Este documento presenta un acuerdo entre el Laboratorio de Hemoderivados de la Universidad Nacional de Córdoba y la Unidad Central de Gestión Ambiental Sustentable para coordinar el reciclado de materiales como telgopor. El acuerdo establece que el laboratorio entregará periódicamente el telgopor de desecho a la unidad, la cual venderá el material a recicladores y usarán los fondos para proyectos ambientales de la universidad.
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Reglamento de Coordinación de Actividades UNC-Laboratorio Hemoderivados
1. Universidad Nacional de Córdoba
República Argentina
CUDAP: EXP-UNC 2757/2013
CÓRDOBA, O8 MAR 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones en las que el Coordinador de la Unidad
Central de Gestión Ambiental Sustentable dependiente del Rectorado eleva un
anteproyecto del "Reglamento de Coordinación de Actividades" acordado con
el Laboratorio de Hemoderivados, con el objeto de desarrollar iniciativas y
acciones tendientes a una mejora continua del ambiente, tales como el
reciclado de materiales que constituyen residuos comunes propios del
Laboratorio de Hemoderivados; y,
CONSIDERANDO:
Lo informado a fojas 5 por la Secretaría de Planificación y Gestión
Institucional;
Lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos bajo el n° 51704;
Por ello,
lA RECTORA DE lA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA
RESUELVE:
ARTíCULO 1°._ Aprobar el anteproyecto del "Reglamento de Coordinación de
Actividades" que obra a fojas 1/2 y cuya fotocopia integra el cuerpo de la
presente, acordado entre la Unidad Central de Gestión Ambiental Sustentable
y el Laboratorio de Hemoderivados.
ARTíCULO 2°._ Comuníquese y pase para su conocimiento y efectos da la
Unidad Central de Gestión Ambiental Sustentable y al Laboratorio de
Hemoderivados.
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RECTORA
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REGLAME NTO DE COORD INAC ION DE ACTIVIDADES
VISTO:
La relevancia de las cuestiones ambientales y el compromiso del sector académico
para contribuir a la sustentabilidad local y global, disminuyendo y revirtiendo el impacto
ambiental de las actividades propias de la universidad;
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional de Córdoba ha asumido el compromiso de fomentar
aquellas prácticas tendientes a una gestión ambienta l sustentable;
Que se consideran altamente relevantes en ese sen t ido las estrategias y acciones
de reducción, reutilización, y/o reciclado de residuos;
Que el Laboratorio de Hemoderivados manifiesta especial interés en desarrollar
iniciativas y acciones tendien t es a una mejora continua del ambiente, entre las cuales se
propone el reciclado de rezagos de ciertos materiales que constituyen residuos comunes
propios;
Que la Unidad Central de Gestión Ambiental Sustentable -GASus- (creada por
Resol. HCS. 1277) tiene entre sus funciones la Coordinación, dirección e implementación
de distintos aspectos pertinentes a la Gestión Ambiental Sustentable dentro de todo el
ámbito la UNC;
Por ello es que entre el Laboratorio de Hemoderivados de la UNC, representado por su
Directora, Mgter. Catalina Massa y la Unidad Central de Gestión Ambiental Sustentable
(GASus) perteneciente a la Oficina de Asesoría Técnica del Rectorado de la UNC,
representados por sus Ca-Coordinadores, Dr. Joaquín Luis Navarro y Dra. Mirtha Nassetta, se
conviene y acuerda la suscripción de l presente Reglamento, ad referendum del Rectorado
1 de la UNC, representado por la Sra. Rectora, Dra. Silvia Carolina Scotto.
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Articulo 12. El Laboratorio de Hemoderivados se compromete a entregar periódicamente
a la GASus, el stock acumulado de rezago de telgopor proveniente de las conservadoras de
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dicho material que se proveen como medio idóneo de emba laj e de los insumos que el
Laboratorio adquiere regularmente para sus actividades de producción.
Artículo 22. La GASus, a través de la Secretaría General de la UNC, venderá dichos rezagos
a recicladores autorizados, comprometiéndose a utilizar los fondos así obtenidos, en la
planificación, gest ión y ejecución de proyectos ambientales para la UNC, acorde al
Programa y Lineamientos para la implementación de Políticas de Gestión Ambiental
Sustentable en la UNC, aprobados oportunamente por el H. Consejo Superior (Resol. HCS .
1277).
Artículo 32. El aporte económico mencionado en el Art. 22 se sumará a los fondos que
correspondiesen presupuestariamente a la GASus y serán administrados de igual manera
a la que se viene ejecutando, a través de la Secretaría General de la UNC, acorde a la
reglamentación vigente.
En prueba de conformidad se suscriben cuarto ejemplares de un mismo tenor y efectos, en la
ciudad de Córdoba a los veintiocho. días del mes de diciembre de dos mil doce.-
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