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Administración del Sr. Econ. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
                                Registro Oficial™
                       Quito, miércoles 29 de diciembre del 2010
                                                       N° 351
SUPLEMENTO
                                                                                                        Registro Suplemento Nro. 351.




                               LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

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Código de la Producción
     Código de la Producción                                                                                                                                                                                 Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                              Código de la Producción


                           SUMARIO:                         PRIMER DEBATE:		                04-Nov-2010             República establece que el sistema económico es           Que, el Artículo 320 de nuestra Constitución
                                                            SEGUNDO DEBATE:	                16-Nov-2010             social y solidario; reconoce al ser humano como           establece que la producción, en cualquiera de sus
    ASAMBLEA NACIONAL                                       OBJECIÓN PARCIAL:	              16-Dic-2010             sujeto y fin; propende a una relación dinámica y          formas, se sujetará a principios y normas de calidad;
                                                                                                                    equilibrada entre sociedad, Estado y mercado,             sostenibilidad; productividad sistémica; valoración
                               CÓDIGO:                      Quito, 21 de diciembre de 2010 f.) Dr. Francisco        en armonía con la naturaleza; y, tiene por objetivo       del trabajo; y eficiencia económica y social;
                                                            Vergara O., Secretario General.                         garantizar la producción y reproducción de
      - Código Orgánico de la Producción, Comercio e                                                                las condiciones materiales e inmateriales que             Que, en su Artículo 334 numeral uno, la Norma
         Inversiones.                                                                                               posibiliten el buen vivir;                                Constitucional dictamina que al Estado le
                                                                         ASAMBLEA NACIONAL                                                                                    corresponde promover el acceso equitativo a los
                   ASAMBLEA NACIONAL                                                                                Que, el Artículo 284 de la Constitución de la República   factores de producción, evitando la concentración o
                                                                                EL PLENO                            establece los objetivos de la política económica,         acaparamiento de factores y recursos productivos,
    Of. No. SAN-010-2038                                                                                            entre los que se incluye incentivar la producción         la redistribución y supresión de privilegios o
    Quito, 22 DIC 2010                                      Considerando:                                           nacional, la productividad y competitividad               desigualdades en el acceso a ellos;
                                                                                                                    sistémicas, la acumulación del conocimiento
    Señor Ingeniero                                         Que, los numerales 2, 15, 16, 17, 26 y 27 del           científico y tecnológico, la inserción estratégica en     Que, el Artículo 335 de la Constitución de la
    Hugo Del Pozo                                           artículo 66 de la Constitución de la República,         la economía mundial y las actividades productivas         República determina que el Estado regulará,
    DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL                           establecen garantías constituciones de las              complementarias en la integración regional;               controlará e intervendrá, cuando sea necesario,
    En su despacho                                          personas, las cuales requieren de una normativa                                                                   en los intercambios y transacciones económicas;
                                                            que regule su ejercicio;                                Que, los numerales 1, 2 y 3 del Artículo 285 de           y sancionará la explotación, usura, acaparamiento,
    Señor Presidente:                                                                                               la Constitución de la República prescriben como           simulación, intermediación especulativa de los
                                                            Que, conforme al numeral 2 del Artículo 133 de la       objetivos de la política fiscal: 1) El financiamiento     bienes y servicios, así como toda forma de
    La Asamblea Nacional, de conformidad con las            Constitución de la República, las leyes orgánicas       de servicios, inversión y bienes públicos; 2)             perjuicio a los derechos económicos y a los bienes
    atribuciones que le confiere la Constitución de         deben regular el ejercicio de los derechos y            la redistribución del ingreso por medio de                públicos y colectivos. Determina igualmente que el
    la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la        garantías constitucionales, como los señalados en       transferencias, tributos y subsidios adecuados,           Estado definirá una política de precios orientada
    Función Legislativa, discutió y aprobó el Proyecto      el considerando anterior;                               3) la generación de incentivos para la inversión          a proteger la producción nacional, establecerá
    de CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN,                                                                            en los diferentes sectores de la economía y para          los mecanismos de sanción para evitar cualquier
    COMERCIO E INVERSIONES.                                 Que, el Artículo 275 de la Constitución de la           la producción de bienes y servicios socialmente           práctica de monopolio y oligopolio privados, o de
                                                            República establece que todos los sistemas que          deseables y ambientalmente responsables;                  abuso de posición de dominio en el mercado y
    En sesión efectuada el 16 de diciembre de 2010,         conforman el régimen de desarrollo (económicos,                                                                   otras prácticas de competencia desleal;
    el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se           políticos, socio-culturales y ambientales) garantizan   Que, el Artículo 304 de la Constitución de la
    pronunció sobre la objeción parcial presentada por      el desarrollo del buen vivir, y que toda organización   República establece los objetivos de la política          Que, el artículo 336 de la Carta Fundamental,
    el Presidente Constitucional de la República.           del Estado y la actuación de los poderes públicos       comercial, entre los que se incluye desarrollar,          impone al Estado el deber de impulsar y velar
                                                            están al servicio de los ciudadanos y ciudadanas        fortalecer y dinamizar los mercados internos a            por un comercio justo como medio de acceso
    Por lo expuesto; y, tal como dispone el artículo 138    que habitan el Ecuador;                                 partir del objetivo estratégico establecido en el Plan    a bienes y servicios de calidad, promoviendo la
    de la Constitución de la República del Ecuador y                                                                Nacional de Desarrollo;                                   reducción de las distorsiones de la intermediación
    64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa,        Que, el numeral 2 del Artículo 276 de la Constitución                                                             y promoción de su sustentabilidad, asegurando
    remito el Auténtico y copia certificada del texto del   de la República establece que el régimen de             Que, el Artículo 306 de la Constitución de la             de esta manera la transparencia y eficiencia en los
    proyecto de Ley aprobado, así como también la           desarrollo, tiene entre sus objetivos el de construir   República dispone la obligación estatal de                mercados, mediante el fomento de la competencia
    certificación de las fechas de su tratamiento, para     un sistema económico justo, democrático,                promover las exportaciones ambientalmente                 en igualdad de condiciones y oportunidades,
    su publicación en el Registro Oficial.                  productivo, solidario y sostenible, basado en           responsables, con preferencia de aquellas que
                                                            la distribución equitativa de los beneficios del        generen mayor empleo y valor agregado, y en               Que, el Artículo 304 numeral 6, de la Carta
    Atentamente,                                            desarrollo, de los medios de producción y en la         particular las exportaciones de los pequeños y            Fundamental establece que la política comercial
    f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General.       generación de trabajo digno y estable;                  medianos productores y del sector artesanal;              tendrá como objetivo evitar las prácticas
                                                                                                                                                                              monopólicas y oligopólicas, particularmente
                   ASAMBLEA NACIONAL                        Que, el numeral 5 del artículo 281 de la Constitución   Que, el Artículo 319 de la Carta Magna reconoce           en el sector privado, y otras que afecten el
                                                            de la República establece las responsabilidades         diversas formas de organización de la producción          funcionamiento de los mercados;
    CERTIFICACIÓN                                           del Estado para alcanzar la soberanía alimentaria,      en la economía, entre otras las comunitarias,
    En mi calidad de Secretario General de la               entre las que se incluye el establecer mecanismos       cooperativas, empresariales públicas o privadas,          Que, en virtud de las atribuciones conferidas bajo
    Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que            preferenciales de financiamiento para los pequeños y    asociativas, familiares, domésticas, autónomas            el Decreto Ejecutivo 103, publicado en el Registro
    el Proyecto de Ley - CÓDIGO ORGÁNICO DE LA              medianos productores y productoras, facilitándoles      y mixtas, en tal virtud alentará la producción que        Oficial Suplemento No. 26, de 22 de febrero de
    PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, fue                 la adquisición de medios de producción;                 satisfaga la demanda interna y garantice una activa       2007, la Secretaría Nacional de Planificación ha
    discutido y aprobado en las siguientes fechas:                                                                  participación del Ecuador en el contexto internacional;   elaborado y puesto en marcha el Plan Nacional
                                                            Que, el Artículo 283 de la Constitución de la                                                                     para el Buen Vivir, que considera que frente a los

4                                                                                                                                                                                                                                       5
Código de la Producción
     Código de la Producción                                                                                                                                                                               Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                            Código de la Producción


    indicadores de migración, desempleo y pobreza es       el comercio exterior, a través de un régimen                 para contribuir a la construcción de una sociedad   q.	Promover las actividades de la economía
    necesaria una revolución económica que conduzca        aduanero moderno transparente y eficiente.                   de propietarios, productores y emprendedores;          popular, solidaria y comunitaria, así como la
    a una reactivación de la producción, generación                                                                                                                            inserción y pro moción de su oferta productiva
    de empleo, convirtiéndonos en una sociedad de          Art. 2.- Actividad Productiva.- Se considerará            f.	 Garantizar el ejercicio de los derechos de la         estratégicamente en el mundo, de conformidad
    propietarios y productores que supere el sistema       actividad productiva al proceso mediante el cual              población a acceder, usar y disfrutar de bienes       con la Constitución y la ley;
    actual de exclusión social; frente a ello se plantea   la actividad humana transforma insumos en                     y servicios en condiciones de equidad, óptima
    la democratización de los medios de producción,        bienes y servicios lícitos, socialmente necesarios y          calidad y en armonía con la naturaleza;            r. Incorporar como un elemento transversal en todas
    como una “condición necesaria para auspiciar           ambientalmente sustentables, incluyendo actividades                                                                   las políticas productivas, el enfoque de género
    la igualdad y la cohesión desde la perspectiva         comerciales y otras que generen valor agregado.           g.	 Incentivar y regular todas las formas de inver-         y de inclusión económica de las actividades
    de desarrollo territorial integral que fomente un                                                                    sión privada en actividades productivas y de            productivas de pueblos y nacionalidades;
    sistema económico social y solidario”;                 Art. 3.- Objeto.- El presente Código tiene por                servicios, socialmente deseables y ambiental-
                                                           objeto regular el proceso productivo en las etapas            mente aceptables;                                  s.	Impulsar los mecanismos que posibiliten un
    Que, el Objetivo número 11 del Plan Nacional           de producción, distribución, intercambio, comercio,                                                                 comercio justo y un mercado transparente; y,
    para el Buen Vivir, publicado en el Suplemento del     consumo, manejo de externalidades e inversiones           h. Regular la inversión productiva en sectores
    Registro Oficial N° 144 de 5 de marzo de 2010 es,      productivas orientadas a la realización del Buen Vivir.      estratégicos de la economía, de acuerdo al Plan     t.	 Fomentar y apoyar la investigación industrial y
    “Establecer un sistema económico social, solidario     Esta normativa busca también generar y consolidar            Nacional de Desarrollo;                                 científica, así como la innovación y transferen-
    y sostenible”; y,                                      las regulaciones que potencien, impulsen e                                                                           cia tecnológica.
                                                           incentiven la producción de mayor valor agregado,         i. 	 Promocionar la capacitación técnica y profe-
    De conformidad a las atribuciones y competencias       que establezcan las condiciones para incrementar               sional basada en competencias laborales y ciu-
    de la Asamblea Nacional, y en ejercicio de sus         productividad y promuevan la transformación                    dadanas, que permita que los resultados de la
    facultades constitucionales expide el siguiente:       de la matriz productiva, facilitando la aplicación             transformación sean apropiados por todos;
                                                           de instrumentos de desarrollo productivo, que
    CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN,                      permitan generar empleo de calidad y un desarrollo        j.	 Fortalecer el control estatal para asegurar que
          COMERCIO E INVERSIONES                           equilibrado, equitativo, eco-eficiente y sostenible           las actividades productivas no sean afectadas
                                                           con el cuidado de la naturaleza.                              por prácticas de abuso del poder del mercado,
                    TÍTULO PRELIMINAR                                                                                    como prácticas monopólicas, oligopólicas y en
                                                           Art. 4.- Fines.- La presente legislación tiene, como          general, las que afecten el funcionamiento de
    Del Objetivo y Ámbito de Aplicación                    principales, los siguientes fines:                            los mercados;

    Art. 1.- Ámbito.- Se rigen por la presente normativa   a.	 Transformar la Matriz Productiva, para que esta       k.	Promover el desarrollo productivo del país
       todas las personas naturales y jurídicas y              sea de mayor valor agregado, potenciadora                mediante un enfoque de competitividad
       demás formas asociativas que desarrollen una            de servicios, basada en el conocimiento                  sistémica, con una visión integral que incluya
       actividad productiva, en cualquier parte del            y la innovación; así como ambientalmente                 el desarrollo territorial y que articule en
       territorio nacional.                                    sostenible y ecoeficiente;                               forma coordinada los objetivos de carácter
                                                                                                                        macroeconómico, los principios y patrones
    El ámbito de esta normativa abarcará en su             b.	Democratizar el acceso a los factores de                  básicos del desarrollo de la sociedad; las
    aplicación el proceso productivo en su conjunto,          producción, con especial énfasis en las micro,            acciones de los productores y empresas; y el
    desde el aprovechamiento de los factores de               pequeñas y medianas empresas, así como de                 entorno jurídico -institucional;
    producción, la transformación productiva, la              los actores de la economía popular y solidaria;
    distribución y el intercambio comercial, el consumo,                                                             l.	 Impulsar el desarrollo productivo en zonas de
    el aprovechamiento de las externalidades positivas     c.	Fomentar la producción nacional, comercio y                menor desarrollo económico;
    y políticas que desincentiven las externalidades          consumo sustentable de bienes y servicios,
    negativas. Así también impulsará toda la actividad        con responsabilidad social y ambiental, así            m.	
                                                                                                                       Establecer los principios e instrumentos
    productiva a nivel nacional, en todos sus niveles de      como su comercialización y uso de tecnologías            fundamentales de la articulación internacional
    desarrollo y a los actores de la economía popular         ambientalmente limpias y de energías alternativas;       de la política comercial de Ecuador;
    y solidaria; así como la producción de bienes y
    servicios realizada por las diversas formas de         d.	 Generar trabajo y empleo de calidad y dignos,         n.	
                                                                                                                       Potenciar la sustitución         estratégica   de
    organización de la producción en la economía,              que contribuyan a valorar todas las formas de           importaciones;
    reconocidas en la Constitución de la República.            trabajo y cumplan con los derechos laborales;
    De igual manera, se regirá por los principios que                                                                o.	 Fomentar y diversificar las exportaciones;
    permitan una articulación internacional estratégica,   e.	 Generar un sistema integral para la innovación y el
    a través de la política comercial, incluyendo sus          emprendimiento, para que la ciencia y tecnología      p.	 Facilitar las operaciones de comercio exterior;
    instrumentos de aplicación y aquellos que facilitan        potencien el cambio de la matriz productiva; y

6                                                                                                                                                                                                                                     7
LIBRO I
DEL DESARROLLO PRODUCTIVO, MECANISMOS Y ÓRGANOS DE COMPETENCIA.
Código de la Producción
      Código de la Producción                                                                                                                                                                                               Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                                             Código de la Producción


     LIBRO I                                                  d. La generación de un ecosistema de innovación,               Capítulo II                                                 Sectorial de la Producción.
                                                                 emprendimiento y asociatividad mediante la
     DEL DESARROLLO PRODUCTIVO,                                  articulación y coordinación de las iniciativas              De la Institucionalidad del Desarrollo                      TÍTULO II
     MECANISMOS Y ÓRGANOS DE                                     públicas, privadas y populares y solidarias                 Productivo
     COMPETENCIA                                                 de innovación y transferencia tecnológica                                                                               De la Promoción del Trabajo Productivo Digno
                                                                 productivas, y la vinculación de investigación a la         Art. 6.- Del Consejo Sectorial.- Corresponde a
     TÍTULO I
                                                                 actividad productiva. Así también fortalecerá los           la Función Ejecutiva la definición de las políticas         Art. 8.- Salario Digno.- El salario digno mensual es
     Del Desarrollo Productivo y su Institucionalidad            institutos públicos de investigación y la inversión         de desarrollo productivo y el fomento de las                el que cubra al menos las necesidades básicas de
                                                                 en el mejoramiento del talento humano, a través             inversiones a través del Consejo Sectorial de la            la persona trabajadora así como las de su familia, y
     Capítulo I                                                  de programas de becas y financiamiento de                   Producción, que se conformará y funcionará según            corresponde al costo de la canasta básica familiar
     Del Rol del Estado en el Desarrollo Productivo              estudios de tercer y cuarto nivel;                          lo establecido en el Reglamento a este Código,              dividido para el número de perceptores del hogar.
                                                                                                                             enmarcando sus directrices dentro del Sistema               El costo de la canasta básica familiar y el número
     Art. 5.- Rol del Estado.- El Estado fomentará el         e. La implementación de una política comercial                 Nacional de Planificación.                                  de perceptores del hogar serán determinados por
     desarrollo productivo y la transformación de la matriz      al servicio del desarrollo de todos los actores                                                                         el organismo rector de las estadísticas y censos
     productiva, mediante la determinación de políticas          productivos del país, en particular, de los actores         Este organismo contará con una Secretaría Técnica           nacionales oficiales del país, de manera anual,
     y la definición e implementación de instrumentos            de la economía popular y solidaria y de la                  a cargo del Ministerio que presida el Consejo               lo cual servirá de base para la determinación
     e incentivos, que permitan dejar atrás el patrón de         micro, pequeñas y medianas empresas, y para                 Sectorial de la producción y cuyas atribuciones             del salario digno establecido por el Ministerio de
     especialización dependiente de productos primarios          garantizar la soberanía alimentaria y energética,           serán las que se establezcan en el presente Código          Relaciones Laborales.
     de bajo valor agregado.                                     las economías de escala y el comercio justo, así            y en el reglamento. Esta Secretaría contará con las
                                                                 como su inserción estratégica en el mundo;                  áreas técnicas necesarias para diseñar políticas            Art. 9.- Componentes del Salario Digno.-
     Para la transformación de la matriz productiva, el                                                                      públicas y programas de política de fomento                 Única y exclusivamente para fines de cálculo, para
     Estado incentivará la inversión productiva, a través     f.	 La profundización del acceso al financiamiento             productivo e inversiones, entre otros vinculados            determinar si un trabajador recibe el salario digno
     del fomento de:                                              de todos los actores productivos, a través de              con el sector productivo.                                   mensual, se sumarán los siguientes componentes:
                                                                  adecuados incentivos y regulación al sistema
     a. La competitividad sistémica de la economía a              financiero privado, público y popular y solidario,         Art. 7.- Participación Intersectorial.- La                  a.	 El sueldo o salario mensual;
        través de la provisión de bienes públicos como la         así como del impulso y desarrollo de la banca              participación intersectorial en el desarrollo de
        educación, salud, infraestructura y asegurando            pública destinada al servicio del desarrollo               estas políticas, se garantiza a través del Consejo          b.	La decimotercera remuneración dividida para
        la provisión de los servicios básicos necesarios,         productivo del país;                                       Consultivo de Desarrollo Productivo y Comercio                 doce, cuyo período de cálculo y pago estará
        para potenciar las vocaciones productivas de los                                                                     Exterior; órgano de estricto carácter consultivo y             acorde a lo establecido en el Art. 111 del Código
        territorios y el talento humano de las ecuatorianas   g. La mejora de la productividad de los actores de             obligatoria convocatoria institucional por parte de            del Trabajo;
        y ecuatorianos. El Estado establecerá como               la economía popular y solidaria y de las micro,             quien preside el consejo sectorial de la producción,
        objetivo nacional el alcance de una productividad        pequeñas y medianas empresas, para participar               en la forma que determine el reglamento.                    c.	La decimocuarta remuneración dividida para
        adecuada de todos los actores de la economía,            en el mercado interno, y, eventualmente, alcanzar                                                                          doce, cuyo período de cálculo y pago estará
        empresas, emprendimientos y gestores de                  economías de escala y niveles de calidad de                 Este Consejo Consultivo estará conformado entre                acorde a lo señalado en el Art. 113 del Código
        la economía popular y solidaria, mediante                producción que le permitan internacionalizar su             otros, por representantes del sector productivo                del Trabajo;
        el fortalecimiento de la institucionalidad y la          oferta productiva;                                          privado, mixto, popular y solidario, trabajadores y
        eficiencia en el otorgamiento de servicios de las                                                                    gobiernos autónomos descentralizados. El Consejo            d.	Las comisiones variables que pague el
        diferentes instituciones que tengan relación con      h. Un desarrollo logístico y de infraestructura que            Consultivo tendrá una representación amplia y plural           empleador a los trabajadores que obedezcan a
        la producción;                                           potencie la transformación productiva, para lo              que refleje los distintos sectores, territorios y tamaños      prácticas mercantiles legítimas y usuales;
                                                                 que el Estado generará las condiciones para                 de producción. El Consejo Consultivo no contará
     b. El establecimiento y aplicación de un marco              promover la eficiencia del transporte marítimo,             con recursos públicos para su funcionamiento, pero          e.	 El monto de la Participación del trabajador en
        regulatorio que garantice que ningún actor               aéreo y terrestre, bajo un enfoque integral y una           la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la               utilidades de la empresa de conformidad con la
        económico pueda abusar de su poder de                    operación de carácter multimodal;                           Producción brindará apoyo logístico a su operación              Ley, divididas para doce;
        mercado, lo que se establecerá en la ley sobre                                                                       y para la participación de sus integrantes.
        esta materia;                                         i. La producción sostenible a través de la                                                                                 f.	 Los beneficios adicionales percibidos en dinero
                                                                 implementación de tecnologías y prácticas de                El Consejo Consultivo podrá proponer o sugerir                  por el trabajador por contratos colectivos,
     c. El desarrollo productivo de sectores con fuertes         producción limpia; y,                                       lineamientos técnicos para la elaboración de políticas          que no constituyan obligaciones legales, y las
        externalidades positivas a fin de incrementar el                                                                     a ser adoptadas por las entidades responsables de               contribuciones voluntarias periódicas hechas en
        nivel general de productividad y las competencias     j.	La territorialización de las políticas públicas             las políticas de desarrollo productivo, inversiones y           dinero por el empleador a sus trabajadores; y,
        para la innovación de toda la economía, a través         productivas, de manera que se vayan eliminando los          comercio exterior. La integración y el funcionamiento
        del fortalecimiento de la institucionalidad que          desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.   de este Consejo Consultivo se normarán en el                g.	 Los fondos de reserva;
        establece este Código;                                                                                               reglamento a este Código y, en lo no previsto en
                                                                                                                             dicho Reglamento, mediante resolución del Consejo           En caso de que el trabajador haya laborado por un

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Código de la Producción                                                                                                                                                Código de la Producción


     período menor a un año, el cálculo será proporcional       8 de este Código.
     al tiempo de trabajo.
                                                                Esta Compensación económica es adicional, no será
     La fórmula de cálculo aquí descrita, en ningún caso        parte integrante de la remuneración y no constituye
     significa el pago mensualizado de la decimotercera,        ingreso gravable para el régimen de seguro social,
     decimocuarta remuneración y de la participación del        ni para el impuesto a la renta del trabajador, y será
     trabajador en las utilidades de conformidad con la         de carácter estrictamente temporal hasta alcanzar
     Ley, cuyos montos seguirán percibiendo de modo             el salario digno.
     íntegro los trabajadores y en las fechas previstas por
     la Ley.                                                    TÍTULO III

     Art. 10.- Compensación económica para el                   De la Generación de un Sistema Integral
     Salario Digno.- A partir del ejercicio fiscal 2011,        de   Innovación, Capacitación Técnica y
     los empleadores señalados en el inciso siguiente,          Emprendimiento
     que no hubieren pagado a todos sus trabajadores
     un monto igual o superior al salario digno mensual,        Art. 11.- Sistema de Innovación, Capacitación
     deberán calcular una compensación económica                y Emprendimiento.- El Consejo Sectorial de la
     obligatoria adicional que será pagada como aporte          Producción, anualmente, diseñará un plan de ca-
     para alcanzar el Salario Digno, únicamente a               pacitación técnica, que servirá como insumo vincu-
     favor de aquellos trabajadores que durante el año          lante para la planificación y priorización del sistema
     hubieran percibido un salario inferior al señalado en      de innovación, capacitación y emprendimiento, en
     el artículo nueve.                                         función de la Agenda de Transformación Producti-
                                                                va y del Plan Nacional de Desarrollo.
     La Compensación económica señalada en el inciso
     anterior, será obligatoria para aquellos empleadores
     que:
                                                                Este sistema articulará la labor de varias instituciones
                                                                públicas y privadas en sus diferentes fases de
                                                                desarrollo y sus diferentes instrumentos, en una
                                                                                                                                                                          LIBRO II
                                                                                                                           DEL DESARROLLO DE LA INVERSIÓN PRODUCTIVA Y DE SUS INSTRUMENTOS.
     a.	Sean Sociedades o Personas                Naturales     sola ventanilla de atención virtual, desconcentrada y
        obligadas a llevar contabilidad;                        descentralizada para la difusión de: capacitación para
                                                                la generación de competencias emprendedoras,
     b.	 Al final del período fiscal tuvieren utilidades del    instrumentos de financiamiento, de capital de riesgo,
         ejercicio; y,                                          banca de desarrollo orientada al financiamiento de
                                                                emprendimientos, y fondo nacional de garantías;
     c.	 En el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al    asistencia técnica y articulación con los gobiernos
         impuesto a la Renta inferior a la utilidad.            autónomos        descentralizados,      organizaciones
                                                                sin fines de lucro, empresas, universidades,
     La Compensación Económica se liquidará hasta el            incubadoras, entre otros.
     31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente
     y se podrá distribuir hasta el mes de marzo                Art. 12.- Capital de Riesgo.- El Estado podrá
     del año siguiente, por una vez al año, entre los           aportar, a través de mecanismos legales y financieros
     trabajadores que no hubieran recibido el salario           idóneos, a la conformación de capitales de riesgo.
     digno en el ejercicio fiscal anterior. Para el pago de     El carácter temporal de las inversiones efectuadas
     la Compensación Económica, el empleador deberá             por el Estado deberá ser previamente pactado,
     destinar un porcentaje equivalente de hasta el 100%        tanto en tiempo cuanto en forma; privilegiando los
     de las utilidades del ejercicio, de ser necesario.         procesos de desinversión del Estado en empresas
                                                                donde es propietario en forma parcial o exclusiva,
     En caso de que el valor descrito en el inciso anterior     a favor de los empleados y trabajadores de dichas
     no cubra la totalidad del salario digno de todos           empresas, así como a favor de la comunidad en la
     los trabajadores con derecho a la Compensación             que tal emprendimiento se desarrolle, dentro de las
     Económica, esta se repartirá entre dichos                  condiciones y plazos establecidas en cada proyecto.
     trabajadores, de manera proporcional a la diferencia
     existente entre los componentes para el cálculo del
     salario digno y el salario digno señalado en el artículo

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Código de la Producción
      Código de la Producción                                                                                                                                                                                   Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                                 Código de la Producción


                                                                                                                    Capítulo II                                                de los inversionistas estará protegida en los términos
     LIBRO II                                               e.	Inversionista nacional.- La persona natural o                                                                   que establece la Constitución y demás leyes
                                                               jurídica ecuatoriana, propietaria o que ejerce       Principios Generales                                       pertinentes. La Constitución prohíbe toda forma
                                                               control de una inversión realizada en territorio                                                                de confiscación. Por lo tanto, no se decretarán
     DEL DESARROLLO DE LA INVERSIÓN                            ecuatoriano. También se incluyen en este             Art. 17.- Trato no discriminatorio.- Los                   ni ejecutarán confiscaciones a las inversiones
     PRODUCTIVA Y DE SUS INSTRUMENTOS                          concepto, las personas naturales o jurídicas         inversionistas nacionales y extranjeros, las               nacionales o extranjeras.
                                                               o entidades de los sectores cooperativistas,         sociedades, empresas o entidades de los sectores
     TÍTULO I                                                  asociativos y comunitarios ecuatorianos,             cooperativistas, y de la economía popular y                El Estado podrá declarar, excepcionalmente y
                                                               propietarios o que ejercen control de una            solidaria, en las que éstos participan, al igual que sus   de acuerdo a la Constitución, la expropiación de
     Del Fomento, Promoción y Regulación de las                inversión realizada en territorio ecuatoriano. Las   inversiones legalmente establecidas en el Ecuador,         bienes inmuebles con el único objeto de ejecutar
     Inversiones Productivas                                   personas naturales ecuatorianas que gocen de         con las limitaciones previstas en la Constitución de       planes de desarrollo social, manejo sustentable
                                                               doble nacionalidad, o los extranjeros residentes     la República, gozarán de igualdad de condiciones           del ambiente y de bienestar colectivo, siguiendo
     Capítulo I                                                en el país para los efectos de este Código se        respecto a la administración, operación, expansión         el procedimiento legalmente establecido, de
                                                               considerarán como inversionistas nacionales.         y transferencia de sus inversiones, y no serán objeto      manera no discriminatoria y previa a la valoración
     De las inversiones productivas                                                                                 de medidas arbitrarias o discriminatorias. Las             y pago de una indemnización justa y adecuada de
                                                            No se considerará como inversión extranjera, aquella    inversiones y los inversionistas extranjeros gozarán       conformidad con la Ley.
     Art. 13.- Definiciones.- Para efectos de la presente   realizada por una empresa nacional o extranjera,        de protección y seguridades plenas, de tal manera
     normativa, se tendrán las siguientes definiciones:     cuyas acciones, participaciones, propiedad o            que tendrán la misma protección que reciben los            Capítulo III
                                                            control, total o mayoritario, le pertenezca a una       ecuatorianos dentro del territorio nacional.
     a.	 Inversión productiva.- Entiéndase por inversión    persona natural o sociedad ecuatoriana.                                                                            De los Derechos de los Inversionistas
         productiva, independientemente de los tipos                                                                El Estado en todos sus niveles de gobierno, en
         de propiedad, al flujo de recursos destinados      Art. 14.- Aplicación.- Las nuevas inversiones no        ejercicio de su plena potestad pública podrá otorgar       Art. 19.- Derechos de los inversionistas.-
         a producir bienes y servicios, a ampliar la        requerirán de autorizaciones de ninguna naturaleza,     tratamientos diferenciados, en calidad de incentivos,      Se reconocen los siguientes derechos a los
         capacidad productiva y a generar fuentes de        salvo aquellas que expresamente señale la ley           a favor de la inversión productiva y nueva, los que        inversionistas:
         trabajo en la economía nacional;                   y las que se deriven del ordenamiento territorial       serán otorgados en función de sectores, ubicación
                                                            correspondiente; debiendo cumplir con los requisitos    geográfica u otros parámetros que éstas deberán            a.	La libertad de producción y comercialización
     b.	Inversión Nueva.- Para la aplicación de los         que exige esta normativa para beneficiarse de los       cumplir, según los términos previstos en este                 de bienes y servicios lícitos, socialmente
        incentivos previstos para las inversiones           incentivos que aquí se establecen.                      Código y su Reglamento.                                       deseables y ambientalmente sustentables, así
        nuevas, entiéndase como tal al flujo de recursos                                                                                                                          como la libre fijación de precios, a excepción de
        destinado a incrementar el acervo de capital de     Los beneficios del presente Código no se aplicarán      Las inversiones extranjeras tendrán un rol                    aquellos bienes y servicios cuya producción y
        la economía, mediante una inversión efectiva        a aquellas inversiones de personas naturales o          de completentación directa en los sectores                    comercialización estén regulados por la Ley;
        en activos productivos que permita ampliar la       jurídicas extranjeras domiciliadas en paraísos          estratégicos de la economía, que requieran inversión
        capacidad productiva futura, generar un mayor       fiscales. El reglamento regulará los parámetros de      y financiamiento, para alcanzar los objetivos del          b.	 El acceso a los procedimientos administrativos
        nivel de producción de bienes y servicios,          aplicación de los incentivos a todos los sectores       Plan Nacional de Desarrollo, y con sujeción a                  y acciones de control que establezca el Estado
        o generar nuevas fuentes de trabajo, en los         que lo soliciten.                                       la legislación aplicable. En los demás sectores                para evitar cualquier práctica especulativa o de
        términos que se prevén en el reglamento. El mero                                                            de la economía, los inversionistas extranjeros                 monopolio u oligopolio privados, o de abuso
        cambio de propiedad de activos productivos que      Los beneficios y garantías reconocidos por este         podrán participar directamente sin necesidad                   de posición de dominio en el mercado y otras
        ya se encuentran en funcionamiento así como los     Código se aplicarán sin perjuicio de lo establecido     de autorización adicional a las previstas para los             prácticas de competencia desleal;
        créditos para adquirir estos activos, no implica    en la Constitución de la República y en otras           inversionistas nacionales.
        inversión nueva para efectos de este Código.        leyes, así como en los acuerdos internacionales                                                                    c.	La libertad de importación y exportación de
                                                            debidamente ratificados por Ecuador.                    Los entes gubernamentales promocionarán de                    bienes y servicios con excepción de aquellos
     c. Inversión extranjera.- La inversión que es de                                                               manera prioritaria la atracción de la inversión               límites establecidos por la normativa vigente y
        propiedad o que se encuentra controlada             Art. 15.- Órgano Competente.- El Consejo                extranjera directa según las necesidades y                    de acuerdo a lo que establecen los convenios
        por personas naturales o jurídicas extranjeras      Sectorial de la Producción será el máximo órgano de     prioridades definidas en el Plan Nacional de                  internacionales de los que Ecuador forma parte;
        domiciliadas en el extranjero, o que implique       rectoría gubernamental en materia de inversiones.       Desarrollo, la Agenda de Transformación Productiva,
        capital que no se hubiere generado en el Ecuador.                                                           así como en los diversos planes de desarrollo              d.	 Libre transferencia al exterior, en divisas, de las
                                                            Art. 16.- Modalidades de inversión.- Las                de los gobiernos autónomos descentralizados.                   ganancias periódicas o utilidades que provengan
     d. Inversión nacional.- La inversión que es de         modalidades de inversión y sus excepciones se           Adicionalmente, las inversiones que se realicen en             de la inversión extranjera registrada, una vez
        propiedad o que se encuentra controlada por         establecerán en el Reglamento a esta normativa.         otros sectores de la economía, también gozarán                 cumplidas las obligaciones concernientes
        personas naturales o jurídicas ecuatorianas, o                                                              de los beneficios de la política estatal de impulso            a la participación de los trabajadores, las
        por extranjeros residentes en el Ecuador, salvo                                                             productivo, en los términos de la presente normativa.          obligaciones tributarias pertinentes y demás
        que demuestren que se trate de capital no                                                                                                                                  obligaciones legales que correspondan,
        generado en el Ecuador; y,                                                                                  Art. 18.- Derecho de propiedad.- La propiedad                  conforme lo establecido en las normas legales,

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Código de la Producción
      Código de la Producción                                                                                                                                                                                      Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                                    Código de la Producción


         según corresponda.                                   que se cree para el desarrollo integral de este sector,   TÍTULO III                                                   e,
                                                              de acuerdo a lo que regule la Ley de esta materia.
     e.	Libre remisión de los recursos que se                                                                           De los Incentivos para el Desarrollo Productivo           i. La reforma al cálculo del anticipo del impuesto a
        obtengan por la liquidación total o parcial de        Adicionalmente, para fomentar y fortalecer la                                                                           la renta.
        las empresas en las que se haya realizado la          economía popular, solidaria y comunitaria, el             Capítulo I
        inversión extranjera registrada, o por la venta       Consejo Sectorial de la Producción ejecutará las                                                                    2. Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo:
        de las acciones, participaciones o derechos           siguientes acciones:                                      Normas generales sobre Incentivos y                       Para los sectores que contribuyan al cambio a la
        adquiridos en razón de la inversión efectuada,                                                                  Estímulos de Desarrollo Económico                         matriz energética, a la sustitución estratégica de
        una vez cumplidas las obligaciones tributarias y      a)	Elaborar programas y proyectos para el                                                                           importaciones, al fomento de las exportaciones,
        otras responsabilidades del caso, conforme lo            desarrollo y avance de la producción nacional,         Art. 23.- De los incentivos.- Los incentivos de           así como para el desarrollo rural de todo el país,
        establecido en las normas legales;                       regional, provincial y local, en el marco del          orden tributario que reconoce esta normativa se           y las zonas urbanas según se especifican en la
                                                                 Estado Intercultural y Plurinacional, garantizando     incorporan como reformas a las normas tributarias         disposición reformatoria segunda (2.2), se reconoce
     f.	 Libertad para adquirir, transferir o enajenar           los derechos de las personas, colectividades y         pertinentes, como consta en las disposiciones             la exoneración total del impuesto a la renta por cinco
         acciones, participaciones o derechos de                 la naturaleza;                                         reformatorias al final de este Código.                    años a las inversiones nuevas que se desarrollen en
         propiedad sobre su inversión a terceros, en                                                                                                                              estos sectores.
         el país o en el extranjero, cumpliendo las           b)	 Apoyar y consolidar el modelo socio productivo        Art. 24.- Clasificación de los incentivos.- Los
         formalidades previstas por la ley;                       comunitario para lo cual elaborará programas          incentivos fiscales que se establecen en este código      3. Para zonas deprimidas: Además de que estas
     g.	Libre acceso al sistema financiero nacional y             y proyectos con financiamiento público                son de tres clases:                                       inversiones podrán beneficiarse de los incentivos
         al mercado de valores para obtener recursos              para: recuperación, apoyo y transferencia                                                                       generales y sectoriales antes descritos, en estas
         financieros de corto, mediano y largo plazos;            tecnológica, investigación, capacitación y            1. Generales: De aplicación para las inversiones que      zonas se priorizará la nueva inversión otorgándole
                                                                  mecanismos comercialización y de compras              se ejecuten en cualquier parte del territorio nacional.   un beneficio fiscal mediante la deducción adicional
     h.	 Libre acceso a los mecanismos de promoción,              públicas, entre otros;                                                                                          del 100% del costo de contratación de nuevos
         asistencia técnica, cooperación, tecnología y                                                                  Consisten en los siguientes:                              trabajadores, por cinco años.
         otros equivalentes; e,                               c)	 Promover la igualdad de oportunidades a través
                                                                  de la concesión de beneficios, incentivos y           a.	La reducción progresiva de tres             puntos     Art. 25.- Del contenido de los contratos de
     i.	 Acceso a los demás beneficios generales e                medios de producción;                                    porcentuales en el impuesto a la renta;                inversión.- Por iniciativa del inversionista, se
         incentivos previstos en este Código, otras leyes                                                                                                                         podrá suscribir contratos de inversión los mismos
         y normativa aplicable.                               d)	 Promover la seguridad alimentaria a través de         b.	Los que se establecen para las zonas                   que se celebrarán mediante escritura pública, en
                                                                  mecanismos preferenciales de financiamiento              económicas de desarrollo especial, siempre y           la que se hará constar el tratamiento que se le
     Art. 20.- Régimen Tributario.- En materia                    de las micro, pequeña, mediana y gran empresa            cuando dichas zonas cumplan con los criterios          otorga a la inversión bajo el ámbito de este código
     impositiva, las inversiones nacionales y extranjeras         de las comunidades, pueblos y nacionalidades             para su conformación;                                  y su Reglamento.
     estarán sujetas al mismo Régimen Tributario, con             indígenas, afroecuatorianas y montubias;
     las excepciones previstas en este Código.                                                                          c.	 Las deducciones adicionales para el cálculo del       Los contratos de inversión podrán otorgar
                                                              e)     Financiar proyectos productivos de las                 impuesto a la renta, como mecanismos para             estabilidad sobre los incentivos tributarios, en el
     Art. 21.- Normas obligatorias.- Los inversionistas            comunidades, pueblos y nacionalidades                    incentivar la mejora de productividad, innovación     tiempo de vigencia de los contratos, de acuerdo a
     nacionales y extranjeros y sus inversiones están              indígenas, afroecuatorianas y montubias que              y para la producción eco-eficiente;                   las prerrogativas de este Código. De igual manera,
     sujetos, de forma general, a la observancia y fiel            impulsen la producción agrícola, pecuaria,                                                                     detallarán los mecanismos de supervisión y
     cumplimiento de las leyes del país, y, en especial, de        artesanal, pesquera, minera, industrial, turística   d.	 Los beneficios para la apertura del capital social    regulación para el cumplimiento de los parámetros
     las relativas a los aspectos laborales, ambientales,          y otras del sector.                                      de las empresas a favor de sus trabajadores;          de inversión previstos en cada proyecto. El
     tributarios y de seguridad social vigentes.                                                                                                                                  Consejo Sectorial de la Producción establecerá los
                                                              Los ministerios del ramo o secretarías nacionales         e.	 Las facilidades de pago en tributos al comercio       parámetros que deberán cumplir las inversiones
     TÍTULO II                                                que tengan como competencia el fomento de                     exterior;                                             que soliciten someterse a este régimen.
                                                              la economía popular, solidaria y comunitaria,
     Del Desarrollo Productivo de la Economía Popular,        presentarán al término del ejercicio económico anual,     f.	 La deducción para el cálculo del impuesto a la        Art. 26.- De la Vigencia.- Los contratos de
     Solidaria y Comunitaria                                  al ministerio que presida el Consejo Sectorial de la          renta de la compensación adicional para el pago       inversión tendrán una vigencia de hasta quince
                                                              Producción, reportes sobre los recursos invertidos            del salario digno;                                    (15) años a partir de la fecha de su celebración,
     Art. 22.- Medidas específicas.- El Consejo               en programas de generación de capacidades,                                                                          y su vigencia no limitará la potestad del Estado
     Sectorial de la Producción establecerá políticas         innovación, emprendimientos, tecnología, mejora           g.	La exoneración del impuesto a la salida de             de ejercer control y regulación a través de sus
     de fomento para la economía popular, solidaria           de productividad, asociatividad, fomento y                   divisas para las operaciones de financiamiento         organismos competentes.
     y comunitaria, así como de acceso democrático            promoción de oferta exportable, comercialización,            externo;
     a los factores de producción, sin perjuicio de           entre otros, con el objeto de potenciar este sector                                                                 A petición del inversionista, y siempre que el
     las competencias de los Gobiernos Autónomos              de la economía.                                           h.	La exoneración del anticipo al impuesto a la           Consejo Sectorial de la Producción lo considere
     Descentralizados y de la institucionalidad específica                                                                 renta por cinco años para toda inversión nueva;        pertinente, según el tipo de inversión que se esté

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Código de la Producción
      Código de la Producción                                                                                                                                                                                      Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                                    Código de la Producción


     desarrollando, los contratos de inversión podrán            todas las empresas nuevas que hayan aplicado a             adquisiciones a que se hayan comprometido,            apelar administrativamente ante el pleno de este
     prorrogarse por una sola vez, hasta por el mismo            los incentivos, para que dicha entidad elabore un          dentro del plazo previsto para el efecto en el        Consejo, siguiendo el procedimiento que establece
     plazo originalmente concedido.                              registro electrónico con esta información.                 respectivo proyecto de inversión;                     el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
                                                                                                                                                                                  la Función Ejecutiva.
     Art. 27.- Resolución de conflictos.- En los                 La Secretaría Técnica, conjuntamente con el             b.	Retiro de la totalidad o parte de la inversión,
     contratos de inversión con inversionistas extranjeros       Servicio de Rentas Internas, podrá realizar controles      siempre que esto implique incumplimiento de           Art. 33.- Si la causal de revocatoria fuera cualquiera
     se podrán pactar cláusulas arbitrales para resolver         para verificar el cumplimiento de los criterios que        obligaciones legales o contractuales;                 de las establecidas en los literales e, f, g, h, i,
     las controversias que se presenten entre el Estado          motivaron la aplicación del incentivo, relacionados                                                              del Art. 31, se determinará, adicionalmente, el
     y los inversionistas. Las controversias entre un            con la inversión realizada. El reglamento establecerá   c.	 Incumplimiento por parte de los inversionistas en    reembolso de los incentivos recibidos y el pago de
     inversionista extranjero con el Estado ecuatoriano,         los parámetros de ejecución de este monitoreo.              ejecutar las condiciones mínimas de la inversión     los tributos más los intereses correspondientes que
     que se hubieren agotado comple¬tamente por la vía                                                                       que hayan sido autorizadas dentro del plazo          se hubieren tenido que pagar, de no haber mediado
     administrativa, intentarán solucionarse de manera           Si el beneficiario no cumple con lo requerido, la           previsto para el efecto en el respectivo proyecto    el acceso a los incentivos tributarios que reconoce
     amistosa, con diálogos directos por un término de           Secretaría Técnica remitirá para conocimiento               de inversión;                                        esta normativa, durante el período en que se
     60 días. Si no se llegase a una solución directa entre      del Consejo Sectorial de la producción un                                                                        incurrió en el incumplimiento; salvo circunstancias
     las partes deberá existir una instancia obligatoria de      informe detallado, respecto a la gravedad de los        d.	Cesión de la inversión, sin cumplir con               de caso fortuito o fuerza mayor documentalmente
     mediación dentro de los tres (3) meses siguientes           incumplimientos identificados y que no hubieran sido       los requisitos y condiciones previstos                acreditadas y aceptadas por el Consejo Sectorial de
     a la fecha de inicio formal de las negociaciones            subsanados, recomendando además la adopción                reglamentariamente;                                   la Producción. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio
     directas.                                                   de las sanciones pertinentes, dependiendo de la                                                                  de la facultad determinadora de la Administración
                                                                 gravedad de tales incumplimientos.                      e.	
                                                                                                                           Incumplimiento doloso comprobado por                   Tributaria de conformidad con la ley.
     Si luego de esta instancia de mediación la                                                                            autoridad competente, de las leyes laborales,
     controversia subsiste, el conflicto podrá ser               Art. 30.- Inhabilidades especiales.- No podrán            tributarias, de seguridad social o ambientales del     TÍTULO IV
     sometido a arbitraje nacional o internacional, de           ser beneficiarios de los incentivos consagrados en        país, y demás normas que regulan la inversión;
     conformidad con los Tratados vigentes, de los que           esta normativa: El Presidente, el Vicepresidente de                                                              Zonas Especiales de Desarrollo Económico
     Ecuador forma parte. Las decisiones de ese Tribunal         la República, los Ministros y Secretarios de Estado,    f. Falsedad comprobada judicialmente en los
     Arbitral serán en derecho, la legislación aplicable         y los servidores públicos de la entidad rectora de         documentos o información proporcionada, que           Capítulo I
     será la ecuatoriana y los laudos serán definitivos y        la política de la producción, ni directamente ni           sirvió de base para obtener los incentivos a la
     obligatorios para las partes.                               por interpuesta persona, aún cuando se trate de            inversión;                                            Del objeto y constitución de las Zonas
                                                                 sociedades en las que tengan participación directa                                                               Especiales de Desarrollo Económico
     Si luego del término de 6 meses de agotada la               o indirecta en su capital, así como quienes hubieren    g.	Impedir o dificultar las comprobaciones de
     vía administrativa, las partes no han llegado a             tenido vinculación directa o indirecta en cualquier        los funcionarios de las entidades del Estado,         Art. 34.- El Gobierno nacional podrá autorizar el
     un acuerdo amistoso, ni la hubieren sometido a              etapa del procedimiento de acceso a los incentivos         competentes en esta materia, o recurrir a             establecimiento de Zonas Especiales de Desarrollo
     jurisdicción arbitral para la solución de sus conflictos,   o que tengan algún grado de responsabilidad                medios de cualquier clase para inducir a error        Económico (ZEDE), como un destino aduanero, en
     la controversia se someterá a conocimiento de               en el procedimiento, y que, por sus actividades            a estas entidades o a sus funcionarios oficiales,     espacios delimitados del territorio nacional, para que
     la justicia ordinaria nacional. No se someterán a           o funciones, se podría presumir razonadamente              con el objetivo de beneficiarse de los incentivos     se asienten nuevas inversiones, con los incentivos
     arbitraje los asuntos tributarios.                          que cuentan con información privilegiada de                que reconoce este Código;                             que se detallan en la presente normativa;
                                                                 estos procesos; así como los cónyuges de los                                                                     los que estarán condicionados al cumplimiento
     Art. 28.- De la aplicación de los incentivos.-              dignatarios, funcionarios y empleados indicados         h.	 Cohecho o intento de cohecho a los servidores        de los objetivos específicos establecidos en este
     La Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de              anteriormente; y, quienes no se encuentren al día           públicos encargados del control y supervisión de     Código, de conformidad con los parámetros que
     la producción coordinará con los organismos de              en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias,         los beneficios reconocidos por esta normativa,       serán fijados mediante norma reglamenta¬ria y los
     control competente, la ejecución adecuada de                laborales, ambientales y de seguridad social.               declarado judicialmente, sin perjuicio de la         previstos en los planes de ordenamiento territorial.
     los beneficios reconocidos para cada proyecto de                                                                        acción penal a que hubiere lugar; e,
     inversión, sin que se pueda exigir a los inversionistas     Capítulo II                                                                                                      Art. 35.- Ubicación.- Las Zonas Especiales
     otros requisitos que los establecidos en esta                                                                       i.	 Que hayan sido beneficiados de los incentivos        de Desarrollo Económico se instalarán en áreas
     legislación.                                                De las infracciones y sanciones a los                       quienes estén prohibidos por ley.                    geográficas delimitadas del territorio nacional,
                                                                 inversionistas                                                                                                   considerando condiciones tales como: preservación
     Art. 29.- Monitoreo.- El monitoreo del cumplimiento                                                                 Art. 32.- Revocatoria.- Sin perjuicio de las acciones    del medio ambiente, territorialidad, potencialidad
     de las obligaciones asumidas por los inversionistas,        Art. 31.- Infracciones.- Constituyen causales           civiles o penales a que hubiere lugar, la comisión de    de cada localidad, infraestructura vial, servicios
     sean legales o contractuales, estará a cargo de             de infracción en las que podrían incurrir los           cualquiera de las causales establecidas en el artículo   básicos, conexión con otros puntos del país, entre
     la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la           inversionistas que se beneficien de los incentivos      anterior, generará la revocatoria de los beneficios      otros, previamente determinadas por el organismo
     producción.                                                 que prevé esta normativa, las siguientes:               otorgados. La revocatoria prevista en este capítulo      rector en materia de desarrollo productivo, y en
                                                                                                                         será dispuesta mediante resolución motivada de           coordinación con el ente a cargo de la planificación
     El Servicio de Rentas Internas deberá enviar                a.	 Incumplimiento por parte de los inversionistas      la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la        nacional y estarán sujetas a un tratamiento especial
     trimestralmente a la Secretaría Técnica un listado de           de efectuar oportunamente los aportes o             producción. El inversionista sancionado podrá            de comercio exterior, tributario y financiero.

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Código de la Producción
      Código de la Producción                                                                                                                                                                                  Código de la Producción
                                                                                                                                                                                                                Código de la Producción


                                                              obstante, se autorizará su nacionalización para          establecido en el Reglamento, y solo se podrá               del ambiente, verificar que la gestión de las
     Art. 36.- Tipos.- Las Zonas Especiales de                el consumo en el país en aquellos porcentajes de         revocar antes del plazo establecido por haberse             Zonas Especiales de Desarrollo Económico no
     Desarrollo Económico podrán ser de los siguientes        producción que establezca el reglamento al presente      verificado alguna de las infracciones que generan           produzca impactos ambientales que afecten
     tipos:                                                   Código. Estos límites no se aplicarán para los           la revocatoria de la autorización.                          gravemente a la región; y,
                                                              productos obtenidos en procesos de transferencia
     a. Para ejecutar actividades de transferencia y de       de tecnología y de innovación tecnológica.               Art. 39.- Rectoría pública.- Serán atribuciones          h. Las demás que establezca el reglamento a este
        desagregación de tecnología e innovación.                                                                      del Consejo Sectorial de la producción, para el              Código.
        En estas zonas se podrá realizar todo tipo de         Las personas naturales o jurídicas que se instalen en    establecimiento de las ZEDE, las siguientes:
        emprendimientos y proyectos de desarrollo             las zonas especiales podrán operar exclusivamente                                                                 Para efectuar la supervisión y control operativo del
        tecnológico, innovación electrónica, biodiversidad,   en una de las modalidades antes señaladas, o             a.	
                                                                                                                         Dictar las políticas generales para               el   funcionamiento y cumplimiento de los objetivos de
        mejoramiento ambiental sustentable o energético;      podrán diversificar sus operaciones en el mismo            funcionamiento y supervisión de las ZEDE;              las Zonas Especiales de Desarrollo Económico,
                                                              territorio con operaciones de varias de las tipologías                                                            el Ministerio responsable del fomento industrial
     b. Para ejecutar operaciones de diversificación          antes indicadas, siempre que se justifique que la        b.	 Autorizar el establecimiento de zonas especiales     establecerá una unidad técnica operativa, que
        industrial, que podrán consistir en todo tipo         variedad de actividades responde a la facilitación           de desarrollo económico que cumplan con los          será la autoridad ejecutora de las políticas que
        de emprendimientos industriales innovadores,          de encadenamientos productivos del sector                    requisitos legales establecidos;                     establezca el Consejo Sectorial de la producción,
        orientados principalmente a la exportación de         económico que se desarrolla en la zona autorizada;                                                                en relación a las ZEDE.
        bienes, con utilización de empleo de calidad.         y que, la ZEDE cuente dentro de su instrumento           c. Calificar y autorizar a los administradores y
        En estas zonas se podrá efectuar todo tipo            constitutivo con la autorización para operar bajo la        operadores de las ZEDE;                               Art. 40.- Solicitud de ZEDE.- La constitución
        de actividades de perfeccionamiento activo,           tipología que responde a la actividad que se desea                                                                de una zona especial de desarrollo económico
        tales como: transformación, elaboración (in-          instalar.                                                d.	Absolver las consultas que se presentaren             podrá solicitarse por parte interesada, a iniciativa
        cluidos: montaje, ensamble y adaptación a                                                                         respecto de la aplicación de este Código en           de instituciones del sector público o de gobiernos
        otras mercancías) y reparación de mercancías          Art. 37.- Control aduanero.- Las personas y                 cuanto a las zonas especiales de desarrollo;          autónomos descentralizados. La inversión que se
        (incluidas su restauración o acondicionamiento),      medios de transporte que ingresen o salgan de                                                                     utilice para el desarrollo de estas zonas puede ser
        de todo tipo de bienes con fines de exportación       una ZEDE, así como los límites, puntos de acceso         e.	 Aplicar las sanciones que fija esta normativa a      pública, privada o mixta. De igual manera, tanto la
        y de sustitución estratégica de importaciones         y de salida de las zonas especiales de desarrollo            las empresas administradoras y operadoras que        empresa administradora como los operadores que
        principalmente; y,                                    económico deberán estar sometidos a la vigilancia            incumplieren las disposiciones establecidas para     se instalen en dichas zonas pueden ser personas
                                                              de la administración aduanera. El control aduanero           su operatividad;                                     naturales o jurídicas: privadas, públicas o mixtas,
     c.	Para desarrollar servicios logísticos, tales          podrá efectuarse previo al ingreso, durante la                                                                    nacionales o extranjeras.
        como: almacenamiento de carga con fines de            permanencia de las mercancías en la zona o con           f.	 Establecer los requisitos generales y específicos,
        consolidación y desconsolidación, clasificación,      posterioridad a su salida. Los procedimientos                incluidos los de origen y valor agregado nacional,   A efectos de evaluar la conveniencia de autorizar el
        etiquetado, empaque, reempaque, refrigeración,        que para el control establezca la administración             para que un producto transformado, elaborado         establecimiento de una Zona Especial de Desarrollo
        administración de inventarios, manejo de              aduanera, no constituirán obstáculo para el flujo de         (que incluye su montaje, ensamble y adaptación       Económico, se exigirá una descripción general del
        puertos secos o terminales interiores de carga,       los procesos productivos de las actividades que se           a otras mercancías) o reparado (que incluye su       proyecto, que incluirá los requisitos que establezca
        coordinación de operaciones de distribución           desarrollen en las ZEDE; y deberán ser simplificados         restauración o acondicionamiento) dentro de          el reglamento de esta normativa.
        nacional o internacional de mercancías; así           para el ingreso y salida de mercancías en estos              una Zona Especial de Desarrollo Económico
        como el mantenimiento o reparación de naves,          territorios.                                                 pueda ser nacionalizado, con o sin el pago total o   No podrá crearse una ZEDE en espacios que sean
        aeronaves y vehículos de transporte terrestre                                                                      parcial de aranceles. Para efectos de establecer     parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, o
        de mercancías. De manera preferente, este             Art.     38.-     Acto      administrativo       de          dicho procedimiento se considerará el valor          del Patrimonio Forestal del Estado, o que se haya
        tipo de zonas se establecerán dentro de o en          establecimiento.- Las zonas especiales de                    en aduana de la mercancía a nacionalizarse,          declarado Bosques o Vegetación Protectores o
        forma adyacente a puertos y aeropuertos, o en         desarrollo económico se constituirán mediante                debiendo descontarse el valor agregado               sean ecosistemas frágiles.
        zonas fronterizas. El exclusivo almacenamiento        autorización del Consejo Sectorial de la producción,         nacional y/o el valor de los bienes nacionales       En la autorización para operar la ZEDE se podrán
        de carga o acopio no podrá ser autorizado             teniendo en cuenta el potencial crecimiento                  o nacionalizados que se hayan incorporado en         detallar los incentivos que apliquen en cada caso
        dentro de este tipo de zonas. Los servicios           económico de los territorios donde se instalen               el proceso productivo del bien a nacionalizarse,     particular, tanto para administradores como para
        logísticos estarán orientados a potenciar las         las zonas especiales, los objetivos, planes y                el cumplimiento de las normas de origen de           operadores.
        instalaciones físicas de puertos, aeropuertos y       estrategias del Plan Nacional de Desarrollo, la              productos nacionales de exportación, entre
        pasos de frontera, que sirvan para potenciar el       Agenda de Transformación Productiva, y demás                 otros, de ser pertinente. Este procedimiento         Capítulo II
        volumen neto favorable del comercio exterior          planes regionales, sobre la base de los requisitos y         será exclusivo para el cálculo de los derechos
        y el abastecimiento local bajo los parámetros         formalidades que se determinarán en el reglamento            arancelarios. Para efectos de la liquidación y       De los Administradores y Operadores de las
        permitidos, en atención a los requisitos              a este Código.                                               cobro del impuesto al valor agregado se seguirá      Zonas Especiales de Desarrollo Económico
        establecidos en el Reglamento de este Código.                                                                      el procedimiento establecido por el Servicio de
                                                              La autorización se otorgará por un período de                Rentas Internas;                                     Art. 41.- Administradores de ZEDE.- Las
     Los bienes que formen parte de estos procesos            veinte (20) años, que podrán ser prorrogables,                                                                    personas jurídicas privadas, públicas o de
     servirán para diversificar la oferta exportable; no      con sujeción al procedimiento de evaluación              g. En coordinación con el organismo encargado            economía mixta, nacionales o extranjeras, que lo

20                                                                                                                                                                                                                                        21
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  • 1. Administración del Sr. Econ. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la República del Ecuador Registro Oficial™ Quito, miércoles 29 de diciembre del 2010 N° 351
  • 2. SUPLEMENTO Registro Suplemento Nro. 351. LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL Art. 10.- El derecho de autor protege también la forma de expresión mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de protección: a) Las ideas contenidas en las obras, los procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí; los sistemas o el contenido ideológico o técnico de las obras científicas, ni su aprovechamiento industrial o comercial; y, b) las disposiciones legales y reglamentarias, las resoluciones judiciales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, así como sus traducciones oficiales. “Registro Oficial” es marca registrada del Tribunal Constitucional de la República del Ecuador.
  • 3. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción SUMARIO: PRIMER DEBATE: 04-Nov-2010 República establece que el sistema económico es Que, el Artículo 320 de nuestra Constitución SEGUNDO DEBATE: 16-Nov-2010 social y solidario; reconoce al ser humano como establece que la producción, en cualquiera de sus ASAMBLEA NACIONAL OBJECIÓN PARCIAL: 16-Dic-2010 sujeto y fin; propende a una relación dinámica y formas, se sujetará a principios y normas de calidad; equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, sostenibilidad; productividad sistémica; valoración CÓDIGO: Quito, 21 de diciembre de 2010 f.) Dr. Francisco en armonía con la naturaleza; y, tiene por objetivo del trabajo; y eficiencia económica y social; Vergara O., Secretario General. garantizar la producción y reproducción de - Código Orgánico de la Producción, Comercio e las condiciones materiales e inmateriales que Que, en su Artículo 334 numeral uno, la Norma Inversiones. posibiliten el buen vivir; Constitucional dictamina que al Estado le ASAMBLEA NACIONAL corresponde promover el acceso equitativo a los ASAMBLEA NACIONAL Que, el Artículo 284 de la Constitución de la República factores de producción, evitando la concentración o EL PLENO establece los objetivos de la política económica, acaparamiento de factores y recursos productivos, Of. No. SAN-010-2038 entre los que se incluye incentivar la producción la redistribución y supresión de privilegios o Quito, 22 DIC 2010 Considerando: nacional, la productividad y competitividad desigualdades en el acceso a ellos; sistémicas, la acumulación del conocimiento Señor Ingeniero Que, los numerales 2, 15, 16, 17, 26 y 27 del científico y tecnológico, la inserción estratégica en Que, el Artículo 335 de la Constitución de la Hugo Del Pozo artículo 66 de la Constitución de la República, la economía mundial y las actividades productivas República determina que el Estado regulará, DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL establecen garantías constituciones de las complementarias en la integración regional; controlará e intervendrá, cuando sea necesario, En su despacho personas, las cuales requieren de una normativa en los intercambios y transacciones económicas; que regule su ejercicio; Que, los numerales 1, 2 y 3 del Artículo 285 de y sancionará la explotación, usura, acaparamiento, Señor Presidente: la Constitución de la República prescriben como simulación, intermediación especulativa de los Que, conforme al numeral 2 del Artículo 133 de la objetivos de la política fiscal: 1) El financiamiento bienes y servicios, así como toda forma de La Asamblea Nacional, de conformidad con las Constitución de la República, las leyes orgánicas de servicios, inversión y bienes públicos; 2) perjuicio a los derechos económicos y a los bienes atribuciones que le confiere la Constitución de deben regular el ejercicio de los derechos y la redistribución del ingreso por medio de públicos y colectivos. Determina igualmente que el la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la garantías constitucionales, como los señalados en transferencias, tributos y subsidios adecuados, Estado definirá una política de precios orientada Función Legislativa, discutió y aprobó el Proyecto el considerando anterior; 3) la generación de incentivos para la inversión a proteger la producción nacional, establecerá de CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, en los diferentes sectores de la economía y para los mecanismos de sanción para evitar cualquier COMERCIO E INVERSIONES. Que, el Artículo 275 de la Constitución de la la producción de bienes y servicios socialmente práctica de monopolio y oligopolio privados, o de República establece que todos los sistemas que deseables y ambientalmente responsables; abuso de posición de dominio en el mercado y En sesión efectuada el 16 de diciembre de 2010, conforman el régimen de desarrollo (económicos, otras prácticas de competencia desleal; el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se políticos, socio-culturales y ambientales) garantizan Que, el Artículo 304 de la Constitución de la pronunció sobre la objeción parcial presentada por el desarrollo del buen vivir, y que toda organización República establece los objetivos de la política Que, el artículo 336 de la Carta Fundamental, el Presidente Constitucional de la República. del Estado y la actuación de los poderes públicos comercial, entre los que se incluye desarrollar, impone al Estado el deber de impulsar y velar están al servicio de los ciudadanos y ciudadanas fortalecer y dinamizar los mercados internos a por un comercio justo como medio de acceso Por lo expuesto; y, tal como dispone el artículo 138 que habitan el Ecuador; partir del objetivo estratégico establecido en el Plan a bienes y servicios de calidad, promoviendo la de la Constitución de la República del Ecuador y Nacional de Desarrollo; reducción de las distorsiones de la intermediación 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, Que, el numeral 2 del Artículo 276 de la Constitución y promoción de su sustentabilidad, asegurando remito el Auténtico y copia certificada del texto del de la República establece que el régimen de Que, el Artículo 306 de la Constitución de la de esta manera la transparencia y eficiencia en los proyecto de Ley aprobado, así como también la desarrollo, tiene entre sus objetivos el de construir República dispone la obligación estatal de mercados, mediante el fomento de la competencia certificación de las fechas de su tratamiento, para un sistema económico justo, democrático, promover las exportaciones ambientalmente en igualdad de condiciones y oportunidades, su publicación en el Registro Oficial. productivo, solidario y sostenible, basado en responsables, con preferencia de aquellas que la distribución equitativa de los beneficios del generen mayor empleo y valor agregado, y en Que, el Artículo 304 numeral 6, de la Carta Atentamente, desarrollo, de los medios de producción y en la particular las exportaciones de los pequeños y Fundamental establece que la política comercial f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General. generación de trabajo digno y estable; medianos productores y del sector artesanal; tendrá como objetivo evitar las prácticas monopólicas y oligopólicas, particularmente ASAMBLEA NACIONAL Que, el numeral 5 del artículo 281 de la Constitución Que, el Artículo 319 de la Carta Magna reconoce en el sector privado, y otras que afecten el de la República establece las responsabilidades diversas formas de organización de la producción funcionamiento de los mercados; CERTIFICACIÓN del Estado para alcanzar la soberanía alimentaria, en la economía, entre otras las comunitarias, En mi calidad de Secretario General de la entre las que se incluye el establecer mecanismos cooperativas, empresariales públicas o privadas, Que, en virtud de las atribuciones conferidas bajo Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que preferenciales de financiamiento para los pequeños y asociativas, familiares, domésticas, autónomas el Decreto Ejecutivo 103, publicado en el Registro el Proyecto de Ley - CÓDIGO ORGÁNICO DE LA medianos productores y productoras, facilitándoles y mixtas, en tal virtud alentará la producción que Oficial Suplemento No. 26, de 22 de febrero de PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, fue la adquisición de medios de producción; satisfaga la demanda interna y garantice una activa 2007, la Secretaría Nacional de Planificación ha discutido y aprobado en las siguientes fechas: participación del Ecuador en el contexto internacional; elaborado y puesto en marcha el Plan Nacional Que, el Artículo 283 de la Constitución de la para el Buen Vivir, que considera que frente a los 4 5
  • 4. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción indicadores de migración, desempleo y pobreza es el comercio exterior, a través de un régimen para contribuir a la construcción de una sociedad q. Promover las actividades de la economía necesaria una revolución económica que conduzca aduanero moderno transparente y eficiente. de propietarios, productores y emprendedores; popular, solidaria y comunitaria, así como la a una reactivación de la producción, generación inserción y pro moción de su oferta productiva de empleo, convirtiéndonos en una sociedad de Art. 2.- Actividad Productiva.- Se considerará f. Garantizar el ejercicio de los derechos de la estratégicamente en el mundo, de conformidad propietarios y productores que supere el sistema actividad productiva al proceso mediante el cual población a acceder, usar y disfrutar de bienes con la Constitución y la ley; actual de exclusión social; frente a ello se plantea la actividad humana transforma insumos en y servicios en condiciones de equidad, óptima la democratización de los medios de producción, bienes y servicios lícitos, socialmente necesarios y calidad y en armonía con la naturaleza; r. Incorporar como un elemento transversal en todas como una “condición necesaria para auspiciar ambientalmente sustentables, incluyendo actividades las políticas productivas, el enfoque de género la igualdad y la cohesión desde la perspectiva comerciales y otras que generen valor agregado. g. Incentivar y regular todas las formas de inver- y de inclusión económica de las actividades de desarrollo territorial integral que fomente un sión privada en actividades productivas y de productivas de pueblos y nacionalidades; sistema económico social y solidario”; Art. 3.- Objeto.- El presente Código tiene por servicios, socialmente deseables y ambiental- objeto regular el proceso productivo en las etapas mente aceptables; s. Impulsar los mecanismos que posibiliten un Que, el Objetivo número 11 del Plan Nacional de producción, distribución, intercambio, comercio, comercio justo y un mercado transparente; y, para el Buen Vivir, publicado en el Suplemento del consumo, manejo de externalidades e inversiones h. Regular la inversión productiva en sectores Registro Oficial N° 144 de 5 de marzo de 2010 es, productivas orientadas a la realización del Buen Vivir. estratégicos de la economía, de acuerdo al Plan t. Fomentar y apoyar la investigación industrial y “Establecer un sistema económico social, solidario Esta normativa busca también generar y consolidar Nacional de Desarrollo; científica, así como la innovación y transferen- y sostenible”; y, las regulaciones que potencien, impulsen e cia tecnológica. incentiven la producción de mayor valor agregado, i. Promocionar la capacitación técnica y profe- De conformidad a las atribuciones y competencias que establezcan las condiciones para incrementar sional basada en competencias laborales y ciu- de la Asamblea Nacional, y en ejercicio de sus productividad y promuevan la transformación dadanas, que permita que los resultados de la facultades constitucionales expide el siguiente: de la matriz productiva, facilitando la aplicación transformación sean apropiados por todos; de instrumentos de desarrollo productivo, que CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, permitan generar empleo de calidad y un desarrollo j. Fortalecer el control estatal para asegurar que COMERCIO E INVERSIONES equilibrado, equitativo, eco-eficiente y sostenible las actividades productivas no sean afectadas con el cuidado de la naturaleza. por prácticas de abuso del poder del mercado, TÍTULO PRELIMINAR como prácticas monopólicas, oligopólicas y en Art. 4.- Fines.- La presente legislación tiene, como general, las que afecten el funcionamiento de Del Objetivo y Ámbito de Aplicación principales, los siguientes fines: los mercados; Art. 1.- Ámbito.- Se rigen por la presente normativa a. Transformar la Matriz Productiva, para que esta k. Promover el desarrollo productivo del país todas las personas naturales y jurídicas y sea de mayor valor agregado, potenciadora mediante un enfoque de competitividad demás formas asociativas que desarrollen una de servicios, basada en el conocimiento sistémica, con una visión integral que incluya actividad productiva, en cualquier parte del y la innovación; así como ambientalmente el desarrollo territorial y que articule en territorio nacional. sostenible y ecoeficiente; forma coordinada los objetivos de carácter macroeconómico, los principios y patrones El ámbito de esta normativa abarcará en su b. Democratizar el acceso a los factores de básicos del desarrollo de la sociedad; las aplicación el proceso productivo en su conjunto, producción, con especial énfasis en las micro, acciones de los productores y empresas; y el desde el aprovechamiento de los factores de pequeñas y medianas empresas, así como de entorno jurídico -institucional; producción, la transformación productiva, la los actores de la economía popular y solidaria; distribución y el intercambio comercial, el consumo, l. Impulsar el desarrollo productivo en zonas de el aprovechamiento de las externalidades positivas c. Fomentar la producción nacional, comercio y menor desarrollo económico; y políticas que desincentiven las externalidades consumo sustentable de bienes y servicios, negativas. Así también impulsará toda la actividad con responsabilidad social y ambiental, así m. Establecer los principios e instrumentos productiva a nivel nacional, en todos sus niveles de como su comercialización y uso de tecnologías fundamentales de la articulación internacional desarrollo y a los actores de la economía popular ambientalmente limpias y de energías alternativas; de la política comercial de Ecuador; y solidaria; así como la producción de bienes y servicios realizada por las diversas formas de d. Generar trabajo y empleo de calidad y dignos, n. Potenciar la sustitución estratégica de organización de la producción en la economía, que contribuyan a valorar todas las formas de importaciones; reconocidas en la Constitución de la República. trabajo y cumplan con los derechos laborales; De igual manera, se regirá por los principios que o. Fomentar y diversificar las exportaciones; permitan una articulación internacional estratégica, e. Generar un sistema integral para la innovación y el a través de la política comercial, incluyendo sus emprendimiento, para que la ciencia y tecnología p. Facilitar las operaciones de comercio exterior; instrumentos de aplicación y aquellos que facilitan potencien el cambio de la matriz productiva; y 6 7
  • 5. LIBRO I DEL DESARROLLO PRODUCTIVO, MECANISMOS Y ÓRGANOS DE COMPETENCIA.
  • 6. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción LIBRO I d. La generación de un ecosistema de innovación, Capítulo II Sectorial de la Producción. emprendimiento y asociatividad mediante la DEL DESARROLLO PRODUCTIVO, articulación y coordinación de las iniciativas De la Institucionalidad del Desarrollo TÍTULO II MECANISMOS Y ÓRGANOS DE públicas, privadas y populares y solidarias Productivo COMPETENCIA de innovación y transferencia tecnológica De la Promoción del Trabajo Productivo Digno productivas, y la vinculación de investigación a la Art. 6.- Del Consejo Sectorial.- Corresponde a TÍTULO I actividad productiva. Así también fortalecerá los la Función Ejecutiva la definición de las políticas Art. 8.- Salario Digno.- El salario digno mensual es Del Desarrollo Productivo y su Institucionalidad institutos públicos de investigación y la inversión de desarrollo productivo y el fomento de las el que cubra al menos las necesidades básicas de en el mejoramiento del talento humano, a través inversiones a través del Consejo Sectorial de la la persona trabajadora así como las de su familia, y Capítulo I de programas de becas y financiamiento de Producción, que se conformará y funcionará según corresponde al costo de la canasta básica familiar Del Rol del Estado en el Desarrollo Productivo estudios de tercer y cuarto nivel; lo establecido en el Reglamento a este Código, dividido para el número de perceptores del hogar. enmarcando sus directrices dentro del Sistema El costo de la canasta básica familiar y el número Art. 5.- Rol del Estado.- El Estado fomentará el e. La implementación de una política comercial Nacional de Planificación. de perceptores del hogar serán determinados por desarrollo productivo y la transformación de la matriz al servicio del desarrollo de todos los actores el organismo rector de las estadísticas y censos productiva, mediante la determinación de políticas productivos del país, en particular, de los actores Este organismo contará con una Secretaría Técnica nacionales oficiales del país, de manera anual, y la definición e implementación de instrumentos de la economía popular y solidaria y de la a cargo del Ministerio que presida el Consejo lo cual servirá de base para la determinación e incentivos, que permitan dejar atrás el patrón de micro, pequeñas y medianas empresas, y para Sectorial de la producción y cuyas atribuciones del salario digno establecido por el Ministerio de especialización dependiente de productos primarios garantizar la soberanía alimentaria y energética, serán las que se establezcan en el presente Código Relaciones Laborales. de bajo valor agregado. las economías de escala y el comercio justo, así y en el reglamento. Esta Secretaría contará con las como su inserción estratégica en el mundo; áreas técnicas necesarias para diseñar políticas Art. 9.- Componentes del Salario Digno.- Para la transformación de la matriz productiva, el públicas y programas de política de fomento Única y exclusivamente para fines de cálculo, para Estado incentivará la inversión productiva, a través f. La profundización del acceso al financiamiento productivo e inversiones, entre otros vinculados determinar si un trabajador recibe el salario digno del fomento de: de todos los actores productivos, a través de con el sector productivo. mensual, se sumarán los siguientes componentes: adecuados incentivos y regulación al sistema a. La competitividad sistémica de la economía a financiero privado, público y popular y solidario, Art. 7.- Participación Intersectorial.- La a. El sueldo o salario mensual; través de la provisión de bienes públicos como la así como del impulso y desarrollo de la banca participación intersectorial en el desarrollo de educación, salud, infraestructura y asegurando pública destinada al servicio del desarrollo estas políticas, se garantiza a través del Consejo b. La decimotercera remuneración dividida para la provisión de los servicios básicos necesarios, productivo del país; Consultivo de Desarrollo Productivo y Comercio doce, cuyo período de cálculo y pago estará para potenciar las vocaciones productivas de los Exterior; órgano de estricto carácter consultivo y acorde a lo establecido en el Art. 111 del Código territorios y el talento humano de las ecuatorianas g. La mejora de la productividad de los actores de obligatoria convocatoria institucional por parte de del Trabajo; y ecuatorianos. El Estado establecerá como la economía popular y solidaria y de las micro, quien preside el consejo sectorial de la producción, objetivo nacional el alcance de una productividad pequeñas y medianas empresas, para participar en la forma que determine el reglamento. c. La decimocuarta remuneración dividida para adecuada de todos los actores de la economía, en el mercado interno, y, eventualmente, alcanzar doce, cuyo período de cálculo y pago estará empresas, emprendimientos y gestores de economías de escala y niveles de calidad de Este Consejo Consultivo estará conformado entre acorde a lo señalado en el Art. 113 del Código la economía popular y solidaria, mediante producción que le permitan internacionalizar su otros, por representantes del sector productivo del Trabajo; el fortalecimiento de la institucionalidad y la oferta productiva; privado, mixto, popular y solidario, trabajadores y eficiencia en el otorgamiento de servicios de las gobiernos autónomos descentralizados. El Consejo d. Las comisiones variables que pague el diferentes instituciones que tengan relación con h. Un desarrollo logístico y de infraestructura que Consultivo tendrá una representación amplia y plural empleador a los trabajadores que obedezcan a la producción; potencie la transformación productiva, para lo que refleje los distintos sectores, territorios y tamaños prácticas mercantiles legítimas y usuales; que el Estado generará las condiciones para de producción. El Consejo Consultivo no contará b. El establecimiento y aplicación de un marco promover la eficiencia del transporte marítimo, con recursos públicos para su funcionamiento, pero e. El monto de la Participación del trabajador en regulatorio que garantice que ningún actor aéreo y terrestre, bajo un enfoque integral y una la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la utilidades de la empresa de conformidad con la económico pueda abusar de su poder de operación de carácter multimodal; Producción brindará apoyo logístico a su operación Ley, divididas para doce; mercado, lo que se establecerá en la ley sobre y para la participación de sus integrantes. esta materia; i. La producción sostenible a través de la f. Los beneficios adicionales percibidos en dinero implementación de tecnologías y prácticas de El Consejo Consultivo podrá proponer o sugerir por el trabajador por contratos colectivos, c. El desarrollo productivo de sectores con fuertes producción limpia; y, lineamientos técnicos para la elaboración de políticas que no constituyan obligaciones legales, y las externalidades positivas a fin de incrementar el a ser adoptadas por las entidades responsables de contribuciones voluntarias periódicas hechas en nivel general de productividad y las competencias j. La territorialización de las políticas públicas las políticas de desarrollo productivo, inversiones y dinero por el empleador a sus trabajadores; y, para la innovación de toda la economía, a través productivas, de manera que se vayan eliminando los comercio exterior. La integración y el funcionamiento del fortalecimiento de la institucionalidad que desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo. de este Consejo Consultivo se normarán en el g. Los fondos de reserva; establece este Código; reglamento a este Código y, en lo no previsto en dicho Reglamento, mediante resolución del Consejo En caso de que el trabajador haya laborado por un 10 11
  • 7. Código de la Producción Código de la Producción período menor a un año, el cálculo será proporcional 8 de este Código. al tiempo de trabajo. Esta Compensación económica es adicional, no será La fórmula de cálculo aquí descrita, en ningún caso parte integrante de la remuneración y no constituye significa el pago mensualizado de la decimotercera, ingreso gravable para el régimen de seguro social, decimocuarta remuneración y de la participación del ni para el impuesto a la renta del trabajador, y será trabajador en las utilidades de conformidad con la de carácter estrictamente temporal hasta alcanzar Ley, cuyos montos seguirán percibiendo de modo el salario digno. íntegro los trabajadores y en las fechas previstas por la Ley. TÍTULO III Art. 10.- Compensación económica para el De la Generación de un Sistema Integral Salario Digno.- A partir del ejercicio fiscal 2011, de Innovación, Capacitación Técnica y los empleadores señalados en el inciso siguiente, Emprendimiento que no hubieren pagado a todos sus trabajadores un monto igual o superior al salario digno mensual, Art. 11.- Sistema de Innovación, Capacitación deberán calcular una compensación económica y Emprendimiento.- El Consejo Sectorial de la obligatoria adicional que será pagada como aporte Producción, anualmente, diseñará un plan de ca- para alcanzar el Salario Digno, únicamente a pacitación técnica, que servirá como insumo vincu- favor de aquellos trabajadores que durante el año lante para la planificación y priorización del sistema hubieran percibido un salario inferior al señalado en de innovación, capacitación y emprendimiento, en el artículo nueve. función de la Agenda de Transformación Producti- va y del Plan Nacional de Desarrollo. La Compensación económica señalada en el inciso anterior, será obligatoria para aquellos empleadores que: Este sistema articulará la labor de varias instituciones públicas y privadas en sus diferentes fases de desarrollo y sus diferentes instrumentos, en una LIBRO II DEL DESARROLLO DE LA INVERSIÓN PRODUCTIVA Y DE SUS INSTRUMENTOS. a. Sean Sociedades o Personas Naturales sola ventanilla de atención virtual, desconcentrada y obligadas a llevar contabilidad; descentralizada para la difusión de: capacitación para la generación de competencias emprendedoras, b. Al final del período fiscal tuvieren utilidades del instrumentos de financiamiento, de capital de riesgo, ejercicio; y, banca de desarrollo orientada al financiamiento de emprendimientos, y fondo nacional de garantías; c. En el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al asistencia técnica y articulación con los gobiernos impuesto a la Renta inferior a la utilidad. autónomos descentralizados, organizaciones sin fines de lucro, empresas, universidades, La Compensación Económica se liquidará hasta el incubadoras, entre otros. 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente y se podrá distribuir hasta el mes de marzo Art. 12.- Capital de Riesgo.- El Estado podrá del año siguiente, por una vez al año, entre los aportar, a través de mecanismos legales y financieros trabajadores que no hubieran recibido el salario idóneos, a la conformación de capitales de riesgo. digno en el ejercicio fiscal anterior. Para el pago de El carácter temporal de las inversiones efectuadas la Compensación Económica, el empleador deberá por el Estado deberá ser previamente pactado, destinar un porcentaje equivalente de hasta el 100% tanto en tiempo cuanto en forma; privilegiando los de las utilidades del ejercicio, de ser necesario. procesos de desinversión del Estado en empresas donde es propietario en forma parcial o exclusiva, En caso de que el valor descrito en el inciso anterior a favor de los empleados y trabajadores de dichas no cubra la totalidad del salario digno de todos empresas, así como a favor de la comunidad en la los trabajadores con derecho a la Compensación que tal emprendimiento se desarrolle, dentro de las Económica, esta se repartirá entre dichos condiciones y plazos establecidas en cada proyecto. trabajadores, de manera proporcional a la diferencia existente entre los componentes para el cálculo del salario digno y el salario digno señalado en el artículo 12
  • 8. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Capítulo II de los inversionistas estará protegida en los términos LIBRO II e. Inversionista nacional.- La persona natural o que establece la Constitución y demás leyes jurídica ecuatoriana, propietaria o que ejerce Principios Generales pertinentes. La Constitución prohíbe toda forma control de una inversión realizada en territorio de confiscación. Por lo tanto, no se decretarán DEL DESARROLLO DE LA INVERSIÓN ecuatoriano. También se incluyen en este Art. 17.- Trato no discriminatorio.- Los ni ejecutarán confiscaciones a las inversiones PRODUCTIVA Y DE SUS INSTRUMENTOS concepto, las personas naturales o jurídicas inversionistas nacionales y extranjeros, las nacionales o extranjeras. o entidades de los sectores cooperativistas, sociedades, empresas o entidades de los sectores TÍTULO I asociativos y comunitarios ecuatorianos, cooperativistas, y de la economía popular y El Estado podrá declarar, excepcionalmente y propietarios o que ejercen control de una solidaria, en las que éstos participan, al igual que sus de acuerdo a la Constitución, la expropiación de Del Fomento, Promoción y Regulación de las inversión realizada en territorio ecuatoriano. Las inversiones legalmente establecidas en el Ecuador, bienes inmuebles con el único objeto de ejecutar Inversiones Productivas personas naturales ecuatorianas que gocen de con las limitaciones previstas en la Constitución de planes de desarrollo social, manejo sustentable doble nacionalidad, o los extranjeros residentes la República, gozarán de igualdad de condiciones del ambiente y de bienestar colectivo, siguiendo Capítulo I en el país para los efectos de este Código se respecto a la administración, operación, expansión el procedimiento legalmente establecido, de considerarán como inversionistas nacionales. y transferencia de sus inversiones, y no serán objeto manera no discriminatoria y previa a la valoración De las inversiones productivas de medidas arbitrarias o discriminatorias. Las y pago de una indemnización justa y adecuada de No se considerará como inversión extranjera, aquella inversiones y los inversionistas extranjeros gozarán conformidad con la Ley. Art. 13.- Definiciones.- Para efectos de la presente realizada por una empresa nacional o extranjera, de protección y seguridades plenas, de tal manera normativa, se tendrán las siguientes definiciones: cuyas acciones, participaciones, propiedad o que tendrán la misma protección que reciben los Capítulo III control, total o mayoritario, le pertenezca a una ecuatorianos dentro del territorio nacional. a. Inversión productiva.- Entiéndase por inversión persona natural o sociedad ecuatoriana. De los Derechos de los Inversionistas productiva, independientemente de los tipos El Estado en todos sus niveles de gobierno, en de propiedad, al flujo de recursos destinados Art. 14.- Aplicación.- Las nuevas inversiones no ejercicio de su plena potestad pública podrá otorgar Art. 19.- Derechos de los inversionistas.- a producir bienes y servicios, a ampliar la requerirán de autorizaciones de ninguna naturaleza, tratamientos diferenciados, en calidad de incentivos, Se reconocen los siguientes derechos a los capacidad productiva y a generar fuentes de salvo aquellas que expresamente señale la ley a favor de la inversión productiva y nueva, los que inversionistas: trabajo en la economía nacional; y las que se deriven del ordenamiento territorial serán otorgados en función de sectores, ubicación correspondiente; debiendo cumplir con los requisitos geográfica u otros parámetros que éstas deberán a. La libertad de producción y comercialización b. Inversión Nueva.- Para la aplicación de los que exige esta normativa para beneficiarse de los cumplir, según los términos previstos en este de bienes y servicios lícitos, socialmente incentivos previstos para las inversiones incentivos que aquí se establecen. Código y su Reglamento. deseables y ambientalmente sustentables, así nuevas, entiéndase como tal al flujo de recursos como la libre fijación de precios, a excepción de destinado a incrementar el acervo de capital de Los beneficios del presente Código no se aplicarán Las inversiones extranjeras tendrán un rol aquellos bienes y servicios cuya producción y la economía, mediante una inversión efectiva a aquellas inversiones de personas naturales o de completentación directa en los sectores comercialización estén regulados por la Ley; en activos productivos que permita ampliar la jurídicas extranjeras domiciliadas en paraísos estratégicos de la economía, que requieran inversión capacidad productiva futura, generar un mayor fiscales. El reglamento regulará los parámetros de y financiamiento, para alcanzar los objetivos del b. El acceso a los procedimientos administrativos nivel de producción de bienes y servicios, aplicación de los incentivos a todos los sectores Plan Nacional de Desarrollo, y con sujeción a y acciones de control que establezca el Estado o generar nuevas fuentes de trabajo, en los que lo soliciten. la legislación aplicable. En los demás sectores para evitar cualquier práctica especulativa o de términos que se prevén en el reglamento. El mero de la economía, los inversionistas extranjeros monopolio u oligopolio privados, o de abuso cambio de propiedad de activos productivos que Los beneficios y garantías reconocidos por este podrán participar directamente sin necesidad de posición de dominio en el mercado y otras ya se encuentran en funcionamiento así como los Código se aplicarán sin perjuicio de lo establecido de autorización adicional a las previstas para los prácticas de competencia desleal; créditos para adquirir estos activos, no implica en la Constitución de la República y en otras inversionistas nacionales. inversión nueva para efectos de este Código. leyes, así como en los acuerdos internacionales c. La libertad de importación y exportación de debidamente ratificados por Ecuador. Los entes gubernamentales promocionarán de bienes y servicios con excepción de aquellos c. Inversión extranjera.- La inversión que es de manera prioritaria la atracción de la inversión límites establecidos por la normativa vigente y propiedad o que se encuentra controlada Art. 15.- Órgano Competente.- El Consejo extranjera directa según las necesidades y de acuerdo a lo que establecen los convenios por personas naturales o jurídicas extranjeras Sectorial de la Producción será el máximo órgano de prioridades definidas en el Plan Nacional de internacionales de los que Ecuador forma parte; domiciliadas en el extranjero, o que implique rectoría gubernamental en materia de inversiones. Desarrollo, la Agenda de Transformación Productiva, capital que no se hubiere generado en el Ecuador. así como en los diversos planes de desarrollo d. Libre transferencia al exterior, en divisas, de las Art. 16.- Modalidades de inversión.- Las de los gobiernos autónomos descentralizados. ganancias periódicas o utilidades que provengan d. Inversión nacional.- La inversión que es de modalidades de inversión y sus excepciones se Adicionalmente, las inversiones que se realicen en de la inversión extranjera registrada, una vez propiedad o que se encuentra controlada por establecerán en el Reglamento a esta normativa. otros sectores de la economía, también gozarán cumplidas las obligaciones concernientes personas naturales o jurídicas ecuatorianas, o de los beneficios de la política estatal de impulso a la participación de los trabajadores, las por extranjeros residentes en el Ecuador, salvo productivo, en los términos de la presente normativa. obligaciones tributarias pertinentes y demás que demuestren que se trate de capital no obligaciones legales que correspondan, generado en el Ecuador; y, Art. 18.- Derecho de propiedad.- La propiedad conforme lo establecido en las normas legales, 14 15
  • 9. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción según corresponda. que se cree para el desarrollo integral de este sector, TÍTULO III e, de acuerdo a lo que regule la Ley de esta materia. e. Libre remisión de los recursos que se De los Incentivos para el Desarrollo Productivo i. La reforma al cálculo del anticipo del impuesto a obtengan por la liquidación total o parcial de Adicionalmente, para fomentar y fortalecer la la renta. las empresas en las que se haya realizado la economía popular, solidaria y comunitaria, el Capítulo I inversión extranjera registrada, o por la venta Consejo Sectorial de la Producción ejecutará las 2. Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo: de las acciones, participaciones o derechos siguientes acciones: Normas generales sobre Incentivos y Para los sectores que contribuyan al cambio a la adquiridos en razón de la inversión efectuada, Estímulos de Desarrollo Económico matriz energética, a la sustitución estratégica de una vez cumplidas las obligaciones tributarias y a) Elaborar programas y proyectos para el importaciones, al fomento de las exportaciones, otras responsabilidades del caso, conforme lo desarrollo y avance de la producción nacional, Art. 23.- De los incentivos.- Los incentivos de así como para el desarrollo rural de todo el país, establecido en las normas legales; regional, provincial y local, en el marco del orden tributario que reconoce esta normativa se y las zonas urbanas según se especifican en la Estado Intercultural y Plurinacional, garantizando incorporan como reformas a las normas tributarias disposición reformatoria segunda (2.2), se reconoce f. Libertad para adquirir, transferir o enajenar los derechos de las personas, colectividades y pertinentes, como consta en las disposiciones la exoneración total del impuesto a la renta por cinco acciones, participaciones o derechos de la naturaleza; reformatorias al final de este Código. años a las inversiones nuevas que se desarrollen en propiedad sobre su inversión a terceros, en estos sectores. el país o en el extranjero, cumpliendo las b) Apoyar y consolidar el modelo socio productivo Art. 24.- Clasificación de los incentivos.- Los formalidades previstas por la ley; comunitario para lo cual elaborará programas incentivos fiscales que se establecen en este código 3. Para zonas deprimidas: Además de que estas g. Libre acceso al sistema financiero nacional y y proyectos con financiamiento público son de tres clases: inversiones podrán beneficiarse de los incentivos al mercado de valores para obtener recursos para: recuperación, apoyo y transferencia generales y sectoriales antes descritos, en estas financieros de corto, mediano y largo plazos; tecnológica, investigación, capacitación y 1. Generales: De aplicación para las inversiones que zonas se priorizará la nueva inversión otorgándole mecanismos comercialización y de compras se ejecuten en cualquier parte del territorio nacional. un beneficio fiscal mediante la deducción adicional h. Libre acceso a los mecanismos de promoción, públicas, entre otros; del 100% del costo de contratación de nuevos asistencia técnica, cooperación, tecnología y Consisten en los siguientes: trabajadores, por cinco años. otros equivalentes; e, c) Promover la igualdad de oportunidades a través de la concesión de beneficios, incentivos y a. La reducción progresiva de tres puntos Art. 25.- Del contenido de los contratos de i. Acceso a los demás beneficios generales e medios de producción; porcentuales en el impuesto a la renta; inversión.- Por iniciativa del inversionista, se incentivos previstos en este Código, otras leyes podrá suscribir contratos de inversión los mismos y normativa aplicable. d) Promover la seguridad alimentaria a través de b. Los que se establecen para las zonas que se celebrarán mediante escritura pública, en mecanismos preferenciales de financiamiento económicas de desarrollo especial, siempre y la que se hará constar el tratamiento que se le Art. 20.- Régimen Tributario.- En materia de las micro, pequeña, mediana y gran empresa cuando dichas zonas cumplan con los criterios otorga a la inversión bajo el ámbito de este código impositiva, las inversiones nacionales y extranjeras de las comunidades, pueblos y nacionalidades para su conformación; y su Reglamento. estarán sujetas al mismo Régimen Tributario, con indígenas, afroecuatorianas y montubias; las excepciones previstas en este Código. c. Las deducciones adicionales para el cálculo del Los contratos de inversión podrán otorgar e) Financiar proyectos productivos de las impuesto a la renta, como mecanismos para estabilidad sobre los incentivos tributarios, en el Art. 21.- Normas obligatorias.- Los inversionistas comunidades, pueblos y nacionalidades incentivar la mejora de productividad, innovación tiempo de vigencia de los contratos, de acuerdo a nacionales y extranjeros y sus inversiones están indígenas, afroecuatorianas y montubias que y para la producción eco-eficiente; las prerrogativas de este Código. De igual manera, sujetos, de forma general, a la observancia y fiel impulsen la producción agrícola, pecuaria, detallarán los mecanismos de supervisión y cumplimiento de las leyes del país, y, en especial, de artesanal, pesquera, minera, industrial, turística d. Los beneficios para la apertura del capital social regulación para el cumplimiento de los parámetros las relativas a los aspectos laborales, ambientales, y otras del sector. de las empresas a favor de sus trabajadores; de inversión previstos en cada proyecto. El tributarios y de seguridad social vigentes. Consejo Sectorial de la Producción establecerá los Los ministerios del ramo o secretarías nacionales e. Las facilidades de pago en tributos al comercio parámetros que deberán cumplir las inversiones TÍTULO II que tengan como competencia el fomento de exterior; que soliciten someterse a este régimen. la economía popular, solidaria y comunitaria, Del Desarrollo Productivo de la Economía Popular, presentarán al término del ejercicio económico anual, f. La deducción para el cálculo del impuesto a la Art. 26.- De la Vigencia.- Los contratos de Solidaria y Comunitaria al ministerio que presida el Consejo Sectorial de la renta de la compensación adicional para el pago inversión tendrán una vigencia de hasta quince Producción, reportes sobre los recursos invertidos del salario digno; (15) años a partir de la fecha de su celebración, Art. 22.- Medidas específicas.- El Consejo en programas de generación de capacidades, y su vigencia no limitará la potestad del Estado Sectorial de la Producción establecerá políticas innovación, emprendimientos, tecnología, mejora g. La exoneración del impuesto a la salida de de ejercer control y regulación a través de sus de fomento para la economía popular, solidaria de productividad, asociatividad, fomento y divisas para las operaciones de financiamiento organismos competentes. y comunitaria, así como de acceso democrático promoción de oferta exportable, comercialización, externo; a los factores de producción, sin perjuicio de entre otros, con el objeto de potenciar este sector A petición del inversionista, y siempre que el las competencias de los Gobiernos Autónomos de la economía. h. La exoneración del anticipo al impuesto a la Consejo Sectorial de la Producción lo considere Descentralizados y de la institucionalidad específica renta por cinco años para toda inversión nueva; pertinente, según el tipo de inversión que se esté 16 17
  • 10. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción desarrollando, los contratos de inversión podrán todas las empresas nuevas que hayan aplicado a adquisiciones a que se hayan comprometido, apelar administrativamente ante el pleno de este prorrogarse por una sola vez, hasta por el mismo los incentivos, para que dicha entidad elabore un dentro del plazo previsto para el efecto en el Consejo, siguiendo el procedimiento que establece plazo originalmente concedido. registro electrónico con esta información. respectivo proyecto de inversión; el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva. Art. 27.- Resolución de conflictos.- En los La Secretaría Técnica, conjuntamente con el b. Retiro de la totalidad o parte de la inversión, contratos de inversión con inversionistas extranjeros Servicio de Rentas Internas, podrá realizar controles siempre que esto implique incumplimiento de Art. 33.- Si la causal de revocatoria fuera cualquiera se podrán pactar cláusulas arbitrales para resolver para verificar el cumplimiento de los criterios que obligaciones legales o contractuales; de las establecidas en los literales e, f, g, h, i, las controversias que se presenten entre el Estado motivaron la aplicación del incentivo, relacionados del Art. 31, se determinará, adicionalmente, el y los inversionistas. Las controversias entre un con la inversión realizada. El reglamento establecerá c. Incumplimiento por parte de los inversionistas en reembolso de los incentivos recibidos y el pago de inversionista extranjero con el Estado ecuatoriano, los parámetros de ejecución de este monitoreo. ejecutar las condiciones mínimas de la inversión los tributos más los intereses correspondientes que que se hubieren agotado comple¬tamente por la vía que hayan sido autorizadas dentro del plazo se hubieren tenido que pagar, de no haber mediado administrativa, intentarán solucionarse de manera Si el beneficiario no cumple con lo requerido, la previsto para el efecto en el respectivo proyecto el acceso a los incentivos tributarios que reconoce amistosa, con diálogos directos por un término de Secretaría Técnica remitirá para conocimiento de inversión; esta normativa, durante el período en que se 60 días. Si no se llegase a una solución directa entre del Consejo Sectorial de la producción un incurrió en el incumplimiento; salvo circunstancias las partes deberá existir una instancia obligatoria de informe detallado, respecto a la gravedad de los d. Cesión de la inversión, sin cumplir con de caso fortuito o fuerza mayor documentalmente mediación dentro de los tres (3) meses siguientes incumplimientos identificados y que no hubieran sido los requisitos y condiciones previstos acreditadas y aceptadas por el Consejo Sectorial de a la fecha de inicio formal de las negociaciones subsanados, recomendando además la adopción reglamentariamente; la Producción. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio directas. de las sanciones pertinentes, dependiendo de la de la facultad determinadora de la Administración gravedad de tales incumplimientos. e. Incumplimiento doloso comprobado por Tributaria de conformidad con la ley. Si luego de esta instancia de mediación la autoridad competente, de las leyes laborales, controversia subsiste, el conflicto podrá ser Art. 30.- Inhabilidades especiales.- No podrán tributarias, de seguridad social o ambientales del TÍTULO IV sometido a arbitraje nacional o internacional, de ser beneficiarios de los incentivos consagrados en país, y demás normas que regulan la inversión; conformidad con los Tratados vigentes, de los que esta normativa: El Presidente, el Vicepresidente de Zonas Especiales de Desarrollo Económico Ecuador forma parte. Las decisiones de ese Tribunal la República, los Ministros y Secretarios de Estado, f. Falsedad comprobada judicialmente en los Arbitral serán en derecho, la legislación aplicable y los servidores públicos de la entidad rectora de documentos o información proporcionada, que Capítulo I será la ecuatoriana y los laudos serán definitivos y la política de la producción, ni directamente ni sirvió de base para obtener los incentivos a la obligatorios para las partes. por interpuesta persona, aún cuando se trate de inversión; Del objeto y constitución de las Zonas sociedades en las que tengan participación directa Especiales de Desarrollo Económico Si luego del término de 6 meses de agotada la o indirecta en su capital, así como quienes hubieren g. Impedir o dificultar las comprobaciones de vía administrativa, las partes no han llegado a tenido vinculación directa o indirecta en cualquier los funcionarios de las entidades del Estado, Art. 34.- El Gobierno nacional podrá autorizar el un acuerdo amistoso, ni la hubieren sometido a etapa del procedimiento de acceso a los incentivos competentes en esta materia, o recurrir a establecimiento de Zonas Especiales de Desarrollo jurisdicción arbitral para la solución de sus conflictos, o que tengan algún grado de responsabilidad medios de cualquier clase para inducir a error Económico (ZEDE), como un destino aduanero, en la controversia se someterá a conocimiento de en el procedimiento, y que, por sus actividades a estas entidades o a sus funcionarios oficiales, espacios delimitados del territorio nacional, para que la justicia ordinaria nacional. No se someterán a o funciones, se podría presumir razonadamente con el objetivo de beneficiarse de los incentivos se asienten nuevas inversiones, con los incentivos arbitraje los asuntos tributarios. que cuentan con información privilegiada de que reconoce este Código; que se detallan en la presente normativa; estos procesos; así como los cónyuges de los los que estarán condicionados al cumplimiento Art. 28.- De la aplicación de los incentivos.- dignatarios, funcionarios y empleados indicados h. Cohecho o intento de cohecho a los servidores de los objetivos específicos establecidos en este La Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de anteriormente; y, quienes no se encuentren al día públicos encargados del control y supervisión de Código, de conformidad con los parámetros que la producción coordinará con los organismos de en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, los beneficios reconocidos por esta normativa, serán fijados mediante norma reglamenta¬ria y los control competente, la ejecución adecuada de laborales, ambientales y de seguridad social. declarado judicialmente, sin perjuicio de la previstos en los planes de ordenamiento territorial. los beneficios reconocidos para cada proyecto de acción penal a que hubiere lugar; e, inversión, sin que se pueda exigir a los inversionistas Capítulo II Art. 35.- Ubicación.- Las Zonas Especiales otros requisitos que los establecidos en esta i. Que hayan sido beneficiados de los incentivos de Desarrollo Económico se instalarán en áreas legislación. De las infracciones y sanciones a los quienes estén prohibidos por ley. geográficas delimitadas del territorio nacional, inversionistas considerando condiciones tales como: preservación Art. 29.- Monitoreo.- El monitoreo del cumplimiento Art. 32.- Revocatoria.- Sin perjuicio de las acciones del medio ambiente, territorialidad, potencialidad de las obligaciones asumidas por los inversionistas, Art. 31.- Infracciones.- Constituyen causales civiles o penales a que hubiere lugar, la comisión de de cada localidad, infraestructura vial, servicios sean legales o contractuales, estará a cargo de de infracción en las que podrían incurrir los cualquiera de las causales establecidas en el artículo básicos, conexión con otros puntos del país, entre la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la inversionistas que se beneficien de los incentivos anterior, generará la revocatoria de los beneficios otros, previamente determinadas por el organismo producción. que prevé esta normativa, las siguientes: otorgados. La revocatoria prevista en este capítulo rector en materia de desarrollo productivo, y en será dispuesta mediante resolución motivada de coordinación con el ente a cargo de la planificación El Servicio de Rentas Internas deberá enviar a. Incumplimiento por parte de los inversionistas la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la nacional y estarán sujetas a un tratamiento especial trimestralmente a la Secretaría Técnica un listado de de efectuar oportunamente los aportes o producción. El inversionista sancionado podrá de comercio exterior, tributario y financiero. 18 19
  • 11. Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción Código de la Producción obstante, se autorizará su nacionalización para establecido en el Reglamento, y solo se podrá del ambiente, verificar que la gestión de las Art. 36.- Tipos.- Las Zonas Especiales de el consumo en el país en aquellos porcentajes de revocar antes del plazo establecido por haberse Zonas Especiales de Desarrollo Económico no Desarrollo Económico podrán ser de los siguientes producción que establezca el reglamento al presente verificado alguna de las infracciones que generan produzca impactos ambientales que afecten tipos: Código. Estos límites no se aplicarán para los la revocatoria de la autorización. gravemente a la región; y, productos obtenidos en procesos de transferencia a. Para ejecutar actividades de transferencia y de de tecnología y de innovación tecnológica. Art. 39.- Rectoría pública.- Serán atribuciones h. Las demás que establezca el reglamento a este desagregación de tecnología e innovación. del Consejo Sectorial de la producción, para el Código. En estas zonas se podrá realizar todo tipo de Las personas naturales o jurídicas que se instalen en establecimiento de las ZEDE, las siguientes: emprendimientos y proyectos de desarrollo las zonas especiales podrán operar exclusivamente Para efectuar la supervisión y control operativo del tecnológico, innovación electrónica, biodiversidad, en una de las modalidades antes señaladas, o a. Dictar las políticas generales para el funcionamiento y cumplimiento de los objetivos de mejoramiento ambiental sustentable o energético; podrán diversificar sus operaciones en el mismo funcionamiento y supervisión de las ZEDE; las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, territorio con operaciones de varias de las tipologías el Ministerio responsable del fomento industrial b. Para ejecutar operaciones de diversificación antes indicadas, siempre que se justifique que la b. Autorizar el establecimiento de zonas especiales establecerá una unidad técnica operativa, que industrial, que podrán consistir en todo tipo variedad de actividades responde a la facilitación de desarrollo económico que cumplan con los será la autoridad ejecutora de las políticas que de emprendimientos industriales innovadores, de encadenamientos productivos del sector requisitos legales establecidos; establezca el Consejo Sectorial de la producción, orientados principalmente a la exportación de económico que se desarrolla en la zona autorizada; en relación a las ZEDE. bienes, con utilización de empleo de calidad. y que, la ZEDE cuente dentro de su instrumento c. Calificar y autorizar a los administradores y En estas zonas se podrá efectuar todo tipo constitutivo con la autorización para operar bajo la operadores de las ZEDE; Art. 40.- Solicitud de ZEDE.- La constitución de actividades de perfeccionamiento activo, tipología que responde a la actividad que se desea de una zona especial de desarrollo económico tales como: transformación, elaboración (in- instalar. d. Absolver las consultas que se presentaren podrá solicitarse por parte interesada, a iniciativa cluidos: montaje, ensamble y adaptación a respecto de la aplicación de este Código en de instituciones del sector público o de gobiernos otras mercancías) y reparación de mercancías Art. 37.- Control aduanero.- Las personas y cuanto a las zonas especiales de desarrollo; autónomos descentralizados. La inversión que se (incluidas su restauración o acondicionamiento), medios de transporte que ingresen o salgan de utilice para el desarrollo de estas zonas puede ser de todo tipo de bienes con fines de exportación una ZEDE, así como los límites, puntos de acceso e. Aplicar las sanciones que fija esta normativa a pública, privada o mixta. De igual manera, tanto la y de sustitución estratégica de importaciones y de salida de las zonas especiales de desarrollo las empresas administradoras y operadoras que empresa administradora como los operadores que principalmente; y, económico deberán estar sometidos a la vigilancia incumplieren las disposiciones establecidas para se instalen en dichas zonas pueden ser personas de la administración aduanera. El control aduanero su operatividad; naturales o jurídicas: privadas, públicas o mixtas, c. Para desarrollar servicios logísticos, tales podrá efectuarse previo al ingreso, durante la nacionales o extranjeras. como: almacenamiento de carga con fines de permanencia de las mercancías en la zona o con f. Establecer los requisitos generales y específicos, consolidación y desconsolidación, clasificación, posterioridad a su salida. Los procedimientos incluidos los de origen y valor agregado nacional, A efectos de evaluar la conveniencia de autorizar el etiquetado, empaque, reempaque, refrigeración, que para el control establezca la administración para que un producto transformado, elaborado establecimiento de una Zona Especial de Desarrollo administración de inventarios, manejo de aduanera, no constituirán obstáculo para el flujo de (que incluye su montaje, ensamble y adaptación Económico, se exigirá una descripción general del puertos secos o terminales interiores de carga, los procesos productivos de las actividades que se a otras mercancías) o reparado (que incluye su proyecto, que incluirá los requisitos que establezca coordinación de operaciones de distribución desarrollen en las ZEDE; y deberán ser simplificados restauración o acondicionamiento) dentro de el reglamento de esta normativa. nacional o internacional de mercancías; así para el ingreso y salida de mercancías en estos una Zona Especial de Desarrollo Económico como el mantenimiento o reparación de naves, territorios. pueda ser nacionalizado, con o sin el pago total o No podrá crearse una ZEDE en espacios que sean aeronaves y vehículos de transporte terrestre parcial de aranceles. Para efectos de establecer parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, o de mercancías. De manera preferente, este Art. 38.- Acto administrativo de dicho procedimiento se considerará el valor del Patrimonio Forestal del Estado, o que se haya tipo de zonas se establecerán dentro de o en establecimiento.- Las zonas especiales de en aduana de la mercancía a nacionalizarse, declarado Bosques o Vegetación Protectores o forma adyacente a puertos y aeropuertos, o en desarrollo económico se constituirán mediante debiendo descontarse el valor agregado sean ecosistemas frágiles. zonas fronterizas. El exclusivo almacenamiento autorización del Consejo Sectorial de la producción, nacional y/o el valor de los bienes nacionales En la autorización para operar la ZEDE se podrán de carga o acopio no podrá ser autorizado teniendo en cuenta el potencial crecimiento o nacionalizados que se hayan incorporado en detallar los incentivos que apliquen en cada caso dentro de este tipo de zonas. Los servicios económico de los territorios donde se instalen el proceso productivo del bien a nacionalizarse, particular, tanto para administradores como para logísticos estarán orientados a potenciar las las zonas especiales, los objetivos, planes y el cumplimiento de las normas de origen de operadores. instalaciones físicas de puertos, aeropuertos y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo, la productos nacionales de exportación, entre pasos de frontera, que sirvan para potenciar el Agenda de Transformación Productiva, y demás otros, de ser pertinente. Este procedimiento Capítulo II volumen neto favorable del comercio exterior planes regionales, sobre la base de los requisitos y será exclusivo para el cálculo de los derechos y el abastecimiento local bajo los parámetros formalidades que se determinarán en el reglamento arancelarios. Para efectos de la liquidación y De los Administradores y Operadores de las permitidos, en atención a los requisitos a este Código. cobro del impuesto al valor agregado se seguirá Zonas Especiales de Desarrollo Económico establecidos en el Reglamento de este Código. el procedimiento establecido por el Servicio de La autorización se otorgará por un período de Rentas Internas; Art. 41.- Administradores de ZEDE.- Las Los bienes que formen parte de estos procesos veinte (20) años, que podrán ser prorrogables, personas jurídicas privadas, públicas o de servirán para diversificar la oferta exportable; no con sujeción al procedimiento de evaluación g. En coordinación con el organismo encargado economía mixta, nacionales o extranjeras, que lo 20 21