1. A ñ o I N º 04
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INSTRUMENTO DE COMUNICACIÓN DE LA SECCION SINDICAL ESTATAL DE CCOO DE PARADORES CON LOS TRABAJADORES
LEY LA POLÍTICA ES EL ARTE DE OBTENER EL DINERO DE LOS RICOS Y
EL VOTO DE LOS POBRES CON EL PRETEXTO DE PROTEGER A LOS
UNOS DE LOS OTROS
CONSTITUCION ESPAÑOLA (ANONIMO )
Artículo 9.
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están
sujetos a la Constitución y al resto del ordenamien-
to jurídico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover
las condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en que se integra sean
reales y efectivas; remover los obstáculos que
impidan o dificulten su plenitud y facilitar la partici-
pación de todos los ciudadanos en la vida política,
económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legali-
dad, la jerarquía normativa, la publicidad de las
normas, la irretroactividad de las disposiciones
sancionadoras no favorables o restrictivas de
derechos individuales, la seguridad jurídica, la
responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad
de los poderes públicos.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la Ley sin que
pueda prevalecer discriminación alguna por
razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquiera otra condición o circuns-
tancia personal o social.
Artículo 21.
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y
sin armas. El ejercicio de este derecho no
necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de
tránsito público y manifestaciones se dará
comunicación previa a la autoridad, que solo
podrá prohibirlas cuando existan razones
fundadas de alteración del orden público, con
peligro para personas o bienes.
Artículo 24.
1. Todas las personas tienen derecho a obtener
la tutela efectiva de los jueces y tribunales en
el ejercicio de sus derechos e intereses legíti-
mos, sin que, en ningún caso, pueda producir-
se indefensión.
Artículo 28.
1. Todos tienen derecho a sindicarse libremen-
te. La Ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio
de este derecho a las Fuerzas o Institutos
armados o a los demás Cuerpos sometidos a
disciplina militar y regulará las peculiaridades
de su ejercicio para los funcionarios públicos.
La libertad sindical comprende el derecho a
fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección,
así como el derecho de los sindicatos a formar
confederaciones y a fundar organizaciones
sindicales internacionales o afiliarse a las
mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a
un sindicato.
2. Se reconoce el derecho a la huelga de los
trabajadores para la defensa de sus intereses.
La Ley que regule el ejercicio de este derecho
establecerá las garantías precisas para asegu-
rar el mantenimiento de los servicios esencia-
les de la comunidad.
Artículo 31.
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los
gastos públicos de acuerdo con su capacidad
económica mediante un sistema tributario
justo inspirado en los principios de igualdad y
progresividad que, en ningún caso, tendrá
alcance confiscatorio.
2. El gasto público realizará una asignación
equitativa de los recursos públicos y su progra-
mación y ejecución responderán a los criterios
de eficiencia y economía.
3. Sólo podrán establecerse prestaciones
personales o patrimoniales de carácter público
con arreglo a la Ley.
Artículo 35.
1. Todos los españoles tienen el deber de
trabajar y el derecho al trabajo, a la libre
elección de profesión u oficio, a la promoción a
través del trabajo y a una remuneración
suficiente para satisfacer sus necesidades y las
de su familia, sin que en ningún caso pueda
hacerse discriminación por razón de sexo.
2. Año I Nº 04
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EDITORIAL
CUANDO EL TRABAJO ES UN PLACER LA VIDA ES BELLA.
PERO CUANDO NOS ES IMPUESTO LA VIDA ES UNA ESCLAVITUD.
(MAXIM GORKI )
Estimados compañeros y compañeras:
En 1889, Sagasta recopiló una serie de Leyes que se convirtieron el el Código Civil, el gran es-
queleto legal que ha llegado hasta nuestros días. El artículo 1.256 del mismo rezaba así: "La validez
y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes".
La reforma laboral del Gobierno del PP es tan profunda que algunos juristas advierten de que
en 2012 peligran derechos tan antiguos como el conquistado con Sagasta: el nuevo contrato llega a
dar potestad absoluta al empresario durante todo un año el periodo de prueba para despedir sin ex-
plicación ni indemnización se deja al arbitrio de uno de los contratantes.
Como dicen juristas de los sindicatos CCOO y UGT "No es que volvamos al siglo XIX, sino que
algunos derechos tenían entonces mejores garantías". "La reforma deja en manos del empresario un
poder omnímodo que nos retrotrae muy lejos.
Algunos expertos en el mercado de trabajo, como Albert Recio, economista de la Universitat de
Barcelona, coinciden también en que la reforma laboral conduce de lleno al siglo XIX, "a falta ya sólo
del derecho de pernada".
La huelga es la suspensión colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores con el
fin de reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo o manifestarse contra recortes en los dere-
chos sociales. Según la Organización Internacional del Trabajo, es uno de los medios legítimos funda-
mentales de que disponen los ciudadanos y específicamente los trabajadores (a través del movi-
miento sindical y las organizaciones sindicales) para la promoción y defensa de sus intereses econó-
micos y sociales.
La definición anterior muestra claramente cual es el paso que la política ultraliberal del actual
gobierno, a través de una Reforma Laboral injusta y desproporcionada, nos obliga a los trabajadores
a dar.
El actual Gobierno se ha ufanado ante sus amos que la reforma laboral les iba a costar una
Huelga General, pues aquí la tienen. Los medios de comunicación de la derecha y todo el facherío
patrio llevan desde la publicación de la Reforma poniéndose la tirita contra las movilizaciones de los
trabajadores de este país. Como dice aquella cita apócrifa del Quijote “Ladran Sancho luego cabalga-
mos”.
Los trabajadores de Paradores no somos, ni podemos ser, ajenos a la realidad social que existe
en nuestra Piel de Toro.
POR TU TRABAJO
POR TUS DERECHOS
POR TU VIDA
POR TUS HIJOS
A LA HUELGA
SECCION SINDICAL ESTATAL DE CCOO DE PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA
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PROBLEMAS SOLUCIONES
AEROPUERTO DE CASTELLON * Poder empresarial absoluto para contratar, des-
* Ha consumido más de 155 millones de € de dinero pú- pedir y modificar las condiciones laborales
blico.
* No tiene permiso para que aterricen o despeguen avio-
nes.
* Si se quiere que aterrice algo mayor que una paloma se * Incremento de los impuestos a las rentas del
tendrá que demoler una de sus pistas y volverla a cons- trabajo
truir, pues incumple la Normativa de Seguridad.
* La concesionaria que lo construyó y que iba a explotarlo
reclama 80 millones de € por la rescisión del contrato por
parte de la Generalitat Valenciana. Reducciones salariales discrecionales por parte
de la patronal a los trabajadores.
Reducción del salario a trabajadores públicos.
AYUDAS A LORCA
Izquierda/Ezquerra reclama explicaciones a UPN por el destino
de los 630.000 € donados a Lorca, que serán empleados para
una procesión de Semana Santa.
(GARA)
CAM Recortes en la Sanidad y la Educación públicas.
Los directivos de la CAM cobraron 2,4 millones de € en metálico
Eliminación de ayudas a la Dependencia.
en 2011, después de que la entidad fuera intervenida.
(La Vanguardia)
PARLAMENTO DE NAVARRA
Se autoriza un gasto de 6.980 € para hacer un retrato de la ex-
presidenta del Parlamento de Navarra.
(Diario de Noticias)
CANARIAS
* Tenerife gasta 400.000 € en una televisión que no emite nada
(Finanzas.com).
* El Gobierno canario se muestra incapaz de explicar en que se
gastó 1,2 millones de € destinados a subvenciones en Parques
Nacionales.
(La Voz de Lanzarote)
AYUNTAMIENTOS
El pueblo de Anglés tiene las arcas vacías. La biblioteca, uqe costó
1 millón de € está cerrada. Quedan por pagar 400.000 € en factu-
ras y el coste de su mantenimiento es de 100.000 € año.
(Sur de Málaga)
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BOQUITAS DE
PIÑON
Pueden estar tranquilos los
El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en trabajadores de este país,
que aunque le duela al
nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que Partido Socialista, aquí está
goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad el partido popular para
a trabajar. Sin embargo, desde hace tiempo estamos asistiendo a una bo- defender a los trabajadores
chornosa y malintencionada campaña de deslegitimación de los sindicatos y trabajadoras.
por parte de la derecha política y mediática, con la intención de socavar la Mª Dolores de Cospedal
imagen de CCOO y UGT y debilitarlos de cara a la aprobación de la Reforma “Arriba parias de la Tierra”
Laboral más retrógrada de la democracia y socavar el apoyo que reciben
de parte de los trabajadores de cara a la convocatoria de huelga general
del 29-M. Como aclaró el abogado del Gabinete Interfederal de CCOO, Enri-
que Lillo, “es erróneo identificar el derecho al trabajo como el derecho a no
hacer huelga. Es más, quien no se suma a la huelga no está protegido por Yo no creo que haya que
la Constitución, aunque digan lo contrario a sabiendas de que es mentira”. abaratar el despido.
Mariano Rajoy
“Donde dijo digo…”
No necesitamos que sea
más fácil despedir.
Esteban González Pons
“El ocurrente”
Es sintomático constatar como, tanto la CEOE como los tertulianos de de-
rechas y extrema derecha solo se acuerdan del derecho al trabajo cuando
se convoca una Huelga.
Es increíble constatar como, quienes han aprobado una Reforma Laboral Hay que abaratar el
que vulnera la Constitución, los acuerdos de la OIT y el más mínimo senti- despido en este momento
do común, en cuanto a las Relaciones Laborales invocan el derecho al Tra- en España?. NO
bajo, contra el derecho a la Huelga. Cristóbal Montoro
“El sordo”
No se puede pedir a quienes no han tenido en cuenta nuestra Carta Mag-
na para refrendar esta norma injusta que entienda que el art. 35.1 de la
Constitución no establece, como de manera errónea y pertinaz defienden
los voceros de la derecha y la Patronal un derecho al trabajo enfrentado al
derecho de huelga, sino que establece el derecho a trabajar y, por tanto, a Habrá una caída del
empleo de 630.000
que se desarrolle una política económica de pleno empleo o de intento de personas a lo largo de
conseguirlo. este ejercicio.
Luis de Guindos
“Se ha caido del…”
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BOCAS DE
Además el art. 35.1, no va referido en absoluto al derecho a trabajar con
ocasión de la huelga y por parte de los trabajadores convocados a la mis- ALCANTARILLA
ma. Existen sentencias del Tribunal Constitucional como la 22/1981 de 2
de julio, la 192/2003 de 27 de octubre y la 20/1994 de 27 de enero, que Serios, muy serios que si
es tablecen que el derecho al trabajo del art. 35.1 exige el derecho a la no...
estabilidad en el empleo, a no ser despedido sin causa, a tener una garan- Juan Rosell
tía formal de defensa del trabajador despedido y el derecho a la indemni- “(Presidente CEOE tras la
publicación de la Reforma
zación correspondiente si no se produce la readmisión. Laboral)
Además el art. 35.1, que tiene menos rango normativo que el 28.2, no va
referido en absoluto al derecho a trabajar con ocasión de la huelga y por [La Reforma Laboral ] va en
parte de los trabajadores convocados a la misma. Existen sentencias del la dirección correcta"
Tribunal Constitucional como la 22/1981 de 2 de julio, la 192/2003 de 27 porque acerca la legislación
de octubre y la 20/1994 de 27 de enero, que establecen que el derecho al española a lo que hay en
trabajo del art. 35.1 exige el derecho a la estabilidad en el empleo, a no Europa y porque permitirá a
las empresas en problemas
ser despedido sin causa, a tener una garantía formal de defensa del traba- reestructurarse en lugar de
jador despedido y el derecho a la indemnización correspondiente si no se verse obligadas a cerrar por
produce la readmisión. el "absolutamente
desorbitado" coste del
Básicamente los pilares que la Reforma Laboral se encarga de demoler y
despido.
que llevan a la convocatoria de una Huelga General.
Juan Rosell
(Presidente de la CEOE)
..."como aquí el subsidio
dura hasta 24 meses, la
gente encuentra trabajo
milagrosamente cuando
falta un mes o dos para
agotar el subsidio. Esto
quiere decir que no está
funcionado del todo bien",
Juan Rosell
(Presidente de la CEOE)
Existe, por tanto, el derecho fundamental a ejercer la huelga y el derecho fun-
damental a formar parte de los piquetes de publicidad de la misma; y no existe "El español, en general, no
un derecho constitucional a no hacer huelga, sino meramente una libertad indi- sólo es reacio a desplazarse
vidual de querer trabajar, sin protección constitucional. de una ciudad a otra fuera
de su autonomía, sino que
En cualquier caso, cualquier descuento económico desproporcionado, sanción le cuesta mucho
o despido (aunque sea reconociendo la improcedencia) por participar en la desplazarse de una ciudad a
huelga sería nulo de pleno derecho por haberse violado, por parte de la empre- otra dentro de su
sa, el derecho fundamental de huelga, como ya estableció el TC en sentencia autonomía, y los indicadores
muestran que España tiene
90/97 sobre nulidad de la decisión empresarial de no transformar un contrato una rigidez de movilidad tal
temporal en fijo, puesto que la causa real de esta decisión era la participación que hay negativas a
de la trabajadora en una huelga. desplazarse de un barrio a
otro dentro de una ciudad",
José Luis Feito
(CEOE)