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Modulo I CAPACITACIÓN COESCOP

  1. CÓDIGO ORGÁNICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO MÓDULO I
  2. PRIMERA PARTE: •TÍTULO PRELIMINAR Y GENERALIDADES •ESTRUCTURA INSTITUCIONAL
  3. TÍTULO PRELIMINAR Y GENERALIDADES
  4. COESCOP: OBJETIVO Y ÁMBITO DEL CÓDIGO Regula actividades, organización, funcionamiento institucional, regímenes de carrera, competencias y el régimen administrativo disciplinario de las entidades de seguridad ciudadana y orden público.
  5. COESCOP: OBJETIVO Y ÁMBITO DEL CÓDIGO POLICÍA NACIONAL ENTIDADES DEL SISTEMA ESPECIALIZADO INTEGRAL DE INVESTIGACIÓN, MEDICINA LEGAL, CIENCIAS FORENSES SERVICIO DE PROTECCIÓN PÚBLICA ENTIDADES COMPLEMENTARIAS DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA ENTIDADES COMPLEMENTARIAS DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS Cuerpo de Vigilancia de la CTE Cuerpo de Vigilancia Aduanera Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciario Cuerpos de Control Municipales o Metropolitanos Cuerpos de Agentes Civiles de Tránsito Cuerpos de Bomberos
  6. COESCOP: OBJETIVO Y ÁMBITO DEL CÓDIGO LIBROS CONTENIDOS Título Preliminar: Disposiciones Comunes Libro I: De la Policía Nacional Deroga: Ley orgánica, de personal y reglamento disciplinario de la Policía Nacional Libro II: Del Servicio Civil de la Investigación de la Infracción Libro III: Del Servicio de Protección Pública (SPP) Libro IV: Entidades complementarias de Seguridad Ciudadana Conceptos de aplicación directa para los 4 libros Titulo I: Estructura Institucional Titulo II: Carrera Profesional Título III: Régimen Administrativo Disciplinario
  7. RESPETO A DDHH EFICACIA EFICIENCIA TRANSPARENCIA IGUALDAD DILIGENCIA IMPARCIALIDAD PARTICIPACIÓN CIUDADANA EQUIDAD DE GÉNERO COORDINACIÓN COMPLEMENTARIEDAD PRINCIPIOS DEL COESCOP (Art. 5)
  8. Administración territorial desconcentrada Sujeción a la Misión Constitucional y al ordenamiento jurídico Respuesta oportuna, necesaria e inmediata Transparencia en el desempeño e intercambio de información Respeto a los derechos y garantías de las personas Procedimientos empleados deben estar con irrestricto apego al ordenamiento jurídico CARACTERÍSTICAS GENERALES SEGÚN EL COESCOP (Art. 6)
  9. Accionar con riguroso apego a principios de uso progresivo de la fuerza Proceder preventivo y disuasivo antes que el uso de la fuerza Búsqueda y recolección de información para la seguridad ciudadana bajo el principio del debido proceso Regulación de Derechos y Obligaciones de funcionarios No infligir, instigar o tolerar actos de tortura Responsabilidades administrativas, civiles y penales de manera individual. Los superiores serán responsables de las órdenes impartidas. CARACTERÍSTICAS GENERALES SEGÚN EL COESCOP (Art. 6)
  10. FINES (Art. 7) Colaborar en la seguridad Integral de la población, garantizando el orden público y la paz social. Prevenir la comisión de infracciones. Colaborar con la administración de justicia en la investigación de infracciones según corresponda. Protección a las máximas autoridades de las funciones del Estado y sus sedes. Apoyar el control de Espacio Público, gestión de riesgo y manejo de eventos adversos; y, Apoyar el cumplimiento de las decisiones de la autoridad competente enmarcados en el ordenamiento jurídico. COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS
  11. ESTRUCTURA ORGÁNICA
  12. POLICÍA NACIONAL - TÍTULO I - ESTRUCTURA Naturaleza (Art. 59) Concordancia Art. 163 CRE • Institución estatal, de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional, altamente especializada, uniformada, obediente y no deliberante; regida sobre la base de méritos y criterios de igualdad y no discriminación. • Integrada por servidoras y servidores policiales. • Funciones: prevención, disuasión, reacción, uso legítimo, progresivo y proporcionado de la fuerza, investigación de la infracción e inteligencia antidelincuencial .
  13. POLICÍA NACIONAL - TÍTULO I - ESTRUCTURA Naturaleza (Art. 59) Concordancia Art. 163 CRE Misión (Art. 60) Concordancia Art. 163 CRE • Protección interna, seguridad ciudadana, mantenimiento del orden público y apoyo a la administración de justicia, en el marco del respeto y protección del libre ejercicio de los derechos y la seguridad de la personas dentro del territorio nacional.
  14. • Es la máxima autoridad de la Policía Nacional, quien determina sus políticas y objetivos. Designa al Comandante General de la Policía Nacional. Presidente/a de la República (Art 62) • Es el representante legal, judicial y extrajudicial de la Policía Nacional. Ministro Rector (Art. 63) (Ministro del Interior - MDI) • Ejerce el mando directivo y operacional de la Policía Nacional. Comandante General de la Policía Nacional (Art. 65) AUTORIDADES Y ÓRGANOS COMPETENTES
  15. 1. Implementar planes, programas y proyectos elaborados por el MDI. 2. Servir a la comunidad y proteger a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión. 3. Desarrollar acciones operativas para la protección de derechos; mantenimiento, control y restablecimiento de la paz social y orden público; prevención de las infracciones y seguridad ciudadana, bajo la dependencia del MDI; y, en coordinación con las entidades competentes de los diferentes niveles de gobierno. 4. Participar en la determinación de los factores que generan inseguridad para proponer directrices y estrategias de seguridad ciudadana. 5. Impulsar y facilitar la participación comunitaria en materia de seguridad ciudadana, protección interna y en el mantenimiento del orden público, de la paz y seguridad. FUNCIONES DE LA POLICÍA NACIONAL ( Art. 61)
  16. FUNCIONES DE LA POLICÍA NACIONAL ( Art. 61) 6. Cumplir con el control operativo en los ámbitos requeridos de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público, en coordinación con las entidades competentes de los distintos niveles de gobierno, en el marco de los lineamientos y directrices del ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público. 7. Coordinar su actuación y cumplir las disposiciones de los órganos de la Función Judicial en el ámbito de sus competencias. 8. Vigilar, resguardar, proteger y preservar el lugar, indicios o vestigios relacionados con el cometimiento de una infracción, en cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos y procedimientos establecidos por el Sistema Especializado Integral de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses. 9. Prestar a las autoridades públicas el auxilio de la fuerza que estas soliciten, en el ejercicio de sus atribuciones legales. 10. Apoyar en el control de las organizaciones de vigilancia, seguridad y servicios de investigación privados, de conformidad con las políticas y regulaciones del MDI;
  17. FUNCIONES DE LA POLICÍA NACIONAL ( Art. 61) 11. Prevenir e investigar la delincuencia común y organizada, nacional y transnacional. 12. Garantizar la cadena de custodia, vestigios y los elementos materiales de la infracción en la escena del delito. 13. Privilegiar la protección de los derechos de las personas en especial de los grupos de atención prioritaria contempladas en la Constitución de la República. 14. Apoyar en el mantenimiento del orden y seguridad en eventos públicos, en coordinación con las entidades competentes de los respectivos niveles de gobierno, acorde a la regulación que para el efecto establezca el MDI; y, 15. Las demás funciones asignadas en la Constitución de la República, leyes y el Reglamento de este Código.
  18. FUNCIONES DEL MINISTRO ( Art. 64) Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la Policía Nacional. Conocer y resolver, en última instancia, los recursos de apelación o extraordinarios de revisión. Aprobar la reglamentación interna de la institución con el apoyo de la autoridad de la Policía Nacional. Elaborar planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, protección interna y orden público, articulados al Plan Nacional de desarrollo, de acuerdo a lo establecido en las leyes y reglamentos, entre otras.
  19. FUNCIONES DEL COMANDANTE GENERAL (ART.65) Dirigir y coordinar los procesos acorde con la misión de la Policía Nacional. Conocer, controlar y evaluar las operaciones y estrategias operativas. Emitir las resoluciones administrativas de su competencia conforme a este Código y su reglamento. Proponer planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana, protección interna y orden público, articulados al Plan Nacional de Desarrollo, de acuerdo a los establecido en las leyes y reglamentos, entre otras.
  20. SUBSISTEMAS DE GESTIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL (Art. 66, 67, 68 Y 69) Subsistema de Prevención Subsistema de Investigación Subsistema de Inteligencia Antidelincuencial Contiene las funciones que cumple la Policía Nacional antes de que se produzca un acto delictivo o infracción, a fin de velar por la seguridad ciudadana, protección interna y orden público. Cumple las actividades de investigación operativa de la infracción, con el fin de reunir o asegurar los elementos de convicción, proteger a víctimas e inocentes, evitar la fuga u ocultamiento de los sospechosos y la consumación de una infracción penal. 1. - Integra y articula a las unidades policiales dedicadas a la obtención, sistematización y análisis de la información específica referida a las amenazas, riesgos y conflictos que afecten a la seguridad ciudadana, con el fin de proveer insumos para la toma de decisiones. 2. - Establece y promueve mecanismos institucionales de depuración bajo la orientación de la autoridad nacional rectora en materia de inteligencia.
  21. Procesos Gobernantes (Art. 72) Regulan el ejercicio de autoridad, dirección y coordinación operativa de la Policía Nacional. Estos procesos se establecen a través de los componentes correspondiente al nivel de gestión de conducción y mando, bajo las políticas, lineamientos y directrices del ministerio rector. Procesos Asesores o Adjetivos (Art. 73) Proveen asistencia y consultoría técnica especializada valida para la toma de decisiones estratégicas y fundamentales de la Policía Nacional Procesos Generadores de Valor (Art. 74) Son procesos intrínsecos que caracterizan la misión y funciones instituciones de la Policía Nacional. Se establecen de manera desconcentrada en el territorio, de conformidad con la planificación nacional considerando los recursos existentes y las necesidades de cada territorio Procesos Desconcentrados (Art. 82) Se desarrollaran en un ámbito territorial determinado de conformidad con la planificación nacional. Se dirigirá a diferentes niveles según el subsistema al que pertenezcan, para instrumentar la gestión del orden publico, protección interna y seguridad ciudadana así como para velar por el respeto a los derechos constitucionales en interrelación con los actores sociales en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados y demás instituciones del Estado. PROCESOS Y COMPONENTES DE LA POLICIA NACIONAL (ART. 71)
  22. ESTRUCTURA ORGÁNICA POLICÍA NACIONAL
  23. “La mejor estructura no garantizará los resultados ni el rendimiento. Pero la estructura equivocada es una garantía de fracaso” Peter Drucker Gracias !!!
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