SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Descargar para leer sin conexión
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL
UNIDAD XX
REGISTRO GENERAL DE QUIEBRAS
ORGANIZACIÓN – FINALIDAD - CARÁCTER PÚBLICO - AUTOS QUE DEBEN
INSCRIBIRSE - FORMA DE INSCRIPCIÓN
INCIDENTES
CONCEPTO – PROCEDIMIENTOS - FALLO JUDICIAL - CUESTIONES QUE DEBEN
TRAMITARSE COMO INCIDENTES.
PLAZO
CONCEPTO – DIVERSAS CLASES DE PLAZOS - REGLA GENERAL.
REGISTRO GENERAL DE QUIEBRAS
CONCEPTO:
Es una Institución que depende exclusivamente de la Corte Suprema de Justicia. Está
desempeñada por un Director, un Vice Director y funcionarios que determine la ley. En
este Registro, se inscribirán todos los actos, resoluciones y sentencias previstos en la Ley
de Quiebras, en la forma y procedimientos determinados por dicha Ley
¿Cuáles son los actos que deben inscribirse en el registro de quiebras?
Se inscribirán los pedidos de apertura de juicios de convocación de acreedores y los
siguientes autos:
1. De apertura de los juicios de convocación de acreedores;
2. De desistimiento de las solicitudes de convocación o de quiebra,
3. . De homologación de concordato;
4. De declaración de cumplimiento de concordato;
5. De anulación de concordato;
6. . De declaración de quiebra
7. De revocación de quiebra;
8. De calificación de la conducta del fallido;
9. De rehabilitación
10. De revocación de la rehabilitación;
11. De clausura de los procedimientos, y
12. De reapertura del procedimiento de quiebra.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL
ORGANIZACIÓN
· Un Director
· Un Vice Director
· Los funcionarios que determine la Ley
FINALIDAD
Art. 185 – Ley 154/69: El Registro General de Quiebras, será público y dará noticia o
certificaciones de sus asientos, a quien lo solicite.
La finalidad y el carácter, perseguidos, son:
· LA PUBLICIDAD: informar públicamente, a cualquier interesado, acerca de la situación
patrimonial o económica, de las personas que han solicitado su convocación de
acreedores o han sido declaradas en quiebra.
· LA SEGURIDAD: la certeza que se consigue, a través de las informaciones que los
interesados pueden obtener de sus asientos
· LOS EFECTOS: para que la sentencia dictada, produzca efectos contra terceros, se la
debe inscribir en el Registro correspondiente.
· LA GRATUIDAD: las certificaciones, son otorgadas, sin cargo alguno
CARÁCTER PÚBLICO
La Sindicatura General de Quiebras, es ante todo, un organismo auxiliar de la
administración de justicia. Cumple una función oficial, no sólo por su origen, sino también
por su carácter público. Considerando esta doble representación, el Síndico, es
funcionario del juicio y al mismo tiempo, mandatario judicial.
FORMA DE INSCRIPCIÓN
El Juez comunicará de oficio, al Registro General de Quiebras, las resoluciones que
deban ser inscriptas, el mismo día en que fueren dictadas. La comunicación se hará en
duplicado, una de las copias, será devuelta al juzgado de origen, con constancia de la
recepción y quedará agregada al juicio respectivo. La otra, será archivada y se transcribirá
un extracto de la misma, en el Registro correspondiente.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL
INCIDENTES
CONCEPTO
Se denominan incidentes a todas las cuestiones accesorias, que se suscitan en ocasión
de un proceso, con el cual, tienen conexión y que se deciden por un auto interlocutorio
(A/I)
Los incidentes constituyen instancias accesorias, con relación a la instancia principal.
Siendo así, el Juez competente para conocer en ellos, es el mismo Juez del proceso
principal y la caducidad de la instancia principal, tiene como efecto, la del incidente.
PRINCIPIO GENERAL DE LOS INCIDENTES
Toda cuestión accesoria, que tenga relación con el objeto principal del proceso, constituirá
un incidente y si no se hallare sometido a un procedimiento especial, se tramitará en la
forma prevista por las disposiciones del Código.
¿QUIÉNES PUEDEN PROMOVER LOS INCIDENTES?
· Las partes (actor y demandado) del juicio principal
· Los representantes de las partes. Ej.: regulación de honorarios profesionales
· los terceros. Ej.: tercería de dominio y de mejor derecho
PROCEDIMIENTO
· Del escrito inicial del incidente y de los documentos presentados, se correrá traslado por
5 (cinco) días, comunes a las partes interesadas en la cuestión. Se acompañará a este
escrito, como al de la contestación, toda la prueba instrumental que obrare en poder de
las partes; si éstas no las tuvieren a su disposición, la designarán con toda exactitud,
expresando su contenido y el lugar en que se encontraren y ofrecerán las demás pruebas
que se pretendieran producir.
· Evacuado el traslado o vencido el plazo, sin que las partes lo hubieran hecho, el Juez
declarará la cuestión, de puro derecho o abrirá la causa a prueba, por un plazo no mayor
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL
de 15 (quince) días.
· Las pruebas deberán ser producidas (presentadas), dentro de dicho plazo y el juzgado
habilitará las audiencias que fueran necesarias, para recibirlas · En los casos de
admisibilidad de la prueba testifical, cada parte no podrá presentar más de 7 testigos.
FALLO JUDICIAL
Declarada la cuestión, de puro derecho o vencido el plazo de prueba, el Juez pronunciará
el fallo, dentro de 5 (cinco) días.
CUESTIONES QUE DEBEN TRAMITARSE COMO INCIDENTES
· La impugnación del concordato
· La demanda de anulación de concordato
· El pedido de revocación del auto de quiebra
· El pedido de verificación o de graduación de créditos no presentados en tiempo oportuno
· La acción de restitución o separación de cosa, en poder del fallido o de la masa
· La calificación de la conducta patrimonial del deudor
· la oposición al pedido de rehabilitación
· El pedido del Síndico, para proceder a la ocupación de los bienes
· El pedido de remoción del Síndico
· El pedido de rescisión (dar término) al contrato de locación
· El pedido de estimación del monto de los créditos, por obligaciones que no sean de dar
sumas de dinero.
Las demás acciones, estarán a la tramitación que establezca las leyes de procedimientos,
salvo disposiciones en contrario, en esta ley.
PLAZOS
CONCEPTO
Plazo es el tiempo señalado para la realización de un acto o para la producción de sus
efectos jurídicos.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL
PLAZOS PROCESALES
Son los lapsos establecidos en la ley, fijados por los Jueces o convenidos por las partes,
para la realización de los actos procesales. Dentro de los plazos, deben cumplirse las
cargas procesales si no se quiere padecer las consecuencias de su incumplimiento.
El tiempo crea, modifica o extingue derechos procesales.
El plazo que corresponde a las partes, para el ejercicio de su defensa, es un elemento
que integra el Principio de la Inviolabilidad.
DIFERENCIA ENTRE PLAZO Y TÉRMINO
TÉRMINO
Es la duración del acto, es el último momento de duración del plazo y el instante en que
termina el plazo.
DIVERSAS CLASES DE PLAZOS
a) LEGALES: son aquellos establecidos expresamente en la ley. Ej.: el plazo para
contestar la demanda, que es de 18 días hábiles, perentorios e improrrogables.
b) JUDICIALES: son los fijados por el juez o tribunal. Ej.: el plazo extraordinario de
prueba, cuando la misma deba producirse fuera del territorio de la República.
c) CONVENCIONALES: son los fijados de común acuerdo entre las partes, siendo
necesaria una petición escrita y resolución judicial. Ej.: abreviación convencional del
plazo.
d) PERENTORIOS: son aquellos que vencidos, producen la caducidad del derecho, sin
necesidad e actividad alguna ni del juez ni de la parte contraria.
e) NO PERENTORIOS: cuando se necesita una actividad de la parte contraria, para
producir la caducidad del derecho procesal.
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL
El acto puede ser ejecutado, no obstante la expiración del plazo, mientras no se produzca
la actividad de la parte, solicitando el decaimiento del derecho que se concreta en la
expresión no muy exacta, pero ya corriente, de acusación de la rebeldía.
f) PRORROGABLES: cuando pueden ser prolongados, por resolución judicial, mediante
petición oportunamente realizada, es decir, antes de haber vencido el plazo. El plazo
acordado por el Juez, corre seguidamente al plazo originario, sin solución de continuidad.
¿Cuál es el carácter de los plazos establecido por la ley de Quiebras?
Son perentorios, salvo excepciones previstas en la ley; corren bajo días hábiles.
MATERIAL ELABORADO POR GRUPO: DUARTE – ADORNO
UNISAL ___________________________SEDE CENTRAL
SAN LORENZO _____________________PARAGUAY

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Juicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantilJuicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantilIrene Hdez
 
Capitulo Ix Actos Juridicos Procesales
Capitulo Ix Actos Juridicos ProcesalesCapitulo Ix Actos Juridicos Procesales
Capitulo Ix Actos Juridicos ProcesalesRock Ash
 
ENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho AdministrativoENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho AdministrativoENJ
 
Los Procesos Declarativos, Derecho Procesal Civil
Los Procesos Declarativos, Derecho Procesal CivilLos Procesos Declarativos, Derecho Procesal Civil
Los Procesos Declarativos, Derecho Procesal CivilMarvin Espinal
 
Presupuestos procesales de toda demanda
Presupuestos procesales de toda demandaPresupuestos procesales de toda demanda
Presupuestos procesales de toda demandajulian martinez
 
Tarea grupal no. 5 procesal civil y mercantil
Tarea grupal no. 5 procesal civil y mercantilTarea grupal no. 5 procesal civil y mercantil
Tarea grupal no. 5 procesal civil y mercantilLEYMANSTIWENSONGODIN
 
Equivalentes Jurisdiccionales
Equivalentes JurisdiccionalesEquivalentes Jurisdiccionales
Equivalentes JurisdiccionalesRock Ash
 
Capitulo Vi. Procedimientos Arbitrales
Capitulo Vi. Procedimientos ArbitralesCapitulo Vi. Procedimientos Arbitrales
Capitulo Vi. Procedimientos ArbitralesRock Ash
 
Juicio ejecutivo mercantil
Juicio ejecutivo mercantil Juicio ejecutivo mercantil
Juicio ejecutivo mercantil Rosario Canales
 
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de Amparo
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de AmparoLa Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de Amparo
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de AmparoManuel Castillo
 
Medios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentesMedios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentesRosario Canales
 
Diapositivas proceso unico de ejecucion
Diapositivas proceso unico de ejecucionDiapositivas proceso unico de ejecucion
Diapositivas proceso unico de ejecucionGINI_03
 
Recursos extraordinarios ante Jurisdicción Inmobiliaria
Recursos extraordinarios ante Jurisdicción InmobiliariaRecursos extraordinarios ante Jurisdicción Inmobiliaria
Recursos extraordinarios ante Jurisdicción InmobiliariaMónica Pérez Eró
 

La actualidad más candente (20)

Juicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantilJuicio ordinario mercantil
Juicio ordinario mercantil
 
Capitulo Ix Actos Juridicos Procesales
Capitulo Ix Actos Juridicos ProcesalesCapitulo Ix Actos Juridicos Procesales
Capitulo Ix Actos Juridicos Procesales
 
El proceso civil de ejecución
El proceso civil de ejecuciónEl proceso civil de ejecución
El proceso civil de ejecución
 
ENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho AdministrativoENJ400 - Curso Derecho Administrativo
ENJ400 - Curso Derecho Administrativo
 
Ejecucion forzosa
Ejecucion forzosaEjecucion forzosa
Ejecucion forzosa
 
Los Procesos Declarativos, Derecho Procesal Civil
Los Procesos Declarativos, Derecho Procesal CivilLos Procesos Declarativos, Derecho Procesal Civil
Los Procesos Declarativos, Derecho Procesal Civil
 
Presupuestos procesales de toda demanda
Presupuestos procesales de toda demandaPresupuestos procesales de toda demanda
Presupuestos procesales de toda demanda
 
Requerimiento
RequerimientoRequerimiento
Requerimiento
 
Tarea grupal no. 5 procesal civil y mercantil
Tarea grupal no. 5 procesal civil y mercantilTarea grupal no. 5 procesal civil y mercantil
Tarea grupal no. 5 procesal civil y mercantil
 
Juicio ejecutivo mercantil tradicional
Juicio ejecutivo mercantil tradicionalJuicio ejecutivo mercantil tradicional
Juicio ejecutivo mercantil tradicional
 
Equivalentes Jurisdiccionales
Equivalentes JurisdiccionalesEquivalentes Jurisdiccionales
Equivalentes Jurisdiccionales
 
Notificaciones
NotificacionesNotificaciones
Notificaciones
 
Capitulo Vi. Procedimientos Arbitrales
Capitulo Vi. Procedimientos ArbitralesCapitulo Vi. Procedimientos Arbitrales
Capitulo Vi. Procedimientos Arbitrales
 
Juicio ejecutivo mercantil
Juicio ejecutivo mercantil Juicio ejecutivo mercantil
Juicio ejecutivo mercantil
 
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de Amparo
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de AmparoLa Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de Amparo
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de Amparo
 
Medios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentesMedios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentes
 
Presentacion oposicion ejec. forzosa
Presentacion oposicion ejec. forzosaPresentacion oposicion ejec. forzosa
Presentacion oposicion ejec. forzosa
 
Sobre el proceso monitorio
Sobre el proceso monitorioSobre el proceso monitorio
Sobre el proceso monitorio
 
Diapositivas proceso unico de ejecucion
Diapositivas proceso unico de ejecucionDiapositivas proceso unico de ejecucion
Diapositivas proceso unico de ejecucion
 
Recursos extraordinarios ante Jurisdicción Inmobiliaria
Recursos extraordinarios ante Jurisdicción InmobiliariaRecursos extraordinarios ante Jurisdicción Inmobiliaria
Recursos extraordinarios ante Jurisdicción Inmobiliaria
 

Destacado

Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
Diapositivasadiaz0207
 
3. Control De Secado Mejorado
3. Control De Secado Mejorado3. Control De Secado Mejorado
3. Control De Secado MejoradoEficienta
 
Modificaciones Ley Concursos y Quiebras
Modificaciones Ley Concursos y QuiebrasModificaciones Ley Concursos y Quiebras
Modificaciones Ley Concursos y QuiebrasCJPSANTAFE
 
Resumende quiebras
Resumende quiebrasResumende quiebras
Resumende quiebrasMEC
 
LEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINA
LEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINALEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINA
LEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINAAlejandra Torres
 
Quiebrasduarteadorno
QuiebrasduarteadornoQuiebrasduarteadorno
QuiebrasduarteadornoMEC
 
Quiebra o bancarrota. rnm
Quiebra o bancarrota. rnmQuiebra o bancarrota. rnm
Quiebra o bancarrota. rnmrey659
 
Concursos y quiebras
Concursos y quiebrasConcursos y quiebras
Concursos y quiebrasyuculuna
 
Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...
Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...
Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...Rodrigo Albornoz
 
Concursal preguntas
Concursal preguntasConcursal preguntas
Concursal preguntasnatsol
 
Recursos en los procesos de quiebras
Recursos en los procesos de quiebrasRecursos en los procesos de quiebras
Recursos en los procesos de quiebrasPablo E. Ramírez
 
ley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagosley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagosgryzzz
 
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho MercantilEnsayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantilalejandro14405553
 

Destacado (20)

Ild
IldIld
Ild
 
Diapositivas
DiapositivasDiapositivas
Diapositivas
 
Quiebra 2
Quiebra 2Quiebra 2
Quiebra 2
 
3. Control De Secado Mejorado
3. Control De Secado Mejorado3. Control De Secado Mejorado
3. Control De Secado Mejorado
 
Modificaciones Ley Concursos y Quiebras
Modificaciones Ley Concursos y QuiebrasModificaciones Ley Concursos y Quiebras
Modificaciones Ley Concursos y Quiebras
 
Sandoval quiebra
Sandoval quiebraSandoval quiebra
Sandoval quiebra
 
Resumende quiebras
Resumende quiebrasResumende quiebras
Resumende quiebras
 
LEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINA
LEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINALEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINA
LEY N° 24.522 LEGISLACIÓN ARGENTINA
 
Quiebrasduarteadorno
QuiebrasduarteadornoQuiebrasduarteadorno
Quiebrasduarteadorno
 
Cnc
CncCnc
Cnc
 
Quiebra o bancarrota. rnm
Quiebra o bancarrota. rnmQuiebra o bancarrota. rnm
Quiebra o bancarrota. rnm
 
Concursos y quiebras
Concursos y quiebrasConcursos y quiebras
Concursos y quiebras
 
trabajo de comunicacion
trabajo de comunicaciontrabajo de comunicacion
trabajo de comunicacion
 
Derecho Empresarial II P7
Derecho Empresarial II  P7Derecho Empresarial II  P7
Derecho Empresarial II P7
 
Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...
Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...
Presentación en IV Congreso Iberoamericano de derecho Concursal, Punta del Es...
 
Concursal preguntas
Concursal preguntasConcursal preguntas
Concursal preguntas
 
Recursos en los procesos de quiebras
Recursos en los procesos de quiebrasRecursos en los procesos de quiebras
Recursos en los procesos de quiebras
 
3.4 quiebra
3.4 quiebra3.4 quiebra
3.4 quiebra
 
ley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagosley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagos
 
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho MercantilEnsayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
 

Similar a Registro General de Quiebras: organización, finalidad, actos que deben inscribirse e incidentes

UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)Videoconferencias UTPL
 
M1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las Obligaciones
M1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las ObligacionesM1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las Obligaciones
M1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las ObligacionesENJ
 
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptxUNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptxcesartorres241
 
68487025 derecho-notarial-iv-2
68487025 derecho-notarial-iv-268487025 derecho-notarial-iv-2
68487025 derecho-notarial-iv-2claudisamayoa
 
Demandas contra la republica
Demandas contra la republicaDemandas contra la republica
Demandas contra la republicaramoskarles
 
Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192
Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192
Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192ALEXANDER stalin SANCHEZ torrealba
 
Aspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chile
Aspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chileAspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chile
Aspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chileSergio Arenas
 
1. Orgánico (parte 1).pdf
1. Orgánico (parte 1).pdf1. Orgánico (parte 1).pdf
1. Orgánico (parte 1).pdfLuzSalinasCorrea
 
5. 211 al 249 impares
5. 211 al 249 impares5. 211 al 249 impares
5. 211 al 249 imparesnery lucero
 
Juicio Hipotecario, Derecho Procesal Civil
Juicio Hipotecario, Derecho Procesal CivilJuicio Hipotecario, Derecho Procesal Civil
Juicio Hipotecario, Derecho Procesal CivilManuel Castillo
 
Teoria del proceso, universidad de San Carlos .pptx
Teoria del proceso, universidad de San Carlos .pptxTeoria del proceso, universidad de San Carlos .pptx
Teoria del proceso, universidad de San Carlos .pptxAndresMendez491325
 
Odraxx-Ejecución sentencia embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...
Odraxx-Ejecución sentencia   embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...Odraxx-Ejecución sentencia   embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...
Odraxx-Ejecución sentencia embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...Vencedoresarauretucc Tuconsejocomunal
 
Etapas procesales del juicio mercantil ejecutivo
Etapas procesales del juicio mercantil ejecutivoEtapas procesales del juicio mercantil ejecutivo
Etapas procesales del juicio mercantil ejecutivoElizabeth Bolaños
 
Test oposiciones auxiliar adminsitrativo
Test oposiciones auxiliar adminsitrativoTest oposiciones auxiliar adminsitrativo
Test oposiciones auxiliar adminsitrativoester0026
 

Similar a Registro General de Quiebras: organización, finalidad, actos que deben inscribirse e incidentes (20)

UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)
UTPL-CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL II-I-BIMESTRE-(OCTUBRE 2011-FEBRERO 2012)
 
M1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las Obligaciones
M1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las ObligacionesM1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las Obligaciones
M1 - Taller Herramientas Básicas para el Manejo del Derecho de las Obligaciones
 
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptxUNIDAD DE APRENDIZAJE  PROCESO CIVIL.pptx
UNIDAD DE APRENDIZAJE PROCESO CIVIL.pptx
 
68487025 derecho-notarial-iv-2
68487025 derecho-notarial-iv-268487025 derecho-notarial-iv-2
68487025 derecho-notarial-iv-2
 
Demandas contra la republica
Demandas contra la republicaDemandas contra la republica
Demandas contra la republica
 
Unidad 9. Las clases de juicios mercantiles
Unidad 9. Las clases de juicios mercantilesUnidad 9. Las clases de juicios mercantiles
Unidad 9. Las clases de juicios mercantiles
 
Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192
Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192
Infografia de procedimientos civiles especiales alexander sanchez 7364192
 
Aspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chile
Aspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chileAspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chile
Aspectos procesales del arrendamiento de inmuebles en chile
 
1. Orgánico (parte 1).pdf
1. Orgánico (parte 1).pdf1. Orgánico (parte 1).pdf
1. Orgánico (parte 1).pdf
 
5. 211 al 249 impares
5. 211 al 249 impares5. 211 al 249 impares
5. 211 al 249 impares
 
Medios de defensa
Medios de defensaMedios de defensa
Medios de defensa
 
Juicio Hipotecario, Derecho Procesal Civil
Juicio Hipotecario, Derecho Procesal CivilJuicio Hipotecario, Derecho Procesal Civil
Juicio Hipotecario, Derecho Procesal Civil
 
Teoria del proceso, universidad de San Carlos .pptx
Teoria del proceso, universidad de San Carlos .pptxTeoria del proceso, universidad de San Carlos .pptx
Teoria del proceso, universidad de San Carlos .pptx
 
Unidad IV Derecho Comercial
Unidad IV Derecho ComercialUnidad IV Derecho Comercial
Unidad IV Derecho Comercial
 
Demanda ejecutiva
Demanda ejecutivaDemanda ejecutiva
Demanda ejecutiva
 
Wilmaury mercantil
Wilmaury mercantil Wilmaury mercantil
Wilmaury mercantil
 
Odraxx-Ejecución sentencia embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...
Odraxx-Ejecución sentencia   embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...Odraxx-Ejecución sentencia   embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...
Odraxx-Ejecución sentencia embargo ejecutivo - el depósito -odra rivas v-15...
 
Etapas procesales del juicio mercantil ejecutivo
Etapas procesales del juicio mercantil ejecutivoEtapas procesales del juicio mercantil ejecutivo
Etapas procesales del juicio mercantil ejecutivo
 
Juicio ordinario
Juicio ordinarioJuicio ordinario
Juicio ordinario
 
Test oposiciones auxiliar adminsitrativo
Test oposiciones auxiliar adminsitrativoTest oposiciones auxiliar adminsitrativo
Test oposiciones auxiliar adminsitrativo
 

Más de MEC

Medicina legalescribanosduarteadorno
Medicina legalescribanosduarteadornoMedicina legalescribanosduarteadorno
Medicina legalescribanosduarteadornoMEC
 
ElectoralEsribanosduarteadorno
ElectoralEsribanosduarteadornoElectoralEsribanosduarteadorno
ElectoralEsribanosduarteadornoMEC
 
FinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadorno
FinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadornoFinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadorno
FinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadornoMEC
 
Abogadoyprocesoduarteadorno
AbogadoyprocesoduarteadornoAbogadoyprocesoduarteadorno
AbogadoyprocesoduarteadornoMEC
 
Unidadviiiduarteadorno
UnidadviiiduarteadornoUnidadviiiduarteadorno
UnidadviiiduarteadornoMEC
 
Unidadviiiduarteadorno
UnidadviiiduarteadornoUnidadviiiduarteadorno
UnidadviiiduarteadornoMEC
 
Psicologiacindy
PsicologiacindyPsicologiacindy
PsicologiacindyMEC
 
Plandiariocindy
PlandiariocindyPlandiariocindy
PlandiariocindyMEC
 
Chikungunyacindyduarte5
Chikungunyacindyduarte5Chikungunyacindyduarte5
Chikungunyacindyduarte5MEC
 
Eboladuarteadorno5
Eboladuarteadorno5Eboladuarteadorno5
Eboladuarteadorno5MEC
 
Chikungunyacindyduarte
ChikungunyacindyduarteChikungunyacindyduarte
ChikungunyacindyduarteMEC
 
Maritimoduarteadorno555
Maritimoduarteadorno555Maritimoduarteadorno555
Maritimoduarteadorno555MEC
 
Maritimoduarteadorno55
Maritimoduarteadorno55Maritimoduarteadorno55
Maritimoduarteadorno55MEC
 
seguromarítimoduarteadorno
seguromarítimoduarteadornoseguromarítimoduarteadorno
seguromarítimoduarteadornoMEC
 
Derecho maritimo
Derecho maritimoDerecho maritimo
Derecho maritimoMEC
 
Obligaciones duarteadorno
Obligaciones duarteadornoObligaciones duarteadorno
Obligaciones duarteadornoMEC
 
Aeronáuticoduarteadorno
AeronáuticoduarteadornoAeronáuticoduarteadorno
AeronáuticoduarteadornoMEC
 
Derechoregistralduarteadorno5
Derechoregistralduarteadorno5Derechoregistralduarteadorno5
Derechoregistralduarteadorno5MEC
 
Procesalpenalduarteadorno
ProcesalpenalduarteadornoProcesalpenalduarteadorno
ProcesalpenalduarteadornoMEC
 
Quiebrasregistro
QuiebrasregistroQuiebrasregistro
QuiebrasregistroMEC
 

Más de MEC (20)

Medicina legalescribanosduarteadorno
Medicina legalescribanosduarteadornoMedicina legalescribanosduarteadorno
Medicina legalescribanosduarteadorno
 
ElectoralEsribanosduarteadorno
ElectoralEsribanosduarteadornoElectoralEsribanosduarteadorno
ElectoralEsribanosduarteadorno
 
FinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadorno
FinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadornoFinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadorno
FinanzaspúblicasUnidadVIIIduarteadorno
 
Abogadoyprocesoduarteadorno
AbogadoyprocesoduarteadornoAbogadoyprocesoduarteadorno
Abogadoyprocesoduarteadorno
 
Unidadviiiduarteadorno
UnidadviiiduarteadornoUnidadviiiduarteadorno
Unidadviiiduarteadorno
 
Unidadviiiduarteadorno
UnidadviiiduarteadornoUnidadviiiduarteadorno
Unidadviiiduarteadorno
 
Psicologiacindy
PsicologiacindyPsicologiacindy
Psicologiacindy
 
Plandiariocindy
PlandiariocindyPlandiariocindy
Plandiariocindy
 
Chikungunyacindyduarte5
Chikungunyacindyduarte5Chikungunyacindyduarte5
Chikungunyacindyduarte5
 
Eboladuarteadorno5
Eboladuarteadorno5Eboladuarteadorno5
Eboladuarteadorno5
 
Chikungunyacindyduarte
ChikungunyacindyduarteChikungunyacindyduarte
Chikungunyacindyduarte
 
Maritimoduarteadorno555
Maritimoduarteadorno555Maritimoduarteadorno555
Maritimoduarteadorno555
 
Maritimoduarteadorno55
Maritimoduarteadorno55Maritimoduarteadorno55
Maritimoduarteadorno55
 
seguromarítimoduarteadorno
seguromarítimoduarteadornoseguromarítimoduarteadorno
seguromarítimoduarteadorno
 
Derecho maritimo
Derecho maritimoDerecho maritimo
Derecho maritimo
 
Obligaciones duarteadorno
Obligaciones duarteadornoObligaciones duarteadorno
Obligaciones duarteadorno
 
Aeronáuticoduarteadorno
AeronáuticoduarteadornoAeronáuticoduarteadorno
Aeronáuticoduarteadorno
 
Derechoregistralduarteadorno5
Derechoregistralduarteadorno5Derechoregistralduarteadorno5
Derechoregistralduarteadorno5
 
Procesalpenalduarteadorno
ProcesalpenalduarteadornoProcesalpenalduarteadorno
Procesalpenalduarteadorno
 
Quiebrasregistro
QuiebrasregistroQuiebrasregistro
Quiebrasregistro
 

Último

HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAHISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAJesus Gonzalez Losada
 
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdfPrograma sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdfHannyDenissePinedaOr
 
Biografía del General Eloy Alfaro Delgado
Biografía del General Eloy Alfaro DelgadoBiografía del General Eloy Alfaro Delgado
Biografía del General Eloy Alfaro DelgadoJosé Luis Palma
 
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptxLa-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptxMAURICIO329243
 
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJO
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJODIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJO
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJOLeninCariMogrovejo
 
Filosofía del gobierno del general Alfaro
Filosofía del gobierno del general AlfaroFilosofía del gobierno del general Alfaro
Filosofía del gobierno del general AlfaroJosé Luis Palma
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejormrcrmnrojasgarcia
 
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.karlazoegarciagarcia
 
5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos
5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos
5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectosTrishGutirrez
 
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...Martin M Flynn
 
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUEPresentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUEJosé Hecht
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1Gonella
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfJosé Hecht
 
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptxfotofamilia008
 
Catálogo general de libros de la Editorial Albatros
Catálogo general de libros de la Editorial AlbatrosCatálogo general de libros de la Editorial Albatros
Catálogo general de libros de la Editorial AlbatrosGustavoCanevaro
 
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...Carol Andrea Eraso Guerrero
 

Último (20)

HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICAHISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
HISPANIDAD - La cultura común de la HISPANOAMERICA
 
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdfPrograma sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
Programa sintetico fase 2 - Preescolar.pdf
 
Biografía del General Eloy Alfaro Delgado
Biografía del General Eloy Alfaro DelgadoBiografía del General Eloy Alfaro Delgado
Biografía del General Eloy Alfaro Delgado
 
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptxLa-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
La-cosmovision-del-curriculo-educativo-en-Venezuela (1).pptx
 
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJO
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJODIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJO
DIDÁCTICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR- DR LENIN CARI MOGROVEJO
 
Filosofía del gobierno del general Alfaro
Filosofía del gobierno del general AlfaroFilosofía del gobierno del general Alfaro
Filosofía del gobierno del general Alfaro
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
 
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
 
Sesión ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestión
Sesión  ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestiónSesión  ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestión
Sesión ¿Amor o egoísmo? Esa es la cuestión
 
5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos
5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos
5° Proyecto 13 Cuadernillo para proyectos
 
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO.  Autor y dise...
CARTEL CONMEMORATIVO DEL ECLIPSE SOLAR 2024 EN NAZAS , DURANGO. Autor y dise...
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
 
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUEPresentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
Presentación MF 1445 EVALUACION COMO Y QUE
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 1
 
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptxAcuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
 
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdfMEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
MEDIACIÓN INTERNACIONAL MF 1445 vl45.pdf
 
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
4° SEM23 ANEXOS DEL DOCENTE 2023-2024.pptx
 
Catálogo general de libros de la Editorial Albatros
Catálogo general de libros de la Editorial AlbatrosCatálogo general de libros de la Editorial Albatros
Catálogo general de libros de la Editorial Albatros
 
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
 
Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024
Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024
Act#25 TDLab. Eclipse Solar 08/abril/2024
 

Registro General de Quiebras: organización, finalidad, actos que deben inscribirse e incidentes

  • 1. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL UNIDAD XX REGISTRO GENERAL DE QUIEBRAS ORGANIZACIÓN – FINALIDAD - CARÁCTER PÚBLICO - AUTOS QUE DEBEN INSCRIBIRSE - FORMA DE INSCRIPCIÓN INCIDENTES CONCEPTO – PROCEDIMIENTOS - FALLO JUDICIAL - CUESTIONES QUE DEBEN TRAMITARSE COMO INCIDENTES. PLAZO CONCEPTO – DIVERSAS CLASES DE PLAZOS - REGLA GENERAL. REGISTRO GENERAL DE QUIEBRAS CONCEPTO: Es una Institución que depende exclusivamente de la Corte Suprema de Justicia. Está desempeñada por un Director, un Vice Director y funcionarios que determine la ley. En este Registro, se inscribirán todos los actos, resoluciones y sentencias previstos en la Ley de Quiebras, en la forma y procedimientos determinados por dicha Ley ¿Cuáles son los actos que deben inscribirse en el registro de quiebras? Se inscribirán los pedidos de apertura de juicios de convocación de acreedores y los siguientes autos: 1. De apertura de los juicios de convocación de acreedores; 2. De desistimiento de las solicitudes de convocación o de quiebra, 3. . De homologación de concordato; 4. De declaración de cumplimiento de concordato; 5. De anulación de concordato; 6. . De declaración de quiebra 7. De revocación de quiebra; 8. De calificación de la conducta del fallido; 9. De rehabilitación 10. De revocación de la rehabilitación; 11. De clausura de los procedimientos, y 12. De reapertura del procedimiento de quiebra.
  • 2. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL ORGANIZACIÓN · Un Director · Un Vice Director · Los funcionarios que determine la Ley FINALIDAD Art. 185 – Ley 154/69: El Registro General de Quiebras, será público y dará noticia o certificaciones de sus asientos, a quien lo solicite. La finalidad y el carácter, perseguidos, son: · LA PUBLICIDAD: informar públicamente, a cualquier interesado, acerca de la situación patrimonial o económica, de las personas que han solicitado su convocación de acreedores o han sido declaradas en quiebra. · LA SEGURIDAD: la certeza que se consigue, a través de las informaciones que los interesados pueden obtener de sus asientos · LOS EFECTOS: para que la sentencia dictada, produzca efectos contra terceros, se la debe inscribir en el Registro correspondiente. · LA GRATUIDAD: las certificaciones, son otorgadas, sin cargo alguno CARÁCTER PÚBLICO La Sindicatura General de Quiebras, es ante todo, un organismo auxiliar de la administración de justicia. Cumple una función oficial, no sólo por su origen, sino también por su carácter público. Considerando esta doble representación, el Síndico, es funcionario del juicio y al mismo tiempo, mandatario judicial. FORMA DE INSCRIPCIÓN El Juez comunicará de oficio, al Registro General de Quiebras, las resoluciones que deban ser inscriptas, el mismo día en que fueren dictadas. La comunicación se hará en duplicado, una de las copias, será devuelta al juzgado de origen, con constancia de la recepción y quedará agregada al juicio respectivo. La otra, será archivada y se transcribirá un extracto de la misma, en el Registro correspondiente.
  • 3. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL INCIDENTES CONCEPTO Se denominan incidentes a todas las cuestiones accesorias, que se suscitan en ocasión de un proceso, con el cual, tienen conexión y que se deciden por un auto interlocutorio (A/I) Los incidentes constituyen instancias accesorias, con relación a la instancia principal. Siendo así, el Juez competente para conocer en ellos, es el mismo Juez del proceso principal y la caducidad de la instancia principal, tiene como efecto, la del incidente. PRINCIPIO GENERAL DE LOS INCIDENTES Toda cuestión accesoria, que tenga relación con el objeto principal del proceso, constituirá un incidente y si no se hallare sometido a un procedimiento especial, se tramitará en la forma prevista por las disposiciones del Código. ¿QUIÉNES PUEDEN PROMOVER LOS INCIDENTES? · Las partes (actor y demandado) del juicio principal · Los representantes de las partes. Ej.: regulación de honorarios profesionales · los terceros. Ej.: tercería de dominio y de mejor derecho PROCEDIMIENTO · Del escrito inicial del incidente y de los documentos presentados, se correrá traslado por 5 (cinco) días, comunes a las partes interesadas en la cuestión. Se acompañará a este escrito, como al de la contestación, toda la prueba instrumental que obrare en poder de las partes; si éstas no las tuvieren a su disposición, la designarán con toda exactitud, expresando su contenido y el lugar en que se encontraren y ofrecerán las demás pruebas que se pretendieran producir. · Evacuado el traslado o vencido el plazo, sin que las partes lo hubieran hecho, el Juez declarará la cuestión, de puro derecho o abrirá la causa a prueba, por un plazo no mayor
  • 4. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL de 15 (quince) días. · Las pruebas deberán ser producidas (presentadas), dentro de dicho plazo y el juzgado habilitará las audiencias que fueran necesarias, para recibirlas · En los casos de admisibilidad de la prueba testifical, cada parte no podrá presentar más de 7 testigos. FALLO JUDICIAL Declarada la cuestión, de puro derecho o vencido el plazo de prueba, el Juez pronunciará el fallo, dentro de 5 (cinco) días. CUESTIONES QUE DEBEN TRAMITARSE COMO INCIDENTES · La impugnación del concordato · La demanda de anulación de concordato · El pedido de revocación del auto de quiebra · El pedido de verificación o de graduación de créditos no presentados en tiempo oportuno · La acción de restitución o separación de cosa, en poder del fallido o de la masa · La calificación de la conducta patrimonial del deudor · la oposición al pedido de rehabilitación · El pedido del Síndico, para proceder a la ocupación de los bienes · El pedido de remoción del Síndico · El pedido de rescisión (dar término) al contrato de locación · El pedido de estimación del monto de los créditos, por obligaciones que no sean de dar sumas de dinero. Las demás acciones, estarán a la tramitación que establezca las leyes de procedimientos, salvo disposiciones en contrario, en esta ley. PLAZOS CONCEPTO Plazo es el tiempo señalado para la realización de un acto o para la producción de sus efectos jurídicos.
  • 5. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL PLAZOS PROCESALES Son los lapsos establecidos en la ley, fijados por los Jueces o convenidos por las partes, para la realización de los actos procesales. Dentro de los plazos, deben cumplirse las cargas procesales si no se quiere padecer las consecuencias de su incumplimiento. El tiempo crea, modifica o extingue derechos procesales. El plazo que corresponde a las partes, para el ejercicio de su defensa, es un elemento que integra el Principio de la Inviolabilidad. DIFERENCIA ENTRE PLAZO Y TÉRMINO TÉRMINO Es la duración del acto, es el último momento de duración del plazo y el instante en que termina el plazo. DIVERSAS CLASES DE PLAZOS a) LEGALES: son aquellos establecidos expresamente en la ley. Ej.: el plazo para contestar la demanda, que es de 18 días hábiles, perentorios e improrrogables. b) JUDICIALES: son los fijados por el juez o tribunal. Ej.: el plazo extraordinario de prueba, cuando la misma deba producirse fuera del territorio de la República. c) CONVENCIONALES: son los fijados de común acuerdo entre las partes, siendo necesaria una petición escrita y resolución judicial. Ej.: abreviación convencional del plazo. d) PERENTORIOS: son aquellos que vencidos, producen la caducidad del derecho, sin necesidad e actividad alguna ni del juez ni de la parte contraria. e) NO PERENTORIOS: cuando se necesita una actividad de la parte contraria, para producir la caducidad del derecho procesal.
  • 6. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS _________________________UNISAL El acto puede ser ejecutado, no obstante la expiración del plazo, mientras no se produzca la actividad de la parte, solicitando el decaimiento del derecho que se concreta en la expresión no muy exacta, pero ya corriente, de acusación de la rebeldía. f) PRORROGABLES: cuando pueden ser prolongados, por resolución judicial, mediante petición oportunamente realizada, es decir, antes de haber vencido el plazo. El plazo acordado por el Juez, corre seguidamente al plazo originario, sin solución de continuidad. ¿Cuál es el carácter de los plazos establecido por la ley de Quiebras? Son perentorios, salvo excepciones previstas en la ley; corren bajo días hábiles. MATERIAL ELABORADO POR GRUPO: DUARTE – ADORNO UNISAL ___________________________SEDE CENTRAL SAN LORENZO _____________________PARAGUAY