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UNIVERSIDAD
AUTÓNOMA DEL
ESTADO DE
HIDALGO
                      QUIEBRA




       MERCANTIL IV

 NANCY RUBIO MEDINA



         27/04/2012
QUIEBRA
LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

ARTÍCULO 167.- EL COMERCIANTE EN CONCURSO MERCANTIL SERA DECLARADO EN
ESTADO DE QUIEBRA CUANDO:

I. El propio comerciante a si lo solicite;

II. Transcurra el término para la conciliación y sus prorrogas si se hubieren concedido, sin que se
someta al juez, para su aprobación, un convenio en términos de lo previsto en esta ley, o;

III. El conciliador solicite la declaración de quiebra y el juez la conceda en los términos previstos en
el artículo 150 de esta ley.


                                        QUIEBRA

El aviso de la clausura pegado en la puerta de una tienda de computación el día
después que su casa matriz, GranvilleTechnologyGroupLtd, fuera declarada "en
bancarrota" en el Reino Unido.

Una quiebra o bancarrota es una situación jurídica en la que una persona
(persona física), empresa o institución (personas jurídicas) no puede hacer frente
a los pagos que debe realizar (pasivo exigible), porque éstos son superiores a sus
recursos económicos disponibles (activos). A la persona física o jurídica que se
encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudor
se encuentra declarado judicialmente en estado de quiebra, se procede a un
juicio de quiebras o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor
puede atender con su patrimonio a las obligaciones de pago pendientes.

Características de la quiebra

        Es una situación de insolvencia generalizada, lo que lo diferencia de la
        mera cesación de pagos.
        Es una situación de insolvencia permanente en el tiempo.
        Es una situación de insolvencia susceptible de ser apreciada objetivamente
        a través de hechos indiciados de quiebra.
        Es una situación de insolvencia de tal magnitud que se torna insalvable
        para el deudor.

El proceso de bancarrota en EE. UU. permite reestructurar sus pasivos sin que
deba cambiar su equipo de gerencia; la transparencia del proceso permite ahorrar
trámites en la corte, pues se puede negociar con acreedores y proveedores los
términos de reestructuración. Los efectos adversos son que los vendedores exigen
efectivo por adelantado, que los empleados busquen otras empresas o que las
compañías rivales les quiten sus clientes.1

Efectos de la declaratoria de quiebra

      El fallido queda inhabilitado de administrar sus bienes, dicha administración
      pasa a un tercero llamado síndico o interventor judicial.
      Las acreencias a plazo pendiente se tornan vencidas e inmediatamente
      exigibles;
      Se fijan los derechos de los acreedores, es decir, estos no pueden mejorar
      su situación con posterioridad a la declaratoria de quiebra;
      Se acumulan todos los juicios pendientes contra el deudor fallido para ante
      el juez que está conociendo de la quiebra;
      Los acreedores pierden el derecho de ejecutar individualmente al deudor
      fallido;
      Se le confiere al deudor fallido el derecho de pedir alimentos a la masa de
      acreedores
BIBLIOGRAFÍA


LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

HTTP://ES.WIKIPEDIA.ORG/WIKI/QUIEBRA

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  • 1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO QUIEBRA MERCANTIL IV NANCY RUBIO MEDINA 27/04/2012
  • 2. QUIEBRA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES ARTÍCULO 167.- EL COMERCIANTE EN CONCURSO MERCANTIL SERA DECLARADO EN ESTADO DE QUIEBRA CUANDO: I. El propio comerciante a si lo solicite; II. Transcurra el término para la conciliación y sus prorrogas si se hubieren concedido, sin que se someta al juez, para su aprobación, un convenio en términos de lo previsto en esta ley, o; III. El conciliador solicite la declaración de quiebra y el juez la conceda en los términos previstos en el artículo 150 de esta ley. QUIEBRA El aviso de la clausura pegado en la puerta de una tienda de computación el día después que su casa matriz, GranvilleTechnologyGroupLtd, fuera declarada "en bancarrota" en el Reino Unido. Una quiebra o bancarrota es una situación jurídica en la que una persona (persona física), empresa o institución (personas jurídicas) no puede hacer frente a los pagos que debe realizar (pasivo exigible), porque éstos son superiores a sus recursos económicos disponibles (activos). A la persona física o jurídica que se encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudor se encuentra declarado judicialmente en estado de quiebra, se procede a un juicio de quiebras o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede atender con su patrimonio a las obligaciones de pago pendientes. Características de la quiebra Es una situación de insolvencia generalizada, lo que lo diferencia de la mera cesación de pagos. Es una situación de insolvencia permanente en el tiempo. Es una situación de insolvencia susceptible de ser apreciada objetivamente a través de hechos indiciados de quiebra. Es una situación de insolvencia de tal magnitud que se torna insalvable para el deudor. El proceso de bancarrota en EE. UU. permite reestructurar sus pasivos sin que deba cambiar su equipo de gerencia; la transparencia del proceso permite ahorrar trámites en la corte, pues se puede negociar con acreedores y proveedores los términos de reestructuración. Los efectos adversos son que los vendedores exigen
  • 3. efectivo por adelantado, que los empleados busquen otras empresas o que las compañías rivales les quiten sus clientes.1 Efectos de la declaratoria de quiebra El fallido queda inhabilitado de administrar sus bienes, dicha administración pasa a un tercero llamado síndico o interventor judicial. Las acreencias a plazo pendiente se tornan vencidas e inmediatamente exigibles; Se fijan los derechos de los acreedores, es decir, estos no pueden mejorar su situación con posterioridad a la declaratoria de quiebra; Se acumulan todos los juicios pendientes contra el deudor fallido para ante el juez que está conociendo de la quiebra; Los acreedores pierden el derecho de ejecutar individualmente al deudor fallido; Se le confiere al deudor fallido el derecho de pedir alimentos a la masa de acreedores
  • 4. BIBLIOGRAFÍA LEY DE CONCURSOS MERCANTILES HTTP://ES.WIKIPEDIA.ORG/WIKI/QUIEBRA