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MANUAL DE CONVIVENCIA 
CONTENIDO 
PRESENTACION: 
 Introducción 
 Justificación 
NUESTRA INSTITUCION: 
 Horizonte institucional 
 Objetivos Generales 
 Objetivos específicos 
MARCOS DE REFERENCIA: 
 Marco Legal 
 Marco Teórico 
 Preámbulo 
SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 
 Escudo 
 Bandera 
 Himno 
CAPITULO I 
ESTUDIANTES: 
1. Perfil de los estudiantes. 
2. Derechos de los estudiantes. 
3. Deberes de los estudiantes. 
4. Estímulos para los estudiantes. 
5. Faltas que ameritan medidas especiales 
Excusas por ausencia 
6. Faltas, correctivos y sanciones. 
7. Procedimientos. 
CAPITULO II 
ASPECTOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 
1. Carácter, conformación y domicilio 
2. Funciones del comité de convivencia 
3. Condiciones y Elección de los miembros 
4. Deberes, Derechos y Prohibiciones
5. Sanciones 
6. Reuniones, quórum 
7. Disposiciones generales 
8. Vigencia 
9. Ruta para la convivencia escolar 
CAPITULO III 
PROCEDIMIENTO ACADEMICO: 
1. Sistema de evaluación 
2. Escala de valoracion 
3. Estrategias De Valoracion Integral De Los Desempeños De Los Estudiantes 
4. acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes 
durante el año escolar 
5. Promoción 
6. Reprobación 
7. Reclamaciones 
8. Seguimiento y Apoyo 
CAPITULO IV 
EDUCADORES: 
1. Perfil de Educador. 
2. Deberes del Docente. 
3. Deberes del Directivo Docente 
4. Derechos de los Docentes. 
5. Estímulos para los Docentes. 
6. Faltas que ameritan medidas especiales. 
7. Sanciones 
CAPITULO V 
PADRES DE FAMILIA: 
1. Perfil de los padres. 
2. Derechos de los padres o acudientes. 
3. Deberes de los padres de familia. 
4. Amonestaciones de los deberes y obligaciones de los padres. 
5. Estímulos para los padres de familia. 
6. Conducto regular para reclamaciones 
CAPITULO VI 
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. 
1. Obligaciones especiales. 
2. Obligaciones Fundamentales
3. Obligaciones complementarias. 
4. Prohibición de Sanciones crueles, humillantes o degradantes 
CAPITULO VII 
DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS 
ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS 
1. GOBIERNO ESCOLAR. 
2. Rector 
3. Concejo Directivo 
4. Función del Consejo Directivo 
5. Consejo Académico 
6. Función del Consejo Académico 
7. Personero Estudiantil 
8. Función del Personero 
9. Contralor Estudiantil 
10. Consejo Estudiantil 
11. Asociación de Padres de Familia 
CAPITULO VIII 
DISPOSICIONES GENERALES: 
 Servicio de Bienestar 
 Medios de Comunicación 
 Admisiones 
 Requisitos 
 Matricula 
 Procedimiento de Matricula 
CAPITULO VIII 
COSTOS EDUCATIVOS: 
 Matrícula 
 Pensión. 
 Otros cobros. 
CAPITULO IX 
 Honorarios 
 Uniformes 
 Notas para convivir mejor
2014 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
INTRODUCCION: 
El proyecto Educativo Institucional establece como parte integrante el Manual de 
Convivencia para todos los establecimientos educativos, con el objeto de generar un 
proceso de cambio y nuevas normas de organización de la vida escolar. 
El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones 
escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su 
libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, 
social y deportiva con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los 
diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a 
conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa, 
El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas 
en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de 
garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que 
crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas 
sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los 
adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los 
instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las 
Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será obligación 
de la familia, la Sociedad y el Estado. 
DECRETO 4798 DE 2011 (Diciembre 20) 
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1257 de 2008, "por la cual se dictan normas 
de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las 
mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se 
dictan otras disposiciones. 
LEY 1620 de marzo15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia 
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la 
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" 
DECRETO 1965 de 11 de Septiembre de 2013- Decreto Reglamentario de la Ley 
1620/2013
JUSTIFICACION: 
El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y 
se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de la INSTITUCION diseñar y 
ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el 
cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la 
Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se 
especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia; 
indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los 
procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las 
personas, sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las 
funciones y reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar 
y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución. 
MISION: 
Brindar una educación integral a los estudiantes en los diversos niveles de Educación con 
enfoque agrícola que le permitan responder a los retos actuales de la sociedad, 
fundamentados en los principios de responsabilidad, respeto y solidaridad para contribuir al 
desarrollo de la región. 
VISION 
La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen de la Vereda Chenche Buenos Aires: 
liderará la formación de jóvenes competentes en las actividades académicas y agrícolas de 
aprovechamiento y transformación del entorno, gestores del desarrollo comunitario y el 
progreso de la región con calidad humana para lograr una sociedad mas justa y equitativa. 
OBJETIVOS: 
Objetivos Generales. 
a- Fomentar en la comunidad educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de 
principios y valores, la participación y organización ciudadana., acorde con la 
normatividad vigente. 
b- Contribuir de manera directa en la formación integral de los niños y jovenes, para que 
estos sean forjadores del futuro. 
c- Brindar herramientas de habilidades y destrezas metodologicas para proyectar la 
investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución 
que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la 
practica de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de 
manera activa en el desarrollo autónomo e integral del sector en donde reside.
Objetivos específicos. 
a- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes, 
de acuerdo con la norma en estos casos. 
b- Propiciar y proporcionar una sólida formación cristiana, intelectual, democrática, 
física y psicológica a sus educandos. 
c- Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura, trabajo en equipo, convivencia y 
mutuo apoyo. 
d- Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología 
y las artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere 
el momento de desarrollo económico y político del país. 
e- Encausar al estudiante hacia la adquisición y refuerzo de hábitos de comportamiento 
que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle. 
f- Fomentar en los estudiantes desde los niveles de preescolar y básica primaria, una 
actitud positiva hacia el aprendizaje de otro idioma. 
g- Rescatar para su aplicabilidad aquellos valores morales, sociales, y éticos perdidos 
por el agite al cual esta sometida la sociedad como: El respeto, la verdad, la justicia 
social, la responsabilidad, la tolerancia y la solidaridad. 
h- Desarrollar en el niño un excelente nivel académico, expresado a través del dominio 
de los contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa 
dinámica y lógica, acorde con su desarrollo personal y social, para lo cual el colegio 
se preocupa por: 
 La autoestima en la toma de decisiones 
 Los buenos modales de comportamiento, glamour y el respeto 
 El respeto y valor a los símbolos patrios 
 La practica del deporte como medio para crecer sano y fuerte 
 El conocimiento del idioma extranjero. 
5. MARCOS DE REFERENCIA: 
5.1 Marco Legal. 
“Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia en 
el cual se definen los derechos y obligaciones de los Directivos Docentes, Los 
Docentes, los estudiantes, Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula 
estarán aceptando el mismo.” Art. 87 Ley 115 del 8 de febrero de 1994.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, Art. 16, 18, 19, 23, 29, 44, 45, 67, 86, 
87. 
LEY 115 del 08 de Febrero de 1.994. Ley General De Educación: artículo 24, Decreto 
1860 del 03 de Agosto de 1.994, artículo 17 “Todos los establecimientos educativos 
deben tener como parte integral del proyecto educativo, UN REGLAMENTO O 
MANUAL DE CONVIVENCIA”. 
LEY DE GARANTES: “De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Garantes. Bajo el título 
de “Acción y omisión”, el artículo 25 del Código Penal de 2000- Ley 599- dice “La 
conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber 
jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a 
cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la 
respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la 
protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como 
garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o 
a la ley. 
LEY 1437 de 2011 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y 
de lo Contencioso Administrativo 
DECRETO 4798 DE 2011 (Diciembre 20) 
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1257 de 2008, "por la cual se dictan 
normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y 
discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento 
Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. 
Se debe contemplar los siguientes aspectos: 
a- Reglas de higiene, personal y salud publica que presentan el bienestar de la 
comunidad educativa. 
b- Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación 
de los bienes personales y de uso colectivo. 
c- Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 
d- Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. 
e- Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten 
entre miembros de la comunidad. 
f- Pautas de representación personal. 
g- Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la 
defensa. 
h- Reglas para elección de representantes al Concejo Directivo, demás estamentos, y 
elecciones del personero y contralor estudiantil. 
i- Reglas para el uso de la biblioteca escolar. 
LEY 16 de 1972 Convención Americana sobre Derechos Humanos. 
LEY 12 de 1991 Convención sobre los derechos del niño. 
LEY 1622 de abril 29 de 2013 estatuto de ciudadanía juvenil. 
LEY 599 de 2000 por la cual se expide el Código Penal. 
LEY 734 de 2002 Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. 
LEY1098 de 2006 Por la cual se expide el Código De Infancia y adolescencia. 
Haciendo especial énfasis al cumplimiento de los artículos 7, 15, 18, 19, 26, 28, 31, 32,
39, 41, 42, 43, 44, 45 ya que, buscan la protección integral de los niños, niñas y 
adolescentes, los declara como sujetos de derechos e individuos de deberes y 
obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo y su desarrollo. 
El artículo 20 numeral 4 de la ley 1098 dice; Derechos de protección. Los niños, las 
niñas y adolescentes serán protegidos contra la violación, la inducción el estímulo y el 
constreñimiento a la prostitución, la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra 
conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexual de la persona 
menor de edad. El artículo 44 numeral 4 de la misma Ley consagra que en la institución 
educativa se debe; Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su 
dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar; por esta razón 
se aclaran todas las normas y se dan especificaciones claras sobre el correcto uso del 
uniforme escolar 
LEY 1404 de 2010 Por la cual se crea el programa escuela para padres y madres en las 
instituciones de educación preescolar, básica y media del país. 
LEY 124 de 1994 Por la cual se prohíbe el Expendio de Bebidas Embriagantes a 
Menores de Edad y se dictan otras disposiciones. 
LEY 1620 de marzo15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia 
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la 
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" 
DECRETO 1965 de 11 de Septiembre de 2013- Decreto Reglamentario de la Ley 
1620/2013 
DECRETO 019 de 2012 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar 
regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración 
Pública 
DECRETO 1286 de 2005. Participación de los padres, en los aspectos pedagógicos y 
organizativos generales. 
DECRETO 1108 de 1.994 sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas. 
DECRETO 2247 de 1997 Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del 
servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. 
DECRETO No. 1290 del 16 de abril de 2009 
Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes 
de los niveles de educación básica y media. 
RESOLUCIÓN 1369 de Octubre 6 de 2009 (Faculta la Institución Educativa Nuestra 
Señora del Carmen para titular bachilleres en Las modalidad Académica). 
RESOLUCIÓN 4210 de 1996 servicio Social obligatorio. 
RESOLUCIÓN 03353 del 02 de Julio de 1.993. M.E.N. sobre educación sexual. 
La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual 
los siguientes: 
 Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115). 
 Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y 
Art. 28 decreto 1860) 
 La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 dec 1860) 
 Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante 
(Art. 23 dec 1860).
 Funciones disciplinarias de la Rector (Art. 25 dec 1860) 
 Las actividades del Gobierno Estudiantil. 
 Integración del Consejo Directivo (Art. 21 dec 1860) 
 Directivos docentes y sus funciones (Art. 27) 
 Asociación de padres de familia (Art. 30) 
 Consejo de padres de familia (Art. 31) 
 Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40) 
 Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37) 
 Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006. 
 Que el objeto de la Ley 1257 de 2008 es la adopción de normas que permitan garantizar 
para todas las mujeres una vida libre de violencias, tanto en el ámbito público como en 
el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno 
e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su 
protección y atención, y la formulación de las políticas públicas necesarias para su 
realización. 
MARCO TEÓRICO. 
LA INSTITUCION EDUCATIVA centro de cultura, debe proporcionar a sus estudiantes 
una formación integral que les permita participar en la sociedad y que les permita convivir 
en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina 
consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a 
los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para la 
comunidad. 
El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que 
un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en 
particular, la practica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus 
mas importantes medios de realización personal, la convivencia pacifica, y la solidaridad, 
entre otros. 
Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita 
indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una 
persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayuda a consolidar la 
personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso 
educativo. En este proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuales son las 
reglas del sistema, por que existen, por que son importantes, que sucedería si no existiesen 
y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, 
la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía 
importante para ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su 
propia forma de actuar en sociedad. 
PREAMBULO: 
Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas que 
serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la 
Comunidad Educativa de la INSTITUCION, ellos incluyen derechos y deberes de los
estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad 
humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la sociedad, 
como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad humana. 
Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y 
procedimientos que gobiernan la INSTITUCION, así como de sus responsabilidades. Tal 
información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los 
estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la 
vida estudiantil y alas actividades académicas.
SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 
Escudo 
Bandera
Himno 
Coro 
Vivir todos unidos 
Y en ambiente de amistad 
Nos forma como hermanos 
Nuestra institución. 
I 
Laboramos con nobleza 
En bien de la comunidad 
Que la institución nos profesa 
Con fé en su prosperidad 
II 
Somos hijos del pasado 
Tenemos nuestra historia 
Recogemos los saberes 
En apoyo a nuestra patria 
III 
La educación es nuestra meta 
Y es por ella que luchamos 
Para dar vida completa 
Siempre unidos estaremos 
IV 
Nació nuestra escuelita 
Del pensamiento y experiencia 
Que la profe Inés sentía 
Humanizar la ciencia
CAPITULO I 
LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 1: 
PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION. 
El estudiante del Colegio debe llegar a ser y caracterizarse por: 
1.1. Crecer como persona integra, autónoma y social, capaz de construir su vida 
mediante la toma de decisiones libres y responsables. 
1.2. Auto estimarse, practicar la responsabilidad, la puntualidad, la organización, la 
honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actuase con 
madurez, racionalidad, justicia y honradez. 
1.3. Asumir con compromiso y responsabilidad el cuidado del medio que lo rodea. 
ARTICULO 2: 
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. 
2.1. Al iniciar el año escolar el estudiante deberá conocer el Manual de Convivencia. 
2.2. Socializarlo a través de talleres, video beam, plegables, etc. 
2.3. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como 
miembro del plantel. 
2.4. Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de 
obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas. 
2.5. Elegir y ser elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero, contralor o Monitor. 
2.6. Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya cometido una falta, 
para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales. 
2.7. Recibir atención oportuna de profesores, directivos al servicio de la Institución. 
2.8. Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la 
orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral. 
2.9. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para 
actividades propias de la vida escolar. 
2.10. Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y 
actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético. 
2.11. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su 
rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad. 
2.12. Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario 
establecido para ello. 
2.13. Aprovechar el tiempo libre en la realización de trabajos y lectura. 
2.14. Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación 
en la búsqueda de soluciones. 
2.15. Participar en la plantación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo 
Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
2.16. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa 
sobre cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda 
opinión ajena. 
2.17. Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la 
Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor. 
2.18. Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de con las normas fijadas por 
la Institución. 
2.19. Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y 
tranquilo en beneficio de su salud y bienestar. 
2.20. Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes 
deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.) 
2.21. Conocer los registros del comportamiento y desempeño escolar, que se encuentre en 
el observador del alumno o cualquier documento interno de la INSTITUCION. 
2.22. Conocer oportunamente los programas académicos de cada área y los planes de cada 
asignatura y a demás los criterios de evaluación. 
2.23. Conocer oportunamente el resultado de las evaluaciones efectuadas en cada periodo. 
2.24. Ser evaluados en las pruebas o trabajos que haya dejado de presentar por 
inasistencia, siempre que esta haya sido justificada. 
2.25. Ser informados de mis logros académicos y disciplinarios antes de ser registrados en 
las planillas oficiales de la INSTITUCION. 
ARTICULO 3: 
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. 
3.1. Conocer y aplicar el Manual de Convivencia. 
3.2. Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución. 
3.3. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y 
demás personas vinculadas a la Institución. 
3.4. Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u otros 
actos que atenten contra la dignidad de cada uno. 
3.5. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el 
trabajo escolar. 
3.6. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución. 
3.7. Facilitar la comunicación Institución-Familia, entregando a tiempo y a quien 
corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas. 
3.8. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman 
durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, 
Consejo Directivo, y demás que se vayan creando. 
3.9. Colaborar con las dispocisiones de los compañeros que desempeñen funciones de 
disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar. 
3.10. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en 
consideración a que son bienes de uso común, y responder los daños ocasionados 
por descuido o mal uso. 
3.11. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla 
sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas 
ecológicas y cívicas.
3.12. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la 
Institución. 
3.13. Evitar el porte de cigarrillos, fósforos, u objetos cortantes que atenten contra 
la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad. 
3.14. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de 
grupo, preparación y sustentación de trabajos. 
3.15. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos 
durante las mismas. 
3.16. Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de 
educación física de acuerdo a las indicaciones del horario. 
3.17. Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas, aretes, pulseras, cadenas, 
celulares y anillos entre otros con el uniforme la perdida de estos es 
responsabilidad del mismo alumno. 
3.18. Evitar el uso de aparatos electrónicos dentro del aula de clase (Celulares, 
ipods, mp3, etc.) a menos que se requerido por algún docente, además la Institucion 
no se responsabiliza de perdida o daño de los mismos 
3.19. No permanecer fuera del salón en horas de clase y en horas de descanso estar 
fuera de el. 
3.20. Conocer y entonar con orgullo el himno nacional, del departamento y del 
municipio en actividades de carácter institucional, cultural, fiestas patrias y otras. 
3.21. No asistir a la institución en estado de embriaguez y sustancias psicoactivas. 
3.22. Abstenerse de realizar manifestaciones amorosas dentro de la 
INSTITUCION. 
3.23. Utilizar adecuadamente los implementos deportivos. 
3.24. Portar con orgullo el uniforme diario y el de educación física en forma 
impecable y completa desde el momento en que ingrese a la institucion. 
3.25. Utilizar correctamente los uniformes en el día que corresponda. 
3.26. Evitar el fraude, la falta de honestidad en las diferentes evaluaciones. 
3.27. Cumplir con el horario de entrada y salida de la INSTITUCION. 
3.28. Justificar la inasistencia y llegadas tarde con excusa firmada por el acudiente 
y con numero de cedula el mismo día o al día siguiente. 
3.29. El estudiante que por alguna motivo deba retirarse del plantel debe traer 
excusa explicando el motivo y la hora de retiro con firma del acudiente para 
obtener el permiso del quien este manejado la disciplina. 
3.30. En caso de que el estudiante llegue tarde a la INSTITUCION deberá realizar 
un trabajo social. (limpieza general, botiquín, elaboración carteleras entre otros). 
3.31. El estudiante debe participar en jornadas de limpieza general y de las aulas 
para fomentar hábitos de limpieza de los espacios de aprendizaje. 
3.32. No ingerir alimentos ni bebidas en las horas de clase y o masticar chicles. 
3.33. Evitar letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o 
institucion y que deteriore la propiedad privada. 
3.34. Presentarse a la institución en las debidas condiciones de higiene de, aseo y 
presentación personal; con las uñas cortas, sin maquillajes; atuendos o accesorios 
que comprometan la buena imagen personal y de la institución. 
3.35. Cumplir responsable y oportunamente con actividades académicas 
(Evaluaciones, tareas, actividades de apoyo y demás programadas por la 
institucion).
ARTICULO 4: 
ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES. 
4.1. Derecho a izar el Pabellón Nacional cada periodo por sobresalir en conducta y 
rendimiento académico. 
4.2. Medalla o mención de honor en el acto de clausura del año académico para los 
estudiantes que sobresalgan por su colaboración, compañerismo, buen 
comportamiento social y rendimiento académico. 
4.3. Exaltar en público la puntualidad, aptitudes artísticas o cualquier otro valor. 
4.4. Participación en centro literario y de las diferentes actividades programadas por el 
INSTITUCION. 
4.5. Reconocimiento a los esfuerzos realizados mediante felicitación verbal y escrita en 
la ficha acumulativa de rendimiento del estudiante, y boletines informativos. 
4.6. Ser elegido monitor de curso o monitor de disciplina o monitor acadêmico. 
4.7. Trofeos y menciones a los equipos campeones en los torneos deportivos internos. 
4.8. Celebración de los días destinados a los niños. 
4.9. Derecho a representar a la institucion en actividades deportivas, intelectuales, 
científicas a nivel municipal, departamental y Nacional. 
ARTICULO 5: 
FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES: 
5.1. Salir de la Institución sin autorización del Docente de disciplina o Director de 
Grado. 
5.2. Comprometer el nombre del Colegio con su mal comportamiento social, dentro y 
fuera de él. 
5.3. Todo acto contra la fe cristiana y de cualquier otra religión y la convivencia 
escolar sana. 
5.4. Atentar contra equipos, muebles y enseres del establecimiento. 
5.5. Irrespetar cualquier símbolo religioso o patrio. 
5.6. Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo. 
5.7. Emplear el nombre del Colegio para cualquier actividad diferente a las labores 
académicas, culturales, científicas y artísticas autorizadas por las Directivas. 
5.8. Conversar con vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta de 
respeto con sus semejantes. 
5.9. Alterar calificaciones o cualquier tipo de documentos. 
5.10. Tratar violentamente a un compañero. 
5.11. Mostrar altanería, irrespeto y desobediencia a sus mayores. 
5.12. Llegar tarde en forma continua. 
5.13. Hurto, robo, estafa, sobornos. 
EXCUSAS POR AUSENCIA: 
Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de 
una incapacidad médica, o personalmente ante la dirección del colegio o profesora del
grado correspondiente. La excusa no quita la falla y el estudiante deberá responder por las 
actividades que se realizaron el día de la falla o la no asistencia. 
ARTICULO 6: 
FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES. 
 El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma, 
que tanto él, como la comunidad educativa se beneficien de las normas que facilitan 
la convivencia. 
FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, 
la familia y la Institución Educativa consagrados en este manual de convivencia. Las faltas 
se categorizar en: 
FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a 
un estimulo exterior sin perjuicio material, físico, ético o moral para los demás. 
FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen causando perjuicio material, físico, 
ético o moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los objetivos 
y el ambiente Institucional. 
FALTAS LEVES 
6.1. Retardo Injustificado en la llegada a la Institución y a las actividades programadas. 
6.2. Entrar y salir sin autorización del salón de clase o de la Institución. 
6.3. Comprar o consumir alimentos en clase o en formación. 
6.4. Masticar goma de mascar en el salón de clase o en formación. 
6.5. Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde. 
6.6. Dejar en desorden el salón de clase. 
6.7. Mal comportamiento en la biblioteca y demás dependencias de la institución. 
6.8. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso. 
6.9. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades. 
6.10. Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la Institución. 
6.11. Portar el uniforme incompleto y desordenado. 
6.12. Inadecuada presentación personal (aseo, cabello desarreglado, uñas largas o 
de colores). 
6.13. Vocabulario soez. 
6.14. Llevar aditamentos como: Piercing, cachuchas, manillas, aretes, collares, 
buzos o camisetas, maquillaje, etc. diferentes al uniforme. 
6.15. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o 
representantes las circulares y citaciones que le sean enviadas. 
6.16. Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios 
para el desarrollo de las clases. 
6.17. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal 
desarrollo de la misma. 
6.18. Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular sin 
previa autorización.
6.19. Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios 
establecidos. 
6.20. Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas. 
6.21. Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes a la puerta principal 
habilitada para tal fin. 
6.22. Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución. 
6.23. Y todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida 
FALTAS GRAVES 
6.24. La reincidencia en faltas leves. 
6.25. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o plantas ornamentales. 
6.26. Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes 
eléctricas, material de trabajo muros y ornamentación de la misma. 
6.27. Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás 
dependencias. 
6.28. El hurto comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad 
Educativa. 
6.29. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y 
nombre de la institución. 
6.30. Consumir licor dentro de Institución o presentarse bajo estado de alicoramiento o 
bajo el efecto de sustancias psicoactivas. 
6.31. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de cigarrillos, licores, sustancias 
psicoactivas, u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que 
lo hagan. 
6.32. Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa. 
6.33. Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral a un miembro de la 
comunidad educativa. 
6.34. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo sea cometer ilícitos, irrespetar o 
crear problemas sociales. 
6.35. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa. 
6.36. Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro 
de las instalaciones. 
6.37. Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de 
la comunidad educativa. 
6.38. Portar armas u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física 
de las personas. 
6.39. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero 
o especie. 
6.40. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otros, lanzadas dentro o fuera 
del aula o en actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños, 
lesiones personales y desorden. 
6.41. Falsificar, suplantar, cometer fraude en evaluaciones, trabajos o documentos. 
6.42. Entrar a la sala de sistemas, laboratorio, rectoría y demás dependencias sin 
debida autorización. 
6.43. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución.
6.44. Portar o distribuir material pornográfico. 
6.45. Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave. 
CIRCUSNTANCIAS DE ATENUACION O AGRAVACION DE FALTAS 
GRAVES 
Teniendo en cuenta la sentencia de la corte constitucional T-167 del 2 de abril de 
1967, la cual señala para la calificación de las faltas debe examinarse las 
circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon la situación problemática, así 
como también las situaciones atenuantes y agravantes de la conducta, que al final 
contribuyen a graduar la falta y su sanción. 
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: 
6.46. Haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta 
6.47. Haber obrado por motivos nobles y altruistas 
6.48. Haber confesado voluntariamente comisión de la falta 
6.49. Haber procurado corregir o evitar efectos nocivos de la falta, antes de 
iniciado el proceso disciplinario. 
6.50. La ignorancia por incapacidad mental para interpretar las normas. 
6.51. La edad, desarrollo mental, psicoafectivo y volitivo, y sus circunstancias 
personales, familiares y sociales. 
6.52. Haber sido inducido a cometer la falta por un superior 
CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION 
6.53. El efecto perturbador de la falta en relación con la marcha institucional 
6.54. El grado de afectación de los derechos ajenos 
6.55. Haber procedido por motivos innobles o mezquinos 
6.56. Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra 
6.57. Haber obrado en complicidad con otras personas 
6.58. Haber cometido la falta abusando la confianza depositada en él por sus 
superiores o compañeros 
TIPIFICACION DE FALTAS 
6.59. Se consideran faltas a los derechos contemplados en el presente manual y 
aquellos que le sean conexos o la incursión en acciones consideradas como 
censurables y lesivas de la armonía y convivencia institucional. 
6.60. Para efectos prácticos, las faltas se sancionaran de forma académica y 
disciplinaria en ambos casos se aplicará el debido proceso y se seguirá el conducto 
regular. 
SANCIONES 
Tienen la finalidad de procurar eliminar de la institución las oportunidades, los factores y 
consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el 
desarrollo de P.E.I y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución. 
A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de los 
siguientes sanciones por cada conducta regular:
6.60. Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su 
representante 
6.61. Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo 
6.62. Condicionamiento de observar determinadamente la conducta dentro y fuera 
de la institución educativa 
6.63. Suspensión temporal hasta por tres días con la obligación de nivelar por su 
cuenta. (en estos días de suspensión el Consejo Directivo determinara la 
realización de un trabajo de oficio comunitario en la institución y se hará acreedor 
de la fallas.) 
6.64. Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con 
cancelación de matrícula. (Habiéndose cumplido el debido proceso) 
6.65. Envío la queja y pruebas de la inspección de policía, Fiscalía, Instituto del 
Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de las conductas 
irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades 
judiciales o administrativas según la ley. 
CLARIDAD: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a 
la gravedad de la falta considerada está de acuerdo a la oportunidad, circunstancia 
y personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada. 
HORAS SOCIALES 
El proyecto de Horas sociales se hará de acuerdo a las necesidades de la Comunidad 
educativa y a la Reglamentación vigente, 
EN CASO DE ACCIDENTES 
En caso de un accidente, lesión personal, daños a bienes muebles e inmuebles; causado por 
un estudiante a otro miembro de la comunidad educativa, se seguirá el debido proceso para 
mirar responsabilidad y los encargados de hacer cumplir la sanción. 
ARTICULO 7: 
PROCEDIMIENTOS 
Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido procesos en la aplicación de 
correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos. 
PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS: 
Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteren la disciplina 
necesaria para el desarrollo de la clase y son aplicables por el profesor de la asignatura o 
por el director de curso: para correctivos 1, 2,3, y 4. Con profesor de la asignatura o 
director del curso, coordinador y orientador escolar para aplicar el correctivo 5 cuando 
fuere necesario. 
7.1. INDIVIDUALES:
El componente, una vez conoce la falta o motivo llamará al estudiante responsable y en su 
compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al 
reincidente por segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se 
le hará la anotación en el observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación 
para mejorar su comportamiento. 
7.2. CON PARTICIPACION FAMILIAR: 
En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el 
observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias 
delante de los compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación 
dirigida al padre de familia o representante del estudiante con un informe suscripto de su 
comportamiento y la necesidad de firmar un compromiso especial con la institucion o la 
aplicación de una sanción si reincide en la conducta irregular. 
7.3. PROCESOS SANCIONATORIOS: 
Corresponde al Rector de la Institución su aplicación mediante Resolución motivada previo 
el concepto de no vinculante de la Comisión de Convivencia. 
7.4. PROCEDIMIENTO: 
Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, 
informará al profesor disciplina que corresponda o por escrito al Rector indicando la falta 
e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer 
valer. En el caso de que el informe sea recibido por el Encargado de la disciplina, este hará 
las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector... 
Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector citará 
al estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al Personero 
Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días 
siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular del 
estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la comunicación 
que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la misma. 
El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará 
acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la 
Institución. 
Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector tomará la 
decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la 
gravedad de la falta, el Rector, mediante citación integrará la comisión de Convivencia para 
que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la correspondiente Resolución.
CAPITULO II 
ASPECTOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 
LECTURA DE CONTEXTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA 
SEÑORA DEL CARMEN 
Luego de realizar la caracterización de nuestra comunidad educativa, queda en evidencia 
que algunos padres de familia vienen realizando prácticas de crianza poco saludables, pues 
en el aula de clase se observan estudiantes con lenguaje soez para referirse a sus 
compañeros y en algunos casos hacia los docentes, algunos fomentan la indisciplina en 
horas de clases, queriendo llamar la atención mediantes comentarios incoherentes logrando 
la indisposición de sus docentes. Por otro lado hay estudiantes que muestran 
comportamiento inadecuado dentro y fuera de la institución, generando un clima poco 
agradable para quienes se encuentran en su entorno inmediato, algunos educandos 
invaden de manera abusiva predios ajenos aludiendo que van en busca de recreación , es 
por esto que se hace necesario e imperante la consecución de escenarios deportivos para 
suplir esta necesidad, de igual modo se pudo detectar la falta de valores morales de una 
gran mayoría quienes faltan a la verdad, no cumplen con sus deberes académicos ni 
sociales, lo cual implica un arduo trabajo en la construcción de conciencia ciudadana para 
entender que nuestros derechos comienzan cuando cumplimos nuestros deberes; pues 
ciertos jóvenes agreden físicamente a sus compañeros justificando esta práctica como un 
simple juego el cual deja notar que se maneja una intención de agredir libremente , en su 
mayoría la población infantil muestra constantemente el uso de apelativos o apodos que no 
son bien vistos ante las personas a que se hace referencia lo cual va creando rencillas 
terminando en ocasiones en agresión física. Por otro lado se encuentran embarazos en 
adolescentes y uniones maritales entre menores de edad, en ciertos casos con la aprobación 
y consentimiento de los padres y/o acudientes, igualmente se registraron algunos casos de 
preadolescentes y adolescentes haciendo uso de sustancias psicoactivas lo cual ha sido muy 
evidente y han llegado al punto de discriminar a algunos de los implicados, lo cual amerita 
una sensibilización acerca de las consecuencias de estas. 
Frecuentemente se presentan casos de ausentismo a lo cual los padres y/o acudientes 
muestran poco interés por lo que se puede deducir que los estudiantes asisten cuando lo 
estiman conveniente como si fueran ellos los que tuvieran la última palabra dejando entre 
dicho la autoridad de sus padres, este hecho logra influenciar de manera negativa la labor 
de los docentes pues depende del estado de ánimo y la disposición de sus estudiantes para 
impartir sus actividades, pues muestran poco interés por participar en clase, esto se ve 
reflejado en el bajo rendimiento académico, también se observa la falta de buenas prácticas 
de higiene personal por parte de un gran número de estudiantes lo cual sugiere una 
sensibilización con respecto a la importancia del cuidado del cuerpo teniendo como 
principal objetivo el baño diario y la buena presentación personal portando adecuadamente 
el uniforme de la institución. 
Se encuentra muy marcada la falta de pertenencia por la institución, el estudiantado en 
general hace mal uso de las instalaciones, equipos y demás elementos que allí se 
encuentran. 
Otra necesidad muy sentida en nuestra institución es la de fomentar el liderazgo en nuestros 
estudiantes, la cual sería una herramienta útil que les permitirá el empoderamiento de su rol 
como estudiante para así lograr hacerse participe en su proceso de formación no solo a 
nivel académico sino social, cultural y lo más importante crecer como persona para llegar a
ser pieza clave en la construcción de una sociedad equitativa y justa con la cual todos 
soñamos, para darnos cuenta que aún se vale soñar por el país que queremos, aportando 
todos nuestro grano de arena cumpliendo con nuestros deberes respetando los derechos de 
los demás para que los nuestros no sean vulnerados. 
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: 
Carácter, conformación y domicilio 
Artículo 1 El Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Nuestra Señora 
del Carmen se rige con los siguientes principios en correspondencia con los enunciados 
para el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: participación, corresponsabilidad, 
autonomía, diversidad e integralidad 
Artículo 2 El Comité de Convivencia Escolar está integrado por: 
 La Rectora quien lo preside (en caso de ausencia lo presidirá … de Convivencia) 
 Docente de secundaria, elegido/a por la asamblea general de docentes. 
 Docente de primaria elegido/a por asamblea general. 
 Estudiante del grado once elegida Personera 
 Presidente del consejo estudiantil 
 Presidente del consejo de padres. 
Artículo 3.- El lugar de reuniones será de la escuela de la Institución Educativa Nuestra 
Señora del Carmen Sede Cntral 
Funciones del Comité de Convivencia Escolar y sus miembros 
Artículo 4.- Funciones del comité de convivencia escolar. Se adoptan las funciones 
establecidas por la ley 1620 de 2013, Decreto reglamentario 1955 de 2013 y manual de 
convivencia, a saber: 
4.1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre 
docentes. 
4.2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la 
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar 
entre los miembros de la comunidad educativa. 
4.3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, 
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se 
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad 
educativa. 
4.4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones 
Conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los 
miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente 
en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad 
educativa.
4.5. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un 
compañero del establecimiento educativo, director de grupo, docente de 
disciplina. 
4.6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el 
artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, 
de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de 
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos 
por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, 
porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la 
comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por 
otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la 
Ruta. 
4.7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y 
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y 
reproductivos. 
4.8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el 
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace 
parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación 
para los 
4.9. Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y 
Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido 
el comité. 
4.10. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la 
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de 
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para 
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la 
ciudadanía. 
4.11. Organizar los mediadores en cada sede PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I 
4.12. Dos estudiantes serán los encargados de mediar una situación tipo 1. Se debe 
registrar y llevar las actas. 
4.13. Los casos leves se podrán manejar en cada sede con el director de grupo y el 
docente de disciplina, ya que el docente de disciplina tiene una responsabilidad 
muy grande con el alumnado igual que el docente que presencie un caso. No se 
debe acudir al comité directamente. 
4.14. El comité deberá hacer seguimientos a los casos reportados tipo III. 
Artículo 5.- Funciones del presidente del comité de convivencia escolar, además de las 
propias de su cargo, las estipuladas en el artículo 18 de la ley 1620 de 2013 y su decreto 
reglamentario, se consideran las siguientes funciones que deben ir en concordancia con las 
anteriormente mencionadas, a saber: 
5.1. Presidir las reuniones y ejercer la representación del Comité de convivencia escolar 
5.2. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias 
5.3. Preparar el orden del día 
5.4. Elaborar el acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente. 
5.5. Llevar los archivos del Comité, citaciones, control de asistencia, actas, 
correspondencia y documentos que soportan los caso
Parágrafo 1: De todas las sesiones que adelante el Comité de Convivencia Escolar se 
deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo lo siguiente: 
Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión. 
Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la 
entidad o sector que representan y verificación del quórum. 
Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para 
no asistir a la sesión. 
Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del 
Comité. 
Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas 
recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones. 
Firma del Presidente del Comité y del Secretario, una vez haya sido aprobada por los 
asistentes. 
Parágrafo 2: La elaboración de las actas, será rotada entre todos los miembros del Comité 
de convivencia escolar, las cuales deben ser entregadas a rectoría en medio magnético, 
escaneadas con firmas de los del comité. 
Presentarlas el día hábil siguiente para vincularla a la carpeta pertinente. 
Artículo 6. Son funciones de los miembros del Comité de convivencia escolar: 
6.1. Asistir puntualmente a todas las reuniones 
6.2. Presentar y considerar las iniciativas de la Comunidad Educativa que redunden en 
la práctica de la participación democrática en la vida escolar. 
6.3. Presentar las sugerencias de los estamentos de la comunidad educativa. 
6.4. Mantener informados a sus representados. 
Condiciones y Elección de los miembros 
Artículo 7. Clases de miembros: Los miembros del Comité de convivenvia, son de dos 
clases: Por derecho propio y por elección. 
7.1. Son miembros por derecho propio: 
La Rectora 
7.2. Son miembros por elección 
Dos representantes de los profesores, elegidos en asamblea general de docentes, uno 
De primaria y otro de secundaria 
El Presidente del Consejo de Padres de Familia. 
El personero, elegido por estudiantes 
El presidente del consejo estudiantil 
El Comité de Convivencia Escolar, cuando lo considere necesario para el cumplimiento de 
sus objetivos y funciones, podrá invitar a miembros de la comunidad educativa, 
funcionarios o representantes de las entidades públicas o privadas, o personas expertas y 
otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte pueda ser de utilidad. Los invitados 
tendrán voz pero no voto dentro de las respectivas sesiones.. 
Parágrafo 1º. Los miembros por elección, llegarán al Comité después de efectuadas las 
elecciones respectivas en jornadas democráticas debidamente convocadas. 
Artículo 8. Para ser miembro activo del comité de Convivencia Escolar, se tendrá en 
cuenta los siguientes criterios: 
 Estar vinculado a la Comunidad Educativa.
 Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto 
 Educativo Institucional. 
 Demostrar alto grado de Pertenencia, compromiso con el colegio y entrega al 
servicio educativo del plantel; 
 Comulgar con los principios de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen 
y haber manifestado siempre respeto por la institución y sus componentes. 
 Conocer la parte pertinente del manual de convivencia y la ley 1620 de 2013 con su 
decreto reglamentario. 
 Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades. 
Deberes, Derechos y Prohibiciones 
“El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la 
confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones 
que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados 
internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 
1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.” 
Artículo 9. Son deberes de los miembros del Comité de convivencia escolar: 
9.1. Asistir puntualmente a todas las reuniones; 
9.2. Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Comité de 
convivencia escolar. 
9.3. Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el Comité 
de convivencia escolar 
9.4. Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa. 
9.5. Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos 
tratados por el Comité de convivencia escolar 
9.6. Los demás que le sean asignados por el Comité de convivencia escolar, siempre 
que sean de su incumbencia: 
9.7. Asistir a las otras sedes para conocer los casos de convivencia tipo II y tipo III una 
vez al año. 
9.8. Las visitas se realizaran una por el año el escolar a las sedes. 
Artículo 10. Son derechos de los miembros del Comité de convivencia escolar: 
10.1. Presentar iniciativas y sugerencias a la Rectora en la toma de decisiones y para 
lograr la práctica de la participación en la vida escolar. 
10.2. Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás 
miembros del Comité de convivencia escolar 
10.3. Participar en todas las deliberaciones con voz y voto; y 
10.4. Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa. 
Artículo 11. Prohibiciones a los miembros del Comité de Convivencia. Se establecen las 
siguientes prohibiciones. 
11.1. Revelar información sobre temas tratados en el Comité de convivencia escolar 
sin la debida autorización del comité. 
11.2. Distorsionar las decisiones tomadas en el Comité de convivencia escolar. 
11.3. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las 
actividades del Comité de convivencia escolar.
11.4. Disociar las relaciones entre los integrantes del consejo. 
Sanciones 
Parágrafo 1º. La competencia para sancionar, recae en el mismo Comité de Convivencia 
Escolar, en el inmediato superior y en la asamblea del respectivo comité. 
ARTÍCULO13. Pérdida de investidura. Se consideran causales para exclusión o pérdida de 
investidura como representante al Comité de Convivencia Escolar las siguientes: 
13.1. Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa; 
13.2. Faltar gravemente a la debida discreción sobre los temas tratados al interior del 
comité en detrimento de la dignidad de la estudiante procesada. 
13.3. Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus 
deberes, por segunda vez; y 
13.4. Orden de autoridad competente: 
Reuniones, Quórum 
Artículo 14 Las reuniones del Comité de Convivencia Escolar serán de dos (2) clases: 
1. Ordinarias, que se convocar cada dos meses para el día y hora acordados por los 
integrantes del Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Nuestra Señora 
del Carmen.. Se deberá respetar el calendario acordado. 
2. Extraordinarias que se convocan en forma excepcional para tratar un asunto específico 
y una vez por semana para no entorpecer el desarrollo de las clases . 
Artículo 15. Constituye quórum para deliberar, la asistencia de CINCO miembros que 
conforman el Comité de Convivencia Escolar, sin contar la rectora. 
Disposiciones generales 
Artículo 16. Comisiones: el Comité de Convivencia Escolar convocará a sesiones 
extraordinarias cuando lo considere necesario para estudio de situaciones que ameriten éste 
tipo de atención pero que sean casos tipo II y tipo III pero en este caso el comité solo remite 
a la autoridad competente. 
. 
Artículo 17. Conducto regular; Los asuntos que lleguen a consideración del Comité de 
Convivencia Escolar, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular 
establecido en el Reglamento interno o Manual de Convivencia. 
Parágrafo 1 Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, tipo III el Comité de 
Convivencia Escolar se abstendrá de considerarlo. 
Artículo 19. Recursos contra las decisiones del Comité de Convivencia Escolar, procede el 
derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo consejo dentro de los 
tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión. 
Surtido este recurso no procede ningún otro. 
Artículo 19. El voto es personal e indelegable para todos los efectos. 
Artículo 20. Todas las personas integrantes del comité se someten a las mismas 
obligaciones por principio de corresponsabilidad. 
Artículo 21.Los docentes asistirán obligatoriamente a las sesiones iniciales, ordinarias y 
finales. A las sesiones extraordinarias les obliga cuando se trate de dificultades de dicha 
jornada y cuando requieran ser convocadas sin entorpecer las clases.
Artículo 22. Extraordinariamente cuando sea convocada. 
Artículo 23. En la mesa de comité de convivencia escolar es obligatoria la presencia del 
director de grupo y de ser necesaria una conciliadora de los grupos involucrados. 
Vigencia 
ARTÍCULO 24. El Comité de Convivencia Escolar ejercerá sus funciones por un año 
contado a partir del momento de si instalación hasta cuando se designe el nuevo Comité, 
mediante la paliación del procedimiento correspondiente. 
Los integrantes no podrán ser reelegidos. 
Artículo 25: El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta 
cuando sea modificado total o parcialmente por el mismo Comité de Convivencia Escolar 
RUTA PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 
CLASIFICACION DE LAS 
SITUACIONES lo reglamenta 
en el Artículo 40 del 
decreto N° 1965 de 2013. 
PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE 
SITUACIONES 
Artículos: 41, 42, 43, 44, 45 del decreto 
1965 del 11 de Septiembre de 2013. 
1. Situaciones Tipo l. 
Corresponden a este tipo los 
conflictos manejados 
inadecuadamente y aquellas 
situaciones esporádicas que 
inciden negativamente en el clima 
escolar, y que en ningún caso 
generan daños al cuerpo o a la 
salud. 
Conflictos manejados 
Inadecuadamente. 
Hacer burlas a compañeros o 
recurrir a los apodos. 
Levantar la voz imponiendo ideas 
a la fuerza. 
Cruce de palabras en estado de 
enfado donde no es posible llegar 
a acuerdos. 
Abandono de trabajo en equipo 
ocasionados por desacuerdos. 
Enfrentamientos agresivos 
De los protocolos para la atención de 
Situaciones Tipo l. 
1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas 
en el conflicto y mediar de manera pedagógica para 
que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la 
reparación de los daños causados, el 
restablecimiento de los derechos y la reconciliación 
dentro de un clima de relaciones constructivas en el 
establecimiento educativo. 
2.Fijar la forma de solución de manera imparcial, 
equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación 
de los daños causados, el restablecimiento de los 
derechos y la reconciliación dentro de un clima de 
relaciones constructivas en el grupo involucrado o en 
el establecimiento educativo. De esta actuación se 
dejará constancia. 
3. Realizar seguimiento del caso y de los 
compromisos a fin de verificar si la solución fue
Leves. 
Utilizar sin permiso, o esconder 
útiles escolares, prendas de 
vestir y/o alimentos de sus 
compañeros. 
efectiva o si se requiere acudir a los protocolos. 
Responsables: Docentes, directivos y comité de 
convivencia. 
Los estudiantes que hayan sido capacitados como 
mediadores o conciliadores escolares podrán 
participar en el manejo de estos casos en los 
términos fijados en el manual de convivencia. 
2. Situaciones Tipo II. 
Corresponden a este tipo las 
situaciones de agresión escolar, 
acoso escolar (bullying) y 
ciberacoso (Ciberbullying), que 
no revistan las características de 
la comisión de un delito y que 
cumplan con cualquiera de las 
siguientes características: 
a. Que se presenten de manera 
repetida o sistemática. 
b. Que causen daños al cuerpo o 
a la salud sin generar 
incapacidad alguna para 
cualquiera de los involucrados. 
Agresión Física, Verbal 
Gestual, Relacional y 
Electrónica 
Acoso escolar (bullying) Y 
Ciberacoso escolar 
(ciberbullying) 
Causar daño a la 
infraestructura y a mobiliario de 
la Institución.. 
Agresión física o verbal a un 
compañero, docente u otra 
persona. 
Agredir verbalmente por 
cualquier medio a cualquier 
miembro de la comunidad 
De los protocolos para la atención de 
Situaciones Tipo II . 
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar 
la atención inmediata en salud física y mental de los 
involucrados, mediante la remisión a las entidades 
competentes, actuación de la cual se dejará 
constancia. 
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento 
de derechos, remitir la situación a las autoridades 
administrativas. 
3. Adoptar las medidas para proteger a los 
involucrados en la situación de posibles acciones en 
su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 
4. Informar de manera inmediata a los padres, 
madres o acudientes de todos los estudiantes 
involucrados. acta de la cual se dejará constancia. 
5. Generar espacios en los que las partes 
involucradas y los padres, madres o acudientes de 
los estudiantes, puedan exponer y precisar lo 
acontecido, preservando. En cualquier caso, el 
derecho a la intimidad, confidencialidad y demás 
derechos. 
6.Determinar las acciones restaurativas que busquen 
la reparación de los daños causados, el· 
restablecimiento de los derechos y la reconciliación 
dentro de un clima de relaciones constructivas en el 
establecimiento educativo; así como las
educativa. 
Los juegos bruscos entre 
compañeros. 
Escribir mensajes groseros 
en contra de algún integrante de 
la Comunidad Educativa, en 
lugares físicos de áreas comunes 
o en las redes sociales virtuales. 
consecuencias aplicables a quienes han promovido, 
contribuido o participado en la situación reportada. 
7. El presidente del comité escolar de convivencia 
informará a los demás integrantes de este comité, 
sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. 
El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de 
verificar si la solución fue efectiva o si se requiere 
acudir al protocolo. 
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia 
en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones 
adoptadas, la cual será suscrita por todos los 
integrantes e intervinientes. 
9. El presidente del comité escolar de convivencia 
reportará la información del caso al aplicativo que 
para el efecto se haya implementado en el Sistema de 
Información Unificado de Convivencia Escolar. 
Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia 
adopte como acciones o medidas la remisión de la 
situación al Instituto Colombiano de Bienestar 
Familiar para el restablecimiento de derechos, o al 
Sistema de Seguridad Social para la atención en 
salud integral, estas entidades cumplirán con lo 
dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto. 
Responsables: Directivo, docentes y comité de 
convivencia escolar. 
3. Situaciones Tipo III. 
Corresponden a esta tipo las 
situaciones de agresión escolar 
que sean constitutivas de 
presuntos delitos contra la 
libertad, integridad y formación 
sexual, o cuando constituyen 
cualquier otro delito establecido 
en la ley penal colombiana 
vigente. 
Violencia sexual y otros 
delitos tipificados por la ley 
penal 
Protocolo para la atención de Situaciones 
Tipo III. 
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar 
la atención inmediata en salud física y mental de los 
involucrados, mediante la remisión a las entidades 
competentes, actuación de la cual se dejará 
constancia. 
2. Informar de manera inmediata a los padres, 
madres o acudientes de todos los estudiantes 
involucrados, actuación de la cual se dejará 
constancia. 
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia
Portar y/o usar armas y otros 
objetos que atenten contra la 
integridad de las personas. 
Inducir a algún integrante de 
la institución al consumo o 
venta de sustancias 
sicotrópicas, tanto al interior 
como fuera del 
establecimiento educativo. 
Agredir físicamente afectando 
considerablemente la salud 
de otras personas. 
Atentar contra la vida de 
cualquier integrante de la 
comunidad educativa. 
de manera inmediata y por el medio más expedito, 
pondrá la situación en conocimiento de la Policía 
Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, 
se citará a los integrantes del comité escolar de 
convivencia en los términos fijados en el manual de 
convivencia. De la citación se dejará constancia. 
5. El presidente del comité escolar de convivencia 
informará a los participantes en el comité, de los 
hechos que dieron lugar a la convocatoria, 
guardando reserva de aquella información que pueda 
atentar contra el derecho a la intimidad y 
confidencialidad de las partes involucradas, así como 
del reporte realizado ante la autoridad competente. 
6. Pese a que una situación se haya puesto en 
conocimiento de las autoridades competentes, el 
comité escolar de convivencia adoptará, de manera 
inmediata, las medidas propias del establecimiento 
educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito 
de sus competencias a la víctima, a quien se le 
atribuye la agresión y a las personas que hayan 
informado o hagan parte de la situación presentada, 
actuación de la cual se dejará constancia. 
7. El presidente del comité escolar de convivencia 
reportará la información del caso al aplicativo que 
para el efecto se haya implementado en el Sistema de 
Información Unificado de Convivencia Escolar. 
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto 
de seguimiento por parte del comité escolar de 
convivencia, de la autoridad que asuma el 
conocimiento y del comité municipal, distrital o 
departamental de convivencia escolar que ejerza 
jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el 
cual se presentó el hecho. 
Responsables: Comité de convivencia escolar y 
directivo docente
CAPITULO III 
PROCEDIMIENTO ACADEMICO 
ARTICULO 1: 
SISTEMAS DE EVALUACION: 
La evaluación se desarrollara mediante actividades permanentes, tanto individuales como 
en grupo. Así mismo la Institución en aceptación del Consejo Directivo, se acoge a los 
nuevos propósitos educativos los cuales buscan que los estudiantes aprendan, no solo, los 
conceptos fundamentales de la diversas disciplinas, si no, que encuentren una aplicación 
practica de dichos conceptos (Saber leer, saber escribir, saber ser, saber hacer y saber 
convivir) desarrollando habilidades comunicativas y tecnológicas, para un mejor 
desenvolvimiento en la vida diaria. 
El conjunto de valoraciones sobre el progreso y avance de los estudiantes será de forma 
continua e integral, los cuales se expresaran en forma cualitativa, en informes evaluativos y 
valorativos que reflejan el desarrollo integral del estudiante, de tal manera que padres de 
familia y estudiantes puedan apreciar las fortalezas y debilidades, encontrando junto con el 
docente las acciones necesarias para alcanzar los logros del currículo y del plan de estudios. 
La evaluación como una herramienta fundamental para mejorar la calidad de la educación 
se entiende como un proceso integral, dialógico y formativo. 
Integral, en tanto abarca todos los elementos que conforman el sistema de evaluación los 
procesos de enseñanza, los aprendizajes, los medios utilizados, los sujetos, los ambientes 
físicos, sociales, familiares y ambientales, las políticas educativas, las investigaciones y las 
innovaciones y la información. Desde la concepción humanista es integral, porque da 
cuenta del aprendizaje y la formación del estudiante en todas sus dimensiones del 
desarrollo tanto a nivel interno como externo. 
Dialógico como ejercicio de reconocimiento y encuentro de nuevos saberes de nuevas 
experiencias y practicas de evaluación donde este, es un proceso que se diseña y se 
desarrolla con la participación de todos los actores. 
Formativo como escenario para aprender y desaprender lo nuevo, lo diferente, porque no 
esta previsto para castigar o “rajar” sancionar y excluir, sino para analizar 
permanentemente el proceso educativo, lo que ocurre con el, buscando siempre mejorarlo 
y favorecerlo. 
La evaluación es un proceso planeado, descriptivo y cualitativo que valora todos los 
aspectos intervinentes, lo mismo que el proceso y los resultados. 
1.1. FINALIDADES DE LA EVALUACION
La evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro 
períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar. 
Los principales objetivos de la evaluación son: 
a) Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de 
los educandos; 
b) Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y 
media; 
c) Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades 
en sus estudios, y 
d) Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la institución 
y a la actualización permanente de su plan de estudios. 
La evaluación como parte esencial del proceso pedagógico busca mejorar los procesos y 
resultados de la escuela y tiene entre otras las siguientes finalidades: 
1. diagnosticar el estado de los procesos de desarrollo del alumno y pronosticas sus 
tendencias 
2. asegurar el éxito del proceso educativo y, por lo tanto, evitar el fracaso escolar 
3. identificar las características personales, los intereses, los ritmos y estilos del 
aprendizaje 
4. identificar dificultades, deficiencias y limitaciones 
5. ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia 
6. afianzar los aciertos y corregir oportunamente los errores 
7. proporcionar información para reorientar o consolidar la practicas pedagógicas 
8. obtener información para tomar decisiones 
9. promover, certificar o acreditar a los alumnos 
10. orientar el proceso educativo y mejorar su calidad 
1.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN: 
1. CONTINUA, es decir, que se realiza de manera permanente con base en un 
seguimiento que permita apreciar el progreso y las dificultades que puedan 
presentarse 
2. INTEGRAL, es decir, que tenga en cuenta todos los aspectos o dimensiones del 
desarrollo humano 
3. SISTEMATICA, es decir, ser organizada con base en los principios pedagógicos y 
que guarde relaciones con los fines y objetivos de la educación, los contenidos, los 
métodos etc. 
4. FLEXIBLE, es decir, que tenga en cuenta los ritmos de desarrollo del alumno en sus 
diferentes aspectos; por lo tanto, debe considerar la historia del alumno, sus 
intereses, sus capacidades, sus limitaciones y en general su situación concreta. 
5. INTERPRETATIVA, es decir, que busque comprender el significado de los 
procesos y los resultados de la formación 
6. PARTICIPATIVA, es decir, que involucre varios agentes, que propicie la 
autoevaluación y la coevaluación.
7. FORMATIVA, es decir, que permita reorientar los procesos educativos de manera 
oportuna, a fin de lograr su mejoramiento. 
ARTICULO 2: 
ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL 
La escala de valoración de los desempeños de los estudiantes de la institución y su 
respectiva equivalencia en la escala nacional fue determinada en común acuerdo con los 
diferentes estamentos de la comunidad educativa quedando así: 
ESCAL ESCALA 
INSTITUCONAL NACIONAL 
4.6 a 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR 
4.0 a 4.5 DESEMPEÑO ALTO 
3.0 a 3.9 DESEMPEÑO BASICO 
1.0 a 2.9 DESEMPEÑO BAJO 
ARTICULO 3: ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS 
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES 
Para la valoración integral del desempeño de los estudiantes se determina que 
1. la evaluación debe ser participativa para lo cual se desarrollaran los aspectos de 
autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación 
2. por otro lado se hace pertinente utilizar medios para obtener información sobre el 
rendimiento del alumno como: la observación, entrevistas, encuestas, sociometría, 
coloquio, juegos de roles, trabajos prácticos y de investigación, lecturas, ensayos, 
pruebas objetivas, talleres, trabajos de grupo, pruebas de libro abierto, discusiones 
en pequeños grupos, visitas, experiencias, etc. 
En la autoevaluación el estudiante evalúa sus propias acciones. Es un medio valiosísimo 
para impulsar la formación integral por cuanto mediante ella se logra aumentar en los 
alumnos su autoestima, despertar su sentido de responsabilidad y afianzar su autonomía 
La coevaluación, es complementaria a la anterior, es la evaluación mutua que hacen los 
integrantes del grupo. 
La heteroevaluación, es la evaluación que hace un sujeto del desempeño de otros sujetos de 
manera unilateral. 
ARTICULO 4: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE 
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR 
Como la evaluación de los logros de los alumnos hace parte integral, tanto del proceso 
pedagógico como el desarrollo institucional, se hace necesario abordar acciones generales
al iniciar el semestre o año académico en el transcurso o al finalizar los mismos con base en 
los criterios generales de evaluación. 
Los criterios deben entenderse como principios orientadores, normas, parámetros, pautas o 
puntos de referencia para evaluar el proceso de desarrollo en sus diferentes aspectos. 
Al comenzar el año lectivo: 
· definición de planes de estudios, incluyendo entre otros, logros, indicadores, 
estándares, criterios de evaluación y de promoción como producto de un acuerdo de 
la comunidad educativa. 
· Difusión de los criterios de evaluación y promoción a fin que todos los agentes los 
conozcan previamente. 
· Aplicación de estrategias de sensibilización y de concientización a toda la 
comunidad educativa con el fin de afianzar un clima de aceptación y confianza 
· Reuniones de docentes de distintos niveles o grados con el propósito de analizar la 
situación de los alumnos en el paso de un grado a otro 
Al continuar el año 
· Información sistemática de parte de la comisiones de evaluación con el fin de 
orientar y animar el proceso 
· Dialogo continuo con los grupos de estudiantes para estimular y determinar la 
realización de actividades que se prescribirán antes de la finalización de cada 
periodo 
· Retroalimentación permanente, ajustando contenidos, actividades, recursos y demás 
aspectos del proceso educativo cuando las condiciones lo ameriten 
· Integración de la evaluación a la practica misma de las actividades cotidianas por 
medio de la observación, el seguimiento y registro de hechos significativos que se 
suceden en el transcurrir del proceso educativo 
· Información a los alumnos y padres a través de boletines periódicos o de otros 
medios que parta de la iniciativa de los órganos colegiados 
Al culminar año escolar 
· Realización de un balance general evaluativo, bajo la coordinación de las 
comisiones de evaluación y promoción, para efectos de determinar logros, revisar 
procesos 
· Dialogo con los alumnos para concertar acuerdos sobre acciones a seguir con el fin 
de fortalecer aciertos y superar las deficiencias 
· Información a los padres de familia y estudiantes sobre los resultados de la 
evaluación y las decisiones tomadas para introducir correctivos 
· Programación y realización de oportunidades de avance teniendo en cuenta lo 
estipulado en el capitulo de promoción escolar. 
· Definición de actividades académicas para los estudiantes que lo requieran 
· Evaluación de la evaluación e integración con la evaluación institucional 
ARTICULO 5
PROMOCION. 
El alumno será promovido cuando 
· Haya logrado un desempeño básico en todas las áreas, es decir que al promediar los 
resultados obtenidos en los cuatro periodos debe estar en la escala institucional 
sobre 3.0, o haber tenido un desempeño básico en la escala nacional. 
· Si se pierde hasta dos (2) áreas tendrá la posibilidad de presentar unas actividades 
de avance, en caso de no superarlas debe reiniciar el grado. 
Pero si se supera una de las áreas tendrá una nueva oportunidad de avance para 
superarla en caso contrario deberá reiniciar en el mismo grado 
Al finalizar cada periodo al alumno que haya obtenido un desempeño bajo se le aplicaran 
unas actividades de oportunidad de avance para superar las deficiencias del periodo, en 
caso de que no lo logre se deja la calificación obtenida en la respectiva actividad. 
5.1 PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO 
Este aspecto se realizara de acuerdo al artículo 7 del decreto 1290 del 2009 
5.2 LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER 
SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES 
Al ser la evaluación de los educandos continua e integral se hace necesario hacer un 
seguimiento continuo de sus avances como de sus deficiencias. 
Cuando un educando presente alguna deficiencia al finalizar el periodo el alumno tendrá 
la oportunidad de presentar unas actividades de avance que le permitirán superar la 
deficiencia 
En caso que no lo logre se le comunicara a la comisión de evaluación para plantear 
estrategias que permitan el logro o la superación de estas deficiencias. 
Cuando el alumno al finalizar los cuatros periodos y al ser promediados sin lograr 
alcanzar el desempeño mínimo básico (3.0) en dos áreas tendrá la posibilidad de presentar 
actividades de avance. Si no logra superar una de las áreas tendrá una oportunidad de 
presentar actividades nuevamente. 
En caso de no presentarse a las actividades de avance sin causa justificada tendrá que 
reiniciar el año escolar. 
Por otro lado cuando los alumnos presente el 15% de inasistencia justificada la 
comisión de evaluación y promoción planteara algunas estrategias pedagógicas que 
permitan al alumno superar dicha situación. 
ARTICULO 6 
REPROBACION 
El alumno no será promovido cuando: 
6.1. haya obtenido un desempeño bajo menor a 3.0 en tres áreas, en este caso deberá 
reiniciar el próximo año en el mismo grado donde la institución le conservará su 
cupo según decreto 1290
6.2. Que el alumno haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas programadas en 
el plan de estudios para un determinado grado, por período, que acumulados 
resulten superiores al 15% anual sin causa justificada. 
6.3. Al alumno presentar las actividades de avance y no superarlas, deberá reiniciara en 
el mismo grado. 
ARTICULO 7 
INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y 
RESOLUCION DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y 
ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUCION Y PROMOCION 
Para cualquier reclamación del padre de familia o estudiante, el conducto regular a seguir 
será: 
· Docente de área o de grupo 
· Director de grupo o encargado de la sede 
· Rector de la institución 
· Comisión de promoción y evaluación 
· Consejo Directivo 
Nota: Para cualquier reclamación por parte del alumno deberá conocer el personero de los 
estudiantes el cual lo acompañara durante todo el proceso. 
La reclamación deberá hacerse por escrito siguiendo el debido proceso. 
CAPITULO IV 
EDUCADOR 
ARTICULO 1 
PERFIL DEL EDUCADOR 
La institución busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo 
tanto nuestro educador debe: 
 Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y 
espirituales. 
 Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo. 
 Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos. 
 Preocuparse no solo por enseñar unos conocimientos, sino que trabaje en procura de 
orientar su conducta hacia el logro de objetivos de la Institución 
 Ser maestro competente en su campo laboral, concientizandose de que la labor 
docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como 
un compromiso con LA INSTITUCION... 
 Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y flexivas.
 Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales, 
científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad. 
ARTICULO 2 
DEBERES DEL DOCENTE 
2.1. Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, 
responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del 
estudiante durante su permanencia en el plantel. 
2.2. Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su 
responsabilidad. 
2.3. Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la 
formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia 
Social. 
2.4. Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; 
formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones 
humanas. 
2.5. Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una 
presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo. 
2.6. Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del 
P.E.I. 
2.7. Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o las autoridades 
superiores programen. 
2.8. Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean 
formuladas oportuna y respetuosamente. 
2.9. Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, 
como en los negativos de los estudiantes a su cargo. 
2.10. Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios 
correspondientes. 
2.11. Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de 
vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las 
anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel. 
2.12. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el 
desarrollo de los procesos y velar por su cuidado. 
2.13. Permanecer en la INSTITUCION durante la jornada de trabajo y dedicar su 
tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la 
Institución. 
2.14. Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político–Social, religioso, o de 
cualquier índole. 
2.15. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo 
oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuado sea el caso. 
2.16. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y 
disciplinario de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo 
a las fechas.
2.17. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de 
proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de 
desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes asu cargo. 
2.18. Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo 
aprendido en clase. 
2.19. Registrar oportunamente las fortalezas y las debilidades en el observador del 
alumno. 
2.20. Ser responsable de la conservación y mantenimiento y aseo de los materiales y 
lugares propios para el desarrollo de las actividades. 
2.21. Cumplir con los horarios de entrada y salida de la institucion, así como lo de los 
turnos de disciplina y velar por el cuidado de los muebles y los materiales 
didácticos puesto a su servicio. 
ARTICULO 3: 
DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE 
3.1. Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de 
Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. 
3.2. Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio 
de Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos. 
3.3. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el 
ejercicio de sus funciones. 
3.4. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la 
Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la 
intención de facilitar el logro de objetivos comunes. 
3.5. Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad 
escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan 
surgir entre ellos. 
3.6. Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en la Institución y velar 
por crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal 
desarrollo de las actividades académicas. 
3.7. Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos 
educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad. 
3.8. Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional. 
3.9. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la localidad de la educación 
en el establecimiento. 
3.10. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 
3.11. INCORPORACION AL SERVICIO MILITAR 
3.12. Reportar la información de los estudiantes del grado once cuando lo requiera la 
autoridad militar competente y facilitarles el permiso para asistir a los llamados y 
el acompañamiento necesario. 
3.13. PRUEBAS SABER 
3.14. Realizar la inscripción oportuna de los estudiantes por parte de los directivos de 
la institución para la presentación de las pruebas.
ARTICULO 4: 
DERECHOS DE LOS DOCENTES 
4.1. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad 
educativa, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su 
labor. 
4.2. Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su 
intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones. 
4.3. Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la 
elaboración y desarrollo del P.E.I. 
4.4. Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo 
amerite, previo seguimiento del conducto regular. 
4.5. Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos 
del plantel. 
4.6. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico. 
ARTICULO 5: 
ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES 
5.1. Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de 
profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida. 
5.2. Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar. 
5.3. Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc. 
5.4. Participar en curso, conferencias y otras actividades de actualización, 
profundización o perfeccionamiento. 
ARTICULO 6: 
FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES 
6.1. Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente. 
6.2. No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas. 
6.3. Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia. 
6.4. El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o 
documentos públicos. 
6.5. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos. 
6.6. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el 
escalafón. 
6.7. El abandono del cargo. 
6.8. Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores y las 
directivas, o entre padres de familia y directivas. 
6.9. El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en 
actos comunitarios. 
6.10. Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el 
correspondiente permiso. 
6.11. Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores 
académicas y o disciplinarias.
6.12. Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familia 
6.13. La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de 
fármacos. 
ARTICULO 7: 
SANCIONES 
7.1. Amonestaciones verbales por parte de las directivas según el caso. 
7.2. Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida. En este caso el profesor puede 
consignar descargos para anexar a documentación respectiva. 
7.3. Descuento en la asignación básica mensual en caso de inasistencia injustificada. 
7.4. Suspensión definitiva del ejercicio de su cargo. 
7.5. Cancelación definitiva del contrato de trabajo. 
CAPITULO V 
PADRES DE FAMILIA 
ARTICULO 1 
PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA 
Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus 
hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos 
propuestos. 
El padre o madre de familia o acudiente del alumno de la Institución Educativa Nuestra 
Señora del Carmen deberán: 
1.1. Ser una persona comprometida con la institución. 
1.2. Presentar y participar en proyectos que fortalezcan el desarrollo de la institución. 
1.3. Ser facilitador de los procesos de aprendizaje y formación de sus hijos o 
acudidos. 
1.4. No ser menor de edad. 
1.5. Si no es el padre o madre del estudiante, el acudiente debe tener una 
responsabilidad legal sobre el educando. 
1.6. Ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su 
buen desarrollo escolar. 
1.7. Completar en caso los conocimientos que el niño adquiera en el colegio. 
1.8. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones 
expedidas por parte del colegio, para darle cumplimiento a las mismas. 
1.9. Formar en sus hijos valores se responsabilidad, orden y respeto por la 
humanidad. 
1.10. Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor 
comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades. 
1.11. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la 
institución. en el momento de la matricula. 
1.12. Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones. 
1.13. Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros 
de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias. 
1.14. Participar en todas las actividades programadas por la Institución.
1.15. Para retirar o cancelar matrícula, el acudiente debe ser el mismo que firmó la 
matricula. 
1.16. Cuando el retiro o matricula se efectúa por una persona distinta del acudiente, 
autorizada por el mismo, en la hoja de matrícula debe quedar registrado este 
hecho. 
ARTICULO 2 
DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES. 
2.1. Recibir y conocer el Manual de Convivencia. 
2.2. Conocer el estado académico de sus hijos: avances, deficiencias y 
recomendaciones. 
2.3. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y 
comportamiento de su hijo. 
2.4. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el 
respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular. 
2.5. Analizar con el rector y el profesor, sanciones y amonestaciones, producto del mal 
comportamiento de su hijo o acudido cuando se le haya cometido alguna 
injusticia. 
2.6. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde 
se informa sobre el compromiso con la institución. 
2.7. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los 
mecanismos que para ello se estipulen. 
2.8. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de padres de familia. 
2.9. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, 
para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 
2.10.Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa. 
2.11.Gozar de imparciabilidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto 
a su intimidad personal y familiar al su buen nombre, a sus creencias, y opiniones. 
2.12.Solicitar y obtener constancias y certificados siempre y cuando estén a paz y salvo. 
2.13.Participar en todos los programas de formación de padres, que brinde la 
Institución. 
2.14.Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoria de los 
profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral. 
ARTICULO 3 
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. 
3.1. Llenar los requisitos exigidos para la matrícula y firmarla conjuntamente con el 
estudiante. 
3.2. Proporcionar al estudiante los elementos necesarios para el desempeño de su labor 
escolar. 
3.3. Darle al niño o niña el tiempo suficiente para atender sus deberes escolares. 
3.4. Asistir puntualmente a las reuniones, asambleas y citaciones a las que se le 
convoque.
3.5. Conoce los horarios de entrada y salida de la jornada escolar. 
3.6. Permitir, acompañar y responsabilizarse de sus hijos o acudidos en la participación 
en actividades culturales, deportivas y que pertenezcan a los proyectos 
transversales. 
3.7. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación 
integral de sus hijos. 
3.8. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya 
que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha 
implicado la aceptación del reglamento interno y el presente Manual de 
Convivencia. 
3.9. El Padre o Madre del estudiante se debe hacer presente en el momento de la 
matrícula, en caso de no poder asistir debe hacer llegar a la institución una 
certificación por escrito. 
3.10. Motivar para que su hijo o acudido asista a la institución con absoluta puntualidad, 
con el uniforme completo y excelente presentación. 
3.11. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte 
de los hijos o estudiantes. 
3.12. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento 
escolar y disciplinario de los hijos. 
3.13. Justificar personalmente o por escrito ante quien corresponda, los retardos forzosos 
o inasistencias al plantel de sus hijos. 
3.14. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus 
hijos. 
3.15. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, 
propias de la edad. 
3.16. Inculcar al niño o niña formación moral, que tenga como objetivo reafirmar las 
buenas costumbres y hábitos que propicien una sana y respetuosa convivencia. 
3.17. Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia. 
3.18. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortés y 
oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén 
presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel. 
3.19. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasione el estudiante a los 
elementos que el establecimiento pone a su servicio. 
3.20. Formar parte de las organizaciones: consejo de padre de familia. Consejo directivo 
o asociación de padres de familia. 
3.21. Fomentar la buena imagen de la institución 
ARTICULO 4: AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE 
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES 
4.1. En caso de Citación a los padres o acudientes por cualquier motivo y que no 
se presenten en la fecha requerida, podrán cumplir con lo solicitado dentro de 
los tres días siguientes y si no se presenta deberá someterse a lo que estipule la 
Asamblea General de los Padres de Familia. 
4.2. Si el padre de familia o acudiente no asiste a la reunión de entrega de 
boletines sin justificación no recibirán el informe del estudiante hasta que se 
presente personalmente.
ARTICULO 5 
ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES 
5.1. Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario 
de su hijo. 
5.2. Participar en el Consejo de Padres, Junta Directiva de la Asociación de Padres, o 
Consejo Directivo. 
5.3. Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las 
actividades de la Institución.
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  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA CONTENIDO PRESENTACION:  Introducción  Justificación NUESTRA INSTITUCION:  Horizonte institucional  Objetivos Generales  Objetivos específicos MARCOS DE REFERENCIA:  Marco Legal  Marco Teórico  Preámbulo SIMBOLOS INSTITUCIONALES:  Escudo  Bandera  Himno CAPITULO I ESTUDIANTES: 1. Perfil de los estudiantes. 2. Derechos de los estudiantes. 3. Deberes de los estudiantes. 4. Estímulos para los estudiantes. 5. Faltas que ameritan medidas especiales Excusas por ausencia 6. Faltas, correctivos y sanciones. 7. Procedimientos. CAPITULO II ASPECTOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Carácter, conformación y domicilio 2. Funciones del comité de convivencia 3. Condiciones y Elección de los miembros 4. Deberes, Derechos y Prohibiciones
  • 2. 5. Sanciones 6. Reuniones, quórum 7. Disposiciones generales 8. Vigencia 9. Ruta para la convivencia escolar CAPITULO III PROCEDIMIENTO ACADEMICO: 1. Sistema de evaluación 2. Escala de valoracion 3. Estrategias De Valoracion Integral De Los Desempeños De Los Estudiantes 4. acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar 5. Promoción 6. Reprobación 7. Reclamaciones 8. Seguimiento y Apoyo CAPITULO IV EDUCADORES: 1. Perfil de Educador. 2. Deberes del Docente. 3. Deberes del Directivo Docente 4. Derechos de los Docentes. 5. Estímulos para los Docentes. 6. Faltas que ameritan medidas especiales. 7. Sanciones CAPITULO V PADRES DE FAMILIA: 1. Perfil de los padres. 2. Derechos de los padres o acudientes. 3. Deberes de los padres de familia. 4. Amonestaciones de los deberes y obligaciones de los padres. 5. Estímulos para los padres de familia. 6. Conducto regular para reclamaciones CAPITULO VI OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. 1. Obligaciones especiales. 2. Obligaciones Fundamentales
  • 3. 3. Obligaciones complementarias. 4. Prohibición de Sanciones crueles, humillantes o degradantes CAPITULO VII DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS 1. GOBIERNO ESCOLAR. 2. Rector 3. Concejo Directivo 4. Función del Consejo Directivo 5. Consejo Académico 6. Función del Consejo Académico 7. Personero Estudiantil 8. Función del Personero 9. Contralor Estudiantil 10. Consejo Estudiantil 11. Asociación de Padres de Familia CAPITULO VIII DISPOSICIONES GENERALES:  Servicio de Bienestar  Medios de Comunicación  Admisiones  Requisitos  Matricula  Procedimiento de Matricula CAPITULO VIII COSTOS EDUCATIVOS:  Matrícula  Pensión.  Otros cobros. CAPITULO IX  Honorarios  Uniformes  Notas para convivir mejor
  • 4. 2014 MANUAL DE CONVIVENCIA INTRODUCCION: El proyecto Educativo Institucional establece como parte integrante el Manual de Convivencia para todos los establecimientos educativos, con el objeto de generar un proceso de cambio y nuevas normas de organización de la vida escolar. El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, social y deportiva con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa, El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será obligación de la familia, la Sociedad y el Estado. DECRETO 4798 DE 2011 (Diciembre 20) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1257 de 2008, "por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. LEY 1620 de marzo15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" DECRETO 1965 de 11 de Septiembre de 2013- Decreto Reglamentario de la Ley 1620/2013
  • 5. JUSTIFICACION: El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de la INSTITUCION diseñar y ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia; indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las funciones y reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución. MISION: Brindar una educación integral a los estudiantes en los diversos niveles de Educación con enfoque agrícola que le permitan responder a los retos actuales de la sociedad, fundamentados en los principios de responsabilidad, respeto y solidaridad para contribuir al desarrollo de la región. VISION La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen de la Vereda Chenche Buenos Aires: liderará la formación de jóvenes competentes en las actividades académicas y agrícolas de aprovechamiento y transformación del entorno, gestores del desarrollo comunitario y el progreso de la región con calidad humana para lograr una sociedad mas justa y equitativa. OBJETIVOS: Objetivos Generales. a- Fomentar en la comunidad educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de principios y valores, la participación y organización ciudadana., acorde con la normatividad vigente. b- Contribuir de manera directa en la formación integral de los niños y jovenes, para que estos sean forjadores del futuro. c- Brindar herramientas de habilidades y destrezas metodologicas para proyectar la investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la practica de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de manera activa en el desarrollo autónomo e integral del sector en donde reside.
  • 6. Objetivos específicos. a- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes, de acuerdo con la norma en estos casos. b- Propiciar y proporcionar una sólida formación cristiana, intelectual, democrática, física y psicológica a sus educandos. c- Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura, trabajo en equipo, convivencia y mutuo apoyo. d- Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología y las artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere el momento de desarrollo económico y político del país. e- Encausar al estudiante hacia la adquisición y refuerzo de hábitos de comportamiento que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle. f- Fomentar en los estudiantes desde los niveles de preescolar y básica primaria, una actitud positiva hacia el aprendizaje de otro idioma. g- Rescatar para su aplicabilidad aquellos valores morales, sociales, y éticos perdidos por el agite al cual esta sometida la sociedad como: El respeto, la verdad, la justicia social, la responsabilidad, la tolerancia y la solidaridad. h- Desarrollar en el niño un excelente nivel académico, expresado a través del dominio de los contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa dinámica y lógica, acorde con su desarrollo personal y social, para lo cual el colegio se preocupa por:  La autoestima en la toma de decisiones  Los buenos modales de comportamiento, glamour y el respeto  El respeto y valor a los símbolos patrios  La practica del deporte como medio para crecer sano y fuerte  El conocimiento del idioma extranjero. 5. MARCOS DE REFERENCIA: 5.1 Marco Legal. “Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia en el cual se definen los derechos y obligaciones de los Directivos Docentes, Los Docentes, los estudiantes, Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula estarán aceptando el mismo.” Art. 87 Ley 115 del 8 de febrero de 1994.
  • 7. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, Art. 16, 18, 19, 23, 29, 44, 45, 67, 86, 87. LEY 115 del 08 de Febrero de 1.994. Ley General De Educación: artículo 24, Decreto 1860 del 03 de Agosto de 1.994, artículo 17 “Todos los establecimientos educativos deben tener como parte integral del proyecto educativo, UN REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA”. LEY DE GARANTES: “De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Garantes. Bajo el título de “Acción y omisión”, el artículo 25 del Código Penal de 2000- Ley 599- dice “La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley. LEY 1437 de 2011 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo DECRETO 4798 DE 2011 (Diciembre 20) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1257 de 2008, "por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Se debe contemplar los siguientes aspectos: a- Reglas de higiene, personal y salud publica que presentan el bienestar de la comunidad educativa. b- Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo. c- Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. d- Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. e- Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. f- Pautas de representación personal. g- Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la defensa. h- Reglas para elección de representantes al Concejo Directivo, demás estamentos, y elecciones del personero y contralor estudiantil. i- Reglas para el uso de la biblioteca escolar. LEY 16 de 1972 Convención Americana sobre Derechos Humanos. LEY 12 de 1991 Convención sobre los derechos del niño. LEY 1622 de abril 29 de 2013 estatuto de ciudadanía juvenil. LEY 599 de 2000 por la cual se expide el Código Penal. LEY 734 de 2002 Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. LEY1098 de 2006 Por la cual se expide el Código De Infancia y adolescencia. Haciendo especial énfasis al cumplimiento de los artículos 7, 15, 18, 19, 26, 28, 31, 32,
  • 8. 39, 41, 42, 43, 44, 45 ya que, buscan la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, los declara como sujetos de derechos e individuos de deberes y obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo y su desarrollo. El artículo 20 numeral 4 de la ley 1098 dice; Derechos de protección. Los niños, las niñas y adolescentes serán protegidos contra la violación, la inducción el estímulo y el constreñimiento a la prostitución, la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexual de la persona menor de edad. El artículo 44 numeral 4 de la misma Ley consagra que en la institución educativa se debe; Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar; por esta razón se aclaran todas las normas y se dan especificaciones claras sobre el correcto uso del uniforme escolar LEY 1404 de 2010 Por la cual se crea el programa escuela para padres y madres en las instituciones de educación preescolar, básica y media del país. LEY 124 de 1994 Por la cual se prohíbe el Expendio de Bebidas Embriagantes a Menores de Edad y se dictan otras disposiciones. LEY 1620 de marzo15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" DECRETO 1965 de 11 de Septiembre de 2013- Decreto Reglamentario de la Ley 1620/2013 DECRETO 019 de 2012 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública DECRETO 1286 de 2005. Participación de los padres, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. DECRETO 1108 de 1.994 sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas. DECRETO 2247 de 1997 Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. DECRETO No. 1290 del 16 de abril de 2009 Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. RESOLUCIÓN 1369 de Octubre 6 de 2009 (Faculta la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen para titular bachilleres en Las modalidad Académica). RESOLUCIÓN 4210 de 1996 servicio Social obligatorio. RESOLUCIÓN 03353 del 02 de Julio de 1.993. M.E.N. sobre educación sexual. La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual los siguientes:  Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).  Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art. 28 decreto 1860)  La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 dec 1860)  Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante (Art. 23 dec 1860).
  • 9.  Funciones disciplinarias de la Rector (Art. 25 dec 1860)  Las actividades del Gobierno Estudiantil.  Integración del Consejo Directivo (Art. 21 dec 1860)  Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)  Asociación de padres de familia (Art. 30)  Consejo de padres de familia (Art. 31)  Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)  Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37)  Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006.  Que el objeto de la Ley 1257 de 2008 es la adopción de normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencias, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la formulación de las políticas públicas necesarias para su realización. MARCO TEÓRICO. LA INSTITUCION EDUCATIVA centro de cultura, debe proporcionar a sus estudiantes una formación integral que les permita participar en la sociedad y que les permita convivir en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para la comunidad. El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular, la practica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus mas importantes medios de realización personal, la convivencia pacifica, y la solidaridad, entre otros. Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayuda a consolidar la personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuales son las reglas del sistema, por que existen, por que son importantes, que sucedería si no existiesen y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante para ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad. PREAMBULO: Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas que serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la Comunidad Educativa de la INSTITUCION, ellos incluyen derechos y deberes de los
  • 10. estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la sociedad, como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad humana. Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y procedimientos que gobiernan la INSTITUCION, así como de sus responsabilidades. Tal información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la vida estudiantil y alas actividades académicas.
  • 12. Himno Coro Vivir todos unidos Y en ambiente de amistad Nos forma como hermanos Nuestra institución. I Laboramos con nobleza En bien de la comunidad Que la institución nos profesa Con fé en su prosperidad II Somos hijos del pasado Tenemos nuestra historia Recogemos los saberes En apoyo a nuestra patria III La educación es nuestra meta Y es por ella que luchamos Para dar vida completa Siempre unidos estaremos IV Nació nuestra escuelita Del pensamiento y experiencia Que la profe Inés sentía Humanizar la ciencia
  • 13. CAPITULO I LOS ESTUDIANTES ARTICULO 1: PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION. El estudiante del Colegio debe llegar a ser y caracterizarse por: 1.1. Crecer como persona integra, autónoma y social, capaz de construir su vida mediante la toma de decisiones libres y responsables. 1.2. Auto estimarse, practicar la responsabilidad, la puntualidad, la organización, la honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actuase con madurez, racionalidad, justicia y honradez. 1.3. Asumir con compromiso y responsabilidad el cuidado del medio que lo rodea. ARTICULO 2: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. 2.1. Al iniciar el año escolar el estudiante deberá conocer el Manual de Convivencia. 2.2. Socializarlo a través de talleres, video beam, plegables, etc. 2.3. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel. 2.4. Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas. 2.5. Elegir y ser elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero, contralor o Monitor. 2.6. Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya cometido una falta, para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales. 2.7. Recibir atención oportuna de profesores, directivos al servicio de la Institución. 2.8. Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral. 2.9. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para actividades propias de la vida escolar. 2.10. Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético. 2.11. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad. 2.12. Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido para ello. 2.13. Aprovechar el tiempo libre en la realización de trabajos y lectura. 2.14. Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación en la búsqueda de soluciones. 2.15. Participar en la plantación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
  • 14. 2.16. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda opinión ajena. 2.17. Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor. 2.18. Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de con las normas fijadas por la Institución. 2.19. Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y tranquilo en beneficio de su salud y bienestar. 2.20. Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.) 2.21. Conocer los registros del comportamiento y desempeño escolar, que se encuentre en el observador del alumno o cualquier documento interno de la INSTITUCION. 2.22. Conocer oportunamente los programas académicos de cada área y los planes de cada asignatura y a demás los criterios de evaluación. 2.23. Conocer oportunamente el resultado de las evaluaciones efectuadas en cada periodo. 2.24. Ser evaluados en las pruebas o trabajos que haya dejado de presentar por inasistencia, siempre que esta haya sido justificada. 2.25. Ser informados de mis logros académicos y disciplinarios antes de ser registrados en las planillas oficiales de la INSTITUCION. ARTICULO 3: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. 3.1. Conocer y aplicar el Manual de Convivencia. 3.2. Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución. 3.3. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y demás personas vinculadas a la Institución. 3.4. Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u otros actos que atenten contra la dignidad de cada uno. 3.5. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar. 3.6. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución. 3.7. Facilitar la comunicación Institución-Familia, entregando a tiempo y a quien corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas. 3.8. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo, y demás que se vayan creando. 3.9. Colaborar con las dispocisiones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar. 3.10. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a que son bienes de uso común, y responder los daños ocasionados por descuido o mal uso. 3.11. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas.
  • 15. 3.12. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución. 3.13. Evitar el porte de cigarrillos, fósforos, u objetos cortantes que atenten contra la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad. 3.14. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos. 3.15. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las mismas. 3.16. Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de educación física de acuerdo a las indicaciones del horario. 3.17. Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas, aretes, pulseras, cadenas, celulares y anillos entre otros con el uniforme la perdida de estos es responsabilidad del mismo alumno. 3.18. Evitar el uso de aparatos electrónicos dentro del aula de clase (Celulares, ipods, mp3, etc.) a menos que se requerido por algún docente, además la Institucion no se responsabiliza de perdida o daño de los mismos 3.19. No permanecer fuera del salón en horas de clase y en horas de descanso estar fuera de el. 3.20. Conocer y entonar con orgullo el himno nacional, del departamento y del municipio en actividades de carácter institucional, cultural, fiestas patrias y otras. 3.21. No asistir a la institución en estado de embriaguez y sustancias psicoactivas. 3.22. Abstenerse de realizar manifestaciones amorosas dentro de la INSTITUCION. 3.23. Utilizar adecuadamente los implementos deportivos. 3.24. Portar con orgullo el uniforme diario y el de educación física en forma impecable y completa desde el momento en que ingrese a la institucion. 3.25. Utilizar correctamente los uniformes en el día que corresponda. 3.26. Evitar el fraude, la falta de honestidad en las diferentes evaluaciones. 3.27. Cumplir con el horario de entrada y salida de la INSTITUCION. 3.28. Justificar la inasistencia y llegadas tarde con excusa firmada por el acudiente y con numero de cedula el mismo día o al día siguiente. 3.29. El estudiante que por alguna motivo deba retirarse del plantel debe traer excusa explicando el motivo y la hora de retiro con firma del acudiente para obtener el permiso del quien este manejado la disciplina. 3.30. En caso de que el estudiante llegue tarde a la INSTITUCION deberá realizar un trabajo social. (limpieza general, botiquín, elaboración carteleras entre otros). 3.31. El estudiante debe participar en jornadas de limpieza general y de las aulas para fomentar hábitos de limpieza de los espacios de aprendizaje. 3.32. No ingerir alimentos ni bebidas en las horas de clase y o masticar chicles. 3.33. Evitar letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o institucion y que deteriore la propiedad privada. 3.34. Presentarse a la institución en las debidas condiciones de higiene de, aseo y presentación personal; con las uñas cortas, sin maquillajes; atuendos o accesorios que comprometan la buena imagen personal y de la institución. 3.35. Cumplir responsable y oportunamente con actividades académicas (Evaluaciones, tareas, actividades de apoyo y demás programadas por la institucion).
  • 16. ARTICULO 4: ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES. 4.1. Derecho a izar el Pabellón Nacional cada periodo por sobresalir en conducta y rendimiento académico. 4.2. Medalla o mención de honor en el acto de clausura del año académico para los estudiantes que sobresalgan por su colaboración, compañerismo, buen comportamiento social y rendimiento académico. 4.3. Exaltar en público la puntualidad, aptitudes artísticas o cualquier otro valor. 4.4. Participación en centro literario y de las diferentes actividades programadas por el INSTITUCION. 4.5. Reconocimiento a los esfuerzos realizados mediante felicitación verbal y escrita en la ficha acumulativa de rendimiento del estudiante, y boletines informativos. 4.6. Ser elegido monitor de curso o monitor de disciplina o monitor acadêmico. 4.7. Trofeos y menciones a los equipos campeones en los torneos deportivos internos. 4.8. Celebración de los días destinados a los niños. 4.9. Derecho a representar a la institucion en actividades deportivas, intelectuales, científicas a nivel municipal, departamental y Nacional. ARTICULO 5: FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES: 5.1. Salir de la Institución sin autorización del Docente de disciplina o Director de Grado. 5.2. Comprometer el nombre del Colegio con su mal comportamiento social, dentro y fuera de él. 5.3. Todo acto contra la fe cristiana y de cualquier otra religión y la convivencia escolar sana. 5.4. Atentar contra equipos, muebles y enseres del establecimiento. 5.5. Irrespetar cualquier símbolo religioso o patrio. 5.6. Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo. 5.7. Emplear el nombre del Colegio para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, científicas y artísticas autorizadas por las Directivas. 5.8. Conversar con vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta de respeto con sus semejantes. 5.9. Alterar calificaciones o cualquier tipo de documentos. 5.10. Tratar violentamente a un compañero. 5.11. Mostrar altanería, irrespeto y desobediencia a sus mayores. 5.12. Llegar tarde en forma continua. 5.13. Hurto, robo, estafa, sobornos. EXCUSAS POR AUSENCIA: Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de una incapacidad médica, o personalmente ante la dirección del colegio o profesora del
  • 17. grado correspondiente. La excusa no quita la falla y el estudiante deberá responder por las actividades que se realizaron el día de la falla o la no asistencia. ARTICULO 6: FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES.  El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma, que tanto él, como la comunidad educativa se beneficien de las normas que facilitan la convivencia. FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, la familia y la Institución Educativa consagrados en este manual de convivencia. Las faltas se categorizar en: FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a un estimulo exterior sin perjuicio material, físico, ético o moral para los demás. FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen causando perjuicio material, físico, ético o moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los objetivos y el ambiente Institucional. FALTAS LEVES 6.1. Retardo Injustificado en la llegada a la Institución y a las actividades programadas. 6.2. Entrar y salir sin autorización del salón de clase o de la Institución. 6.3. Comprar o consumir alimentos en clase o en formación. 6.4. Masticar goma de mascar en el salón de clase o en formación. 6.5. Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde. 6.6. Dejar en desorden el salón de clase. 6.7. Mal comportamiento en la biblioteca y demás dependencias de la institución. 6.8. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso. 6.9. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades. 6.10. Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la Institución. 6.11. Portar el uniforme incompleto y desordenado. 6.12. Inadecuada presentación personal (aseo, cabello desarreglado, uñas largas o de colores). 6.13. Vocabulario soez. 6.14. Llevar aditamentos como: Piercing, cachuchas, manillas, aretes, collares, buzos o camisetas, maquillaje, etc. diferentes al uniforme. 6.15. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes las circulares y citaciones que le sean enviadas. 6.16. Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios para el desarrollo de las clases. 6.17. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal desarrollo de la misma. 6.18. Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular sin previa autorización.
  • 18. 6.19. Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos. 6.20. Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas. 6.21. Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes a la puerta principal habilitada para tal fin. 6.22. Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución. 6.23. Y todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida FALTAS GRAVES 6.24. La reincidencia en faltas leves. 6.25. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o plantas ornamentales. 6.26. Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes eléctricas, material de trabajo muros y ornamentación de la misma. 6.27. Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás dependencias. 6.28. El hurto comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad Educativa. 6.29. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la institución. 6.30. Consumir licor dentro de Institución o presentarse bajo estado de alicoramiento o bajo el efecto de sustancias psicoactivas. 6.31. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de cigarrillos, licores, sustancias psicoactivas, u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que lo hagan. 6.32. Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa. 6.33. Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral a un miembro de la comunidad educativa. 6.34. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo sea cometer ilícitos, irrespetar o crear problemas sociales. 6.35. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa. 6.36. Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro de las instalaciones. 6.37. Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de la comunidad educativa. 6.38. Portar armas u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física de las personas. 6.39. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero o especie. 6.40. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otros, lanzadas dentro o fuera del aula o en actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños, lesiones personales y desorden. 6.41. Falsificar, suplantar, cometer fraude en evaluaciones, trabajos o documentos. 6.42. Entrar a la sala de sistemas, laboratorio, rectoría y demás dependencias sin debida autorización. 6.43. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución.
  • 19. 6.44. Portar o distribuir material pornográfico. 6.45. Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave. CIRCUSNTANCIAS DE ATENUACION O AGRAVACION DE FALTAS GRAVES Teniendo en cuenta la sentencia de la corte constitucional T-167 del 2 de abril de 1967, la cual señala para la calificación de las faltas debe examinarse las circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon la situación problemática, así como también las situaciones atenuantes y agravantes de la conducta, que al final contribuyen a graduar la falta y su sanción. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: 6.46. Haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta 6.47. Haber obrado por motivos nobles y altruistas 6.48. Haber confesado voluntariamente comisión de la falta 6.49. Haber procurado corregir o evitar efectos nocivos de la falta, antes de iniciado el proceso disciplinario. 6.50. La ignorancia por incapacidad mental para interpretar las normas. 6.51. La edad, desarrollo mental, psicoafectivo y volitivo, y sus circunstancias personales, familiares y sociales. 6.52. Haber sido inducido a cometer la falta por un superior CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION 6.53. El efecto perturbador de la falta en relación con la marcha institucional 6.54. El grado de afectación de los derechos ajenos 6.55. Haber procedido por motivos innobles o mezquinos 6.56. Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra 6.57. Haber obrado en complicidad con otras personas 6.58. Haber cometido la falta abusando la confianza depositada en él por sus superiores o compañeros TIPIFICACION DE FALTAS 6.59. Se consideran faltas a los derechos contemplados en el presente manual y aquellos que le sean conexos o la incursión en acciones consideradas como censurables y lesivas de la armonía y convivencia institucional. 6.60. Para efectos prácticos, las faltas se sancionaran de forma académica y disciplinaria en ambos casos se aplicará el debido proceso y se seguirá el conducto regular. SANCIONES Tienen la finalidad de procurar eliminar de la institución las oportunidades, los factores y consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el desarrollo de P.E.I y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución. A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de los siguientes sanciones por cada conducta regular:
  • 20. 6.60. Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su representante 6.61. Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo 6.62. Condicionamiento de observar determinadamente la conducta dentro y fuera de la institución educativa 6.63. Suspensión temporal hasta por tres días con la obligación de nivelar por su cuenta. (en estos días de suspensión el Consejo Directivo determinara la realización de un trabajo de oficio comunitario en la institución y se hará acreedor de la fallas.) 6.64. Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con cancelación de matrícula. (Habiéndose cumplido el debido proceso) 6.65. Envío la queja y pruebas de la inspección de policía, Fiscalía, Instituto del Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de las conductas irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades judiciales o administrativas según la ley. CLARIDAD: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a la gravedad de la falta considerada está de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada. HORAS SOCIALES El proyecto de Horas sociales se hará de acuerdo a las necesidades de la Comunidad educativa y a la Reglamentación vigente, EN CASO DE ACCIDENTES En caso de un accidente, lesión personal, daños a bienes muebles e inmuebles; causado por un estudiante a otro miembro de la comunidad educativa, se seguirá el debido proceso para mirar responsabilidad y los encargados de hacer cumplir la sanción. ARTICULO 7: PROCEDIMIENTOS Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido procesos en la aplicación de correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos. PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS: Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteren la disciplina necesaria para el desarrollo de la clase y son aplicables por el profesor de la asignatura o por el director de curso: para correctivos 1, 2,3, y 4. Con profesor de la asignatura o director del curso, coordinador y orientador escolar para aplicar el correctivo 5 cuando fuere necesario. 7.1. INDIVIDUALES:
  • 21. El componente, una vez conoce la falta o motivo llamará al estudiante responsable y en su compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al reincidente por segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se le hará la anotación en el observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación para mejorar su comportamiento. 7.2. CON PARTICIPACION FAMILIAR: En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias delante de los compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación dirigida al padre de familia o representante del estudiante con un informe suscripto de su comportamiento y la necesidad de firmar un compromiso especial con la institucion o la aplicación de una sanción si reincide en la conducta irregular. 7.3. PROCESOS SANCIONATORIOS: Corresponde al Rector de la Institución su aplicación mediante Resolución motivada previo el concepto de no vinculante de la Comisión de Convivencia. 7.4. PROCEDIMIENTO: Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, informará al profesor disciplina que corresponda o por escrito al Rector indicando la falta e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer valer. En el caso de que el informe sea recibido por el Encargado de la disciplina, este hará las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector... Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector citará al estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al Personero Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular del estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la comunicación que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la misma. El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la Institución. Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector tomará la decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la gravedad de la falta, el Rector, mediante citación integrará la comisión de Convivencia para que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la correspondiente Resolución.
  • 22. CAPITULO II ASPECTOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR LECTURA DE CONTEXTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN Luego de realizar la caracterización de nuestra comunidad educativa, queda en evidencia que algunos padres de familia vienen realizando prácticas de crianza poco saludables, pues en el aula de clase se observan estudiantes con lenguaje soez para referirse a sus compañeros y en algunos casos hacia los docentes, algunos fomentan la indisciplina en horas de clases, queriendo llamar la atención mediantes comentarios incoherentes logrando la indisposición de sus docentes. Por otro lado hay estudiantes que muestran comportamiento inadecuado dentro y fuera de la institución, generando un clima poco agradable para quienes se encuentran en su entorno inmediato, algunos educandos invaden de manera abusiva predios ajenos aludiendo que van en busca de recreación , es por esto que se hace necesario e imperante la consecución de escenarios deportivos para suplir esta necesidad, de igual modo se pudo detectar la falta de valores morales de una gran mayoría quienes faltan a la verdad, no cumplen con sus deberes académicos ni sociales, lo cual implica un arduo trabajo en la construcción de conciencia ciudadana para entender que nuestros derechos comienzan cuando cumplimos nuestros deberes; pues ciertos jóvenes agreden físicamente a sus compañeros justificando esta práctica como un simple juego el cual deja notar que se maneja una intención de agredir libremente , en su mayoría la población infantil muestra constantemente el uso de apelativos o apodos que no son bien vistos ante las personas a que se hace referencia lo cual va creando rencillas terminando en ocasiones en agresión física. Por otro lado se encuentran embarazos en adolescentes y uniones maritales entre menores de edad, en ciertos casos con la aprobación y consentimiento de los padres y/o acudientes, igualmente se registraron algunos casos de preadolescentes y adolescentes haciendo uso de sustancias psicoactivas lo cual ha sido muy evidente y han llegado al punto de discriminar a algunos de los implicados, lo cual amerita una sensibilización acerca de las consecuencias de estas. Frecuentemente se presentan casos de ausentismo a lo cual los padres y/o acudientes muestran poco interés por lo que se puede deducir que los estudiantes asisten cuando lo estiman conveniente como si fueran ellos los que tuvieran la última palabra dejando entre dicho la autoridad de sus padres, este hecho logra influenciar de manera negativa la labor de los docentes pues depende del estado de ánimo y la disposición de sus estudiantes para impartir sus actividades, pues muestran poco interés por participar en clase, esto se ve reflejado en el bajo rendimiento académico, también se observa la falta de buenas prácticas de higiene personal por parte de un gran número de estudiantes lo cual sugiere una sensibilización con respecto a la importancia del cuidado del cuerpo teniendo como principal objetivo el baño diario y la buena presentación personal portando adecuadamente el uniforme de la institución. Se encuentra muy marcada la falta de pertenencia por la institución, el estudiantado en general hace mal uso de las instalaciones, equipos y demás elementos que allí se encuentran. Otra necesidad muy sentida en nuestra institución es la de fomentar el liderazgo en nuestros estudiantes, la cual sería una herramienta útil que les permitirá el empoderamiento de su rol como estudiante para así lograr hacerse participe en su proceso de formación no solo a nivel académico sino social, cultural y lo más importante crecer como persona para llegar a
  • 23. ser pieza clave en la construcción de una sociedad equitativa y justa con la cual todos soñamos, para darnos cuenta que aún se vale soñar por el país que queremos, aportando todos nuestro grano de arena cumpliendo con nuestros deberes respetando los derechos de los demás para que los nuestros no sean vulnerados. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Carácter, conformación y domicilio Artículo 1 El Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen se rige con los siguientes principios en correspondencia con los enunciados para el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad Artículo 2 El Comité de Convivencia Escolar está integrado por:  La Rectora quien lo preside (en caso de ausencia lo presidirá … de Convivencia)  Docente de secundaria, elegido/a por la asamblea general de docentes.  Docente de primaria elegido/a por asamblea general.  Estudiante del grado once elegida Personera  Presidente del consejo estudiantil  Presidente del consejo de padres. Artículo 3.- El lugar de reuniones será de la escuela de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen Sede Cntral Funciones del Comité de Convivencia Escolar y sus miembros Artículo 4.- Funciones del comité de convivencia escolar. Se adoptan las funciones establecidas por la ley 1620 de 2013, Decreto reglamentario 1955 de 2013 y manual de convivencia, a saber: 4.1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 4.2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 4.3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4.4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones Conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa.
  • 24. 4.5. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo, director de grupo, docente de disciplina. 4.6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 4.7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 4.8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los 4.9. Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 4.10. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. 4.11. Organizar los mediadores en cada sede PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I 4.12. Dos estudiantes serán los encargados de mediar una situación tipo 1. Se debe registrar y llevar las actas. 4.13. Los casos leves se podrán manejar en cada sede con el director de grupo y el docente de disciplina, ya que el docente de disciplina tiene una responsabilidad muy grande con el alumnado igual que el docente que presencie un caso. No se debe acudir al comité directamente. 4.14. El comité deberá hacer seguimientos a los casos reportados tipo III. Artículo 5.- Funciones del presidente del comité de convivencia escolar, además de las propias de su cargo, las estipuladas en el artículo 18 de la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, se consideran las siguientes funciones que deben ir en concordancia con las anteriormente mencionadas, a saber: 5.1. Presidir las reuniones y ejercer la representación del Comité de convivencia escolar 5.2. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias 5.3. Preparar el orden del día 5.4. Elaborar el acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente. 5.5. Llevar los archivos del Comité, citaciones, control de asistencia, actas, correspondencia y documentos que soportan los caso
  • 25. Parágrafo 1: De todas las sesiones que adelante el Comité de Convivencia Escolar se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo lo siguiente: Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión. Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la entidad o sector que representan y verificación del quórum. Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión. Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité. Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones. Firma del Presidente del Comité y del Secretario, una vez haya sido aprobada por los asistentes. Parágrafo 2: La elaboración de las actas, será rotada entre todos los miembros del Comité de convivencia escolar, las cuales deben ser entregadas a rectoría en medio magnético, escaneadas con firmas de los del comité. Presentarlas el día hábil siguiente para vincularla a la carpeta pertinente. Artículo 6. Son funciones de los miembros del Comité de convivencia escolar: 6.1. Asistir puntualmente a todas las reuniones 6.2. Presentar y considerar las iniciativas de la Comunidad Educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. 6.3. Presentar las sugerencias de los estamentos de la comunidad educativa. 6.4. Mantener informados a sus representados. Condiciones y Elección de los miembros Artículo 7. Clases de miembros: Los miembros del Comité de convivenvia, son de dos clases: Por derecho propio y por elección. 7.1. Son miembros por derecho propio: La Rectora 7.2. Son miembros por elección Dos representantes de los profesores, elegidos en asamblea general de docentes, uno De primaria y otro de secundaria El Presidente del Consejo de Padres de Familia. El personero, elegido por estudiantes El presidente del consejo estudiantil El Comité de Convivencia Escolar, cuando lo considere necesario para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, podrá invitar a miembros de la comunidad educativa, funcionarios o representantes de las entidades públicas o privadas, o personas expertas y otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte pueda ser de utilidad. Los invitados tendrán voz pero no voto dentro de las respectivas sesiones.. Parágrafo 1º. Los miembros por elección, llegarán al Comité después de efectuadas las elecciones respectivas en jornadas democráticas debidamente convocadas. Artículo 8. Para ser miembro activo del comité de Convivencia Escolar, se tendrá en cuenta los siguientes criterios:  Estar vinculado a la Comunidad Educativa.
  • 26.  Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto  Educativo Institucional.  Demostrar alto grado de Pertenencia, compromiso con el colegio y entrega al servicio educativo del plantel;  Comulgar con los principios de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen y haber manifestado siempre respeto por la institución y sus componentes.  Conocer la parte pertinente del manual de convivencia y la ley 1620 de 2013 con su decreto reglamentario.  Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades. Deberes, Derechos y Prohibiciones “El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.” Artículo 9. Son deberes de los miembros del Comité de convivencia escolar: 9.1. Asistir puntualmente a todas las reuniones; 9.2. Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Comité de convivencia escolar. 9.3. Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el Comité de convivencia escolar 9.4. Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa. 9.5. Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos tratados por el Comité de convivencia escolar 9.6. Los demás que le sean asignados por el Comité de convivencia escolar, siempre que sean de su incumbencia: 9.7. Asistir a las otras sedes para conocer los casos de convivencia tipo II y tipo III una vez al año. 9.8. Las visitas se realizaran una por el año el escolar a las sedes. Artículo 10. Son derechos de los miembros del Comité de convivencia escolar: 10.1. Presentar iniciativas y sugerencias a la Rectora en la toma de decisiones y para lograr la práctica de la participación en la vida escolar. 10.2. Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás miembros del Comité de convivencia escolar 10.3. Participar en todas las deliberaciones con voz y voto; y 10.4. Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa. Artículo 11. Prohibiciones a los miembros del Comité de Convivencia. Se establecen las siguientes prohibiciones. 11.1. Revelar información sobre temas tratados en el Comité de convivencia escolar sin la debida autorización del comité. 11.2. Distorsionar las decisiones tomadas en el Comité de convivencia escolar. 11.3. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las actividades del Comité de convivencia escolar.
  • 27. 11.4. Disociar las relaciones entre los integrantes del consejo. Sanciones Parágrafo 1º. La competencia para sancionar, recae en el mismo Comité de Convivencia Escolar, en el inmediato superior y en la asamblea del respectivo comité. ARTÍCULO13. Pérdida de investidura. Se consideran causales para exclusión o pérdida de investidura como representante al Comité de Convivencia Escolar las siguientes: 13.1. Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa; 13.2. Faltar gravemente a la debida discreción sobre los temas tratados al interior del comité en detrimento de la dignidad de la estudiante procesada. 13.3. Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus deberes, por segunda vez; y 13.4. Orden de autoridad competente: Reuniones, Quórum Artículo 14 Las reuniones del Comité de Convivencia Escolar serán de dos (2) clases: 1. Ordinarias, que se convocar cada dos meses para el día y hora acordados por los integrantes del Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen.. Se deberá respetar el calendario acordado. 2. Extraordinarias que se convocan en forma excepcional para tratar un asunto específico y una vez por semana para no entorpecer el desarrollo de las clases . Artículo 15. Constituye quórum para deliberar, la asistencia de CINCO miembros que conforman el Comité de Convivencia Escolar, sin contar la rectora. Disposiciones generales Artículo 16. Comisiones: el Comité de Convivencia Escolar convocará a sesiones extraordinarias cuando lo considere necesario para estudio de situaciones que ameriten éste tipo de atención pero que sean casos tipo II y tipo III pero en este caso el comité solo remite a la autoridad competente. . Artículo 17. Conducto regular; Los asuntos que lleguen a consideración del Comité de Convivencia Escolar, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular establecido en el Reglamento interno o Manual de Convivencia. Parágrafo 1 Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, tipo III el Comité de Convivencia Escolar se abstendrá de considerarlo. Artículo 19. Recursos contra las decisiones del Comité de Convivencia Escolar, procede el derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo consejo dentro de los tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión. Surtido este recurso no procede ningún otro. Artículo 19. El voto es personal e indelegable para todos los efectos. Artículo 20. Todas las personas integrantes del comité se someten a las mismas obligaciones por principio de corresponsabilidad. Artículo 21.Los docentes asistirán obligatoriamente a las sesiones iniciales, ordinarias y finales. A las sesiones extraordinarias les obliga cuando se trate de dificultades de dicha jornada y cuando requieran ser convocadas sin entorpecer las clases.
  • 28. Artículo 22. Extraordinariamente cuando sea convocada. Artículo 23. En la mesa de comité de convivencia escolar es obligatoria la presencia del director de grupo y de ser necesaria una conciliadora de los grupos involucrados. Vigencia ARTÍCULO 24. El Comité de Convivencia Escolar ejercerá sus funciones por un año contado a partir del momento de si instalación hasta cuando se designe el nuevo Comité, mediante la paliación del procedimiento correspondiente. Los integrantes no podrán ser reelegidos. Artículo 25: El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta cuando sea modificado total o parcialmente por el mismo Comité de Convivencia Escolar RUTA PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES lo reglamenta en el Artículo 40 del decreto N° 1965 de 2013. PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES Artículos: 41, 42, 43, 44, 45 del decreto 1965 del 11 de Septiembre de 2013. 1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Conflictos manejados Inadecuadamente. Hacer burlas a compañeros o recurrir a los apodos. Levantar la voz imponiendo ideas a la fuerza. Cruce de palabras en estado de enfado donde no es posible llegar a acuerdos. Abandono de trabajo en equipo ocasionados por desacuerdos. Enfrentamientos agresivos De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo l. 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2.Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia. 3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue
  • 29. Leves. Utilizar sin permiso, o esconder útiles escolares, prendas de vestir y/o alimentos de sus compañeros. efectiva o si se requiere acudir a los protocolos. Responsables: Docentes, directivos y comité de convivencia. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia. 2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Agresión Física, Verbal Gestual, Relacional y Electrónica Acoso escolar (bullying) Y Ciberacoso escolar (ciberbullying) Causar daño a la infraestructura y a mobiliario de la Institución.. Agresión física o verbal a un compañero, docente u otra persona. Agredir verbalmente por cualquier medio a cualquier miembro de la comunidad De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo II . 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. acta de la cual se dejará constancia. 5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando. En cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6.Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las
  • 30. educativa. Los juegos bruscos entre compañeros. Escribir mensajes groseros en contra de algún integrante de la Comunidad Educativa, en lugares físicos de áreas comunes o en las redes sociales virtuales. consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo. 8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto. Responsables: Directivo, docentes y comité de convivencia escolar. 3. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Violencia sexual y otros delitos tipificados por la ley penal Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia
  • 31. Portar y/o usar armas y otros objetos que atenten contra la integridad de las personas. Inducir a algún integrante de la institución al consumo o venta de sustancias sicotrópicas, tanto al interior como fuera del establecimiento educativo. Agredir físicamente afectando considerablemente la salud de otras personas. Atentar contra la vida de cualquier integrante de la comunidad educativa. de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. Responsables: Comité de convivencia escolar y directivo docente
  • 32. CAPITULO III PROCEDIMIENTO ACADEMICO ARTICULO 1: SISTEMAS DE EVALUACION: La evaluación se desarrollara mediante actividades permanentes, tanto individuales como en grupo. Así mismo la Institución en aceptación del Consejo Directivo, se acoge a los nuevos propósitos educativos los cuales buscan que los estudiantes aprendan, no solo, los conceptos fundamentales de la diversas disciplinas, si no, que encuentren una aplicación practica de dichos conceptos (Saber leer, saber escribir, saber ser, saber hacer y saber convivir) desarrollando habilidades comunicativas y tecnológicas, para un mejor desenvolvimiento en la vida diaria. El conjunto de valoraciones sobre el progreso y avance de los estudiantes será de forma continua e integral, los cuales se expresaran en forma cualitativa, en informes evaluativos y valorativos que reflejan el desarrollo integral del estudiante, de tal manera que padres de familia y estudiantes puedan apreciar las fortalezas y debilidades, encontrando junto con el docente las acciones necesarias para alcanzar los logros del currículo y del plan de estudios. La evaluación como una herramienta fundamental para mejorar la calidad de la educación se entiende como un proceso integral, dialógico y formativo. Integral, en tanto abarca todos los elementos que conforman el sistema de evaluación los procesos de enseñanza, los aprendizajes, los medios utilizados, los sujetos, los ambientes físicos, sociales, familiares y ambientales, las políticas educativas, las investigaciones y las innovaciones y la información. Desde la concepción humanista es integral, porque da cuenta del aprendizaje y la formación del estudiante en todas sus dimensiones del desarrollo tanto a nivel interno como externo. Dialógico como ejercicio de reconocimiento y encuentro de nuevos saberes de nuevas experiencias y practicas de evaluación donde este, es un proceso que se diseña y se desarrolla con la participación de todos los actores. Formativo como escenario para aprender y desaprender lo nuevo, lo diferente, porque no esta previsto para castigar o “rajar” sancionar y excluir, sino para analizar permanentemente el proceso educativo, lo que ocurre con el, buscando siempre mejorarlo y favorecerlo. La evaluación es un proceso planeado, descriptivo y cualitativo que valora todos los aspectos intervinentes, lo mismo que el proceso y los resultados. 1.1. FINALIDADES DE LA EVALUACION
  • 33. La evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar. Los principales objetivos de la evaluación son: a) Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos; b) Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y media; c) Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios, y d) Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios. La evaluación como parte esencial del proceso pedagógico busca mejorar los procesos y resultados de la escuela y tiene entre otras las siguientes finalidades: 1. diagnosticar el estado de los procesos de desarrollo del alumno y pronosticas sus tendencias 2. asegurar el éxito del proceso educativo y, por lo tanto, evitar el fracaso escolar 3. identificar las características personales, los intereses, los ritmos y estilos del aprendizaje 4. identificar dificultades, deficiencias y limitaciones 5. ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia 6. afianzar los aciertos y corregir oportunamente los errores 7. proporcionar información para reorientar o consolidar la practicas pedagógicas 8. obtener información para tomar decisiones 9. promover, certificar o acreditar a los alumnos 10. orientar el proceso educativo y mejorar su calidad 1.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN: 1. CONTINUA, es decir, que se realiza de manera permanente con base en un seguimiento que permita apreciar el progreso y las dificultades que puedan presentarse 2. INTEGRAL, es decir, que tenga en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo humano 3. SISTEMATICA, es decir, ser organizada con base en los principios pedagógicos y que guarde relaciones con los fines y objetivos de la educación, los contenidos, los métodos etc. 4. FLEXIBLE, es decir, que tenga en cuenta los ritmos de desarrollo del alumno en sus diferentes aspectos; por lo tanto, debe considerar la historia del alumno, sus intereses, sus capacidades, sus limitaciones y en general su situación concreta. 5. INTERPRETATIVA, es decir, que busque comprender el significado de los procesos y los resultados de la formación 6. PARTICIPATIVA, es decir, que involucre varios agentes, que propicie la autoevaluación y la coevaluación.
  • 34. 7. FORMATIVA, es decir, que permita reorientar los procesos educativos de manera oportuna, a fin de lograr su mejoramiento. ARTICULO 2: ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL La escala de valoración de los desempeños de los estudiantes de la institución y su respectiva equivalencia en la escala nacional fue determinada en común acuerdo con los diferentes estamentos de la comunidad educativa quedando así: ESCAL ESCALA INSTITUCONAL NACIONAL 4.6 a 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR 4.0 a 4.5 DESEMPEÑO ALTO 3.0 a 3.9 DESEMPEÑO BASICO 1.0 a 2.9 DESEMPEÑO BAJO ARTICULO 3: ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES Para la valoración integral del desempeño de los estudiantes se determina que 1. la evaluación debe ser participativa para lo cual se desarrollaran los aspectos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación 2. por otro lado se hace pertinente utilizar medios para obtener información sobre el rendimiento del alumno como: la observación, entrevistas, encuestas, sociometría, coloquio, juegos de roles, trabajos prácticos y de investigación, lecturas, ensayos, pruebas objetivas, talleres, trabajos de grupo, pruebas de libro abierto, discusiones en pequeños grupos, visitas, experiencias, etc. En la autoevaluación el estudiante evalúa sus propias acciones. Es un medio valiosísimo para impulsar la formación integral por cuanto mediante ella se logra aumentar en los alumnos su autoestima, despertar su sentido de responsabilidad y afianzar su autonomía La coevaluación, es complementaria a la anterior, es la evaluación mutua que hacen los integrantes del grupo. La heteroevaluación, es la evaluación que hace un sujeto del desempeño de otros sujetos de manera unilateral. ARTICULO 4: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR Como la evaluación de los logros de los alumnos hace parte integral, tanto del proceso pedagógico como el desarrollo institucional, se hace necesario abordar acciones generales
  • 35. al iniciar el semestre o año académico en el transcurso o al finalizar los mismos con base en los criterios generales de evaluación. Los criterios deben entenderse como principios orientadores, normas, parámetros, pautas o puntos de referencia para evaluar el proceso de desarrollo en sus diferentes aspectos. Al comenzar el año lectivo: · definición de planes de estudios, incluyendo entre otros, logros, indicadores, estándares, criterios de evaluación y de promoción como producto de un acuerdo de la comunidad educativa. · Difusión de los criterios de evaluación y promoción a fin que todos los agentes los conozcan previamente. · Aplicación de estrategias de sensibilización y de concientización a toda la comunidad educativa con el fin de afianzar un clima de aceptación y confianza · Reuniones de docentes de distintos niveles o grados con el propósito de analizar la situación de los alumnos en el paso de un grado a otro Al continuar el año · Información sistemática de parte de la comisiones de evaluación con el fin de orientar y animar el proceso · Dialogo continuo con los grupos de estudiantes para estimular y determinar la realización de actividades que se prescribirán antes de la finalización de cada periodo · Retroalimentación permanente, ajustando contenidos, actividades, recursos y demás aspectos del proceso educativo cuando las condiciones lo ameriten · Integración de la evaluación a la practica misma de las actividades cotidianas por medio de la observación, el seguimiento y registro de hechos significativos que se suceden en el transcurrir del proceso educativo · Información a los alumnos y padres a través de boletines periódicos o de otros medios que parta de la iniciativa de los órganos colegiados Al culminar año escolar · Realización de un balance general evaluativo, bajo la coordinación de las comisiones de evaluación y promoción, para efectos de determinar logros, revisar procesos · Dialogo con los alumnos para concertar acuerdos sobre acciones a seguir con el fin de fortalecer aciertos y superar las deficiencias · Información a los padres de familia y estudiantes sobre los resultados de la evaluación y las decisiones tomadas para introducir correctivos · Programación y realización de oportunidades de avance teniendo en cuenta lo estipulado en el capitulo de promoción escolar. · Definición de actividades académicas para los estudiantes que lo requieran · Evaluación de la evaluación e integración con la evaluación institucional ARTICULO 5
  • 36. PROMOCION. El alumno será promovido cuando · Haya logrado un desempeño básico en todas las áreas, es decir que al promediar los resultados obtenidos en los cuatro periodos debe estar en la escala institucional sobre 3.0, o haber tenido un desempeño básico en la escala nacional. · Si se pierde hasta dos (2) áreas tendrá la posibilidad de presentar unas actividades de avance, en caso de no superarlas debe reiniciar el grado. Pero si se supera una de las áreas tendrá una nueva oportunidad de avance para superarla en caso contrario deberá reiniciar en el mismo grado Al finalizar cada periodo al alumno que haya obtenido un desempeño bajo se le aplicaran unas actividades de oportunidad de avance para superar las deficiencias del periodo, en caso de que no lo logre se deja la calificación obtenida en la respectiva actividad. 5.1 PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO Este aspecto se realizara de acuerdo al artículo 7 del decreto 1290 del 2009 5.2 LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES Al ser la evaluación de los educandos continua e integral se hace necesario hacer un seguimiento continuo de sus avances como de sus deficiencias. Cuando un educando presente alguna deficiencia al finalizar el periodo el alumno tendrá la oportunidad de presentar unas actividades de avance que le permitirán superar la deficiencia En caso que no lo logre se le comunicara a la comisión de evaluación para plantear estrategias que permitan el logro o la superación de estas deficiencias. Cuando el alumno al finalizar los cuatros periodos y al ser promediados sin lograr alcanzar el desempeño mínimo básico (3.0) en dos áreas tendrá la posibilidad de presentar actividades de avance. Si no logra superar una de las áreas tendrá una oportunidad de presentar actividades nuevamente. En caso de no presentarse a las actividades de avance sin causa justificada tendrá que reiniciar el año escolar. Por otro lado cuando los alumnos presente el 15% de inasistencia justificada la comisión de evaluación y promoción planteara algunas estrategias pedagógicas que permitan al alumno superar dicha situación. ARTICULO 6 REPROBACION El alumno no será promovido cuando: 6.1. haya obtenido un desempeño bajo menor a 3.0 en tres áreas, en este caso deberá reiniciar el próximo año en el mismo grado donde la institución le conservará su cupo según decreto 1290
  • 37. 6.2. Que el alumno haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudios para un determinado grado, por período, que acumulados resulten superiores al 15% anual sin causa justificada. 6.3. Al alumno presentar las actividades de avance y no superarlas, deberá reiniciara en el mismo grado. ARTICULO 7 INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUCION Y PROMOCION Para cualquier reclamación del padre de familia o estudiante, el conducto regular a seguir será: · Docente de área o de grupo · Director de grupo o encargado de la sede · Rector de la institución · Comisión de promoción y evaluación · Consejo Directivo Nota: Para cualquier reclamación por parte del alumno deberá conocer el personero de los estudiantes el cual lo acompañara durante todo el proceso. La reclamación deberá hacerse por escrito siguiendo el debido proceso. CAPITULO IV EDUCADOR ARTICULO 1 PERFIL DEL EDUCADOR La institución busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo tanto nuestro educador debe:  Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y espirituales.  Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo.  Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos.  Preocuparse no solo por enseñar unos conocimientos, sino que trabaje en procura de orientar su conducta hacia el logro de objetivos de la Institución  Ser maestro competente en su campo laboral, concientizandose de que la labor docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como un compromiso con LA INSTITUCION...  Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y flexivas.
  • 38.  Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales, científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad. ARTICULO 2 DEBERES DEL DOCENTE 2.1. Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del estudiante durante su permanencia en el plantel. 2.2. Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su responsabilidad. 2.3. Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia Social. 2.4. Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones humanas. 2.5. Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo. 2.6. Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del P.E.I. 2.7. Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o las autoridades superiores programen. 2.8. Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean formuladas oportuna y respetuosamente. 2.9. Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, como en los negativos de los estudiantes a su cargo. 2.10. Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios correspondientes. 2.11. Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel. 2.12. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el desarrollo de los procesos y velar por su cuidado. 2.13. Permanecer en la INSTITUCION durante la jornada de trabajo y dedicar su tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la Institución. 2.14. Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político–Social, religioso, o de cualquier índole. 2.15. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuado sea el caso. 2.16. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo a las fechas.
  • 39. 2.17. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes asu cargo. 2.18. Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo aprendido en clase. 2.19. Registrar oportunamente las fortalezas y las debilidades en el observador del alumno. 2.20. Ser responsable de la conservación y mantenimiento y aseo de los materiales y lugares propios para el desarrollo de las actividades. 2.21. Cumplir con los horarios de entrada y salida de la institucion, así como lo de los turnos de disciplina y velar por el cuidado de los muebles y los materiales didácticos puesto a su servicio. ARTICULO 3: DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE 3.1. Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. 3.2. Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos. 3.3. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones. 3.4. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la intención de facilitar el logro de objetivos comunes. 3.5. Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos. 3.6. Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en la Institución y velar por crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas. 3.7. Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad. 3.8. Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional. 3.9. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la localidad de la educación en el establecimiento. 3.10. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 3.11. INCORPORACION AL SERVICIO MILITAR 3.12. Reportar la información de los estudiantes del grado once cuando lo requiera la autoridad militar competente y facilitarles el permiso para asistir a los llamados y el acompañamiento necesario. 3.13. PRUEBAS SABER 3.14. Realizar la inscripción oportuna de los estudiantes por parte de los directivos de la institución para la presentación de las pruebas.
  • 40. ARTICULO 4: DERECHOS DE LOS DOCENTES 4.1. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su labor. 4.2. Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones. 4.3. Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la elaboración y desarrollo del P.E.I. 4.4. Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo amerite, previo seguimiento del conducto regular. 4.5. Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos del plantel. 4.6. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico. ARTICULO 5: ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES 5.1. Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida. 5.2. Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar. 5.3. Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc. 5.4. Participar en curso, conferencias y otras actividades de actualización, profundización o perfeccionamiento. ARTICULO 6: FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES 6.1. Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente. 6.2. No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas. 6.3. Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia. 6.4. El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o documentos públicos. 6.5. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos. 6.6. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el escalafón. 6.7. El abandono del cargo. 6.8. Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores y las directivas, o entre padres de familia y directivas. 6.9. El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en actos comunitarios. 6.10. Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el correspondiente permiso. 6.11. Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores académicas y o disciplinarias.
  • 41. 6.12. Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familia 6.13. La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de fármacos. ARTICULO 7: SANCIONES 7.1. Amonestaciones verbales por parte de las directivas según el caso. 7.2. Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida. En este caso el profesor puede consignar descargos para anexar a documentación respectiva. 7.3. Descuento en la asignación básica mensual en caso de inasistencia injustificada. 7.4. Suspensión definitiva del ejercicio de su cargo. 7.5. Cancelación definitiva del contrato de trabajo. CAPITULO V PADRES DE FAMILIA ARTICULO 1 PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos propuestos. El padre o madre de familia o acudiente del alumno de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen deberán: 1.1. Ser una persona comprometida con la institución. 1.2. Presentar y participar en proyectos que fortalezcan el desarrollo de la institución. 1.3. Ser facilitador de los procesos de aprendizaje y formación de sus hijos o acudidos. 1.4. No ser menor de edad. 1.5. Si no es el padre o madre del estudiante, el acudiente debe tener una responsabilidad legal sobre el educando. 1.6. Ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su buen desarrollo escolar. 1.7. Completar en caso los conocimientos que el niño adquiera en el colegio. 1.8. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por parte del colegio, para darle cumplimiento a las mismas. 1.9. Formar en sus hijos valores se responsabilidad, orden y respeto por la humanidad. 1.10. Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades. 1.11. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la institución. en el momento de la matricula. 1.12. Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones. 1.13. Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias. 1.14. Participar en todas las actividades programadas por la Institución.
  • 42. 1.15. Para retirar o cancelar matrícula, el acudiente debe ser el mismo que firmó la matricula. 1.16. Cuando el retiro o matricula se efectúa por una persona distinta del acudiente, autorizada por el mismo, en la hoja de matrícula debe quedar registrado este hecho. ARTICULO 2 DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES. 2.1. Recibir y conocer el Manual de Convivencia. 2.2. Conocer el estado académico de sus hijos: avances, deficiencias y recomendaciones. 2.3. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de su hijo. 2.4. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular. 2.5. Analizar con el rector y el profesor, sanciones y amonestaciones, producto del mal comportamiento de su hijo o acudido cuando se le haya cometido alguna injusticia. 2.6. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se informa sobre el compromiso con la institución. 2.7. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen. 2.8. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de padres de familia. 2.9. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 2.10.Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa. 2.11.Gozar de imparciabilidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su intimidad personal y familiar al su buen nombre, a sus creencias, y opiniones. 2.12.Solicitar y obtener constancias y certificados siempre y cuando estén a paz y salvo. 2.13.Participar en todos los programas de formación de padres, que brinde la Institución. 2.14.Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoria de los profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral. ARTICULO 3 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. 3.1. Llenar los requisitos exigidos para la matrícula y firmarla conjuntamente con el estudiante. 3.2. Proporcionar al estudiante los elementos necesarios para el desempeño de su labor escolar. 3.3. Darle al niño o niña el tiempo suficiente para atender sus deberes escolares. 3.4. Asistir puntualmente a las reuniones, asambleas y citaciones a las que se le convoque.
  • 43. 3.5. Conoce los horarios de entrada y salida de la jornada escolar. 3.6. Permitir, acompañar y responsabilizarse de sus hijos o acudidos en la participación en actividades culturales, deportivas y que pertenezcan a los proyectos transversales. 3.7. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus hijos. 3.8. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha implicado la aceptación del reglamento interno y el presente Manual de Convivencia. 3.9. El Padre o Madre del estudiante se debe hacer presente en el momento de la matrícula, en caso de no poder asistir debe hacer llegar a la institución una certificación por escrito. 3.10. Motivar para que su hijo o acudido asista a la institución con absoluta puntualidad, con el uniforme completo y excelente presentación. 3.11. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte de los hijos o estudiantes. 3.12. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de los hijos. 3.13. Justificar personalmente o por escrito ante quien corresponda, los retardos forzosos o inasistencias al plantel de sus hijos. 3.14. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos. 3.15. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, propias de la edad. 3.16. Inculcar al niño o niña formación moral, que tenga como objetivo reafirmar las buenas costumbres y hábitos que propicien una sana y respetuosa convivencia. 3.17. Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia. 3.18. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortés y oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel. 3.19. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasione el estudiante a los elementos que el establecimiento pone a su servicio. 3.20. Formar parte de las organizaciones: consejo de padre de familia. Consejo directivo o asociación de padres de familia. 3.21. Fomentar la buena imagen de la institución ARTICULO 4: AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES 4.1. En caso de Citación a los padres o acudientes por cualquier motivo y que no se presenten en la fecha requerida, podrán cumplir con lo solicitado dentro de los tres días siguientes y si no se presenta deberá someterse a lo que estipule la Asamblea General de los Padres de Familia. 4.2. Si el padre de familia o acudiente no asiste a la reunión de entrega de boletines sin justificación no recibirán el informe del estudiante hasta que se presente personalmente.
  • 44. ARTICULO 5 ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES 5.1. Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario de su hijo. 5.2. Participar en el Consejo de Padres, Junta Directiva de la Asociación de Padres, o Consejo Directivo. 5.3. Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las actividades de la Institución.