El documento habla sobre la ley contra la violencia de género en España 10 años después de su aprobación. Señala que aunque la ley creó estructuras como juzgados especializados, aún faltan recursos y más interés. También menciona que la ley se centró en la violencia dentro de parejas pero que cambiar la percepción de que es un asunto privado fue clave. Finalmente, critica que los poderes públicos no financien suficientemente campañas de prevención ni doten de medios a las instituciones relacionadas con la le
1. No basta con condenar las agresiones
A los 10 años de la ley contra la violencia de género, faltan medios. Y mucho más interés
SOLEDAD MURILLO 22 NOV 2014 - 00:00 CET
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En 2 004 formé parte del gobierno qu e promulgó La leley orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral
cont ra la Violencia de Género. Antes de la ley, las Administraciones Públicas y las Comunidades Autónomas
tenían sus datos, pero no de una manera global capaz de visibilizar la gravedad de la situación, c omo recordaban
la s or ganizaciones de mujeres ante el intolerable número de víctimas. Solo en 2013 fueron 71.
De la s consultas mantenidas con distintos profesionales, la qu eja unánime fue la falta de estructuras. Por ello, se
cr earon juzgados especializados, una fiscalía de v iolencia contra la mujer, unidades de v iolencia provinciales. El
objeto de la ley se centró en los delitos cometidos dentro de las r elaciones sentimentales, a l entender que en ellas
se r eproducen situaciones de indefensión, especialmente cuando a lguien pretende ejercer el poder en nombre del
amor, disciplinando aptitudes que reclamen un mayor grado de autonomía personal, lo que se interpreta como
u na sev era deslealtad a la pareja. Para muchas mujeres maltratadas preservar su relación sent imental tendrá más
peso qu e la salvaguarda de su propia dignidad, o el derecho de no pertenecer a nadie. De ahí que el promedio de
conv ivencia antes de denunciar alcance los ocho años.
A n tes de la ley el término “violencia dom éstica” era único en la jurisprudencia y, como tal, no r ecogía aquellas
jóv enes sin convivencia con el agresor, o la s mujeres ya divorciadas aún amenazadas por sus exmaridos. Por ot ra
pa r te, la sociedad sentía como injerencia interceder en los asuntos de pareja, por lo qu e la violencia seguía
confinada a la intimidad de las relaciones. Cambiar este significado fue una prioridad. La violencia no es u n
problema qu e a fecte a l ámbito privado.
La pr im era interpelación fue sobre su denom inación “de g énero”, la RAE em itió un informe sobre la i nutilidad
del término. Pero la categoría género v a mucho más allá del pronombre masculino y femenino. Y, sobre todo,
r esu lta de gran utilidad en los procesos de violencia.
Antes de la ley el término “violencia doméstica” era único en la jurisprudencia
Du r ante los encuentros mantenidos con los cuerpos y fuerzas de seguridad, estos se mostraban perplejos ante las
du das de las v íctimas mientras se redactaba un atestado, o cuando renunciaban a la orden de protección,
ex celente medida de seguridad de la ley 27/2003, frente a anteriores sentencias de arresto domiciliario.
Conductas que solo se explican si conocemos cómo r esponde la víctima ante la violencia. Pensemos en las
posibles reacciones ante un conflicto; o bien se huye, se produce un enfrentamiento, o se denuncia la agresión
su fr ida. Pero ninguna de estas opciones son las habituales. Lejos de escapar, la víctima aspira a cambiar su
r elación. Rehabilitará a l agresor para, en cambio, someterse a un riguroso examen sobre el grado de
cumplimiento de su rol de género, es decir, si ha sido una buena esposa, o u na buena nov ia. Será capaz de
sostener un pacto de silencio de tal envergadura que volverá clandestinas las agresiones ante sus familiares o
a llegados, quienes desorientados a cuden a l teléfono de emergencia —016— en un 22% del total de las llamadas.
Incluso con lesiones llegarán a encubrir el maltrato en las consultas de a tención primaria. Un dilema
deontológico para los Colegios de Médicos, lo qu e dio or igen a un protocolo capaz de identificar la violenc ia, a l
margen del testimonio de la paciente. Sin embargo, no prosperó una propuesta, por parte de la presidenta del
Observatorio contra la Violencia, del Consejo General del Poder Judicial, de introducir el machismo como
a gravante en el artículo 22.4 del Código Penal, al igual que el antisemitismo o el r acismo. También fue
cont rovertido estipular qu e nuevos t ipos penales, las amenazas y las coacciones, eran constitutivos de delito
cu ando fuera un hombre qu ien los expresara a una mujer y no a la inversa.
Per o los terapeutas nos informaron qu e el mayor obstáculo para los agresores estriba en r econocerse
r esponsables de cometer un delito. La ley estableció para ellos t rabajos en beneficio de la comunidad, medida que
2. la s Administraciones locales, diez años después, aún no han aplicado. Como tampoco se ha ev aluado la ley, cuyos
r esu ltados deberían ser el contenido de un pacto de Estado. Mientras, asistimos a un incremento del 153% de los
sobr eseimientos en los últimos dos años, ante lo cual resulta urgente corregir el insignificante número de
u nidades de v aloración for ense, qu e solo son 10 en todo el territorio, o 26 los equ ipos psicosociales.
Esta es la verdadera debilidad de la ley: su falta de presupuesto y no por motivos de austeridad, sino por
su bestimación del problema. Hay modificaciones gratuitas, como la dispensa a declarar por parte de la víctima,
en contraposición a l atenuante de confesión, aplicado a los agresores y que la Delegación Especial contra la
Violencia de Género pide r evisar, a sí como el descenso del número de denuncias. Entretanto, los poderes
pú blicos no financian campañas de prevención, ni destinan medios materiales y humanos suficientes. Un r ecorte
de u n 30% en partidas específicas en los últimos tres años, o la su stracción de competencias a l Instituto de la
Mu jer, reflejan la a ctitud del Gobierno ante esta materia. Pero a los poderes públicos les bastará con condenar la
v iolencia y manifestar sus condolencias cada 25 de noviembre, aniversario de la ley.
Soledad Murillo, soci óloga, fue secretaria general de Políticas de Igualdad entre 2004 y 2008.
Un hombre acepta 15 años de prisión por matar a martillazos
a su pareja
El agresor ha aceptado la condena tras pasar más de un año en prisión preventiva
El juez env ía a prisión al hombre acusado de matar a su pareja en Oliva
EFE Valencia 19 NOV 2014 - 17:15 CET
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Un hombre ha a ceptado hoy una condena de quince años y seis meses de prisión por matar en marzo de 2013 a
su pa reja, de 33 años, a la que propinó a l menos cinco martillazos tras una discusión en el domicilio que
compartían con su hijo, de 8, en la localidad valenciana de Oliva. En el juicio con jurado celebrado este miércoles
en la Audiencia de Valencia, el procesado ha reconocido los hechos y las partes han alcanzado una conformidad
qu e incluye también la prohibición del hombre de a cercarse a su hijo durante 16 años y de comunicarse con él por
u n periodo de seis años y medio.
Los hechos tuvieron lugar el 28 de marzo de 2013 en el domicilio qu e el acusado, Miguel G.M. , de 42 años,
compartía con su pareja, Inmaculada G.R., y un hijo común, menor de edad, en el número 12 de la calle de
Vicente Parra de Oliva. Según se declara probado, el procesado discutió con su pareja y, ya de madrugada,
cu ando el niño dormía en su habitación, cogió un martillo qu e había en el sa lón, acudió al dormitorio donde ella
estaba en la cama y la mató con cinco golpes de martillo en la cabeza.
En la v ista, en la que también ha participado la Generalitat en ejercicio de la acción popular, el a cusado ha
admitido qu e mató a su pareja sentimental que luego confesó el crimen a su madre y, posteriormente, a los
padres de ella. El condenado está en prisión prov isional desde qu e ocurrieron los hechos y en el juicio ha
declarado qu e confesó a la policía y que nunca trató de huir tras su asesinato.
El cr imen conmocionó a población de Oliva, de cerca de 28.000 habitantes y donde la víctima era muy conocida.
La v oz de alarma del suceso fue dada por un familiar qu e a lertó a los cuerpos de seguridad y a los servicios
sanitarios qu e no pudieron hacer nada por salvar la v ida de la mujer, y a fa llecida. El su puesto agresor fue
detenido por la Guardia Civil al poco t iempo, después de que el padre, el c uñado y una hermana de la víctima
a cudieran a las autoridades para denunciar los hechos.
La mujer, natural de Oliva, no había presentado denuncia alguna contra su pareja, v ecino de Gandia, aunque la
Policía Local registró en 2010 una discusión de ambos en el ámbito familiar, en la que no constó ni agresión
v erbal ni física a la mujer. Esta no presentó denuncia contra su compañero y , al no haber ot ra acusación ni existir
elementos para actuar contra él qu e pudiera perseguir la Fiscalía, el caso se a rchivó.
3. BALONCESTO | NBA »
La NBA suspende a un jugador con 24 partidos por violencia
doméstica
Jeffery Taylor, de los Hornets y con doble nacionalidad, también ha sido sancionado con un año por la Federación de Suecia
ROBERT ÁLVAREZ Barcelona 20 NOV 2014 - 03:00 CET1
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4. Tay lor f ue arrestado el pasado septiembre / AP
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Jeffery Taylor, jugador sueco-estadounidense, y que milita en losCharlotte Hornets, ha sido suspendido con 24
pa r tidos por laNBA. Taylor fue arrestado el pasado septiembre en un hotel de Ea st Lansing, Michigan. Tras ser
declarado culpable de violencia doméstica y destrucción de la propiedad, ha sido condenado a 18 meses en
libertad condicional y a completar un programa contra la violencia doméstica durante 26 semanas. Según la
policía, Taylor y una mujer estaban bebiendo alcohol en la habitación del hotel cuando se produjo una fuerte
discusión. El jugador empujó y golpeó a la mujer, y después destrozó parte de la habitación.
Respecto a la sanción deportiva qu e se le ha impuesto a Taylor, Adam Silver, comisionado de la NBA, argumenta:
“ La suspensión es n ecesaria para proteger los intereses de la NBA y la c onfianza del públic o en él. Su c onducta
v iola la ley y, en mi opinión, no se a justa a normas m orales, es perjudicial y va en detrim ento de la NBA”.
La sanción, como todas las que aplica la Liga estadounidense, implica qu e Taylor perderá la parte proporcional
de su ficha, es decir, 267.000 dólares, unos 212.000 euros, de los 729.000 e uros que t iene firmados para esta
temporada. También deberá seguir un tratamiento contra el alcohol y realizar 80 horas de servicios a la
comunidad.
La sanción implica que Taylor perderá la parte proporcional de su ficha, es decir 267.000 dólares
5. T ay lor, qu e es internacional por Suecia, t ambién ha sido suspendido por un año la federac ión de est e país. “ La
v iolencia no es parte de nuestro deporte, y a sea en la cancha o fuera de ella. Sobre esa base, el director del comité
de disciplina ha decidido qu e Jeffery Taylor no jugará para el equipo nacional durante la temporada 2014-2015”,
ha manifestado el presidente de la Federación de Ba loncesto de Suecia, Hans von Uthmann.
El a lero de 25 años no había podido disputar esta temporada ningún partido con los Hornets, por lo qu e la
sanción que le ha impuesto la NBA contabilizará los 13 partidos que se ha perdido y le impedirá disputar los
próx imos 1 1. Jeffery es hijo de un exjugador con su mismo nombre qu e tuvo un paso fugaz por la NBA antes de
r ecalar en la Liga de Suecia, país en el qu e v ive desde entonces. Jeffery ha disputado 103 partidos con Charlotte,
3 7 como t itular, durante las temporadas 2012-2013 y 2013-2014.
Du r ante la larga etapa en qu e Dav id Stern fue comisionado de la NBA, solo cuatro jugadores fueron suspendidos
por v iolencia doméstica o abusos por un total de 14 partidos: Jared Sullinger (un partido, a pesar de que los
ca rgos le fueron retirados), Ron Artest (siete partidos), Ja son Richardson (tres partidos) y Glenn Robsinson (tres
pa r tidos).
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