Práctica 2 (grupal) características de las familias actuales
Prácticas Tema 3
1. PRÁCTICAS DEL MÓDULO 3 DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD (PEDAGOGÍA)
Apellidos, Nombre: Rodríguez Sánchez, Patricia
Titulación: Grado en Educación Infantil Cuso Académico: 2012-2013
Autoevaluación Práctica 1 (0-0,5 ptos. según corresponda): 0,1 – 0,2 – 0,3 – 0,4 – 0,5
PRÁCTICA 3A:
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOE,
Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha).
Informe con el análisis y conclusiones.
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I
Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.Título VI Factores de calidad de la
educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según
corresponda a la titulación que cursa).
Desde mi punto de vista, en la L.O.E. se hace referencia tanto a la participación de
los padres y la tutoría en los siguientes apartados:
TÍTULO PRELIMINAR
Capítulo I. Principios y fines de la educación.
Artículo 1. Principios
i) el esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros,
administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
j) la participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y
funcionamiento de los centros docentes.
TÍTULO I. LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN.
Capítulo I. Educación infantil.
Artículo 12. Principios generales.
3. Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y los
padres o tutores en esta etapa, los centros de Educación Infantil cooperarán
estrechamente con ellos.
Capítulo II. Educación primaria.
Artículo 18. Organización.
6. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo
individual y colectivo del alumnado.
2. Capítulo III. Educación secundaria obligatoria.
Artículo 26. Principios pedagógicos.
4. Corresponde a las Administraciones educativas promover las medidas
necesarias para que la tutoría personal de los alumnos y la orientación educativa,
psicopedagógica y profesional, constituyan un elemento fundamental en la ordenación
de esta etapa.
Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial.
1. Corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de
cualificación profesional inicial destinadas al alumnado mayor de 16 años, cumplidos
antes del 31 de diciembre del año del inicio del programa, que no hayan obtenido el
título de Graduado en E.S.O. Excepcionalmente, y con el acuerdo de alumnos y padres
o tutores, dicha edad podrá reducirse a 15 años para que cumplan lo previsto en el
artículo 27.2.
TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN.
Capítulo I. Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
Artículo 71. Principios.
4. Corresponde a las administraciones educativas garantizar la escolarización
regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que
afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente
les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos
reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria
que les ayude en la educación de sus hijos.
TÍTULO IV. CENTROS DOCENTES.
Capítulo I. Principios Generales.
Artículo 108. Clasificación de los centros.
6. Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen
derecho, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de
3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a escoger centro docente, tanto
público como distinto de los creados por los poderes públicos, a los que se refiere el
apartado 3 del presente artículo.
TÍTULO V. PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS.
Capítulo I. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros.
Artículo 118. Principios Generales.
1. La participación es un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos,
libres, responsables y comprometidos con los principios y valores de la Constitución.
3. 3. Las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia,
el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal
de administración y servicios en los centros educativos.
4. A fin de hacer efectiva la corresponsabilidad entre el profesorado y las familias
en la educación de sus hijos, las Administraciones educativas adoptarán medidas que
promuevan e incentiven la colaboración efectiva entre la familia y la escuela.
6. Corresponde a las Administraciones educativas regular la participación en los
centros que impartan enseñanzas artísticas superiores de acuerdo con la normativa
básica que establezca el Gobierno.
Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros
públicos y privados concertados.
1. Las Administraciones educativas garantizarán la participación de la comunidad
educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evolución de los
centros.
2. La comunidad educativa participará en el gobierno de los centros a través del
consejo escolar.
5. los padres y los alumnos podrán participar también en el funcionamiento de los
centros a través de sus asociaciones. Las Administraciones educativas favorecerán la
información y la formación dirigida a ellos.
Capítulo II. Autonomía de los Centros.
Artículo 121. Proyecto educativo.
5. los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores
legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres,
profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento
académico del alumnado.
Capítulo III. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los
centros públicos.
Artículo 126. Composición del Consejo Escolar.
1. El Consejo Escolar de los centros públicos estará compuesto por los siguientes
miembros:
-El director del centro, que será su Presidente.
-El jefe de estudios.
-Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se
halle radicado el centro.
-Un número de profesores, elegidos por el claustro, que no podrá ser inferior a un
tercio del total de los componentes del consejo.
4. -Un número de padres y de alumnos, elegidos respectivamente por y entre ellos,
que no podrá ser inferior que un tercio del total de los componentes del consejo.
-Un representante del personal de administración y servicios del centro.
-El secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin
voto.
Capítulo IV. Dirección de los centros públicos.
Artículo 132. Competencias del director.
9. Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos
que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que
favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación
integral en conocimientos y valores de los alumnos.
Como podemos observar, la L.O.E. otorga una gran importancia a la participación
de las familias en el proceso educativo.
En la etapa de educación infantil hace especial referencia de la participación y la
cooperación de las familias. Igualmente, hace referencia a la participación de las
familias en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos
del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
En etapas posteriores a la Educación Infantil hace referencia a la participación de
las familias en las decisiones que repercutan en la formación de sus hijos, pero no en
la participación diaria que implique una plena comunicación del centro y las familias.
Sin embargo, más adelante he encontrado un capítulo entero dedicado a la
participación en el funcionamiento y el gobierno del Centro, donde aparece reflejada
como algo fundamental para un buen desarrollo de la actividad docente. Proponen la
adopción de medidas que promueven e incentiven la colaboración efectiva entre la
familia y el centro. Además, las familias pueden participar a través del consejo escolar
y de las Asociaciones de Padres de Alumnos.
En laLey de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio, se hace
referencia a la tutoría y la participación de los padres en los siguientes apartados:
TÍTULO I. LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Capítulo III. Las familias.
Artículo 22. El papel de las familias.
Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y,
actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad
educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.
5. Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y
participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a
asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2/2007, de 8 de marzo, de participación social en la
educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación.
2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas de
formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores y
para contribuir a una colaboración más efectiva en la educación de sus hijos e hijas o
pupilos y pupilas.
3. la consejería competente en materia de educación pondrá a disposición de los
centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías
electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas
y el intercambio de información por medios telemáticos, sin detrimento de la relación
personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros.
Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en
la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la
colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e
hijas o pupilos y pupilas.
2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores
legales de compromisos orientados a la mejora del estudio y la convivencia de sus hijas
e hijos y pupilos y pupilas.
Artículo 26. Asociaciones de madres y padres de alumnado.
1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un
centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8
de marzo, de Participación Social en la Educación y demás normativa vigente.
Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.
Las familias tienen el derecho y el deber de participar , en los términos previstos
en la Ley 2/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de
sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de
la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla- La Mancha.
Artículo 29. La colaboración con las familias.
Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma
voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no
lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.
6. TÍTULO VI. FACTORES DE CALIDAD EN LA EDUCACIÓN.
Capítulo IV. La orientación educativa y profesional.
Artículo 159. Finalidad.
El modelo de orientación de Castilla-La Mancha tiene como finalidad contribuir a
la educación integral del alumnado a través de la personalización del proceso
educativo, en especial en lo referido a la adaptación de los procesos de enseñanza y
aprendizaje, a su singularidad y a la transición tanto entre las distintas etapas y niveles
en los que se articula el sistema educativo como entre éstos y el mundo laboral, y
ofrecer al conjunto de la comunidad educativa asesoramiento y apoyo técnico
especializado.
Artículo 161. Organización.
1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:
a) la tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios,
para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes.
En la Ley de Educación de Castilla-La Mancha las familias del alumnado también
constituyen una parte esencial del proceso educativo y constituyen, en colaboración
con el profesorado, unos agentes básicos para la mejora de la educación.
La participación de las familias la promueve como un derecho y como un deber de
las mismas.
Esta ley propone impulsar programas de formación para padres y tutores y
programas de comunicación (vía electrónica) para favorecer las consultas y el
intercambio de información con las familias, sin dejar de lado las relaciones personales
y directas con las familias.
En cuanto a la tutoría lo presenta como un pilar básico tanto para los alumnos
como para las familias.
En el decreto 67/2007, de 9 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo
del segundo ciclo de la Educación Infantil en la comunidad autónoma de Castilla-La
Mancha se hace referencia a la tutoría y la participación de los padres en los siguientes
apartados:
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo2. Principios Generales.
5. El Consejo escolar y el Claustro de profesores, de acuerdo con las competencias
recogidas en los artículos 129.b) y 127.a), en el ejercicio de la autonomía establecida
en el artículo 120.4) y 121.5) para los centros públicos y en la Disposición adicional
decimoséptima para los centros privados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
7. Educación, podrán adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de
organización, y compromisos educativos con familias o tutores legales de acuerdo con
los criterios y procedimientos que determine la Consejería competente en materia de
educación.
Capítulo II. Currículo.
Artículo 9. Tutoría.
1. La educación en el segundo ciclo de la Educación infantil se concibe como un
proceso compartido con las familias que se ha de favorecer desde el centro docente a
través de la tutoría. El responsable de la tutoría mantendrá actividades periódicas para
intercambiar información con las familias.
2. El centro docente programará el periodo de acogida del alumnado para
favorecer la transición desde la escuela infantil o desde la familia a la nueva situación
de enseñanza y aprendizaje. La organización de este periodo garantizará la
incorporación de forma gradual, de todo el alumnado desde el inicio de las actividades
lectivas.
3. Los centros de Educación infantil mantendrán una colaboración estrecha con los
centros que imparten el primer ciclo a través de las redes de colaboración que se
establezcan; elaborarán las Programaciones didácticas de manera integrada con el
primer ciclo de educación primaria; y adoptarán las medidas necesarias para favorecer
la implicación de las madres y los padres o tutores en el proceso de enseñanza y
aprendizaje de sus hijas e hijos.
Artículo 10. Evaluación
3. Las entrevistas con las familias, la observación directa y sistemática y el análisis
de las producciones del alumnado constituirán las principales técnicas de evaluación
que utilizará el profesorado.
Capítulo III. Medidas de apoyo al currículo.
Artículo 13. Formación de la comunidad educativa.
2. La Consejería competente en materia de educación promoverá, en colaboración
con las Asociaciones de madres y padres, escuelas y talleres de madres y padres
dirigidos a favorecer la participación y colaboración con los centros y el desarrollo de
sus tareas educativas.
Disposiciones adicionales
Tercera. Compromisos singulares con los centros docentes.
2. Asimismo, establecerá estos compromisos con aquellos centros docentes que,
en el ejercicio de su autonomía, quieran adoptar experimentaciones, planes de
trabajo, formas de organización, de apertura de centros y compromisos de
8. participación y mejora con las familias sin que ello suponga, en ningún caso,
aportaciones económicas por parte de las citadas familias.
Anexo III. Orientaciones para el desarrollo de los procesos de enseñanza y
aprendizaje.
1. El Proyecto educativo del Centro como marco de referencia.
La elaboración del Proyecto educativo responde a un proceso planificado que
concluye, a través de una participación ordenada, con un documento breve de
contenido relevante que, como producto del consenso, vincula a toda la comunidad
educativa.
3. La tutoría y la colaboración con las familias.
La educación en el segundo ciclo de la Educación infantil se concibe como un
proceso compartido con las familias que se ha de favorecer desde el centro docente a
través de la tutoría, tal y como se recoge en el artículo 9 de este Decreto.
La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla el tutor o la tutora con el
grupo de clase, con sus familias y con el resto de maestras y maestros que desarrollan
la docencia en ese grupo. Su contenido forma parte del plan de orientación y atención
a la diversidad, y su planificación, desarrollo y evaluación son asesorados por el
responsable de orientación del centro.
A través de ella, el equipo de Educación infantil ajusta y orienta el proceso de
enseñanza-aprendizaje, previniendo posibles dificultades, favorece los procesos de
maduración, desarrolla su capacidad de autovaloración, facilita la aceptación de un
sistema de valores y permite una adecuada socialización.
3.2. La tutoría de los niños y niñas.
La orientación, en general, y la tutoría, en particular, contribuyen al desarrollo de
las capacidades generales del ciclo, especialmente a través de los objetivos a), d) y e), y
de las competencias básicas, principalmente la Competencia social y ciudadana, la
Competencia para aprender a aprender, la Autonomía e iniciativa personal y la
Competencia emocional.
3.3. La tutoría con las familias.
Los tutores y tutoras necesitan conocer el ambiente familiar y la familia necesita
depositar su confianza en el centro escolar, saber que su hija o hijo va a ser
reconocido, educado y valorado. Ambos contextos tienen su propio protagonismo y
sus peculiares maneras de actuar, pero comparten el objetivo común de colaborar
activamente en el desarrollo integral de los pequeños.
La colaboración organizada y continua entre ambas se inicia, tal y como se ha
descrito, con el periodo de acogida y de adaptación y se continúa a lo largo del proceso
para facilitar el intercambio de información y para organizar procesos compartidos.
9. En el marco de la tutoría, y a título individual, se mantendrán entrevistas en el
horario establecido, a iniciativa de la familia o del tutor, cuando lo consideren
necesario. Además se realizará la entrevista de información, al terminar cada
trimestre, sobre el nivel de desarrollo alcanzado en los objetivos previstos y la entrega
de un documento escrito.
Esta relación con ser necesaria, no es suficiente, siendo imprescindible organizar
procesos formativos, como la puesta en marcha de “Escuelas de Padres y Madres” en
las que el protagonismo de las tutoras y tutores y de las propias familias sea tan
relevante como el de los “expertos externos”, y participativos, facilitando la
intervención de las familias en la elaboración de materiales y en el desarrollo de
talleres o de acciones formativas puntuales, como enseñar juegos, contar cuentos, etc.
3.4. La tutoría como coordinación del equipo docente.
La participación, en su caso, de otros profesionales en el aula de Educación infantil
debe de estar coordinada y guiada por el tutor o tutora para asegurar el desarrollo de
un currículo global y establecer los cauces de intercambio de información (historia
personal, familiar y escolar)
El desarrollo de las funciones en este ámbito exige la organización de un
calendario de reuniones que tiene como momentos relevantes: el mes de septiembre
para conocer la situación del alumnado y contextualizar la programación, los meses de
octubre o noviembre y de febrero para realizar un intercambio y los finales de cada
trimestre para elaborar los informes de evaluación y adoptar las medidas de atención a
la diversidad.
Como podemos ver, en el decreto 67/2007 destacan la importancia que tiene,
para asegurar el éxito escolar de todo el alumnado, la coordinación y la estrecha
colaboración con las familias y con el primer ciclo de Educación Infantil y de Educación
Primaria.
Pretende favorecer desde el centro docente una correcta comunicación con las
familias a través de las tutorías con las mismas, las entrevistas, etc. No solo trata de
promover las tutorías con las familias, sino también las tutorías con los alumnos e,
incluso, como coordinación del equipo docente.
Después de analizar las distintas leyes y decretos de educación vigentes en España
y en Castilla-La Mancha, podemos observar que todas tienen en común el interés de
promover la participación de las familias en el proceso educativo. En todos los casos se
entiende la participación de los padres o tutores como la base para una educación
eficaz y de calidad.
La participación de las familias se puede llevar a cabo a través de asociaciones (las
Asociaciones de Padres de Alumnos) o a través del Consejo escolar. ES importante que
se produzca dicha participación para poder conocer la opinión de la comunidad
10. educativa o para que ésta aporte ideas que puedan favorecer el proceso de
enseñanza-aprendizaje.
El objetivo fundamental es que se produzca una comunicación constante entre el
centro y las familias para llevar a cabo la educación de los niños y niñas
conjuntamente. Sim embargo nos podemos encontrar con problemas que hagan que
esta comunicación no se haga realidad la situación laboral de los padres que no les
permita asistir a las reuniones, la despreocupación por parte de los padres con
respecto a la educación de sus hijos dejando todo el peso en la escuela, etc.
Por otro lado, la tutoría también podría ser una buena vía de comunicación las
familias o tutores, con los alumnos y entre el profesorado.
Las tutorías pueden servir para hacer entrevistas a los padres, de las cuales
podemos obtener información muy válida e importante que nos servirá de ayuda para
entender y adaptarnos mejor a cada alumno. También sirven para orientar tanto a
padres como a alumnos, para solucionar problemas que se hayan producido en el
centro...
Por todo ello, tanto las tutorías como la participación de las familias en los centros
son fundamentales, ya que a través de ellas se puede crear un buen ambiente,
motivador y que propicie la colaboración para mejorar y conseguir una educación de
calidad.
11. PRÁCTICA 3B:
Tras el visionado del vídeo: "la comunicación familia escuela", sobre la forma de
actuar en una tutoría con padres y al que se accedetambién al principio del módulo,
realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica
personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=dA1ogXCwHmI
La relación entre la familia y la escuela no es fácil, por eso debemos aprovechar las
tutorías para fomentar una buena relación de respeto y comunicación. A través de las
tutorías debemos crear un clima de confianza y colaboración.
Para ello hay que tener en cuenta que la comunicación no es solo hablar, sino que
engloba:
-La comunicación verbal: comentarios, frases, entonación…
-La comunicación no verbal: lenguaje corporal, gestos, miradas…
-El contexto: entorno, condiciones de la comunicación…
Además, encontramos varios modelos de comunicación que influyen en la forma
de llevar a cabo las tutorías con los padres:
Modelo de comunicación agresivo. Tiene las siguientes características:
>Comunicación no verbal:
-El profesor recibe distante a la madre.
-Se mantienen de pie.
-Gestos agresivos, amenazantes (movimientos de manos).
-Proximidad física agresiva (el profesor invade el espacio del otro).
-Tonos de voz altos.
-NO se crea un clima cálido.
>Comunicación verbal:
-No se escuchan (hablan a la vez).
-Se prejuzgan.
-No hay diálogo.
-Ninguno se pone en el lugar del otro.
-No se llega a ningún acuerdo.
-Se culpabilizan mutuamente.
Con este modelo de comunicación perdemos la oportunidad de lograr nuestros
objetivos con la ayuda de las familias, de encontrar la solución a los posibles
problemas que nos podamos encontrar y además, provocaremos que las familias no
participen en el centro escolar. En definitiva, la comunicación queda rota. Por todo
ello, hay que evitar actuar de este modo.
12. Modelo de comunicación asertivo. Características:
>Comunicación no verbal:
-Poco a poco se cree un clima de colaboración y entendimiento.
- Se van relajando posturas.
- El profesor tiene los objetivos claros: buscar acuerdos finales y compromisos
creando un clima de apoyo mutuo (tienen el interés común: el alumno/a).
>Comunicación verbal:
- Escucha activa (estar atento y participar en lo que el otro dice): gestos con la
cabeza de asentimiento, mirada directa, sin interrupciones…
-Empatizar: ponerse en el lugar del otro.
-Reconocer los sentimientos y los comparte.
-Es positivo y recompensante.
-No se culpabilizan entre ellos del problema.
-Tratan de llegar a acuerdos y concretan nuevos encuentros.
Como podemos observar, con este modelo podemos expresar nuestros
sentimientos y pensamientos de un modo que posibilita la comunicación. Con él
podemos resolver problemas, sintiendo el control de la situación y propiciando la
aparición de oportunidades para estrechar lazos con las familias, creando un clima
cálido de apoyo y entendimiento.
Modelo de comunicación inhibido. Características:
>Comunicación no verbal:
-Tonos de voz muy bajos.
- Miradas hacia el suelo.
-Gestos nerviosos.
-Vacilaciones.
-Postura tensa.
> Comunicación verbal:
-Anteponemos los deseos/opiniones de los demás a los propios.
-Damos la razón por no quedar mal/ofender a la otra persona.
-Pasividad en la conversación.
Este modelo de comunicación tampoco aporta nada positivo en un proceso de
comunicación. Con él no defendemos nuestros intereses y nos dejamos llevar por la
opinión de los demás sin luchar por las nuestras.
A la hora de tener una tutoría con los padres de algún alumno no solo hay que
tener en cuenta nuestra forma de actuar al comunicarnos, sino también la de los
padres. Cuando nos encontremos con padres que utilizan el modelo de comunicación
13. agresivo, antes de comenzar con la tutoría debemos intentar calmarles y hacerles ver
que de ese modo no llegamos a ninguna parte.
El mejor modelo de comunicación es el asertivo, ya que nuestro objetivo siempre
es una buena relación con las familias para crear un clima de colaboración a apoyos
mutuos. Así estaremos favoreciendo la comunicación entre las familias y el centro.
A pesar de que existan otras vías alternativas de comunicación con las familias,
tales como correos electrónicos o plataformas virtuales donde enviar o recibir
información a tiempo real, cree que la principal herramienta que debemos utilizar es la
tutoría (las entrevistas cara a cara), ya que nos ofrecen unas ventajas:
- Conocer mejor al entrevistado y sus sentimientos.
- No da lugar a malentendidos.
-Nos ofrece la posibilidad de crear vínculos de empatía.
-Podemos observar al entrevistado y encontrar en su comportamiento datos que
nos indiquen comportamientos que puedan ser problemáticos.
-Nos permite mantener una relación mucho más cercana y de mayor confianza
con las familias.
Por todo ello, y como hemos podido apreciar, la tutoría y la comunicación con las
familias es esencial para la relación familia-centro. Por ello, los profesores y futuros
profesores debemos poner todo nuestro empeño en fomentar actitudes positivas y
asertivas para lograr una buena y fluida comunicación con las familias.
14. PRÁCTICA 3C:
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos.
Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.
Con la actual legislación (L.O.E.) se producen muchos cambios, que afectan a toda
la comunidad educativa. Entre otros, la L.O.E. concede a las familias la posibilidad y el
deber de participar en la vida escolar de los centros educativos de forma activa.
Actualmente, los padres pueden formar parte del consejo escolar (donde ya se
encuentran representados todos los miembros de la comunidad educativa). Desde el
cual los padres y madres pueden ser partícipes de la gestión de los centros.
Otro modo de participar para las familias es mediante las Asociaciones de Padres
de Alumnos.
Sin embargo, a pesar de todas las posibilidades que tienen para participar, en la
realidad no se llega a producir esa participación. Tanto es así, que en la actualidad
muchas Asociaciones de Padres de Alumnos encuentran grandes dificultades a la hora
de encontrar padres o madres que estén dispuestos a trabajar y colaborar con el
centro educativo.
Esta escasa o nula participación de las familias puede deberse a varios motivos:
-La sociedad ha ido evolucionando y las madres, que eran las más participativas, se
han ido incorporando a la vida laboral, por lo que nos encontramos con poca
disponibilidad por parte de los padres y las madres por motivos laborales.
-La baja representación que tienen los padres en los colegios puede provocar la
desmotivación de los mismos, haciéndoles creer que su implicación en los centros no
tiene utilidad.
-El tema de algunos centros a que la participación de las familias obstaculice y
dificulte llevar a cabo un buen funcionamiento del centro escolar. Por tanto, no se
preocupan en motivar a los padres para que sean agentes activos en la vida escolar.
-La falta de interés de los padres por participar en el colegio pensando que ellos
por su escasa formación no tienen nada que aportar en el proceso de enseñanza-
aprendizaje de sus hijos, o simplemente por pensar que la educación de sus hijos es
una obligación que recae única y exclusivamente sobre el colegio, actuando en
consecuencia de forma pasiva y sin colaborar en lo más mínimo.
Por ello los centros deberían tomar una serie de medidas que ayuden a promover
la participación de las familias en la vida escolar. Podrían tomar medidas como:
-Realizar cursos para los padres en los que se hable sobre cómo educar a sus hijos
y la gran influencia e impotencia que tiene su participación e implicación en el proceso
educativo. Se trata de motivar a los padres para que se den cuenta que sus ideas o
propuestas pueden ayudar al desarrollo y la educación de sus hijos.
-Llevar a cabo reuniones individuales y/o grupales con cierta regularidad para que
estén en continuo contacto con los tutores y en total conocimiento del progreso de sus
hijos, animándoles a que ayuden desde casa para mejorar algo, si fuese necesario.
15. -Crear otras vías de comunicación y participación tales como plataformas virtuales
donde los padres puedan obtener información, pero también puedan dar su opinión.
-Concienciar tanto a padres como a profesores de lo favorecedor que tiene la
participación y llevar a cabo planes de actuación desde los centros con los cuales
promover la colaboración conjunta.
-Facilitar la información necesaria a las familias para que sean conscientes de las
formas que tienen de realizar su participación. Dar a conocer los documentos oficiales
del centro para que las familias sepan cómo va a llevarse a cabo la educación de sus
hijos.
Además, el Gobierno, ya que quieren fomentar la participación a través de las
leyes de educación, pueden también tomar unas medidas que ayuden a que se lleve a
cabo en la realidad:
-Modificar el número máximo de padres que pueden participar en el Consejo
Escolar para que así las familias se sientan más representadas y más motivadas para
colaborar con los centros.
-Modificar la legislación laboral para facilitar la participación de los padres en los
centros educativos mediante permisos para asistir a las reuniones, tutorías, etc…
PRÁCTICA 3D: (voluntaria)
16. Programación de una actividad con padres en formato de presentación
audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la
plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de
educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de
intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades
o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma
coordinada.
La implicación de los padres puede adoptar distintas formas y niveles:
- Implicación esporádica: ocurre en determinados momentos especiales que se
caracterizan por su baja frecuencia. Por ejemplo: colaboración en el periodo de
adaptación, participación en salidas extraescolares o en fiestas, ayuda a la preparación
de materiales para el trabajo con los niños…
Pero es necesario señalar, que a pesar de que su colaboración sea esporádica no
supone que sea inútil o poco importante.
- Implicación sistemática: es aquella que tiene un carácter más regular, más
estable, y que forma parte de la metodología de trabajo con los niños. Por ejemplo: la
asistencia regular y organizada de padres en el aula, la colaboración planificada en el
trabajo educativo con los niños, la participación en determinados talleres o actividades
regulares…
Es la forma más intensa de participación de los padres en el proyecto educativo
que se desarrolla en la Escuela Infantil.
En este caso, yo voy a desarrollar una actividad que requiere la implicación
sistemática de los padres: la implicación en talleres.
SITUACIÓN:
En la clase de cuatro años estamos estudiando las distintas profesiones y como nos
gusta mucho que los papás y las mamás vengan a hacernos una visita, les vamos a
pedir que nos cuente cada uno cuál es su profesión y en qué consiste.
Para ello, la profesora ha convocado una reunión con los padres de todos los
alumnos donde les contará sus intenciones a través de la siguiente presentación:
http://prezi.com/lx4jj2lg3oc1/las-profesiones-de-papa-y-mama/