1. CARTAS DE CRÉDITO
PRESENTADO POR .
MARIA YELI ANCHICO
LICED GUTIERREZ
JULIE LANDAZURI
ANA MILENA RODRIGUEZ
2. CARTAS DE CREDITO
es un compromiso escrito asumido por un banco de
efectuar el pago al vendedor a su solicitud y de acuerdo
con las instrucciones del comprador hasta la suma de
dinero indicada, dentro de determinado tiempo y contra
entrega de los documentos indicados.
3. FUNCIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.
La Carta de Crédito tiene como función garantizar las
compraventas a distancia no sólo dentro de un país,
sino también con el objeto de exportar mercancía a
comerciantes ubicados en otros países. Por eso,
debemos partir del supuesto primario como lo es la
existencia de un contrato de compraventa.
4. QUIENES LOS OFRECEN Y CUALES SON SU
USUARIOS
Quienes la ofrecen: La Carta de Crédito son
ofrecidas por las instituciones bancarias es decir el
Banco Emisor (que abre o emite la Carta de
Crédito).
Quienes son los usuarios: En este tipo de
instrumento los usuarios son los compradores o
importadores (ordenante o solicitante de la Carta
de Crédito).De igual manera, también es usuario el
vendedor (beneficiario de la Carta de Crédito).
5. PARTES QUE INTERVIENEN EN LA CARTA DE
CRÉDITO.
1. Ordenante (Comprador–Importador): es la
persona que Solicita la apertura de la Carta de
Crédito.
2. Beneficiario (Vendedor): Exportador a favor de
quien se emite la Carta de Crédito. Tiene derecho de
exigir el pago una vez cumplido los términos y/o
condiciones establecidas en la misma.
6. 3. Los Bancos en relación:
En la relación documentaria debe siempre existir por lo
menos un Banco Emisor que es el acuerda con el
ordenante en abrir el crédito documentario, y a su vez, es
el que se coloca como obligado principal en la cadena de
crédito documentario.
7. Banco emisor: es el banco sobre el que recae la
obligación principal para con el beneficiario, y el que
deberá abrir el crédito documentario a favor de éste.
Obra a pedido y bajo las instrucciones del ordenante.
Beneficiario: es el exportador o vendedor de la
mercancía, y el que tiene el derecho de cobro en función
del cumplimiento de las condiciones impuestas en el
crédito. Es el receptor del documento que sustenta el
crédito, y el que recibirá entonces una garantía de pago.
8. Banco corresponsal: según la responsabilidad que
tenga, se llamará banco pagador si debe entregarle
dinero a la vista al beneficiario contra el cumplimiento de
sus obligaciones (pago a la vista), banco negociador si
estuviera encargado de descontar letra/s al beneficiario
contra el cumplimiento de sus obligaciones (pago
diferido),banco aceptador si acepta la/s letra/s del
beneficiario para pagárselas al vencimiento o banco
avisador si solo actúa notificando al beneficiario de la
apertura del crédito a su favor.
9. UCP
Legalmente, siguiendo las disposiciones de la UCP 600, un
crédito es toda operación por la que un banco, cobrando
por cuenta y orden de un cliente, se obliga a:
pagarle a un tercero.
aceptar y pagar o descontar letras de cambio.
autorizar a otro banco a pagar, aceptar o descontar
dichas letras.
10. PASOS EN LA APERTURA DE UNA CARTA DE
CRÉDITO
Requisitos necesarios para girar una Carta de Crédito.
Nombre y dirección del ordenante y beneficiario.
Monto de la Carta de Crédito.
Documentos a exigir.
Fecha de vencimiento de la Carta de Crédito.
Descripción de la mercancía.
Tipo de Carta de Crédito (Irrevocable, Confirmada, etc).
Tipos de embarques parciales (permitidos o no
permitidos).
Cobertura de Seguros.
Formas de pago.
Instrucciones especiales.
11. TIPOS DE CARTA DE CRÉDITO
Domésticas: Es la carta de crédito abierta en favor
de un beneficiario que tiene su domicilio localmente
y, generalmente, no requiere la intervención de otra
institución financiera. Establece una relación
triangular entre el ordenante del instrumento, el
banco emisor y el beneficiario vendedor
12. CONTRA PAGO
Este tipo de carta puede subdividirse a su vez en
pago a la vista y diferido.
Pago a la vista y confirmado por el banco pagador,
éste no puede demorar el pago.
Diferido (pagadero a plazo) y confirmado el banco
se compromete contra entrega de documentos a
pagar en el vencimiento.
garantiza una carta de crédito es que el pago por los
productos enviados a un comprador en cualquier
parte del mundo
13. Contra aceptación
El crédito es disponible contra presentación de los
documentos y de una letra de cambio liberada a
plazo contra un banco designado por el crédito que
puede ser el propio emisor.
Contra Negociación
El crédito es disponible contra presentación de los
documentos y de una letra de cambio liberada a la
vista o a plazo contra el banco emisor. El banco
negociador “compra” por cuenta del emisor los
derechos del beneficiario sobre el crédito. Un crédito
libremente negociable puede ser negociado por
cualquier banco.
14. Revocables o irrevocables
Por omisión, la carta de crédito se considera irrevocable, es
decir, el compromiso emitido y aceptado por las partes no puede
ser modificado sin el consentimiento de todas las partes
involucradas (ordenante, bancos, beneficiario). Por expresa
indicación puede emitirse un crédito documentario nominado
revocable, en cuyo caso podrá modificarse siempre que no haya
sido utilizado, y quedarán firmes las obligaciones adquiridas, o
en curso de ejecución.
Comerciales o financieras
Según el tipo de obligación que ampara, la carta de crédito
puede ser comercial, cuando la transacción que la involucra es
una operación de compraventa, que puede ser local o
internacional (de importación o de exportación), o financiera,
cuando asegura el cumplimiento de una obligación de este
orden.
15. Cartas de crédito particulares
Transferibles: La carta de crédito que expresamente así lo
indique le permite al beneficiario hacer disponible el crédito
total o parcialmente a un tercero (segundo beneficiario),
conforme a los mismos términos, condiciones, obligaciones
y beneficios
Rotativa: Incluye la restitución inmediata del valor del
crédito toda vez que sea utilizado permitiendo su
reutilización en la misma forma, monto y condiciones
originales, durante un plazo determinado.
16. De Anticipo: Permite el pago anticipado total o parcial
contra simple recibo y compromiso expreso de
presentación de documentos (Cláusula Roja) o contra un
certificado de depósito en almacén autorizado, facturas u
otros comprobantes de disposición previamente
convenidos e identificados en el crédito
17. VENTAJAS DE LA CARTA DE CRÉDITO
confiere a ambas partes un alto grado de seguridad,
de que las condiciones previstas serán cumplidas ya
que permite al importador asegurarse de que la
mercancía le será entregada conforme a los términos
previstos, además de la posibilidad de obtener un
apoyo financiero, en tanto que el exportador puede
asegurar su pago.
18. BENEFICIOS
Vendedores Compradores
Asegura la seguridad
del pago de un banco
internacional una vez
que los términos de la
Carta de Crédito se
han cumplido.
El vendedor puede
decidir cuando el pago
es satisfactorio y enviar
la mercancía según se
acuerda.
Facilita financiamiento,
por ejemplo creando
aceptaciones de
banqueros.
El comprador puede
confirmar que la
mercancía se envíe
durante o antes de la
fecha requerida.
19. vendedores compradores
El banco asume la
responsabilidad de
supervisar.
El vendedor no necesita
abrir una cuenta y otorgar
condiciones de pago al
comprador. Se reduce
prácticamente el riesgo
generado por retrasos de
pagos.
Es más seguro tratar con
bancos que pagar por
adelantado.
Se pueden conseguir
mejores términos y
precios.