Coyaima nuestra sra carmen manual de convivencia 2014.......111111 (1)
1. MANUAL DE CONVIVENCIA
CONTENIDO
PRESENTACION:
Introducción
Justificación
NUESTRA INSTITUCION:
Horizonte institucional
Objetivos Generales
Objetivos específicos
MARCOS DE REFERENCIA:
Marco Legal
Marco Teórico
Preámbulo
SIMBOLOS INSTITUCIONALES:
Escudo
Bandera
Himno
CAPITULO I
ESTUDIANTES:
1. Perfil de los estudiantes.
2. Derechos de los estudiantes.
3. Deberes de los estudiantes.
4. Estímulos para los estudiantes.
5. Faltas que ameritan medidas especiales
Excusas por ausencia
6. Faltas, correctivos y sanciones.
7. Procedimientos.
CAPITULO II
ASPECTOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
1. Carácter, conformación y domicilio
2. Funciones del comité de convivencia
3. Condiciones y Elección de los miembros
4. Deberes, Derechos y Prohibiciones
2. 5. Sanciones
6. Reuniones, quórum
7. Disposiciones generales
8. Vigencia
9. Ruta para la convivencia escolar
CAPITULO III
PROCEDIMIENTO ACADEMICO:
1. Sistema de evaluación
2. Escala de valoracion
3. Estrategias De Valoracion Integral De Los Desempeños De Los Estudiantes
4. acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes
durante el año escolar
5. Promoción
6. Reprobación
7. Reclamaciones
8. Seguimiento y Apoyo
CAPITULO IV
EDUCADORES:
1. Perfil de Educador.
2. Deberes del Docente.
3. Deberes del Directivo Docente
4. Derechos de los Docentes.
5. Estímulos para los Docentes.
6. Faltas que ameritan medidas especiales.
7. Sanciones
CAPITULO V
PADRES DE FAMILIA:
1. Perfil de los padres.
2. Derechos de los padres o acudientes.
3. Deberes de los padres de familia.
4. Amonestaciones de los deberes y obligaciones de los padres.
5. Estímulos para los padres de familia.
6. Conducto regular para reclamaciones
CAPITULO VI
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.
1. Obligaciones especiales.
2. Obligaciones Fundamentales
3. 3. Obligaciones complementarias.
4. Prohibición de Sanciones crueles, humillantes o degradantes
CAPITULO VII
DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS
ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS
1. GOBIERNO ESCOLAR.
2. Rector
3. Concejo Directivo
4. Función del Consejo Directivo
5. Consejo Académico
6. Función del Consejo Académico
7. Personero Estudiantil
8. Función del Personero
9. Contralor Estudiantil
10. Consejo Estudiantil
11. Asociación de Padres de Familia
CAPITULO VIII
DISPOSICIONES GENERALES:
Servicio de Bienestar
Medios de Comunicación
Admisiones
Requisitos
Matricula
Procedimiento de Matricula
CAPITULO VIII
COSTOS EDUCATIVOS:
Matrícula
Pensión.
Otros cobros.
CAPITULO IX
Honorarios
Uniformes
Notas para convivir mejor
4. 2014
MANUAL DE CONVIVENCIA
INTRODUCCION:
El proyecto Educativo Institucional establece como parte integrante el Manual de
Convivencia para todos los establecimientos educativos, con el objeto de generar un
proceso de cambio y nuevas normas de organización de la vida escolar.
El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones
escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su
libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa,
social y deportiva con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los
diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a
conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa,
El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas
en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de
garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que
crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas
sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los
adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los
instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las
Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será obligación
de la familia, la Sociedad y el Estado.
DECRETO 4798 DE 2011 (Diciembre 20)
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1257 de 2008, "por la cual se dictan normas
de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las
mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se
dictan otras disposiciones.
LEY 1620 de marzo15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"
DECRETO 1965 de 11 de Septiembre de 2013- Decreto Reglamentario de la Ley
1620/2013
5. JUSTIFICACION:
El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y
se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de la INSTITUCION diseñar y
ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el
cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la
Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se
especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia;
indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los
procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las
personas, sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las
funciones y reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar
y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución.
MISION:
Brindar una educación integral a los estudiantes en los diversos niveles de Educación con
enfoque agrícola que le permitan responder a los retos actuales de la sociedad,
fundamentados en los principios de responsabilidad, respeto y solidaridad para contribuir al
desarrollo de la región.
VISION
La Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen de la Vereda Chenche Buenos Aires:
liderará la formación de jóvenes competentes en las actividades académicas y agrícolas de
aprovechamiento y transformación del entorno, gestores del desarrollo comunitario y el
progreso de la región con calidad humana para lograr una sociedad mas justa y equitativa.
OBJETIVOS:
Objetivos Generales.
a- Fomentar en la comunidad educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de
principios y valores, la participación y organización ciudadana., acorde con la
normatividad vigente.
b- Contribuir de manera directa en la formación integral de los niños y jovenes, para que
estos sean forjadores del futuro.
c- Brindar herramientas de habilidades y destrezas metodologicas para proyectar la
investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución
que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la
practica de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de
manera activa en el desarrollo autónomo e integral del sector en donde reside.
6. Objetivos específicos.
a- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes,
de acuerdo con la norma en estos casos.
b- Propiciar y proporcionar una sólida formación cristiana, intelectual, democrática,
física y psicológica a sus educandos.
c- Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura, trabajo en equipo, convivencia y
mutuo apoyo.
d- Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología
y las artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere
el momento de desarrollo económico y político del país.
e- Encausar al estudiante hacia la adquisición y refuerzo de hábitos de comportamiento
que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle.
f- Fomentar en los estudiantes desde los niveles de preescolar y básica primaria, una
actitud positiva hacia el aprendizaje de otro idioma.
g- Rescatar para su aplicabilidad aquellos valores morales, sociales, y éticos perdidos
por el agite al cual esta sometida la sociedad como: El respeto, la verdad, la justicia
social, la responsabilidad, la tolerancia y la solidaridad.
h- Desarrollar en el niño un excelente nivel académico, expresado a través del dominio
de los contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa
dinámica y lógica, acorde con su desarrollo personal y social, para lo cual el colegio
se preocupa por:
La autoestima en la toma de decisiones
Los buenos modales de comportamiento, glamour y el respeto
El respeto y valor a los símbolos patrios
La practica del deporte como medio para crecer sano y fuerte
El conocimiento del idioma extranjero.
5. MARCOS DE REFERENCIA:
5.1 Marco Legal.
“Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia en
el cual se definen los derechos y obligaciones de los Directivos Docentes, Los
Docentes, los estudiantes, Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula
estarán aceptando el mismo.” Art. 87 Ley 115 del 8 de febrero de 1994.
7. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, Art. 16, 18, 19, 23, 29, 44, 45, 67, 86,
87.
LEY 115 del 08 de Febrero de 1.994. Ley General De Educación: artículo 24, Decreto
1860 del 03 de Agosto de 1.994, artículo 17 “Todos los establecimientos educativos
deben tener como parte integral del proyecto educativo, UN REGLAMENTO O
MANUAL DE CONVIVENCIA”.
LEY DE GARANTES: “De acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Garantes. Bajo el título
de “Acción y omisión”, el artículo 25 del Código Penal de 2000- Ley 599- dice “La
conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber
jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a
cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la
respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la
protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como
garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o
a la ley.
LEY 1437 de 2011 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo
DECRETO 4798 DE 2011 (Diciembre 20)
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1257 de 2008, "por la cual se dictan
normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y
discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento
Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones.
Se debe contemplar los siguientes aspectos:
a- Reglas de higiene, personal y salud publica que presentan el bienestar de la
comunidad educativa.
b- Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación
de los bienes personales y de uso colectivo.
c- Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
d- Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto.
e- Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten
entre miembros de la comunidad.
f- Pautas de representación personal.
g- Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la
defensa.
h- Reglas para elección de representantes al Concejo Directivo, demás estamentos, y
elecciones del personero y contralor estudiantil.
i- Reglas para el uso de la biblioteca escolar.
LEY 16 de 1972 Convención Americana sobre Derechos Humanos.
LEY 12 de 1991 Convención sobre los derechos del niño.
LEY 1622 de abril 29 de 2013 estatuto de ciudadanía juvenil.
LEY 599 de 2000 por la cual se expide el Código Penal.
LEY 734 de 2002 Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.
LEY1098 de 2006 Por la cual se expide el Código De Infancia y adolescencia.
Haciendo especial énfasis al cumplimiento de los artículos 7, 15, 18, 19, 26, 28, 31, 32,
8. 39, 41, 42, 43, 44, 45 ya que, buscan la protección integral de los niños, niñas y
adolescentes, los declara como sujetos de derechos e individuos de deberes y
obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo y su desarrollo.
El artículo 20 numeral 4 de la ley 1098 dice; Derechos de protección. Los niños, las
niñas y adolescentes serán protegidos contra la violación, la inducción el estímulo y el
constreñimiento a la prostitución, la explotación sexual, la pornografía y cualquier otra
conducta que atente contra la libertad, integridad y formación sexual de la persona
menor de edad. El artículo 44 numeral 4 de la misma Ley consagra que en la institución
educativa se debe; Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su
dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar; por esta razón
se aclaran todas las normas y se dan especificaciones claras sobre el correcto uso del
uniforme escolar
LEY 1404 de 2010 Por la cual se crea el programa escuela para padres y madres en las
instituciones de educación preescolar, básica y media del país.
LEY 124 de 1994 Por la cual se prohíbe el Expendio de Bebidas Embriagantes a
Menores de Edad y se dictan otras disposiciones.
LEY 1620 de marzo15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"
DECRETO 1965 de 11 de Septiembre de 2013- Decreto Reglamentario de la Ley
1620/2013
DECRETO 019 de 2012 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar
regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración
Pública
DECRETO 1286 de 2005. Participación de los padres, en los aspectos pedagógicos y
organizativos generales.
DECRETO 1108 de 1.994 sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
DECRETO 2247 de 1997 Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del
servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.
DECRETO No. 1290 del 16 de abril de 2009
Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes
de los niveles de educación básica y media.
RESOLUCIÓN 1369 de Octubre 6 de 2009 (Faculta la Institución Educativa Nuestra
Señora del Carmen para titular bachilleres en Las modalidad Académica).
RESOLUCIÓN 4210 de 1996 servicio Social obligatorio.
RESOLUCIÓN 03353 del 02 de Julio de 1.993. M.E.N. sobre educación sexual.
La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual
los siguientes:
Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).
Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y
Art. 28 decreto 1860)
La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 dec 1860)
Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante
(Art. 23 dec 1860).
9. Funciones disciplinarias de la Rector (Art. 25 dec 1860)
Las actividades del Gobierno Estudiantil.
Integración del Consejo Directivo (Art. 21 dec 1860)
Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)
Asociación de padres de familia (Art. 30)
Consejo de padres de familia (Art. 31)
Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)
Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37)
Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006.
Que el objeto de la Ley 1257 de 2008 es la adopción de normas que permitan garantizar
para todas las mujeres una vida libre de violencias, tanto en el ámbito público como en
el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno
e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su
protección y atención, y la formulación de las políticas públicas necesarias para su
realización.
MARCO TEÓRICO.
LA INSTITUCION EDUCATIVA centro de cultura, debe proporcionar a sus estudiantes
una formación integral que les permita participar en la sociedad y que les permita convivir
en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina
consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a
los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para la
comunidad.
El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que
un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en
particular, la practica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus
mas importantes medios de realización personal, la convivencia pacifica, y la solidaridad,
entre otros.
Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita
indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una
persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayuda a consolidar la
personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso
educativo. En este proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuales son las
reglas del sistema, por que existen, por que son importantes, que sucedería si no existiesen
y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera,
la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía
importante para ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su
propia forma de actuar en sociedad.
PREAMBULO:
Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas que
serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la
Comunidad Educativa de la INSTITUCION, ellos incluyen derechos y deberes de los
10. estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad
humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la sociedad,
como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad humana.
Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y
procedimientos que gobiernan la INSTITUCION, así como de sus responsabilidades. Tal
información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los
estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la
vida estudiantil y alas actividades académicas.
12. Himno
Coro
Vivir todos unidos
Y en ambiente de amistad
Nos forma como hermanos
Nuestra institución.
I
Laboramos con nobleza
En bien de la comunidad
Que la institución nos profesa
Con fé en su prosperidad
II
Somos hijos del pasado
Tenemos nuestra historia
Recogemos los saberes
En apoyo a nuestra patria
III
La educación es nuestra meta
Y es por ella que luchamos
Para dar vida completa
Siempre unidos estaremos
IV
Nació nuestra escuelita
Del pensamiento y experiencia
Que la profe Inés sentía
Humanizar la ciencia
13. CAPITULO I
LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 1:
PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION.
El estudiante del Colegio debe llegar a ser y caracterizarse por:
1.1. Crecer como persona integra, autónoma y social, capaz de construir su vida
mediante la toma de decisiones libres y responsables.
1.2. Auto estimarse, practicar la responsabilidad, la puntualidad, la organización, la
honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actuase con
madurez, racionalidad, justicia y honradez.
1.3. Asumir con compromiso y responsabilidad el cuidado del medio que lo rodea.
ARTICULO 2:
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.
2.1. Al iniciar el año escolar el estudiante deberá conocer el Manual de Convivencia.
2.2. Socializarlo a través de talleres, video beam, plegables, etc.
2.3. Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como
miembro del plantel.
2.4. Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de
obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas.
2.5. Elegir y ser elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero, contralor o Monitor.
2.6. Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya cometido una falta,
para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales.
2.7. Recibir atención oportuna de profesores, directivos al servicio de la Institución.
2.8. Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la
orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral.
2.9. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para
actividades propias de la vida escolar.
2.10. Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y
actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético.
2.11. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su
rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad.
2.12. Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario
establecido para ello.
2.13. Aprovechar el tiempo libre en la realización de trabajos y lectura.
2.14. Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación
en la búsqueda de soluciones.
2.15. Participar en la plantación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo
Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
14. 2.16. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa
sobre cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda
opinión ajena.
2.17. Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la
Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor.
2.18. Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de con las normas fijadas por
la Institución.
2.19. Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y
tranquilo en beneficio de su salud y bienestar.
2.20. Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes
deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.)
2.21. Conocer los registros del comportamiento y desempeño escolar, que se encuentre en
el observador del alumno o cualquier documento interno de la INSTITUCION.
2.22. Conocer oportunamente los programas académicos de cada área y los planes de cada
asignatura y a demás los criterios de evaluación.
2.23. Conocer oportunamente el resultado de las evaluaciones efectuadas en cada periodo.
2.24. Ser evaluados en las pruebas o trabajos que haya dejado de presentar por
inasistencia, siempre que esta haya sido justificada.
2.25. Ser informados de mis logros académicos y disciplinarios antes de ser registrados en
las planillas oficiales de la INSTITUCION.
ARTICULO 3:
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
3.1. Conocer y aplicar el Manual de Convivencia.
3.2. Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución.
3.3. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y
demás personas vinculadas a la Institución.
3.4. Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u otros
actos que atenten contra la dignidad de cada uno.
3.5. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el
trabajo escolar.
3.6. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución.
3.7. Facilitar la comunicación Institución-Familia, entregando a tiempo y a quien
corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas.
3.8. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman
durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil,
Consejo Directivo, y demás que se vayan creando.
3.9. Colaborar con las dispocisiones de los compañeros que desempeñen funciones de
disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar.
3.10. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en
consideración a que son bienes de uso común, y responder los daños ocasionados
por descuido o mal uso.
3.11. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla
sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas
ecológicas y cívicas.
15. 3.12. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la
Institución.
3.13. Evitar el porte de cigarrillos, fósforos, u objetos cortantes que atenten contra
la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad.
3.14. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de
grupo, preparación y sustentación de trabajos.
3.15. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos
durante las mismas.
3.16. Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de
educación física de acuerdo a las indicaciones del horario.
3.17. Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas, aretes, pulseras, cadenas,
celulares y anillos entre otros con el uniforme la perdida de estos es
responsabilidad del mismo alumno.
3.18. Evitar el uso de aparatos electrónicos dentro del aula de clase (Celulares,
ipods, mp3, etc.) a menos que se requerido por algún docente, además la Institucion
no se responsabiliza de perdida o daño de los mismos
3.19. No permanecer fuera del salón en horas de clase y en horas de descanso estar
fuera de el.
3.20. Conocer y entonar con orgullo el himno nacional, del departamento y del
municipio en actividades de carácter institucional, cultural, fiestas patrias y otras.
3.21. No asistir a la institución en estado de embriaguez y sustancias psicoactivas.
3.22. Abstenerse de realizar manifestaciones amorosas dentro de la
INSTITUCION.
3.23. Utilizar adecuadamente los implementos deportivos.
3.24. Portar con orgullo el uniforme diario y el de educación física en forma
impecable y completa desde el momento en que ingrese a la institucion.
3.25. Utilizar correctamente los uniformes en el día que corresponda.
3.26. Evitar el fraude, la falta de honestidad en las diferentes evaluaciones.
3.27. Cumplir con el horario de entrada y salida de la INSTITUCION.
3.28. Justificar la inasistencia y llegadas tarde con excusa firmada por el acudiente
y con numero de cedula el mismo día o al día siguiente.
3.29. El estudiante que por alguna motivo deba retirarse del plantel debe traer
excusa explicando el motivo y la hora de retiro con firma del acudiente para
obtener el permiso del quien este manejado la disciplina.
3.30. En caso de que el estudiante llegue tarde a la INSTITUCION deberá realizar
un trabajo social. (limpieza general, botiquín, elaboración carteleras entre otros).
3.31. El estudiante debe participar en jornadas de limpieza general y de las aulas
para fomentar hábitos de limpieza de los espacios de aprendizaje.
3.32. No ingerir alimentos ni bebidas en las horas de clase y o masticar chicles.
3.33. Evitar letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o
institucion y que deteriore la propiedad privada.
3.34. Presentarse a la institución en las debidas condiciones de higiene de, aseo y
presentación personal; con las uñas cortas, sin maquillajes; atuendos o accesorios
que comprometan la buena imagen personal y de la institución.
3.35. Cumplir responsable y oportunamente con actividades académicas
(Evaluaciones, tareas, actividades de apoyo y demás programadas por la
institucion).
16. ARTICULO 4:
ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES.
4.1. Derecho a izar el Pabellón Nacional cada periodo por sobresalir en conducta y
rendimiento académico.
4.2. Medalla o mención de honor en el acto de clausura del año académico para los
estudiantes que sobresalgan por su colaboración, compañerismo, buen
comportamiento social y rendimiento académico.
4.3. Exaltar en público la puntualidad, aptitudes artísticas o cualquier otro valor.
4.4. Participación en centro literario y de las diferentes actividades programadas por el
INSTITUCION.
4.5. Reconocimiento a los esfuerzos realizados mediante felicitación verbal y escrita en
la ficha acumulativa de rendimiento del estudiante, y boletines informativos.
4.6. Ser elegido monitor de curso o monitor de disciplina o monitor acadêmico.
4.7. Trofeos y menciones a los equipos campeones en los torneos deportivos internos.
4.8. Celebración de los días destinados a los niños.
4.9. Derecho a representar a la institucion en actividades deportivas, intelectuales,
científicas a nivel municipal, departamental y Nacional.
ARTICULO 5:
FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES:
5.1. Salir de la Institución sin autorización del Docente de disciplina o Director de
Grado.
5.2. Comprometer el nombre del Colegio con su mal comportamiento social, dentro y
fuera de él.
5.3. Todo acto contra la fe cristiana y de cualquier otra religión y la convivencia
escolar sana.
5.4. Atentar contra equipos, muebles y enseres del establecimiento.
5.5. Irrespetar cualquier símbolo religioso o patrio.
5.6. Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo.
5.7. Emplear el nombre del Colegio para cualquier actividad diferente a las labores
académicas, culturales, científicas y artísticas autorizadas por las Directivas.
5.8. Conversar con vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta de
respeto con sus semejantes.
5.9. Alterar calificaciones o cualquier tipo de documentos.
5.10. Tratar violentamente a un compañero.
5.11. Mostrar altanería, irrespeto y desobediencia a sus mayores.
5.12. Llegar tarde en forma continua.
5.13. Hurto, robo, estafa, sobornos.
EXCUSAS POR AUSENCIA:
Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de
una incapacidad médica, o personalmente ante la dirección del colegio o profesora del
17. grado correspondiente. La excusa no quita la falla y el estudiante deberá responder por las
actividades que se realizaron el día de la falla o la no asistencia.
ARTICULO 6:
FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES.
El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma,
que tanto él, como la comunidad educativa se beneficien de las normas que facilitan
la convivencia.
FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado,
la familia y la Institución Educativa consagrados en este manual de convivencia. Las faltas
se categorizar en:
FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a
un estimulo exterior sin perjuicio material, físico, ético o moral para los demás.
FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen causando perjuicio material, físico,
ético o moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los objetivos
y el ambiente Institucional.
FALTAS LEVES
6.1. Retardo Injustificado en la llegada a la Institución y a las actividades programadas.
6.2. Entrar y salir sin autorización del salón de clase o de la Institución.
6.3. Comprar o consumir alimentos en clase o en formación.
6.4. Masticar goma de mascar en el salón de clase o en formación.
6.5. Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde.
6.6. Dejar en desorden el salón de clase.
6.7. Mal comportamiento en la biblioteca y demás dependencias de la institución.
6.8. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso.
6.9. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades.
6.10. Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la Institución.
6.11. Portar el uniforme incompleto y desordenado.
6.12. Inadecuada presentación personal (aseo, cabello desarreglado, uñas largas o
de colores).
6.13. Vocabulario soez.
6.14. Llevar aditamentos como: Piercing, cachuchas, manillas, aretes, collares,
buzos o camisetas, maquillaje, etc. diferentes al uniforme.
6.15. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o
representantes las circulares y citaciones que le sean enviadas.
6.16. Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios
para el desarrollo de las clases.
6.17. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal
desarrollo de la misma.
6.18. Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular sin
previa autorización.
18. 6.19. Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios
establecidos.
6.20. Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas.
6.21. Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes a la puerta principal
habilitada para tal fin.
6.22. Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución.
6.23. Y todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida
FALTAS GRAVES
6.24. La reincidencia en faltas leves.
6.25. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o plantas ornamentales.
6.26. Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes
eléctricas, material de trabajo muros y ornamentación de la misma.
6.27. Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás
dependencias.
6.28. El hurto comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad
Educativa.
6.29. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y
nombre de la institución.
6.30. Consumir licor dentro de Institución o presentarse bajo estado de alicoramiento o
bajo el efecto de sustancias psicoactivas.
6.31. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de cigarrillos, licores, sustancias
psicoactivas, u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que
lo hagan.
6.32. Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa.
6.33. Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral a un miembro de la
comunidad educativa.
6.34. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo sea cometer ilícitos, irrespetar o
crear problemas sociales.
6.35. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa.
6.36. Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro
de las instalaciones.
6.37. Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de
la comunidad educativa.
6.38. Portar armas u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física
de las personas.
6.39. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero
o especie.
6.40. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otros, lanzadas dentro o fuera
del aula o en actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños,
lesiones personales y desorden.
6.41. Falsificar, suplantar, cometer fraude en evaluaciones, trabajos o documentos.
6.42. Entrar a la sala de sistemas, laboratorio, rectoría y demás dependencias sin
debida autorización.
6.43. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución.
19. 6.44. Portar o distribuir material pornográfico.
6.45. Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave.
CIRCUSNTANCIAS DE ATENUACION O AGRAVACION DE FALTAS
GRAVES
Teniendo en cuenta la sentencia de la corte constitucional T-167 del 2 de abril de
1967, la cual señala para la calificación de las faltas debe examinarse las
circunstancias de tiempo, modo y lugar que rodearon la situación problemática, así
como también las situaciones atenuantes y agravantes de la conducta, que al final
contribuyen a graduar la falta y su sanción.
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES:
6.46. Haber observado buen comportamiento antes de cometer la falta
6.47. Haber obrado por motivos nobles y altruistas
6.48. Haber confesado voluntariamente comisión de la falta
6.49. Haber procurado corregir o evitar efectos nocivos de la falta, antes de
iniciado el proceso disciplinario.
6.50. La ignorancia por incapacidad mental para interpretar las normas.
6.51. La edad, desarrollo mental, psicoafectivo y volitivo, y sus circunstancias
personales, familiares y sociales.
6.52. Haber sido inducido a cometer la falta por un superior
CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION
6.53. El efecto perturbador de la falta en relación con la marcha institucional
6.54. El grado de afectación de los derechos ajenos
6.55. Haber procedido por motivos innobles o mezquinos
6.56. Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra
6.57. Haber obrado en complicidad con otras personas
6.58. Haber cometido la falta abusando la confianza depositada en él por sus
superiores o compañeros
TIPIFICACION DE FALTAS
6.59. Se consideran faltas a los derechos contemplados en el presente manual y
aquellos que le sean conexos o la incursión en acciones consideradas como
censurables y lesivas de la armonía y convivencia institucional.
6.60. Para efectos prácticos, las faltas se sancionaran de forma académica y
disciplinaria en ambos casos se aplicará el debido proceso y se seguirá el conducto
regular.
SANCIONES
Tienen la finalidad de procurar eliminar de la institución las oportunidades, los factores y
consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el
desarrollo de P.E.I y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución.
A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de los
siguientes sanciones por cada conducta regular:
20. 6.60. Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su
representante
6.61. Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo
6.62. Condicionamiento de observar determinadamente la conducta dentro y fuera
de la institución educativa
6.63. Suspensión temporal hasta por tres días con la obligación de nivelar por su
cuenta. (en estos días de suspensión el Consejo Directivo determinara la
realización de un trabajo de oficio comunitario en la institución y se hará acreedor
de la fallas.)
6.64. Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con
cancelación de matrícula. (Habiéndose cumplido el debido proceso)
6.65. Envío la queja y pruebas de la inspección de policía, Fiscalía, Instituto del
Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de las conductas
irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades
judiciales o administrativas según la ley.
CLARIDAD: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a
la gravedad de la falta considerada está de acuerdo a la oportunidad, circunstancia
y personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada.
HORAS SOCIALES
El proyecto de Horas sociales se hará de acuerdo a las necesidades de la Comunidad
educativa y a la Reglamentación vigente,
EN CASO DE ACCIDENTES
En caso de un accidente, lesión personal, daños a bienes muebles e inmuebles; causado por
un estudiante a otro miembro de la comunidad educativa, se seguirá el debido proceso para
mirar responsabilidad y los encargados de hacer cumplir la sanción.
ARTICULO 7:
PROCEDIMIENTOS
Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido procesos en la aplicación de
correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos.
PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS:
Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteren la disciplina
necesaria para el desarrollo de la clase y son aplicables por el profesor de la asignatura o
por el director de curso: para correctivos 1, 2,3, y 4. Con profesor de la asignatura o
director del curso, coordinador y orientador escolar para aplicar el correctivo 5 cuando
fuere necesario.
7.1. INDIVIDUALES:
21. El componente, una vez conoce la falta o motivo llamará al estudiante responsable y en su
compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al
reincidente por segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se
le hará la anotación en el observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación
para mejorar su comportamiento.
7.2. CON PARTICIPACION FAMILIAR:
En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el
observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias
delante de los compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación
dirigida al padre de familia o representante del estudiante con un informe suscripto de su
comportamiento y la necesidad de firmar un compromiso especial con la institucion o la
aplicación de una sanción si reincide en la conducta irregular.
7.3. PROCESOS SANCIONATORIOS:
Corresponde al Rector de la Institución su aplicación mediante Resolución motivada previo
el concepto de no vinculante de la Comisión de Convivencia.
7.4. PROCEDIMIENTO:
Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa,
informará al profesor disciplina que corresponda o por escrito al Rector indicando la falta
e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer
valer. En el caso de que el informe sea recibido por el Encargado de la disciplina, este hará
las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector...
Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector citará
al estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al Personero
Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días
siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular del
estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la comunicación
que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la misma.
El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará
acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la
Institución.
Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector tomará la
decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la
gravedad de la falta, el Rector, mediante citación integrará la comisión de Convivencia para
que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la correspondiente Resolución.
22. CAPITULO II
ASPECTOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
LECTURA DE CONTEXTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA
SEÑORA DEL CARMEN
Luego de realizar la caracterización de nuestra comunidad educativa, queda en evidencia
que algunos padres de familia vienen realizando prácticas de crianza poco saludables, pues
en el aula de clase se observan estudiantes con lenguaje soez para referirse a sus
compañeros y en algunos casos hacia los docentes, algunos fomentan la indisciplina en
horas de clases, queriendo llamar la atención mediantes comentarios incoherentes logrando
la indisposición de sus docentes. Por otro lado hay estudiantes que muestran
comportamiento inadecuado dentro y fuera de la institución, generando un clima poco
agradable para quienes se encuentran en su entorno inmediato, algunos educandos
invaden de manera abusiva predios ajenos aludiendo que van en busca de recreación , es
por esto que se hace necesario e imperante la consecución de escenarios deportivos para
suplir esta necesidad, de igual modo se pudo detectar la falta de valores morales de una
gran mayoría quienes faltan a la verdad, no cumplen con sus deberes académicos ni
sociales, lo cual implica un arduo trabajo en la construcción de conciencia ciudadana para
entender que nuestros derechos comienzan cuando cumplimos nuestros deberes; pues
ciertos jóvenes agreden físicamente a sus compañeros justificando esta práctica como un
simple juego el cual deja notar que se maneja una intención de agredir libremente , en su
mayoría la población infantil muestra constantemente el uso de apelativos o apodos que no
son bien vistos ante las personas a que se hace referencia lo cual va creando rencillas
terminando en ocasiones en agresión física. Por otro lado se encuentran embarazos en
adolescentes y uniones maritales entre menores de edad, en ciertos casos con la aprobación
y consentimiento de los padres y/o acudientes, igualmente se registraron algunos casos de
preadolescentes y adolescentes haciendo uso de sustancias psicoactivas lo cual ha sido muy
evidente y han llegado al punto de discriminar a algunos de los implicados, lo cual amerita
una sensibilización acerca de las consecuencias de estas.
Frecuentemente se presentan casos de ausentismo a lo cual los padres y/o acudientes
muestran poco interés por lo que se puede deducir que los estudiantes asisten cuando lo
estiman conveniente como si fueran ellos los que tuvieran la última palabra dejando entre
dicho la autoridad de sus padres, este hecho logra influenciar de manera negativa la labor
de los docentes pues depende del estado de ánimo y la disposición de sus estudiantes para
impartir sus actividades, pues muestran poco interés por participar en clase, esto se ve
reflejado en el bajo rendimiento académico, también se observa la falta de buenas prácticas
de higiene personal por parte de un gran número de estudiantes lo cual sugiere una
sensibilización con respecto a la importancia del cuidado del cuerpo teniendo como
principal objetivo el baño diario y la buena presentación personal portando adecuadamente
el uniforme de la institución.
Se encuentra muy marcada la falta de pertenencia por la institución, el estudiantado en
general hace mal uso de las instalaciones, equipos y demás elementos que allí se
encuentran.
Otra necesidad muy sentida en nuestra institución es la de fomentar el liderazgo en nuestros
estudiantes, la cual sería una herramienta útil que les permitirá el empoderamiento de su rol
como estudiante para así lograr hacerse participe en su proceso de formación no solo a
nivel académico sino social, cultural y lo más importante crecer como persona para llegar a
23. ser pieza clave en la construcción de una sociedad equitativa y justa con la cual todos
soñamos, para darnos cuenta que aún se vale soñar por el país que queremos, aportando
todos nuestro grano de arena cumpliendo con nuestros deberes respetando los derechos de
los demás para que los nuestros no sean vulnerados.
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR:
Carácter, conformación y domicilio
Artículo 1 El Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Nuestra Señora
del Carmen se rige con los siguientes principios en correspondencia con los enunciados
para el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: participación, corresponsabilidad,
autonomía, diversidad e integralidad
Artículo 2 El Comité de Convivencia Escolar está integrado por:
La Rectora quien lo preside (en caso de ausencia lo presidirá … de Convivencia)
Docente de secundaria, elegido/a por la asamblea general de docentes.
Docente de primaria elegido/a por asamblea general.
Estudiante del grado once elegida Personera
Presidente del consejo estudiantil
Presidente del consejo de padres.
Artículo 3.- El lugar de reuniones será de la escuela de la Institución Educativa Nuestra
Señora del Carmen Sede Cntral
Funciones del Comité de Convivencia Escolar y sus miembros
Artículo 4.- Funciones del comité de convivencia escolar. Se adoptan las funciones
establecidas por la ley 1620 de 2013, Decreto reglamentario 1955 de 2013 y manual de
convivencia, a saber:
4.1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre
docentes.
4.2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar
entre los miembros de la comunidad educativa.
4.3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias,
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad
educativa.
4.4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
Conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los
miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente
en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad
educativa.
24. 4.5. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un
compañero del establecimiento educativo, director de grupo, docente de
disciplina.
4.6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el
artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto,
de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos
por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia,
porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la
comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por
otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la
Ruta.
4.7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y
reproductivos.
4.8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace
parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación
para los
4.9. Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y
Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido
el comité.
4.10. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la
ciudadanía.
4.11. Organizar los mediadores en cada sede PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I
4.12. Dos estudiantes serán los encargados de mediar una situación tipo 1. Se debe
registrar y llevar las actas.
4.13. Los casos leves se podrán manejar en cada sede con el director de grupo y el
docente de disciplina, ya que el docente de disciplina tiene una responsabilidad
muy grande con el alumnado igual que el docente que presencie un caso. No se
debe acudir al comité directamente.
4.14. El comité deberá hacer seguimientos a los casos reportados tipo III.
Artículo 5.- Funciones del presidente del comité de convivencia escolar, además de las
propias de su cargo, las estipuladas en el artículo 18 de la ley 1620 de 2013 y su decreto
reglamentario, se consideran las siguientes funciones que deben ir en concordancia con las
anteriormente mencionadas, a saber:
5.1. Presidir las reuniones y ejercer la representación del Comité de convivencia escolar
5.2. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias
5.3. Preparar el orden del día
5.4. Elaborar el acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente.
5.5. Llevar los archivos del Comité, citaciones, control de asistencia, actas,
correspondencia y documentos que soportan los caso
25. Parágrafo 1: De todas las sesiones que adelante el Comité de Convivencia Escolar se
deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo lo siguiente:
Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión.
Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la
entidad o sector que representan y verificación del quórum.
Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para
no asistir a la sesión.
Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del
Comité.
Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas
recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.
Firma del Presidente del Comité y del Secretario, una vez haya sido aprobada por los
asistentes.
Parágrafo 2: La elaboración de las actas, será rotada entre todos los miembros del Comité
de convivencia escolar, las cuales deben ser entregadas a rectoría en medio magnético,
escaneadas con firmas de los del comité.
Presentarlas el día hábil siguiente para vincularla a la carpeta pertinente.
Artículo 6. Son funciones de los miembros del Comité de convivencia escolar:
6.1. Asistir puntualmente a todas las reuniones
6.2. Presentar y considerar las iniciativas de la Comunidad Educativa que redunden en
la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
6.3. Presentar las sugerencias de los estamentos de la comunidad educativa.
6.4. Mantener informados a sus representados.
Condiciones y Elección de los miembros
Artículo 7. Clases de miembros: Los miembros del Comité de convivenvia, son de dos
clases: Por derecho propio y por elección.
7.1. Son miembros por derecho propio:
La Rectora
7.2. Son miembros por elección
Dos representantes de los profesores, elegidos en asamblea general de docentes, uno
De primaria y otro de secundaria
El Presidente del Consejo de Padres de Familia.
El personero, elegido por estudiantes
El presidente del consejo estudiantil
El Comité de Convivencia Escolar, cuando lo considere necesario para el cumplimiento de
sus objetivos y funciones, podrá invitar a miembros de la comunidad educativa,
funcionarios o representantes de las entidades públicas o privadas, o personas expertas y
otras personas naturales o jurídicas, cuyo aporte pueda ser de utilidad. Los invitados
tendrán voz pero no voto dentro de las respectivas sesiones..
Parágrafo 1º. Los miembros por elección, llegarán al Comité después de efectuadas las
elecciones respectivas en jornadas democráticas debidamente convocadas.
Artículo 8. Para ser miembro activo del comité de Convivencia Escolar, se tendrá en
cuenta los siguientes criterios:
Estar vinculado a la Comunidad Educativa.
26. Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto
Educativo Institucional.
Demostrar alto grado de Pertenencia, compromiso con el colegio y entrega al
servicio educativo del plantel;
Comulgar con los principios de la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen
y haber manifestado siempre respeto por la institución y sus componentes.
Conocer la parte pertinente del manual de convivencia y la ley 1620 de 2013 con su
decreto reglamentario.
Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades.
Deberes, Derechos y Prohibiciones
“El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la
confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones
que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, los tratados
internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto
1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.”
Artículo 9. Son deberes de los miembros del Comité de convivencia escolar:
9.1. Asistir puntualmente a todas las reuniones;
9.2. Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Comité de
convivencia escolar.
9.3. Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el Comité
de convivencia escolar
9.4. Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa.
9.5. Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos
tratados por el Comité de convivencia escolar
9.6. Los demás que le sean asignados por el Comité de convivencia escolar, siempre
que sean de su incumbencia:
9.7. Asistir a las otras sedes para conocer los casos de convivencia tipo II y tipo III una
vez al año.
9.8. Las visitas se realizaran una por el año el escolar a las sedes.
Artículo 10. Son derechos de los miembros del Comité de convivencia escolar:
10.1. Presentar iniciativas y sugerencias a la Rectora en la toma de decisiones y para
lograr la práctica de la participación en la vida escolar.
10.2. Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás
miembros del Comité de convivencia escolar
10.3. Participar en todas las deliberaciones con voz y voto; y
10.4. Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa.
Artículo 11. Prohibiciones a los miembros del Comité de Convivencia. Se establecen las
siguientes prohibiciones.
11.1. Revelar información sobre temas tratados en el Comité de convivencia escolar
sin la debida autorización del comité.
11.2. Distorsionar las decisiones tomadas en el Comité de convivencia escolar.
11.3. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las
actividades del Comité de convivencia escolar.
27. 11.4. Disociar las relaciones entre los integrantes del consejo.
Sanciones
Parágrafo 1º. La competencia para sancionar, recae en el mismo Comité de Convivencia
Escolar, en el inmediato superior y en la asamblea del respectivo comité.
ARTÍCULO13. Pérdida de investidura. Se consideran causales para exclusión o pérdida de
investidura como representante al Comité de Convivencia Escolar las siguientes:
13.1. Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa;
13.2. Faltar gravemente a la debida discreción sobre los temas tratados al interior del
comité en detrimento de la dignidad de la estudiante procesada.
13.3. Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus
deberes, por segunda vez; y
13.4. Orden de autoridad competente:
Reuniones, Quórum
Artículo 14 Las reuniones del Comité de Convivencia Escolar serán de dos (2) clases:
1. Ordinarias, que se convocar cada dos meses para el día y hora acordados por los
integrantes del Comité de Convivencia Escolar de la Institución Educativa Nuestra Señora
del Carmen.. Se deberá respetar el calendario acordado.
2. Extraordinarias que se convocan en forma excepcional para tratar un asunto específico
y una vez por semana para no entorpecer el desarrollo de las clases .
Artículo 15. Constituye quórum para deliberar, la asistencia de CINCO miembros que
conforman el Comité de Convivencia Escolar, sin contar la rectora.
Disposiciones generales
Artículo 16. Comisiones: el Comité de Convivencia Escolar convocará a sesiones
extraordinarias cuando lo considere necesario para estudio de situaciones que ameriten éste
tipo de atención pero que sean casos tipo II y tipo III pero en este caso el comité solo remite
a la autoridad competente.
.
Artículo 17. Conducto regular; Los asuntos que lleguen a consideración del Comité de
Convivencia Escolar, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular
establecido en el Reglamento interno o Manual de Convivencia.
Parágrafo 1 Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, tipo III el Comité de
Convivencia Escolar se abstendrá de considerarlo.
Artículo 19. Recursos contra las decisiones del Comité de Convivencia Escolar, procede el
derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo consejo dentro de los
tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión.
Surtido este recurso no procede ningún otro.
Artículo 19. El voto es personal e indelegable para todos los efectos.
Artículo 20. Todas las personas integrantes del comité se someten a las mismas
obligaciones por principio de corresponsabilidad.
Artículo 21.Los docentes asistirán obligatoriamente a las sesiones iniciales, ordinarias y
finales. A las sesiones extraordinarias les obliga cuando se trate de dificultades de dicha
jornada y cuando requieran ser convocadas sin entorpecer las clases.
28. Artículo 22. Extraordinariamente cuando sea convocada.
Artículo 23. En la mesa de comité de convivencia escolar es obligatoria la presencia del
director de grupo y de ser necesaria una conciliadora de los grupos involucrados.
Vigencia
ARTÍCULO 24. El Comité de Convivencia Escolar ejercerá sus funciones por un año
contado a partir del momento de si instalación hasta cuando se designe el nuevo Comité,
mediante la paliación del procedimiento correspondiente.
Los integrantes no podrán ser reelegidos.
Artículo 25: El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta
cuando sea modificado total o parcialmente por el mismo Comité de Convivencia Escolar
RUTA PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
CLASIFICACION DE LAS
SITUACIONES lo reglamenta
en el Artículo 40 del
decreto N° 1965 de 2013.
PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE
SITUACIONES
Artículos: 41, 42, 43, 44, 45 del decreto
1965 del 11 de Septiembre de 2013.
1. Situaciones Tipo l.
Corresponden a este tipo los
conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que
inciden negativamente en el clima
escolar, y que en ningún caso
generan daños al cuerpo o a la
salud.
Conflictos manejados
Inadecuadamente.
Hacer burlas a compañeros o
recurrir a los apodos.
Levantar la voz imponiendo ideas
a la fuerza.
Cruce de palabras en estado de
enfado donde no es posible llegar
a acuerdos.
Abandono de trabajo en equipo
ocasionados por desacuerdos.
Enfrentamientos agresivos
De los protocolos para la atención de
Situaciones Tipo l.
1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas
en el conflicto y mediar de manera pedagógica para
que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la
reparación de los daños causados, el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo.
2.Fijar la forma de solución de manera imparcial,
equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación
de los daños causados, el restablecimiento de los
derechos y la reconciliación dentro de un clima de
relaciones constructivas en el grupo involucrado o en
el establecimiento educativo. De esta actuación se
dejará constancia.
3. Realizar seguimiento del caso y de los
compromisos a fin de verificar si la solución fue
29. Leves.
Utilizar sin permiso, o esconder
útiles escolares, prendas de
vestir y/o alimentos de sus
compañeros.
efectiva o si se requiere acudir a los protocolos.
Responsables: Docentes, directivos y comité de
convivencia.
Los estudiantes que hayan sido capacitados como
mediadores o conciliadores escolares podrán
participar en el manejo de estos casos en los
términos fijados en el manual de convivencia.
2. Situaciones Tipo II.
Corresponden a este tipo las
situaciones de agresión escolar,
acoso escolar (bullying) y
ciberacoso (Ciberbullying), que
no revistan las características de
la comisión de un delito y que
cumplan con cualquiera de las
siguientes características:
a. Que se presenten de manera
repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o
a la salud sin generar
incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados.
Agresión Física, Verbal
Gestual, Relacional y
Electrónica
Acoso escolar (bullying) Y
Ciberacoso escolar
(ciberbullying)
Causar daño a la
infraestructura y a mobiliario de
la Institución..
Agresión física o verbal a un
compañero, docente u otra
persona.
Agredir verbalmente por
cualquier medio a cualquier
miembro de la comunidad
De los protocolos para la atención de
Situaciones Tipo II .
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar
la atención inmediata en salud física y mental de los
involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará
constancia.
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento
de derechos, remitir la situación a las autoridades
administrativas.
3. Adoptar las medidas para proteger a los
involucrados en la situación de posibles acciones en
su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Informar de manera inmediata a los padres,
madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados. acta de la cual se dejará constancia.
5. Generar espacios en los que las partes
involucradas y los padres, madres o acudientes de
los estudiantes, puedan exponer y precisar lo
acontecido, preservando. En cualquier caso, el
derecho a la intimidad, confidencialidad y demás
derechos.
6.Determinar las acciones restaurativas que busquen
la reparación de los daños causados, el·
restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo; así como las
30. educativa.
Los juegos bruscos entre
compañeros.
Escribir mensajes groseros
en contra de algún integrante de
la Comunidad Educativa, en
lugares físicos de áreas comunes
o en las redes sociales virtuales.
consecuencias aplicables a quienes han promovido,
contribuido o participado en la situación reportada.
7. El presidente del comité escolar de convivencia
informará a los demás integrantes de este comité,
sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas.
El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de
verificar si la solución fue efectiva o si se requiere
acudir al protocolo.
8. El comité escolar de convivencia dejará constancia
en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones
adoptadas, la cual será suscrita por todos los
integrantes e intervinientes.
9. El presidente del comité escolar de convivencia
reportará la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia
adopte como acciones o medidas la remisión de la
situación al Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar para el restablecimiento de derechos, o al
Sistema de Seguridad Social para la atención en
salud integral, estas entidades cumplirán con lo
dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto.
Responsables: Directivo, docentes y comité de
convivencia escolar.
3. Situaciones Tipo III.
Corresponden a esta tipo las
situaciones de agresión escolar
que sean constitutivas de
presuntos delitos contra la
libertad, integridad y formación
sexual, o cuando constituyen
cualquier otro delito establecido
en la ley penal colombiana
vigente.
Violencia sexual y otros
delitos tipificados por la ley
penal
Protocolo para la atención de Situaciones
Tipo III.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar
la atención inmediata en salud física y mental de los
involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará
constancia.
2. Informar de manera inmediata a los padres,
madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados, actuación de la cual se dejará
constancia.
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia
31. Portar y/o usar armas y otros
objetos que atenten contra la
integridad de las personas.
Inducir a algún integrante de
la institución al consumo o
venta de sustancias
sicotrópicas, tanto al interior
como fuera del
establecimiento educativo.
Agredir físicamente afectando
considerablemente la salud
de otras personas.
Atentar contra la vida de
cualquier integrante de la
comunidad educativa.
de manera inmediata y por el medio más expedito,
pondrá la situación en conocimiento de la Policía
Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior,
se citará a los integrantes del comité escolar de
convivencia en los términos fijados en el manual de
convivencia. De la citación se dejará constancia.
5. El presidente del comité escolar de convivencia
informará a los participantes en el comité, de los
hechos que dieron lugar a la convocatoria,
guardando reserva de aquella información que pueda
atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como
del reporte realizado ante la autoridad competente.
6. Pese a que una situación se haya puesto en
conocimiento de las autoridades competentes, el
comité escolar de convivencia adoptará, de manera
inmediata, las medidas propias del establecimiento
educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito
de sus competencias a la víctima, a quien se le
atribuye la agresión y a las personas que hayan
informado o hagan parte de la situación presentada,
actuación de la cual se dejará constancia.
7. El presidente del comité escolar de convivencia
reportará la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto
de seguimiento por parte del comité escolar de
convivencia, de la autoridad que asuma el
conocimiento y del comité municipal, distrital o
departamental de convivencia escolar que ejerza
jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el
cual se presentó el hecho.
Responsables: Comité de convivencia escolar y
directivo docente
32. CAPITULO III
PROCEDIMIENTO ACADEMICO
ARTICULO 1:
SISTEMAS DE EVALUACION:
La evaluación se desarrollara mediante actividades permanentes, tanto individuales como
en grupo. Así mismo la Institución en aceptación del Consejo Directivo, se acoge a los
nuevos propósitos educativos los cuales buscan que los estudiantes aprendan, no solo, los
conceptos fundamentales de la diversas disciplinas, si no, que encuentren una aplicación
practica de dichos conceptos (Saber leer, saber escribir, saber ser, saber hacer y saber
convivir) desarrollando habilidades comunicativas y tecnológicas, para un mejor
desenvolvimiento en la vida diaria.
El conjunto de valoraciones sobre el progreso y avance de los estudiantes será de forma
continua e integral, los cuales se expresaran en forma cualitativa, en informes evaluativos y
valorativos que reflejan el desarrollo integral del estudiante, de tal manera que padres de
familia y estudiantes puedan apreciar las fortalezas y debilidades, encontrando junto con el
docente las acciones necesarias para alcanzar los logros del currículo y del plan de estudios.
La evaluación como una herramienta fundamental para mejorar la calidad de la educación
se entiende como un proceso integral, dialógico y formativo.
Integral, en tanto abarca todos los elementos que conforman el sistema de evaluación los
procesos de enseñanza, los aprendizajes, los medios utilizados, los sujetos, los ambientes
físicos, sociales, familiares y ambientales, las políticas educativas, las investigaciones y las
innovaciones y la información. Desde la concepción humanista es integral, porque da
cuenta del aprendizaje y la formación del estudiante en todas sus dimensiones del
desarrollo tanto a nivel interno como externo.
Dialógico como ejercicio de reconocimiento y encuentro de nuevos saberes de nuevas
experiencias y practicas de evaluación donde este, es un proceso que se diseña y se
desarrolla con la participación de todos los actores.
Formativo como escenario para aprender y desaprender lo nuevo, lo diferente, porque no
esta previsto para castigar o “rajar” sancionar y excluir, sino para analizar
permanentemente el proceso educativo, lo que ocurre con el, buscando siempre mejorarlo
y favorecerlo.
La evaluación es un proceso planeado, descriptivo y cualitativo que valora todos los
aspectos intervinentes, lo mismo que el proceso y los resultados.
1.1. FINALIDADES DE LA EVALUACION
33. La evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro
períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar.
Los principales objetivos de la evaluación son:
a) Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de
los educandos;
b) Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y
media;
c) Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades
en sus estudios, y
d) Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la institución
y a la actualización permanente de su plan de estudios.
La evaluación como parte esencial del proceso pedagógico busca mejorar los procesos y
resultados de la escuela y tiene entre otras las siguientes finalidades:
1. diagnosticar el estado de los procesos de desarrollo del alumno y pronosticas sus
tendencias
2. asegurar el éxito del proceso educativo y, por lo tanto, evitar el fracaso escolar
3. identificar las características personales, los intereses, los ritmos y estilos del
aprendizaje
4. identificar dificultades, deficiencias y limitaciones
5. ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia
6. afianzar los aciertos y corregir oportunamente los errores
7. proporcionar información para reorientar o consolidar la practicas pedagógicas
8. obtener información para tomar decisiones
9. promover, certificar o acreditar a los alumnos
10. orientar el proceso educativo y mejorar su calidad
1.2. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN:
1. CONTINUA, es decir, que se realiza de manera permanente con base en un
seguimiento que permita apreciar el progreso y las dificultades que puedan
presentarse
2. INTEGRAL, es decir, que tenga en cuenta todos los aspectos o dimensiones del
desarrollo humano
3. SISTEMATICA, es decir, ser organizada con base en los principios pedagógicos y
que guarde relaciones con los fines y objetivos de la educación, los contenidos, los
métodos etc.
4. FLEXIBLE, es decir, que tenga en cuenta los ritmos de desarrollo del alumno en sus
diferentes aspectos; por lo tanto, debe considerar la historia del alumno, sus
intereses, sus capacidades, sus limitaciones y en general su situación concreta.
5. INTERPRETATIVA, es decir, que busque comprender el significado de los
procesos y los resultados de la formación
6. PARTICIPATIVA, es decir, que involucre varios agentes, que propicie la
autoevaluación y la coevaluación.
34. 7. FORMATIVA, es decir, que permita reorientar los procesos educativos de manera
oportuna, a fin de lograr su mejoramiento.
ARTICULO 2:
ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL
La escala de valoración de los desempeños de los estudiantes de la institución y su
respectiva equivalencia en la escala nacional fue determinada en común acuerdo con los
diferentes estamentos de la comunidad educativa quedando así:
ESCAL ESCALA
INSTITUCONAL NACIONAL
4.6 a 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR
4.0 a 4.5 DESEMPEÑO ALTO
3.0 a 3.9 DESEMPEÑO BASICO
1.0 a 2.9 DESEMPEÑO BAJO
ARTICULO 3: ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES
Para la valoración integral del desempeño de los estudiantes se determina que
1. la evaluación debe ser participativa para lo cual se desarrollaran los aspectos de
autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación
2. por otro lado se hace pertinente utilizar medios para obtener información sobre el
rendimiento del alumno como: la observación, entrevistas, encuestas, sociometría,
coloquio, juegos de roles, trabajos prácticos y de investigación, lecturas, ensayos,
pruebas objetivas, talleres, trabajos de grupo, pruebas de libro abierto, discusiones
en pequeños grupos, visitas, experiencias, etc.
En la autoevaluación el estudiante evalúa sus propias acciones. Es un medio valiosísimo
para impulsar la formación integral por cuanto mediante ella se logra aumentar en los
alumnos su autoestima, despertar su sentido de responsabilidad y afianzar su autonomía
La coevaluación, es complementaria a la anterior, es la evaluación mutua que hacen los
integrantes del grupo.
La heteroevaluación, es la evaluación que hace un sujeto del desempeño de otros sujetos de
manera unilateral.
ARTICULO 4: ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR
Como la evaluación de los logros de los alumnos hace parte integral, tanto del proceso
pedagógico como el desarrollo institucional, se hace necesario abordar acciones generales
35. al iniciar el semestre o año académico en el transcurso o al finalizar los mismos con base en
los criterios generales de evaluación.
Los criterios deben entenderse como principios orientadores, normas, parámetros, pautas o
puntos de referencia para evaluar el proceso de desarrollo en sus diferentes aspectos.
Al comenzar el año lectivo:
· definición de planes de estudios, incluyendo entre otros, logros, indicadores,
estándares, criterios de evaluación y de promoción como producto de un acuerdo de
la comunidad educativa.
· Difusión de los criterios de evaluación y promoción a fin que todos los agentes los
conozcan previamente.
· Aplicación de estrategias de sensibilización y de concientización a toda la
comunidad educativa con el fin de afianzar un clima de aceptación y confianza
· Reuniones de docentes de distintos niveles o grados con el propósito de analizar la
situación de los alumnos en el paso de un grado a otro
Al continuar el año
· Información sistemática de parte de la comisiones de evaluación con el fin de
orientar y animar el proceso
· Dialogo continuo con los grupos de estudiantes para estimular y determinar la
realización de actividades que se prescribirán antes de la finalización de cada
periodo
· Retroalimentación permanente, ajustando contenidos, actividades, recursos y demás
aspectos del proceso educativo cuando las condiciones lo ameriten
· Integración de la evaluación a la practica misma de las actividades cotidianas por
medio de la observación, el seguimiento y registro de hechos significativos que se
suceden en el transcurrir del proceso educativo
· Información a los alumnos y padres a través de boletines periódicos o de otros
medios que parta de la iniciativa de los órganos colegiados
Al culminar año escolar
· Realización de un balance general evaluativo, bajo la coordinación de las
comisiones de evaluación y promoción, para efectos de determinar logros, revisar
procesos
· Dialogo con los alumnos para concertar acuerdos sobre acciones a seguir con el fin
de fortalecer aciertos y superar las deficiencias
· Información a los padres de familia y estudiantes sobre los resultados de la
evaluación y las decisiones tomadas para introducir correctivos
· Programación y realización de oportunidades de avance teniendo en cuenta lo
estipulado en el capitulo de promoción escolar.
· Definición de actividades académicas para los estudiantes que lo requieran
· Evaluación de la evaluación e integración con la evaluación institucional
ARTICULO 5
36. PROMOCION.
El alumno será promovido cuando
· Haya logrado un desempeño básico en todas las áreas, es decir que al promediar los
resultados obtenidos en los cuatro periodos debe estar en la escala institucional
sobre 3.0, o haber tenido un desempeño básico en la escala nacional.
· Si se pierde hasta dos (2) áreas tendrá la posibilidad de presentar unas actividades
de avance, en caso de no superarlas debe reiniciar el grado.
Pero si se supera una de las áreas tendrá una nueva oportunidad de avance para
superarla en caso contrario deberá reiniciar en el mismo grado
Al finalizar cada periodo al alumno que haya obtenido un desempeño bajo se le aplicaran
unas actividades de oportunidad de avance para superar las deficiencias del periodo, en
caso de que no lo logre se deja la calificación obtenida en la respectiva actividad.
5.1 PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO
Este aspecto se realizara de acuerdo al artículo 7 del decreto 1290 del 2009
5.2 LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES
Al ser la evaluación de los educandos continua e integral se hace necesario hacer un
seguimiento continuo de sus avances como de sus deficiencias.
Cuando un educando presente alguna deficiencia al finalizar el periodo el alumno tendrá
la oportunidad de presentar unas actividades de avance que le permitirán superar la
deficiencia
En caso que no lo logre se le comunicara a la comisión de evaluación para plantear
estrategias que permitan el logro o la superación de estas deficiencias.
Cuando el alumno al finalizar los cuatros periodos y al ser promediados sin lograr
alcanzar el desempeño mínimo básico (3.0) en dos áreas tendrá la posibilidad de presentar
actividades de avance. Si no logra superar una de las áreas tendrá una oportunidad de
presentar actividades nuevamente.
En caso de no presentarse a las actividades de avance sin causa justificada tendrá que
reiniciar el año escolar.
Por otro lado cuando los alumnos presente el 15% de inasistencia justificada la
comisión de evaluación y promoción planteara algunas estrategias pedagógicas que
permitan al alumno superar dicha situación.
ARTICULO 6
REPROBACION
El alumno no será promovido cuando:
6.1. haya obtenido un desempeño bajo menor a 3.0 en tres áreas, en este caso deberá
reiniciar el próximo año en el mismo grado donde la institución le conservará su
cupo según decreto 1290
37. 6.2. Que el alumno haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas programadas en
el plan de estudios para un determinado grado, por período, que acumulados
resulten superiores al 15% anual sin causa justificada.
6.3. Al alumno presentar las actividades de avance y no superarlas, deberá reiniciara en
el mismo grado.
ARTICULO 7
INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y
RESOLUCION DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y
ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUCION Y PROMOCION
Para cualquier reclamación del padre de familia o estudiante, el conducto regular a seguir
será:
· Docente de área o de grupo
· Director de grupo o encargado de la sede
· Rector de la institución
· Comisión de promoción y evaluación
· Consejo Directivo
Nota: Para cualquier reclamación por parte del alumno deberá conocer el personero de los
estudiantes el cual lo acompañara durante todo el proceso.
La reclamación deberá hacerse por escrito siguiendo el debido proceso.
CAPITULO IV
EDUCADOR
ARTICULO 1
PERFIL DEL EDUCADOR
La institución busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo
tanto nuestro educador debe:
Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y
espirituales.
Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo.
Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos.
Preocuparse no solo por enseñar unos conocimientos, sino que trabaje en procura de
orientar su conducta hacia el logro de objetivos de la Institución
Ser maestro competente en su campo laboral, concientizandose de que la labor
docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como
un compromiso con LA INSTITUCION...
Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y flexivas.
38. Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales,
científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad.
ARTICULO 2
DEBERES DEL DOCENTE
2.1. Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar,
responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del
estudiante durante su permanencia en el plantel.
2.2. Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su
responsabilidad.
2.3. Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la
formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia
Social.
2.4. Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones;
formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones
humanas.
2.5. Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una
presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo.
2.6. Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del
P.E.I.
2.7. Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o las autoridades
superiores programen.
2.8. Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean
formuladas oportuna y respetuosamente.
2.9. Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos,
como en los negativos de los estudiantes a su cargo.
2.10. Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios
correspondientes.
2.11. Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de
vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las
anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel.
2.12. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el
desarrollo de los procesos y velar por su cuidado.
2.13. Permanecer en la INSTITUCION durante la jornada de trabajo y dedicar su
tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la
Institución.
2.14. Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político–Social, religioso, o de
cualquier índole.
2.15. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo
oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuado sea el caso.
2.16. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y
disciplinario de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo
a las fechas.
39. 2.17. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de
proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de
desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes asu cargo.
2.18. Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo
aprendido en clase.
2.19. Registrar oportunamente las fortalezas y las debilidades en el observador del
alumno.
2.20. Ser responsable de la conservación y mantenimiento y aseo de los materiales y
lugares propios para el desarrollo de las actividades.
2.21. Cumplir con los horarios de entrada y salida de la institucion, así como lo de los
turnos de disciplina y velar por el cuidado de los muebles y los materiales
didácticos puesto a su servicio.
ARTICULO 3:
DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE
3.1. Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de
Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.
3.2. Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio
de Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos.
3.3. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el
ejercicio de sus funciones.
3.4. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la
Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la
intención de facilitar el logro de objetivos comunes.
3.5. Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad
escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan
surgir entre ellos.
3.6. Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en la Institución y velar
por crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal
desarrollo de las actividades académicas.
3.7. Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos
educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.
3.8. Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional.
3.9. Promover el proceso de mejoramiento continuo de la localidad de la educación
en el establecimiento.
3.10. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
3.11. INCORPORACION AL SERVICIO MILITAR
3.12. Reportar la información de los estudiantes del grado once cuando lo requiera la
autoridad militar competente y facilitarles el permiso para asistir a los llamados y
el acompañamiento necesario.
3.13. PRUEBAS SABER
3.14. Realizar la inscripción oportuna de los estudiantes por parte de los directivos de
la institución para la presentación de las pruebas.
40. ARTICULO 4:
DERECHOS DE LOS DOCENTES
4.1. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad
educativa, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su
labor.
4.2. Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su
intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones.
4.3. Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la
elaboración y desarrollo del P.E.I.
4.4. Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo
amerite, previo seguimiento del conducto regular.
4.5. Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos
del plantel.
4.6. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico.
ARTICULO 5:
ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES
5.1. Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de
profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida.
5.2. Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar.
5.3. Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc.
5.4. Participar en curso, conferencias y otras actividades de actualización,
profundización o perfeccionamiento.
ARTICULO 6:
FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES
6.1. Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente.
6.2. No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas.
6.3. Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia.
6.4. El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o
documentos públicos.
6.5. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.
6.6. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el
escalafón.
6.7. El abandono del cargo.
6.8. Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores y las
directivas, o entre padres de familia y directivas.
6.9. El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en
actos comunitarios.
6.10. Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el
correspondiente permiso.
6.11. Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores
académicas y o disciplinarias.
41. 6.12. Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familia
6.13. La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de
fármacos.
ARTICULO 7:
SANCIONES
7.1. Amonestaciones verbales por parte de las directivas según el caso.
7.2. Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida. En este caso el profesor puede
consignar descargos para anexar a documentación respectiva.
7.3. Descuento en la asignación básica mensual en caso de inasistencia injustificada.
7.4. Suspensión definitiva del ejercicio de su cargo.
7.5. Cancelación definitiva del contrato de trabajo.
CAPITULO V
PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 1
PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus
hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos
propuestos.
El padre o madre de familia o acudiente del alumno de la Institución Educativa Nuestra
Señora del Carmen deberán:
1.1. Ser una persona comprometida con la institución.
1.2. Presentar y participar en proyectos que fortalezcan el desarrollo de la institución.
1.3. Ser facilitador de los procesos de aprendizaje y formación de sus hijos o
acudidos.
1.4. No ser menor de edad.
1.5. Si no es el padre o madre del estudiante, el acudiente debe tener una
responsabilidad legal sobre el educando.
1.6. Ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su
buen desarrollo escolar.
1.7. Completar en caso los conocimientos que el niño adquiera en el colegio.
1.8. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones
expedidas por parte del colegio, para darle cumplimiento a las mismas.
1.9. Formar en sus hijos valores se responsabilidad, orden y respeto por la
humanidad.
1.10. Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor
comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades.
1.11. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la
institución. en el momento de la matricula.
1.12. Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones.
1.13. Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros
de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias.
1.14. Participar en todas las actividades programadas por la Institución.
42. 1.15. Para retirar o cancelar matrícula, el acudiente debe ser el mismo que firmó la
matricula.
1.16. Cuando el retiro o matricula se efectúa por una persona distinta del acudiente,
autorizada por el mismo, en la hoja de matrícula debe quedar registrado este
hecho.
ARTICULO 2
DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES.
2.1. Recibir y conocer el Manual de Convivencia.
2.2. Conocer el estado académico de sus hijos: avances, deficiencias y
recomendaciones.
2.3. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y
comportamiento de su hijo.
2.4. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el
respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular.
2.5. Analizar con el rector y el profesor, sanciones y amonestaciones, producto del mal
comportamiento de su hijo o acudido cuando se le haya cometido alguna
injusticia.
2.6. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde
se informa sobre el compromiso con la institución.
2.7. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los
mecanismos que para ello se estipulen.
2.8. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de padres de familia.
2.9. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución,
para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.
2.10.Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa.
2.11.Gozar de imparciabilidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto
a su intimidad personal y familiar al su buen nombre, a sus creencias, y opiniones.
2.12.Solicitar y obtener constancias y certificados siempre y cuando estén a paz y salvo.
2.13.Participar en todos los programas de formación de padres, que brinde la
Institución.
2.14.Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoria de los
profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral.
ARTICULO 3
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.
3.1. Llenar los requisitos exigidos para la matrícula y firmarla conjuntamente con el
estudiante.
3.2. Proporcionar al estudiante los elementos necesarios para el desempeño de su labor
escolar.
3.3. Darle al niño o niña el tiempo suficiente para atender sus deberes escolares.
3.4. Asistir puntualmente a las reuniones, asambleas y citaciones a las que se le
convoque.
43. 3.5. Conoce los horarios de entrada y salida de la jornada escolar.
3.6. Permitir, acompañar y responsabilizarse de sus hijos o acudidos en la participación
en actividades culturales, deportivas y que pertenezcan a los proyectos
transversales.
3.7. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación
integral de sus hijos.
3.8. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya
que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha
implicado la aceptación del reglamento interno y el presente Manual de
Convivencia.
3.9. El Padre o Madre del estudiante se debe hacer presente en el momento de la
matrícula, en caso de no poder asistir debe hacer llegar a la institución una
certificación por escrito.
3.10. Motivar para que su hijo o acudido asista a la institución con absoluta puntualidad,
con el uniforme completo y excelente presentación.
3.11. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte
de los hijos o estudiantes.
3.12. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento
escolar y disciplinario de los hijos.
3.13. Justificar personalmente o por escrito ante quien corresponda, los retardos forzosos
o inasistencias al plantel de sus hijos.
3.14. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus
hijos.
3.15. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos,
propias de la edad.
3.16. Inculcar al niño o niña formación moral, que tenga como objetivo reafirmar las
buenas costumbres y hábitos que propicien una sana y respetuosa convivencia.
3.17. Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia.
3.18. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortés y
oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén
presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel.
3.19. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasione el estudiante a los
elementos que el establecimiento pone a su servicio.
3.20. Formar parte de las organizaciones: consejo de padre de familia. Consejo directivo
o asociación de padres de familia.
3.21. Fomentar la buena imagen de la institución
ARTICULO 4: AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES
4.1. En caso de Citación a los padres o acudientes por cualquier motivo y que no
se presenten en la fecha requerida, podrán cumplir con lo solicitado dentro de
los tres días siguientes y si no se presenta deberá someterse a lo que estipule la
Asamblea General de los Padres de Familia.
4.2. Si el padre de familia o acudiente no asiste a la reunión de entrega de
boletines sin justificación no recibirán el informe del estudiante hasta que se
presente personalmente.
44. ARTICULO 5
ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES
5.1. Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario
de su hijo.
5.2. Participar en el Consejo de Padres, Junta Directiva de la Asociación de Padres, o
Consejo Directivo.
5.3. Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las
actividades de la Institución.