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Libro XII 
De las leyes que 
forman la libertad 
política en su 
relación con el 
ciudadano
Capitulo XVI 
Calumnia en el crimen de lesa majestad 
• lèse-majesté . 1 attentat à la 
majesté du souverain | 2 par 
extension et familièrement 
atteinte grave à l'honneur d'une 
personne. 
• (Del lat. laesus, part. pas. de 
laedĕre, dañar, ofender) 
• 1. adj. Agraviado, lastimado, 
ofendido. Se dice principalmente 
de la cosa que ha recibido el 
daño o la ofensa. Lesa 
humanidad. Leso derecho 
natural | 2. adj. Dicho del juicio, 
del entendimiento o de la 
imaginación: Pervertido, turbado, 
trastornado. 
• ~ de lesa majestad. En derecho 
antiguo, delito que se cometía 
contra la vida del soberano o sus 
familiares. 
Es necesario hacer justicia a 
los Césares: no imaginaban 
ellos las tristes leyes que 
hacían. Fue Sila el primero en 
enseñarles que no se debía 
penar a los calumniadores; no 
se tardó en hacer más: en 
recompensarlos. 
El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Capitulo XVII 
De la revelación de las conspiraciones 
• La organización de los 
conspiradores preveía en el 
mando a Ignacio Allende como 
general, Aldama como segundo 
e Hidalgo al frente del 
movimiento popular con un 
levantamiento que se llevaría a 
cabo el 1 de octubre. Pero la 
conspiración de Querétaro fue 
denunciada, el 9 de septiembre, 
por el empleado de correos José 
Mariano Galván. Al día siguiente, 
el propio capitán Joaquín Arias, 
al creer que todo estaba perdido, 
se autodenunció. 
La ley que ordena en varios 
Estados, so pena de la vida, 
revelar todas las 
conspiraciones, aun aquellas 
en que no se haya tomado 
parte, no es menos dura. 
Si la adopta un Estado 
monárquico, es muy 
conveniente restringirla. 
Solamente debe aplicarse con 
severidad cuando se trata del 
crimen de lesa majestad bien 
definido, bien calificado. Es 
muy importante no confundir 
los diferentes grados de 
culpabilidad. 
México 
El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Capitulo XVIII 
De lo peligroso que es, en las repúblicas, el castigar con 
exceso el crimen de lesa majestad 
• Los griegos no pusieron límites 
a las venganzas que tomaron 
contra los tiranos o contra los 
que sospechaban que lo eran. 
Mataban a sus hijos y a sus 
parientes más próximos y 
expulsaron infinidad de 
familias. 
• Puede leerse en Apiano la 
fórmula de las proscripciones: 
esas ventajas de la misma 
proscripción, de la seguridad 
que se promete a los ricos, de 
la tranquilidad que van a tener 
los pobres, del interés que 
merecen la vida y sosiego de 
todos los ciudadanos, de que 
se quiere apaciguar a la tropa, 
en una palabra, de que todos 
van a ser felices. 
Cuando una república ha 
logrado destruir a los que 
intentaban derribarla, es 
menester apresurarse a 
poner término a las 
venganzas, a los castigos y 
aún a las recompensas. 
No es posible imponer 
grandes castigos y hacer 
grandes cambios, más vale 
perdonar mucho que castigar 
mucho; pues con pretexto de 
la venganza pública, se 
extendería demasiado la 
tiranía de los vengadores. 
El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Capitulo XIX 
Como se suspende el uso de la libertad en la república 
En los Estados en que más se cuida 
de la libertad, hay leyes que la violan 
contra uno solo por conservar la de 
todos: Privilegios . 
Confieso que los usos de los pueblos 
más libres que han existido en la 
Tierra, me inclinaban a creer que hay 
casos en que es preciso echar un 
velo, por un momento sobre la 
libertad, como se hacía con las 
estatuas de los dioses. 
México 
En nuestra Constitución se 
encuentra tipificado sobre la 
cuestión de derechos de juicio 
los siguientes: 
Artículo 13. Nadie puede ser 
juzgado por leyes privativas ni 
por tribunales especiales. 
Artículo 14. A ninguna ley se 
dará efecto retroactivo en 
perjuicio de persona alguna. 
Artículo 15. No se autoriza la 
celebración de tratados para la 
extradición de reos políticos. 
Sucede a menudo en los Estados 
populares, que sean públicas las 
acusaciones, pudiendo cualquiera 
acusar a otro. Por lo mismo se han 
hecho leyes a propósito para 
defender la inocencia de los 
ciudadanos para que no pudiera 
corromper a los jueces ni a los 
testigos. 
Capitulo XX 
De las leyes favorables a la libertad del ciudadano en la república
Capitulo XXI 
De la crueldad de las leyes respecto a los deudores en la república 
Ya es bastante superioridad la 
que tiene un ciudadano sobre 
otro, si le ha prestado dinero, 
que el segundo tomó por 
deshacerse de él y por 
consiguiente no lo tiene ya. 
En Atenas y en Roma se 
permitía en los primeros 
tiempos que los acusados 
tomaran por esclavos a sus 
deudores, o como tales 
esclavos, los vendieran, si no 
podían pagar. 
Estas leyes, tan duras contra 
los deudores, pusieron en 
peligro muchas veces la 
república romana. 
Se salió de la anarquía para 
caer en la tiranía. E inicia la 
era de la esclavitud por 
deudas; pero el mal persistía. 
Leyes 
particulares dieron facilidad de 
pago a los deudores. 
Tal fue el destino de la ciudad, 
a la que crímenes nuevos le 
confirmaron la libertad que le 
habían dado crímenes 
antiguos. Desde aquel tiempo, 
más perseguidos fueron los 
acreedores por quebrantar las 
leyes contra la usura, que los 
deudores por no pagar sus 
deudas. 
El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Capitulo XXII 
De las cosas que merman la libertad en la monarquía 
La cosa más inútil para el príncipe 
ha mermado muchas veces la 
libertad en las monarquías: los 
delegados o comisarios que se 
nombran a menudo para juzgar a 
alguien. 
Tan poca utilidad saca el príncipe 
de los comisarios, que no vale la 
pena de que cambie el orden 
establecido para tan poca cosa. 
Es moralmente seguro que el 
príncipe tiene más espíritu de 
probidad y de justicia que sus 
comisarios, los cuales se creen 
siempre bastante justificados por 
las órdenes del príncipe o bien por 
interés del Estado, o por la 
elección que ha recaído en ellos o 
por sus temores mismos. 
El servirse de ellos no es 
práctica ordinaria de los 
buenos príncipes. Un príncipe 
debe conducirse con sus 
súbditos. Si ve que las leyes, 
en general, conservan su vigor 
y son respetadas, puede 
creerse bien seguro. Prueba 
de que se le ama es la 
confianza que se pone en él; si 
un ministro nos niega lo que 
solicitamos, creemos que el 
monarca nos lo hubiera 
concedido y es testimonio de 
la confianza que inspira. 
Capitulo XXIII 
De los espías en las monarquías
Capitulo XXIV 
De las cartas anónimas 
Los que no quieren dejar las leyes 
entre ellos y el acusado, prueban 
tener alguna razón para temerlas; 
y la menor pena que se les puede 
infligir, es no hacerles caso. 
Emulando las palabras del 
emperador Constantino: "No 
sospechemos del que no ha 
tenido un acusador, que no le 
faltaba un enemigo”. 
La autoridad real es un gran 
resorte que debe moverse con 
regularidad y sin estrépito, 
dando ejemplo. Hay casos en 
que el poder debe actuar en 
toda su extensión; otros en 
que debe limitarse. 
Lo importante es conocer cuál 
sea la parte del poder, grande 
o pequeña, que deba 
emplearse en cada una de las 
diversas circunstancias; eso 
facilita el mando es que el 
príncipe halague; que las leyes 
amenacen, y no el príncipe. 
Capitulo XXV 
De la manera de gobernar en la monarquía
Capitulo XXVI 
En la monarquía, el príncipe debe ser accesible 
"El zar Pedro I, ha dicho Perry, ha 
hecho una nueva ordenanza que 
prohíbe presentarle ninguna solicitud 
sino después de haberla presentado 
dos veces a sus oficiales. Si el 
solicitante es desatendido las dos 
veces, la tercera solicitud puede 
presentarse al zar; pero el que pida 
o reclame sin justificación, debe 
perder la vida. Y nadie desde 
entonces ha dirigido súplicas al zar". 
Las costumbres del príncipe 
contribuyen tanto a la libertad 
como las leyes; puede hacer 
con ellas, de los hombres, 
animales; de los animales, 
hombres. Si ama las almas 
libres, tendrá súbditos; si 
prefiere las almas serviles, 
tendrá siervos. 
Si quiere saber el difícil arte de 
reinar, que tenga a su lado el 
honor, la virtud, que llame junto 
a sí al mérito personal. Es tan 
poco lo que pide el pueblo, que 
no debe rehusársele; se 
contenta con tan escasas 
consideraciones, que es justo 
concedérselas. Tan infinita es 
la distancia que media entre el 
monarca y el pueblo, que 
aquel no puede estorbar a 
éste. 
Capitulo XXVII 
De las costumbres del monarca
Capitulo XXVIII 
De las consideraciones que los monarcas deben a sus 
súbditos 
Es menester que sean muy 
comedidos en las bromas. Estas 
lisonjean cuando son discretas y 
moderadas, porque de un medio de 
entrar en la familiaridad; pero 
cuando son picantes o rayan en la 
burla no están bien ni en el último de 
los vasallos, mucho menos en el 
príncipe, que tales chanzas hieren 
moralmente. Y menos debe 
hacérsele un insulto a ningún 
súbdito; la misión del monarca es 
perdonar o castigar, nunca insultar. 
Cuando un monarca ofende 
con la palabra o el ademán a 
cualquiera de sus súbditos, le 
trata peor que a los suyos el 
déspota de los turcos o el de 
los moscovitas. Si éstos 
insultan a sus vasallos, no los 
deshonran aunque los 
humillen; en tanto que aquéllos 
los humillan y los deshonran. 
Por nuestra manera de pensar, 
añadimos al dolor de la afrenta 
la desesperación de no poder 
lavarla. Los monarcas deben 
alegrarse de tener por súbditos 
a hombres más amantes del 
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sentimiento que es un motivo 
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El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Capitulo XXIX 
De las leyes civiles adecuadas para poner un poco de 
liberalismo en el gobierno despótico 
Aunque por su propia índole, el 
gobierno despótico es lo mismo en 
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circunstancias, costumbres, ejemplos, 
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introduciendo en él diferencias muy 
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Conviene que haya algún libro 
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político 
El código religioso, que suple al civil, 
da cierta fijeza a la arbitrariedad, le 
impone reglas al propio despotismo. 
Si el caso merece pena capital, puede 
ser conveniente que el juez o el 
gobernador oigan el parecer del 
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autoridad política. 
México 
Leyes civiles. Orden en el 
lugar 
Artículo 24. El Congreso 
no puede dictar leyes que 
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religión alguna. 
El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Capitulo XXX 
Continuación del mismo asunto 
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príncipe, bueno es que entre éste y 
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suplicantes que suavicen el enfado 
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con sus explicaciones. 
Parece que ciertos príncipes hacen 
todo lo posible por privarse de una 
gran virtud: de la clemencia. 
La costumbre de Persia, que permite 
salir del reino a quien lo tenga a 
bien, es una buena costumbre; 
aunque la contraria se deriva del 
régimen despótico, en el cual se 
tiene por esclavos a los súbditos y 
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Artículo 11. Toda persona tiene 
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ejercicio de este derecho 
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El espíritu de las leyes - Aida D. 
Ramírez
Comparativos con la cuestión mexicana 
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convirtió en la primera a nivel mundial que contenía las mayores 
aportaciones a nivel jurídico de los derechos sociales. 
En ella se establece la forma de Gobierno, las garantías individuales 
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que se gobernaría. 
Esta Constitución, que con reformas, es la que nos rige en la 
actualidad, está compuesta por 136 artículos y 19 artículos 
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Montesqueiu - El espíritu de las leyes. Libro XII

  • 1. Libro XII De las leyes que forman la libertad política en su relación con el ciudadano
  • 2. Capitulo XVI Calumnia en el crimen de lesa majestad • lèse-majesté . 1 attentat à la majesté du souverain | 2 par extension et familièrement atteinte grave à l'honneur d'une personne. • (Del lat. laesus, part. pas. de laedĕre, dañar, ofender) • 1. adj. Agraviado, lastimado, ofendido. Se dice principalmente de la cosa que ha recibido el daño o la ofensa. Lesa humanidad. Leso derecho natural | 2. adj. Dicho del juicio, del entendimiento o de la imaginación: Pervertido, turbado, trastornado. • ~ de lesa majestad. En derecho antiguo, delito que se cometía contra la vida del soberano o sus familiares. Es necesario hacer justicia a los Césares: no imaginaban ellos las tristes leyes que hacían. Fue Sila el primero en enseñarles que no se debía penar a los calumniadores; no se tardó en hacer más: en recompensarlos. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 3. Capitulo XVII De la revelación de las conspiraciones • La organización de los conspiradores preveía en el mando a Ignacio Allende como general, Aldama como segundo e Hidalgo al frente del movimiento popular con un levantamiento que se llevaría a cabo el 1 de octubre. Pero la conspiración de Querétaro fue denunciada, el 9 de septiembre, por el empleado de correos José Mariano Galván. Al día siguiente, el propio capitán Joaquín Arias, al creer que todo estaba perdido, se autodenunció. La ley que ordena en varios Estados, so pena de la vida, revelar todas las conspiraciones, aun aquellas en que no se haya tomado parte, no es menos dura. Si la adopta un Estado monárquico, es muy conveniente restringirla. Solamente debe aplicarse con severidad cuando se trata del crimen de lesa majestad bien definido, bien calificado. Es muy importante no confundir los diferentes grados de culpabilidad. México El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 4. Capitulo XVIII De lo peligroso que es, en las repúblicas, el castigar con exceso el crimen de lesa majestad • Los griegos no pusieron límites a las venganzas que tomaron contra los tiranos o contra los que sospechaban que lo eran. Mataban a sus hijos y a sus parientes más próximos y expulsaron infinidad de familias. • Puede leerse en Apiano la fórmula de las proscripciones: esas ventajas de la misma proscripción, de la seguridad que se promete a los ricos, de la tranquilidad que van a tener los pobres, del interés que merecen la vida y sosiego de todos los ciudadanos, de que se quiere apaciguar a la tropa, en una palabra, de que todos van a ser felices. Cuando una república ha logrado destruir a los que intentaban derribarla, es menester apresurarse a poner término a las venganzas, a los castigos y aún a las recompensas. No es posible imponer grandes castigos y hacer grandes cambios, más vale perdonar mucho que castigar mucho; pues con pretexto de la venganza pública, se extendería demasiado la tiranía de los vengadores. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 5. Capitulo XIX Como se suspende el uso de la libertad en la república En los Estados en que más se cuida de la libertad, hay leyes que la violan contra uno solo por conservar la de todos: Privilegios . Confieso que los usos de los pueblos más libres que han existido en la Tierra, me inclinaban a creer que hay casos en que es preciso echar un velo, por un momento sobre la libertad, como se hacía con las estatuas de los dioses. México En nuestra Constitución se encuentra tipificado sobre la cuestión de derechos de juicio los siguientes: Artículo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Artículo 15. No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos. Sucede a menudo en los Estados populares, que sean públicas las acusaciones, pudiendo cualquiera acusar a otro. Por lo mismo se han hecho leyes a propósito para defender la inocencia de los ciudadanos para que no pudiera corromper a los jueces ni a los testigos. Capitulo XX De las leyes favorables a la libertad del ciudadano en la república
  • 6. Capitulo XXI De la crueldad de las leyes respecto a los deudores en la república Ya es bastante superioridad la que tiene un ciudadano sobre otro, si le ha prestado dinero, que el segundo tomó por deshacerse de él y por consiguiente no lo tiene ya. En Atenas y en Roma se permitía en los primeros tiempos que los acusados tomaran por esclavos a sus deudores, o como tales esclavos, los vendieran, si no podían pagar. Estas leyes, tan duras contra los deudores, pusieron en peligro muchas veces la república romana. Se salió de la anarquía para caer en la tiranía. E inicia la era de la esclavitud por deudas; pero el mal persistía. Leyes particulares dieron facilidad de pago a los deudores. Tal fue el destino de la ciudad, a la que crímenes nuevos le confirmaron la libertad que le habían dado crímenes antiguos. Desde aquel tiempo, más perseguidos fueron los acreedores por quebrantar las leyes contra la usura, que los deudores por no pagar sus deudas. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 7. Capitulo XXII De las cosas que merman la libertad en la monarquía La cosa más inútil para el príncipe ha mermado muchas veces la libertad en las monarquías: los delegados o comisarios que se nombran a menudo para juzgar a alguien. Tan poca utilidad saca el príncipe de los comisarios, que no vale la pena de que cambie el orden establecido para tan poca cosa. Es moralmente seguro que el príncipe tiene más espíritu de probidad y de justicia que sus comisarios, los cuales se creen siempre bastante justificados por las órdenes del príncipe o bien por interés del Estado, o por la elección que ha recaído en ellos o por sus temores mismos. El servirse de ellos no es práctica ordinaria de los buenos príncipes. Un príncipe debe conducirse con sus súbditos. Si ve que las leyes, en general, conservan su vigor y son respetadas, puede creerse bien seguro. Prueba de que se le ama es la confianza que se pone en él; si un ministro nos niega lo que solicitamos, creemos que el monarca nos lo hubiera concedido y es testimonio de la confianza que inspira. Capitulo XXIII De los espías en las monarquías
  • 8. Capitulo XXIV De las cartas anónimas Los que no quieren dejar las leyes entre ellos y el acusado, prueban tener alguna razón para temerlas; y la menor pena que se les puede infligir, es no hacerles caso. Emulando las palabras del emperador Constantino: "No sospechemos del que no ha tenido un acusador, que no le faltaba un enemigo”. La autoridad real es un gran resorte que debe moverse con regularidad y sin estrépito, dando ejemplo. Hay casos en que el poder debe actuar en toda su extensión; otros en que debe limitarse. Lo importante es conocer cuál sea la parte del poder, grande o pequeña, que deba emplearse en cada una de las diversas circunstancias; eso facilita el mando es que el príncipe halague; que las leyes amenacen, y no el príncipe. Capitulo XXV De la manera de gobernar en la monarquía
  • 9. Capitulo XXVI En la monarquía, el príncipe debe ser accesible "El zar Pedro I, ha dicho Perry, ha hecho una nueva ordenanza que prohíbe presentarle ninguna solicitud sino después de haberla presentado dos veces a sus oficiales. Si el solicitante es desatendido las dos veces, la tercera solicitud puede presentarse al zar; pero el que pida o reclame sin justificación, debe perder la vida. Y nadie desde entonces ha dirigido súplicas al zar". Las costumbres del príncipe contribuyen tanto a la libertad como las leyes; puede hacer con ellas, de los hombres, animales; de los animales, hombres. Si ama las almas libres, tendrá súbditos; si prefiere las almas serviles, tendrá siervos. Si quiere saber el difícil arte de reinar, que tenga a su lado el honor, la virtud, que llame junto a sí al mérito personal. Es tan poco lo que pide el pueblo, que no debe rehusársele; se contenta con tan escasas consideraciones, que es justo concedérselas. Tan infinita es la distancia que media entre el monarca y el pueblo, que aquel no puede estorbar a éste. Capitulo XXVII De las costumbres del monarca
  • 10. Capitulo XXVIII De las consideraciones que los monarcas deben a sus súbditos Es menester que sean muy comedidos en las bromas. Estas lisonjean cuando son discretas y moderadas, porque de un medio de entrar en la familiaridad; pero cuando son picantes o rayan en la burla no están bien ni en el último de los vasallos, mucho menos en el príncipe, que tales chanzas hieren moralmente. Y menos debe hacérsele un insulto a ningún súbdito; la misión del monarca es perdonar o castigar, nunca insultar. Cuando un monarca ofende con la palabra o el ademán a cualquiera de sus súbditos, le trata peor que a los suyos el déspota de los turcos o el de los moscovitas. Si éstos insultan a sus vasallos, no los deshonran aunque los humillen; en tanto que aquéllos los humillan y los deshonran. Por nuestra manera de pensar, añadimos al dolor de la afrenta la desesperación de no poder lavarla. Los monarcas deben alegrarse de tener por súbditos a hombres más amantes del honor que de la vida, sentimiento que es un motivo más de fidelidad y de valor. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 11. Capitulo XXIX De las leyes civiles adecuadas para poner un poco de liberalismo en el gobierno despótico Aunque por su propia índole, el gobierno despótico es lo mismo en todas partes, puede haber circunstancias, costumbres, ejemplos, opiniones que en algo lo modifiquen, introduciendo en él diferencias muy considerables. Conviene que haya algún libro sagrado que sirva de regla para todos, que preste su autoridad al régimen político El código religioso, que suple al civil, da cierta fijeza a la arbitrariedad, le impone reglas al propio despotismo. Si el caso merece pena capital, puede ser conveniente que el juez o el gobernador oigan el parecer del sacerdote, aunque resuelva la autoridad política. México Leyes civiles. Orden en el lugar Artículo 24. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 12. Capitulo XXX Continuación del mismo asunto Cuando uno pierde el favor del príncipe, bueno es que entre éste y el que ha caído en desgracia queden suplicantes que suavicen el enfado del primero, o aplaquen su justicia con sus explicaciones. Parece que ciertos príncipes hacen todo lo posible por privarse de una gran virtud: de la clemencia. La costumbre de Persia, que permite salir del reino a quien lo tenga a bien, es una buena costumbre; aunque la contraria se deriva del régimen despótico, en el cual se tiene por esclavos a los súbditos y por esclavos fugitivos a los que se ausentan, así que el temor a que se fuguen o se alejen los contribuyentes modera las persecuciones de los recaudadores. Leyes civiles. Orden en el lugar Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez
  • 13. Comparativos con la cuestión mexicana Capítulo I De los Derechos Humanos y sus Garantías La Constitución Mexicana promulgada por Carranza en 1917 se convirtió en la primera a nivel mundial que contenía las mayores aportaciones a nivel jurídico de los derechos sociales. En ella se establece la forma de Gobierno, las garantías individuales y sociales, el sistema económico que adoptaría la nación y sobre el que se gobernaría. Esta Constitución, que con reformas, es la que nos rige en la actualidad, está compuesta por 136 artículos y 19 artículos transitorios, contenidos en nueve títulos. El espíritu de las leyes - Aida D. Ramírez