1. ¡Formando personas para la vida!
FORMACIÓN CUIDADANA Y CÍVICA
DOCENTE RESPONSABLE: Miriam HC.
INTRODUCCIÓN AL CURSO
ETIMOLOGÍA.- Educación Cívica, proviene de dos voces latinas:
Educatio: Alimentar, enseñar formar, orientar y
Civis: ciudadano, persona.
De tal forma que etimológicamente Educación Cívica significa enseñar, educar a las personas a que se conduzcan
como ciudadanos; como personas que aman su ciudad es decir, que defienden y respetan el orden social
establecido.
CONCEPTO.- Es una disciplina de las ciencias sociales, que partiendo y basándose en la historia y contexto
económico-social en que desenvuelven los hombres, enseña la forma de comportarse a cada integrante de la
sociedad (hombre), respecto a los demás y el Estado (convivencia social) en el que se desenvuelve.
2. ¡Formando personas para la vida!
NORMAS
Son reglas de conducta orientas a que el hombre pueda asumir una determinada postura frente a la
sociedad y estado. Su origen está en la costumbres (normas consuetudinarias); en la actualidad, las de
mayor importancia están reguladas por el estado ( normas escritas).
Las normas regulan la convivencia social, son la expresión de un cierto orden y pueden ser establecidas por
la sociedad y/o el estado:
CLASES DE NORMAS:
NORMAS MORALES: Son las reglas que obran tan solo en la conciencia del individuo, sin sanación
material o externa, no cabe acudir al poder judicial para poder exigir su cumplimiento, por lo general se
considera que están motivadas por altos principios de convivencia social, superación propia y perfección
humana.
NORMAS SOCIALES: Son Reglas de conducta que condicionan el comportamiento de los hombres
individual y colectivamente y que están constituidos por la costumbre práctica, es decir, son normas que
exigen una simple adhesión externa del sujeto con o sin sinceridad. Está conformada por las llamadas
normas de urbanidad, reglas de trato social y las normas de etiqueta social.
NORMAS RELIGIOSAS: Son aquellas normas basadas en la fe y en un compromiso con Dios, su
incumplimiento genera sanción interna, inmaterial. Todas estas normas indican una forma de
comportamiento y se caracterizan pues están respaldadas por los preceptos.
NORMAS JURÍDICAS: Son prescripciones que emanan de un órgano estatal competente que tiene como
finalidad principal regular las conductas en el seno de un grupo social. Es una norma a cuyo
incumplimiento debe seguir una sanción, estando tal mandato respaldado por la fuerza del estado. La
norma jurídica supone que el estado compromete su fuerza detrás de cada una de ellas a fin de garantizar
que en caso de incumplimiento, sus organismos y recursos la harán cumplir. Este recurso (uso de la fuerza
estatal) permite diferenciar el derecho de otros sistemas normativos que coexiste con él en las sociedades .
CARACTERÍSTICAS:
-Se originan en el estado.
-Su incumplimiento genera una sanción material hacia la persona que incumplió.
-Son bilaterales, establecen deberes y derechos.
-Son genéricas, tienen vigencia durante un tiempo y rigen un espacio determinado.
-Solo pueden ser modificadas o derogadas por otra norma del mismo nivel.
-Su vigencia se establece en el diario oficial.
COACCIÓN:
Es el uso de la fuerza por parte de un órgano estatal para el cumplimiento de lo
dispuesto en la norma jurídica.
COERCIÓN:
Es el presión subjetiva (temor) que impulsa a actuar de acuerdo a lo dispuesto en la
norma jurídica; se trata de un temor por la sanción material.
3. ¡Formando personas para la vida!
ORDEN JERÁRQUICO DE LAS NORMAS JURÍDICAS
El sistema legislativo peruano tiene una estructuración compleja, en el cual se jerarquiza varios niveles de
las distintas normas jurídicas. Consideramos cinco niveles normativos.
NIVEL COMPRENDE
I NIVEL: Normas constitucionales:
-La constitución.
-La declaración universal de los derechos
-Los tratados y acuerdos sobre los DDHH
II NIVEL: Las leyes, los tratados y
otras normas de igual rango:
-Los tratados y acuerdos internacionales.
-Libertades reconocidas por la constitución.
-Las leyes ordinarias orgánicas.
-Las normas regionales de carácter general.
-Las ordenanzas municipales.
-Las sentencias del tribunal constitucional.
III NIVEL: Los decretos y normas
de carácter reglamentario:
-Los convenios internacionales ejecutivos.
-Los decretos supremos.
-Decretos regionales ejecutivos.
-Edictos municipales.
IV NIVEL: Las resoluciones:
-Las resoluciones supremas.
-Las resoluciones ministeriales.
-Resoluciones administrativas y circulares de la sala plena
de la corte suprema.
-Resoluciones administrativas del fiscal de la nación y del
defensor del pueblo.
-Resoluciones de órgano autónomo no descentralizado
(Contraloría, SBS y SUNAT)
V NIVEL: Normas de interés
particular
-Sentencias judiciales y laudos arbitrales.
-Contratos, convenios.
-Transacciones.
-Testamentos.
-Donaciones.
4. ¡Formando personas para la vida!
TRABAJO PROPUESTO
1. El congreso de la republica entre otras normas ,emite también una denominada:
a. Resolución legislativa b. Constitución política c. Decreto ley d. Decreto de urgencia e. Decreto supremo
2. Los estados mantiene el orden público coactiva y coercitivamente a través de:
a. Educación cívica b. Normas morales c. Normas religiosas d. Promoción de valores e. Normas jurídicas
3. ¿Son normas con rango de ley dadas por el presidente de la república?
4. ¿Norma jurídica de mayor jerarquía emitida por gobiernos locales?
5. La vigencia de una ley se da a partir de:
6. Señale las diferencias entre las normas sociales, jurídicas, religiosas y morales: