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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
   PEDAGÓGICO PRIVADO “DON
            BOSCO”




    REGLAMENTO DEL COMITÉ
          DE TUTORIA
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE TUTORÍA Y CONSEJERÍA
                                               CAPÍTULO I


NATURALEZA Y FINES


Artículo 1°: El Sistema de Tutoría y Consejería del Instituto de Educación Superior Pedagógico
              Privado “Don Bosco”, tiene como finalidad realizar una orientación sistemática
              desplegada a lo largo del periodo educativo, para que el alumno supere en su
              rendimiento académico, solucione dificultades estudiantiles y desarrolle hábitos de
              trabajo, estudio, reflexión y convivencia social.
              Los propósitos de la tutoría están referidos básicamente a la orientación de tipo
              personal, académico profesional, salud y nutrición; de tal manera, que pretende
              cubrir una doble función: por un lado, orientar el proceso de aprendizaje del alumno
              (campo cognitivo, profesional y administrativo) y, por otro, orientarlo desde el
              punto de vista personal (campo emocional y afectivo y nutrición).


Artículo 2°: Los objetivos del Sistema de Tutoría y Consejería son:
                      a)     Implementar servicios académicos acordes a las necesidades de los
                            alumnos.
                      b)     Brindar orientación y tutoría en cuatro    áreas: Académica, Social,
                            Personal, Salud y Nutrición.
                      c) Orientar al estudiante en la toma de decisiones en torno a su formación
                           profesional y personal.
                      d)      Brindar asesoría especializada en problemas disciplinarios y de
                            metodología del aprendizaje.
                      f) Participar en actividades colegiadas y de capacitación relacionadas con la
                            tutoría.
                      g) Elaborar materiales educativos que apoyen el proceso de enseñanza –
                            aprendizaje.
                      h) Promover la evaluación y el seguimiento de los tutorados.
                      i) Cumplir con las funciones que determinen las características específicas
                            de cada carrera.
CAPITULO II


DE LA ORGANIZACIÓN


Artículo 3°: El Comité de Tutoría y Consejería, está integrado por un Director, el Coordinador de
               Tutores y por docentes tutores de todas las carreras profesionales que está
               brindando el IESPP.
Artículo 4°: El Director es designado por el Consejo Educativo.
Artículo 5°: Los deberes y las atribuciones que le corresponden al Director, son las que se
               enumeran a continuación:
                   a) Organizar la correcta marcha del Sistema de Tutoría y Consejería, en todos
                       los aspectos relativos a su finalidad y objetivos.
                   b) Supervisar y monitorear el trabajo que realicen los profesores tutores.
                   c) Formular los planes de actividades.
                   d) Organizar la capacitación permanente de los profesores Tutores, en
                       coordinación con el Jefe de la Unidad Académica, con los Coordinadores
                       de las sub sedes y el coordinador de tutores.
                   e) Ordenar el control de los instrumentos individuales y grupales del sistema de
                       tutoría.
                   f) Designar al Coordinador de Tutores.
                   g) Asistir a la oficina del servicio de tutoría a tiempo completo.
                   h) Informar semestralmente, las actividades realizadas.


CAPITULO III


DE LOS EJECUTORES DEL SERVICIO


Artículo 6°: Los ejecutores del sistema de tutoría serán los siguientes:
                   a) El Director General y el Jefe de la Unidad Académica, que deben incluir
                       dentro de su plan operativo políticas de coordinación, así como en su
                       programación horaria las horas de Tutoría.
b) El Jefe de la Unidad Académica, responde el cumplimiento de las acciones
                      de Tutoría en coordinación con el Director General.
                   c) El Coordinador de Tutores, es un profesor que organiza las tareas para la
                      capacitación e integración de tutores en coordinación con los Director
                      General y el Jefe de la Unidad Académica, elabora los instrumentos de
                      monitoreo de los Tutores, evalúa y realiza investigación cualitativa y
                      cuantitativamente para el informe a la Dirección Regional de Educación.
                   d) El Tutor, es un Profesor que a través del diálogo y diversas técnicas, entre
                      ellas la observación y entrevista, conoce a los alumnos de la carrera, los
                      orienta en la toma de decisiones de su plan de estudio y ayuda de forma
                      inmediata. Además de orientarlos en su formación y en el proceso de
                      titulación.


CAPITULO IV


DE LA EFICACIA DEL SISTEMA


Artículo 7°: La eficacia del Sistema se establecerá de acuerdo a los siguientes rubros:
                   a) Formación especializada de los Tutores.
                   b) Recibir apoyo académico y administrativo.
                   c) Organizar una red Tutorial, en vinculación con el Director General y el Jefe de
                      la Unidad Académica.
                   d) Contar con una coordinación y trabajo en equipo de los Tutores.
                   e) Desarrollar un modelo de Tutoría según el Anexo A del presente Reglamento
                   f) Disponer de un sistema de control y evaluación para tutores y alumnos.
                   g) Contar con su ambiente y materiales para el funcionamiento de la
                      Coordinación del Sistema Tutorial.


Artículo 8°: Todo lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Jefe de la Unidad
              Académica, en Coordinación con los responsables de cada sub sede y en segunda
              instancia por el Director General del Instituto de Educación Superior Pedagógico
              Privado “Don Bosco” de Chacas.
Artículo 9°: El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día siguiente de la expedición de
              la Resolución Directoral que lo aprueba.


                                                                       Chacas, 15 de abril de 2010.
Reglamento tutoría Don Bosco

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Reglamento tutoría Don Bosco

  • 1. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PRIVADO “DON BOSCO” REGLAMENTO DEL COMITÉ DE TUTORIA
  • 2. REGLAMENTO DEL SISTEMA DE TUTORÍA Y CONSEJERÍA CAPÍTULO I NATURALEZA Y FINES Artículo 1°: El Sistema de Tutoría y Consejería del Instituto de Educación Superior Pedagógico Privado “Don Bosco”, tiene como finalidad realizar una orientación sistemática desplegada a lo largo del periodo educativo, para que el alumno supere en su rendimiento académico, solucione dificultades estudiantiles y desarrolle hábitos de trabajo, estudio, reflexión y convivencia social. Los propósitos de la tutoría están referidos básicamente a la orientación de tipo personal, académico profesional, salud y nutrición; de tal manera, que pretende cubrir una doble función: por un lado, orientar el proceso de aprendizaje del alumno (campo cognitivo, profesional y administrativo) y, por otro, orientarlo desde el punto de vista personal (campo emocional y afectivo y nutrición). Artículo 2°: Los objetivos del Sistema de Tutoría y Consejería son: a) Implementar servicios académicos acordes a las necesidades de los alumnos. b) Brindar orientación y tutoría en cuatro áreas: Académica, Social, Personal, Salud y Nutrición. c) Orientar al estudiante en la toma de decisiones en torno a su formación profesional y personal. d) Brindar asesoría especializada en problemas disciplinarios y de metodología del aprendizaje. f) Participar en actividades colegiadas y de capacitación relacionadas con la tutoría. g) Elaborar materiales educativos que apoyen el proceso de enseñanza – aprendizaje. h) Promover la evaluación y el seguimiento de los tutorados. i) Cumplir con las funciones que determinen las características específicas de cada carrera.
  • 3. CAPITULO II DE LA ORGANIZACIÓN Artículo 3°: El Comité de Tutoría y Consejería, está integrado por un Director, el Coordinador de Tutores y por docentes tutores de todas las carreras profesionales que está brindando el IESPP. Artículo 4°: El Director es designado por el Consejo Educativo. Artículo 5°: Los deberes y las atribuciones que le corresponden al Director, son las que se enumeran a continuación: a) Organizar la correcta marcha del Sistema de Tutoría y Consejería, en todos los aspectos relativos a su finalidad y objetivos. b) Supervisar y monitorear el trabajo que realicen los profesores tutores. c) Formular los planes de actividades. d) Organizar la capacitación permanente de los profesores Tutores, en coordinación con el Jefe de la Unidad Académica, con los Coordinadores de las sub sedes y el coordinador de tutores. e) Ordenar el control de los instrumentos individuales y grupales del sistema de tutoría. f) Designar al Coordinador de Tutores. g) Asistir a la oficina del servicio de tutoría a tiempo completo. h) Informar semestralmente, las actividades realizadas. CAPITULO III DE LOS EJECUTORES DEL SERVICIO Artículo 6°: Los ejecutores del sistema de tutoría serán los siguientes: a) El Director General y el Jefe de la Unidad Académica, que deben incluir dentro de su plan operativo políticas de coordinación, así como en su programación horaria las horas de Tutoría.
  • 4. b) El Jefe de la Unidad Académica, responde el cumplimiento de las acciones de Tutoría en coordinación con el Director General. c) El Coordinador de Tutores, es un profesor que organiza las tareas para la capacitación e integración de tutores en coordinación con los Director General y el Jefe de la Unidad Académica, elabora los instrumentos de monitoreo de los Tutores, evalúa y realiza investigación cualitativa y cuantitativamente para el informe a la Dirección Regional de Educación. d) El Tutor, es un Profesor que a través del diálogo y diversas técnicas, entre ellas la observación y entrevista, conoce a los alumnos de la carrera, los orienta en la toma de decisiones de su plan de estudio y ayuda de forma inmediata. Además de orientarlos en su formación y en el proceso de titulación. CAPITULO IV DE LA EFICACIA DEL SISTEMA Artículo 7°: La eficacia del Sistema se establecerá de acuerdo a los siguientes rubros: a) Formación especializada de los Tutores. b) Recibir apoyo académico y administrativo. c) Organizar una red Tutorial, en vinculación con el Director General y el Jefe de la Unidad Académica. d) Contar con una coordinación y trabajo en equipo de los Tutores. e) Desarrollar un modelo de Tutoría según el Anexo A del presente Reglamento f) Disponer de un sistema de control y evaluación para tutores y alumnos. g) Contar con su ambiente y materiales para el funcionamiento de la Coordinación del Sistema Tutorial. Artículo 8°: Todo lo no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Jefe de la Unidad Académica, en Coordinación con los responsables de cada sub sede y en segunda instancia por el Director General del Instituto de Educación Superior Pedagógico Privado “Don Bosco” de Chacas.
  • 5. Artículo 9°: El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día siguiente de la expedición de la Resolución Directoral que lo aprueba. Chacas, 15 de abril de 2010.