1. • Norma SNA 06
• SERVICIO ARCHIVISTICO
• ES : Un Proceso para poner a disposición de los usuarios
la documentación, con fines de información.
• FINALIDAD : Satisfacer demanda de información de la entidad y público usuario
• ACCIONES : Normas dadas por el AGN y reglamentadas por el OAA de cada
institución
• BASE LEGAL: D.L.19414 y su Reglamento D.S. 022-75-ED / Otros
• ALCANCE : Organismos y entidades del Sector Público Nacional.
• SUPERVISION: OAA, controla la prestación y atención de servicios.
2. Normas Generales del SNA para elNormas Generales del SNA para el
Sector público nacionalSector público nacional
• S.N.A. 01 Administración de Archivos
S.N.A. 02 Organización de Documentos
S.N.A. 03 Descripción Documental
S.N.A. 04 Selección Documental
S.N.A. 05 Conservación de Documentos
S.N.A. 06 Servicios Archivísticos.
3. • ORGANIZACIÓN. Tener archivos organizados
facilita la prontitud y calidad del servicio.
• DESCRIPCIÓN. Permite lograr instrumentos
descriptivos para uso de investigadores y otros usuarios
de los archivos.
• CONSERVACIÓN. Se logra restauración de
documentos, microfilmación o digitalización de los que
estén muy deteriorados para evitar así su manipulación
excesiva, sin que ello signifique dejar de brindar
servicios al investigador u otros usuarios.
4. • SELECCIÓN. Con este proceso no tendremos
archivos congestionados donde, al lado de
documentos valiosos, se conservan documentos
innecesarios que no son requeridos para
consultas.
• Personal técnico capacitado, políticas
archivísticas institucionales, locales apropiados;
todo como parte de una buena
ADMINISTRACION DE ARCHIVOS.
5. PROCESOS Y SERVICIOSPROCESOS Y SERVICIOS
• Administración de
Archivos
• Organización
• Descripción
• Selección
• Conservación
permite
UN SERVICIO
ORGANIZADO,
EFICIENTE y DE CALIDAD;
Esto es accesibilidad
6. ACCESIBILIDADACCESIBILIDAD
Es la disponibilidad de los documentos para la consulta o
lectura, mediante el servicio o la difusión que realiza todo
archivo. Para tal fin requiere tanto de la existencia de normas
relativas al uso de ellos, como al cumplimiento estricto de las
mismas. La accesibilidad no sólo se refiere a los documentos
de valor permanente o históricos sino que también y en el
mismo nivel a los documentos públicos o privados que
conforman el Patrimonio Documental de la Nación; y en
consecuencia son accesibles no sólo a investigadores, sino al
público en general. En resumen el derecho a la libre
información ha hecho posible el acceso a los archivos
históricos y también a los documentos oficiales más
recientes. Es necesario distinguir la accesibilidad a los
documentos a estos dos niveles.
7. INFORMACIÓNINFORMACIÓN
Conjunto de datos o noticias referidas
a un asunto, que el receptor no conoce.
La necesidad de permitir el acceso a la
información contenida en los documentos de los
archivos ha llevado a que los estados legislen
sobre este tema, estableciendo las facilidades
para la misma, pero a la vez implantando límites
a este acceso en casos específicos.
8. POR LA INFORMACIÓN C0NTENIDA, ALGUNOSPOR LA INFORMACIÓN C0NTENIDA, ALGUNOS
DOCUMENTOS NO PUEDEN SER DE DOMINIO PÚBLICODOCUMENTOS NO PUEDEN SER DE DOMINIO PÚBLICO
POR UN PERÍODO DE TIEMPO; EN CAMBIO OTROSPOR UN PERÍODO DE TIEMPO; EN CAMBIO OTROS
REQUIEREN DE DIFUSIÓN INMEDIATAREQUIEREN DE DIFUSIÓN INMEDIATA
CONDICIONES Y PLAZOS DE ACCESO
A LA INFORMACIÓN (Ley 27806)
Tiene ciertas limitaciones:
• Aquellos documentos relacionados con la
Seguridad Nacional.
• Con la privacidad de las personas.
• El secreto legítimo de ciertos documentos