogación.
 Los Decretos, Reglamentos, Instrucciones y Circulares dictadas por el poder ejecutivo: forman
parte de la potestad reglamentaria, es decir, la facultad del presidente y otras figuras
administrativasparadictarnormas jurídicas de contenido general que tiende a ejecutar leyes y
hacer cumplir la función administrativa encomendada por el Estado.
 Decretos Supremos: corresponden al mandato u orden hecho por un Ministro y
tramitado por la Contraloría General de la República en virtud del cual el Presidente
cumple conla funciónde administrarygobernarel Estadoque le ha sido confiado por la
Constitución.
 Reglamentos: conjunto de normas dictadas por el Presidente de la República para la
aplicación y ejecución de las leyes.
 Instituciones:ordenocomunicacionesque losfuncionariospúblicossuperioresdirigena
sus subordinados indicándoles la manera de aplicar una ley, reglamento y otra
disposición legal para el mejor funcionamiento de un servicio público.
 Circulares: actos que tienen alcance para todos los órganos de la administración del
Estado.
 Reglamentos del Senado y de la Cámara de Diputados: son normas jurídicas que tienen por
objetodeterminarel funcionamiento interno del Congreso Nacional. Pretenden dar aplicación
integral de la CPE.
 Auto-acordados de Tribunales de Justicia: dictados por la Corte Suprema, el Tribunal
Constitucional y el Tribunal Calificador de Elecciones.
Fuentes Indirectas, Mediatas o No Normativas:
Son aquellas, que sin contener en sí mismas las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, explicarlas,
producirlasysirven para su conocimiento. Permiten aclarar el derecho vigente sin ser necesariamente
normas, aunque en la práctica se usan solo las normas directas.
SegúnHugo Tortora,son todasaquellas fuentesque vienen a determinar y complementar el contenido
de las Fuentes Directas, y que se caracterizan por un origen sociológico, es decir, nacen de la actividad
social desarrollada en un momento histórico determinado. Aquí encontramos:
 La Costumbre:repeticiónconstante y uniforme de ciertos actos durante un periodo y localidad
determinada y con la convicción de que se está realizando un interpretativo jurídico.
Elementos de la Costumbre:
 Elemento externo u objetivo: se caracteriza por la uniformidad, el largo uso y la
notoriedad.
 Elemento interno o subjetivo: es la convicción que tiene fuerza obligatoria porque
satisface una necesidad jurídica.
Clasificación de la Costumbre:
 Contra Legem: contra ley.
 Preater Legem: en ausencia de la ley.
 Secundum Legem: en la ley.
La costumbre solotiene valorenel SistemaConstitucional chilenosi expresamente se remiteala
ley, es decir, secundum legem.
 Jurisprudencia de los Tribunales de Justicia: se puede ver en dos sentidos:
 Amplio: conjunto de fallos que dictan los órganos que ejercen la jurisdicción.
 Restringido: un fallo que dicte un tribunal.
La jurisprudencia es la interpretación doctrinaria que emana de los tribunales referida a una
materia.
 La Opinión de los Tratadistas o Doctrinas: si bien carecen de obligatoriedad, tendrán gran
influencia a la hora de discutirse una cuestión que incida en el derecho constitucional.
 Dictámenes de la Contraloría General de la República y de Otros Órganos de Carácter
Consultivo: la Contraloría General de la República tiene la función fiscalizadora y de control de
los actos de administración, por lo que emite informes de gran valor jurídico, y dada su
competencia en algunos casos, tienen carácter obligatorio.
 Historia Fidedigna de la Constitución: ésta adquiere la calificación de Fuente Indirecta porque
enellase encuentratodoel desarrollode losprincipiosyvalorespresentesenlaConstitución;su
discusión, bases y términos son los cuales dieron nacimiento a la actual Carta Fundamental.
 ConcienciaConstitucional:origenyhechoshistóricosque dieroncomienzoa la Constitución. Un
gran ejemplo de esto, e hito de gran relevancia, fue la Revolución Francesa.
UNIDAD 3. Bases de la Institucionalidad.
 Concepto y Características.
La ModificaciónalaConstitución de 1925, denominado “Estado, Gobierno y Soberanía”, da cuenta de la
amplitud y densidad de contenido que ha querido otorgársele.
¿Qué es base? Fundamento o apoyo principal en que descansa una cosa.
¿Qué es institucionalidad? La institucionalidad apunta al fundamento que establece la Constitución.
Relevancia del capítulo 1 manifestada en la sesión N°37 de la Comisión Ortuzar: “Estima que este
capítulo (con el nombre que más adelante se considere apropiado) debe contener las normas que
constituyen losprincipiosbásicoso fundamentalesqueorientarán nuestro ordenamiento constitucional y
cuyo desarrollo se manifestará en el articulado del texto… Considera difícil encuadrar en el capítulo 1
todasaquellasnormas queconfiguren elEstado de Derecho, bajo la nomenclatura de “Estado, Gobierno
y Soberanía”, por lo que propone que su título sea el de “Fundamentos Básicos de la Constitución” o
“Disposiciones Comunes o Generales”, en razón de que con la actual nomenclatura se tenderá,
naturalmente,avincularel desarrollode todalaideade derechoenlosconceptosque enellaaparecen”.
En el capítulo 1, el constituyente ha procurado sintetizar los aspectos más trascendentes de la idea de
derechoque se presente configurar,conel objetode que losdemáspreceptosseanentendidoscomolas
con-creaciones lógicas particulares, en relación a la materia específica que tratan.
¿Qué filosofía jurídica concentra lo esencial de la idea de derecho que quiere consagrar el capítulo 1?
Ella concuerda en alto grado con la sostenida por el pensamiento católico expuesta en la denominada
Doctrina Social de la Iglesia.
La Constitución no es un conjunto de artículos yuxtapuestos, sino que todos ellos forman un sistema,
de modo que latarea de hermenéuticatiene que considerarsiempre lalógicasustentada en el contexto
y sintetizada en el centro definidor del capítulo 1.
El capítulo 1 establece reglas conforme a las materias que regula, a saber:
 Estructura social.
 Territorio.
 Emblemas nacionales.
 El Estado.
 Formas de gobierno.
 Soberanía.
 Estado de Derecho.
 Principios de probidad y publicidad.
 Terrorismo.
 Estructura Social.
La Constitución reconoceel elementohumanodel Estado,conformado no solo por individuos, sino que
por un conjuntode personas,familiasyde formassocialescreadasenlaconvivencia.Conesta amplitud,
emplea los términos sociedad, nación, comunidad nacional y pueblo.
La Constitución comprende acertadamenteque enlasociedadenlacual el Estado se asienta yse mueve,
no solo se integra por una pluralidad de individuos, sino que por personas, familias y grupos
intermedios.
La incorporaciónde lareferenciaalaigualdadyla libertadtiene su fuente más directa en el nacimiento
del constitucionalismomoderno,yaque figuraenlaDeclaraciónde Independenciade losEstadosUnidos
de 1776, posteriormente consignadoenla Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de
1789, en la Carta de las Naciones Unidad de 1945, en la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre de 1948 y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
1) El hombre y la persona humana.
Regla consignada en el artículo 1: las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Incorporana la jerarquíaconstitucional el reconocimientode un pilar fundamental que no se menciona
en otras constituciones.
La ComisiónOrtuzarregistrópreocupaciónporponeral hombre comopiedraangularen la Constitución.
 Igualdad: todos los hombres nacen con la misma cualidad e idéntica vocación.
 Dignidad: cualidades de la persona humana, como el fin para el cual ha sido creada.
Al afirmar que los hombres nacen libres, está manifestando que ellos tienen la facultad de obrar o no
obrar, es decir, que no es esclavo.
El principio de igualdad deriva directamente de la naturaleza, toda vez que los hombres nacen con las
mismas cualidades de la persona humana como en el fin para el cual ha sido creada.
Las características de la CPE reconocenala persona humana y explican el contenido de otros preceptos
sustantivos de la Constitución, los cuales pasan a ser mera consecuencia de la norma.
2) La Familia.
La familia está en el artículo 1 inc. 2 y 4 de la CPE: la familia es el núcleo fundamental de la sociedad.
 Familia:grupo de personasemparentadasentre sí que viven juntas bajo la autoridad de una de
ellas.
 Núcleo: elemento primordial al que se van agregando otros para formar un todo.
 Fundamental: principio y cimiento en que escriba y sobre el que se apoya un edificio o cosa.
Por lotanto,la CPE reconoce laexistenciaenlasociedadde muchos núcleos, entre los cuales, la familia
es el fundamental.
Ejemplos de reconocimientos internacionales a la familia que luego se plasman en la Constitución:
 Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre: “toda persona tiene derecho a
constituir familia, elemento fundamental en la sociedad; y a recibir protección a ella”.
 Declaración Universal de Derechos Humanos: “la familia es el elemento natural y
fundamental de la sociedad, y tiene el derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
 Declaración de Derecho Económicos, Sociales y Culturales: “se debe conceder a la familia,
que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y
asistencia posible, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del
ciudadano y la educación de los hijos a su cargo”.
Todas estas normas son tratados internacionales ratificadas por Chile.
3) Grupos Intermedios.
Los gruposintermedios se encuentran en el artículo 1 inc.3 en relación al artículo 23 de la Constitución:
“el Estado reconoce y ampara los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la
sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”.
Muchos tiposo formas de grupos intermedios, atendida la especialidad de sus objetivos y por vincular
sus actividadesavaloressocialessuperiores,sonobjetode reglamentaciónespecial del legislador, quien
les da las bases de su estructura y proporciona el beneficio de la personalidad jurídica. Así mismo, la
Constitución hace referencia a distintas formas en que ellos pueden manifestarse.
La amplitud y diversidad de los objetivos de los grupos intermedios se condiciona por la necesidad de
que su estructura y finalidad queden enmarcadas dentro del ordenamiento jurídico.
Ejemplo de manifestaciones de grupos intermedios:
 Establecimientoseducacionales,juntasde vecinos,sindicatos,partidos políticos,
corporaciones y asociaciones.
 EmblemasNacionales.
Los emblemasnacionalesse tratan en el art 2 de la Constitución: “son emblemas nacionales la bandera
nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional”.
 Emblema: símbolo que representa alguna figura al pie de la cual se escribe algún lema que
declara la idea que éste encierra.
Los emblemasnacionalestambiénestánrelacionadosconel art 22 inc.1: “todo habitantede la República
debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales”.
 El Estado.
Concepto.
Hay 3 formas de entender Estado y el constituyente las define de las siguientes maneras:
1) Ente ficticio:se utilizael Estadobuscandosignificarcon él a aquella sociedad desde el punto de vista
de derecho, es decir, de la organización que se da la sociedad para conducir ésta al bien común.
Agrupaciónde personasque se constituye de tal forma que permite alcanzar el bien común, art. 1 inc. 4
y 5: “El Estado estáal servicio de la persona humana y éstees promover el bien común, para lo cual debe
contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la
comunidad nacionalsu mayorrealización espiritualy material posible,con pleno respeto a los derechos y
garantías que esta Constitución establece”.
“Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia,
propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la
Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida
nacional”.
2) Conjunto de órganos: esaquel que entiende al estadocomoconjunto de órganos o instituciones que
lorepresentan, esdecir,el aparatooficial,atravésde cuyasdecisionesy actuaciones se marcha hacia la
realización del bien colectivo. Como por ejemplo, las municipalidades y súper intendencias, art. 6 y 7:
“Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a
ella, y garantizar el orden institucional de la República.
Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a
toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones de determine la ley”.
“Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su
competencia y en la forma que prescriba la ley.
Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aún a pretexto de
circunstanciasextraordinarias,otra autoridad o derechosquelosqueexpresamenteseles haya conferido
en virtud de la Constitución o las leyes.
Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidadesy sancionesquela ley
señale”.
3) Fisco: interpretarlocomoauna persona jurídicapatrimonial central que adoptael nombre de fisco.En
este caso, el estado actúa con patrimonio y personalidad jurídica propia, art. 19 n° 24 inc. 10: “La
exploración,la explotación o el beneficio de los yacimientosquecontengan sustancias no susceptibles de
concesión,podrán ejecutarsedirectamenteporelEstado o porsusempresas,o por medio de concesiones
administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el
Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo. Esta norma se aplicará también a
los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción
nacional y a los situado, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de
importancia para la seguridad nacional. El Presidente de la República podrá poner término, en cualquier
tiempo,sin expresión decausa y con la indemnización quecorresponda,a lasconcesionesadministrativas
o a los contratos de operación relativos a explotaciones ubicadas en zonas declaradas de importancia
para la seguridad nacional”.
Fin del Estado.
El findel Estadoestáen el art.1 inc.4, y éste es promover el bien común: “el Estado está al servicio de la
persona humana y éste es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones
sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor
realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta
Constitución establece”.
1) Se consagra el biencomún como finalidaddel Estado, la ideade biencomún en la Constitución es de
influencia/dogma de la Iglesia. Se trata de determinar la finalidad del Estado, no de la sociedad. Las
personas tienen fines distintos, el Estado uno solo.
2) El deberdel Estado es promoverel bien común. Con promover,se refiere a tomar la iniciativa para la
realización del logro de algo, es decir, el bien común no brota espontáneamente, debe existir trabajo
para alcanzar ese objetivo. Se necesita un agente que trabaje para el logro del bien común y este es el
Estado.
3) La finalidad del estado es alcanzar un determinado contenido, y éste es el bien común como
bienestargeneral,algodistintoa los bienes particulares de cada uno de los integrantes de la sociedad.
4) ¿De quién debe lograr el bien común? De todos y cada uno de los integrantes de la sociedad
(persona, familia y grupos intermedios).
5) ¿Cómo se alcanza el bien común? Creando las condiciones. El Estado no trabaja para sí mismo, se
proyecta para las personas, familias y grupos intermedios.
6) ¿Qué persigue la finalidad del Estado? La mayor realización espiritual y material posible.
7) ¿En qué consiste la contribución que se pide al Estado? Ésta contribución crea las condiciones
sociales.Todosaquellosque se dedicanacrear el clima, ambiente, atmósfera y el estilo de convivencia
que lesfacilite losobjetivosparasuparticularbeneficioque se trazanlosindividuos,esdecir,pasana ser
entendidos como valores colectivos.
8) ¿Se trata de una exigencia concreta o abstracta? Es concreta. Busca toda la realización material y
espiritual “posible” que esté dentro de sus capacidades, es decir, el Estado está limitado.
9) ¿Existe un límite para actuar del Estado? el respeto a los derechos y garantías que la Constitución
establece.
Deberes del Estado.
Señalado en el artículo 1:
1) Resguardar la seguridad nacional. Artículos 19, n°11 inc.2, n°15 inc.4 y n°16 inc.4: “La Constitución
asegura a todas las personas”: n°11 inc.2: “La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones que las
impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”. N°15 inc.4:
“Prohíbanse las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado”. N°16
inc.4: “Ninguna clasede trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a
la salubridad públicas,o que lo exija el interés nacional y una ley lo declare así. Ninguna ley o disposición
de autoridad pública podrá exigir la afiliación a organización o entidad alguna como requisito para
desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en éstos. La ley
determinará las profesiones que requieren grado o título universitario y las condiciones que deben
cumplirse para ejercerlas”. La Constitución y el artículo 101 inc.1 con respecto a las fuerzas armadas
también versa sobre seguridad nacional: “Las Fuerzas Armadas dependientes del Ministerio encargado
de la Defensa Nacional están constituidas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza
Aérea. Existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional”.
2) Dar protección a la población y a la familia. Artículo 1, inc.2: “La familia es el núcleo fundamental de
la sociedad”.
3) Promover la integración armónica de todos los sectores de la nación (personas, familias y grupos
intermedios).
4) Asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional
(personas naturales y jurídicas). El derecho a participación no está en el Art. 19 pero sí en los tratados
internacionales vigentes.
Forma de Estado, división y organización administrativa.
Se establece en el Artículo N°3: “EL Estado de Chile es unitario.
“La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su
caso, de conformidad a la ley.
Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo
equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional”.
 Estado Unitario: significa que en él hay un solo ordenamiento jurídico positivo,
generalizandoensusórganoscentrales,aplicable atodaslaspersonasenlaextensiónde
su territorio sobre la universalidad de materias o aspectos que puede comprender la
competencia estatal.
 Estado Igualitario: el que seaigualitarionoimplicaque existan normas particulares para
casos particulares.
El concepto de “Estado unitario” requiere de la existencia de agentes locales de los órganos centrales
encargadosde ejecutarlasacciones de éstosenatencióna laimposibilidadprácticaenque se encuentra
la actividad de realizar ella misma y por si sola la voluntad del Estado en todo el territorio.
 Agentes centrales: Presidente de la República.
 Agentes particulares: Intendentes.
La cualidad unitaria del Estado se proyecta, por lo tanto, en la forma de organización y atribuciones de
distintas autoridades para el desempeño de distintas funciones que la Constitución establece.
Esto lo podemos ver reflejado en el Art. 33, inc.1: “Los Ministros de Estado son los colaboradores
directos e inmediatos del Presidente de la República en el gobierno y administración del Estado”. Y
también en el art. 103 inc.2: “Una ley determinará el Ministerio o los órganos de su dependencia que
ejerzan la súper-vigilancia y el control de las armas. Así mismo, establecerá los órganos públicos
encargados de fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a dicho control”.
 Administración estatal: órganos centrales ejerciendo de manera indirecta.
Proyección de Servicios de la Administración.
Los servicios administrativos pueden cumplirse de la siguiente manera:
a) Centralizada: con absoluto predominio de atribuciones de funcionarios superiores que resuelven y
transmiten órdenes desde asientos de jefaturas máximas, como por ejemplo, el Presidente.
b) Descentralizada:dejalibertad de independencia o autonomía más o menos amplía o sustancial a los
agentes locales de las diversas reparticiones, como por ejemplo, las municipalidades.
El Art. 3 inc.2 de nuestra Constitución dice: “La administración del Estado será funcional
y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley”. Esto se
obtuvo con la reforma de 1991, ley 19.097.
 La expresión “será” contiene unmandatoparaque la legislaciónse oriente inequívocamente en
un sentidoregionalizadorque satisfagael propósitode lareforma.Equivale alatrascendenciade
competenciasdesdeel nivel central aentesjurídicamente diferenciadosde aquel, esdecir,entes
dotados de personalidad jurídica y con patrimonio propio.
 El “o desconcentrada en su caso” equivale a que no toda la administración del Estado es
descentralizada en el tiempo ya que existen servicios o actividades que deben quedar bajo la
atenciónodependencia del Presidente de la República y que por sus características propias no
es posible separarlas a nivel central.
 “En conformidadconlaley” equivaleaentregaral discernimientodellegisladorcuálesfunciones
o atribuciones de nivel central son susceptibles de transferirse a los órganos territoriales
descentralizados o desconcentrados, y cuáles son, por naturaleza, los que deben ser, por su
competencia, de los entes centralizados.
 La Soberanía.
Concepto.
El art 2 de la Constitución de 1925 expresaba “La soberanía reside esencialmente en la nación, la cual
delega su ejercicio en las autoridades que esta Constitución establece”.
Titularidad y Ejercicio.
¿Quiénesel titular de la soberanía? Durante lassesiones38 a 41 de la comisiónOrtuzarse discutió este
punto, concluyéndose que era la nación el titular de la soberanía y definiendo la soberanía como
sinónimode poderpolítico.LacomisiónOrtuzarasí mismo,entregóunconceptode loque se entendería
como soberaníao poderpolítico,el concepto estudiado por la comisión de poder político corresponde:
“al poder de decisión o de Gobierno en asuntos generales de la nación y su ejercicio es entregado a los
órganos o poderes del Estado generados por medio del sufragio universal el cual se canaliza a través de
partidospolíticosy corrientes independientesdeopinión”, enconsecuenciael titularde la soberanía es la
nación y ella delega en los órganos o poderes del estado.
¿Cuál es el problema de delegar a la nación como titular de la soberanía?
1) La diversidad conceptual de nación.
2) Lo dispuestoenel artículo5 inc.2contempladosejerciciosde soberanía,laprimeraeslarealizada por
el pueblo mediante plebiscitos y elecciones periódicas; y la segunda es a través de autoridades
establecidasenlaConstitución.El problemaque contemple dosformasesque al nohaber unadistinción
a quedadoenun nivel de igualdadjurídicaypolíticalasdosformasde ejerciciode la soberanía previstas
por la Constitución.
Sin embargo, una interpretación correcta del artículo 5 inc. 1 debe entender que el ejercicio de la
soberanía, que se manifiesta a través de las autoridades constituidas, debe estar sustancialmente
subordinadoal quererdirectoenindirectodel electorado.Sólose delegael ejerciciode la soberanía, por
lo cual la soberanía propiamente tal la reside en la nación. La nación dicta su Carta Fundamental y
delega el ejercicio de la soberanía en las autoridades constituidas.
¿Por qué habla de autoridades y no de poderes?La Constituciónquiere evitarel conflicto de atribución
de la Soberanía, ya que los poderes son 3 (legislativo, ejecutivo y judicial) y habría un problema de
ejerciciode ella.Al hablarde autoridadesse amplía la carta, aunque no es cualquier autoridad, son sólo
lasestablecidasenla Constitución, los otros órganos no establecidos quedan subordinados al ejercicio
de soberanía de los establecidos.
Respectoal ejerciciode lasoberaníael artículo5 inciso1 nos indicaque ellase ejerce soloporlosmedios
que determinalaleyfundamental,conello,quedarechazada cualquier pretensión de ejercer soberanía
por medios no reglamentados por la Constitución.
Límites de la Soberanía.
Art 5 inc. 2 “El ejercicio de la soberanía reconocecomo limitación el respeto a los derechosesenciales que
emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales
derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por
Chile y que se encuentren vigentes”.
1) El art 5 inc.2 trata el ejerciciode lasoberanía,lacual, segúnel inc. 1 del mismo artículo, se manifiesta
vía elecciones periódicas o plebiscito.
2) Trata sólo una de las formas de restringir la soberanía.
3) Busca el respeto de los derechos fundamentales.
4) Los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana también son referidos en el art 19
N°26. Uno de estos, por ejemplo, es la libre competencia en el comercio.
5) Normasque emanande lanaturalezahumanasonderechosque se entienden en el individuo de una
manera racional, tomando en cuenta las condiciones del hombre en cuanto vive.
6) Se establece el deberdel Estadoconla Ley 18.825 que integró la segunda parte del artículo y con ello
se amplía el catálogo de derechos fundamentales consagrados en la Constitución, como así mismo,
amplía el límite a la soberanía, al establecer el deber del Estado de mantener una postura de vigilancia
con el respeto y promoción de estos derechos.
7) Después de la reforma se transformó en deber del Estado promover y garantizar el respeto de los
derechos fundamentales además de los tratados internacionales.
Tipos de derechos que se deben garantizar:
Son dos:
 Los garantizados por la Constitución.
 Los tratados internacionales vigentes ratificados por Chile.
El Estadodebe asegurarel libre yplenoejerciciode losderechosfundamentalesmediante laprevención,
investigación y sanción de toda violación a los derechos reconocidos en tratados internacionales
ratificados porChile yque se encuentrenvigentes,pero así mismo mediante la reparación de los daños
producidos por la violación de los derechos fundamentales.
 Tratado: Según convención de Viena del año 1969, promulgado en Chile por el decreto N°381
del Ministeriode RelacionesExterioresypublicadoen el Diario Oficial el 22 de Junio de 1981, el
cual en su Art 2 N°1 A, dice: “se entiende por tratado un acuerdo internacional celebrado por
escrito entre Estadosy regido por el derecho internacional,queconstede un instrumento único o
en dos o más instrumentos conexos y cualquiera sea su denominación particular”.
Los tratados se firman por el Presidente de la República, luego son presentados al Congreso
Nacional para ser aprobados o desechados. La tercera etapa es la ratificación por parte del
Presidente y por último, se promulgan y publican como leyes.
 Ratificación: acto internacional porel cual unEstado hace constar por el ámbitointernacional su
consentimiento en obligarse por un tratado.
Según el Artículo 27 de la Convención de Viena: “La parte no podrá invocar las disposiciones de su
derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”.
Precisiones con respecto a los tratados.
1) Los tratados se celebran en ejercicio de la soberanía.
2) En tantoun tratado internacional se encuentrevigente,el Estadonopuede actuarconprescindenciao
en contra de éste.
3) Desde el momentoenque rige el tratado,se incorporasu contenidoal ordenamientojurídicointerno,
y enconsecuencia,se derogatodanormajurídica de cualquiernivelque seaincompatibleconel tratado.
4) La fuerzaplenamente imperativade lostratadosposee unacaracterísticaen particular: se considera a
partir de su ratificación y no de su promulgación.
5) Desde que está ratificado un tratado, es que se generan las obligaciones para Chile, tanto para los
países contratantes en el tratado, como también todos los chilenos.
6) La ratificaciónde Chile de untratado,noequivale adesconocerlalegislacióninterna.Soloal agotarlos
recursos internos se recurre a los tratados.
 Estado de Derecho y Principios.
Supremacía Constitucional.
El Estado de Derecho está establecido en los Artículos 6 y 7, los cuales establecen el Principio de
Supremacía constitucional y son la base del funcionamiento del derecho constitucional.
Artículo 6: “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas
conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República.
Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a
toda persona, institución o grupo.
La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley”.
Obliga tanto a gobernantes como a gobernados. Al hablar de órganos del Estado, tiene implícita la
existencia de un orden jerárquico que las normas de derecho no podrán contravenir.
Principios de juridicidad o legalidad.
Principios del Artículo 6 inc.2:
1) Obligatoriedadde la Constitución: se debe actuar siempre conforme alodispuestoenlaConstitución
Política. Obligar nuestro comportamiento a la Constitución implica conocer ésta última, ya que las
normasnecesariamentese debenadecuara la Constitución y no pueden superarla, por lo cual, obliga a
todas las personas que se encuentren en este país.
Institución: todo órgano del Estado, grupo intermedio o ente colectivo de cualquier tipo o especie.
2) Supremacía Constitucional (art 6 inc.1): “Los órganos del Estado deben someter su acción a la
Constitución y a las normasdictadasconformea ella, y garantizar el orden institucional de la República”.
 Órganos del Estado: Es el cuerpo integrado por una o más personas, cuya voluntad,
debidamente expresada,vale comosi fueramanifestacióndirectaypropiadel quererdel Estado,
o sea, se imputan a éste de modo que sus consecuencias, favorables o adversas, son
experimentadas porlacolectividad organizada en cuyo nombre actúan. Los órganos del Estado
deben adecuar su actuar a la Constitución. La Supremacía Constitucional significa que toda
norma debe adecuarse alaConstituciónPolíticade laRepública.Porotrolado,todos losórganos
que emanende laadministracióndel Estadose debenadecuarencuantoa susprocedimientos y
formación a lo que diga la Constitución. Los recursos aseguran el cumplimiento de la
SupremacíaConstitucional,yencontramos:de nulidad, amparo, protección, de inaplicabilidad,
de inconstitucionalidad, de reclamación de lesiones causadas por los órganos de la
administración,comotambién,acciónpordesconocimientode la nacionalidad e indemnización
del poder judicial.
3) Los órganos del Estado y su acción: está regulado en el art 7 y establece los requisitos para que los
órganos del Estado sean válidos.
Art 7 inc.1 “Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes,
dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley”.
 Investidura: es el carácter que se adquiere con la toma de posesión de ciertos cargos o
dignidades.Tales solemnidades deben estar reguladas antes de que se exija su cumplimiento,
como por ejemplo, en el artículo 27 inc. Final el cual dice “el Presidente electo prestará ante el
Presidentedel Senado,juramento o promesa dedesempeñar fielmente el cargo de Presidente de
la República,conservarla independencia dela Nación,guardar y hacer guardar la Constitución y
las leyes, y de inmediato asumirá sus funciones”.
 Regular: de la forma prescrita por la Constitución.
 Dentro de su competencia: las atribuciones que tiene. Implica que la decisión recaiga en la
materiaque ha sidoconfiadaa laresolucióndel órgano. También se refiere a que la decisión se
adopte en la materia ejerciendo atribuciones que en a espera de ella hayan sido conferidas al
órgano.
 Y en la forma que prescriba la ley: conjunto de modalidades y condiciones que conducen a la
mejor preparación y fundamentación de la acción que se adopte, ejemplo de esto lo
encontramos en el artículo 35, inc. 2: “Los decretos e instrucciones podrán expedirse con la sola
firma del Ministro respectivo, por orden del Presidente de la República, en conformidad a las
normas que al efecto establezca la ley”.
Estos tres requisitos son lo que se denomina Principio de legalidad.
Requisitos de fondo y forma.
 Fondo: dentro de la competencia.
 Forma: dentro de los cargos.
Faltando estos requisitos la Constitución establece una sanción que es la de nulidad, lo cual establece
que el acto no producirá efectos.
Principio de Responsabilidad.
El Principio de Responsabilidad como tal está consagrado en el artículo 38 inc.2: “Cualquier persona
que sea lesionada en sus derechos por la Administración del Estado, de sus organismos o de las
municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la
responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño”.
¿Cuáles son las consecuencias jurídicas del acto inválido o nulo de derecho público? Estas
consecuencias son la Responsabilidad y las sanciones.
Responsabilidad: Artículo 6 inc.3 y Artículo 7 inc. Final.
Causas o motivos de responsabilidad:
1) Art 6 inc.1: no sometimiento de acción de órganos del Estado a la Constitución y a las leyes
2) Art 6 inc.2: incumplimiento de preceptos de la Constitución por titulares de órganos, personas,
instituciones o grupos.
3) Art 7 inc.2: atribuciónde autoridadoderechospormagistraturas,personasogrupos de personas que
sean distintos a los expresamente conferidos por la Constitución o por las leyes.
¿Qué es la responsabilidad? Tenemos 2 significados:
 “Toda deuda, obligación de reparar y satisfacer por sí o por otro, a consecuencia de un delito o
culpa o de otra causa legal”.
 “Cargo u obligación moral que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto
determinado”.
¿A quién puede gravar esta responsabilidad que se genera por el Estado o sus órganos?
 Al Estado.
 Y a los Titulares unipersonales (por ejemplo, ministros) o colegiados que integran dichos
órganos.
¿Dónde está consagrado el principio de responsabilidad?:
 Art 19 n°24 inc.3: “Nadie puede,en caso alguno,ser privado de su propiedad, del bien sobre que
recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley
general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o de interés
nacional, calificada por el legislador. El expropiado podrá reclamar de la legalidad del acto
expropiatorio ante los tribunales ordinarios y tendrá siempre derecho a indemnización por el
daño patrimonial efectivamente causado, la que se fijará de común acuerdo o en sentencia
dictada conforme a derecho por dichos tribunales”.
 Art 19 n°7 letra i: “Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que
hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte
Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por
el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido. La indemnización será
determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará en
conciencia”.
¿Cuáles son las formas de actuación del Estado o de los titulares (unipersonales o colegiados) de sus
órganos que pueden originar responsabilidad?
 Culpa (negligencia).
 Dolo (intención de causar daño).
 Error (falsa representación)
¿Cuáles son los tipos de responsabilidad que pueden gravar o afectar a los titulares unipersonales o
colegiados de los órganos del Estado en virtud del Principio de Responsabilidad?
 Responsabilidadcivil:apuntaal pagode dinerooindemnizaciónporel dañocausadodebidoa la
conducta antijurídica.
 Responsabilidad penal: busca la aplicación de una sanción.
 Responsabilidad funcionaria: aquel tipo de responsabilidad que repercute en la posición que
tiene el funcionario en relación al empleo o cargo que posee.
 Responsabilidad política: responsabilidad de órganos unipersonales o colectivos por sobre los
intereses generales.
 Responsabilidad profesional: responsabilidad según alguna determinada profesión.
Se determinarán caso a caso y dependiendo de la norma que se contravenga.
Principio de Probidad y Publicidad (Ley de Transparencia).
Este principio se plantea en el artículo 8 de la Constitución “El ejercicio de las funciones públicas obliga
a sustitulares a darestricto cumplimiento al principio de probidad en todassusactuaciones.Son públicos
los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que
utilicen. Sin embargo,sólo una ley dequórumcalificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos
o de éstos,cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los
derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”. Este principio obedece a la
intención del Estado de subsanar los actos corruptos.
 Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado: se
aplica a todos los órganos del Estado.
 Ley 19.653 del año 1999 Sobre probidad administrativa aplicable de los órganos de la
administracióndel Estado: modificódisposicionesde laLey18.575 introduciendoel Principio de
Probidad y Transparencia.
Ley 19.653 Sobre probidad administrativa aplicable de los órganos de la administración del Estado.
Artículo 1 modificó el artículo 3 de la ley 18.575: “la administración del Estado deberá observar los
principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación, impulsión de oficio del procedimiento,
impugnabilidad delosactosadministrativos,control,probidad,transparencia y probidad administrativay
garantizará la debida autonomía de los grupos intermedios para cumplir sus fines específicos, para
respetar el derecho de las personas para realizar cualquier actividad económica conforme a la
Constitución y a las leyes”.
Artículo 2 modificó el artículo 54 de la ley 18.575: ¿Qué se entiende por probidad? “Consiste en
observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo con
preminencia del interés general por sobre el particular”.
El inc.3 modifica e incorpora sanciones “Su inobservancia acarreará las responsabilidades y sanciones
que determinen la Constitución, las leyes y el párrafo 4º de este Título, en su caso”. Ejemplo de
conductas que lleven estas sanciones son: alcalde en conducta impropia, cohecho, malas
administraciones de fondos públicos, desvío de aguas, carabineros cursando infracciones injustas, mal
uso de información privilegiada, uso de bienes fiscales.
Conductas que contravienen especialmente el Principio de Probidad:
1) Usar enbeneficiopropioode terceroslainformaciónprivadaoprivilegiadaalo que se tuviere acceso
en razones de la función pública que se ejerce.
2) Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de
conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero.
3) Emplear bajo cualquier forma diversos bienes de la institución en provecho propio o de terceros.
4) Ejecutar actividades,ocupartiempode lajornadade trabajoo utilizarpersonal yrecursosenbeneficio
propio o para fines ajenos a los institucionales.
5) Solicitar,hacerse prometeroaceptarenfuncióndel cargo,para sí o para terceros,donativos,ventajas
o privilegios de cualquier naturaleza.
6) Invertirenrazón de lasfuncionesasuntosenque se tengainteréspersonal,oque lotengael cónyuge,
hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguineidad y segundo grado de afinidad
inclusive. Así mismo, participar de decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste
imparcialidad.
7) Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley lo disponga.
8) Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad que rigen el desempeño de los cargos
públicos con grave entorpecimiento del servicio o del ejercicio de los derechos ciudadanos ante la
administración.
Mecanismosde fiscalizaciónde probidad,de declaraciónde interesesy declaración de patrimonio: Ley
20.285 Sobre Acceso a la Información Pública.
Con la reforma del año 2005 (se amplía la gama de documentos a los que se puede tener acceso), la
Constituciónestableceunatransparenciaactiva,estose refiereaque son los órganos del Estado los que
deben poner a disposición de las personas la información. La ley 20.285, incluye una transparencia
pasiva,estoquiere decir,que le permite alaspersonasrequeririnformación. Esta ley crea un acceso a la
información pública, consagrando ambas transparencias.
La Constituciónenel año2005 establece unatransparenciaactiva, en donde los actos, las resoluciones,
los formularios y los procedimientos se dan a conocer públicamente.
¿A quiénes se aplica el acceso?
Será aplicable a:
 Ministerios.
 Intendencias.
 Gobernadores.
 Gobiernos regionales.
 Municipalidades.
 Fuerzas de orden y seguridad pública.
 Órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa.
 Empresas públicas creadas por ley.
 Empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o
mayoría en el directorio.
¿En qué consiste el principio de transparencia de la función pública?
La ley 20.285 en su art 4 señala que consiste en el respeto de la transparencia activa y pasiva, “el
principio de transparencia dela función pública consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos,
resoluciones, procedimientos y documentos de la administración, así como la de sus fundamentos, y en
facilitar el acceso de cualquierpersona a esa información a travésde los medios y procedimientos que en
efecto la ley establece”.
El art. 5 de la ley20.285 ampliael catálogoy establece nuevascausales, asímismo,diferencia el tipo de
información de:
1) Documentos y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración.
2) Cuando son de presupuestos públicos.
Cómo solicitar información.
Señalado en el artículo 12 de la ley. Se tienen 2 alternativas:
1) Se puede solicitar por sitios electrónicos.
2) Se puede solicitar por formularios, por ley, los órganos deben tener. En esta segunda categoría, se
debe llenar de las siguientes maneras:
 Nombre, apellidos y dirección del solicitante y de su apoderado, en su caso.
 Identificación clara de la información que se requiere.
 Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado.
 Órgano administrativo al que se dirige
El art 13 de la ley señala si la solicitud:
1) No reúne los requisitos requeridos, el solicitante tendrá 5 días hábiles para volver a realizar su
petición, si no lo hace se desiste su petición.
2) En caso de que la informaciónse pida por mano, el órgano envía una notificación diciendo en dónde
se encuentra.
3) Si el órgano al que se le ha enviado la solicitud no es competente, debe notificar al que sí lo es y la
persona debe ser notificada de dicha circunstancia.
El art 14 de la ley señala que una vez requerida la información el órgano tiene 20 días para darla, si en
caso de que éste no la pueda tener en dicho plazo, podrá solicitar una prórroga de 10 días más.
El Consejo de Transparencia, comisión que crea esta ley para fiscalizar, en la mayoría de las ocasiones
entrega toda la información requerida. El uso de la información es un mecanismo de control de los
órganos del Estado. El órgano informa dónde se encuentra la información solicitada, según el art 15
“Cuando la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo esté en medios
impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos públicos de la Administración, así como
también en formatos electrónicos disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al
solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información, con lo cual se
entenderá que la Administración ha cumplido con su obligación de informar” cuando ésta se trata de
terceros, el órgano debe comunicarle a ese tercero, la información que se está solicitando dentro del
plazo de 2 días hábiles si éste se opone a la entrega de la información, el órgano debe informarle al
requirente y en estos casos, su negativa a entregar la información deberá formularse por escrito, por
cualquier medio, incluyendo los electrónicos. La negativa de entregar información puede darse por
causales de secreto o reserva, establecidos en el art. 21, cuando su publicidad, comunicación o
reconocimiento afecte el debido cumplimiento del órgano requerido
Causas por las que no se entrega la información.
Reguladas en el art 21 que señala:
1) Si es objeto de investigación
2) Cuando afecte a las personas
3) Cuando afecte la seguridad de la nación
UNIDAD 4. Presidente de la República.
El capítulo 4 de la Constitución habla sobre el Presidente, el gobierno y la administración del Estado.
Facultades de Gobierno y Administración.
Extensión de la Jurisdicción del Presidente (su competencia):
Reguladoenel art 24 inc.2: “Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del
orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las
leyes”.
Requisitos para ser Presidente:
 Nacionalidad chilena, de acuerdo en lo prescrito en los artículos 10 n°1 y 10 n°2 de la
Constitución. Ius soli: fuente de la nacionalidad, derecho de suelo. Los nacidos en territorio
nacional sonchilenosconexcepcionesde loshijosde transeúntesenChile yloshijos de quienes
esténcumpliendofunciones en el gobierno. Ius sanguinis: derecho que se otorga en virtud del
parentesco.
 Tener 35 años de edad.
 Poseer las cualidades necesarias para ser ciudadano (18 años y sin plena aflictiva).
Duración del mandato presidencial:
Según el art 25 inc.2: “El Presidente de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término
de cuatro años y no podrá ser reelegido para el período siguiente”.
¿Cuáles son las características del presidencialismo de la Constitución de la república del 80´?
1) El Presidente se convierte en el principal colegislador. Por ejemplo:
 Art 65 inc.3: “Corresponderáal Presidente de laRepúblicalainiciativaexclusivade los proyectos
de leyque tenganrelaciónconla alteraciónde ladivisiónpolíticaoadministrativadel país, o con
la administraciónfinancieraopresupuestariadel Estado,incluyendolasmodificaciones de la Ley
de Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 10 y 13 del artículo 63”.
 Art 64 inc.1: “El Presidentede laRepúblicapodrásolicitarautorizaciónal CongresoNacionalpara
dictar disposicionesconfuerzade leydurante unplazo no superior a un año sobre materias que
correspondan al dominio de la ley”.
 Art 74 inc.1: “El Presidentede la República podrá hacer presente la urgencia en el despacho de
un proyecto, en uno o en todos sus trámites, y en tal caso, la Cámara respectiva deberá
pronunciarse dentrodel plazomáximode treintadías”.Puede presentarlaurgencia de una ley y
también puede vetarla.
2) Art 37: Participación de los Ministros de Estado en los debates o discusión en el Congreso Nacional.
3) Art 43: Se refuerza la función del Presidente de la República durante los Estado de excepción
constitucional.
Sistema de elección.
Elección del Presidente de la República.
Luegode la reformadel 2005, la elecciónpresidencial se realizaenconjuntoconlade los parlamentarios
y esto está regulado en el art 26, inc1: “El Presidente de la República será elegido en votación directa y
pormayoría absolutadelos sufragiosválidamenteemitidos.La elección se efectuará conjuntamente con
la de parlamentarios, en la forma que determine la ley orgánica constitucional respectiva, noventa días
antes de aquél en que deba cesar en el cargo el que esté en funciones”. En el art 26 inc.2 se regula la
segunda vuelta: “Si a la elección de Presidente de la República se presentaren más de dos candidatos y
ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una
segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías
relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios.
Esta nueva votación severificará,en la forma quedeterminela ley, el trigésimo día despuésdeefectuada
la primera, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo
inmediatamente siguiente al referido trigésimo día”.
Según el art 27, inc.2 el órgano encargado de efectuar el escrutinio final, de calificar la elección, de
resolver las reclamaciones que hubiese y proclamar al Presidente electo es el Tribunal Calificador de
Elecciones (Tricel), el cual le comunica al Senado. 90 días después de la primera y única votación se
reúne el Congreso pleno para fijar dos objetivos:
1) Tomará conocimiento de la resolución en virtud de la cual el Tricel proclama al Presidente electo.
2) El Presidente electo prestará ante el Presidente del Senado, juramento o promesa de desempeñar
fielmente el cargo de Presidente de la República, conservar la independencia de la Nación, guardar y
hacer guardar la Constitución y las leyes, y de inmediato asumirá sus funciones.
Ausencia del Presidente.
 Subrogación del Presidente de la República: es el Presidente electo promulgado por el Tricel
pero que aún no ha jurado.
 Presidente en ejercicio: después de jurar.
Subrogación del Presidente electo.
Según el art 28 la subrogación del Presidente electo va a depender si es un impedimento temporal o
absoluto.
 Temporal: lasautoridadesque sonllamadasasubrogarloloson encalidadde vicepresidente de
la República y son en el siguiente orden, a falta de uno lo sigue el otro:
a) Presidente del Senado.
b) Presidente de la Cámara de Diputados.
c) Presidente de la Corte Suprema.
 Absoluto: la prelación es la misma pero se debe llamar a una nueva elección.
Subrogación del Presidente en ejercicio.
 Impedimentos temporales: según el art 29 los que pueden ocurrir son:
a) Enfermedad que impida ejercer el cargo.
b) Ausenciadel Presidente enel territoriode la República: si es mayor a 30 días o si no es en los últimos
90 días de su mandato, requiere siempre la autorización del Senado.
c) Cuando por otro motivo grave no pudiere ejercer el cargo.
¿Quiénes subrogan al Presidente? Con cargo de vicepresidente el Ministro titular que corresponda
segúnel ordende procedenciaconsignadoenel Decreto de precedencia, consignado en el Decreto con
Fuerza de Ley n°5.802 del 24 de Octubre de 1942. Esto se aplica por regla general. A falta de todos los
ministros subrogan el Presidente del Senado, de los Diputados y de la Corte Suprema.
 Impedimentos absolutos: según el art 53 n°7 generan la vacancia de la Presidencia de la
República.Es lafacultaddel Senado de inhabilitar al Presidente en caso de enfermedad física o
psicológica pero debe pasar previamente por el Tribunal Constitucional.
El art 29 inc.2 y 3 dice que hay que distinguirsi falta más o menos de dos años para la próxima elección.
Si faltan menosde dos años: el Presidente será elegido por el Congreso Nacional pleno por mayoría. Si
faltan más de dos años: el vicepresidente en los 10 primeros días convocará a elecciones para 120 días
después.
Estado de los ex Presidentes:
Regulado por el art 30. Quien haya cumplido mandato será reconocido como Ex Presidente de la
Repúblicayloasumiráde plenoderecho.Noalcanzarála calidad de Ex Presidente quien use la vacancia
ni quien haya sido condenado.
Atribuciones, Generalidades y Clasificaciones.
Atribuciones del Presidente:
 Generales:reguladasenel art24 inc.1 “El gobiernoylaadministracióndel Estado corresponden
al Presidente de la República, quien es el Jefe del Estado”.
 Especiales:reguladasenel art32 y enel 19 n°24 que establece el derechode propiedadyseñala
que el Presidente podrá poner fin a las concesiones administrativas y a los contratos de
operación relativos a explotaciones en zonas declaradas de importancia para la seguridad
nacional.
Contenido de las Atribuciones.
1) Atribuciones Gubernativas:
a) Aquellasreferidasa la condiciónpolítica del Estado, a su seguridad exterior y al orden interno de un
modo inmediato y directo, siendo la más importante la conducción de las Relaciones Internacionales.
 Art 24 inc.1: El Presidente es el jefe de Estado por lo que se le otorga la facultad para
representarlo en orden interno y externo (internacional).
 Art 32 n°15: atribuciónespecialdel Presidenteesconducirrelaciones políticas con las potencias
extranjeras y organismos internacionales, así como de intervenir en la elaboración de tratados
internacionales.
 Art 32 n°8: atribución especial designar embajadores, diplomáticos y representantes ante
organismos internacionales.
 Art 32 n°19: declarar guerra, previa autorización por ley, dejando constancia de haber oído al
Concejo de Seguridad Nacional.
b) Atribuciones militares.
 Art 32 n°17: disponer de las fuerzas de tierra, mar y aire, y disponerlas para la nación.
 Art 32 n°16: reconocer a comandantes en jefe de ejército, armada y general director de
carabineros. También disponer nombramientos, ascensos y retiros en los oficiales de fuerzas
armadas y carabineros.
 Art 32 n°18: asumir en caso de guerra la jefatura suprema de fuerzas armadas.
2) Atribuciones Administrativas: corresponde al Presidente. La Constitución le otorga especiales
concesiones administrativas:
Potestad reglamentaria art 32 n°6: Facultad para dictar normas reglamentarias de carácter general
conferidoporlaConstituciónolasleyesadistintosórganosyenvariadogrado de extensión.La Potestad
Reglamentariadel Presidentede laRepúblicapuede dictarreglamentos,decretose instrucciones para el
gobierno, administración del Estado y la ejecución de las leyes.
 Decretos Supremos:ordenescritodictadoporel Presidente y destinado a realizar la función de
gobernar y administrar el estado y la ejecución de las leyes. Se clasifican en:
 Reglamentarios: contiene normas generales destinadas a gobernar, administrar el
Estado y la ejecución de las leyes.
 Simples:dispone de unmodoparticularsobre el gobierno y administración del Estado y
la ejecución de éste.
 Políticos: dicen relación con el gobierno del Estado.
 Administrativos: persiguen una correcta administración del Estado.
 Reglamentos: escritos que buscan ordenar o prescribir para casos análogos que se presenten a
futuro. Son generales, obligatorios y permanentes.
 Potestad reglamentariaautónoma: se ejerce enmateriasque no son propias de la legal
ni están entregadas por la Constitución u otros órganos.
 Potestad reglamentariade ejecución: se ejerce paralas ejecucionesde unaley,esdecir,
hace aplicable la ley.
 Instrucciones: órdenes del Presidente que imparte a los funcionarios públicos tendientes a un
buen cumplimiento de la función administrativa. No se encuentran sujetas a la contraloría, y
hallamos:
 Nombramiento y remoción de funcionarios públicos regulado por los art 32 n°7, n°10 y
según determine la ley.
 Velar por la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del poder judicial.
3) Atribuciones Legislativas del Presidente.
Actúa como colegislador en una separación de poderes flexible.
Se clasifican en:
 Directas: aquellasque tiene el Presidente enlaformaciónmismade lanormalegal.Porejemplo,
la iniciativa del Presidente para la Tramitación de las leyes que se señala en el art 65 inc.3
“Corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que
tengan relación con la alteración de la división política o administrativa del país, o con la
administración financiera o presupuestaria delEstado,incluyendo lasmodificaciones de la Ley de
Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 10 y 13 del artículo 63”; y la facultad
del Presidente para solicitar la urgencia del trámite de una ley expresado en el artículo 74.
 Indirectas: aquellasque dicenrelaciónconlaintervenciónque le corresponde al Presidenteenel
funcionamiento del Congreso Nacional. Por ejemplo, el art 32 n°2 señala que una atribución
especial del Presidentees“Pedir,indicandolosmotivos, que se cite a sesión a cualquiera de las
ramas del Congreso Nacional. En tal caso, la sesión deberá celebrarse a la brevedad posible”.
4) Atribuciones Judiciales del Presidente de la República.
Facultad para conceder jubilaciones, retiros y montepíos con arreglo de las disposiciones legales las
cuales se expresan en el art 32 n°11.
 Jubilación:remuneraciónque recibenempleadosofuncionariosporel términode susfunciones,
años de servicios o enfermedad y que los habilita para subsistir.
 Pensiones de retiro: jubilación de funcionarios de fuerzas armadas y carabineros.
 Montepío:pensiónque se pagaa loshijoso a la cónyuge de losfuncionariosque hayanfallecido.
Facultad para conceder Pensiones de Gracia con arreglo de la ley señalado en el art 32 n°11 y en la Ley
18.056
Otorgar indultos particulares, señalado en el art 32 n°14.
 Indulto:reduce la penapor otra inferior,perono borra el carácter de condenado del afectado y
pueden ser:
a) Generales: se aplican a un número indeterminado de personas.
b) Particulares: benefician a uno o más sujetos nominativamente particularizados.
Las excepciones al indulto lo encontramos en el mismo art 32 n°14 que señala “El indulto será
improcedente en tanto no se haya dictado sentencia ejecutoriada en el respectivo proceso. Los
funcionarios acusados por la Cámara de Diputados y condenados por el Senado, sólo pueden ser
indultados por el Congreso”.
 Ministros de Estado.
El art 33 inc.1 dice que son loscolaboradoresdirectose inmediatosdel Presidente de la República en el
gobierno y administración del estado.
Requisitos para ser Ministro.
 Chilenos.
 Cumplir 21 años de edad.
 Cumplir con los demás requisitos generales para ingresar a la administración pública.
Inhabilidad para ser Ministro.
 Ser candidato a Diputado o Senador.
 Ser candidato a Concejeros Regionales.
 Ser candidato a Alcalde o Concejal.
Incompatibilidades para ser Ministro.
 Estar ejerciendo otro cargo público simultáneamente.
Responsabilidad de los Ministros.
 Como sujeto individual: responde como todas las personas, civil y penalmente.
 Segúnla funciónpúblicaque realiza: el art 36 establece respectoalos actos que ellos firmasen,
serán responsables individualmente. En caso de firmar con otros Ministros, la responsabilidad
será solidaria (todos son responsables del total).
 Responsabilidad contemplada en la Constitución: en el art 52 n°1 letra B y en el art 53, que
señalan la acusación constitucional a los Ministros de Estado.
 Bases Generales de la Administración del Estado.
Regulado en el art 38 “Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la
Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y
profesionalen quedeba fundarse,y asegurará tanto la igualdad deoportunidadesdeingreso a ella como
la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes.
Cualquierpersona quesea lesionada en susderechosporla Administración delEstado,de susorganismos
o de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la
responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño”.
La ley de Bases Generales de Administración del Estado es la Ley 18.575. Todos los procedimientos
administrativos se rigen por esta ley. La responsabilidad del Estado se engloba dentro de la
responsabilidad extracontractual, ya que no hay un contrato entre la administración del Estado y las
personas. El Estado debe responder cuando haya una falta de servicio.
¿Cuándo hay falta de servicio? Para esta pregunta existen 3 hipótesis:
1) Si bien el servicio se prestó por parte de la administración del Estado, se hizo mal.
2) Cuando se debía prestar el servicio no se hizo.
3) Cuando se prestó el servicio pero tardíamente.
El Tribunal que conocerá la acción en contra del Estado será el Juez de Letras de lo Civil.
¿A quiénse demanda? Al fiscode Chile,representado por el Concejo de Defensa del Estado, que es el
órgano que defiende al Estado.
Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño:
esto contempla el derecho del fisco para exigir la devolución de lo pagado.
UNIDAD 5. Congreso Nacional.
Se encuentra regulado entre los art 46 al 75 de la Constitución. Es bicameral formado por la Cámara de
Senadores y de Diputados.
Composición y generación de la Cámara de Diputados y del Senado.
Diferencias entre Senadores y Diputados.
 Composición: 38 Senadores y 120 Diputados.
 Atribuciones: ambos tienen atribuciones exclusivas, señalada para los Diputados en el art 52 y
para los Senadores en el art 53, cuyo origen puede ser en ambas cámaras.
 Funcionamiento: el art 63 n°17 versa que “Las que señalen la ciudad en que debe residir el
Presidente de la República, celebrar sus sesiones el Congreso Nacional y funcionar la Corte
Suprema y el Tribunal Constitucional”.
¿Cuándo en el Congreso se juntan Diputados y Senadores para trabajar en pleno? Esto se indica en el
art 24 inc.3 que señala “El 21 de mayo de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del
estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”; y en el art 29, inc.3 que versa que
el Congreso debe ser pleno en caso de vacancia.
Composición de la Cámara de Diputados y Senadores.
El art 51 señala que:
 2 diputados por distritos, de un total de 60 distritos.
 Los senadores se eligen por circunscripción, en cada región hay una circunscripción, salvo las
regionesque laleylo exprese. Son 19 circunscripciones en total y 2 Senadores electos por cada
circunscripción.
Sistema Binominal: En Chile existe el sistema binominal de acuerdo a la ley 18.700. Es aquel en que se
eligensólodosDiputadosporcadauno de los60 distritoselectoralesy sólo dos Senadores por cada una
de las 19 circunscripciones,donde cadaunade las listaspuede llevarun máximode dosnombresencaso
de partidospolíticosopactos electoralesysólounoencaso de laslistasindependientes.Lo primero que
se hace essumar todoslosvotos emitidos a favor de los candidatos de una misma lista o nómina y esta
sumatoria se hace con cada una de las listas. Una vez determinados los votos de una lista, el Tribunal
proclamará a los electos cuando:
a) La lista alcance el mayor número de sufragios.
b) Que tenga un total de votos que excede el doble de lo que alcance la lista o nómina rival.
En caso de no cumplirse estos requisitos, ganarán las dos mayorías.
Requisitos para ser Diputado.
Regulado en el art 48 de la Constitución, señala:
 Ciudadanía con derecho a sufragio.
 Haber cursado enseñanza media o su equivalente.
 Tener residencia en la región al que pertenezca el requisito electoral correspondiente, con un
plazo no menor de dos años contado hacia atrás desde el día de la elección.
 Tener 21 años o más al día de la elección.
Requisitos para ser Senador.
Regulado en el art 50 de la Constitución, señala:
 Los mismos requisitos que los diputados, excepto,
 Tener 35 años de edad al día de la elección.
Normas comunes para Senadores y Diputados.
Prohibiciones parlamentarias: inhabilidades, incompatibilidades e incapacidades.
 Inhabilidades: impedimentos expuestos por la Constitución y que excluyen a quienes afectan
para ser candidatos a Diputados y Senadores, donde encontramos:
 Preexistentes: según sean anteriores o sobrevengan a que la persona se haya
presentado como candidato a la elección.
 Sobrevivientes.
 Absolutas: afectan a las personas que no reúnen los requisitos necesarios para ser
elegidos diputados o senadores, no lo podrán ser ni tampoco candidatos.
 Relativas: tratadasen el art 57 de laConstitución.Estaxativa,porloque el legislador no
puede establecer otras. Son aquellas que afectan a ciertas personas para desempeñar
determinados cargos, por lo que no pueden ser candidatos, y aquí encontramos:
1) Ministros del Estado.
2) Intendentes, gobernadores alcaldes, cores, concejales y subsecretarios.
3) Miembros del Concejo del banco Central.
4) Magistradosde lostribunales,superioresde justiciayjueces de letras, lo cual comprende a ministros
de corte suprema, tribunales de alzada y jueces letrados.
5) Miembros de Tribunal Constitucional, Tribunales regionales y Tribunal Calificador de Elecciones.
6) Contralor general de la República.
7) Personas que desempeñan cargos directivos de naturaleza gremial o regional.
8) Personas naturales, gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o condicionen
contratos con el Estado.
9) Fiscal nacional, fiscales regionales y fiscales adjuntos del ministerio público.
10) Comandantesenjefe del ejército, de la armada, General Director de Carabineros, Director General
de la PDI y oficiales pertenecientes a las fuerzas armadas y a las fuerzas de orden y seguridad pública.
La aplicaciónde lasInhabilidadesse señalanenel art57 inc. Final “Las inhabilidadesestablecidas en este
artículo serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del
año inmediatamente anterior a la elección; excepto respecto de las personas mencionadas en los
números7) y 8), las que no deberán reunir esas condiciones al momento de inscribir su candidatura y de
las indicadas en el número 9), respecto de las cuales el plazo de la inhabilidad será de los dos años
inmediatamenteanterioresa la elección. Si no fueren elegidosen una elección no podrán volveral mismo
cargo ni ser designados para cargos análogos a los que desempeñaron hasta un año después del acto
electoral”.
 Incompatibilidades: prohibiciones que afectan a los parlamentarios y que les impide
desempeñarsimultáneamente otros empleos, cargos, funciones o comisiones señalados por la
Constitución. Están tratados en el art 58:
1) Cargo de diputado y senador a la vez.
2) El cargo de parlamentario es incompatible con empleo comisión retribuido por fondos del Estado.
3) Empleoo comisiónretribuida con fondos municipales, entidades fiscales autónomas o semifiscales.
4) El cargo de parlamentario es incompatible con los empleos con fondos de empresas del Estado o en
las que el fisco tenga intervención por aportes de capital.
5) Ser parlamentario es incompatible con toda otra función o comisión de la misma naturaleza.
6) Ser parlamentarioesincompatible conserdirectoroconcejeroenentidadesautónomas,semifiscales
o en empresas estatales o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital, aunque no
tenga remuneración.
Las excepcionesalasincompatibilidades están señaladas en el art 58 inc.1 parte final “Se exceptúan los
empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y
especial”.
 Incapacidades: prohibiciones que afectan a los parlamentarios que les impide ser nombrados
para un empleo, función o comisión incompatible, reguladas en el art 59, las cuales no son
absolutas y tienen excepciones. “Ningún diputado o senador, desde el momento de su
proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo,
función o comisión de los referidos en el artículo anterior.
Esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica a los cargos de Presidente de la
República,Ministro de Estado y agentediplomático;pero sólo los cargos conferidos en estado de
guerra son compatibles con las funciones de diputado o senador”.
Principales atribuciones de ambas cámaras y del Congreso.
1) Función Legislativa: aquella que tiene el Congreso para poder tener iniciativa en el proceso de
formación de la ley.
2) Función Integradora o Representativa: la labor de integrar a las fuerzas políticas representativas,
favoreciendo el diálogo y los consensos, señalado en el art 1 inc. Final.
3) Funciónfiscalizadora o de control: la Cámara de Diputados ejerce una función fiscalizadora sobre el
Presidenteyel gobierno.Es unade las principaleslaboresdel Congresoyse manifiestaenlaobservación
continua de los actos del gobierno reconociéndose determinadas facultades excepcionalmente a la
Cámara representativa propiamente tal para indagar acerca de los actos específicos del ejecutivo.
4) Función Financiera:se relacionaconvotar losimpuestos,fijarel marcopresupuestariode la actividad
gubernamental. Esta facultad permite eliminar la discrecionalidad en materia económica.
5) Función Jurisdiccional: ejerce algunas veces esta función el Congreso, asumiendo cómo un Tribunal
especialmente en las acusaciones constitucionales.
Atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados.
Regulado en el art 52 inc.1, ¿Cómo se pueden fiscalizar los actos del gobierno?
1) Se pueden adoptar acuerdos o sugerir observaciones. Con el voto de la mayoría de los diputados
presentes,se informaráal Presidente porescrito,quiendeberá responder dentro de 30 días hábiles por
medio del Ministerio respectivo.
2) Cualquier Diputado con voto favorable de 1/3 de los miembros presentes podrá solicitar
determinadosantecedentesdel gobierno.En cuanto a la respuesta, será igual que en el punto anterior.
3) Citar a un Ministro de Estado a petición de, a lo menos, 1/3 de los Diputados en ejercicio a fi n de
formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo. Esto es lo que se
denominacomo Interpelación.Laasistenciadel Ministroparadeclararesobligatoriaydebe responder a
las preguntas que motiven su citación. Esta atribución del Congreso tiene una limitación: un mismo
Ministro no puede ser citado más de 3 veces en un año, a menos que haya un acuerdo de la mayoría
absoluta de los diputados en ejercicio.
4) Crear comisiones investigadoras a petición de, al menos, 2/5 de los Diputados en ejercicio con el
objetode reunirinformaciónrelativade determinadosactosdel gobierno,además,estascomisionesuna
vez conformadas pueden citar y solicitar antecedentes, que tienen un carácter obligatorio. Un mismo
Ministro no podrá ser citado más de 3 veces en un año, con la misma excepción del punto anterior.
Acusación Constitucional.
Autoridad acusada. Causal. Momento. Quorum
Presidente de la
República.
1) Afectarel honoro
seguridadde la
nación.
2) Haber infringidola
Constituciónolas
Leyes.
Todo el mandato,más
de 6 meses.
Mayoría de Diputados
enejercicio.
Ministrosde Estado.
1) Afectarel honoro
seguridadde la
nación.
2) Haber infringidola
Constituciónolas
leyesyhaberlas
dejadosinejecución.
3) Traición,
malversaciónde
fondospúblicosy
soborno.
Todo el mandatode
su cargo, más 3 meses
después.
Mayoría de los
DiputadosPresentes.
Magistrados de
Tribunales Superiores 1) Notable abandono Todo el periodode Mayoría de Diputados
de Justicia y Contralor
General de la
República.
de deberes. ejerciciode sucargo,
más 3 mesesdespués.
enejercicio.
Generales o
Almirantes de las
Instituciones
pertenecientes a las
Fuerzas Armadas.
1) Haber
comprometido
gravemente el honor
o la seguridad
nacional.
Todo unperiodode
ejercicioyhasta3
mesesdespués.
Mayoría de Diputados
en ejercicio.
Intendentes y
Gobernadores.
1) Infracción a la
Constitución.
2) Cometeralgunos
delitosenel ejercicio
de su cargo.
Toda la duraciónde su
mandato,más 3
meses.
Mayoría de Diputados
enejercicio.
Atribuciones Exclusivas del Senado.
Regulado en el art 53.
1) Conocer las acusaciones que la Cámara de Diputados entable con arreglo del art 52. El Senado va a
conocer la acusación constitucional como jurado, dictaminará si es culpable o no, es decir, acoge o
rechaza. El Senado tiene 30 días de plazo para decir si da o no lugar a la acusación. Si no se pronuncia
dentro de 30 días, se tendrá como desestimado, es decir, no culpable.
Efectos que genera la sentencia que acoge la acusación constitucional:
 El acusado queda destituido de su cargo.
 No podrá desempeñar ninguna función pública por un plazo de 5 años.
 Será juzgado por el Tribunal competente sea para la aplicación de la pena señalada, el delito y
para hacer efectivas las responsabilidades civiles.
Para declararla culpabilidadenel casodel Presidente de la República requiere de 2/3 de Senadores en
ejercicio y en el caso de las otras personas será por mayoría de los Senadores de ejercicio.
UNIDAD 6. Poder Judicial.
Regulado en el capítulo 6 de la Constitución. El art 76 explica en qué consiste la principal función que
desempeñan los jueces.
 Jurisdicción:facultadde conocerlas causas civilesycriminales,de resolverlasyde hacerejecutar
lojuzgado.Es una facultadexclusiva y excluyente de los Tribunales determinados por la ley. Es
exclusiva por el art 76 inc.1 “La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de
resolverlasy de hacerejecutarlo juzgado,perteneceexclusivamentea lostribunales establecidos
por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer
funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus
resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”; y es excluyente ya que señala que ni el
Presidenteni el Congresopueden,encasoalguno,ejercer funciones judiciales, abocarse causas
pendientes,revisarlos fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos
fenecidos.
Principio de Inexcusabilidad de los Tribunales de Justicia.
Reguladoenel art 76 inc.2 sostiene que reclamandosuintervención en forma legal y en negocios de su
competencia, no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aún por falta de ley que resuelva lo
contenidoyasunto sometido a su decisión. El art 24 del Código Civil señala que se pueden resolver los
casos aún a falta de ley.
El artículo 77 señala que es una Ley Orgánica Constitucional la que determinará la organización y
atribucionesde lostribunalesde justicia,asícomola calidad que deben tener los jueces y el número de
años que debiesen haber ejercido como abogados.
Generación de los jueces (magistrados).
Señalado en el art 78. En la generación de jueces de letras, Corte de Apelaciones y Corte Suprema se
habla de una generación mixta.
 Corte Suprema:compuestapor 21 ministrosque sonnombrados por el Presidente, elegidos de
una nóminade 5 personaspropuestosporlamismaCorte Supremacon acuerdodel Senado (2/3
de losSenadoresenejercicio).De todoslosintegrantes,5debenserextrañosala administración
de Justicia, tener al menos 15 años de título, haberse destacado en la actividad profesional o
universitaria y cumplir los demás requisitos señalados en la Ley Orgánica Constitucional.
 Ministrosy fiscalesjudicialesde las Cortes de Apelaciones: designados por el Presidente, pero
dentro de una terna propuesta dada por la Corte Suprema.
 Juecesde letras: designadosporel Presidente,perodentro de una terna propuesta por la Corte
de Apelaciones de la jurisdicción correspondiente.
Principio de Inamovilidad de los Jueces.
El art 80 señala que los jueces permanecerán en su cargo durante su buen comportamiento, sin
embargo,cesaránsusfuncionesal cumplir 75 años, por renuncia, por incapacidad legal sobreviniente o
en caso de ser depuestos de sus destinos por causa legalmente sentenciada.
UNIDAD 7. Justicia Constitucional.
 Tribunal Constitucional.
En el capítulo 7 de la Constitución en sus artículos 92 al 94 se regula el Tribunal Constitucional. El
Tribunal Constitucional es un órgano autónomo e independiente de toda otra autoridad o poder, con
naturalezajurídicade tribunal colegiado.Locomponen10personasy esun Tribunal de derecho, falla de
acuerdoa la Constituciónya lasleyes,sinembargo,de formaexcepcional, podrá apreciar en conciencia
los hechos cuando conozca de las atribuciones indicadas
Reformas Tribunal Constitucional.
Productode la reformadel año2005, fue el que más tuvo modificaciones.Introduce dosmodificaciones:
1) Recurso de inaplicabilidad.
2) Recurso de Inconstitucionalidad.
La ley 17.997 del 19 de Mayo de 1981 integró el art. 92 que versa “Habrá un Tribunal Constitucional
integrado por diez miembros, designados de la siguiente forma:
a) 3 designados por el Presidente de la República.
b) 4 elegidos por el Congreso Nacional. 2 serán nombrados directamente por el Senado y 2 serán
previamente propuestos por la Cámara de Diputados para su aprobación o rechazo por el Senado.
c) 3 elegidos por la Corte Suprema en una votación secreta que se celebrará en sesión especialmente
convocada para tal efecto”.
Requisitos para ser designado Ministro del Tribunal Constitucional.
 15 años de título de abogado.
 Haberse destacado en la actividad profesional universitaria o pública.
 No tener impedimento que los inhabilite con el cargo de juez.
El cargo dura 9 años, no hay reelección y sus funciones cesan a partir de los 75 años.
Funcionamiento del tribunal Constitucional.
El Tribunal funcionará en pleno o dividido en dos salas.
 En pleno: el quórum para sesionar será de, a lo menos, ocho miembros. El Tribunal en pleno
resolveráendefinitivalasatribucionesindicadas en los números 1º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 11º
del artículo 93.
 En sala: el quorum será de 4 miembros.
El Tribunal adoptará sus acuerdos por simple mayoría, salvo los casos en que se exija un quórum
diferente y fallará de acuerdo a derecho.
Para el ejercicio de sus restantes atribuciones, podrá funcionar en pleno o en sala de acuerdo a lo que
disponga la ley orgánica constitucional respectiva.
Una leyorgánica constitucional determinarásuorganización,funcionamiento,procedimientos y fijará la
planta, régimen de remuneraciones y estatuto de su personal.
Atribuciones del Tribunal Constitucional.
1) Control obligatorio art 93 n°1: le corresponde al Tribunal Constitucional “Ejercer el control de
constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas
constitucionalesy de las normasdeun tratado queversen sobremateriaspropias de estas últimas, antes
de su promulgación”.
El art 93 n°3 señala que corresponde al Tribunal Constitucional “Resolver las cuestiones sobre
constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley o de reforma
constitucionaly de los tratadossometidosa la aprobación delCongreso”. Losobjetosde este control son:
 De forma.
 De fondo.
Requerimientoyplazo:losórganoslegitimadospararequerirel Control Constitucional sonel Presidente
y cualquiera de las Cámaras o de sus miembros. El plazo es de 10 días para el tribunal desde su
requerimiento, a menos que necesite 10 días más.
2) Control eventual art 93 n°6: “Resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad
de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o
especial, resulte contraria a la Constitución”. Para que se acoja la admisibilidad de este recurso se
necesita:
a) Existencia de una gestión pendiente ante un tribunal ordinario o especial.
b) Que la aplicación del precepto impugnado resulte decisivo ante la aplicación del asunto.
c) La impugnación fundada razonablemente.
3) Control preventivo art 93 n°7: acción de inconstitucionalidad “Resolver por la mayoría de los cuatro
quintos de sus integrantes en ejercicio, la inconstitucionalidad de un precepto legal declarado
inaplicable”. Expulsa a la norma del ordenamiento jurídico.
4) Art. 93 n°4: “Resolver las cuestiones que se susciten sobre la constitucionalidad de un decreto con
fuerza de ley”; este requerimientopodráser planteadoporel Presidente dentrode 10 días despuésdel
Decretocon fuerzade Ley.
Otras atribuciones del Tribunal Constitucional.
1) Art 93 n°2: “Resolversobrelas cuestionesde constitucionalidad delosautosacordadosdictados por la
Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones”. Este requerimiento
puede ser efectuado por el Presidente, ambas cámaras y sus miembros y cualquier persona.
2) Art 95 n°5: “Resolver las cuestiones que se susciten sobre constitucionalidad con relación a la
convocatoria a un plebiscito,sin perjuicio delas atribuciones que correspondan al Tribunal Calificador de
Elecciones”. Este requerimientopuedeser hecho por ambas Cámaras desde 10 días después de la fecha
de la consulta plebiscitaria.
3) Art 93 n°8: “Resolver los reclamos en caso de que el Presidente de la República no promulgue una ley
cuando deba hacerlo o promulgue un texto diverso del que constitucionalmente corresponda”. Este
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Teoría de la Constitución, materia

  • 1. Teoría de la Constitución Cátedra. Profesora: Carmen Droguett. Facultad de Derecho Universidad Andrés Bello. 2015
  • 2. “Teoría de la Constitución”. UNIDAD 1. Teoría Constitucional.  El Constitucionalismo. Concepto. ConstitucionalismosegúnSilvaBascuñán: “El constitucionalismo es la consagración, en textos solemnes y escritos, de las bases fundamentales de la estructura del Estado en forma que los órganos del poder público y los gobernantes deben sujetarse a sus preceptos, y todas las demás normas que se dicten, deben establecerse de acuerdo con sus bases y conformarse a estas”. Contenidos que trata la Constitución:  Organización del poder estatal o funciones del estado  Distribución de funciones y potestades (facultades, atribuciones y deberes de los órganos del Estado).  Garantías individuales (enuncia garantías y derechos de las personas que son titulares, que exigen respeto a otros particulares como al Estado mismo.)  Mecanismos, para poder exigir respeto, por ejemplo: requerimiento de inaplicabilidad, inconstitucionalidad, protección, amparo, etc. Evolución.  Las Constituciones consuetudinarias eran las costumbres de generación en generación.  Las Constituciones escritas comenzaron a escribirse y fueron evolucionando.  La primera constitución escrita fue la Carta Magna Inglesa el año 1215.  El proceso de constitucionalismo se dice que comenzó en la edad media.  Hobbes,RousseauyLocke ayudaron al proceso del constitucionalismo. El Contractualismo hizo que las personas supieran los derechos que tenían, para ello había que tener constitución escrita. Principios básicos del constitucionalismo clásico o moderno. Éste debe consagrarse en un texto único, no disperso. Los principios básicos del constitucionalismo moderno son 6: 1) La Constitución es concebida como un estatuto de garantías para el ciudadano frente al Estado, la soberanía del Estado está limitada por los derechos de las personas. 2) La Carta Magna generalmente responde a dos principios: rigidez y escrituración. 3) Implicaunreparto de competenciasde unafuncióndel Estado,lo que genera un principio del órgano o institución.Serán los órganos del Estado los titulares del mismo. El Estado no ejerce el derecho, sino que lo hace a través de diversos órganos. 4) El imperiode lalegalidadode lajerarquíade lasnormasjurídicasconstituye el nacimiento del Estado de Derecho. 5) Consideraque el soberanoesel puebloolanación,peroenningúncasoel monarca. Existen dos tipos de soberanía: la directa, a través del plebiscito; y la indirecta, a través de las autoridades que ésta establece. 6) Como es una expresión de la soberanía del Estado, la Constitución no puede dejar de quedar subordinadaalos límites propios de la soberanía. La Constitución también está limitada, pese a que es una norma jurídica suprema, por los derechos de las personas, los cuales son inalienables e imprescriptibles.
  • 3. Diferencias entre las Constituciones medievales y las clásicas.  Antiguamente, la Constituciones eran otorgadas por un Señor. Actualmente no es así, las Constituciones han sido realizadas por el propio pueblo o nación.  Las Cartas Magnas del medioevonocontemplanel principiode laigualdadde derechos,sinoque solo consagran derechos para distintas castas o grupos. Es decir, no todos eran iguales, sólo algunos tenían derechos.  Supremacía Constitucional. Concepto de Constitución. Conceptode ConstituciónsegúnArturoFermmandois: “La Constitución esunanorma jurídica dotada de rigidez y supremacía que contiene la organización del poder estatal, la distribución de la funciones y potestades que los órganos del Estado pueden ejercer, las garantías individuales cuyo respeto los gobernados pueden reclamar y exigir del Estado, y los mecanismos que se les franquea para tal ejercicio”.  Es una norma jurídica: contiene generalidad, exigibilidad y coercibilidad.  Se encuentra dotada de rigidez y supremacía: la Constitución debe ser rígida y no de fácil modificaciónyaque contiene lasbasesde todaslasnormasjurídicas.La Constituciónessuprema porque tiene un rango superior en el orden jurídico.  Contiene: 1) La organización del poder estatal. 2) Distribución de funciones y potestades. 3) Garantías individuales:el Artículo19 establece losderechosde todas las personas que emanan de la naturaleza humana. 4) Mecanismos:losderechosnoserían efectivossi noexistieranmecanismosque otorgaran la formade exigirlos,comoporejemplo,laacciónde amparo, la acción de protección, el requerimiento de inaplicabilidad y de inconstitucionalidad. Clasificación de las Constituciones. 1° Criterio: según la extensión de su contenido:  Desarrolladas: contenido extenso.  Sobrias o escuetas: texto reducido y compacto.  Semidesarrolladas:textorelativamente apropiadoyque en él se regulan aquellas instituciones que son consideradas apropiadas para una Constitución. 2° Criterio: en cuanto a su capacidad de reforma y su dificultad para enmendarla:  Flexibles:que se modificaigual que una ley ordinaria, lo cual para algunos estos sería lo mismo que no tener Constitución.  Rígidas: son aquellas que establecen mecanismos rígidos y que hacen difícil su modificación.  Semiflexibles: son aquellas que se reforman conforme a un ley y que no alcanza a ser tan inflexible para que sea rígida. 3° Criterio: en cuanto a su concordancia con la realidad del proceso del poder y lo que ocurre realmente en la vida política del país:  Normativas: esaquellaConstituciónenque existe concordancia entre sus normas y la realidad.  Nominal: es una norma jurídica válida desde la perspectiva formal, pero en la dinámica del proceso político no se coincide con su texto.  Semánticas: esuna Constituciónplenamente aplicable pero que busca mantener las formas de situaciones de facto. 4° Criterio: en cuanto a su forma:
  • 4.  Escrita: puede constar en uno o en varios documentos solemnes que configuren el ordenamiento constitucional que ha sido promulgado de acuerdo a un procedimiento que ha establecido la ley y que fija las garantías para gobernantes y gobernados.  Consuetudinarias: son aquellas que emanan de la costumbre y no tienen un texto escrito al menos en su integridad. 5° Criterio: en cuanto a su compromiso con determinados principios:  Programáticas: son aquellas que tienen un compromiso manifiesto con una ideología o conjuntos de principios doctrinarios.  Utilitarias:por el contrario,sonaquellas que no tienen compromiso con ideologías o doctrinas, es decir, son neutras. Tipologías: La tipología de una Constitución se puede ver en dos sentidos:  Material: es aquel conjunto de normas que regulan aspectos esenciales de la organización del Estado y de los derechos fundamentales de la persona humana.  Formal: documento específico al cual los Estados denominan Constitución Política de la República y que se caracteriza por ser un cuerpo normativo de las más alta jerarquía.  Poder Constituyente. Concepto de Poder Constituyente.  Según Silva Bascuñán, Poder Constituyente es “la facultad que tiene todo cuerpo político de establecer su propia ley fundamental,de fijar, por lo tanto, todo lo que se refiere a lo esencial de la estructura de las instituciones llamadas a regir los intereses generales de la colectividad y a resguardar los derechos de los gobernados”.  Según Ángela Vivanco, es “la facultad del pueblo soberano de un Estado para darse una Constitución y realizarle modificaciones”. Clasificación del Poder Constituyente:  Originario: es aquella encargada de generar o crear una Constitución y que recae en el pueblo.  Derivado: es aquel que, una vez tratada la estructura fundamental, se queda habilitado para introducirle posteriores modificaciones o reformas. Tipos de reformas:  Derogatorias: eliminan un precepto legal del ordenamiento jurídico.  Enmienda: realizan modificaciones a la Constitución.  Adición: agregan preceptos que no estaban antes contemplados. Características del Poder Constituyente:  Función legislativa.  Carácter extraordinario.  Propio de la comunidad.  Soberano. UNIDAD 2. Fuentes Formales del Derecho Constitucional.  La Constitución Política de 1980, génesis, antecedentes y características. Antecedentes:  La CPE fue el resultado de distintos momentos dentro del régimen militar, debido principalmente aque lasfuerzasarmadasy de ordenno pensaron,al menosen un comienzo, en
  • 5. dictar unanuevaConstituciónPolítica,sinoque simplemente reformarla; ejemplo de esto es el Bando N°5 o el Decreto Ley N°1.  Durante los últimos meses del año 1973, en virtud del Decreto Supremo del Ministerio de Justicia N°1064 publicado en el Diario Oficial el 12 de Noviembre de 1973, el cual crea la Comisión de Estudio de la Nueva Constitución, para que “estudie, elabore y proponga el anteproyecto de una nueva Constitución Política del Estado y sus leyes complementarias”.  Lejos se encontraba de ser una Comisión Constituyente.  El primerdocumentoevacuadoporlaComisiónde Estudio fue el Memorándum con las metas u objetosfundamentalesparalaNuevaConstituciónde fecha 26 de Noviembre de 1973 y dirigido a la junta de gobierno.  El camino hacía una nueva Constitución Política se plasma en la Declaración de Principios del Gobierno de Chile, de fecha 11 de marzo 1974, documento en el cual se plasmó la creación de un nuevo sistema constitucional. La Constitución afirma:  Que el hombre tiene derechos naturales anteriores y superiores al Estado.  Que el Estado debe hallarse al servicio de la persona humana y no al revés.  Que el fin del Estado es el bien común, el cual exige respetar el principio d subsidiaridad.  Que el respeto del principio de subsidiaridad supone la aceptación del derecho de propiedad privada y de la libre iniciativa en materia económica. Etapas del Proceso: Comisión de Estudio (10/1973-10/1978)  Su misión era estudiar, elaborar y proponer el anteproyecto de una nueva Carta Fundamental.  De ella dependieron varias subcomisiones.  Culmina con la elaboración de un anteproyecto antecedido de un informe explicativo. Concejo de Estado (01/1978-07/1980)  Elaboró el proyecto de la Nueva Constitución y un informe explicativo.  Introduce modificaciones al anteproyecto. Junta de Gobierno (03/1980 – 08/1980) Se realizó de manera paralela al estudio del anteproyecto por el Concejo de Estado:  11 de agosto de 1980: publicación en el Diario Oficial de Decreto Ley N°3.464.  12 de Agosto 1980: publicación en el Diario Oficial del Decreto Ley N°3.465.  11 de Septiembre de 1980: plebiscito.  21 de octubre de 1980: promulgación de la CPE. ¿Qué es referéndum?: votación para leyes. ¿Qué es plebiscito?: votación que puede abarcar cualquier índole. Principales características formales de la CPE de 1980:  Nueva Constitución.  Texto extenso: artículos muy largos que de todas formas requieren interpretación.  Lenguaje claro.  Estructura clásica.  Naturaleza dual: contiene normas fijas y transitorias.  Rigidez: se requiere un quorum altísimo para regularla. Principales características sustantivas de la CPE de 1980:  Nuevos derechos (art. 19), los derechos fundamentales no son absolutos.  Preeminencia de la dignidad.  Catálogo completo.  Primacía de los derechos individuales: derechos de diferentes generaciones.  Acciones y recursos.
  • 6.  Fortalecimiento del control de supremacía.  Derecho constitucional supranacional (art. 5).  Estados de excepción constitucional.  Desequilibrio de potestades.  Definición de ley y estratificación de las leyes.  Los Tratados Internacionales y su Vinculación con la Constitución. Los derechos humanos tienen doble fuente: la Constitución y los Tratados Internacionales vigentes. El artículo 5 inc.2 de la CPE dice: “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechosesencialesque emanan dela naturaleza humana.Esdeberde los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.  Tratado: es unacuerdointernacional celebradoporescritoentre Estadosyregidoporel derecho internacional. Consiste en un instrumento unido, o en dos o más instrumentos conexos, que cualquiera sea su denominación particular.  Ratificación: acto internacional porel cual un Estado hace constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado. Casos en los cuales los tratados no son vigentes:  Nulidad por error, dolo o coacción.  Retiro unilateral por uno de los Estados. Requisitos para que el tratado se encuentre vigente:  Que haya sido ratificado.  Que haya sido publicado en el Diario Oficial íntegramente o en forma resumida.  Que existaconstanciadel consentimientode todoslosEstadosnegociadores en obligarse por el tratado. Requisitos que debe cumplir un tratado para ser parte integrante de un ordenamiento jurídico:  Deben ser tratados internacionales solemnes.  Deben ser tratados multilaterales.  Deben versar sobre la dignidad del ser humano y sus derechos fundamentales.  Deben haber sido aprobados y ratificados por Chile.  Se deben encontrar vigentes.  El rango de los tratados de derechos humanos en el procedimiento jurídico estarán al mismo nivel que la Constitución. Posturas sobre los tratados internacionales: 1) La postura clásica dice que el tratado internacional tiene el mismo rango que la ley, por lo que la Constitución es superior. No hace relación ni versa sobre derechos humanos. 2) Los derechos que contienen los tratados internacionales tienen rango constitucional. 3) Los tratados internacionales sobre derechos humanos tienen rango constitucional. Esta postura es la que rige en Chile. La resolución N°786 del año 2007 dice que si los tratados versan de derechos humanos están al mismo nivel de la Constitución, pero si no tratan sobre éstos están al nivel de la ley. 4) Los tratados sobre derechoshumanos tienen un rango supraconstitucional, por ejemplo, en caso de guerras o inestabilidad política.  Los distintos tipos de leyes y su vinculación con la Constitución. Fuentes del Derecho Constitucional. Según la RAE “fuente” se define como principio, fundamento u origen de una cosa.
  • 7. ¿Qué son las Fuentes del Derecho?  Según Jorge Mario Quinzio es “el órgano, medio productor o norma jurídica en su realidad o contenido concreto”.  Según Norberto Bobbio, “son los derechos o actos a los que un determinado acto jurídico atribuye idoneidad o capacidad para la producción de normas jurídicas”. Las fuentes del derecho se separan en formales y materiales:  Fuentesmateriales:mediosproductoresde lasfuentesjurídicas(CongresoNacional,Presidente de la República, Municipalidades, SII).  Fuentesformales:formasenque se manifiestala norma (Constitución Política, leyes, decretos, reglamentos).Dentro de las Fuentes Formales se distinguen las fuentes directas, normativas o inmediatas; y las fuentes indirectas, mediatas o no normativas. Fuentes Directas, Normativas o Inmediatas: Son las normas jurídicas propiamente tales. En ellas se encuentran:  La ConstituciónPolítica:fuente principalydirectadel DerechoConstitucional. Es la ley suprema del ordenamiento jurídico del Estado, contiene los atributos del poder y las garantías del ser humano en virtud del Principio de Supremacía Constitucional. Subordina todaslasnormasdentro del estado, lo cual significa que deben adaptarse a la Constitución tanto formal como sustantivamente.  SegúnKelsen,“la Constitución esla más alta grada política jurídica y su función consiste en regular los órganos y su procedimiento de producción normas jurídicas”.  Una definiciónmásasertivayampliade la Constitución nos la da Ángela Vivanco, quien dice que es la “Ley Suprema que rige el ordenamiento jurídico del Estado, a la vez que contiene los atributos del poder y las garantías del ser humano y que, así mismo, en virtud del Principio de Supremacía Constitucional,subordina todas las normas dentro del Estado, es decir, que deben adaptarse a la Constitución tanto formal como sustantivamente”.  Las Leyes: son aquellas normas dictadas de acuerdo a la Constitución Política por el poder legislativo con participación del Presidente de la República. NuestraCPEcontemplael conceptode dominio legal. Su finalidad, conforme al Código Civil, es mandar, prohibir, y permitir. En nuestro ordenamiento, las leyes se clasifican en:  Ley Interpretativade la Constitución: sonaquellasque se dictancon el objetode aclarar y explicarel sentidoy alcance de una norma que se estima oscura en su interpretación. Debe pasar porel tribunal Constitucionalparauncontrol preventivo.Requiere de un 3/5 de quorum.  Ley Orgánica Constitucional: tiene por objeto estructurar organismos y servicios públicos consagrados en las Constitución Política. Requiere de un 4/7 de Quorum.  Ley de Quorum Calificado: son aquellas leyes, cuya materia el constituyente ha estimadode tal trascendencia,que exige para su reforma, aprobación o derogación, de la mayoría absolutade SenadoresyDiputados. Un ejemplo de esto es la Ley 18.314: Ley Antiterrorista. No requiere control preventivo del Tribunal Constitucional.  Ley que concede Indultos y Amnistías: ésta se encuentra en el art.63-n°16-inc.2 y requiere de un 2/3 de quorum. Indulto: Beneficio carcelario que consiste en la remisión o reducción de la pena en la cual se extingue la responsabilidad penal, es decir, es el perdón de la pena. Esta ley es dictada por el Presidente de la República. Amnistía: es el perdón del delito y tiene que ser concedido por ley.
  • 8.  Ley Ordinaria, Común o Simple: requieren de la mayoría de los miembros presentes para su reforma, aprobación o derogación.  Los Decretos, Reglamentos, Instrucciones y Circulares dictadas por el poder ejecutivo: forman parte de la potestad reglamentaria, es decir, la facultad del presidente y otras figuras administrativasparadictarnormas jurídicas de contenido general que tiende a ejecutar leyes y hacer cumplir la función administrativa encomendada por el Estado.  Decretos Supremos: corresponden al mandato u orden hecho por un Ministro y tramitado por la Contraloría General de la República en virtud del cual el Presidente cumple conla funciónde administrarygobernarel Estadoque le ha sido confiado por la Constitución.  Reglamentos: conjunto de normas dictadas por el Presidente de la República para la aplicación y ejecución de las leyes.  Instituciones:ordenocomunicacionesque losfuncionariospúblicossuperioresdirigena sus subordinados indicándoles la manera de aplicar una ley, reglamento y otra disposición legal para el mejor funcionamiento de un servicio público.  Circulares: actos que tienen alcance para todos los órganos de la administración del Estado.  Reglamentos del Senado y de la Cámara de Diputados: son normas jurídicas que tienen por objetodeterminarel funcionamiento interno del Congreso Nacional. Pretenden dar aplicación integral de la CPE.  Auto-acordados de Tribunales de Justicia: dictados por la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Calificador de Elecciones. Fuentes Indirectas, Mediatas o No Normativas: Son aquellas, que sin contener en sí mismas las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, explicarlas, producirlasysirven para su conocimiento. Permiten aclarar el derecho vigente sin ser necesariamente normas, aunque en la práctica se usan solo las normas directas. SegúnHugo Tortora,son todasaquellas fuentesque vienen a determinar y complementar el contenido de las Fuentes Directas, y que se caracterizan por un origen sociológico, es decir, nacen de la actividad social desarrollada en un momento histórico determinado. Aquí encontramos:  La Costumbre:repeticiónconstante y uniforme de ciertos actos durante un periodo y localidad determinada y con la convicción de que se está realizando un interpretativo jurídico. Elementos de la Costumbre:  Elemento externo u objetivo: se caracteriza por la uniformidad, el largo uso y la notoriedad.  Elemento interno o subjetivo: es la convicción que tiene fuerza obligatoria porque satisface una necesidad jurídica. Clasificación de la Costumbre:  Contra Legem: contra ley.  Preater Legem: en ausencia de la ley.  Secundum Legem: en la ley. La costumbre solotiene valorenel SistemaConstitucional chilenosi expresamente se remiteala ley, es decir, secundum legem.  Jurisprudencia de los Tribunales de Justicia: se puede ver en dos sentidos:  Amplio: conjunto de fallos que dictan los órganos que ejercen la jurisdicción.  Restringido: un fallo que dicte un tribunal. La jurisprudencia es la interpretación doctrinaria que emana de los tribunales referida a una materia.
  • 9.  La Opinión de los Tratadistas o Doctrinas: si bien carecen de obligatoriedad, tendrán gran influencia a la hora de discutirse una cuestión que incida en el derecho constitucional.  Dictámenes de la Contraloría General de la República y de Otros Órganos de Carácter Consultivo: la Contraloría General de la República tiene la función fiscalizadora y de control de los actos de administración, por lo que emite informes de gran valor jurídico, y dada su competencia en algunos casos, tienen carácter obligatorio.  Historia Fidedigna de la Constitución: ésta adquiere la calificación de Fuente Indirecta porque enellase encuentratodoel desarrollode losprincipiosyvalorespresentesenlaConstitución;su discusión, bases y términos son los cuales dieron nacimiento a la actual Carta Fundamental.  ConcienciaConstitucional:origenyhechoshistóricosque dieroncomienzoa la Constitución. Un gran ejemplo de esto, e hito de gran relevancia, fue la Revolución Francesa. UNIDAD 3. Bases de la Institucionalidad.  Concepto y Características. La ModificaciónalaConstitución de 1925, denominado “Estado, Gobierno y Soberanía”, da cuenta de la amplitud y densidad de contenido que ha querido otorgársele. ¿Qué es base? Fundamento o apoyo principal en que descansa una cosa. ¿Qué es institucionalidad? La institucionalidad apunta al fundamento que establece la Constitución. Relevancia del capítulo 1 manifestada en la sesión N°37 de la Comisión Ortuzar: “Estima que este capítulo (con el nombre que más adelante se considere apropiado) debe contener las normas que constituyen losprincipiosbásicoso fundamentalesqueorientarán nuestro ordenamiento constitucional y cuyo desarrollo se manifestará en el articulado del texto… Considera difícil encuadrar en el capítulo 1 todasaquellasnormas queconfiguren elEstado de Derecho, bajo la nomenclatura de “Estado, Gobierno y Soberanía”, por lo que propone que su título sea el de “Fundamentos Básicos de la Constitución” o “Disposiciones Comunes o Generales”, en razón de que con la actual nomenclatura se tenderá, naturalmente,avincularel desarrollode todalaideade derechoenlosconceptosque enellaaparecen”. En el capítulo 1, el constituyente ha procurado sintetizar los aspectos más trascendentes de la idea de derechoque se presente configurar,conel objetode que losdemáspreceptosseanentendidoscomolas con-creaciones lógicas particulares, en relación a la materia específica que tratan. ¿Qué filosofía jurídica concentra lo esencial de la idea de derecho que quiere consagrar el capítulo 1? Ella concuerda en alto grado con la sostenida por el pensamiento católico expuesta en la denominada Doctrina Social de la Iglesia. La Constitución no es un conjunto de artículos yuxtapuestos, sino que todos ellos forman un sistema, de modo que latarea de hermenéuticatiene que considerarsiempre lalógicasustentada en el contexto y sintetizada en el centro definidor del capítulo 1. El capítulo 1 establece reglas conforme a las materias que regula, a saber:  Estructura social.  Territorio.  Emblemas nacionales.  El Estado.  Formas de gobierno.  Soberanía.  Estado de Derecho.  Principios de probidad y publicidad.  Terrorismo.
  • 10.  Estructura Social. La Constitución reconoceel elementohumanodel Estado,conformado no solo por individuos, sino que por un conjuntode personas,familiasyde formassocialescreadasenlaconvivencia.Conesta amplitud, emplea los términos sociedad, nación, comunidad nacional y pueblo. La Constitución comprende acertadamenteque enlasociedadenlacual el Estado se asienta yse mueve, no solo se integra por una pluralidad de individuos, sino que por personas, familias y grupos intermedios. La incorporaciónde lareferenciaalaigualdadyla libertadtiene su fuente más directa en el nacimiento del constitucionalismomoderno,yaque figuraenlaDeclaraciónde Independenciade losEstadosUnidos de 1776, posteriormente consignadoenla Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en la Carta de las Naciones Unidad de 1945, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948 y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. 1) El hombre y la persona humana. Regla consignada en el artículo 1: las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Incorporana la jerarquíaconstitucional el reconocimientode un pilar fundamental que no se menciona en otras constituciones. La ComisiónOrtuzarregistrópreocupaciónporponeral hombre comopiedraangularen la Constitución.  Igualdad: todos los hombres nacen con la misma cualidad e idéntica vocación.  Dignidad: cualidades de la persona humana, como el fin para el cual ha sido creada. Al afirmar que los hombres nacen libres, está manifestando que ellos tienen la facultad de obrar o no obrar, es decir, que no es esclavo. El principio de igualdad deriva directamente de la naturaleza, toda vez que los hombres nacen con las mismas cualidades de la persona humana como en el fin para el cual ha sido creada. Las características de la CPE reconocenala persona humana y explican el contenido de otros preceptos sustantivos de la Constitución, los cuales pasan a ser mera consecuencia de la norma. 2) La Familia. La familia está en el artículo 1 inc. 2 y 4 de la CPE: la familia es el núcleo fundamental de la sociedad.  Familia:grupo de personasemparentadasentre sí que viven juntas bajo la autoridad de una de ellas.  Núcleo: elemento primordial al que se van agregando otros para formar un todo.  Fundamental: principio y cimiento en que escriba y sobre el que se apoya un edificio o cosa. Por lotanto,la CPE reconoce laexistenciaenlasociedadde muchos núcleos, entre los cuales, la familia es el fundamental. Ejemplos de reconocimientos internacionales a la familia que luego se plasman en la Constitución:  Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre: “toda persona tiene derecho a constituir familia, elemento fundamental en la sociedad; y a recibir protección a ella”.  Declaración Universal de Derechos Humanos: “la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad, y tiene el derecho a la protección de la sociedad y del Estado.  Declaración de Derecho Económicos, Sociales y Culturales: “se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posible, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del ciudadano y la educación de los hijos a su cargo”. Todas estas normas son tratados internacionales ratificadas por Chile. 3) Grupos Intermedios. Los gruposintermedios se encuentran en el artículo 1 inc.3 en relación al artículo 23 de la Constitución: “el Estado reconoce y ampara los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”.
  • 11. Muchos tiposo formas de grupos intermedios, atendida la especialidad de sus objetivos y por vincular sus actividadesavaloressocialessuperiores,sonobjetode reglamentaciónespecial del legislador, quien les da las bases de su estructura y proporciona el beneficio de la personalidad jurídica. Así mismo, la Constitución hace referencia a distintas formas en que ellos pueden manifestarse. La amplitud y diversidad de los objetivos de los grupos intermedios se condiciona por la necesidad de que su estructura y finalidad queden enmarcadas dentro del ordenamiento jurídico. Ejemplo de manifestaciones de grupos intermedios:  Establecimientoseducacionales,juntasde vecinos,sindicatos,partidos políticos, corporaciones y asociaciones.  EmblemasNacionales. Los emblemasnacionalesse tratan en el art 2 de la Constitución: “son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional”.  Emblema: símbolo que representa alguna figura al pie de la cual se escribe algún lema que declara la idea que éste encierra. Los emblemasnacionalestambiénestánrelacionadosconel art 22 inc.1: “todo habitantede la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales”.  El Estado. Concepto. Hay 3 formas de entender Estado y el constituyente las define de las siguientes maneras: 1) Ente ficticio:se utilizael Estadobuscandosignificarcon él a aquella sociedad desde el punto de vista de derecho, es decir, de la organización que se da la sociedad para conducir ésta al bien común. Agrupaciónde personasque se constituye de tal forma que permite alcanzar el bien común, art. 1 inc. 4 y 5: “El Estado estáal servicio de la persona humana y éstees promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacionalsu mayorrealización espiritualy material posible,con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”. “Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional”. 2) Conjunto de órganos: esaquel que entiende al estadocomoconjunto de órganos o instituciones que lorepresentan, esdecir,el aparatooficial,atravésde cuyasdecisionesy actuaciones se marcha hacia la realización del bien colectivo. Como por ejemplo, las municipalidades y súper intendencias, art. 6 y 7: “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República. Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo. La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones de determine la ley”. “Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aún a pretexto de circunstanciasextraordinarias,otra autoridad o derechosquelosqueexpresamenteseles haya conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
  • 12. Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidadesy sancionesquela ley señale”. 3) Fisco: interpretarlocomoauna persona jurídicapatrimonial central que adoptael nombre de fisco.En este caso, el estado actúa con patrimonio y personalidad jurídica propia, art. 19 n° 24 inc. 10: “La exploración,la explotación o el beneficio de los yacimientosquecontengan sustancias no susceptibles de concesión,podrán ejecutarsedirectamenteporelEstado o porsusempresas,o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo. Esta norma se aplicará también a los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional y a los situado, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad nacional. El Presidente de la República podrá poner término, en cualquier tiempo,sin expresión decausa y con la indemnización quecorresponda,a lasconcesionesadministrativas o a los contratos de operación relativos a explotaciones ubicadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional”. Fin del Estado. El findel Estadoestáen el art.1 inc.4, y éste es promover el bien común: “el Estado está al servicio de la persona humana y éste es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece”. 1) Se consagra el biencomún como finalidaddel Estado, la ideade biencomún en la Constitución es de influencia/dogma de la Iglesia. Se trata de determinar la finalidad del Estado, no de la sociedad. Las personas tienen fines distintos, el Estado uno solo. 2) El deberdel Estado es promoverel bien común. Con promover,se refiere a tomar la iniciativa para la realización del logro de algo, es decir, el bien común no brota espontáneamente, debe existir trabajo para alcanzar ese objetivo. Se necesita un agente que trabaje para el logro del bien común y este es el Estado. 3) La finalidad del estado es alcanzar un determinado contenido, y éste es el bien común como bienestargeneral,algodistintoa los bienes particulares de cada uno de los integrantes de la sociedad. 4) ¿De quién debe lograr el bien común? De todos y cada uno de los integrantes de la sociedad (persona, familia y grupos intermedios). 5) ¿Cómo se alcanza el bien común? Creando las condiciones. El Estado no trabaja para sí mismo, se proyecta para las personas, familias y grupos intermedios. 6) ¿Qué persigue la finalidad del Estado? La mayor realización espiritual y material posible. 7) ¿En qué consiste la contribución que se pide al Estado? Ésta contribución crea las condiciones sociales.Todosaquellosque se dedicanacrear el clima, ambiente, atmósfera y el estilo de convivencia que lesfacilite losobjetivosparasuparticularbeneficioque se trazanlosindividuos,esdecir,pasana ser entendidos como valores colectivos. 8) ¿Se trata de una exigencia concreta o abstracta? Es concreta. Busca toda la realización material y espiritual “posible” que esté dentro de sus capacidades, es decir, el Estado está limitado. 9) ¿Existe un límite para actuar del Estado? el respeto a los derechos y garantías que la Constitución establece. Deberes del Estado. Señalado en el artículo 1: 1) Resguardar la seguridad nacional. Artículos 19, n°11 inc.2, n°15 inc.4 y n°16 inc.4: “La Constitución asegura a todas las personas”: n°11 inc.2: “La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”. N°15 inc.4: “Prohíbanse las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado”. N°16
  • 13. inc.4: “Ninguna clasede trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad públicas,o que lo exija el interés nacional y una ley lo declare así. Ninguna ley o disposición de autoridad pública podrá exigir la afiliación a organización o entidad alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en éstos. La ley determinará las profesiones que requieren grado o título universitario y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas”. La Constitución y el artículo 101 inc.1 con respecto a las fuerzas armadas también versa sobre seguridad nacional: “Las Fuerzas Armadas dependientes del Ministerio encargado de la Defensa Nacional están constituidas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional”. 2) Dar protección a la población y a la familia. Artículo 1, inc.2: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad”. 3) Promover la integración armónica de todos los sectores de la nación (personas, familias y grupos intermedios). 4) Asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional (personas naturales y jurídicas). El derecho a participación no está en el Art. 19 pero sí en los tratados internacionales vigentes. Forma de Estado, división y organización administrativa. Se establece en el Artículo N°3: “EL Estado de Chile es unitario. “La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley. Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas del territorio nacional”.  Estado Unitario: significa que en él hay un solo ordenamiento jurídico positivo, generalizandoensusórganoscentrales,aplicable atodaslaspersonasenlaextensiónde su territorio sobre la universalidad de materias o aspectos que puede comprender la competencia estatal.  Estado Igualitario: el que seaigualitarionoimplicaque existan normas particulares para casos particulares. El concepto de “Estado unitario” requiere de la existencia de agentes locales de los órganos centrales encargadosde ejecutarlasacciones de éstosenatencióna laimposibilidadprácticaenque se encuentra la actividad de realizar ella misma y por si sola la voluntad del Estado en todo el territorio.  Agentes centrales: Presidente de la República.  Agentes particulares: Intendentes. La cualidad unitaria del Estado se proyecta, por lo tanto, en la forma de organización y atribuciones de distintas autoridades para el desempeño de distintas funciones que la Constitución establece. Esto lo podemos ver reflejado en el Art. 33, inc.1: “Los Ministros de Estado son los colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República en el gobierno y administración del Estado”. Y también en el art. 103 inc.2: “Una ley determinará el Ministerio o los órganos de su dependencia que ejerzan la súper-vigilancia y el control de las armas. Así mismo, establecerá los órganos públicos encargados de fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a dicho control”.  Administración estatal: órganos centrales ejerciendo de manera indirecta. Proyección de Servicios de la Administración. Los servicios administrativos pueden cumplirse de la siguiente manera: a) Centralizada: con absoluto predominio de atribuciones de funcionarios superiores que resuelven y transmiten órdenes desde asientos de jefaturas máximas, como por ejemplo, el Presidente. b) Descentralizada:dejalibertad de independencia o autonomía más o menos amplía o sustancial a los agentes locales de las diversas reparticiones, como por ejemplo, las municipalidades.
  • 14. El Art. 3 inc.2 de nuestra Constitución dice: “La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley”. Esto se obtuvo con la reforma de 1991, ley 19.097.  La expresión “será” contiene unmandatoparaque la legislaciónse oriente inequívocamente en un sentidoregionalizadorque satisfagael propósitode lareforma.Equivale alatrascendenciade competenciasdesdeel nivel central aentesjurídicamente diferenciadosde aquel, esdecir,entes dotados de personalidad jurídica y con patrimonio propio.  El “o desconcentrada en su caso” equivale a que no toda la administración del Estado es descentralizada en el tiempo ya que existen servicios o actividades que deben quedar bajo la atenciónodependencia del Presidente de la República y que por sus características propias no es posible separarlas a nivel central.  “En conformidadconlaley” equivaleaentregaral discernimientodellegisladorcuálesfunciones o atribuciones de nivel central son susceptibles de transferirse a los órganos territoriales descentralizados o desconcentrados, y cuáles son, por naturaleza, los que deben ser, por su competencia, de los entes centralizados.  La Soberanía. Concepto. El art 2 de la Constitución de 1925 expresaba “La soberanía reside esencialmente en la nación, la cual delega su ejercicio en las autoridades que esta Constitución establece”. Titularidad y Ejercicio. ¿Quiénesel titular de la soberanía? Durante lassesiones38 a 41 de la comisiónOrtuzarse discutió este punto, concluyéndose que era la nación el titular de la soberanía y definiendo la soberanía como sinónimode poderpolítico.LacomisiónOrtuzarasí mismo,entregóunconceptode loque se entendería como soberaníao poderpolítico,el concepto estudiado por la comisión de poder político corresponde: “al poder de decisión o de Gobierno en asuntos generales de la nación y su ejercicio es entregado a los órganos o poderes del Estado generados por medio del sufragio universal el cual se canaliza a través de partidospolíticosy corrientes independientesdeopinión”, enconsecuenciael titularde la soberanía es la nación y ella delega en los órganos o poderes del estado. ¿Cuál es el problema de delegar a la nación como titular de la soberanía? 1) La diversidad conceptual de nación. 2) Lo dispuestoenel artículo5 inc.2contempladosejerciciosde soberanía,laprimeraeslarealizada por el pueblo mediante plebiscitos y elecciones periódicas; y la segunda es a través de autoridades establecidasenlaConstitución.El problemaque contemple dosformasesque al nohaber unadistinción a quedadoenun nivel de igualdadjurídicaypolíticalasdosformasde ejerciciode la soberanía previstas por la Constitución. Sin embargo, una interpretación correcta del artículo 5 inc. 1 debe entender que el ejercicio de la soberanía, que se manifiesta a través de las autoridades constituidas, debe estar sustancialmente subordinadoal quererdirectoenindirectodel electorado.Sólose delegael ejerciciode la soberanía, por lo cual la soberanía propiamente tal la reside en la nación. La nación dicta su Carta Fundamental y delega el ejercicio de la soberanía en las autoridades constituidas. ¿Por qué habla de autoridades y no de poderes?La Constituciónquiere evitarel conflicto de atribución de la Soberanía, ya que los poderes son 3 (legislativo, ejecutivo y judicial) y habría un problema de ejerciciode ella.Al hablarde autoridadesse amplía la carta, aunque no es cualquier autoridad, son sólo lasestablecidasenla Constitución, los otros órganos no establecidos quedan subordinados al ejercicio de soberanía de los establecidos.
  • 15. Respectoal ejerciciode lasoberaníael artículo5 inciso1 nos indicaque ellase ejerce soloporlosmedios que determinalaleyfundamental,conello,quedarechazada cualquier pretensión de ejercer soberanía por medios no reglamentados por la Constitución. Límites de la Soberanía. Art 5 inc. 2 “El ejercicio de la soberanía reconocecomo limitación el respeto a los derechosesenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. 1) El art 5 inc.2 trata el ejerciciode lasoberanía,lacual, segúnel inc. 1 del mismo artículo, se manifiesta vía elecciones periódicas o plebiscito. 2) Trata sólo una de las formas de restringir la soberanía. 3) Busca el respeto de los derechos fundamentales. 4) Los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana también son referidos en el art 19 N°26. Uno de estos, por ejemplo, es la libre competencia en el comercio. 5) Normasque emanande lanaturalezahumanasonderechosque se entienden en el individuo de una manera racional, tomando en cuenta las condiciones del hombre en cuanto vive. 6) Se establece el deberdel Estadoconla Ley 18.825 que integró la segunda parte del artículo y con ello se amplía el catálogo de derechos fundamentales consagrados en la Constitución, como así mismo, amplía el límite a la soberanía, al establecer el deber del Estado de mantener una postura de vigilancia con el respeto y promoción de estos derechos. 7) Después de la reforma se transformó en deber del Estado promover y garantizar el respeto de los derechos fundamentales además de los tratados internacionales. Tipos de derechos que se deben garantizar: Son dos:  Los garantizados por la Constitución.  Los tratados internacionales vigentes ratificados por Chile. El Estadodebe asegurarel libre yplenoejerciciode losderechosfundamentalesmediante laprevención, investigación y sanción de toda violación a los derechos reconocidos en tratados internacionales ratificados porChile yque se encuentrenvigentes,pero así mismo mediante la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos fundamentales.  Tratado: Según convención de Viena del año 1969, promulgado en Chile por el decreto N°381 del Ministeriode RelacionesExterioresypublicadoen el Diario Oficial el 22 de Junio de 1981, el cual en su Art 2 N°1 A, dice: “se entiende por tratado un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estadosy regido por el derecho internacional,queconstede un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera sea su denominación particular”. Los tratados se firman por el Presidente de la República, luego son presentados al Congreso Nacional para ser aprobados o desechados. La tercera etapa es la ratificación por parte del Presidente y por último, se promulgan y publican como leyes.  Ratificación: acto internacional porel cual unEstado hace constar por el ámbitointernacional su consentimiento en obligarse por un tratado. Según el Artículo 27 de la Convención de Viena: “La parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado”. Precisiones con respecto a los tratados. 1) Los tratados se celebran en ejercicio de la soberanía. 2) En tantoun tratado internacional se encuentrevigente,el Estadonopuede actuarconprescindenciao en contra de éste. 3) Desde el momentoenque rige el tratado,se incorporasu contenidoal ordenamientojurídicointerno, y enconsecuencia,se derogatodanormajurídica de cualquiernivelque seaincompatibleconel tratado.
  • 16. 4) La fuerzaplenamente imperativade lostratadosposee unacaracterísticaen particular: se considera a partir de su ratificación y no de su promulgación. 5) Desde que está ratificado un tratado, es que se generan las obligaciones para Chile, tanto para los países contratantes en el tratado, como también todos los chilenos. 6) La ratificaciónde Chile de untratado,noequivale adesconocerlalegislacióninterna.Soloal agotarlos recursos internos se recurre a los tratados.  Estado de Derecho y Principios. Supremacía Constitucional. El Estado de Derecho está establecido en los Artículos 6 y 7, los cuales establecen el Principio de Supremacía constitucional y son la base del funcionamiento del derecho constitucional. Artículo 6: “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República. Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo. La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley”. Obliga tanto a gobernantes como a gobernados. Al hablar de órganos del Estado, tiene implícita la existencia de un orden jerárquico que las normas de derecho no podrán contravenir. Principios de juridicidad o legalidad. Principios del Artículo 6 inc.2: 1) Obligatoriedadde la Constitución: se debe actuar siempre conforme alodispuestoenlaConstitución Política. Obligar nuestro comportamiento a la Constitución implica conocer ésta última, ya que las normasnecesariamentese debenadecuara la Constitución y no pueden superarla, por lo cual, obliga a todas las personas que se encuentren en este país. Institución: todo órgano del Estado, grupo intermedio o ente colectivo de cualquier tipo o especie. 2) Supremacía Constitucional (art 6 inc.1): “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normasdictadasconformea ella, y garantizar el orden institucional de la República”.  Órganos del Estado: Es el cuerpo integrado por una o más personas, cuya voluntad, debidamente expresada,vale comosi fueramanifestacióndirectaypropiadel quererdel Estado, o sea, se imputan a éste de modo que sus consecuencias, favorables o adversas, son experimentadas porlacolectividad organizada en cuyo nombre actúan. Los órganos del Estado deben adecuar su actuar a la Constitución. La Supremacía Constitucional significa que toda norma debe adecuarse alaConstituciónPolíticade laRepública.Porotrolado,todos losórganos que emanende laadministracióndel Estadose debenadecuarencuantoa susprocedimientos y formación a lo que diga la Constitución. Los recursos aseguran el cumplimiento de la SupremacíaConstitucional,yencontramos:de nulidad, amparo, protección, de inaplicabilidad, de inconstitucionalidad, de reclamación de lesiones causadas por los órganos de la administración,comotambién,acciónpordesconocimientode la nacionalidad e indemnización del poder judicial. 3) Los órganos del Estado y su acción: está regulado en el art 7 y establece los requisitos para que los órganos del Estado sean válidos. Art 7 inc.1 “Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley”.  Investidura: es el carácter que se adquiere con la toma de posesión de ciertos cargos o dignidades.Tales solemnidades deben estar reguladas antes de que se exija su cumplimiento, como por ejemplo, en el artículo 27 inc. Final el cual dice “el Presidente electo prestará ante el Presidentedel Senado,juramento o promesa dedesempeñar fielmente el cargo de Presidente de
  • 17. la República,conservarla independencia dela Nación,guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, y de inmediato asumirá sus funciones”.  Regular: de la forma prescrita por la Constitución.  Dentro de su competencia: las atribuciones que tiene. Implica que la decisión recaiga en la materiaque ha sidoconfiadaa laresolucióndel órgano. También se refiere a que la decisión se adopte en la materia ejerciendo atribuciones que en a espera de ella hayan sido conferidas al órgano.  Y en la forma que prescriba la ley: conjunto de modalidades y condiciones que conducen a la mejor preparación y fundamentación de la acción que se adopte, ejemplo de esto lo encontramos en el artículo 35, inc. 2: “Los decretos e instrucciones podrán expedirse con la sola firma del Ministro respectivo, por orden del Presidente de la República, en conformidad a las normas que al efecto establezca la ley”. Estos tres requisitos son lo que se denomina Principio de legalidad. Requisitos de fondo y forma.  Fondo: dentro de la competencia.  Forma: dentro de los cargos. Faltando estos requisitos la Constitución establece una sanción que es la de nulidad, lo cual establece que el acto no producirá efectos. Principio de Responsabilidad. El Principio de Responsabilidad como tal está consagrado en el artículo 38 inc.2: “Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la Administración del Estado, de sus organismos o de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño”. ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas del acto inválido o nulo de derecho público? Estas consecuencias son la Responsabilidad y las sanciones. Responsabilidad: Artículo 6 inc.3 y Artículo 7 inc. Final. Causas o motivos de responsabilidad: 1) Art 6 inc.1: no sometimiento de acción de órganos del Estado a la Constitución y a las leyes 2) Art 6 inc.2: incumplimiento de preceptos de la Constitución por titulares de órganos, personas, instituciones o grupos. 3) Art 7 inc.2: atribuciónde autoridadoderechospormagistraturas,personasogrupos de personas que sean distintos a los expresamente conferidos por la Constitución o por las leyes. ¿Qué es la responsabilidad? Tenemos 2 significados:  “Toda deuda, obligación de reparar y satisfacer por sí o por otro, a consecuencia de un delito o culpa o de otra causa legal”.  “Cargo u obligación moral que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto determinado”. ¿A quién puede gravar esta responsabilidad que se genera por el Estado o sus órganos?  Al Estado.  Y a los Titulares unipersonales (por ejemplo, ministros) o colegiados que integran dichos órganos. ¿Dónde está consagrado el principio de responsabilidad?:  Art 19 n°24 inc.3: “Nadie puede,en caso alguno,ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o de interés nacional, calificada por el legislador. El expropiado podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio ante los tribunales ordinarios y tendrá siempre derecho a indemnización por el
  • 18. daño patrimonial efectivamente causado, la que se fijará de común acuerdo o en sentencia dictada conforme a derecho por dichos tribunales”.  Art 19 n°7 letra i: “Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso o condenado en cualquier instancia por resolución que la Corte Suprema declare injustificadamente errónea o arbitraria, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido. La indemnización será determinada judicialmente en procedimiento breve y sumario y en él la prueba se apreciará en conciencia”. ¿Cuáles son las formas de actuación del Estado o de los titulares (unipersonales o colegiados) de sus órganos que pueden originar responsabilidad?  Culpa (negligencia).  Dolo (intención de causar daño).  Error (falsa representación) ¿Cuáles son los tipos de responsabilidad que pueden gravar o afectar a los titulares unipersonales o colegiados de los órganos del Estado en virtud del Principio de Responsabilidad?  Responsabilidadcivil:apuntaal pagode dinerooindemnizaciónporel dañocausadodebidoa la conducta antijurídica.  Responsabilidad penal: busca la aplicación de una sanción.  Responsabilidad funcionaria: aquel tipo de responsabilidad que repercute en la posición que tiene el funcionario en relación al empleo o cargo que posee.  Responsabilidad política: responsabilidad de órganos unipersonales o colectivos por sobre los intereses generales.  Responsabilidad profesional: responsabilidad según alguna determinada profesión. Se determinarán caso a caso y dependiendo de la norma que se contravenga. Principio de Probidad y Publicidad (Ley de Transparencia). Este principio se plantea en el artículo 8 de la Constitución “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sustitulares a darestricto cumplimiento al principio de probidad en todassusactuaciones.Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo,sólo una ley dequórumcalificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos,cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”. Este principio obedece a la intención del Estado de subsanar los actos corruptos.  Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado: se aplica a todos los órganos del Estado.  Ley 19.653 del año 1999 Sobre probidad administrativa aplicable de los órganos de la administracióndel Estado: modificódisposicionesde laLey18.575 introduciendoel Principio de Probidad y Transparencia. Ley 19.653 Sobre probidad administrativa aplicable de los órganos de la administración del Estado. Artículo 1 modificó el artículo 3 de la ley 18.575: “la administración del Estado deberá observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación, impulsión de oficio del procedimiento, impugnabilidad delosactosadministrativos,control,probidad,transparencia y probidad administrativay garantizará la debida autonomía de los grupos intermedios para cumplir sus fines específicos, para respetar el derecho de las personas para realizar cualquier actividad económica conforme a la Constitución y a las leyes”. Artículo 2 modificó el artículo 54 de la ley 18.575: ¿Qué se entiende por probidad? “Consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo con preminencia del interés general por sobre el particular”.
  • 19. El inc.3 modifica e incorpora sanciones “Su inobservancia acarreará las responsabilidades y sanciones que determinen la Constitución, las leyes y el párrafo 4º de este Título, en su caso”. Ejemplo de conductas que lleven estas sanciones son: alcalde en conducta impropia, cohecho, malas administraciones de fondos públicos, desvío de aguas, carabineros cursando infracciones injustas, mal uso de información privilegiada, uso de bienes fiscales. Conductas que contravienen especialmente el Principio de Probidad: 1) Usar enbeneficiopropioode terceroslainformaciónprivadaoprivilegiadaalo que se tuviere acceso en razones de la función pública que se ejerce. 2) Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. 3) Emplear bajo cualquier forma diversos bienes de la institución en provecho propio o de terceros. 4) Ejecutar actividades,ocupartiempode lajornadade trabajoo utilizarpersonal yrecursosenbeneficio propio o para fines ajenos a los institucionales. 5) Solicitar,hacerse prometeroaceptarenfuncióndel cargo,para sí o para terceros,donativos,ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. 6) Invertirenrazón de lasfuncionesasuntosenque se tengainteréspersonal,oque lotengael cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguineidad y segundo grado de afinidad inclusive. Así mismo, participar de decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. 7) Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley lo disponga. 8) Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad que rigen el desempeño de los cargos públicos con grave entorpecimiento del servicio o del ejercicio de los derechos ciudadanos ante la administración. Mecanismosde fiscalizaciónde probidad,de declaraciónde interesesy declaración de patrimonio: Ley 20.285 Sobre Acceso a la Información Pública. Con la reforma del año 2005 (se amplía la gama de documentos a los que se puede tener acceso), la Constituciónestableceunatransparenciaactiva,estose refiereaque son los órganos del Estado los que deben poner a disposición de las personas la información. La ley 20.285, incluye una transparencia pasiva,estoquiere decir,que le permite alaspersonasrequeririnformación. Esta ley crea un acceso a la información pública, consagrando ambas transparencias. La Constituciónenel año2005 establece unatransparenciaactiva, en donde los actos, las resoluciones, los formularios y los procedimientos se dan a conocer públicamente. ¿A quiénes se aplica el acceso? Será aplicable a:  Ministerios.  Intendencias.  Gobernadores.  Gobiernos regionales.  Municipalidades.  Fuerzas de orden y seguridad pública.  Órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa.  Empresas públicas creadas por ley.  Empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio. ¿En qué consiste el principio de transparencia de la función pública? La ley 20.285 en su art 4 señala que consiste en el respeto de la transparencia activa y pasiva, “el principio de transparencia dela función pública consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de la administración, así como la de sus fundamentos, y en
  • 20. facilitar el acceso de cualquierpersona a esa información a travésde los medios y procedimientos que en efecto la ley establece”. El art. 5 de la ley20.285 ampliael catálogoy establece nuevascausales, asímismo,diferencia el tipo de información de: 1) Documentos y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración. 2) Cuando son de presupuestos públicos. Cómo solicitar información. Señalado en el artículo 12 de la ley. Se tienen 2 alternativas: 1) Se puede solicitar por sitios electrónicos. 2) Se puede solicitar por formularios, por ley, los órganos deben tener. En esta segunda categoría, se debe llenar de las siguientes maneras:  Nombre, apellidos y dirección del solicitante y de su apoderado, en su caso.  Identificación clara de la información que se requiere.  Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado.  Órgano administrativo al que se dirige El art 13 de la ley señala si la solicitud: 1) No reúne los requisitos requeridos, el solicitante tendrá 5 días hábiles para volver a realizar su petición, si no lo hace se desiste su petición. 2) En caso de que la informaciónse pida por mano, el órgano envía una notificación diciendo en dónde se encuentra. 3) Si el órgano al que se le ha enviado la solicitud no es competente, debe notificar al que sí lo es y la persona debe ser notificada de dicha circunstancia. El art 14 de la ley señala que una vez requerida la información el órgano tiene 20 días para darla, si en caso de que éste no la pueda tener en dicho plazo, podrá solicitar una prórroga de 10 días más. El Consejo de Transparencia, comisión que crea esta ley para fiscalizar, en la mayoría de las ocasiones entrega toda la información requerida. El uso de la información es un mecanismo de control de los órganos del Estado. El órgano informa dónde se encuentra la información solicitada, según el art 15 “Cuando la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo esté en medios impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos públicos de la Administración, así como también en formatos electrónicos disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información, con lo cual se entenderá que la Administración ha cumplido con su obligación de informar” cuando ésta se trata de terceros, el órgano debe comunicarle a ese tercero, la información que se está solicitando dentro del plazo de 2 días hábiles si éste se opone a la entrega de la información, el órgano debe informarle al requirente y en estos casos, su negativa a entregar la información deberá formularse por escrito, por cualquier medio, incluyendo los electrónicos. La negativa de entregar información puede darse por causales de secreto o reserva, establecidos en el art. 21, cuando su publicidad, comunicación o reconocimiento afecte el debido cumplimiento del órgano requerido Causas por las que no se entrega la información. Reguladas en el art 21 que señala: 1) Si es objeto de investigación 2) Cuando afecte a las personas 3) Cuando afecte la seguridad de la nación UNIDAD 4. Presidente de la República. El capítulo 4 de la Constitución habla sobre el Presidente, el gobierno y la administración del Estado. Facultades de Gobierno y Administración.
  • 21. Extensión de la Jurisdicción del Presidente (su competencia): Reguladoenel art 24 inc.2: “Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes”. Requisitos para ser Presidente:  Nacionalidad chilena, de acuerdo en lo prescrito en los artículos 10 n°1 y 10 n°2 de la Constitución. Ius soli: fuente de la nacionalidad, derecho de suelo. Los nacidos en territorio nacional sonchilenosconexcepcionesde loshijosde transeúntesenChile yloshijos de quienes esténcumpliendofunciones en el gobierno. Ius sanguinis: derecho que se otorga en virtud del parentesco.  Tener 35 años de edad.  Poseer las cualidades necesarias para ser ciudadano (18 años y sin plena aflictiva). Duración del mandato presidencial: Según el art 25 inc.2: “El Presidente de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años y no podrá ser reelegido para el período siguiente”. ¿Cuáles son las características del presidencialismo de la Constitución de la república del 80´? 1) El Presidente se convierte en el principal colegislador. Por ejemplo:  Art 65 inc.3: “Corresponderáal Presidente de laRepúblicalainiciativaexclusivade los proyectos de leyque tenganrelaciónconla alteraciónde ladivisiónpolíticaoadministrativadel país, o con la administraciónfinancieraopresupuestariadel Estado,incluyendolasmodificaciones de la Ley de Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 10 y 13 del artículo 63”.  Art 64 inc.1: “El Presidentede laRepúblicapodrásolicitarautorizaciónal CongresoNacionalpara dictar disposicionesconfuerzade leydurante unplazo no superior a un año sobre materias que correspondan al dominio de la ley”.  Art 74 inc.1: “El Presidentede la República podrá hacer presente la urgencia en el despacho de un proyecto, en uno o en todos sus trámites, y en tal caso, la Cámara respectiva deberá pronunciarse dentrodel plazomáximode treintadías”.Puede presentarlaurgencia de una ley y también puede vetarla. 2) Art 37: Participación de los Ministros de Estado en los debates o discusión en el Congreso Nacional. 3) Art 43: Se refuerza la función del Presidente de la República durante los Estado de excepción constitucional. Sistema de elección. Elección del Presidente de la República. Luegode la reformadel 2005, la elecciónpresidencial se realizaenconjuntoconlade los parlamentarios y esto está regulado en el art 26, inc1: “El Presidente de la República será elegido en votación directa y pormayoría absolutadelos sufragiosválidamenteemitidos.La elección se efectuará conjuntamente con la de parlamentarios, en la forma que determine la ley orgánica constitucional respectiva, noventa días antes de aquél en que deba cesar en el cargo el que esté en funciones”. En el art 26 inc.2 se regula la segunda vuelta: “Si a la elección de Presidente de la República se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación severificará,en la forma quedeterminela ley, el trigésimo día despuésdeefectuada la primera, si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente al referido trigésimo día”. Según el art 27, inc.2 el órgano encargado de efectuar el escrutinio final, de calificar la elección, de resolver las reclamaciones que hubiese y proclamar al Presidente electo es el Tribunal Calificador de
  • 22. Elecciones (Tricel), el cual le comunica al Senado. 90 días después de la primera y única votación se reúne el Congreso pleno para fijar dos objetivos: 1) Tomará conocimiento de la resolución en virtud de la cual el Tricel proclama al Presidente electo. 2) El Presidente electo prestará ante el Presidente del Senado, juramento o promesa de desempeñar fielmente el cargo de Presidente de la República, conservar la independencia de la Nación, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, y de inmediato asumirá sus funciones. Ausencia del Presidente.  Subrogación del Presidente de la República: es el Presidente electo promulgado por el Tricel pero que aún no ha jurado.  Presidente en ejercicio: después de jurar. Subrogación del Presidente electo. Según el art 28 la subrogación del Presidente electo va a depender si es un impedimento temporal o absoluto.  Temporal: lasautoridadesque sonllamadasasubrogarloloson encalidadde vicepresidente de la República y son en el siguiente orden, a falta de uno lo sigue el otro: a) Presidente del Senado. b) Presidente de la Cámara de Diputados. c) Presidente de la Corte Suprema.  Absoluto: la prelación es la misma pero se debe llamar a una nueva elección. Subrogación del Presidente en ejercicio.  Impedimentos temporales: según el art 29 los que pueden ocurrir son: a) Enfermedad que impida ejercer el cargo. b) Ausenciadel Presidente enel territoriode la República: si es mayor a 30 días o si no es en los últimos 90 días de su mandato, requiere siempre la autorización del Senado. c) Cuando por otro motivo grave no pudiere ejercer el cargo. ¿Quiénes subrogan al Presidente? Con cargo de vicepresidente el Ministro titular que corresponda segúnel ordende procedenciaconsignadoenel Decreto de precedencia, consignado en el Decreto con Fuerza de Ley n°5.802 del 24 de Octubre de 1942. Esto se aplica por regla general. A falta de todos los ministros subrogan el Presidente del Senado, de los Diputados y de la Corte Suprema.  Impedimentos absolutos: según el art 53 n°7 generan la vacancia de la Presidencia de la República.Es lafacultaddel Senado de inhabilitar al Presidente en caso de enfermedad física o psicológica pero debe pasar previamente por el Tribunal Constitucional. El art 29 inc.2 y 3 dice que hay que distinguirsi falta más o menos de dos años para la próxima elección. Si faltan menosde dos años: el Presidente será elegido por el Congreso Nacional pleno por mayoría. Si faltan más de dos años: el vicepresidente en los 10 primeros días convocará a elecciones para 120 días después. Estado de los ex Presidentes: Regulado por el art 30. Quien haya cumplido mandato será reconocido como Ex Presidente de la Repúblicayloasumiráde plenoderecho.Noalcanzarála calidad de Ex Presidente quien use la vacancia ni quien haya sido condenado. Atribuciones, Generalidades y Clasificaciones. Atribuciones del Presidente:  Generales:reguladasenel art24 inc.1 “El gobiernoylaadministracióndel Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe del Estado”.  Especiales:reguladasenel art32 y enel 19 n°24 que establece el derechode propiedadyseñala que el Presidente podrá poner fin a las concesiones administrativas y a los contratos de operación relativos a explotaciones en zonas declaradas de importancia para la seguridad nacional.
  • 23. Contenido de las Atribuciones. 1) Atribuciones Gubernativas: a) Aquellasreferidasa la condiciónpolítica del Estado, a su seguridad exterior y al orden interno de un modo inmediato y directo, siendo la más importante la conducción de las Relaciones Internacionales.  Art 24 inc.1: El Presidente es el jefe de Estado por lo que se le otorga la facultad para representarlo en orden interno y externo (internacional).  Art 32 n°15: atribuciónespecialdel Presidenteesconducirrelaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, así como de intervenir en la elaboración de tratados internacionales.  Art 32 n°8: atribución especial designar embajadores, diplomáticos y representantes ante organismos internacionales.  Art 32 n°19: declarar guerra, previa autorización por ley, dejando constancia de haber oído al Concejo de Seguridad Nacional. b) Atribuciones militares.  Art 32 n°17: disponer de las fuerzas de tierra, mar y aire, y disponerlas para la nación.  Art 32 n°16: reconocer a comandantes en jefe de ejército, armada y general director de carabineros. También disponer nombramientos, ascensos y retiros en los oficiales de fuerzas armadas y carabineros.  Art 32 n°18: asumir en caso de guerra la jefatura suprema de fuerzas armadas. 2) Atribuciones Administrativas: corresponde al Presidente. La Constitución le otorga especiales concesiones administrativas: Potestad reglamentaria art 32 n°6: Facultad para dictar normas reglamentarias de carácter general conferidoporlaConstituciónolasleyesadistintosórganosyenvariadogrado de extensión.La Potestad Reglamentariadel Presidentede laRepúblicapuede dictarreglamentos,decretose instrucciones para el gobierno, administración del Estado y la ejecución de las leyes.  Decretos Supremos:ordenescritodictadoporel Presidente y destinado a realizar la función de gobernar y administrar el estado y la ejecución de las leyes. Se clasifican en:  Reglamentarios: contiene normas generales destinadas a gobernar, administrar el Estado y la ejecución de las leyes.  Simples:dispone de unmodoparticularsobre el gobierno y administración del Estado y la ejecución de éste.  Políticos: dicen relación con el gobierno del Estado.  Administrativos: persiguen una correcta administración del Estado.  Reglamentos: escritos que buscan ordenar o prescribir para casos análogos que se presenten a futuro. Son generales, obligatorios y permanentes.  Potestad reglamentariaautónoma: se ejerce enmateriasque no son propias de la legal ni están entregadas por la Constitución u otros órganos.  Potestad reglamentariade ejecución: se ejerce paralas ejecucionesde unaley,esdecir, hace aplicable la ley.  Instrucciones: órdenes del Presidente que imparte a los funcionarios públicos tendientes a un buen cumplimiento de la función administrativa. No se encuentran sujetas a la contraloría, y hallamos:  Nombramiento y remoción de funcionarios públicos regulado por los art 32 n°7, n°10 y según determine la ley.  Velar por la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del poder judicial. 3) Atribuciones Legislativas del Presidente. Actúa como colegislador en una separación de poderes flexible.
  • 24. Se clasifican en:  Directas: aquellasque tiene el Presidente enlaformaciónmismade lanormalegal.Porejemplo, la iniciativa del Presidente para la Tramitación de las leyes que se señala en el art 65 inc.3 “Corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con la alteración de la división política o administrativa del país, o con la administración financiera o presupuestaria delEstado,incluyendo lasmodificaciones de la Ley de Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 10 y 13 del artículo 63”; y la facultad del Presidente para solicitar la urgencia del trámite de una ley expresado en el artículo 74.  Indirectas: aquellasque dicenrelaciónconlaintervenciónque le corresponde al Presidenteenel funcionamiento del Congreso Nacional. Por ejemplo, el art 32 n°2 señala que una atribución especial del Presidentees“Pedir,indicandolosmotivos, que se cite a sesión a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional. En tal caso, la sesión deberá celebrarse a la brevedad posible”. 4) Atribuciones Judiciales del Presidente de la República. Facultad para conceder jubilaciones, retiros y montepíos con arreglo de las disposiciones legales las cuales se expresan en el art 32 n°11.  Jubilación:remuneraciónque recibenempleadosofuncionariosporel términode susfunciones, años de servicios o enfermedad y que los habilita para subsistir.  Pensiones de retiro: jubilación de funcionarios de fuerzas armadas y carabineros.  Montepío:pensiónque se pagaa loshijoso a la cónyuge de losfuncionariosque hayanfallecido. Facultad para conceder Pensiones de Gracia con arreglo de la ley señalado en el art 32 n°11 y en la Ley 18.056 Otorgar indultos particulares, señalado en el art 32 n°14.  Indulto:reduce la penapor otra inferior,perono borra el carácter de condenado del afectado y pueden ser: a) Generales: se aplican a un número indeterminado de personas. b) Particulares: benefician a uno o más sujetos nominativamente particularizados. Las excepciones al indulto lo encontramos en el mismo art 32 n°14 que señala “El indulto será improcedente en tanto no se haya dictado sentencia ejecutoriada en el respectivo proceso. Los funcionarios acusados por la Cámara de Diputados y condenados por el Senado, sólo pueden ser indultados por el Congreso”.  Ministros de Estado. El art 33 inc.1 dice que son loscolaboradoresdirectose inmediatosdel Presidente de la República en el gobierno y administración del estado. Requisitos para ser Ministro.  Chilenos.  Cumplir 21 años de edad.  Cumplir con los demás requisitos generales para ingresar a la administración pública. Inhabilidad para ser Ministro.  Ser candidato a Diputado o Senador.  Ser candidato a Concejeros Regionales.  Ser candidato a Alcalde o Concejal. Incompatibilidades para ser Ministro.  Estar ejerciendo otro cargo público simultáneamente. Responsabilidad de los Ministros.  Como sujeto individual: responde como todas las personas, civil y penalmente.
  • 25.  Segúnla funciónpúblicaque realiza: el art 36 establece respectoalos actos que ellos firmasen, serán responsables individualmente. En caso de firmar con otros Ministros, la responsabilidad será solidaria (todos son responsables del total).  Responsabilidad contemplada en la Constitución: en el art 52 n°1 letra B y en el art 53, que señalan la acusación constitucional a los Ministros de Estado.  Bases Generales de la Administración del Estado. Regulado en el art 38 “Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y profesionalen quedeba fundarse,y asegurará tanto la igualdad deoportunidadesdeingreso a ella como la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes. Cualquierpersona quesea lesionada en susderechosporla Administración delEstado,de susorganismos o de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño”. La ley de Bases Generales de Administración del Estado es la Ley 18.575. Todos los procedimientos administrativos se rigen por esta ley. La responsabilidad del Estado se engloba dentro de la responsabilidad extracontractual, ya que no hay un contrato entre la administración del Estado y las personas. El Estado debe responder cuando haya una falta de servicio. ¿Cuándo hay falta de servicio? Para esta pregunta existen 3 hipótesis: 1) Si bien el servicio se prestó por parte de la administración del Estado, se hizo mal. 2) Cuando se debía prestar el servicio no se hizo. 3) Cuando se prestó el servicio pero tardíamente. El Tribunal que conocerá la acción en contra del Estado será el Juez de Letras de lo Civil. ¿A quiénse demanda? Al fiscode Chile,representado por el Concejo de Defensa del Estado, que es el órgano que defiende al Estado. Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño: esto contempla el derecho del fisco para exigir la devolución de lo pagado. UNIDAD 5. Congreso Nacional. Se encuentra regulado entre los art 46 al 75 de la Constitución. Es bicameral formado por la Cámara de Senadores y de Diputados. Composición y generación de la Cámara de Diputados y del Senado. Diferencias entre Senadores y Diputados.  Composición: 38 Senadores y 120 Diputados.  Atribuciones: ambos tienen atribuciones exclusivas, señalada para los Diputados en el art 52 y para los Senadores en el art 53, cuyo origen puede ser en ambas cámaras.  Funcionamiento: el art 63 n°17 versa que “Las que señalen la ciudad en que debe residir el Presidente de la República, celebrar sus sesiones el Congreso Nacional y funcionar la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional”. ¿Cuándo en el Congreso se juntan Diputados y Senadores para trabajar en pleno? Esto se indica en el art 24 inc.3 que señala “El 21 de mayo de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno”; y en el art 29, inc.3 que versa que el Congreso debe ser pleno en caso de vacancia. Composición de la Cámara de Diputados y Senadores. El art 51 señala que:  2 diputados por distritos, de un total de 60 distritos.
  • 26.  Los senadores se eligen por circunscripción, en cada región hay una circunscripción, salvo las regionesque laleylo exprese. Son 19 circunscripciones en total y 2 Senadores electos por cada circunscripción. Sistema Binominal: En Chile existe el sistema binominal de acuerdo a la ley 18.700. Es aquel en que se eligensólodosDiputadosporcadauno de los60 distritoselectoralesy sólo dos Senadores por cada una de las 19 circunscripciones,donde cadaunade las listaspuede llevarun máximode dosnombresencaso de partidospolíticosopactos electoralesysólounoencaso de laslistasindependientes.Lo primero que se hace essumar todoslosvotos emitidos a favor de los candidatos de una misma lista o nómina y esta sumatoria se hace con cada una de las listas. Una vez determinados los votos de una lista, el Tribunal proclamará a los electos cuando: a) La lista alcance el mayor número de sufragios. b) Que tenga un total de votos que excede el doble de lo que alcance la lista o nómina rival. En caso de no cumplirse estos requisitos, ganarán las dos mayorías. Requisitos para ser Diputado. Regulado en el art 48 de la Constitución, señala:  Ciudadanía con derecho a sufragio.  Haber cursado enseñanza media o su equivalente.  Tener residencia en la región al que pertenezca el requisito electoral correspondiente, con un plazo no menor de dos años contado hacia atrás desde el día de la elección.  Tener 21 años o más al día de la elección. Requisitos para ser Senador. Regulado en el art 50 de la Constitución, señala:  Los mismos requisitos que los diputados, excepto,  Tener 35 años de edad al día de la elección. Normas comunes para Senadores y Diputados. Prohibiciones parlamentarias: inhabilidades, incompatibilidades e incapacidades.  Inhabilidades: impedimentos expuestos por la Constitución y que excluyen a quienes afectan para ser candidatos a Diputados y Senadores, donde encontramos:  Preexistentes: según sean anteriores o sobrevengan a que la persona se haya presentado como candidato a la elección.  Sobrevivientes.  Absolutas: afectan a las personas que no reúnen los requisitos necesarios para ser elegidos diputados o senadores, no lo podrán ser ni tampoco candidatos.  Relativas: tratadasen el art 57 de laConstitución.Estaxativa,porloque el legislador no puede establecer otras. Son aquellas que afectan a ciertas personas para desempeñar determinados cargos, por lo que no pueden ser candidatos, y aquí encontramos: 1) Ministros del Estado. 2) Intendentes, gobernadores alcaldes, cores, concejales y subsecretarios. 3) Miembros del Concejo del banco Central. 4) Magistradosde lostribunales,superioresde justiciayjueces de letras, lo cual comprende a ministros de corte suprema, tribunales de alzada y jueces letrados. 5) Miembros de Tribunal Constitucional, Tribunales regionales y Tribunal Calificador de Elecciones. 6) Contralor general de la República. 7) Personas que desempeñan cargos directivos de naturaleza gremial o regional. 8) Personas naturales, gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o condicionen contratos con el Estado. 9) Fiscal nacional, fiscales regionales y fiscales adjuntos del ministerio público.
  • 27. 10) Comandantesenjefe del ejército, de la armada, General Director de Carabineros, Director General de la PDI y oficiales pertenecientes a las fuerzas armadas y a las fuerzas de orden y seguridad pública. La aplicaciónde lasInhabilidadesse señalanenel art57 inc. Final “Las inhabilidadesestablecidas en este artículo serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección; excepto respecto de las personas mencionadas en los números7) y 8), las que no deberán reunir esas condiciones al momento de inscribir su candidatura y de las indicadas en el número 9), respecto de las cuales el plazo de la inhabilidad será de los dos años inmediatamenteanterioresa la elección. Si no fueren elegidosen una elección no podrán volveral mismo cargo ni ser designados para cargos análogos a los que desempeñaron hasta un año después del acto electoral”.  Incompatibilidades: prohibiciones que afectan a los parlamentarios y que les impide desempeñarsimultáneamente otros empleos, cargos, funciones o comisiones señalados por la Constitución. Están tratados en el art 58: 1) Cargo de diputado y senador a la vez. 2) El cargo de parlamentario es incompatible con empleo comisión retribuido por fondos del Estado. 3) Empleoo comisiónretribuida con fondos municipales, entidades fiscales autónomas o semifiscales. 4) El cargo de parlamentario es incompatible con los empleos con fondos de empresas del Estado o en las que el fisco tenga intervención por aportes de capital. 5) Ser parlamentario es incompatible con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. 6) Ser parlamentarioesincompatible conserdirectoroconcejeroenentidadesautónomas,semifiscales o en empresas estatales o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital, aunque no tenga remuneración. Las excepcionesalasincompatibilidades están señaladas en el art 58 inc.1 parte final “Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial”.  Incapacidades: prohibiciones que afectan a los parlamentarios que les impide ser nombrados para un empleo, función o comisión incompatible, reguladas en el art 59, las cuales no son absolutas y tienen excepciones. “Ningún diputado o senador, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en el artículo anterior. Esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica a los cargos de Presidente de la República,Ministro de Estado y agentediplomático;pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de diputado o senador”. Principales atribuciones de ambas cámaras y del Congreso. 1) Función Legislativa: aquella que tiene el Congreso para poder tener iniciativa en el proceso de formación de la ley. 2) Función Integradora o Representativa: la labor de integrar a las fuerzas políticas representativas, favoreciendo el diálogo y los consensos, señalado en el art 1 inc. Final. 3) Funciónfiscalizadora o de control: la Cámara de Diputados ejerce una función fiscalizadora sobre el Presidenteyel gobierno.Es unade las principaleslaboresdel Congresoyse manifiestaenlaobservación continua de los actos del gobierno reconociéndose determinadas facultades excepcionalmente a la Cámara representativa propiamente tal para indagar acerca de los actos específicos del ejecutivo. 4) Función Financiera:se relacionaconvotar losimpuestos,fijarel marcopresupuestariode la actividad gubernamental. Esta facultad permite eliminar la discrecionalidad en materia económica. 5) Función Jurisdiccional: ejerce algunas veces esta función el Congreso, asumiendo cómo un Tribunal especialmente en las acusaciones constitucionales. Atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados. Regulado en el art 52 inc.1, ¿Cómo se pueden fiscalizar los actos del gobierno?
  • 28. 1) Se pueden adoptar acuerdos o sugerir observaciones. Con el voto de la mayoría de los diputados presentes,se informaráal Presidente porescrito,quiendeberá responder dentro de 30 días hábiles por medio del Ministerio respectivo. 2) Cualquier Diputado con voto favorable de 1/3 de los miembros presentes podrá solicitar determinadosantecedentesdel gobierno.En cuanto a la respuesta, será igual que en el punto anterior. 3) Citar a un Ministro de Estado a petición de, a lo menos, 1/3 de los Diputados en ejercicio a fi n de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo. Esto es lo que se denominacomo Interpelación.Laasistenciadel Ministroparadeclararesobligatoriaydebe responder a las preguntas que motiven su citación. Esta atribución del Congreso tiene una limitación: un mismo Ministro no puede ser citado más de 3 veces en un año, a menos que haya un acuerdo de la mayoría absoluta de los diputados en ejercicio. 4) Crear comisiones investigadoras a petición de, al menos, 2/5 de los Diputados en ejercicio con el objetode reunirinformaciónrelativade determinadosactosdel gobierno,además,estascomisionesuna vez conformadas pueden citar y solicitar antecedentes, que tienen un carácter obligatorio. Un mismo Ministro no podrá ser citado más de 3 veces en un año, con la misma excepción del punto anterior. Acusación Constitucional. Autoridad acusada. Causal. Momento. Quorum Presidente de la República. 1) Afectarel honoro seguridadde la nación. 2) Haber infringidola Constituciónolas Leyes. Todo el mandato,más de 6 meses. Mayoría de Diputados enejercicio. Ministrosde Estado. 1) Afectarel honoro seguridadde la nación. 2) Haber infringidola Constituciónolas leyesyhaberlas dejadosinejecución. 3) Traición, malversaciónde fondospúblicosy soborno. Todo el mandatode su cargo, más 3 meses después. Mayoría de los DiputadosPresentes. Magistrados de Tribunales Superiores 1) Notable abandono Todo el periodode Mayoría de Diputados
  • 29. de Justicia y Contralor General de la República. de deberes. ejerciciode sucargo, más 3 mesesdespués. enejercicio. Generales o Almirantes de las Instituciones pertenecientes a las Fuerzas Armadas. 1) Haber comprometido gravemente el honor o la seguridad nacional. Todo unperiodode ejercicioyhasta3 mesesdespués. Mayoría de Diputados en ejercicio. Intendentes y Gobernadores. 1) Infracción a la Constitución. 2) Cometeralgunos delitosenel ejercicio de su cargo. Toda la duraciónde su mandato,más 3 meses. Mayoría de Diputados enejercicio. Atribuciones Exclusivas del Senado. Regulado en el art 53. 1) Conocer las acusaciones que la Cámara de Diputados entable con arreglo del art 52. El Senado va a conocer la acusación constitucional como jurado, dictaminará si es culpable o no, es decir, acoge o rechaza. El Senado tiene 30 días de plazo para decir si da o no lugar a la acusación. Si no se pronuncia dentro de 30 días, se tendrá como desestimado, es decir, no culpable. Efectos que genera la sentencia que acoge la acusación constitucional:  El acusado queda destituido de su cargo.  No podrá desempeñar ninguna función pública por un plazo de 5 años.  Será juzgado por el Tribunal competente sea para la aplicación de la pena señalada, el delito y para hacer efectivas las responsabilidades civiles. Para declararla culpabilidadenel casodel Presidente de la República requiere de 2/3 de Senadores en ejercicio y en el caso de las otras personas será por mayoría de los Senadores de ejercicio. UNIDAD 6. Poder Judicial. Regulado en el capítulo 6 de la Constitución. El art 76 explica en qué consiste la principal función que desempeñan los jueces.  Jurisdicción:facultadde conocerlas causas civilesycriminales,de resolverlasyde hacerejecutar lojuzgado.Es una facultadexclusiva y excluyente de los Tribunales determinados por la ley. Es exclusiva por el art 76 inc.1 “La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlasy de hacerejecutarlo juzgado,perteneceexclusivamentea lostribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”; y es excluyente ya que señala que ni el Presidenteni el Congresopueden,encasoalguno,ejercer funciones judiciales, abocarse causas pendientes,revisarlos fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos. Principio de Inexcusabilidad de los Tribunales de Justicia. Reguladoenel art 76 inc.2 sostiene que reclamandosuintervención en forma legal y en negocios de su competencia, no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aún por falta de ley que resuelva lo
  • 30. contenidoyasunto sometido a su decisión. El art 24 del Código Civil señala que se pueden resolver los casos aún a falta de ley. El artículo 77 señala que es una Ley Orgánica Constitucional la que determinará la organización y atribucionesde lostribunalesde justicia,asícomola calidad que deben tener los jueces y el número de años que debiesen haber ejercido como abogados. Generación de los jueces (magistrados). Señalado en el art 78. En la generación de jueces de letras, Corte de Apelaciones y Corte Suprema se habla de una generación mixta.  Corte Suprema:compuestapor 21 ministrosque sonnombrados por el Presidente, elegidos de una nóminade 5 personaspropuestosporlamismaCorte Supremacon acuerdodel Senado (2/3 de losSenadoresenejercicio).De todoslosintegrantes,5debenserextrañosala administración de Justicia, tener al menos 15 años de título, haberse destacado en la actividad profesional o universitaria y cumplir los demás requisitos señalados en la Ley Orgánica Constitucional.  Ministrosy fiscalesjudicialesde las Cortes de Apelaciones: designados por el Presidente, pero dentro de una terna propuesta dada por la Corte Suprema.  Juecesde letras: designadosporel Presidente,perodentro de una terna propuesta por la Corte de Apelaciones de la jurisdicción correspondiente. Principio de Inamovilidad de los Jueces. El art 80 señala que los jueces permanecerán en su cargo durante su buen comportamiento, sin embargo,cesaránsusfuncionesal cumplir 75 años, por renuncia, por incapacidad legal sobreviniente o en caso de ser depuestos de sus destinos por causa legalmente sentenciada. UNIDAD 7. Justicia Constitucional.  Tribunal Constitucional. En el capítulo 7 de la Constitución en sus artículos 92 al 94 se regula el Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional es un órgano autónomo e independiente de toda otra autoridad o poder, con naturalezajurídicade tribunal colegiado.Locomponen10personasy esun Tribunal de derecho, falla de acuerdoa la Constituciónya lasleyes,sinembargo,de formaexcepcional, podrá apreciar en conciencia los hechos cuando conozca de las atribuciones indicadas Reformas Tribunal Constitucional. Productode la reformadel año2005, fue el que más tuvo modificaciones.Introduce dosmodificaciones: 1) Recurso de inaplicabilidad. 2) Recurso de Inconstitucionalidad. La ley 17.997 del 19 de Mayo de 1981 integró el art. 92 que versa “Habrá un Tribunal Constitucional integrado por diez miembros, designados de la siguiente forma: a) 3 designados por el Presidente de la República. b) 4 elegidos por el Congreso Nacional. 2 serán nombrados directamente por el Senado y 2 serán previamente propuestos por la Cámara de Diputados para su aprobación o rechazo por el Senado. c) 3 elegidos por la Corte Suprema en una votación secreta que se celebrará en sesión especialmente convocada para tal efecto”. Requisitos para ser designado Ministro del Tribunal Constitucional.  15 años de título de abogado.  Haberse destacado en la actividad profesional universitaria o pública.  No tener impedimento que los inhabilite con el cargo de juez. El cargo dura 9 años, no hay reelección y sus funciones cesan a partir de los 75 años. Funcionamiento del tribunal Constitucional.
  • 31. El Tribunal funcionará en pleno o dividido en dos salas.  En pleno: el quórum para sesionar será de, a lo menos, ocho miembros. El Tribunal en pleno resolveráendefinitivalasatribucionesindicadas en los números 1º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 11º del artículo 93.  En sala: el quorum será de 4 miembros. El Tribunal adoptará sus acuerdos por simple mayoría, salvo los casos en que se exija un quórum diferente y fallará de acuerdo a derecho. Para el ejercicio de sus restantes atribuciones, podrá funcionar en pleno o en sala de acuerdo a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Una leyorgánica constitucional determinarásuorganización,funcionamiento,procedimientos y fijará la planta, régimen de remuneraciones y estatuto de su personal. Atribuciones del Tribunal Constitucional. 1) Control obligatorio art 93 n°1: le corresponde al Tribunal Constitucional “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionalesy de las normasdeun tratado queversen sobremateriaspropias de estas últimas, antes de su promulgación”. El art 93 n°3 señala que corresponde al Tribunal Constitucional “Resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley o de reforma constitucionaly de los tratadossometidosa la aprobación delCongreso”. Losobjetosde este control son:  De forma.  De fondo. Requerimientoyplazo:losórganoslegitimadospararequerirel Control Constitucional sonel Presidente y cualquiera de las Cámaras o de sus miembros. El plazo es de 10 días para el tribunal desde su requerimiento, a menos que necesite 10 días más. 2) Control eventual art 93 n°6: “Resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”. Para que se acoja la admisibilidad de este recurso se necesita: a) Existencia de una gestión pendiente ante un tribunal ordinario o especial. b) Que la aplicación del precepto impugnado resulte decisivo ante la aplicación del asunto. c) La impugnación fundada razonablemente. 3) Control preventivo art 93 n°7: acción de inconstitucionalidad “Resolver por la mayoría de los cuatro quintos de sus integrantes en ejercicio, la inconstitucionalidad de un precepto legal declarado inaplicable”. Expulsa a la norma del ordenamiento jurídico. 4) Art. 93 n°4: “Resolver las cuestiones que se susciten sobre la constitucionalidad de un decreto con fuerza de ley”; este requerimientopodráser planteadoporel Presidente dentrode 10 días despuésdel Decretocon fuerzade Ley. Otras atribuciones del Tribunal Constitucional. 1) Art 93 n°2: “Resolversobrelas cuestionesde constitucionalidad delosautosacordadosdictados por la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones”. Este requerimiento puede ser efectuado por el Presidente, ambas cámaras y sus miembros y cualquier persona. 2) Art 95 n°5: “Resolver las cuestiones que se susciten sobre constitucionalidad con relación a la convocatoria a un plebiscito,sin perjuicio delas atribuciones que correspondan al Tribunal Calificador de Elecciones”. Este requerimientopuedeser hecho por ambas Cámaras desde 10 días después de la fecha de la consulta plebiscitaria. 3) Art 93 n°8: “Resolver los reclamos en caso de que el Presidente de la República no promulgue una ley cuando deba hacerlo o promulgue un texto diverso del que constitucionalmente corresponda”. Este