Monitoreo a los coordinadores de las IIEE JEC_28.02.2024.vf.pptx
Excepcion de cosa juzgada
1. EXCEPCION DE COSA JUZGADA COSA JUZGADA : Es la inmutabilidad o irrevocabilidad que adquieren los efectos de la sentencia definitiva cuando contra ella no procede ningún recurso (ordinario o extraordinario) susceptible de modificarla, o ha sido consentida por las partes”.