Este documento presenta una introducción a la Defensoría del Pueblo de Ecuador. Explica que la Defensoría fue creada en la Constitución de 1998 para proteger los derechos humanos de los ecuatorianos. También describe brevemente la historia y estructura de la Defensoría, incluyendo las diferentes coordinaciones que se encargan de áreas como protección prioritaria, derechos de la naturaleza y derechos económicos. Finalmente, incluye la declaración de la Defensoría sobre los derechos de la naturaleza en la
Los Nueve Principios del Desempeño de la Sostenibilidad
La Pachamama: Fuente de vida y futuro de nuestra existencia
1.
2. Aportes Defensoriales
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE
DERECHOS HUMANOS Y DE LA NATURALEZA
Patricio Benalcázar
Coordinación Nacional de Protección Prioritaria
Coordinación Nacional de Derechos de la
Naturaleza y Ambiente
Coordinación Nacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
3. CONSEJO EDITORIAL
Dr. Fernando Gutiérrez Vera
DEFENSOR DEL PUEBLO
Dr. John Morán Cárdenas
PRIMER DEFENSOR ADJUNTO
Ab. Telmo Jaramillo Ramírez
SEGUNDO DEFENSOR ADJUNTO
II Edición
Este informe fue elaborado por:
Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza
Producido por la Dirección de Comunicación Social
IAN/RNS
Defensoría del Pueblo de Ecuador
Av. de la Prensa N54-97 y Jorge Piedra.
Telefax: (5932) 3301115/112 ext- 305 y 308
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MMX
4. ÍNDICE
I. Introducción
Presentacion del Defensor del Pueblo.......................................................5
II. Declaración de la Defensoría del Pueblo sobre los Derechos de la
Naturaleza - Fernando Gutiérrez
La Pachamama: Fuente de vida y futuro de nuestra existencia............7
III. El nuevo modelo de protección defensorial - Patricio Benalcázar
La Defensoría del Pueblo del Ecuador. Un nuevo modelo de gestión
para la protección........................................................................................17
IV. Coordinación Nacional de Protección Prioritaria
4.1. Garantías Jurisdiccionales
4.1.1. Petición de acción de protección por el acceso al sistema
4.1.2. Sentencia de la acción de protección garantizando el
colombianas.........................................................................................28
4.1.3. Petición de hábeas corpus por detención arbitraria de
inmigrantes ...........................................................................................31
Corpus por detención arbitraria de inmigrantes. ...........................33
4.2. Amicus curia en audiencia de Habeas Corpus por detención
arbitraria de inmigrantes. ........................................................................... 37
4.3. Petición de medidas cautelares a favor de víctimas y defensoras
de derechos de las víctimas de trata....................................................... 40
5. 4.5. Estándares
4.5.1 Personas consumidoras y usuarias .......................................... 45
4.6 Resoluciones Defensoriales
humanos ............................................................................................. 50
V. Coordinación de Derechos de la Naturaleza y Ambientales
5.1. Resoluciones Defensoriales
VI. Coordinación de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
6.1. Estándares
6.1.1. Soberanía Alimentaria ..............................................................63
6.2. Garantías Jurisdiccionales
6.2.1. Amicus curia por el derecho a la vivienda digna, segura y
adecuada ........................................................................................... 69
6.2.2. Resumen de la sentencia de la acción de protección ...... 74
VII. Documentos para la reflexión
7.1. Los informes generales, temáticos y de seguimiento ...................... 77
7.2. Las medidas de cumplimiento obligatorio ........................................ 82
DELEGACIONES PROVINCIALES DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE ECUADOR ...... 85
7. I. INTRODUCCIÓN
La Defensoría del Pueblo cuyo titular es el Defensor del Pueblo, es una institución que fue incluída en el apa-
que rigió desde agosto de 1998. Actualmente, se encuentra institucionalizada mediante la disposición del
artículo 214 de la nueva Constitución de la República del Ecuador (en vigencia desde octubre de 2008), que
-
en cada provincia y en el exterior”.
Dr. Fernando Gutiérrez Vera, Defensor del Pueblo
-
nente por los Derechos Humanos. Al asumir su cargo, Gutiérrez se comprometió a hacer de la Defensoría del
Inició, entonces, un proceso de reestructuración de la Institución, el cual esta rindiendo sus frutos, orientado
a promover y proteger los derechos de las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos
que habitan en el país;; de ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior;; y los derechos de la naturaleza, para
propiciar la vida digna y el buen vivir.
De igual manera, la Constitución, en su artículo 215, puntualiza que la Defensoría del Pueblo tendrá como
funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos
de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus atribuciones, además de las estable-
cidas en la ley, las siguientes:
información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos por mala calidad o
indebida prestación de los servicios públicos o privados.
2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y so-
3. Investigar y resolver, en el marco de sus atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o
cruel, inhumano y degradante en todas sus formas”.
amplia trayectoria en la defensa de los derechos humanos. La Defensora o Defensor del Pueblo tendrá fuero
de Corte Nacional de Justicia y gozará de inmunidad en los términos que establezca la ley”.
5
8. El Defensor del Pueblo puede, además, emitir censura pública en contra de los responsables materiales o
intelectuales de actos o comportamientos contrarios a los derechos humanos;; así como pronunciamientos
públicos en los casos sometidos a su consideración, con criterios que pasan a constituir doctrina para la de-
fensa de los derechos humanos.
DEFENSORÍA DEL PUEBLO: BREVE SINOPSIS EN ECUADOR
-
tivizó en 1996, dentro del proceso de reformas constitucionales planteadas en consulta popular por el ex
presidente Sixto Durán Ballén. En febrero de 1997, en la presidencia de Fabián Alarcón, se promulgó la prime-
de la institución. En tal virtud, la Defensoría del Pueblo nace para tutelar los derechos y garantías individuales
y sociales invocados en la Constitución y los consagrados en el derecho internacional. Su ámbito de acción
no sólo se circunscribe al sector público, sino que abarca también al sector privado.
Julio César Trujillo
y apoyo gubernamental- renunció al cargo 15 días después de su posesión. Posteriormente, la Asamblea
Constitucional -que puso en vigencia la Constitución de 1998- discutió la necesidad de designar Defensor
Milton Álava Ormaza
Institución. Milton Álava Ormaza recibió el apoyo de la mayoría de diputados presentes en el Pleno, en res-
puesta a su actuación como Procurador del Estado en el gobierno de Alarcón, por las indemnizaciones a
familiares de víctimas de torturas y asesinatos cometidos por miembros de la fuerza pública a la profesora
Consuelo Benavides, los hermanos Restrepo, etc.
Comisionados Provinciales y por Directores Nacionales para las diferentes áreas, quienes comenzaron a
resolver la multiplicidad de problemas relativos a la observancia de los derechos humanos. Además, expidió
hasta el 8 de mayo del 2000.
Claudio Mueckay Arcos
Subió a ocupar el cargo de Defensor del Pueblo, en calidad de Subrogante, ampliando el radio de acción
-
6
9. II. DECLARACION DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.
CUMBRE MUNDIAL DERECHOS DE LA MADRE TIERRA
Cochabamba, Bolivia. 20 al 22 de abril de 2010.
LA PACHAMAMA: FUENTE DE VIDA Y FUTURO DE NUESTRA EXISTENCIA
Nos convoca a esta reunión la preocupación compartida por el destino de la Madre
Tierra, la “Pacha Mama” en los lenguajes de nuestros ancestros andinos.
Llegamos a Bolivia después de un corto pero intenso camino recorrido por los pueblos del
mundo hasta Copenhague, camino lleno más de frustraciones que de logros, para reunir-
nos a decir nuestra voz, aun por encima de los Estados que dicen representarnos.
Como Defensor del Pueblo de Ecuador recojo el sentir y el pensamiento de las ecuatoria-
nas y ecuatorianos antes que del Estado, pues ese es el carácter y la esencia de nuestras
instituciones, que aunque parte formal de los estados, deben estar siempre junto a sus
pueblos.
De Copenhague a Cochabamba En el mundo actualmente existen 15,7 hectáreas
renovables disponibles por persona, por lo que se
estaría excediendo la capacidad biológica de la
En diciembre de 2009, la comunidad internacio- tierra en un 50%.2Entre 2000 y 2010 se perdieron alre-
nal se reunió en Copenhague en la decimoquinta dedor de 13 millones de hectáreas de bosque, sien-
conferencia de las partes sobre Cambio Climático do Sudamérica (4 millones) y África (3,4 millones) los
-
un nuevo convenio internacional, que remplace al gan un rol importante en la captura de carbono y
actual Protocolo de Kyoto aprobado en 1992 y efec- por lo tanto contribuyen a frenar los efectos del cam-
tivizar un verdadero proceso de reducción a nivel bio climático.3 Adicionalmente el planeta sigue con-
mundial de las emisiones de gases de efecto inver- sumiendo recursos no renovables, según la OPEP en
nadero. 2009 el mundo demandó aproximadamente 30.800
1
- mayores aportaciones de gases de efecto inverna-
bilidad de que los países industrializados lleguen a un dero a la atmósfera.
acuerdo que permita reducir dichas emisiones a los
límites que garantizarían que la temperatura global
promedio, no se incremente y tenga consecuencias plantaciones forestales en países como China o Esta-
negativas para la existencia de la vida en el planeta. dos Unidos, sin embargo debemos tomar en cuenta
En efecto, Estados Unidos, China, India, Brasil y Sudá- que la pérdida de un bosque (tropical, sub tropical,
frica emitieron una propuesta de acuerdo que fue seco, nublado, manglares), independientemente de
formalmente aceptada por la Conferencia de las su reforestación o de la creación de plantaciones
forestales, implica la pérdida de biodiversidad y de
ecosistemas que cumplen funciones vitales para el
Ante este fracaso, el pueblo de Bolivia convoca a mantenimiento de la vida sobre el planeta, provoca
una Conferencia de Pueblos no sólo como una cele-
bración por el día de la madre tierra (22 de abril) sino 2 Mi Huella Ecológica: http://www.myfootprint.org/es/about_
como una alternativa de los países que reconoce- the_quiz/what_it_measures/ Último ingreso: 14 de abril de
mos y por tanto exigimos un nuevo modo de en- 2010. 3 Deforestación disminuye en el mundo, pero continúa a
tender nuestra relación con la Pachamama, con los
distintos ecosistemas a los que la especie humana news/story/es/item/40952/icode/ Último ingreso: 14 de abril de
se ha adaptado, y de los cuales no sólo depende 2010.
nuestra existencia sino la de todos los seres vivos que
en ellos habitan.
3 Deforestación disminuye en el mundo, pero continúa a
1 Qué es la COP15. http://www.ecodes.org/cambio-climatico-
y-ecodes/preparando-la-cop-15 Último ingreso: 14 de abril de news/story/es/item/40952/icode/ Último ingreso: 14 de abril de
2010. 2010.
7
10. de la población mundial, industrialización, contami-
cambio climático en el mundo. nación ambiental, producción de alimentos y ago-
tamiento de los recursos, este planeta alcanzará los
límites de su crecimiento en el curso de los próximos
Es en este contexto y ante las preocupaciones ex- 4
presadas en el informe sobre Cambio Climático de
2007, elaborado por el Panel Intergubernamental de
Expertos sobre Cambio Climático (IPCC) y su reco- En base a dicho informe la Organización de Naciones
mendación de reducir a 350 partes por millón la pre- -
mera Convención sobre el Medio Ambiente Humano
reducir hasta el 2050 el 80% de las actuales emisiones y emitió la Declaración de Estocolmo. En ella se con-
de gases de efecto invernadero, la Defensoría del
Pueblo del Ecuador se pronuncia ante los pueblos, hombre” tiene derecho fundamental a la libertad, a
comunidades y distintas nacionalidades presentes la igualdad y al disfrute de condiciones adecuadas
en esta Cumbre. de vida en un medio ambiente de calidad. Concep-
-
Preocupación de la comunidad internacional
mantenimiento y protección. Sin embargo no esta-
Los derechos de la naturaleza responden a una preo- bleció límites al crecimiento o cuestionó los distintos
cupación de varias décadas atrás, respecto a la cre- modelos de desarrollo, sino que intentó conciliar la
ciente destrucción del medio ambiente, provocada necesidad de los países en vías de desarrollo de al-
por procesos de producción y consumo desmedidos canzarlo y la responsabilidad de todos los estados de
e irracionales, que han llevado a la explotación in-
discriminada de la naturaleza. La noción imperante
de desarrollo ha sido, sin duda el gran argumento
Medio Ambiente y Desarrollo, creada por la Organi-
costa del deterioro del medio ambiente y por ende zación de Naciones Unidas y presidida por Gro Har-
de la calidad de vida de un sinnúmero de perso-
nas, pueblos y comunidades. A este concepto de blicó y remitió al Organismo Internacional, en 1987, el
que suponen un equilibrio entre el anhelado creci-
miento económico y la protección del medio ambi- de desarrollo sostenible:
-
La humanidad tiene la capacidad de hacer que el
respuesta que el planeta, la tierra está dando, de- desarrollo sea sostenible, asegurando la satisfacción
de las necesidades presentes sin comprometer la
conceptos se intentaron promover. capacidad de las generaciones futuras para satis-
facer sus propias necesidades.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos,
en 1948, reconoció en el artículo 25 el derecho a un Este informe sirvió de base para la preparación de la
nivel de vida adecuado, como única referencia so- Cumbre de la Tierra de 1992, en la cual se aprobó la
bre aquellas condiciones que los seres humanos de- Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Am-
beríamos tener en el entorno o medio en que vivimos. biente y el Desarrollo. Si bien en esta cumbre las or-
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, So- ganizaciones de sociedad civil tuvieron una amplia
ciales y Culturales aprobado en 1966, dispuso a los participación, los Estados estuvieron nuevamente
del medio ambiente para garantizar el más alto nivel legítima de todos y, por tanto, se propende a que sea
posible de salud física y mental, sin embargo no fue sostenible, asegurando la calidad del ambiente sólo
hasta la década de los 70 en que la protección del en función de la capacidad de los seres humanos
- de satisfacer sus necesidades, tanto presentes como
chos humanos. futuras.
En 1970 el Club de Roma, asociación privada, en-
cargó una investigación sobre las tendencias y los
problemas económicos que amenazan a la socie- 4 Sobre el informe “Los límites del Crecimiento” de 1972,
mantienen las tendencias actuales de crecimiento Último ingreso: 9 de abril de 2010.
8
11. Estas dos declaraciones, que no tienen carácter vin- Si bien en Latinoamérica, la protección ambiental
ha sido reconocida constitucionalmente, ésta ha
derecho a un ambiente sano, por el cual la naturale- sido orientada exclusivamente desde la visión an-
za es vista como un recurso que permite satisfacer las tropocéntrica, atando cualquier política pública
necesidades de toda la población, y en esa medida,
no se desalienta su explotación. La noción de medio humanos y la protección del modelo de desarrollo
extractivista y primario exportador imperante en
y el desarrollo tecnológico permitirán a largo plazo, nuestros países. Los Derechos de la Madre Tierra en
mantener en buenas condiciones el medio en que cualquier ecosistema del Planeta no pueden ni de-
las presentes y futuras generaciones desarrollan sus ben ser vulnerados a cuenta de proyecciones ma-
actividades. El sistema regional de derechos hu- croeconómicas y supuestas inversiones sociales de
manos también ha desarrollado contenido del dere- los Estados. A viva voz nos pronunciamos por el com-
cho a vivir en un ambiente sano, desde la misma bate a la pobreza de pueblos y naciones desde una
visión antropocéntrica. nueva visión de Desarrollo sustentada en la paz y la
democracia de la comunidad humana y de esta en
armonía con la naturaleza.
Es en este marco y a raíz de la Cumbre de la Tierra,
la visión antropocéntrica de protección del ambien- Efectivamente, desde la herencia y prácticas de las
te. Tal vez los dos más importantes son la Conven- culturas ancestrales de los pueblos y naciones, en
ción Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio el transcurso de las últimas décadas, comunidades
Climático5 y el Convenio sobre Diversidad Biológica. y pueblos originarios, colectivos de campesinos y
organizaciones de sociedad civil a nivel mundial,
- han impulsado con fuerza el mantenimiento y rege-
neración de la naturaleza, exigiendo que los países
de servicios ambientales6, convirtiendo a la naturale- construyan nuevos modelos de desarrollo en el que
za en una mercancía para dar continuidad a modos se reconozca el estrecho vínculo que existe entre el
de producción y a intereses de Estados y grandes mantenimiento de los ecosistemas y la posibilidad de
que las personas podamos garantizar nuestra exis-
principales del Cambio Climático. Cualquier ciclo vi- tencia como una de las especies que en ellos habita.
En efecto han desarrollado mecanismos de resisten-
existencia de un bosque, se le ha dado valor de cam- cia ante políticas, programas y proyectos que ponen
bio por la captura del carbono, por el mantenimien- en riesgo no sólo su existencia sino el de la naturaleza
to de la biodiversidad que alberga o por cualquier y sus ciclos vitales.
otra función que sea susceptible de venta y que,
además, estaría permitiendo a determinados países
En ese contexto, el reconocimiento de los derechos
mantener el nivel de contaminación que generan,
colectivos de pueblos y nacionalidades indígenas
pues en dicho mercado se contemplan proveedores
plantea el entendimiento de la naturaleza desde
otra perspectiva, así se reconoce para dichos pue-
Derecho a la Vida universal. La Naturaleza no es un
blos, tanto en el Sistema Universal de Protección de
Derechos como en el Sistema Regional, el vínculo
gurar, promover y proteger, de eso depende incluso
cultural, espiritual y de pertenencia que existe con
la Vida de la Madre Tierra y de la Humanidad.
la Pachamama (tierras y territorios ancestrales), y
5 En función de dicho convenio se aprobó el Protocolo de desde esa lógica se garantiza su autodeterminación
Kyoto estableciendo el mercado de bonos basado en la captura que incluye el reconocimiento a estos pueblos a vivir
de carbono. sin mantener contacto con las sociedades mayori-
6 Los ecosistemas proveen una amplia variedad de servicios. tarias.
Por ejemplo, los servicios ambientales derivados de ecosiste-
mas forestales, incluyen (pero no están limitados a): 1) Ben-
En esta medida Bolivia y Ecuador han dado un paso
su variabilidad en el tiempo, y su calidad, 2) Reducción de adelante, reconociendo en ambas Constituciones la
plurinacionalidad como elemento constitutivo del Es-
originados por sedimentos, contribuyendo a preservar sus usos tado y por sobre todo incorporan las cosmovisiones
(generación de energía hidroeléctrica, riego, recreación, pesca y indígenas sobre el buen vivir o vivir bien que impli-
7 8
- can el reconocimiento del vínculo con la Pachama-
vención de inundaciones y corrimientos de tierras, 4) Conser- ma.
vación de la Biodiversidad, 5) Secuestro de Carbono. Stefano
Pagiola y Gunars Platais, 7 Sumak Kawsay en la Constitución Ecuatoriana.
-
tales, pág. 2. Sitio en Internet: http://www.rlc.fao.org/foro/psa/ Teko Kavi (vida buena), Ivi Maraei (tierra sin mal) y Ghapaj
pdf/pagiola.pdf Último ingreso: 12 de abril de 2010.
9
12. Adicionalmente, la Constitución del Ecuador marca La evolución y desarro.llo de los derechos humanos
un precedente histórico a nivel mundial al reconocer en las últimas décadas ha llegado al reconocimien-
- to del derecho humano al medio ambiente sano,
chos: 1) A que se respete integralmente su existen- como condición de bienes-tar de los seres humanos.
cia;; 2) El mantenimiento y regeneración de sus ciclos
vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos;; y,
Los derechos de la naturaleza trascienden el dere-
3) El derecho a la restauración independientemente
cho al medio ambiente, ya que tienen una matriz
de la indemnización a individuos y colectivos que
diferente que ahora empezamos a reconocerla y
dependen de los ecosistemas afectados.
entender el valor y la sabiduría que encierra.
Como lo menciona Eduardo Gudynas9, al incorporar
Lo que ahora tenemos por delante es la exploración
de un tema: los límites que pudieran existir entre
las cosmovisiones ancestrales, y el reconocimiento
Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza. A
de derechos de la naturaleza, se vuelve necesario
partir de la Declaración Universal de los Derechos
que la normativa secundaria y las políticas públicas
Humanos se abrió un enorme campo para la con-
deban desarrollar la interdependencia entre estos
sideración de lo que el ser humano es, individual y
socialmente, lo cual ha implicado no solo el desarro-
de los derechos de la naturaleza en relación con los
llo de un cada vez más amplio sistema nacional de
derechos humanos y, por tanto, que éstos últimos no
protección sino también la progresiva construcción
-
ha girado en torno de dicha protección. De manera
rensión de los derechos de la naturaleza.
que la consideración se ha prolongado hasta asumir
que el disfrute de la naturaleza es un derecho hu-
Sin duda, el reconocimiento de los derechos de la mano y por consiguiente la naturaleza ha visto con-
naturaleza constituye una ruptura en la concepción
de los derechos humanos y tiene importantes impli- práctica se ha intentado validar su explotación des-
medida con el argumento de que sirve para la satis-
la organización del Estado, por lo que nos presenta facción de derechos económicos y sociales.
garantizar la vida en todas sus expresiones.
Al atribuir derechos a la naturaleza, como lo hace la
Los derechos de la naturaleza son derechos en cons-
trucción, pues las Constituciones de Bolivia y la de somos parte de la naturaleza, una especie más evo-
Ecuador, nos dan elementos y pautas indispensables lucionada de las muchas que pueblan el planeta;;
-
para integrar ambos.
relacionamiento entre los seres humanos y los demás
-
Por lo tanto un primer planteamiento será el recono-
tenta este relacionamiento por otras que permita el
cimiento de una relación vital de los seres humanos
desarrollo de la vida.
(Homo sapiens) con los demás seres de la naturale-
za. Es decir, la vida de los seres humanos está con-
Esto implica superar todas las escisiones conceptua- dicionada por la vida de los otros seres del planeta.
les en las que se sustenta el pensamiento occidental
1) Dios - ser humano - naturaleza;; 2) Razón – mundo;;
superioridad de las personas frente a los otros seres
vivos, que ha marcado la creación de conocimiento
La concepción de los derechos humanos no ha es-
derecho a la propiedad, alrededor del cual evolu-
cionaron los derechos individuales, proponía que es
un derecho de disposición personal sobre todas las
cosas, incluida la naturaleza.
Yala, Quito, Ecuador. 2005
10
13. Un segundo planteamiento sería que los derechos natural, especialización, especiación, etc.), toda
de la naturaleza y esta relación vital no pueden ser -
realizables, si se mantienen las mismas formas de re- tener la salud del planeta.
lacionamiento entre las personas;; y, entre éstas y la
naturaleza. No son viables estos derechos si nos em-
En el planeta Tierra existen muchos ecosistemas a
pecinamos en sostener los mismos estilos de produc-
los cuales el ser humano se ha adaptado. Homo sa-
ción y hábitos de consumo. Para ello, la Constitución
piens forma parte de la fauna y por tanto es una es-
ecuatoriana propone un modelo de relacionamien-
pecie más. De acuerdo a la ecología, una especie
to (desarrollo) diferente, recogida en la noción del
relaciones con otras que también forman parte de
armónica con la naturaleza, pero además una ética
un determinado ecosistema;; por tanto, cada una de
colectiva que debe orientar la organización del Es-
ellas y extensivamente cada comunidad tienen tras-
tado.
cendencia para el equilibrio de las relaciones que
en los ecosistemas se producen. Esto demuestra la
El Sumak Kawsay o Buen vivir, no debe confundirse complementariedad y la interdependencia entre
especies y su relación de equilibrio y respeto con su
- entorno, de donde toma estrictamente los recursos
sarrollo que apela al crecimiento económico como -
único camino para el bienestar de las personas. Esta nentes de la naturaleza, que necesita y respeta la
noción de desarrollo se extendió en toda la región, capacidad de regeneración de los mismos o resilien-
y ha sido el sustento de la implementación de políti- cia ecológica.
cas que a nombre de ese crecimiento económico,
-
turaron su cosmovisión de la naturaleza, incluso en la
actualidad existen Pueblos en Aislamiento Volunta-
medioambientales, todo con tal de garantizar el cre-
rio, que se caracterizan por ser nómadas, se despla-
cimiento económico.
zan a lo largo de grandes extensiones de territorio, en
función de su relación de respeto a la Pacha-Mama,
Ahora en nuestra región la propuesta del Sumak por lo que permanecen poco tiempo en un solo lu-
Kawsay y el reconocimiento de los derechos de la gar, pues de éste tomarán los componentes de la
naturaleza, dan pasos adelante para plantearnos naturaleza que necesitan y luego se desplazarán a
desde la sabiduría ancestral, que apremia un cam- otros sectores, comportamiento (forma de vida) que
bio de paradigma, reconocernos como parte de un garantiza la regeneración de los componentes lo-
todo y no sobre todo, si pretendemos conservar la cales que utilizaron.
vida de nuestra especie.
De la argumentación anterior se deduce que la na-
-
cupación profunda respecto al cambio climático y derechos, forman parte de ella varios componentes,
la transformación de paradigmas como única forma desde microorganismos hasta macrosistemas, cada
de mantener la vida. En este sentido la conceptua- -
lización actual de naturaleza está relacionada con rias, conformando sus ciclos biogénicos y mantiene
la Hipótesis Gaia, propuesta por James Lovelock, procesos evolutivos de los cuales depende la vida.
quien postula que la Tierra es un gran organismo que
Este análisis permite sustentar la teoría de la Gaia,
de mantener la vida.
considerando que el planeta actúa como un solo
organismo vivo, donde cada una de sus partes inte-
Si bien, Gaia es una hipótesis, es necesario estable- -
man parte de un todo y esto es determinante para
un solo gran sistema dotado y dador de vida, donde mantener la vida, por esta razón se debe garanti-
zar su conservación por medio de la protección de
atmósfera) se encuentran en íntima relación de de- cada uno de sus componentes. De otra parte el prin-
pendencia, no están separadas, ni actúan indepen- cipio ambiental de conservación de las condiciones
dientemente, pues son fascinantes e inimaginables naturales abarca dos aspectos fundamentales que
los nexos físico-químico- biológicos-sociales, etc., son la preservación del entramado de estructuras
entre microorganismos-animales-plantas-atmósfera- orgánicas y la protección de hábitats10;; por tanto,
suelo-agua- y demás, relaciones que determinan la este principio es integrador y ecosistémico, estos
producción de ciclos biogénicos (ciclos que originan
vida), así como de procesos evolutivos (selección -
SON, S.L., Madrid, 2004, p. 451 y 452
11
14. enfoques orientan la protección global de la natu- sus respectivos gobiernos, quienes estratégicamente
-
protección deben orientarse a un todo.
internacionalmente, lo cual no garantiza su protec-
ción y conservación. Esta medida es contraria a la
soberanía de los Estados en cuyos territorios se en-
de la naturaleza debe trascender al interior de cada
cuentra localizada.
persona, pues lo que se protege en último término es
la vida. Sin embargo, se debe reconocer que este es
un proceso gradual de sensibilización donde el ca- Por lo tanto, es imprescindible la intervención de los
pacitador es la propia naturaleza, quien hasta ahora Estados Amazónicos: Ecuador, Venezuela, Surinam,
- Guayana, Guyana, Perú, Colombia, Brasil y Bolivia
- para la conservación de la naturaleza, manteniendo
temente está subiendo de tono (por los grandes una relación armónica entre los seres humanos con
problemas socioambientales del planeta), los datos su entorno.
existentes y los desastres naturales deben llevar a la
-
El Ecuador, considerando el reconocimiento de los
torno.
derechos de la naturaleza, ha propuesto la iniciativa
La evolución ha determinado que Homo sapiens este
dotado de una capacidad de razonamiento que no centro de riqueza cuádruple, proteger y respetar la
debe ser confundida con supremacía sobre el resto autodeterminación de los pueblo libres y su decisión
de componentes de la naturaleza;; esta capacidad de no contacto, y aportar globalmente a la dismi-
de razonamiento más bien se orienta a la adopción nución de la contaminación, que de ser acogida se
de medidas de protección y conservación de los
calentamiento global al contribuir con la captura de
lograr un verdadero desarrollo sustentable11, por tan- CO2.
to es necesario pasar del antropocentrismo al bio-
centrismo, naturocentrismo o cosmocentrismo.
Esta propuesta no pretende devolver al ser humano el crudo en la zona trasciende a los Estados vecinos
a las cavernas, sino más bien retomar el amor del de, quienes en sus territorios mantienen continuidad
ser humano a su entorno, que se traduce en una re-
lación de pertenencia a la naturaleza y al respeto de conformando un todo, y por tanto siendo su respon-
cada uno de sus componentes, lo cual es determi- sabilidad su protección.
nante para mantener la vida del planeta y por tanto
nuestra propia vida.
Iniciativa Yasuní – ITT
Las selvas tropicales del mundo son el hábitat de
fauna del planeta. Se estima que el 28% del oxígeno
molecular (O2) producido a nivel global proviene de
las selvas tropicales;; sin embargo, en la actualidad
12
.
La riqueza natural que se encuentra en la Amazo-
transnacionales que se encuentran apoyadas por
11 El verdadero desarrollo sustentable debe basarse en el
respeto a la integridad de la naturaleza, por tanto el uso sustent-
able de los componentes de la naturaleza no es exclusivamente
humano, se extiende al resto de especies, respetando la capaci-
dad de resiliencia ecológica.
12 Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Selva_
tropical#cite_note-2 último acceso 10/03/2010
12
15. Propuestas
-
ganizaciones de Derechos Humanos y de la Naturaleza, y asumiendo los aportes sustanciales y consensua-
dos de actores sociales y políticos del Ecuador en eventos preparatorios a esta histórica Conferencia Mun-
dial de Pueblos sobre Cambio Climático y Derechos de la Madre Tierra, la Defensoría del Pueblo de Ecuador:
vital entre los seres humanos y los demás seres de la naturaleza y su entorno, como condición para la exis-
de consumo.
función de garantizar la interdependencia entre los seres humanos y la naturaleza, reconociendo que sus
ciclos vitales condicionan la vida de los seres, incluida la de los seres humanos. Esto implica el desarrollo de
mecanismos efectivos y oportunos de exigibilidad de los derechos humanos y de la naturaleza.
la existencia de la vida de todas las especies del planeta. No se puede permitir que los intereses de las em-
Yasuní y la Amazonía fracase.
a que asuman como política pública la protección de la Amazonia y, en consecuencia, repliquen la prop-
zona de mayor biodiversidad en Latinoamérica y una de las más importantes de nuestra Madre Tierra.
en la extracción de recursos naturales y a que los países industrializados asuman un decrecimiento sustent-
able que conlleva limitar la acumulación de la riqueza, disminuir la demanda y consumo de energía y la
extracción de recursos naturales.
-
presas, tanto las que realizan actividades en sus territorios como aquellas que siendo de sus países actúan en
-
za;; impongan las sanciones que esto amerite y les obliguen a la restauración de los ecosistemas afectados y
la reparación integral de las personas, pueblos, comunidades, nacionalidades y colectivos.
protagónico en la defensa de la vida de nuestra Pacha Mama, exigiendo activamente la protección de los
de la comunidad humana, en armonía con todos los seres que habitan el planeta.
el presente y futuro de la vida de todos los pueblos y nacionalidades del planeta.
Dr. Fernando Gutiérrez Vera
DEFENSOR DEL PUEBLO DE ECUADOR
13
18. III. EL NUEVO MODELO DE PROTECCIÓN DEFENSORIAL*
*Patricio Benalcázar
La Defensoría del Pueblo del Ecuador
Un nuevo modelo de gestión para la protección
“La responsabilidad de tutelar los DD.HH. y derechos de la naturaleza
tiene como prólogo sustantivo la independencia y la ética,
pues, muchos de los conflictos,
significarán confrontar el poder social, institucional o corporativo;
allí se pondrá en juego la capacidad de liderazgo y coherencia
de quien tenga la responsabilidad política
de la Institución Nacional de Derechos Humanos en el Ecuador”.
Patricio Benalcázar Alarcón
Director Nacional de Protección de Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza
I. Antecedentes necesarios. mano, lo que rompe la lógica antropocéntrica matriz
de la construcción de las sociedades humanas. Es
en esta parte donde se evidencia una segunda im-
1. Derechos tutelables.- La Constitución de la Repú-
blica incorpora a la Defensoría del Pueblo como la -
institución cuyo mandato es la protección y tutela chos y por lo tanto de protección a la naturaleza,
de los derechos de los habitantes del Ecuador y la lo que demanda un replanteamiento conceptual y
defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecua- material, tarea no solo para la Defensoría, sino para
torianos que estén fuera del país;; además, la hace la sociedad e institucionalidad ecuatoriana en su
parte de la Función de Transparencia y Control So-
cial.
El mandato constitucional hace relación también
Las implicaciones de este mandato constitucional a la defensa de los derechos de las ecuatorianas y
son varias, la primera tiene relación con la compe- ecuatorianos que estén fuera del país. Al respecto
tencia de la Defensoría del Pueblo de tutelar los surgen algunas interrogantes: ¿es que la Constitu-
derechos desarrollados en la Constitución a partir de -
los principios de aplicación de los mismos, lo que in-
cluye los derechos del buen vivir1;; los derechos de las esta institución por si y ante si para intervenir a fa-
personas y grupos de atención prioritaria2;; los dere- vor de nuestros compatriotas ante autoridades de
chos de las comunidades, pueblos y nacionalidades;;
los derechos de participación;; los derechos de liber- derechos enunciada hace relación a todos los dere-
tad;; los derechos de la naturaleza;; y los derechos de chos o cuando se hayan vulnerado los derechos hu-
protección.
El catálogo de los derechos constitucionales hace re- Estas interrogantes y otras aún están presentes
lación a aquellos denominados derechos humanos;;
sin embargo, la mención de los derechos de la natu- titución de Montecristi;; sin embargo, a nuestro en-
raleza da un giro cualitativo en el tratamiento de és- tender la protección de los derechos humanos es
- extraterritorial en virtud del desarrollo de los mismos
- en el marco de la comunidad internacional y por
trabajo y seguridad social. planteado de cara a las personas que habitan sus
- territorios3.
-
razones de “seguridad nacional”, el otorgamiento de “ciudada-
17
19. asimismo, las atribuciones relativas a la investigación
los derechos humanos de las ecuatorianas y ecuato- y pronunciamientos defensoriales tienen una base
rianos que están fuera del país, es una obligación del -
Estado ecuatoriano frente a la comunidad interna- soría del Pueblo, así como la reglamentación interna,
cional y frente a los países sean de tránsito o destino que dicho sea de paso está en proceso de reforma
para adecuarla al marco Constitucional y al nuevo
puede actuar legítimamente para resguardar los modelo de gestión;; sin embargo, para cumplir con
derechos humanos de sus connacionales a través el mandato constitucional relativo a la emisión de
de los canales e institucionalidad reconocida para medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato,
el efecto, en otras palabras, a través de la represen- la vigilancia del debido proceso y la prevención de
la tortura, el trato cruel, inhumano y degradante
ese sentido, el rol de la Defensoría del Pueblo como
de cualquier otra institución es coadyuvante y cuan-
do sea del caso de observancia a nuestra institucio-
nalidad, cuando sus acciones u omisiones den lugar procedimental, amparados en los principios de apli-
a la vulneración de los derechos humanos. cación de los derechos humanos y de la naturaleza
consagrados constitucionalmente.
2.- Mecanismos y garantías aplicables.- La propia
Constitución de la República en el artículo 215 es- Un segundo referente para la acción defensorial,
tablece las atribuciones4 defensoriales y destaca de tiene relación con el desarrollo de la Ley Orgánica
manera particular: de la Defensoría del Pueblo y la normativa interna
que permita desarrollar otras atribuciones, tales
como la elaboración de informes generales y temáti-
cos, dictámenes, observaciones y recomendaciones
de las acciones de protección, habeas corpus,
dirigidas a incidir en casos y situaciones, como en
acceso a la información pública, habeas data,
las políticas, programas públicos y legislación sea de
incumplimiento, acción ciudadana y los recla-
carácter nacional o local,5
mos por mala calidad o indebida prestación de
los servicios públicos o privados.
Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e in-
mediato en materia de protección de los dere-
chos…
Investigar y resolver, en el marco de sus atribu-
ciones, sobre acciones u omisiones de personas
-
cos.
proceso
Prevenir e impedir de inmediato la tortura, el
trato cruel, inhumano y degradante en todas sus
formas.”
Estas facultades constitucionales, son el primer re-
ferente para la acción defensorial;; en el caso de
marco legal y procedimental a través de la Ley
Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional aprobada por la Asamblea Nacional;;
nía” o no a los “no nacionales” bajo sus propias regulaciones
país, pese a las proclamas de “ciudadanía universal” que ya 5 Debo mencionar que, el desarrollo de aquellas atribuciones
tienen rango constitucional. y otras tienen como sustento también los denominados “Prin-
4 La Constitución de la República faculta también a la Defen- cipios de París” de 1992, que son un conjunto de directrices
soría del Pueblo para presentar proyectos de ley, conforme lo elaboradas por las Instituciones Nacionales de Derechos Hu-
dispone el artículo 134 numeral 4 en el ámbito de sus compe- manos, en el marco de una reunión promovida por el Centro de
tencias Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 1991.
18
20. II. Referentes de la nueva gestión institucional. El Plan Estratégico permitió desarrollar la propuesta
2014, con una visión7 y misión8
El elemento cualitativamente distinto de la nueva 9
a implemen-
gestión defensorial está marcado por un proceso
tar.
externas, que le han permitido contar con el Plan
Estratégico 2010 – 2014 plenamente articulado a los Para el desarrollo de estos lineamientos estratégicos
así como con un nuevo modelo de gestión regulado
por el Reglamento Orgánico Funcional y un Plan O-
perativo Anual 20106 de las Direcciones Nacionales
de Protección y Promoción de Derechos Humanos y estratégico, que incluye la Dirección Nacional de
Derechos de la Naturaleza, unidades operativas que
Nacional de Comunicación;; Dirección Nacional de
Cooperación y Relaciones Internacionales y Coor-
dinación con la Función de Transparencia y Control
Social;; un nivel consultivo y asesor, conformado por
-
al de Auditoría Interna;; Dirección Nacional Jurídica;;
Asesoría Nacional y Coordinación General;; un nivel
que incorpora los proyectos, acciones, indicadores, responsabi- operativo conformado por las Direcciones Nacion-
lidades, recursos y cronograma que permitirán implementar los ales de Promoción y Protección;; y un nivel de apoyo,
constituido por Secretaría General;; Dirección Na-
cional Administrativa;; Dirección Nacional Financiera;;
con los dos Programas determinados en el Plan Estratégico Dirección Nacional de Recursos Humanos y Direc-
ción Nacional de Sistemas y Tecnología
relacionados y articulados:
III. El modelo para la Protección
-
La responsabilidad de tutelar los DD.HH. y dere-
1. PROYECTO “Determinar los lineamientos y directrices de chos de la naturaleza tiene como prólogo sustan-
admisibilidad, acogida, despacho al público y el sistema de re- tivo la independencia y la ética, pues muchos de
ferencias y contrareferencias de casos”
2. PROYECTO: “Revisión y cierre de casos de expedientes para la capacidad de liderazgo y coherencia de quien
archivo pasivo y organización de expedientes de archivos acti- tenga la responsabilidad política de la Institución
vos” Nacional de Derechos Humanos en el Ecuador
nacional, apoyo a las delegaciones provinciales y del exterior del Pueblo de Ecuador se consolida como la Institución Nacio-
y elaboración de proyectos de resolución de los recursos de re- nal de Derechos Humanos, autónoma, plural, jurídica y ética
visión” que coadyuva a la construcción de una sociedad, una cultura,
un Estado y una humanidad respetuosas de los Derechos Hu-
manos y de la Naturaleza.”
- 8 La misión: “Somos la Institución Nacional de Derechos
- Humanos que promueve y protege los derechos de las personas,
comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos que habitan
en el país, de las ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior, y
4. PROYECTO “Sistematización recopilación de lineamientos los Derechos de la Naturaleza, para propiciar la vida digna y el
y estándares en derechos humanos de los grupos de atención pri- buen vivir”.
oritaria, DESC y derechos de la naturaleza” 9 Las líneas estratégicas a implementar son:
Promoción de los derechos humanos y de la naturaleza.
5. PROYECTO “Mejoramiento de competencias para la pro- Protección de los derechos humanos y de la naturaleza.
tección de derechos humanos y derechos de la naturaleza”
Comunicación defensorial.
6. PROYECTO “Elaborar, homologar y estandarizar los me- Control social y participación ciudadana.
canismos de protección de la DDP, informes temáticos, in- Participación de la Defensoría del Pueblo en el sistema
vestigación y pronunciamientos defensoriales y medidas de internacional.
cumplimiento obligatorio” Desarrollo Institucional.
19
21. En esa perspectiva, la protección de los derechos humanos y de la naturaleza, busca promover la interpo-
sición de las acciones de garantía constitu-cional y defensorial, reconociendo la necesidad de garantizar los
principios de informalidad, inmediatez y gratuidad;; a través de una estructura orgánica que de respuesta a
Nacional de Protección con tres coordinaciones nacionales10: la de Grupos de Atención Prioritaria;; Derechos
Económicos, Sociales y Culturales11 y Derechos de la Naturaleza y Ambientales.
Las Coordinaciones Nacionales en estrecha relación con su Dirección Nacional supervisan y evalúan téc-
nica y especializadamente los equipos del exterior, regionales y provinciales de protección;; y proponen la
-
taria12;; DESC, y Derechos de la Naturaleza y Ambientales.
de la naturaleza establecerá la conformación de las Comisiones Regionales13, Delegaciones Provincia-les14,
así como las Delegaciones en aquellos países donde la presencia de compatriotas lo demande15. En la
actualidad contamos con 24 delegaciones provinciales, 9 delegaciones cantonales y 2 delegaciones en el
exterior16.
y sus distintos estamentos institucionales y organizacionales no solo un país, sino un mundo posible desde la
solidaridad….veamos hasta donde nos lleva el camino.
10 El trabajo de la Dirección Nacional de Protección y sus coordinaciones se desarrollará en un ejercicio permanente de inte-
gración de sus equipos para la discusión, sistematización, elaboración de estándares, informes, propuestas de acción frente a los
12 Cuestiones de género, generacionales, colectivas y étnicas, personas en movilidad u otros grupos que requieren atención o sean
13 Las comisiones regionales serán encargadas de ejecutar los programas y proyectos de promoción y educación en derechos
humanos y de la naturaleza en Coordinación con la Dirección Nacional de Promoción, además se encargarán de supervisar, moni-
torear y evaluar las operaciones de protección de los derechos humanos y derechos de la naturaleza que realizan las delegaciones
provinciales que integran su región y en coordinación con la Dirección Nacional de Protección.
14 Las delegaciones provinciales están encargadas de las operaciones de protección de los derechos humanos y derechos de la
naturaleza.
15 Las Delegaciones que se establezcan en el exterior cumplirán con las funciones de defensa de los derechos de las y los ecuato-
rianos que estén fuera del país, coadyuvando y vigilando al servicio exterior y demás instituciones del Estado con representación
en el exterior. Las Delegaciones en el exterior desarrollarán sus actividades bajo las instrucciones de la Dirección Nacional de
Protección y con la Coordinación Nacional de Protección Prioritaria.
16 En EE.UU. e Italia.
20
23. IV.COORDINACIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN PRIORITARIA
4.1. Garantías Jurisdiccionales
4.1.1. Petición de acción de protección por el acceso al sistema financiero
de personas refugiadas* *
-
mas, los bancos están obligados a establecer dentro
de sus políticas y procedimientos internos, las normas
I. -
cional de Movilidad Humana de la Defensoría del
para la selección de sus clientes.
Pueblo (s), legitimada activa para presentar esta de-
manda conforme a lo dispuesto en los artículos 215.1
de la Constitución de la República, así como el artí- “En general los Extranjeros gozan de los mismos dere-
culo 9 literal b) de la Ley Orgánica de Garantías Ju- chos que los ecuatorianos en cuanto a la adquisición
risdiccionales y Control Constitucional, a nombre del y goce de los derechos establecidos en las leyes..,”
ciudadano colombiano JOHNY ALBERTO SOLANILLA
MARULANDA, refugiado en el Ecuador, portador del
de dos partes, esto es, tanto del banco como del
comparezco y presento la siguiente demanda de solicitante de la apertura, para formalizar la relación
Acción de Protección.
Y VOLUNTARIA de cada una de las partes de querer
II. La entidad accionada es el Banco del Pacífico
S.A
tiene el potencial cliente de decidir si desea o no
se encuentra ubicada en las Avs. Naciones Unidas
E7-95 y Shyris, a través de su representante legal.
tiene el banco para decidir si desea o no una rela-
ción contractual con cualquier persona, de acuerdo
III. Mediante nota No. 34813-2009/DGR, de fecha al principio de la autonomía de la voluntad consa-
grada tanto en la Constitución Política de la Repú-
Cuenca, Director General de Refugiados (e), del blica, así como las disposiciones contenidas en el
Ministerio de Relaciones Exteriores, esta Comisión Código Civil.
tuvo conocimiento del caso del ciudadano colom-
biano JOHNY ALBERTO SOLANILLA MARULANDA,
“Nuestra políticas internas, que se basan en la nor-
quien ostenta la calidad de refugiado en nuestro
mativa vigente, y de manera especial en las normas
8400004803.
relativas al lavado de activos, las que de hecho y
El mencionado ciudadano concurrió al Banco del
por su naturaleza demandan un extremo cuidado y
análisis de nuestro eventuales cliente, nos impiden
turar una cuenta bancaria, frente a lo cual autori-
lamentablemente la apertura de cuentas a perso-
nas con status de refugiados, siendo este un tema
posibilidad, por su condición de refugiado.
debidamente explicado a todo solicitante de una
cuenta”.
-
Con esta contestación, la Comisión Nacional de
cázar Alarcón, Comisionado Nacional de Movilidad
Movilidad Humana de la Defensoría del Pueblo, se
MARULANDA, quien manifestó que efectivamente se
esta Comisión un Informe Técnico-Jurídico detallado
esta ciudad de Quito para que se le aperture una
caso.
cuenta de ahorros. El ciudadano informó a la Defen-
soría del Pueblo que este era un requisito para que le
- puedan pagar su remuneración mensual, caso con-
- trario la empresa ser vería en la obligación de dar
que al presentar su solicitud de apertura de cuenta,
cuenta, se hace indispensable analizar si la persona inmediatamente un empleado del Banco del Pací-
-
pueda abrir dicha cuenta, como parte de la política giado en el Ecuador no le permitía tener una cuenta,
23
24. vulnerando así Principios y Derechos consagrados en Principio pro persona: el artículo 11.5 de la Constitu-
la Constitución de la República del Ecuador, Trata- ción, dispone que en materia de derechos y ga-
dos y Convenios Internacionales;; así como también rantías constitucionales se estará siempre a la norma
y aplicación que favorezca su efectiva vigencia.
vigente.
Principio de interdependencia de los Derechos Hu-
- manos: el artículo 11.6 establece que todos los prin-
nen en evidencia la violación de varios derechos cipios y derechos garantizados en la Constitución
consagrados en la Constitución de la República, así serán indivisibles, irrenunciables e interdependientes.
como en varios instrumentos internacionales suscritos
Grupos de atención prioritaria:
Derechos constitucionales vulnerados: El capítulo tercero de la Constitución de la República
-
Deberes del Estado ecuatoriano: taria, ubicando en este a las personas en movilidad.
Así, el artículo 40 el Estado reconoce el derecho de
las personas a migrar. Y por tanto, dispone la pro-
De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 3.1 y 11.9 hibición de considerar a un ser humano como ilegal
de la Constitución de la República, es deber primor- por su condición migratoria.
el efectivo goce de los derechos establecidos en la
Constitución e instrumentos internacionales”. En tanto, el artículo 41 dispone que las personas que
se encuentren en situación de asilo o refugio gozarán
-
cicio de sus derechos.
Principio de no discriminación: el artículo 11.2 de la Derecho a la igualdad formal y material:
Constitución de la República dispone que todas las
personas son iguales y gozarán de los mismos dere-
chos, deberes y oportunidades. Expresamente dis- El artículo 66.4 reconoce y garantiza dentro de los
pone la prohibición de discriminación por razones derechos de libertad, el derecho de las personas a
de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad la igualdad formal y material y a la no discriminación.
de género, identidad cultural, estado civil, idioma,
Ecuador y Relaciones Internacionales:
condición socio-económica, condición migratoria,
orientación sexual, estado de salud, portar VIH, dis-
capacidad, diferencia física;; ni por cualquier otra En el artículo 416.5 en el marco del sistema internacio-
distinción, personal o colectiva, temporal o perma- nal y sus relaciones el Estado ecuatoriano reconoce
el derecho de los distintos pueblos que coexisten
dentro de los Estados principalmente los de expresar,
de los derechos. preservar y proteger el carácter diverso de sus socie-
dades, por lo que el Estado rechaza el racismo, la
xenofobia y todo tipo de discriminación. Así mismo,
Concordante con dicha norma el artículo 9 de la en este contexto, el Estado ecuatoriano exige el res-
Constitución establece el derecho de las personas peto de los derechos humanos, especialmente de
mismos derechos que las ecuatorianas. a través del cumplimiento de las obligaciones asumi-
das por la suscripción de los diferentes instrumentos
Principio de Aplicación Inmediata de derechos: Este internacionales.
principio establece que los derechos y garantías con-
sagradas en la Constitución son directamente apli-
cables ante cualquier servidora o servidor público.
Además establece que para la aplicación de estos
derechos no se exigirán condiciones o requisitos que
no estén consagrados en la Constitución o en la ley.
24
25. Estándares internacionales: Convención sobre el Estatuto de los Refugiados:
Derecho a la igualdad ante la Ley y no Discrimi- El Estado ecuatoriano es suscriptor de la Convención
nación: sobre el Estatuto de los Refugiados, razón por la cual
está obligado a asegurar a las personas refugiadas
El Estado ecuatoriano está obligado a respetar el
libertades fundamentales.
derecho a la igualdad y no discriminación de quienes
habitan en su país, tanto por ser parte de instrumen-
tos internacionales del Sistema Universal como del Así, el artículo 6 de este instrumento internacional es-
Sistema Regional Americano. tablece que en todos los casos en que la Convención
-
Así, en el Sistema Universal la Declaración Universal
plir con todos os requisitos que se exigirían si no fuese
de Derechos Humanos:
trate, excepto los requisitos que, por su naturaleza,
Consagra el derecho a la igualdad ante la ley y no no pueda cumplir como refugiado. Norma que evi-
- dencia que las personas refugiadas son iguales que
ca al Estado ecuatoriano la obligación de reconocer las nacionales y por tanto, no se les podrá exigir el
que todos los seres humanos nacen libres e iguales cumplimiento de requisitos extras.
en dignidad y derechos. Por lo que todas las perso-
nas gozan de los derechos y libertades proclamados
De otra parte, el artículo 13 del mismo instrumento in-
en la mencionada Declaración, sin distinción alguna
ternacional, establece que los Estados contratantes
de raza, origen nacional, nacimiento o cualqueir otra
estarán en la obligación de conceder el trato más
condición, asímismo, todas las personas son iguales
favorable posible y en ningún caso menos favorable
ante la ley y tienen, sin distinción, derechos a igual
protección de la ley.
tancias, respecto de la adquisición de bienes mue-
bles e inmuebles y otros derechos conexos como,
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: arriendo y otros contratos relacionados con estos
bienes.
Reconoce en su artículo 26 el derecho de todas las
personas a ser tratadas como iguales ante la ley y a En el Sistema Regional Interamericano la Conven-
igual protección de la ley. A este respecto, la ley pro- ción Americana de Derechos Humanos:
hibirá toda discriminación y garantizará a todas las
personas protección igual y efectiva contra cualqui-
En su artículo 1 establece el principio de igualdad y
er discriminación por motivos de raza, color, sexo,
no discriminación para la aplicación de los derechos
idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier ín-
y obligaciones establecidad en el mencionado ins-
dole, origen nacional o social, posición económica,
trumento, por lo que dispone que los Estados partes
nacimiento o cualquier otra condición social.
se comprometen a respetar los derechos y liberta-
des reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno
La Convención Internacional sobre la protección de -
ción, sin discriminación alguna por motivos de raza,
su familias: origen nacional o social, nacimiento o cualquier otra
condición social. Concordante con este principio el
artículo 24 consagra el derecho de las personas a ser
En el artículo 7 expresa que, Los Estados partes se
consideradas iguales ante la ley. En consecuencia,
comprometerán, de conformidad con los instrumen-
tienen derecho, sin discriminación, a igual protec-
tos internacionales sobre derechos humanos, a res-
ción de la ley.
y sus familiares que se hallen dentro de su territorio,
sin distinción alguna por motivos de origen nacional, Derecho a acceder a un recurso efectivo que le
nacimiento o cualquier otra condición. ampare contra actos que violenten sus derechos hu-
manos:
Sistema Universal, Declaración Universal de Derechos
Humanos
25
26. El Estado ecuatoriano de acuerdo con el artículo 8 general, así como también los previstos en la Con-
está obligado a dotar a las personas que habitan en vención de 1951.
él de un recurso efectivo, ante los Tribuanles nacion-
ales competentes que las ampare contra actos que
Los hechos y los fundamentos de derecho constitu-
violen sus derechos fundamentales reconocidos por
cionales y de estándares internacionales detallados
la constitución o la ley.
en esta demanda dan cuenta de que la actuación
El artículo 16 de la Convención sobre el Estatuto de derechos consagrados en la Constitución de la
Refugiados establece que los Estados contratantes República y en normas internacionales, principal-
se obligan a garantizar y respetar el libre acceso de mente el derecho a la igualdad y no discriminación
las personas refugiadas a los Tribunales de Justicia.
Así como el derecho de recibir en dichas instancias Solanilla Marulanda. Habiendo en este caso el Ban-
el mismo trato que un nacional e incluso la asistencia
del mencionado ciudadano como una categoría
cuenta de ahorros, violentando la obligación de
Sistema Regional Interamericano: Convención Ame-
brindar protección especial y atención prioritaria al
ricana de Derechos Humanos:
ciudadano que posee la condición de refugiado,
conforme lo disponen la Constitución de la Repú-
El artículo 24.1. establece el derecho de toda per- blica y la Convención de Ginebra de 1951 sobre el
sona a acceder a un recurso sencillo y rápido o a Estatuto de Refugiados.
-
bunales competentes, que la ampare contra actos
-
que violen sus derechos fundamentales reconocidos
manos da lugar a que la violación del derecho a la
por la Constitución, la ley o la presente Convención.
igualdad y no dicriminación, así como del derecho a
-
Interdependencia de los Derechos Humanos: landa, amenace y vulnere otros derechos humanos
-
do dentro de los derechos del buen vivir, consagra-
Declaración y Programa de Acción de Viena:
do en el artículo 33 de la Constitución. Así también se
violenta el derecho a la vida digna, que le asegure
En el numeral 5 establece que todos los derechos
humanos son universales, indivisibles e interdepen- nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento am-
dientes y están relacionados entre sí. La comunidad
internacional debe tratar los derechos humanos en necesarios, conforme lo establece el artículo 66.2 de
la Constitución de la República.
de igualdad y dándoles a todos el mismo peso. Debe
tenerse en cuenta la importancia de las particulari-
IV. Procedencia y legitimación activa: Esta acción
dades nacionales y regionales, así como de los diver-
de protección es procedente de acuerdo a lo dis-
sos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero
puesto en el artículo 40 y 41 de la Ley Orgánica de
los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus
Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional,
sistemas políticos, económicos y culturales, de pro-
mover y proteger todos los derechos humanos y las
derechos constitucionales y no existe otro mecanis-
libertades fundamentales.
-
mita proteger los derechos a la igualdad ante la ley
Normas Internas: y no discriminación por la condición de refugiado,
así como, el derecho a recibir atención prioritaria y
protección especial por parte del Estado y las per-
Reglamento para la aplicación en el Ecuador de las
sonas particulares o privadas que prestan servicios
Normas contenidas en la Convención de Ginebra de
públicos.
1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y en su Pro-
tocolo de 1967.
-
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27 de dicho
ulo 308 de la Constitución de la República, presta un
Reglamento, los Refugiados gozan en el territorio del
servicio de orden público, y además se encuentra
Ecuador de los mismos derechos que la Constitución
realizando un acto de clara discriminación en contra
de una persona que posee la condición de refugia-
26
27. 41.5 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
V.
VI. Con estos antecedentes y fundamentada en lo dispuesto por el Art. 88 de la Constitución de la República
del Ecuador vigente, acudo ante su autoridad para interponer la Acción de Protección y solicitar que en el
plazo de veinte y cuatro horas se realice la correspondiente audiencia donde comprobaré que se han vio-
lentado las normas constitucionales e internacionales de protección al haber negado el acceso al sistema
su autoridad proceda a disponer la inmediata apertura de una cuenta bancaria a la entidad accionada a
favor del mencionado ciudadano.
VII -
recibiré en el casillero Judicial No. 998 del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, correspondien-te a
la Defensoría del Pueblo.
COMISIONADA NACIONAL DE MOVILIDAD HUMANA (S) DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE ECUADOR
27
28. 4.1.2. Sentencia de la acción de protección garantizando el derecho de
acceder al sistema financiero a las personas colombianas.
28
45. 4.5. Estándares
4.5.1 Personas consumidoras y usuarias *
*
ESTÁNDARES MÍNIMOS DE DERECHOS DE comunitarias se tendrán en cuenta las exigencias de
PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS la protección de los consumidores...”
PREFACIO.- Los siguientes estándares están susten- Este artículo ha dado lugar a una serie de directivas
tados tanto en fuentes del Derecho del Sistema Na-
cional como del Sistema Universal.
de ellas.
En cuanto a Fuentes del Derecho del Sistema Na-
cional, los derechos de las personas consumidoras y La Competencia Material de los estándares bási-
usuarias se hallan principalmente en la Constitución cos de los derechos de las personas consumidoras y
de la República y en la Ley Orgánica de Defensa usuarias son los siguientes1:
del Consumidor y se vienen aplicando regularmente
en el Ecuador. Existen leyes de carácter especial so- 1er.) PRIMER ESTÁNDAR: Derecho a que se garantice
bre algunas materias relacionadas con la venta o a las personas consumidoras y usuarias el acceso,
prestación de bienes o servicios públicos, inclusive consumo y utilización de bienes y servicios públi-
privados de interés público, o públicos concesiona-
dos o delegados, que en alguna parte de su articu-
- integridad en general de las personas consumidoras
chos de las personas consumidoras y usuarias;; así por y usuarias para protegerlas frente a riesgos de toda
- índole.2
nicaciones, del Sistema Financiero, de Seguros, del
Sector Eléctrico, de Educación, el Código de Salud
entre otras. 2do.) SEGUNDO ESTÁNDAR: Derecho de acceso a
una información adecuada que permita a las perso-
nas consumidoras y usuarias hacer elecciones bien
La Fuente del Derecho Sistema Universal de carácter fundadas conforme a los deseos y necesidades de
obligatorio, se encuentra en las Directrices de Na- cada cual.3
ciones Unidas para la protección del consumidor en
1
Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC)
y aprobadas por la Asamblea General de las Na- y actualizada página 18)
ciones Unidas el 9 de abril de 1985. -
calidad de los servicios: 27, 32, 52, 54, 57, 66, 85, 227, 267,
Una Fuente del Derecho Sistema Universal referen- 276, 310, 314, 315, 320, 336, 340, 346, 347, 351, 353, 354,
cial muy importante que muestra la vanguardia en
la progresividad para protección de los derechos de bienes: 13, 30, 281, 320, 336, 411. Ley Orgánica de Defensa
las personas consumidoras y usuarias, constituye el
Tratado de Unión Europea, que en su artículo 153 se -
lee: -
1. Para promover los intereses de los consumidores
y garantizarles un alto nivel de protección, la Comu-
nidad contribuirá a proteger la salud, la seguridad -
y los intereses económicos de los consumidores, así
como a promover su derecho a la información, a la Consejo.)
educación y a organizarse para salvaguardar sus in- -
tereses.
-
2. Al definirse y ejecutarse otras políticas y acciones 4, 9, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 57 , 58. Reglamento a la
45