1. UNIVERSIDAD TECNICA DEL NORTE
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y
ECONOMICAS
(FACAE)
IMPORTACION Y EXPORTACION
DE MERCANCIAS
INTEGRANTES:
ANDRADE GABRIELA
BRAGANZA MARIA JOSE
ECHEVERRIA DAYANA
ENRIQUEZ JENNY
ENRIQUEZ KAREN
GUERRON MARYLIN
LIMA ANDREA
MAYA MIREYA
RAMIREZ JESSICA
TITUAÑA MARTHA
2. ¿Qué es una Importación?
Es la acción de ingresar mercancías extranjeras al país
cumpliendo con las formalidades y obligaciones aduaneras,
dependiendo del RÉGIMEN DE IMPORTACION al que se haya
sido declarado.
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4. ¿Qué documentos exige la Aduana del Ecuador al
momento de realizar una importación?
Como resultado de su importación, el Agente de Aduana debe
realizar la Declaración Aduanera Única (DAU); enviarla
electrónicamente a través del SICE, y presentarla físicamente en
el Distrito de llegada de las mercancías; adjuntando los siguientes
documentos exigidos por la Ley Orgánica de Aduanas (LOA):
Original o copia negociable del Documento
Transporte.
Factura Comercial
Declaración Andina de Valor (DAV).
Póliza de seguro.
5. Dependiendo del tipo de producto a importar,
también se requerirá. (Verifique la partida
ingresando al SICE):
Certificados de Origen de los países con los que el
Ecuador mantiene acuerdos comerciales. En caso
de no presentar dicho certificado el producto no
podrá acogerse a la liberación arancelaria.
Documentos de Control Previo (puede ser al
embarque o a la presentación de la declaración
aduanera), exigidos por regulaciones del COMEXI
y/o del Directorio de la Aduana del Ecuador.
6. ¿Cuáles son los Regímenes de
Importación?
Admisión Temporal
Admisión Temporal para
Importación para el para Reexportación
Consumo (Art. 147 Perfeccionamiento
en el mismo estado Activo (Art. 149
COPCI) (Art. 148 COPCI) COPCI)
Reposición de
Mercancías con Transformación bajo DepósitoAduanero
Franquicia controlAduanero (Art. 152 COPCI)
Arancelaria (Art. 150 (Art. 151 COPCI)
COPCI)
Reimportación en el
mismo estado (Art.
152 COPCI)
7. ¿Quiénes pueden Importar?
Pueden Importar todas las Personas Naturales o Jurídicas, ecuatorianas o
extranjeras radicadas en el país que hayan sido registrados como
IMPORTADOR ANTE LA ADUANA DEL ECUADOR.
¿Quiénes pueden importar a consumo?
Existen ciertos procedimientos que tenemos que seguir para importar
productos al país. Entre los principales tenemos:
1. Registro de Importadores (Requisito Previo)
2. Registro en los diferentes Ministerio dependiendo del producto que
importaremos (Requisito Previo)
3. Listado de Productos Prohibidos (Requisito Específico)
4. Conocimiento de Normas y Reglamentos Técnicos (Requisito
Específico)
5. Declaración Aduanera y desaduanización de las mercancías (Requisito
Específico)
6. Otros Trámites Varios
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9. ¿Cómo se desaduaniza una
mercancía importada?
Para realizar los trámites de desaduanización de mercancías
es necesario la asesoría y servicio de un Agente Acreditado por
la Aduana del Ecuador.
El Agente de Aduana debe presentar física
y
electrónicamente la Declaración Aduanera Única (DAU) a
través del SICE, en el Distrito de llegada de las mercancías,
adjuntando los documentos que acompañan a la misma.
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13. Una exportación es cualquier bien o servicio enviado a otra parte del
mundo, con propósitos comerciales. La exportación es el tráfico legítimo
de bienes y/o servicios nacionales de un país pretendidos para su uso o
consumo en el extranjero. Las exportaciones pueden ser cualquier
producto enviado fuera de la frontera de un Estado. Las exportaciones
son generalmente llevadas a cabo bajo condiciones específicas. La
complejidad de las diversas legislaciones y las condiciones especiales de
estas operaciones pueden dar lugar, además, a toda una serie de
fenómenos fiscales.
14. Cuando una empresa decide ingresar a otro país lo puede hacer de diferentes
maneras. Existen tres factores que determinan el modo de ingreso de la empresa en
otro país: las ventajas de propiedad de la empresa, las ventajas de ubicación del
mercado y las ventajas de internalización. Las ventajas de propiedad se refieren a los
activos fijos de la empresa, a su experiencia internacional y su capacidad para
desarrollar productos innovadores. Las ventajas de ubicación del mercado se
refieren al tamaño y potencial de crecimiento del mercado. Por último, las ventajas
de internalización se refieren a las habilidades que posee la empresa para alcanzar
sus metas por méritos propios, es decir, sin ceder licencias a otras compañías. La
elección de ingresar a mercados extranjeros también puede darse como resultado de
un objetivo de la empresa.
15. La exportación requiere de una baja inversión y permite a los
administradores tener un control operativo mayor, sin embargo, exportar
también significa perder control sobre el marketing de la empresa.
Conforme una empresa crece, la oportunidad de exportar es cada vez
mayor. Y aunque, por ahora, las empresas más grandes son las principales
exportadoras, las empresas pequeñas también están desarrollando
estrategias de exportación para entrar en el mercado de otros países. Los
ingresos totales de una empresa no se correlaciona directamente con el
tamaño de la empresa, esto quiere decir que la intensidad de las
exportaciones se determinará en base a la relación ingresos-
exportaciones.
16. Para obtener el registro como Exportador ante la Aduana, se deberá gestionar
previamente el RUC en el Servicio de Rentas Internas, una vez realizado este paso se
deberá:
1. Registrar los datos ingresando en la página: www.aduana.gob.ec, link: OCE’s
(Operadores de Comercio Exterior), menú: Registro de Datos y enviarlo
electrónicamente.
2. Llenar la Solicitud de Concesión/Reinicio de Claves que se encuentra en la misma
página web y presentarla en cualquiera de las ventanillas de Atención al Usuario del
SENAE, firmada por el Exportador o Representante legal de la Cía.
Exportadora. Recibida la solicitud se convalidan con los datos enviados en el
formulario electrónico, de no existir novedades se acepta el Registro
inmediatamente.
Una vez obtenido el registro se podrá realizar la transmisión electrónica de la Declaración
de Exportación.
17. Es un formulario Declaración Aduanera Única de
Exportación en el que todas las exportaciones deben
ser presentadas, siguiendo las instrucciones
contenidas en el Manual de Despacho Exportaciones
para ser presentada en el distrito aduanero donde se
formaliza la exportación junto con los documentos
que acompañen a la misma.
18. Las exportaciones deberán ser acompañadas de los
siguientes documentos:
Factura comercial original.
Autorizaciones previas (cuando proceda).
Certificado de Origen. (cuando proceda)
Documento de Transporte.
Orden de Embarque impresa
19. FASE DE PRE-EMBARQUE: Se inicia con la transmisión y presentación de la Orden de
Embarque (código 15), que es el documento que consigna los datos de la intención previa
de exportar, utilizando para el efecto el formato electrónico de la Orden de Embarque,
publicado en la página web de la Aduana, en la cual se registrarán los datos relativos a la
exportación tales como: datos del exportador, descripción de mercancía, cantidad, peso y
factura provisional.
Una vez aceptada la Orden de Embarque por el Sistema Interactivo de Comercio Exterior
(SICE), el exportador se encuentra habilitado para movilizar la carga al recinto aduanero
donde se registrará el ingreso a Zona Primaria y se embarcarán las mercancías a ser
exportadas para su destino final.
Existe la posibilidad que ante una restricción o control solicitado por otras instituciones
reguladoras o por control aduanero, ciertas mercancías requieran cumplir una formalidad
aduanera adicional antes de ser embarcadas.
20. Se presenta la DAU definitiva (Código 40), que es la
Declaración Aduanera de Exportación, en un plazo no mayor
a 30 días hábiles posteriores al embarque de las mercancías.
Para las exportaciones por vía aérea de productos perecibles
en estado fresco podrá presentarse una sola Declaración
Aduanera, para varios embarques hacia un mismo destino,
realizados dentro de un mismo mes. Esta declaración y sus
documentos de acompañamiento y de soporte
deberán presentarse hasta 15 días posteriores a la finalización
del mes.
21. Previo al envío electrónico de la DAU definitiva de exportación,
los transportistas de carga deberán enviar la información de los
manifiestos de carga de exportación con sus respectivos
documentos de transportes. El SICE validará la información de la
DAU contra la del Manifiesto de Carga. Si el proceso de validación
es satisfactorio, se enviará un mensaje de aceptación al
exportador o agente de aduana con el número de refrendo de la
DAU. Numerada la DAU, el exportador o el agente de
aduana deberán presentarla ante el Departamento de
Exportaciones del Distrito por el cual salió la mercancía junto con
los documentos que acompañan a la misma.
22. Se deberá considerar que la norma contempla que
hasta que esté listo el nuevo sistema informático, la
DAU de exportación y sus documentos de
acompañamiento y soporte deben ser entregados
físicamente dentro del término de 15 días posteriores a
la aceptación electrónica a la administración aduanera
correspondiente.
Así mismo se aclara que los tiempos de transmisión y
entrega de documentos físicos se ajustarían cuando se
encuentre implementado el nuevo sistema informático
23. DOCUMENTOS DE EXPORTACION
Antes de saber qué documentos son necesarios para la
exportación de una mercancía es importante definir qué
es un embarque.
la acción de colocar la mercadería a
bordo del medio de transporte, sea
EMBARQUE
este fluvial, marítimo, terrestre, o
aéreo.
Para realizar una exportación sea ésta de: muestras sin
valor comercial, a consumo, a consignación, con
diversas formas de pago, etc., se requiere de
documentos de pre y post embarque.
24. Aquellos que son tramitados
PRE EMBARQUE: antes de realizarse el embarque
de la mercancía.
DOCUMENTOS PRE EMBARQUE:
Nota de cotización.
Factura pro forma.
Pago de tributos o contribuciones.
DAU-e (Aduana-régimen 15 – Orden de Embarque).
Carta de Confirmación de pedido e instrucciones de
embarque.
Carta de Crédito.
Registros Sanitarios y de Operadores.
25. Aquellos que son tramitados
POST EMBARQUE: después de realizarse el
embarque de la mercancía.
DOCUMENTOS POST EMBARQUE:
Carta del exportador, notificando el embarque.
Factura comercial.
Conocimiento de embarque (o Carta de Porte, Guía Aérea).
Lista de empaque.
Nota detallada de gastos.
DAU-e (Aduana-régimen 40).
Certificado de origen
Certificado de análisis.
Certificados sanitarios: fitosanitario, zoosanitario, sanitarios de
acuacultura y pesca.
Certificados de calidad.
Cualquier otro documento que se estime necesario.
26. Estos documentos son de carácter
general ya que el importador solicitará
al exportador los documentos
necesarios, acordes al mercado destino
y según otras condiciones.