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MANUAL DE CONVIVENCIA 
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN 
RAFAEL MUNICIPIO SANTA ISABEL TOLIMA
MANUAL DE CONVIVENCIA PARA LOS ESTUDIANTES, 
PADRES DE FAMILIA, EDUCADORES Y 
ADMINISTRATIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA 
TECNICA SAN RAFAEL DE SANTA ISABEL TOLIMA, 
SEGUN LINEAMIENTOS DE LA LEY GENERAL DE 
EDUCACION O LEY 115 DE 1994 Y SUS 
REGLAMENTARIOS DE CONFORMIDAD AL PROYECTO 
EDUCATIVO INSTITUCIONAL
INTRODUCCION 
El Manual de Convivencia es un conjunto de normas y preceptos 
establecidos mediante concertación por la Comunidad Educativa para 
enmarcar las Relaciones Sociales de Estudiantes, Profesores, Padres de 
Familia, Exalumnos, Directivos y Administrativos con La Institución 
Educativa Técnica San Rafael y determinar los procesos de orden 
Académico, Disciplinario y Administrativo. 
El Manual de Convivencia, debe ser libremente aceptado por los miembros 
de toda la Comunidad y pretende la FORMACION INTEGRAL, 
Humanística, Científica y Tecnológica de los Estudiantes y Profesores, el 
logro de los objetivos de la Institución, el buen comportamiento individual 
y social de los alumnos y en general de toda la comunidad Educativa de 
La Institución Educativa Técnica San Rafael. 
El Manual de Convivencia es un instrumento que contribuye a la 
formación moral y facilita a los estudiantes y profesores, una 
participación consciente y responsable en todos los actos de su vida, 
procurando siempre el bienestar y promoción de la persona. 
Se Pretende con este Manual de Convivencia que el estudiante como 
centro del proceso Educativo, participe activamente en su propia 
formación integral, así mismo ésta Institución establece las condiciones 
de permanencia de lo (la) estudiante (s) y el respeto por el debido proceso 
en busca de una sana convivencia
PRESENTACION 
El manual de Convivencia de acuerdo con los dispuesto en los artículos 73 
y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben 
tener como parte integrante del proyecto educativo Institucional, un 
reglamento o Manual de Convivencia. 
El reglamento o Manual de Convivencia (artículo 17 del decreto 1860) 
debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y 
de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad Educativa. 
En particular debe contemplar los siguientes aspectos: 
1. Reglas de higiene personal y de salud pública, que preserven el 
bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de 
la salud y la prevención frente al consumos de sustancia 
psicoactivas. 
2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización 
y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales 
como equipos, instalaciones e implementos. 
3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio 
ambiente escolar 
4. Definición de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia 
Escolar. 
5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los 
conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros 
de la comunidad. Deben incluir instancias de dialogo y de 
conciliación. 
6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos, 
incluyendo el derecho a la defensa. 
7. Definición de acciones pedagógicas aplicables a los alumnos 
incluyendo del derecho a la defensa 
8. Reglas para la elección de representantes al Concejo Directivo y para 
la escogencia de voceros en los demás concejos previstos en el 
presente Decreto. Deben incluir el proceso de elección del personero 
de los estudiantes.
9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte 
y recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación 
que ofrezca la Institución a los alumnos. 
10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación 
interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o 
emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre 
pensamiento y a la libre expresión. 
11. En cargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los 
alumnos de material didáctico de uso general libros, uniformes, 
seguros de vida y de salud. 
12. Reglas para el uso del bibliobanco y la biblioteca escolar.
MARCO LEGAL 
 Constitución política de Colombia 
Artículo 67: la educación es un derecho de la persona y un servicio 
público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al 
conocimiento a la ciencia a la técnica, y a los demás bienes y valores 
de la cultura 
 Decreto 2737 de 27 de noviembre de 1989 - Codigo del menor 
¨Determinar los principios rectores que orientan las normas de 
protección al menor, tanto para prevenir situaciones irregulares como 
para corregirlas.¨ 
 Ley 1098 de 2006, Codigo de Infancia y Adolesencia , Articulo 
1º Determinar los principios rectores que orientan las normas de 
protección al menor, tanto para prevenir situaciones irregulares como 
para corregirlas. 
 Ley 1620 de 15 marzo de 2013 ¨por la cual se crea el sistema 
nacional de convivencia escolar para el ejercicio de los derechos 
humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y 
mitigación de la violencia escolar¨. 
 Decreto 1965 de 11 septiembre de 2013 ¨por el cual se 
reglamenta la ley 1620 de 2013, por medio de la cual se crea el 
sistema nacional de convivencia escolar para el ejercicio de los 
derechos humanos, la educación para la sexualidad y la 
prevención y mitigación de la violencia escolar¨.
FILOSOFIA INSTITUCIONAL 
Construir caminos de conocimiento cultura y trabajo, formando personas 
analíticas, críticas y creativas, con principios éticos y morales, 
constructores de su propio proyecto de vida, con capacidad de 
liderazgo, que los conduzca a interactuar con su medio natural, social y 
cultural, hacia la consecución de la democracia, la paz y la convivencia, 
apoyándose en el conocimiento para alcanzar el desarrollo de las 
competencias a través de la Especialidad en Computación y Cultura 
Cafetera.
VISION 
LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL, COMO 
INSTITUCION EDUCADORA, CONTRIBUIRA AL DESARROLLO 
DE LA COMUNIDAD DE SAN RAFAEL SANTA ISABEL TOLIMA, 
POR MEDIO DE LA INVESTIGACION, LA CONSTRUCCION Y 
DIFUSION DEL CONOCIMIENTO, PROPENDIENDO POR LA 
FORMACIÓN ETICA, MORAL, ESTETICA, CRITICA, 
CIENTIFICA, TECNOLOGICA Y CONSCIENTE DEL 
ESTUDIANTE, A TRAVES DE LOS PROCESOS PEDAGOGICOS, 
DE LA PARTICIPACIÓN DEMOCRATICA Y CONVIVENCIA 
COMUNITARIA, PARA LO CUAL MANTENDRA EL 
COMPROMISO DE TRABAJO Y UNA ALTA VALORACION DEL 
MAESTRO, FRENTE A LA COMUNIDAD EDUCATIVA, EN 
COHERENCIA CON LAS ASPIRACIONES Y SOLUCION DE LAS 
NECESIDADES Y EL LOGRO DE UNA MEJOR CALIDAD DE 
VIDA DEL CONTEXTO POBLACIONAL CONLLEVANDO AL 
EGRESADO A SER UNA PERSONA COMPETENTE PARA LA 
CONVIVENCIA SOCIAL, QUIEN APORTARA SU SABER Y SU 
SABER HACER, LA TRASCENDENCIA Y DESARROLLO DE LA 
REGION.
MISION 
LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL, OFRECE 
EL SERVICIO EDUCATIVO EN LOS NIVELES PREESCOLAR, 
BASICO Y MEDIO TECNICO EN LA ESPECIALIDAD EN 
COMPUTACION Y CULTURA CAFETERA, EDUCA CON 
CALIDAD E INTEGRALMENTE AL ESTUDIANTE, COMO 
CENTRO DEL PROCESO DE ENSEÑANZA, MANTENIENDO EL 
EQUILIBRIO ENTRE LA ADQUISICION DEL CONOCIMIENTO Y 
LA FORMACION EN VALORES, QUE CONDUCEN A LOGRAR 
CIUDADANOS PROVISTOS Y CONSCIENTES DE 
COMPETENCIAS EN LO ACADEMICO, COMPORTAMENTAL Y 
LABORAL DE ACUERDO A LOS ESTANDARES DE CALIDAD 
EDUCATIVA Y VISION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.
EMBLEMAS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN 
RAFAEL 
1. BANDERA 
Formada por Tes.(3) colores en franjas horizontales de igual dimensión 
a. VERDE: Significa las plantaciones de café. 
b. BLANCO: Significa la planta de café en plena florescencia 
c. ROJO: Significa el grano de café maduro 
2. ESCUDO 
Forma de triángulo. Ubicado en forma vertical. Dividido por una franja 
diagonal de derecha a izquierda de abajo hacia arriba. En la franja derecha 
se encuentra un computador con un grano de café como protector de 
pantalla,. Significa el conocimiento y la tecnología. En la franja izquierda 
aparece un sol, que significa el saber. En la franja diagonal aparece una 
lectura que dice “Cultura Cafetera” , significa la Especialidad. En el recuadro 
exterior parte superior, aparece un letrero: “Conocimiento Cultura y 
Trabajo” Significa la filosofía institucional. Y en la parte inferior del 
recuadro aparece el nombre de: Inst. Educ. Téc.. San Rafael, Significa la 
Razón Social de la Institución.
3. HIMNO 
A la Institución Educativa Técnica San Rafael, 
Todos listos llegamos a aprender 
Con inteligencia y fe en la ciencia, 
Porque el conocimiento es el deber. 
Coro 
Amo la ciencia y amo el deber 
Amo la vida como amo mi hogar 
Amo la paz y quiero a San Rafael, 
Pues es mi familia y es mi querer. 
Le canto a la Institución San Rafael 
Porque me brinda sabiduría, 
Me cultiva la mente con ideal 
Con optimismo con gallardía 
Coro (Bis) 
El tiempo en mi memoria no pasará 
La vida y la virtud, en mí triunfarán, 
Mis maestros insignes siempre serán 
Los caminos de amor en formación. 
Coro (Bis) 
Con Amor y mucha ternura 
En la lúdica fabrico el saber, 
Serán la fuente al cumplir el deber 
Quiero a la institución y quiero el saber. 
Coro (Bis) 
Soy estudiante, alegre y capaz 
Es mi familia un remanso de paz, 
Creo los senderos de amor y mistad 
Amo a mi patria y también la libertad. 
Autor: German Varón Cardoso 
(Exrector)
ACUERDO No 046 
(Octubre 10 de 2014) 
Por medio del cual se adopta modificaciones al Manual de Convivencia de la 
Institución Educativa Técnica San Rafael, 
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica San Rafael en uso de las 
facultades legales conferidas por la Ley 115 de 1994 , ley 1620 de 13 marzo de 
2013 y el decreto 1965 de septiembre 11 de 2013, sus Decretos reglamentarios y 
de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional y, 
C O N S I D E R A N D O 
Que de conformidad con las modificaciones, ajustes y revisiones aprobados al 
Manual de Convivencia según Acta 046 No. de fecha 10 de Octubre de 2014 
A C U E R D A: 
Adoptar las modificaciones y ajustes al Manual de Convivencia aprobadas por el 
Consejo Directivo según Acta 046 No. de fecha 10 de Octubre de 2014, 
CONSEJO DIRECTIVO 
ELIAS ARTURO CASAS ORTEGON 
Rector y Presidente 
LUZ MARINA VALERO 
Secretaria, Representante Docente 
OLGA RAMIREZ PRADO 
Representante Padres de Flia. 
OSCAR JULIAN PALACIOS 
Representante Padres de Flia. 
RUNELBA GALICIA GARZON 
Representante Exalumnos 
FRANCISCO CRUZ 
Representante Sector Productivo 
SANDRA LILIANA REINOSOS CORTES 
Representante Docentes 
LEIDY TATIANA SANTOFIMIO 
Representante Estudiantes
CAPITULO I 
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA 
INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL 
ARTICULO PRIMERO: Establecer los objetivos Académicos y de 
formación integral que conlleve al educando a un normal proceso 
educativo y de convivencia social que le permita trascender en todos los 
espacios y contextos. 
OBJETIVO GENERAL 
Implementar principios básicos que conduzcan a la convivencia Social 
entre los miembros de la comunidad Educativa de la Institución 
Educativa Técnica San Rafael. 
OBJETIVOS ESPECIFICOS 
1. Inculcar valores que redunden en la formación integral del educando. 
2. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de la comunidad 
Educativa. 
3. Cultivar el sentido crítico, analítico, práctico y de investigación. 
4. Optar principios de autonomía, equidad, solidaridad y justicia social 
para la convivencia Social. 
5. Orientar al estudiante para que logre un desarrollo integral y sea una 
persona útil a la sociedad en la cual se desempeña. 
6. Fomentar hábitos de conducta social, como la responsabilidad, 
honradez, honestidad, puntualidad, pulcritud, solidaridad y 
autoformación. 
7. Desarrollar la capacidad de análisis que le permita valorar los 
diferentes aspectos de la vida diaria. 
8. Crear hábitos de salud e higiene para un mejor desarrollo físico, mental 
y una sana convivencia social 
9. Cultivar valores éticos y morales a través de la vida diaria. 
10. Conscientizar al estudiante, al docente y al padre de familia de la 
función que le corresponde desempeñar como miembro de la 
Comunidad Educativa. 
11. Brindar una Orientación vocacional que les permita un buen 
desempeño en su vida futura. 
12. Reconocer la importancia de los valores humanos y su respeto para 
las buenas relaciones en comunidad.
13. Reconocer la importancia del desarrollo individual y comunitario 
como base del progreso de toda sociedad culta y civilizada. 
14. Encauzar el comportamiento del alumno según las necesidades de 
promoción y trascendencia humana. 
15. Promover el desarrollo y ejecución de proyectos pedagógicos, 
productivos y de servicio social, como requisitos de promoción del 
Bachiller Técnico. 
16. Conocer y difundir a la comunidad educativa a través de talleres los 
diferentes aspectos del Manual de Convivencia para una mejor 
comprensión entre los estamentos educativos. 
17. Cumplir los lineamientos del Proyecto Educativo Institucional de La 
Institución Educativa Técnica San Rafael y las Normas Educativas 
emanadas por el MEN o la Secretaria de Educación respectiva. 
ARTICULO SEGUNDO: Una vez firmada la matricula, el estudiante, Padre 
de Familia y/o Acudiente se comprometen a cumplir el presente Manual 
de Convivencia. 
CAPITULO II 
PROCESO DE MATRICULAS 
ARTICULO TERCERO: El aspirante a ingresar como estudiante de La 
Institución Educativa Técnica San Rafael deberá: 
1. Llenar los requisitos vigentes en su situación académica al momento 
de la matrícula. 
a. Registro Civil de Nacimiento (reciente con estampilla). 
b. Documento de identidad (T.I o C.C) 
c. Certificado de estudio de los años anteriores 
e. Tres fotos recientes, tamaño carnet 
f. Otros documentos que la Institución estime conveniente (paz y Salvo 
Institucional , RH, Certificado de Comportamiento Social). 
2. Los estudiantes que han presentado dificultades de comportamiento 
social y matrícula en observación se admitirán teniendo en cuenta el 
concepto del Consejo Directivo, debidamente registrado en el libro de 
actas de reuniones de Consejo Académico, Comité de Evaluación, 
Observador del Estudiante y Libro Diario de Disciplina. 
ARTICULO CUARTO: Para alumnos que ingresen al grado Preescolar 
deberán tener cinco años cumplidos al momento de la matrícula y/o
quienes los cumplan hasta el 31 de marzo del año en curso. De igual 
manera deberán presentar el Carne del Control de Crecimiento y 
Desarrollo. 
ARTICULO QUINTO: Cada estudiante tendrá en ausencia de sus padres, 
un acudiente previamente aceptado por la Institución, salvo los que 
permita la ley bajo responsabilidad del Rector. 
PARAGRAFO: Los Directivos Docentes, Docentes y demás empleados del 
plantel no podrán servir de Acudiente a los estudiantes del mismo 
establecimiento educativo, salvo cuando se trate de sus hijos, hermanos o 
familiares hasta en cuarto grado de consanguinidad. 
ARTICULO SEXTO: En ningún caso se autorizará la matrícula sin el lleno 
de los requisitos exigidos por el MEN y por la Institución Educativa. 
ARTICULO SEPTIMO: En lo referente al costo de derechos académicos 
(matricula, pensiones), constancias, validaciones, derechos de grado y 
otros cobros, se cumplirá conforme a las disposiciones vigentes del MEN y 
de la Secretaria de Educación Departamental y del Consejo Directivo de la 
Institución. 
CAPITULO III 
UNIFORMES 
PARAGRAFO: Presentarse aseado, peluqueado, sin extravagancias o con 
elementos o prendas de vestir diferentes a las estipuladas, correctamente 
vestidos con el uniforme de Diario o de Educación Física. 
UNIFORMES UNICOS DEPARTAMENTAL 
DIARIO: 
Para Personal Femenino: 
· Falda pantalón azul oscuro en lino o dacrón con prenses según modelo 
del departamento a la altura de la rodilla; Camibuso blanco con el 
escudo de la Institución al lado izquierdo, el cual debe ir vestido por 
dentro de la falda; media media blanca; zapato negro tipo colegial 
debidamente lustrados. 
OPCIONES:
. Buso colegial azul oscuro en lana, con cuello V; los accesorios para el 
cabello como balacas, hebillas o bambas deben ser de color negro, azul 
oscuro o blancas. 
Para Personal Masculino: 
Pantalón azul oscuro en lino o dacrón; Camibuso blanco con el escudo de 
la Institución al lado izquierdo, el cual debe ir vestido por dentro del 
pantalón; Zapatos negros tipo colegial debidamente lustrados; correa 
negra; medias azul oscuro. 
OPCIONES: 
Buso colegial azul oscuro en lana, con cuello V; Camiseta de fondo blanco 
completamente. 
UNIFORME DE EDUCACION FISICA PERSONAL FEMENINO Y 
MASCULINO 
. Sudadera Vinotinto con franja lateral amarillo (oro); Camibuso blanco 
con cuello vinotinto, vestido por fuera; Pantaloneta vinotinto con franja 
lateral amarillo (oro); medias blancas con dos franjas vinotintos en la parte 
superior; tenis rojos. 
OPCION: Chaqueta Vinotinto según modelo departamental. 
PARAGRAFO 1: este uniforme se utilizará solamente los días que haya 
clase de Educación Física y jornadas deportivas. 
PARAGRAFO 2: Los alumnos y alumnas nuevos deben presentarse 
debidamente uniformados el lunes siguiente a la Semana Santa. 
PARAGRAFO 3: Los alumnos y alumnas antiguos deben presentarse 
debidamente uniformados al inicio del año lectivo. 
CAPITULO IV
NORMAS GENERALES DE COMPORTAMIENTO 
ARTICULO OCTAVO: Todos los estudiantes de la Institución Educativa 
Técnica San Rafael, están en la obligación de observar las siguientes 
normas generales de comportamiento social: 
1. Honradez, buenas maneras, respeto, a sus profesores y compañeros 
evitando el mal trato, las palabras soeces. 
2. Aceptar respetuosamente la autoridad de los profesores y directivos del 
plantel. 
3. El comportamiento fuera del Instituto (calles, sitios públicos de 
diversión o recreativos, etc.) debe ser correcto, observando buenas 
maneras para enaltecer el buen nombre de la Institución y el de su 
conglomerado social (artículo 68 constitución). 
4. Mostrar interés por la observación y utilización correcta de los servicios 
sanitarios, elementos de aseo, muebles y demás Enseres del plantel. 
5. Responder por los daños causados del Instituto en cuanto a planta 
física, material educativo, elementos de oficina, equipos destinados a 
las ayudas educativas, pupitres, útiles y objetos personales de sus 
compañeros. 
6. Velar por la conservación de las plantas decorativas del establecimiento 
y en general de todos aquellos elementos que estén destinados al 
embellecimiento y funcionamiento del Instituto (instalaciones eléctricas, 
grifos, paredes, puertas, cercado, chapas, candados, ventanas, 
elementos de aseo, etc.). 
7. Evitar todo acto que atenté contra la moral de las personas o de sus 
compañeros en particular. 
8. Cumplir puntualmente el horario de clases y el que corresponda a 
cualquier otra actividad o acto en comunidad programado por el 
Instituto, observando un comportamiento acorde con las normas de 
convivencia social. 
9. Evitar el uso de joyas finas durante las jornadas de clase o de 
Educación Física, pues, el Instituto no se responsabiliza de los objetos 
personales valiosos, ya que es responsabilidad del estudiante. 
10. Colaborar, participar y trabajar en toda clase de acción proyectada 
para el mejoramiento del Instituto y en beneficio de la comunidad. 
CAPITULO V
1. PERFIL DEL ESTUDIANTE 
De acuerdo con la constitución política de Colombia la ley General de 
Educación y la filosofía del proyecto Educativo institucional el perfil del 
estudiante será el siguiente: 
EDUCACIÓN PREESCOLAR: Los educandos al finalizar el nivel de 
Educación Preescolar, serán niños y niñas creativos sensibilizados y 
dotados de habilidades y destrezas, en los aspectos cognoscitivos, socio-afectivos 
y de spicomotricidad, para iniciar el proceso de enseñanza 
aprendizaje, en el Nivel de Educación Básica Primaria. 
QUINTO DE EDUCACIÓN BASICA PRIMARIA: tendrá la capacidad de 
continuar el proceso de aprendizaje de la comunicación, a través de la 
lecto-escritura, de la lógica matemática, por medio del análisis, 
comprensión y planteamiento de problemas que implican las cuatro 
operaciones y una buena relación con el medio ambiente social, familiar y 
natural, además estará abierto al proceso de formación personal, 
fundamentado en la convivencia y la practica de valores. 
EL BACHILLER: EL Bachiller Egresado de la Institución Educativa 
Técnica San Rafael, tendrá aprecio por la Cultura Cafetera y valorará su 
economía como principal soporte de subsistencia de la comunidad, Estará 
en capacidad para iniciar proyectos de cultivo de Café en forma individual, 
asociado y/o familiar. Planeará y ejecutará un Proyecto de Cultivo de Café 
como requisito para obtener el Titulo de Bachiller Técnico en la 
Especialidad. Dispondrá de Competencias para el manejo eficaz de 
programas útiles de computación, que le permitirá avanzar en tareas de 
investigación y poseerá los conocimientos fundamentales para iniciar sin 
dificultad la educación superior. De igual manera será una persona feliz 
que se halle comprometida con el mejoramiento de su proyecto de vida, 
fundamentado en la comunicación y valores de convivencia como 
autonomía, respeto y responsabilidad. 
Que vivencie de manera coherente su ser y su actuar en su vida familiar, 
laboral y de apoyo al Proyecto de la Nación, 
Que se apropie del conocimiento desde las diversas disciplinas 
contribuyendo de manera continua, en el descubrimiento y desarrollo de 
sus potencialidades, para fomentar su capacidad analítica, crítica, 
innovadora en busca de alternativas de solución a situaciones de su vida 
cotidiana. 
.
2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO NOVENO: Todo estudiante de la Institución Educativa Técnica 
San Rafael tiene derecho a: 
1. Ser orientado por profesores competentes, de estructurada 
personalidad y pedagógicamente preparados. 
2. Ser atendidos cortés y oportunamente por todos los estamentos del 
plantel educativo. 
3. Ser respetados en su dignidad personal por parte de directivos, 
administrativos, profesores y empleados de la Institución 
4. Recibir de sus profesores testimonio de cultura, moral, civismo y 
relaciones humanas 
5. Ser tratado con imparcialidad, respeto y consideración 
6. Que los procesos pedagógicos se desarrollen de acuerdo a los 
programas, del plan de estudios, ayudas educativas y estándares por 
áreas. 
7. Si un compañero interfiere en el normal desarrollo de las actividades 
académicas, se le solicitara retirarse del salón. 
8. Que sus trabajos sean evaluados y devueltos oportunamente con sus 
correcciones. 
9. Conocer oportunamente los logros y deficiencias en el momento en que 
se apliquen: Lecciones orales, escritas, tareas, investigaciones, 
consultas, etc. 
10. Que las condiciones locativas, mobiliario, organización escolar 
recursos didácticos y bienestar estudiantil, respondan a las 
necesidades de los estudiantes. 
11. Solicitar explicación sobre temáticas de estudio cuando ello sea 
necesario. 
12. Conocer la Programación y la planeación de su enseñanza y recibirla 
oportunamente. 
13. Ser evaluado con su rendimiento académico. Que sus conceptos 
sean el resultado de tareas, exposiciones, investigaciones, trabajos 
aplicados, demostraciones, pruebas objetivas; por sus aptitudes, 
creatividad, etc. Que los criterios evaluativos de cada periodo, se 
ajusten a las normas de ley. 
14. Que se les dé a conocer sus conceptos definitivos en cada período, 
respetando el derecho a su intimidad, antes de ser consignadas en la 
planilla respectiva de Evaluación. Después no será viable ninguna 
reclamación. 
15. Ser informados periódicamente sobre su rendimiento académico y 
comportamiento social. 
16. Que nunca se tome el aspecto disciplinario para la evaluación de su 
rendimiento académico.
17. Presentar solicitudes, formular quejas y hacer sugerencias siguiendo 
el respectivo conducto regular, teniendo como base la conciliación. 
18. Ser oídos y defenderse, antes de aplicárseles cualquier tipo de 
correctivos por infracciones disciplinarias y/o académicas. 
19. Presentar justificaciones por escrito de su inasistencia a la 
Institución de manera clara y estética ante el director de Grado. 
20. Que se les expida certificaciones de estudio, conducta y constancias 
de asistencia, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles. Res. 12376, 
Art. 13 de agosto de 1978). Cada vez que soliciten este servicio, 
siempre que se encuentren a paz y salvo por todo concepto con la 
Institución y pague los derechos correspondientes. 
21. Utilizar los elementos didácticos y de recreación, siempre y cuando 
respondan económicamente por los daños causados, si se presentaren. 
22. Representar al Instituto en actividades científicas, culturales y 
deportivas que se programen. 
23. Conocer oportunamente el Calendario Académico y el cronograma de 
actividades del Instituto, actualizado. 
24. Que se les conceda los estímulos que otorga el plantel 
25. Recibir conferencias y talleres formativos. 
26. Conocer en forma total y oportuna el Manual de Convivencia de la 
Institución. 
27. Participar en la conformación, ejercicio y control del gobierno 
escolar, para lo cual pueden elegir y ser elegidos por parte de consultas 
y demás formas de participación democrática y participativa. 
28. Todos los estudiantes tendrán derecho a la intimidad personal y 
familiar y su nombre deberá ser respetado por la misma comunidad. 
29. Cualquier estudiante de la comunidad educativa tiene derecho a la 
honra en su integridad física, moral e intelectual. 
30. Registrar en el observador los aspectos positivos de los estudiantes. 
31. Recibir el Carnet Estudiantil en los primeros quince días hábiles 
después de iniciadas las clases. 
32. Los estudiantes tiene derecho a la puntualidad del profesor en las 
clases asignadas. 
33. Ser escuchados en sus reclamos o insinuaciones de índole 
académico o de comportamiento general, cuando la solicitud se haga 
con respeto y cortesía. De no atenderse el presente derecho los 
alumnos podrán dirigirsen al superior inmediato siguiendo el conducto 
regular existente. 
34. No se considera como inasistencia, el estudiante que por cualquier 
motivo se encuentra en reunión o desempeño de una actividad en 
beneficio del Instituto, teniendo autorización de la Coordinación o 
Dirección. 
35. Disfrutar de un espacio lúdico y cultural enmarcado dentro de una 
programación Institucional. 
36. Los alumnos que después de programadas las fechas de 
Recuperación y nivelación al finalizar el año escolar, persisten en la
insuficiencia o deficiencia del logro hasta en 2 áreas tendrán una 
nueva oportunidad al iniciar el nuevo año escolar (semana anterior a la 
iniciación de clase). 
3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
1. Acatar en su totalidad el Manual de Convivencia Institucional. 
2. Acatar con respeto las observaciones que les hagan sus directivos o 
docentes que les orienten o no clases, y a todas las personas que 
conviven a diario en la Institución, integrantes de la Institución 
Educativa (Secretaria, Auxiliar de Servicios Generales, etc. ) 
3. Cumplir con el horario de clases establecido de lunes a viernes. 
4. Participar objetivamente en las actividades de clase y comportarse 
correctamente durante las mismas y fuera de ellas sin interrumpir su 
desarrollo 
5. Adquirir los elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de 
actividades curriculares 
6. Asistir al plantel uniformado conservando las normas elementales de 
higiene, tanto en el vestuario como en los utensilios escolares 
7. Contribuir con el aseo permanente de las aulas y demás dependencias 
del Instituto en colaboración con los compañeros en las respectivas 
comisiones de aseo. 
8. No arrojar desperdicios ni residuos al aula de clase o en los patios de 
recreación. Tampoco ingerir alimentos en la formación, en clase o en 
actos de comunidad. 
9. Presentar evaluaciones y trabajos en las fechas y horas señaladas 
10. Permanecer en los salones durante los cambios de clase, y en horas 
de descanso, fuera de estos, pero en los sitios autorizados. 
11. Respetar la propiedad ajena. 
12. Respetar todas las carteleras, anuncios y elementos ubicados dentro 
y fuera de las aulas de clase. 
13. Para salir del plantel en horas laborales solicitar permiso al Profesor 
de disciplina de turno, director de grado, Profesor de Clase, siempre y 
cuando la solicitud sea de fuerza mayor, previa solicitud escrita del 
acudiente o Padre de Familia. 
14. Asistir puntualmente a todos los actos culturales, deportivos, 
cívicos, formación y otros que programe la Institución. 
15. Respetar la integridad Física y moral de todos y cada uno de los 
miembros de la Institución. 
16. Guardar discreción y tacto en todas sus actuaciones, así como 
también respetar las creencias y convicciones religiosas y políticas de 
las demás. 
17. Entregar citaciones y circulares que sean enviadas por el Instituto a 
los padres de familia, como también las respuestas enviadas por los 
mismos.
18. Respetar los emblemas de la patria y los de la Institución. 
19. Considerar la Biblioteca como recurso de consulta y formación y 
hacer uso de ella, en el horario establecido, cumpliendo fielmente su 
reglamento y teniendo especial cuidado con el buen uso y manejo de los 
libros, revistas, periódicos, etc. No arrancar hojas o destrozarlas. 
20. Cuando por ausencia justificada se deja de presentar un trabajo o 
evaluación debe hacerlo dentro de los tres días laborales siguientes a 
su presentación en el plantel 
21. Recibir por inventario el pupitre puesto a su servicio, sin escrito, 
manchas, perforaciones y entregarlo pintado al finalizar el año escolar; 
conservarlo así durante el año. 
22. Terminada la jornada diaria de clases, los sábados y festivos no 
podrán portar los uniformes reglamentarios de la Institución. 
23. No festejar actos dentro y fuera de la Institución utilizando 
elementos que atenten contra la integridad física del estudiante 
(Celebraciones con agua, maizena, huevos, etc.) 
24. El estudiante debe permanecer en el salón de clases durante el 
desarrollo de esta y, en caso de ausentarse, debe solicitar permiso al 
profesor de clase, profesor de Disciplina. 
25. Respetar y conservar un buen estado los elementos que la 
Institución facilita y responder por los daños que se ocasionen en ellos 
en un término de cinco días hábiles. 
26. participar con responsabilidad e enteres en los procesos 
democráticos de la vida escolar y asumir a plenitud la responsabilidad 
adquirida cuando es elegido representante del curso, representante de 
los estudiantes al Consejo Directivo, Personero Estudiantil y otros 
Cargos. 
27. Portar visiblemente el carne estudiantil debidamente diligenciado y 
la fotocopia del carne del servicio medico o SISBEN. 
28. respetar y cumplir los acuerdos logrados por consenso y no 
defraudar la confianza y buena fe de los demás. 
29. Aportar soluciones responsables que fomenten el clima de armonía 
cuando se presenten conflictos entre sus compañeros. 
30. Abstenerse de manifestaciones amorosas dentro de la Institución. 
31. Comportarse debidamente con respeto y tolerancia en el vehículo 
que los transporta a la Institución- Casa y viceversa; de igual manera al 
tomar el servicio de Restaurante y Refrigerio Escolar. 
32. Acatar con respeto las observaciones que le hagan sus directivos, 
docentes que les orienten o no clases, a todas las personas que le 
conviven a diario en la Institución; integrantes de la Comunidad 
educativa (Secretaria, Auxiliar de Servicios Generales). 
ARTICULO DECIMO: Queda reglamentada la asistencia de la siguiente 
manera:
Jornada Continua de 8:00 A.M. a 1:45 P.M. 
PARAGRAFO: Los estudiantes deben presentarse a la Institución (10) 
minutos antes de la hora indicada. 
1. Todo estudiante está obligado a asistir como mínimo al plantel el 
75% de las actividades académicas de lo contrario el Grado se 
perderá. 
2. Cuando el estudiante justifica su inasistencia y en ese día tiene 
evaluación esta debe presentarse en los tres días hábiles siguientes. 
3. Estudiante que injustificadamente no asista a clases, ha su regreso 
se solicitara la presencia en el Plantel del estudiante con el 
respectivo padre o acudiente. 
4. Toda ausencia por enfermedad y otros motivos debe ser justificada 
oportunamente. En caso de ausencia prolongada debe presentarse 
con el padre o acudiente con la debida justificación. En ningún caso 
se admiten justificaciones por teléfono. 
5. El estudiante que se sienta incapacitado para ejecutar ejercicios 
gimnásticos o de otro tipo físico, deberá presentar la respectiva 
incapacidad medica, informando oportunamente al director. Este 
estudiante quedara supeditado a presentar trabajos teóricos o de 
investigación . 
6. Presentarse en la Institución con puntualidad para cumplir la 
Jornada Escolar que va de: 
JORNADA CONTINUA: Desde las 7:50 am. se ingresará a la Institución 
hasta las 12:00 m. para Preescolar; hasta la 1:00 pm. para Primaria 
Bloque 1, Sede la Candelaria y Sede el Corozo, sede Colon, sede Estrella 
Colon, sede San Isidro, sede Buenavista y hasta la 1:45 p.m. para 
Secundaria y Media Técnica. 
Quien llegue después de las 8:00 am. debe presentarse con acudiente o 
padre de familia. 
ARTICULO DECIMO PRIMERO: De los actos que atenta contra la 
integridad de docentes, directivos, Administrativos o de miembros de la 
Institución y el buen nombre del plantel y el orden de funcionamiento 
Institucional. 
Son faltas las siguientes: 
1. Los retardos y ausencias a clases o actos de comunidad sin 
justificación. 
2. Las salidas del plantel, sin el debido permiso. 
3. Introducir al Instituto cigarrillos, bebidas alcohólicas o estupefacientes. 
4. El uso de naipes y demás juegos de azar dentro de la Institución. 
5. Evasión del plantel de cualquier actividad académica o actos de 
comunidad.
6. Entrar o salir al plantel por lugar diferente a la entrada principal. 
7. Jugar dinero dentro del plantel o en sus alrededores. 
8. Hurtar, estafar o cometer delitos contra la propiedad ajena. 
9. Portar armas o elementos contundentes dentro o fuera de la Institución 
destinados a herir o maltratar. 
10. Traer al plantel libros, revistas o publicaciones pornográficas. 
11. Asistir al plantel bajo los efectos del alcohol o cualquier estimulante 
pernicioso. 
12. Promocionar pugnas y rivalidades que conllevan a enfrentamientos 
de carácter político o el establecimiento de centros o comités 
partidistas entre los estudiantes, dentro de la planta física. 
13. Destruir o mutilar obras, muebles o demás enseres del Instituto, 
como también el uso inadecuado de implementos del plantel. 
14. Traer al Instituto grabadoras, radios o cualquier otro objeto que 
interfiera con el normal desarrollo de las clases, con excepción de 
cuando las necesidades curriculares lo requiera. 
15. Utilizar el uniforme en horas que no correspondan a estudio o actos 
de comunidad. Maquillaje, pintado de uñas, uso de adornos 
extravagantes o prendas distintas al uniforme de clases. 
16. Mal comportamiento Social y bajo rendimiento académico serán 
motivos para la expulsión de un alumno ( sentencias: T-316 de 
10/12/94, T-596 de Diciembre 7 de 1994) 
17. Mal comportamiento en actos religiosos, aulas, laboratorios, 
biblioteca, Sala de video, salas de Cómputo, establecimiento públicos, 
escenarios deportivos y culturales. 
18. El irrespeto y la riña entre compañeros de estudio dentro y fuera de 
la Institución 
19. Intento de insubordinación y su ejecución en contra de las 
autoridades de la Institución. 
20. Atender visitas de novios y manifestaciones amorosas dentro del 
plantel. 
21. Las agresiones a mano armada dentro y fuera del plantel; amenazas 
o insultos a cualquiera de los miembros de la Institución. 
22. Todo intento de fraude en las lecciones, tareas, trabajos, previas. 
Falsificación de documentos, calificaciones y excusas. 
23. Entrar a la Rectoría, Secretaria o a la Sala de Profesores sin la 
debida autorización. 
24. Ocasionar deliberadamente daños a la planta física, material 
didáctico, carteleras, horarios, material de trabajo. Sacar pupitres, 
sillas y otro tipo de muebles de salón de clases o de la Institución sin el 
debido permiso. 
25. El uso de maquillaje, pintado de uñas, uso de adornos extravagantes 
(collares, aretes, pulseras, pirzis, tatuajes) y prendas de vestir 
diferentes a las estipuladas en los uniformes. 
.
· ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 
Los estudiantes que tengan actuaciones destacadas en beneficio de la 
comunidad y/o personal pueden acceder a los siguientes estímulos: 
1. Felicitación verbal y escrita con anotación en el Observador del 
Estudiante. 
2. Izar la Bandera Nacional en actos cívicos. 
3. Asignación de funciones de responsabilidad en actividades escolares. 
4. Premiación especial de eventos deportivos o culturales (Medalla de 
Honor). 
5. Otorgamiento de mención de honor. 
6. El Instituto dotará en lo posible de implementos de trabajo, a los 
estudiantes que participen en eventos deportivos, culturales, Banda 
Marcial, otros. 
7. Los estudiantes que sobresalgan en su rendimiento académico y 
comportamiento social, se harán merecedores a participar 
honoríficamente en los anteriores eventos. 
8. Izar el Pabellón Nacional cuando el estudiante obtenga un rendimiento 
académico excelente y su comportamiento general durante el periodo 
sea excelente. 
9. Mención de honor y exoneración del pago mensual de Pensión en el 
siguiente año escolar para los dos primeros alumnos de cada grado que 
se destaquen por su excelente rendimiento académico, disciplinario, 
liderazgo y colaboración durante todo el año. (artículo 101 de la ley 115 
de 1994). 
10. Celebración del día del estudiante en la fecha establecida en el 
Calendario Académico. 
11. Notas de felicitación individual o colectiva por actuaciones 
meritorias. 
12. Matrícula de Honor en el siguiente año escolar para el estudiante 
excelente en rendimiento académico, comportamiento, liderazgo escolar 
y colaboración en cada grado. 
13. Otorgamiento de Mención de Honor Especial al mejor Bachiller 
ICFES. 
PARAGRAFO: El Rector determinara por medio de Resolución interna el 
otorgamiento de estos estímulos y menciones de acuerdo con el concepto 
de los profesores, la cual será leída públicamente en el acto de clausura o 
graduación.
“ojo” incluir en el manual de 
convivencia 
CAPITULO 
SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 
· Presentación 
· Marco Legal – Conformación C.C.E. –Reglamento 
· Lectura de Contexto . Escenario Social-Pautas 
Acuerdos para la convivencia – valoración de 
situaciones mas frecuentes- 
· Definicion de situaciones de tipos 
· Protocos- 
· Directorio Telefónico 
· Ruta de Atención Integral ( 1 por situación-1por 
año).
· RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA 
ESCOLAR
PROTOCOLOS DE LOS ESTABLECIMIENTO EDUCATIVOS, FINALIDAD 
CONTENIDO Y APLICACIÓN 
Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar 
los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad 
educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el 
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 
Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos: 
1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o 
informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el 
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 
2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la 
confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como 
de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en 
las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las 
mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los 
tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 
1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la 
materia. 
3. los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la 
ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio 
de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones 
en su contra. 
4. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los 
mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como 
oportunidades para 
5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de 
proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, y deben estar
en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y 
los manuales de convivencia. 
6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a 
fin de verificar si la solución fue efectiva. 
7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las 
siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de 
seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o 
departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y 
Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, 
Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF -Instituto Colombiano de 
Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, 
Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que 
integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de 
familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en el 
establecimiento educativo. 
l 
Parágrafo. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las 
situaciones que se presenten de estudiantes hacia otros miembros de la 
comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa 
hacia estudiantes. 
DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO L. 
Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las 
situaciones tipo 1, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del 
presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente 
procedimiento: 
Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar 
de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y 
busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los
derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas 
en el establecimiento educativo. 
Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, 
encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el 
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de 
relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento 
educativo. De esta actuación se dejará constancia. 
Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la 
solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados 
en los artículos 43 y 44 del presente Decreto. 
Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o 
conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en 
los términos fijados en el manual de convivencia. 
DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II. 
Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las 
situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del 
presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente 
procedimiento: 
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención 
inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la 
remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará 
constancia. 
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir 
la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 
de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de 
posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de 
todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará 
constancia. 
S. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. 
madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo 
acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, 
confidencialidad y demás derechos. 
Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los 
daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación 
dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento 
educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han 
promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 
El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás 
integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas 
adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si 
la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en 
el artículo 44 del presente Decreto. 
El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo 
ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los 
integrantes e intervinientes. 
El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información 
del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el 
Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 
Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones 
o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar 
Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad 
Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo 
dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto.
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III. 
Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las 
situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del 
presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente 
procedimiento: 
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención 
inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la 
remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará 
constancia. 
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de 
todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará 
constancia. 
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y 
por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la 
Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los 
integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el 
manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 
S. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los 
participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la 
convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar 
contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes 
involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las 
autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de 
manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, 
tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, 
a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o 
hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará 
constancia.
7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información 
del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el 
Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 
a. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por 
parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el 
conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de 
convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento 
educativo en el cual se presentó el hecho. 
ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES. 
Las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas 
por los comités escolares de convivencia deberán cumplir con lo siguiente: 
1. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de 
verificación, prevención 
o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la 
situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que 
para tal efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los 
protocolos internos o procedimientos que para el efecto tengan 
implementados las respectivas entidades. 
2.Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya 
implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia 
Escolar. 
3.Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta 
que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados. 
En aquellos lugares en donde no exista Policía de Infancia y Adolescencia 
para la atención de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del 
artículo 40 de este Decreto, las mismas serán reportadas o puestas en 
conocimiento ante la Policía de Vigilancia.
Frente a las situaciones que requieran atención en salud se deberá acudir 
al prestador del servicio de salud más cercano, el cual en ningún caso 
podrá abstenerse de prestar el servicio, conforme a lo dispuesto en el 
artículo 27 d~ la Ley 109a de 2006, en el Título 111 "Atención Preferente y 
Diferencial para la Infancia y la Adolescencia" de la Ley 143a de 2011 y 
sus normas concordantes. ' 
En los municipios en donde no haya Defensor de Familia, las funciones 
que la Ley 1098 de 2006 le atribuye serán cumplidas por el Comisario de 
Familia. En ausencia de este último, las funciones asignadas al Defensor y 
al Comisario de Familia corresponderán al Inspector de Policía, de 
conformidad con lo establecido en el Decreto 4a07 de 2007, o la norma 
que lo modifique, sustituya o derogue. 
En los municipios en donde exista Defensoría de Familia y Comisaría de 
Familia o Comisaría de Familia e Inspección de Policía, cualquiera de estas 
autoridades competentes asumirá a prevención, el conocimiento del caso 
de inobservancia, amenaza o vulneración; verificará inmediatamente el 
estado de derechos; protegerá al niño, niña o adolescente a través de una 
medida provisional, si es del caso, y a la primera hora hábil siguiente 
remitirá las diligencias a la autoridad competente. 
Parágrafo 1. En materia de prevención de la violencia sexual y atención 
integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente, además 
de la aplicación del protocolo correspondiente, se deberá aplicar lo 
contemplado en la Ley 1146 de 2007 y en su reglamentación. 
Parágrafo 2. Cuando surjan conflictos de competencia administrativa éstos 
se superarán conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley 1437 de 
2011. Las actuaciones administrativas de las autoridades deberán 
desarrollarse acorde con los principios Constitucionales y los consagrados 
en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011. 
Parágrafo 3. Cuando la Policia Nacional tenga conocimiento de las 
situaciones tipo 111 de que trata el numeral 3 del artículo 40 del presente
Decreto, deberá informar a las autoridades administrativas competentes, 
de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 4840 de 2007, con el fin de que 
éstas adopten las medidas de restablecimiento de derechos a que haya 
lugar. De esta actuación se deberá dejar constancia.
5. INSTANCIAS DE CONCILIACION 
Cuando un miembro de la Comunidad Educativa tenga un conflicto, 
tratará de solucionar en primera instancia con la misma persona con 
quien ocurra el incidente, antes de recurrir a otras instancias. 
Para la solución de aquellos conflictos que ya requieran una tercera 
persona como instancia conciliadora, se acudirá siempre en primera 
instancia al superior común más próximo a las partes en conflicto. Los 
estudiantes entenderán como superior inmediato a su director de grupo. 
Los padres de familia acudirán en primera instancia, en estos casos, al 
director de grupo y luego al docente de disciplina y si consideran necesario 
hablar con los docentes del Consejo Académico. 
Es potestad del Rector de la Institución remitir a los miembros de la 
Comunidad Educativa a otras instancias como el Consejo Estudiantil, 
Consejo Académico, Consejo Directivo, Personero Estudiantil, Docente de 
Disciplina, para el diálogo, la conciliación y la solución de problemas. 
MEDIDAS DE CONTROL 
Al no aceptar los derechos y no cumplir con los deberes se incurre en un 
comportamiento no convivencial. Al abusar de las libertades y de los 
derechos o al incumplir con los deberes se actúa negativamente frente a la 
convivencia escolar normal y en consecuencia se deben aceptar las 
acciones formativas y correctivas justas que asigne la Comunidad 
Educativa. Si se tiene en cuenta la definición de falta “Acción o actitud que 
interfiere, atente contra el normal desarrollo de la Comunidad Educativa” 
se debe evitar cometerlas, toda medida de formación pretende un 
mejoramiento de quien no ha cumplido los deberes o no ha respetado un 
derecho. 
Las medidas de formación serán determinadas según su gravedad 
siguiendo el conducto regular. En ningún caso se tomará una decisión sin 
que haya mediado un diálogo con el alumno y sus padres o acudientes.
CONDUCTO REGULAR 
1. Docente responsable de la clase o actividad. 
2. Director de curso 
3. Director de Disciplina 
4. Consejo Directivo. 
5. Asociación de Padres de Familia. 
¿ QUE ES EL OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE? 
Es el libro donde se registran los comportamientos académicos y 
disciplinarios de los estudiantes, tanto aspectos positivos como el 
incumplimiento de deberes con sus correspondientes compromisos. Es 
manejado por el Director de Grupo. Los Docentes, el rector y el Consejo 
Directivo pueden hacer uso de él cuando lo requieran 
6. ACCIONES PEDAGOGICAS 
ACCION PEDAGOGICA VERBAL 
La hará el director(a) de Grado y/o profesor o Profesora cuando la 
situación sea leve, llamando la atención al alumno infractor y dejando 
constancia en un acta en el Libro de Disciplina que deberá firmar tanto el 
alumno como el profesor y el personero de los estudiantes. 
Son causales de acciones Pedagógicas verbales las siguientes: 
1. Mal comportamiento disciplinario en clases, actos en comunidad o en 
los descansos. 
2. Uso inadecuado del uniforme diario o de Educación Física dentro o 
fuera del Establecimiento. 
3. Falta de higiene en el vestido , aseo personal y útiles escolares. 
4. El no cumplimiento de los turnos de aseo en las aulas de clase y aseo 
General. 
5. El arrojo de basuras o desperdicios en el recinto del plantel y sus 
alrededores. 
6. La permanencia en los salones en los descansos o fuera de ellos 
durante las clases.
7. Los retardos en la asistencia a la Institución a clases y demás actos 
programados por el Establecimiento. 
8. La no presentación de previas o trabajos en las fechas señaladas. 
9. Irrespeto a las creencias y convicciones de los demás. 
10. La no devolución a tiempo de documentación enviada a los Padres 
de familia como citaciones, circulares y comunicados, entre otros. 
11. Manifestaciones amorosas y visitas de noviazgo dentro del plantel o 
comentarios desagradables por la misma causa fuera de el 
12. La entrada a Rectoría, secretaria, Sala de Profesores y Otras Aulas, 
sin la debida autorización. 
13. La inasistencia a las actividades programadas por la Institución. 
14. Denigrar de la Institución y sus representantes 
ACCION PEDAGOGICA ESCRITA 
La hará un profesor o director de grado, la Rectoría del plantel, cuando las 
situaciones sean más graves que las anteriores, llamando la atención al 
estudiante infractor y dejando constancia en un acta registrada en el libro 
de disciplina, firmada por el alumno, el padre de familia y/o acudiente, el 
profesor conocedor del caso y el personero de los estudiantes. 
Son causales de Acción Pedagógica Escrita: 
1. La reincidencia en algunas de las situaciones anteriormente 
relacionadas. 
2. El irrespeto a las carteleras, anuncios o elementos decorativos del 
plantel. 
3. La inasistencia sin causa justificada a la Institución, a clases y a los 
actos de comunidad programados por el establecimiento. 
4. Él irrespeto a los emblemas patrios. 
5. El uso del uniforme diario o de Educación Física en horas o días que no 
correspondan a estudio o actos de comunidad. 
6. El uso de maquillaje, adornos extravagantes o prendas de vestir que no 
correspondan a los uniformes. 
7. El irrespeto entre compañeros, utilizando vocabulario soez, inadecuado 
o con expresiones o actuaciones inadecuadas dentro y fuera de la 
Institución. 
8. Todo intento de fraude en tareas, trabajos, previas, lecciones o en 
documentos calificaciones o excusas. 
9. Uso inadecuado de paredes, puertas, muebles, etc para escribir 
mensajes vulgares, pornográficos, denigrantes o agresivos.
Son causales de Acción Pedagógica del estudiante, por un día, las 
siguientes situaciones : 
1. La reincidencia en alguna de las situaciones mencionadas 
anteriormente o, si después de haber presentado acción pedagógica 
verbalmente, comete situaciones similares por tercera vez. 
2. El hurto comprobado en menor cuantía, devolviendo el bien hurtado o 
su valor. 
3. La evasión del plantel. 
4. La destrucción con plena intención, de muebles, utensilios de sus 
compañeros, pupitres, implementos deportivos, planta física, etc. 
5. La agresión verbal, con insultos o palabras soeces, a compañeros de 
estudio. 
6. El uso de naipes o demás juegos de azar dentro o fuera de la Institución 
portando el uniforme. 
7. El porte de armas o instrumento destinado a herir o maltratar dentro o 
fuera de la Institución. 
8. Traer al plantel libros, revista o publicaciones pornográficas. 
Son causales de Acción Pedagógica del estudiante, por dos , las 
siguientes situaciones: 
1. La reincidencia en alguna de las situaciones anteriores, después de 
haber realizado acción pedagógica por un (1) día. 
2. La agresión física, sin arma, a un compañero de estudio dentro o fuera 
de la Institución. 
3. La asistencia al plantel bajo los efectos del alcohol o cualquier 
estimulante pernicioso. 
4. Embriagarse o ingerir licor en lugares públicos en días y horas de 
estudio. 
5. El juego de Billar o de azar con o sin uniforme en horas hábiles de 
estudio. 
6. Alteración del orden público con o sin uniforme, para estudiantes del 
Instituto. 
7. Fumar dentro o fuera de la Institución con o sin uniforme en horas 
hábiles de estudio.
Procedimiento para Accion Pedagogica del estudiante por uno (1), dos 
(2) o tres (3) días 
La hará el Rector del plantel mediante Resolución interna, previo concepto 
de profesores o directivos conocedores del caso. 
Se investigara la falta, se oirán descargos y se notificara oportunamente al 
padre o acudiente del estudiante afectado. 
Son causales de Accion pedagógica del estudiante, por tres días (3), 
las siguientes situaciones: 
1. La reincidencia de algunas de las situaciones , después de haber 
cumplido acción pedagógica por dos días. 
2. El fraude comprobado de calificaciones, boletines, falsificación de 
firmas de los padres o acudientes o cualquier documento público de la 
Institución. 
3. El no acatamiento o indiferencia particular o colectivo, a las ordenes 
impartidas por las autoridades del Instituto, dentro y fuera de él 
(Actividades extraclases, actos comunitarios y representaciones 
culturales y deportivas). 
4. El comportamiento perturbador del estudiante, que después de ser 
amonestado no evidencia cambio. 
5. Los hechos cometidos dentro y fuera del Instituto, que menoscaben la 
buena reputación y honor del establecimiento (Escándalos públicos 
etc.) 
6. Irrespeto de palabra o hecho a los profesores, directivos, personal 
administrativo y de servicios, así como a la comunidad en general. 
7. El incumplimiento intencional de cualquier sanción impuesta por los 
superiores, que impliquen burla a la autoridad. 
PARAGRAFO: Los días de acción pedagógica deben realizarse bajo la 
responsabilidad del padre o acudiente, el alumno responderá por las 
actividades académicas realizadas en el tiempo de dicha acción pedagogica 
MATRICULA DE OBSERVACION: Previo estudio en Consejo Académico, 
Consejo Directivo, la hará el comité de Convivencia Escolar, mediante 
resolución interna que expedirá el Rector del establecimiento educativo . 
Se investigaran las faltas, se oirán descargos. Se notificara oportunamente 
al padre o acudiente del alumno afectado y se dejara constancia en la Hoja
de vida del respectivo estudiante, Observador del alumno y libro de 
disciplina. 
SON CAUSALES PARA LA MATRICULA EN OBSERVACION, LAS 
SIGUIENTES SITUACIONES: 
1. La reincidencia de alguna de las Situaciones, después de haber 
realizado acción pedagógica hasta por tres días. 
2. La agresión verbal con insultos o palabras denigrantes a cualquier 
profesor, directivo, administrativo, miembro del Consejo Directivo o 
Comunidad Educativa. 
3. Atentar contra la intimidad personal, familiar o el buen nombre de los 
miembros de la comunidad educativa. 
4. Alumnos (as) que al finalizar el año escolar presenten antecedentes 
disciplinarios graves. 
CANCELACION DE MATRICULA: 
La hará el comité de Convivnecia Escolar del Establecimiento Educativo , 
mediante Resolución interna expedida por el Rector, Se investigara el 
caso, se oirán descargos y se notificara oportunamente al padre o 
acudiente del estudiante afectado, se dejara constancia en la Hoja de Vida 
del alumno, Observador del alumno y Libro de Disciplina, se enviarán las 
pruebas y evidencias del caso, a las autoridades educativas competentes. 
SON CAUSALES PARA LA CANCELACION DE MATRICULA LAS 
SIGUIENTES SITUACIONES: 
1. La reincidencia en situaciones que revistan gravedad, después de 
haber estado con matricula en observación. 
2. Las amenazas a mano armada a compañeros de estudio, a profesores, 
Directivos, Administrativos, Miembros del Consejo Directivo y 
Comunidad Educativa. 
3. Las agresiones físicas a profesores, Directivos, Administrativos y 
Miembros del Consejo Directivo y Comunidad Educativa. 
4. Por ser condenado por la autoridad competente.
NO ACEPTACION EN MATRICULA PARA AÑOS ACADEMICOS 
SIGUIENTES: 
Esta medida la tendrá en cuenta el Rector del Plantel con el visto bueno 
del Comité de Convivencia Escolar, para los siguientes casos: 
1. Para estudiantes que habiendo terminado el año lectivo con matricula 
en observación no hubieren sido promovidos al año siguiente. 
2. El motivar, promover, participar o incitar actividades que conllevan a 
los llamados ritos satánicos o en contra de una comunidad. 
ARTICULO DECIMO SEGUNDO: No será aceptado como estudiante de la 
Institucion , los contemplados en las siguientes causales: 
4. Quienes tengan vicios por la droga o estupefacientes. 
5. Quienes representen un peligro potencial para los estudiantes o 
personal de la Institución. 
6. Quienes presenten comportamientos morales que afecten o denigren 
la buena imagen Institucional. 
PARAGRAFO: Antes de ser aplicado cualquiera de las acciones 
pedagógicas señalados anteriormente, el estudiante tendrá derecho a ser 
escuchado y a rendir descargos. 
Los alumnos que hayan cumplido acciones pedagógica en el 
establecimiento educativo por uno, dos o tres días tendrán que presentar 
pruebas evaluativas, trabajos, tareas, laboratorios y actividades de tipo 
académico al día siguiente de cumplirse la acción pedagogica 
La aplicación de cualquiera de las acciones pedagógicas estipuladas 
anteriormente, será causal de la rebaja en la evaluación de 
comportamiento social del periodo académico correspondiente. 
De la misma manera, las faltas de asistencia (fallas) ocasionadas por el 
retiro del alumno por uno dos o tres días tendrán el carácter de 
inasistencia.
7. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS 
ESTUDIANTES ( SIEE ) 
ACUERDO N°12 
(Noviembre 30 de 2009) 
Por el cual se define y se adopta el sistema de Evaluación del aprendizaje y 
Promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media de la 
Institución Educativa Técnica San Rafael, del Municipio de Santa Isabel Tolima. 
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL, 
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 115 de 
2004, el Decreto 1860 de 1996, y el Decreto 1290 de abril 16 de 2009. 
ACUERDA: 
ARTICULO PRIMERO: Evaluación de los Estudiantes. La evaluación de los 
aprendizajes y promoción de los estudiantes se realizara en el siguiente ámbito: 
Institucional: La Evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en la 
Institución en los niveles de Educación Básica y media, es el proceso permanente 
y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. 
ARTICULO SEGUNDO: Objeto del Acuerdo. El presente acuerdo reglamenta la 
evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de 
educación Básica, media y Educación para Adultos de la Institución Educativa 
Técnica San Rafael 
ARTICULO TERCERO. Propósitos de le evaluación institucional de los 
estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito 
Institucional. 
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y 
estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos 
educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas 
para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños 
superiores en su proceso formativo. 
4. Determinar la promoción de estudiantes. 
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de 
mejoramiento institucional 
ARTICULO CUARTO. Definición del sistema institucional de evaluación de 
los estudiantes. El sistema de evaluación institucional de los estudiantes que 
hace parte del proyecto educativo institucional debe contener: 
1. Los criterios de evaluación y promoción. 
2. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala 
nacional. 
3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los 
estudiantes durante el año escolar. 
5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. 
6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas 
pendientes de los estudiantes. 
7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del 
establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el 
sistema institucional de evaluación. 
8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. 
9. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, 
comprensibles y den información integral del avance en la formación. 
10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de 
reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. 
11. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la 
construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. 
1.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
A.- EVALUACIÓN 
La evaluación es un proceso permanente que busca estimular la formación 
integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de 
competencias y del alcance de los objetivos o fines propuestos en el PEI y de 
manera especial en el Plan de Estudios y el Manual de Convivencia, en función de 
la calidad y la excelencia. 
B.- CRITERIOS: 
- En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en 
cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los estudiantes: 
COGNITIVO, PERSONAL Y SOCIAL 
- La calificación es la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del 
proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo 
responsabilidad del profesor. 
- Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos 
orientados y concertados con el profesor. 
- Las valoraciones se harán sobre estándares y competencias alcanzadas o 
dejadas de alcanzar por parte del estudiante
- Los estándares deben ser evaluados en conjunto por cuanto la enseñanza 
integra contenidos y procesos. 
- En cada periodo se valorará el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de 
formación, en aspectos tales como: Alcance de estándares de aprendizaje 
(compromisos académicos y de convivencia) desarrollo de procesos de 
aprendizaje, y adquisición de competencias. 
- La valoración mínima para aprobar una área es tres cero (3.0). 
- Cuando son varias las asignaturas de un área deben promediarse los resultados 
para obtener la valoración del área. 
- Las áreas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas semanales deberán 
tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad un mínimo de cuatro (4) 
notas parciales para ser promediadas por periodo. 
- Si en las valoraciones de un áreas, resultan dos cifras decimales, debe 
eliminarse la segunda sin aproximarla, de tal forma que la nota tenga una sola 
cifra decimal. 
- La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas, será el promedio de las 
valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas actividades de 
aprendizaje; más la nota de autovaloración dada por el estudiante con base en su 
disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases. 
B.- PROMOCIÓN ESCOLAR 
- La promoción se hace con base en áreas de aprendizaje aprobadas y no de 
asignaturas en particular. 
- Para efectos de promoción, en el Nivel de Educación Básica ciclo de Primaria en 
los grados primero a tercero la promoción se circunscribe al rendimiento del 
estudiante en lenguaje y matemáticas. 
- Cuando en tres (3) o más áreas obtiene un estudiante valoraciones inferiores a 
tres cero (3.0), se infiere que no se alcanzó el desempeño básico y por lo tanto la 
ubicación corresponderá en desempeño bajo. 
- El estudiante se promueve al grado superior o al diploma de bachiller cuando 
apruebe todas las áreas o cuando promediadas las valoraciones de todas las 
áreas de formación arrojen una nota mínima de tres cinco (3.5), siempre que no 
haya perdido más de un área y ésta no esté valorada con una nota inferior a dos, 
cinco (2.5). En este caso el estudiante no está obligado a presentar recuperación 
del área perdida. 
- Toda inasistencia a las actividades curriculares debe ser justificada. Se pierde 
una área, con valoración de uno (1.0), cuando el número de ausencias, 
justificadas o no sea igual o superior al 25% de la intensidad horaria de esa área. 
- Únicamente la excusa médica o por calamidad doméstica comprobada tiene 
validez académica. 
- Para efectos de promoción, el valor porcentual de cada una de los periodos será 
del 25%. 
- Los criterios de evaluación y promoción son de obligatorio cumplimiento para 
todos los docentes que orientan clases desde el grado primero hasta el undécimo
en la Institución; por cuanto, el sistema de evaluación del aprendizaje es parte 
fundamental del proceso de calidad del servicio educativo. 
PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. Durante el primer período del año escolar 
el 
Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará 
ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante 
que demuestre un en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las 
competencias rendimiento superior básicas del grado que cursa. La decisión 
será consignada en el Acta del Consejo Directivo. Para tal efecto, la Comisión de 
Evaluación y Promoción del grado donde cursa el estudiante, se reunirán y 
levantará el acta en el Libro de Promociones respectivo. 
C.- RECUPERACIONES 
Las recuperaciones se harán en el transcurso de cada periodo académico. Pero, si 
por algún motivo un estudiante llega al final del año escolar perdiendo áreas, se 
aplicará el siguiente procedimiento: 
a).- Solo se permite la recuperación cuando el estudiante ha perdido una o dos 
áreas. 
b).- La valoración en una recuperación, en todos los casos, no excederá los 
rangos estipulados para el desempeño básico. 
c).- Si el estudiante pierde dos (2) áreas deberá pasar al menos una (1) de ellas 
en la primera convocatoria para continuar en el proceso. 
d).- Las notas obtenidas en recuperación no cuentan para el promedio general que 
permite la no recuperación de un área. 
e).- Las convocatorias que hace el plantel son obligatorias para todos los 
estudiantes a menos que se compruebe enfermedad del estudiante o calamidad 
doméstica. 
f).- Los estudiantes que pasado un año, de la fecha de terminación del año lectivo, 
no se presenten a recuperar las áreas perdidas, deben repetir el grado si desean 
continuar estudiando. 
g).- Las recuperaciones no se circunscriben exclusivamente a pruebas escritas 
deben hacen parte de dichas actividades, las pruebas orales y escritas, los 
trabajos prácticos y escritos, etc., en lo posible, la valoración definitiva debe ser el 
producto de por lo menos dos (2) notas parciales. 
D.- ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS 
Cuando la institución determine que un estudiante no puede ser promovido al 
grado siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe
con su proceso formativo el año siguiente. 
Cada sede deberá diseñar programas específicos para educandos no promovidos 
al grado siguiente (Metodología Escuela Nueva). En todos los casos, hará un 
seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el grado, en la 
medida en que éste demuestre en el primer periodo académico, la superación de 
las insuficiencias académicas que no aconsejaron su promoción. 
Si el estudiante y sus padres están interesados en que no se repita el año escolar, 
cuando el desempeño del estudiante haya sido valorado de forma definitiva como 
bajo, se aplicará el siguiente procedimiento: 
1.- Solicitud escrita dirigida a la Rectoría al terminar el año lectivo y antes de la 
clausura; siempre y cuando que no tenga acumuladas en el año más de cinco 
faltas disciplinarias calificadas como graves en el observador del estudiante. 
2.- El Rector informará a los docentes y solicitará que éstos señalen las 
competencias no alcanzadas y que imposibilitaron su promoción así como los 
contenidos afines. 
3.- Si el estudiante cree a conciencia que está en condiciones de demostrar que 
maneja los contenidos temáticos y por ende puede alcanzar los estándares que 
quedaron pendientes; entonces, en la última semana de enero del siguiente año, 
al que se aplaza, puede solicitar por escrito a la rectoría que se ordene la práctica 
de los exámenes correspondientes, que de ser aprobados se levantará por parte 
de las comisiones de Evaluación y Promoción el Acta de promoción y se le 
renovará la matricula al grado siguiente. 
E.- COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. 
El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de evaluación 
y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de 
los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su 
delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de 
los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación 
para estudiantes que presenten dificultades. 
En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada 
período escolar, se analizarán los casos de educandos con evaluación Insuficiente 
o Deficiente en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o 
particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en 
términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de 
los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y 
al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de 
refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. 
Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con 
desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades 
especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si 
educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los
compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y 
recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán 
evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de un estudiante. 
Al terminar cada periodo en el momento de la entrega de los boletines, se 
entregarán las actividades de recuperación de las áreas en las cuales el 
estudiante presentó dificultades; el padre de familia y/o acudiente firmará la 
planilla de comprobación de entrega y adquisición de compromiso. 
2. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL 
Los resultados de las valoraciones se expresarán numéricamente en la escala de 
1 a 5 con un equivalente conceptual expresado en Desempeños: 
Rangos de Valoración Cuantitativa Equivalente Conceptual 
· De 4.5 A 5 Desempeño Superior 
· De 4.0 A 4.4 Desempeño Alto 
· De 3.0 A 3.9 Desempeño Básico 
· De 1.0 A 2.9 Desempeño Bajo 
DEFINICIÓN DE LA ESCALA DE VALORACION 
Desempeño Superior. Se asigna al estudiante cuando cumple cabal e 
integralmente con todos los aspectos: académicos, personales y sociales con el 
fin alcanzar todos los logros esperados provistos en los estándares y en el PEI. 
Se puede considerar el Desempeño Superior el estudiante que entre otras reúna 
las siguientes características: 
Alcanza la totalidad de los logros propuestos 
Es creativo innovador y puntual en la presentación de los trabajos 
académicos 
Siempre cumple con las tareas y trabajos de áreas. 
Es analítico y crítico en sus cuestionamientos. 
No tiene faltas de asistencia, 
No presenta dificultades en su comportamiento social 
Presenta sentido de pertenencia institucional 
Participa en todas las actividades curriculares y extracurriculares 
Presenta actitudes de liderazgo y sentido de trabajo en equipo. 
Desempeño Alto: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros 
previstos en los estándares y en el PEI. 
Se puede considerar el Desempeño Alto el estudiante que entre otras reúna las 
siguientes características:
Alcanza todos los logros propuestos 
N o presenta faltas de asistencia 
Presenta los trabajos y actividades oportunamente 
Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento 
Desarrolla las actividades curriculares específicas 
Presenta sentido de pertenencia institucional 
Desempeño Básico: Se entiende como la superación de los desempeños 
necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como 
referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el 
Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el proyecto educativo 
institucional. 
Alcanza los niveles necesarios 
Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso d 
aprendizaje 
Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento 
Desarrolla actividades curriculares 
Manifiesta un relativo sentido de pertenencia institucional 
El Desempeño: Bajo se entiende como la no superación de los desempeños 
necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como 
referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos. 
No alcanza los logros mínimos y requiere de actividades de refuerzo 
Después de de presentar actividades de refuerzo, persiste con dificultades 
académicas. 
Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su 
aprendizaje. 
Presenta dificultades en el cumplimiento al manual de convivencia 
Incumple constantemente con las tareas y trabajos de cada área. 
No desarrolla el mínimo de actividades 
No manifiesta sentido de pertenencia por la institución 
No demuestra interés por el desarrollo de trabajos en equipo 
Presenta dificultades para interactuar en grupo 
No demuestra interés por las actividades escolares 
Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos la 
escala institucional tendrá sus equivalentes en la escala de valoración nacional,
los cuales darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado general 
resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas obligatorias 
y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el correspondiente 
grado. 
3.- Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes: 
a.-Toda prueba escrita se estructurará y aplicará teniendo como base las pruebas 
SABER e ICFES. 
b.- Las pruebas que se apliquen deben estar relacionadas con aspectos tales 
como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de 
conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el 
proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus 
competencias para producir formas alternativas de solución de problemas. 
c.- En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de 
textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar los 
resultados de factores relacionados con la pura recordación. 
d.- Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de 
palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la 
constatación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben ser tenidas en 
cuenta en la evaluación del rendimiento escolar. 
e.- Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del 
pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y 
cooperación. 
f.- Los docentes deben aplicar diversos instrumentos de valoración. 
g.- Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados 
posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, en lo posible, de la existente 
en la biblioteca de la Institución del Municipio, o la dirección en la web. 
h.- Los trabajos individuales y en grupo deben ser planeados y asignados para ser 
realizados en clase y con la orientación del profesor. 
i.- Las tareas para la casa únicamente se justifican como complemento del tema 
visto en clase. 
j.- Es necesario que al solicitar materiales de trabajo se tenga presente que sean 
conseguibles en el contexto y que no impliquen mayores inversiones económicas 
para los padres. 
4.- Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los 
estudiantes durante el año escolar 
1) El Director de grado debe hablar con el estudiante sobre la situación académica 
o disciplinaria que se está presentando, para invitarlo a remediar la situación. 
2) Si la situación continúa igual o peor, pasará el caso a conocimiento del Rector 
3) Si en la instancia anterior no se surte ninguna solución, se aplican en su orden 
los siguientes pasos: 
a) Solicitud de la presencia del padre de familia. 
b) En el mismo documento el padre de familia devuelve la constancia de 
notificación.
c) Reunión con el padre familia, el estudiante implicado, el director de grado y los 
demás profesores que se consideren necesarios. Como resultado de esta 
diligencia queda un acta de seguimiento en formato especial. 
5.- PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES 
La valoración individual de las propias acciones, es un ejercicio fundamental en la 
formación de la persona y del estudiante en particular, además debe permitir la 
identificación de los avances y las dificultades. 
- En una autovaloración el estudiante por principio de responsabilidad podrá 
colocarse como nota máxima la correspondiente al mayor parcial obtenido en el 
periodo. 
- Un estudiante que muestre buena disciplina, interés, cumplimiento de 
compromisos y colaboración con las clases puede solicitar a su profesor que se le 
valore con una nota mínima en el rango de desempeño alto. 
6.- ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES 
PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES 
- En las horas destinadas a la realización de actividades curriculares 
complementarias se deben ejecutar actividades de refuerzo y recuperación 
tendientes a que los estudiantes alcancen las competencias no alcanzadas en el 
transcurso del periodo, estas serán señaladas por el docente del área y son de 
obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes o de lo contrario no habrá 
lugar a reclamaciones. 
- Al terminar el año lectivo se podrá programar en la última semana de labores con 
estudiantes una nivelación general para que con estos resultados la secretaría de 
la institución y bajo la vigilancia directa de las Comisiones de Evaluación y 
Promoción, se proceda a ordenar las promociones para los estudiantes que 
hayan presentado hasta el momento problemas para definir su promoción. 
- Si un estudiante de grado 11º llevase áreas perdidas, pero en las pruebas ICFES 
muestra un resultado ubicado en el nivel alto hacia adelante, se le dará como 
estímulo la aprobación con valoración de acuerdo a su desempeño en orden 
ascendente. 
Los rangos de reconocimiento serán fijados por el Consejo Académico. 
7.- Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la 
institución cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el Sistema 
Institucional de Evaluación 
1.-Al comenzar el año lectivo el profesor del área presentará a los estudiantes los 
estándares y competencias a alcanzar y el plan de valoraciones parciales de su 
respectiva área para el año.
2.-Durante la primera semana de cada periodo, los docentes deben presentar a la 
Rectoría, el plan de área. 
3.-Los Directores de Grado deben velar por que las planillas que se pasen a 
secretaría estén debidamente diligenciadas y que contengan la cantidad mínima 
de notas parciales exigidas. 
4.- Las actividades académicas o pedagógicas que se programen fuera del 
Plantel, deben planearse y presentarse a la Rectoría respectiva con la 
programación de la unidad temática a desarrollar. 
8.- PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA 
- La evaluación se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los 
que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo máximo 
de 15 días calendario el padre de familia recibirá el informe sobre el desempeño 
de su hijo. 
- Al terminar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes 
un informe final el cual contiene los datos y formalidades de un certificado de 
estudio. 
- La reunión de padres de familia programada, por periodo, en el cronograma 
general de actividades del plantel para entregar el informe sobre rendimiento 
académico y de comportamiento del estudiante son de obligatorio cumplimiento 
por parte del padre de familia o acudiente. 
9.- Estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, 
comprensibles y den información integral del avance en la formación 
- El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma 
escrita en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el proceso 
formativo en cada una de las áreas y a nivel de convivencia. Constará de la 
valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la escala y su 
equivalente cualitativo. Señalando las dificultades presentadas durante el periodo 
y las recomendaciones para mejorar. 
- El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para 
cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el 
cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para 
superar las dificultades detectadas en períodos anteriores y la valoración general 
de la disciplina. 
10.- Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y reclamación de 
padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción 
Las instancias a las cuales se puede dirigir el padre de familia o el estudiante
siguiendo el conducto regular, cuando no se sienta satisfecho con la valoración 
realizada por los docentes serán las siguientes: 
- El docente del área 
- Director de Grado 
- Comisión de Evaluación y Promoción. 
- El Consejo Académico es la instancia máxima para solucionar problemas de 
carácter académico. 
En todos los casos los interesados deberán dirigirse a las respectivas instancias, 
de manera respetuosa por escrito y fundamentado en evidencias reales no en 
supuestos. 
11.- Mecanismos de participación de la comunidad educativa en la 
construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes 
La comunidad participará del proceso de construcción del Sistema de Evaluación 
Institucional a través de sus representantes ante el Consejo Directivo, ellos 
representan a los padres de familia, tramitan sus propuestas e inquietudes y 
establecen canales de comunicación. 
ANEXOS 
· INFORMES POR PERIODO 
· BOLETINES POR PEIODOS 
· ACTIVIDADES DE RECUPERACION 
· OBSERVADOR DEL ALUMNO 
· CONSOLIDADO DE DISCIPLINA 
· ACTAS DE COMISIONES DE EVALUACION Y PORMOCIÓN
· REGISTRO DE ASISTENCIA 
· CITACIONES PADRES DE FAMILIA 
· PERMISOS 
ANEXO 1. ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACION 
GRADO:_____________ AREA: 
_________________________________PERIODO_______ 
ESTUDIANTE:___________________________________ 
FECHA DE PRESENTACION: DIA________ MES:____________________ AÑO: 
_________ 
LOGRO__________________________________________________________________ 
_________________________________________________________________________ 
__- 
I.- DESARROLLAR LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:
ACTIVIDADES EVALUATIVAS: 
1.- PRESENTACION DEL TRABAJO: _________%____ 
2.- SUSTENTACION DEL TRABAJO:_________%____ 
DOCENTE DIRECTOR DE AREA y/o GRADO: ______________________________ 
ANEXO II. PLANILLA ENTREGA DE ACTIVIDADES DE REFUERZO Y 
RECUPERACION 
GRADO:_____ PERIODO:______ FECHA : 
DIA_______MES_____________AÑO:________ 
ESTUDIANTES AREAS A RECUPERAR FIRMA DEL PADRE y/o 
ACUDIENTE 
CAPITULO VI 
PADRES DE FAMILIA 
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA 
Un padre de familia conciente de la importancia de su labor en el proceso 
de formación de sus hijos, conciliando y respetando sus decisiones 
siempre y cuando no afecten su integridad, participante activo en el 
aprendizaje, que mantenga una comunicación abierta con ellos 
propiciando un ambiente de confianza y respeto, contribuyendo a la 
adquisición de hábitos de lectura y escritura y todos aquellos que se
generen a través del buen ejemplo, un padre de familia que trate en la 
medida de sus posibilidades de suplir las necesidades básicas. 
1. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
1. Ser asesorado en la orientación de los hijos(as). 
2. Ser atendidos, escuchados y orientados cordialmente, dando solución 
oportuna y eficaz a sus inquietudes y requerimientos siguiendo el 
conducto regular. 
3. Participar en las diferentes actividades, aportar ideas, sugerencias y 
mantener continúa comunicación con la Institución. 
4. Formar parte del Consejo Directivo, Asociación de padres de Familia, 
Consejo de Padres, para colaborar efectivamente con la buena marcha 
del Establecimiento Educativo. 
5. A tener voz y voto en el Consejo Directivo mediante sus representantes 
elegidos así: 
Uno de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia 
Uno del Consejo de padres. 
6. Conocer con regularidad responsabilidad el proceso de formación que 
orienta la Institución y recibir oportunamente información escrita sobre 
los procesos académicos y convivencial de sus hijos (as). 
7. Conocer oportunamente la programación de las actividades para 
representar y respaldar al estudiante en cada uno de los eventos. 
8. Recibir trato cortes por parte de Directivos, administrativos y docentes. 
9. recibir información oportuna de las novedades educativas, normas y 
decisiones en el manejo del plantel. 
10. Vinculación de la familia en la educación, a través de talleres, 
conferencias y otras actividades programadas, escuelas de padres. 
11. Recibir constancia de pago por todo concepto. 
12. Que la s reuniones programadas sean concisas, estructuradas y 
convocadas con anterioridad (cinco días). 
2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
La familia es el primer factor de formación de la persona, y la base donde 
se inicia el proceso educativo; es así como los padres son los principales 
comprometidos con la educación de sus hijos. 
1. Conocer y asumir lo establecido en el Manual de Convivencia de la 
Institución.
2. Asumir e inducir a sus hijos el amor, respeto y sentido de pertenencia 
con su Institución. 
3. Garantizar un ambiente familiar que le permita a sus hijos continuar 
con el proceso de formación que recibe en la Institución. 
4. Participar activa y eficazmente en la educación de sus hijos, 
respondiendo por una buena presentación y aseo personal, buenos 
modales, comportamiento y rendimiento académico, uso del tiempo 
libre y asistencia responsable a clase y demás actividades en el que él 
deba actuar. 
5. Mantener relaciones de diálogo respetuoso y cortés con los demás 
integrantes de la Comunidad educativa, solicitando las aclaraciones 
necesarias en forma objetiva, respetuosa y oportuna, siguiendo siempre 
el conducto regular. 
6. Mostrar interés por el progreso de su hijo o acudido, estando en 
permanente contacto con la Institución y asistiendo el día y la hora que 
señalen Directivos, Docentes u otros para entrevistas, seguimientos 
personales o Asambleas Generales. 
7. Controlar diariamente la asistencia puntual a la Institución, regreso a 
casa, la ejecución de tareas y trabajos, el uso adecuado de los 
uniformes y responder por los daños que ocasionen sus hijos (as) en la 
Institución. 
8. Proveer a sus hijos con útiles y elementos de trabajo para su buen 
desempeño escolar y proporcionar los medios económicos para que 
asistan a las salidas pedagógicas programadas, para el pago de servicio 
de Restaurante Escolar, Refrigerio y otros. 
9. Afiliar a sus hijos(as) a una empresa prestadora de servicios de salud o 
en su defecto al SISBEN. 
10. Interesarse por el comportamiento social de sus hijos(as) dentro y 
fuera de la Institución. 
11. Promover y rescatar los valores morales, éticos, espirituales, 
culturales y sociales de sus hijos(As). 
12. Infundir el respeto hacia los compañeros de estudio, Docentes, 
Directivos, Administrativos y demás personas de la Comunidad. 
13. Pagar oportunamente matrícula, pensiones, otros cobros y demás 
obligaciones contraídas con la Institución de acuerdo al plazo dispuesto 
por el Consejo Directivo. 
14. Proporcionar los uniformes de diario y Educación Física e inculcarles 
el buen uso de los mismos. 
15. Presentarse al día siguiente ante la rectoría del plantel, Docente 
encargado de la Disciplina y el Director de Grado para justificar la 
inasistencia de su hijo(a) o acudido. 
16. Participar solidariamente en la planeación y ejecución de trabajos o 
actividades que el Consejo Directivo, Asociación de padres de Familia o 
Asamblea general de padres de Familia programen en beneficio de la 
institución educativa.
17. Hablar bien de la Institución, Docentes, Directivos, Administrativos 
y demás representantes de la Comunidad educativa. 
18. Controlar y verificar el porte digno del carne estudiantil de sus 
hijos(as). 
3. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
1. Exaltación pública de padres de familia en honor al cumplimiento de 
funciones propias de su cargo. 
2. Celebrar, por parte de directivos, docentes, estudiante y demás 
estamentos comunitarios el DÍA DE LA FAMILIA, en la fecha prevista. 
3. Integrar a los padres de familia en actividades recreativas, culturales, 
deportivas, convivencias, excursiones, otros. 
4. Integrar a los padres de familia en las celebraciones especiales como las 
del Día de la Madre, La Familia, Día del Colegio. 
5. Solidaridad espiritual, económica o trabajo comunitario con la 
comunidad educativa, en caso de calamidad o en ocasiones requeridas. 
6. Participación en talleres y seminarios programados por la Institución o 
invitados por entidades varias. 
7. Participar en programas de capacitación que la Institución organice 
para el desarrollo de la comunidad. 
3. CORRECTIVOS 
FALTA LEVE 
Toda infracción que por su materia, intención y consecuencia, infrinjan 
levemente el presente manual, o produzca trastornos menores en el buen 
funcionamiento de la Institución. Se consideran faltas leves: 
1. Incumplir por primera vez con cualquiera de los compromisos 
estipulados en el Manual de Convivencia. 
PROCEDIMIENTO: 
Citación a la Institución para conversación con quien se presente el 
incumplimiento, con registro en el observador del alumno.
FALTA GRAVE 
Toda infracción que por su materia, intención y consecuencia, infrinja 
gravemente el presente manual, o produzca trastornos graves en el buen 
funcionamiento de la Institución. Se consideran faltas graves: 
1. Reincidir en la falta de cumplimiento de los compromisos anotados 
en el Manual de Convivencia. 
2. Faltar a la entrega de boletines o cuando su presencia sea requerida. 
3. Maltratar física o sicológicamente al menor. 
4. Maltratar física o sicológicamente a cualquier miembro de la 
Institución y Comunidad Educativa. 
PROCEDIMIENTO: 
Citación a la Institución con firma de compromiso escrito en el observador 
del alumno(a). 
Si el padre o acudiente no se presenta cuando su presencia sea requerida, 
dos veces consecutivas deberá asistir obligatoriamente a una charla 
organizada por la rectoría. 
FALTA MUY GRAVE 
Aquella que además de reunir las condiciones anteriores, afectan de tal 
manera a la Institución o a sus miembros en el orden físico o moral, que 
se hace necesario remitir el caso para que sea estudiado por el Consejo 
Directivo. 
Se consideran faltas muy graves: 
1. Reincidencia en laS faltas graves. 
2. Despreocupación total por el hijo(a). 
PROCEDIMIENTO: 
Informe y traslado del caso al ICBF y Personería Municipal. 
Retiro del hijo(a) de la Institución determinado por el ICBF o Personería 
Municipal. 
CAPITULO VII 
DE LOS EDUCADORES
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Santa isabel iet san rafael manual de convivencia actualizado

  • 1.
  • 2.
  • 3. MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL MUNICIPIO SANTA ISABEL TOLIMA
  • 4. MANUAL DE CONVIVENCIA PARA LOS ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA, EDUCADORES Y ADMINISTRATIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL DE SANTA ISABEL TOLIMA, SEGUN LINEAMIENTOS DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION O LEY 115 DE 1994 Y SUS REGLAMENTARIOS DE CONFORMIDAD AL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
  • 5. INTRODUCCION El Manual de Convivencia es un conjunto de normas y preceptos establecidos mediante concertación por la Comunidad Educativa para enmarcar las Relaciones Sociales de Estudiantes, Profesores, Padres de Familia, Exalumnos, Directivos y Administrativos con La Institución Educativa Técnica San Rafael y determinar los procesos de orden Académico, Disciplinario y Administrativo. El Manual de Convivencia, debe ser libremente aceptado por los miembros de toda la Comunidad y pretende la FORMACION INTEGRAL, Humanística, Científica y Tecnológica de los Estudiantes y Profesores, el logro de los objetivos de la Institución, el buen comportamiento individual y social de los alumnos y en general de toda la comunidad Educativa de La Institución Educativa Técnica San Rafael. El Manual de Convivencia es un instrumento que contribuye a la formación moral y facilita a los estudiantes y profesores, una participación consciente y responsable en todos los actos de su vida, procurando siempre el bienestar y promoción de la persona. Se Pretende con este Manual de Convivencia que el estudiante como centro del proceso Educativo, participe activamente en su propia formación integral, así mismo ésta Institución establece las condiciones de permanencia de lo (la) estudiante (s) y el respeto por el debido proceso en busca de una sana convivencia
  • 6. PRESENTACION El manual de Convivencia de acuerdo con los dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia. El reglamento o Manual de Convivencia (artículo 17 del decreto 1860) debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad Educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos: 1. Reglas de higiene personal y de salud pública, que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumos de sustancia psicoactivas. 2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. 3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar 4. Definición de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de dialogo y de conciliación. 6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. 7. Definición de acciones pedagógicas aplicables a los alumnos incluyendo del derecho a la defensa 8. Reglas para la elección de representantes al Concejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás concejos previstos en el presente Decreto. Deben incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes.
  • 7. 9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte y recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la Institución a los alumnos. 10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. 11. En cargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de material didáctico de uso general libros, uniformes, seguros de vida y de salud. 12. Reglas para el uso del bibliobanco y la biblioteca escolar.
  • 8. MARCO LEGAL  Constitución política de Colombia Artículo 67: la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento a la ciencia a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura  Decreto 2737 de 27 de noviembre de 1989 - Codigo del menor ¨Determinar los principios rectores que orientan las normas de protección al menor, tanto para prevenir situaciones irregulares como para corregirlas.¨  Ley 1098 de 2006, Codigo de Infancia y Adolesencia , Articulo 1º Determinar los principios rectores que orientan las normas de protección al menor, tanto para prevenir situaciones irregulares como para corregirlas.  Ley 1620 de 15 marzo de 2013 ¨por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar¨.  Decreto 1965 de 11 septiembre de 2013 ¨por el cual se reglamenta la ley 1620 de 2013, por medio de la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar¨.
  • 9. FILOSOFIA INSTITUCIONAL Construir caminos de conocimiento cultura y trabajo, formando personas analíticas, críticas y creativas, con principios éticos y morales, constructores de su propio proyecto de vida, con capacidad de liderazgo, que los conduzca a interactuar con su medio natural, social y cultural, hacia la consecución de la democracia, la paz y la convivencia, apoyándose en el conocimiento para alcanzar el desarrollo de las competencias a través de la Especialidad en Computación y Cultura Cafetera.
  • 10. VISION LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL, COMO INSTITUCION EDUCADORA, CONTRIBUIRA AL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DE SAN RAFAEL SANTA ISABEL TOLIMA, POR MEDIO DE LA INVESTIGACION, LA CONSTRUCCION Y DIFUSION DEL CONOCIMIENTO, PROPENDIENDO POR LA FORMACIÓN ETICA, MORAL, ESTETICA, CRITICA, CIENTIFICA, TECNOLOGICA Y CONSCIENTE DEL ESTUDIANTE, A TRAVES DE LOS PROCESOS PEDAGOGICOS, DE LA PARTICIPACIÓN DEMOCRATICA Y CONVIVENCIA COMUNITARIA, PARA LO CUAL MANTENDRA EL COMPROMISO DE TRABAJO Y UNA ALTA VALORACION DEL MAESTRO, FRENTE A LA COMUNIDAD EDUCATIVA, EN COHERENCIA CON LAS ASPIRACIONES Y SOLUCION DE LAS NECESIDADES Y EL LOGRO DE UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA DEL CONTEXTO POBLACIONAL CONLLEVANDO AL EGRESADO A SER UNA PERSONA COMPETENTE PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL, QUIEN APORTARA SU SABER Y SU SABER HACER, LA TRASCENDENCIA Y DESARROLLO DE LA REGION.
  • 11. MISION LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL, OFRECE EL SERVICIO EDUCATIVO EN LOS NIVELES PREESCOLAR, BASICO Y MEDIO TECNICO EN LA ESPECIALIDAD EN COMPUTACION Y CULTURA CAFETERA, EDUCA CON CALIDAD E INTEGRALMENTE AL ESTUDIANTE, COMO CENTRO DEL PROCESO DE ENSEÑANZA, MANTENIENDO EL EQUILIBRIO ENTRE LA ADQUISICION DEL CONOCIMIENTO Y LA FORMACION EN VALORES, QUE CONDUCEN A LOGRAR CIUDADANOS PROVISTOS Y CONSCIENTES DE COMPETENCIAS EN LO ACADEMICO, COMPORTAMENTAL Y LABORAL DE ACUERDO A LOS ESTANDARES DE CALIDAD EDUCATIVA Y VISION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.
  • 12. EMBLEMAS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL 1. BANDERA Formada por Tes.(3) colores en franjas horizontales de igual dimensión a. VERDE: Significa las plantaciones de café. b. BLANCO: Significa la planta de café en plena florescencia c. ROJO: Significa el grano de café maduro 2. ESCUDO Forma de triángulo. Ubicado en forma vertical. Dividido por una franja diagonal de derecha a izquierda de abajo hacia arriba. En la franja derecha se encuentra un computador con un grano de café como protector de pantalla,. Significa el conocimiento y la tecnología. En la franja izquierda aparece un sol, que significa el saber. En la franja diagonal aparece una lectura que dice “Cultura Cafetera” , significa la Especialidad. En el recuadro exterior parte superior, aparece un letrero: “Conocimiento Cultura y Trabajo” Significa la filosofía institucional. Y en la parte inferior del recuadro aparece el nombre de: Inst. Educ. Téc.. San Rafael, Significa la Razón Social de la Institución.
  • 13. 3. HIMNO A la Institución Educativa Técnica San Rafael, Todos listos llegamos a aprender Con inteligencia y fe en la ciencia, Porque el conocimiento es el deber. Coro Amo la ciencia y amo el deber Amo la vida como amo mi hogar Amo la paz y quiero a San Rafael, Pues es mi familia y es mi querer. Le canto a la Institución San Rafael Porque me brinda sabiduría, Me cultiva la mente con ideal Con optimismo con gallardía Coro (Bis) El tiempo en mi memoria no pasará La vida y la virtud, en mí triunfarán, Mis maestros insignes siempre serán Los caminos de amor en formación. Coro (Bis) Con Amor y mucha ternura En la lúdica fabrico el saber, Serán la fuente al cumplir el deber Quiero a la institución y quiero el saber. Coro (Bis) Soy estudiante, alegre y capaz Es mi familia un remanso de paz, Creo los senderos de amor y mistad Amo a mi patria y también la libertad. Autor: German Varón Cardoso (Exrector)
  • 14. ACUERDO No 046 (Octubre 10 de 2014) Por medio del cual se adopta modificaciones al Manual de Convivencia de la Institución Educativa Técnica San Rafael, El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica San Rafael en uso de las facultades legales conferidas por la Ley 115 de 1994 , ley 1620 de 13 marzo de 2013 y el decreto 1965 de septiembre 11 de 2013, sus Decretos reglamentarios y de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional y, C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con las modificaciones, ajustes y revisiones aprobados al Manual de Convivencia según Acta 046 No. de fecha 10 de Octubre de 2014 A C U E R D A: Adoptar las modificaciones y ajustes al Manual de Convivencia aprobadas por el Consejo Directivo según Acta 046 No. de fecha 10 de Octubre de 2014, CONSEJO DIRECTIVO ELIAS ARTURO CASAS ORTEGON Rector y Presidente LUZ MARINA VALERO Secretaria, Representante Docente OLGA RAMIREZ PRADO Representante Padres de Flia. OSCAR JULIAN PALACIOS Representante Padres de Flia. RUNELBA GALICIA GARZON Representante Exalumnos FRANCISCO CRUZ Representante Sector Productivo SANDRA LILIANA REINOSOS CORTES Representante Docentes LEIDY TATIANA SANTOFIMIO Representante Estudiantes
  • 15. CAPITULO I OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL ARTICULO PRIMERO: Establecer los objetivos Académicos y de formación integral que conlleve al educando a un normal proceso educativo y de convivencia social que le permita trascender en todos los espacios y contextos. OBJETIVO GENERAL Implementar principios básicos que conduzcan a la convivencia Social entre los miembros de la comunidad Educativa de la Institución Educativa Técnica San Rafael. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. Inculcar valores que redunden en la formación integral del educando. 2. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de la comunidad Educativa. 3. Cultivar el sentido crítico, analítico, práctico y de investigación. 4. Optar principios de autonomía, equidad, solidaridad y justicia social para la convivencia Social. 5. Orientar al estudiante para que logre un desarrollo integral y sea una persona útil a la sociedad en la cual se desempeña. 6. Fomentar hábitos de conducta social, como la responsabilidad, honradez, honestidad, puntualidad, pulcritud, solidaridad y autoformación. 7. Desarrollar la capacidad de análisis que le permita valorar los diferentes aspectos de la vida diaria. 8. Crear hábitos de salud e higiene para un mejor desarrollo físico, mental y una sana convivencia social 9. Cultivar valores éticos y morales a través de la vida diaria. 10. Conscientizar al estudiante, al docente y al padre de familia de la función que le corresponde desempeñar como miembro de la Comunidad Educativa. 11. Brindar una Orientación vocacional que les permita un buen desempeño en su vida futura. 12. Reconocer la importancia de los valores humanos y su respeto para las buenas relaciones en comunidad.
  • 16. 13. Reconocer la importancia del desarrollo individual y comunitario como base del progreso de toda sociedad culta y civilizada. 14. Encauzar el comportamiento del alumno según las necesidades de promoción y trascendencia humana. 15. Promover el desarrollo y ejecución de proyectos pedagógicos, productivos y de servicio social, como requisitos de promoción del Bachiller Técnico. 16. Conocer y difundir a la comunidad educativa a través de talleres los diferentes aspectos del Manual de Convivencia para una mejor comprensión entre los estamentos educativos. 17. Cumplir los lineamientos del Proyecto Educativo Institucional de La Institución Educativa Técnica San Rafael y las Normas Educativas emanadas por el MEN o la Secretaria de Educación respectiva. ARTICULO SEGUNDO: Una vez firmada la matricula, el estudiante, Padre de Familia y/o Acudiente se comprometen a cumplir el presente Manual de Convivencia. CAPITULO II PROCESO DE MATRICULAS ARTICULO TERCERO: El aspirante a ingresar como estudiante de La Institución Educativa Técnica San Rafael deberá: 1. Llenar los requisitos vigentes en su situación académica al momento de la matrícula. a. Registro Civil de Nacimiento (reciente con estampilla). b. Documento de identidad (T.I o C.C) c. Certificado de estudio de los años anteriores e. Tres fotos recientes, tamaño carnet f. Otros documentos que la Institución estime conveniente (paz y Salvo Institucional , RH, Certificado de Comportamiento Social). 2. Los estudiantes que han presentado dificultades de comportamiento social y matrícula en observación se admitirán teniendo en cuenta el concepto del Consejo Directivo, debidamente registrado en el libro de actas de reuniones de Consejo Académico, Comité de Evaluación, Observador del Estudiante y Libro Diario de Disciplina. ARTICULO CUARTO: Para alumnos que ingresen al grado Preescolar deberán tener cinco años cumplidos al momento de la matrícula y/o
  • 17. quienes los cumplan hasta el 31 de marzo del año en curso. De igual manera deberán presentar el Carne del Control de Crecimiento y Desarrollo. ARTICULO QUINTO: Cada estudiante tendrá en ausencia de sus padres, un acudiente previamente aceptado por la Institución, salvo los que permita la ley bajo responsabilidad del Rector. PARAGRAFO: Los Directivos Docentes, Docentes y demás empleados del plantel no podrán servir de Acudiente a los estudiantes del mismo establecimiento educativo, salvo cuando se trate de sus hijos, hermanos o familiares hasta en cuarto grado de consanguinidad. ARTICULO SEXTO: En ningún caso se autorizará la matrícula sin el lleno de los requisitos exigidos por el MEN y por la Institución Educativa. ARTICULO SEPTIMO: En lo referente al costo de derechos académicos (matricula, pensiones), constancias, validaciones, derechos de grado y otros cobros, se cumplirá conforme a las disposiciones vigentes del MEN y de la Secretaria de Educación Departamental y del Consejo Directivo de la Institución. CAPITULO III UNIFORMES PARAGRAFO: Presentarse aseado, peluqueado, sin extravagancias o con elementos o prendas de vestir diferentes a las estipuladas, correctamente vestidos con el uniforme de Diario o de Educación Física. UNIFORMES UNICOS DEPARTAMENTAL DIARIO: Para Personal Femenino: · Falda pantalón azul oscuro en lino o dacrón con prenses según modelo del departamento a la altura de la rodilla; Camibuso blanco con el escudo de la Institución al lado izquierdo, el cual debe ir vestido por dentro de la falda; media media blanca; zapato negro tipo colegial debidamente lustrados. OPCIONES:
  • 18. . Buso colegial azul oscuro en lana, con cuello V; los accesorios para el cabello como balacas, hebillas o bambas deben ser de color negro, azul oscuro o blancas. Para Personal Masculino: Pantalón azul oscuro en lino o dacrón; Camibuso blanco con el escudo de la Institución al lado izquierdo, el cual debe ir vestido por dentro del pantalón; Zapatos negros tipo colegial debidamente lustrados; correa negra; medias azul oscuro. OPCIONES: Buso colegial azul oscuro en lana, con cuello V; Camiseta de fondo blanco completamente. UNIFORME DE EDUCACION FISICA PERSONAL FEMENINO Y MASCULINO . Sudadera Vinotinto con franja lateral amarillo (oro); Camibuso blanco con cuello vinotinto, vestido por fuera; Pantaloneta vinotinto con franja lateral amarillo (oro); medias blancas con dos franjas vinotintos en la parte superior; tenis rojos. OPCION: Chaqueta Vinotinto según modelo departamental. PARAGRAFO 1: este uniforme se utilizará solamente los días que haya clase de Educación Física y jornadas deportivas. PARAGRAFO 2: Los alumnos y alumnas nuevos deben presentarse debidamente uniformados el lunes siguiente a la Semana Santa. PARAGRAFO 3: Los alumnos y alumnas antiguos deben presentarse debidamente uniformados al inicio del año lectivo. CAPITULO IV
  • 19. NORMAS GENERALES DE COMPORTAMIENTO ARTICULO OCTAVO: Todos los estudiantes de la Institución Educativa Técnica San Rafael, están en la obligación de observar las siguientes normas generales de comportamiento social: 1. Honradez, buenas maneras, respeto, a sus profesores y compañeros evitando el mal trato, las palabras soeces. 2. Aceptar respetuosamente la autoridad de los profesores y directivos del plantel. 3. El comportamiento fuera del Instituto (calles, sitios públicos de diversión o recreativos, etc.) debe ser correcto, observando buenas maneras para enaltecer el buen nombre de la Institución y el de su conglomerado social (artículo 68 constitución). 4. Mostrar interés por la observación y utilización correcta de los servicios sanitarios, elementos de aseo, muebles y demás Enseres del plantel. 5. Responder por los daños causados del Instituto en cuanto a planta física, material educativo, elementos de oficina, equipos destinados a las ayudas educativas, pupitres, útiles y objetos personales de sus compañeros. 6. Velar por la conservación de las plantas decorativas del establecimiento y en general de todos aquellos elementos que estén destinados al embellecimiento y funcionamiento del Instituto (instalaciones eléctricas, grifos, paredes, puertas, cercado, chapas, candados, ventanas, elementos de aseo, etc.). 7. Evitar todo acto que atenté contra la moral de las personas o de sus compañeros en particular. 8. Cumplir puntualmente el horario de clases y el que corresponda a cualquier otra actividad o acto en comunidad programado por el Instituto, observando un comportamiento acorde con las normas de convivencia social. 9. Evitar el uso de joyas finas durante las jornadas de clase o de Educación Física, pues, el Instituto no se responsabiliza de los objetos personales valiosos, ya que es responsabilidad del estudiante. 10. Colaborar, participar y trabajar en toda clase de acción proyectada para el mejoramiento del Instituto y en beneficio de la comunidad. CAPITULO V
  • 20. 1. PERFIL DEL ESTUDIANTE De acuerdo con la constitución política de Colombia la ley General de Educación y la filosofía del proyecto Educativo institucional el perfil del estudiante será el siguiente: EDUCACIÓN PREESCOLAR: Los educandos al finalizar el nivel de Educación Preescolar, serán niños y niñas creativos sensibilizados y dotados de habilidades y destrezas, en los aspectos cognoscitivos, socio-afectivos y de spicomotricidad, para iniciar el proceso de enseñanza aprendizaje, en el Nivel de Educación Básica Primaria. QUINTO DE EDUCACIÓN BASICA PRIMARIA: tendrá la capacidad de continuar el proceso de aprendizaje de la comunicación, a través de la lecto-escritura, de la lógica matemática, por medio del análisis, comprensión y planteamiento de problemas que implican las cuatro operaciones y una buena relación con el medio ambiente social, familiar y natural, además estará abierto al proceso de formación personal, fundamentado en la convivencia y la practica de valores. EL BACHILLER: EL Bachiller Egresado de la Institución Educativa Técnica San Rafael, tendrá aprecio por la Cultura Cafetera y valorará su economía como principal soporte de subsistencia de la comunidad, Estará en capacidad para iniciar proyectos de cultivo de Café en forma individual, asociado y/o familiar. Planeará y ejecutará un Proyecto de Cultivo de Café como requisito para obtener el Titulo de Bachiller Técnico en la Especialidad. Dispondrá de Competencias para el manejo eficaz de programas útiles de computación, que le permitirá avanzar en tareas de investigación y poseerá los conocimientos fundamentales para iniciar sin dificultad la educación superior. De igual manera será una persona feliz que se halle comprometida con el mejoramiento de su proyecto de vida, fundamentado en la comunicación y valores de convivencia como autonomía, respeto y responsabilidad. Que vivencie de manera coherente su ser y su actuar en su vida familiar, laboral y de apoyo al Proyecto de la Nación, Que se apropie del conocimiento desde las diversas disciplinas contribuyendo de manera continua, en el descubrimiento y desarrollo de sus potencialidades, para fomentar su capacidad analítica, crítica, innovadora en busca de alternativas de solución a situaciones de su vida cotidiana. .
  • 21. 2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO NOVENO: Todo estudiante de la Institución Educativa Técnica San Rafael tiene derecho a: 1. Ser orientado por profesores competentes, de estructurada personalidad y pedagógicamente preparados. 2. Ser atendidos cortés y oportunamente por todos los estamentos del plantel educativo. 3. Ser respetados en su dignidad personal por parte de directivos, administrativos, profesores y empleados de la Institución 4. Recibir de sus profesores testimonio de cultura, moral, civismo y relaciones humanas 5. Ser tratado con imparcialidad, respeto y consideración 6. Que los procesos pedagógicos se desarrollen de acuerdo a los programas, del plan de estudios, ayudas educativas y estándares por áreas. 7. Si un compañero interfiere en el normal desarrollo de las actividades académicas, se le solicitara retirarse del salón. 8. Que sus trabajos sean evaluados y devueltos oportunamente con sus correcciones. 9. Conocer oportunamente los logros y deficiencias en el momento en que se apliquen: Lecciones orales, escritas, tareas, investigaciones, consultas, etc. 10. Que las condiciones locativas, mobiliario, organización escolar recursos didácticos y bienestar estudiantil, respondan a las necesidades de los estudiantes. 11. Solicitar explicación sobre temáticas de estudio cuando ello sea necesario. 12. Conocer la Programación y la planeación de su enseñanza y recibirla oportunamente. 13. Ser evaluado con su rendimiento académico. Que sus conceptos sean el resultado de tareas, exposiciones, investigaciones, trabajos aplicados, demostraciones, pruebas objetivas; por sus aptitudes, creatividad, etc. Que los criterios evaluativos de cada periodo, se ajusten a las normas de ley. 14. Que se les dé a conocer sus conceptos definitivos en cada período, respetando el derecho a su intimidad, antes de ser consignadas en la planilla respectiva de Evaluación. Después no será viable ninguna reclamación. 15. Ser informados periódicamente sobre su rendimiento académico y comportamiento social. 16. Que nunca se tome el aspecto disciplinario para la evaluación de su rendimiento académico.
  • 22. 17. Presentar solicitudes, formular quejas y hacer sugerencias siguiendo el respectivo conducto regular, teniendo como base la conciliación. 18. Ser oídos y defenderse, antes de aplicárseles cualquier tipo de correctivos por infracciones disciplinarias y/o académicas. 19. Presentar justificaciones por escrito de su inasistencia a la Institución de manera clara y estética ante el director de Grado. 20. Que se les expida certificaciones de estudio, conducta y constancias de asistencia, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles. Res. 12376, Art. 13 de agosto de 1978). Cada vez que soliciten este servicio, siempre que se encuentren a paz y salvo por todo concepto con la Institución y pague los derechos correspondientes. 21. Utilizar los elementos didácticos y de recreación, siempre y cuando respondan económicamente por los daños causados, si se presentaren. 22. Representar al Instituto en actividades científicas, culturales y deportivas que se programen. 23. Conocer oportunamente el Calendario Académico y el cronograma de actividades del Instituto, actualizado. 24. Que se les conceda los estímulos que otorga el plantel 25. Recibir conferencias y talleres formativos. 26. Conocer en forma total y oportuna el Manual de Convivencia de la Institución. 27. Participar en la conformación, ejercicio y control del gobierno escolar, para lo cual pueden elegir y ser elegidos por parte de consultas y demás formas de participación democrática y participativa. 28. Todos los estudiantes tendrán derecho a la intimidad personal y familiar y su nombre deberá ser respetado por la misma comunidad. 29. Cualquier estudiante de la comunidad educativa tiene derecho a la honra en su integridad física, moral e intelectual. 30. Registrar en el observador los aspectos positivos de los estudiantes. 31. Recibir el Carnet Estudiantil en los primeros quince días hábiles después de iniciadas las clases. 32. Los estudiantes tiene derecho a la puntualidad del profesor en las clases asignadas. 33. Ser escuchados en sus reclamos o insinuaciones de índole académico o de comportamiento general, cuando la solicitud se haga con respeto y cortesía. De no atenderse el presente derecho los alumnos podrán dirigirsen al superior inmediato siguiendo el conducto regular existente. 34. No se considera como inasistencia, el estudiante que por cualquier motivo se encuentra en reunión o desempeño de una actividad en beneficio del Instituto, teniendo autorización de la Coordinación o Dirección. 35. Disfrutar de un espacio lúdico y cultural enmarcado dentro de una programación Institucional. 36. Los alumnos que después de programadas las fechas de Recuperación y nivelación al finalizar el año escolar, persisten en la
  • 23. insuficiencia o deficiencia del logro hasta en 2 áreas tendrán una nueva oportunidad al iniciar el nuevo año escolar (semana anterior a la iniciación de clase). 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 1. Acatar en su totalidad el Manual de Convivencia Institucional. 2. Acatar con respeto las observaciones que les hagan sus directivos o docentes que les orienten o no clases, y a todas las personas que conviven a diario en la Institución, integrantes de la Institución Educativa (Secretaria, Auxiliar de Servicios Generales, etc. ) 3. Cumplir con el horario de clases establecido de lunes a viernes. 4. Participar objetivamente en las actividades de clase y comportarse correctamente durante las mismas y fuera de ellas sin interrumpir su desarrollo 5. Adquirir los elementos de trabajo necesarios para el desarrollo de actividades curriculares 6. Asistir al plantel uniformado conservando las normas elementales de higiene, tanto en el vestuario como en los utensilios escolares 7. Contribuir con el aseo permanente de las aulas y demás dependencias del Instituto en colaboración con los compañeros en las respectivas comisiones de aseo. 8. No arrojar desperdicios ni residuos al aula de clase o en los patios de recreación. Tampoco ingerir alimentos en la formación, en clase o en actos de comunidad. 9. Presentar evaluaciones y trabajos en las fechas y horas señaladas 10. Permanecer en los salones durante los cambios de clase, y en horas de descanso, fuera de estos, pero en los sitios autorizados. 11. Respetar la propiedad ajena. 12. Respetar todas las carteleras, anuncios y elementos ubicados dentro y fuera de las aulas de clase. 13. Para salir del plantel en horas laborales solicitar permiso al Profesor de disciplina de turno, director de grado, Profesor de Clase, siempre y cuando la solicitud sea de fuerza mayor, previa solicitud escrita del acudiente o Padre de Familia. 14. Asistir puntualmente a todos los actos culturales, deportivos, cívicos, formación y otros que programe la Institución. 15. Respetar la integridad Física y moral de todos y cada uno de los miembros de la Institución. 16. Guardar discreción y tacto en todas sus actuaciones, así como también respetar las creencias y convicciones religiosas y políticas de las demás. 17. Entregar citaciones y circulares que sean enviadas por el Instituto a los padres de familia, como también las respuestas enviadas por los mismos.
  • 24. 18. Respetar los emblemas de la patria y los de la Institución. 19. Considerar la Biblioteca como recurso de consulta y formación y hacer uso de ella, en el horario establecido, cumpliendo fielmente su reglamento y teniendo especial cuidado con el buen uso y manejo de los libros, revistas, periódicos, etc. No arrancar hojas o destrozarlas. 20. Cuando por ausencia justificada se deja de presentar un trabajo o evaluación debe hacerlo dentro de los tres días laborales siguientes a su presentación en el plantel 21. Recibir por inventario el pupitre puesto a su servicio, sin escrito, manchas, perforaciones y entregarlo pintado al finalizar el año escolar; conservarlo así durante el año. 22. Terminada la jornada diaria de clases, los sábados y festivos no podrán portar los uniformes reglamentarios de la Institución. 23. No festejar actos dentro y fuera de la Institución utilizando elementos que atenten contra la integridad física del estudiante (Celebraciones con agua, maizena, huevos, etc.) 24. El estudiante debe permanecer en el salón de clases durante el desarrollo de esta y, en caso de ausentarse, debe solicitar permiso al profesor de clase, profesor de Disciplina. 25. Respetar y conservar un buen estado los elementos que la Institución facilita y responder por los daños que se ocasionen en ellos en un término de cinco días hábiles. 26. participar con responsabilidad e enteres en los procesos democráticos de la vida escolar y asumir a plenitud la responsabilidad adquirida cuando es elegido representante del curso, representante de los estudiantes al Consejo Directivo, Personero Estudiantil y otros Cargos. 27. Portar visiblemente el carne estudiantil debidamente diligenciado y la fotocopia del carne del servicio medico o SISBEN. 28. respetar y cumplir los acuerdos logrados por consenso y no defraudar la confianza y buena fe de los demás. 29. Aportar soluciones responsables que fomenten el clima de armonía cuando se presenten conflictos entre sus compañeros. 30. Abstenerse de manifestaciones amorosas dentro de la Institución. 31. Comportarse debidamente con respeto y tolerancia en el vehículo que los transporta a la Institución- Casa y viceversa; de igual manera al tomar el servicio de Restaurante y Refrigerio Escolar. 32. Acatar con respeto las observaciones que le hagan sus directivos, docentes que les orienten o no clases, a todas las personas que le conviven a diario en la Institución; integrantes de la Comunidad educativa (Secretaria, Auxiliar de Servicios Generales). ARTICULO DECIMO: Queda reglamentada la asistencia de la siguiente manera:
  • 25. Jornada Continua de 8:00 A.M. a 1:45 P.M. PARAGRAFO: Los estudiantes deben presentarse a la Institución (10) minutos antes de la hora indicada. 1. Todo estudiante está obligado a asistir como mínimo al plantel el 75% de las actividades académicas de lo contrario el Grado se perderá. 2. Cuando el estudiante justifica su inasistencia y en ese día tiene evaluación esta debe presentarse en los tres días hábiles siguientes. 3. Estudiante que injustificadamente no asista a clases, ha su regreso se solicitara la presencia en el Plantel del estudiante con el respectivo padre o acudiente. 4. Toda ausencia por enfermedad y otros motivos debe ser justificada oportunamente. En caso de ausencia prolongada debe presentarse con el padre o acudiente con la debida justificación. En ningún caso se admiten justificaciones por teléfono. 5. El estudiante que se sienta incapacitado para ejecutar ejercicios gimnásticos o de otro tipo físico, deberá presentar la respectiva incapacidad medica, informando oportunamente al director. Este estudiante quedara supeditado a presentar trabajos teóricos o de investigación . 6. Presentarse en la Institución con puntualidad para cumplir la Jornada Escolar que va de: JORNADA CONTINUA: Desde las 7:50 am. se ingresará a la Institución hasta las 12:00 m. para Preescolar; hasta la 1:00 pm. para Primaria Bloque 1, Sede la Candelaria y Sede el Corozo, sede Colon, sede Estrella Colon, sede San Isidro, sede Buenavista y hasta la 1:45 p.m. para Secundaria y Media Técnica. Quien llegue después de las 8:00 am. debe presentarse con acudiente o padre de familia. ARTICULO DECIMO PRIMERO: De los actos que atenta contra la integridad de docentes, directivos, Administrativos o de miembros de la Institución y el buen nombre del plantel y el orden de funcionamiento Institucional. Son faltas las siguientes: 1. Los retardos y ausencias a clases o actos de comunidad sin justificación. 2. Las salidas del plantel, sin el debido permiso. 3. Introducir al Instituto cigarrillos, bebidas alcohólicas o estupefacientes. 4. El uso de naipes y demás juegos de azar dentro de la Institución. 5. Evasión del plantel de cualquier actividad académica o actos de comunidad.
  • 26. 6. Entrar o salir al plantel por lugar diferente a la entrada principal. 7. Jugar dinero dentro del plantel o en sus alrededores. 8. Hurtar, estafar o cometer delitos contra la propiedad ajena. 9. Portar armas o elementos contundentes dentro o fuera de la Institución destinados a herir o maltratar. 10. Traer al plantel libros, revistas o publicaciones pornográficas. 11. Asistir al plantel bajo los efectos del alcohol o cualquier estimulante pernicioso. 12. Promocionar pugnas y rivalidades que conllevan a enfrentamientos de carácter político o el establecimiento de centros o comités partidistas entre los estudiantes, dentro de la planta física. 13. Destruir o mutilar obras, muebles o demás enseres del Instituto, como también el uso inadecuado de implementos del plantel. 14. Traer al Instituto grabadoras, radios o cualquier otro objeto que interfiera con el normal desarrollo de las clases, con excepción de cuando las necesidades curriculares lo requiera. 15. Utilizar el uniforme en horas que no correspondan a estudio o actos de comunidad. Maquillaje, pintado de uñas, uso de adornos extravagantes o prendas distintas al uniforme de clases. 16. Mal comportamiento Social y bajo rendimiento académico serán motivos para la expulsión de un alumno ( sentencias: T-316 de 10/12/94, T-596 de Diciembre 7 de 1994) 17. Mal comportamiento en actos religiosos, aulas, laboratorios, biblioteca, Sala de video, salas de Cómputo, establecimiento públicos, escenarios deportivos y culturales. 18. El irrespeto y la riña entre compañeros de estudio dentro y fuera de la Institución 19. Intento de insubordinación y su ejecución en contra de las autoridades de la Institución. 20. Atender visitas de novios y manifestaciones amorosas dentro del plantel. 21. Las agresiones a mano armada dentro y fuera del plantel; amenazas o insultos a cualquiera de los miembros de la Institución. 22. Todo intento de fraude en las lecciones, tareas, trabajos, previas. Falsificación de documentos, calificaciones y excusas. 23. Entrar a la Rectoría, Secretaria o a la Sala de Profesores sin la debida autorización. 24. Ocasionar deliberadamente daños a la planta física, material didáctico, carteleras, horarios, material de trabajo. Sacar pupitres, sillas y otro tipo de muebles de salón de clases o de la Institución sin el debido permiso. 25. El uso de maquillaje, pintado de uñas, uso de adornos extravagantes (collares, aretes, pulseras, pirzis, tatuajes) y prendas de vestir diferentes a las estipuladas en los uniformes. .
  • 27. · ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES Los estudiantes que tengan actuaciones destacadas en beneficio de la comunidad y/o personal pueden acceder a los siguientes estímulos: 1. Felicitación verbal y escrita con anotación en el Observador del Estudiante. 2. Izar la Bandera Nacional en actos cívicos. 3. Asignación de funciones de responsabilidad en actividades escolares. 4. Premiación especial de eventos deportivos o culturales (Medalla de Honor). 5. Otorgamiento de mención de honor. 6. El Instituto dotará en lo posible de implementos de trabajo, a los estudiantes que participen en eventos deportivos, culturales, Banda Marcial, otros. 7. Los estudiantes que sobresalgan en su rendimiento académico y comportamiento social, se harán merecedores a participar honoríficamente en los anteriores eventos. 8. Izar el Pabellón Nacional cuando el estudiante obtenga un rendimiento académico excelente y su comportamiento general durante el periodo sea excelente. 9. Mención de honor y exoneración del pago mensual de Pensión en el siguiente año escolar para los dos primeros alumnos de cada grado que se destaquen por su excelente rendimiento académico, disciplinario, liderazgo y colaboración durante todo el año. (artículo 101 de la ley 115 de 1994). 10. Celebración del día del estudiante en la fecha establecida en el Calendario Académico. 11. Notas de felicitación individual o colectiva por actuaciones meritorias. 12. Matrícula de Honor en el siguiente año escolar para el estudiante excelente en rendimiento académico, comportamiento, liderazgo escolar y colaboración en cada grado. 13. Otorgamiento de Mención de Honor Especial al mejor Bachiller ICFES. PARAGRAFO: El Rector determinara por medio de Resolución interna el otorgamiento de estos estímulos y menciones de acuerdo con el concepto de los profesores, la cual será leída públicamente en el acto de clausura o graduación.
  • 28. “ojo” incluir en el manual de convivencia CAPITULO SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR · Presentación · Marco Legal – Conformación C.C.E. –Reglamento · Lectura de Contexto . Escenario Social-Pautas Acuerdos para la convivencia – valoración de situaciones mas frecuentes- · Definicion de situaciones de tipos · Protocos- · Directorio Telefónico · Ruta de Atención Integral ( 1 por situación-1por año).
  • 29. · RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
  • 30.
  • 31.
  • 32.
  • 33.
  • 34.
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  • 36. PROTOCOLOS DE LOS ESTABLECIMIENTO EDUCATIVOS, FINALIDAD CONTENIDO Y APLICACIÓN Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Estos protocolos deberán definir, como mínimo los siguientes aspectos: 1. La forma de iniciación, recepción y radicación de las quejas o informaciones sobre situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2. Los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. 3. los mecanismos mediante los cuales se proteja a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra. 4. Las estrategias y alternativas de solución, incluyendo entre ellas los mecanismos pedagógicos para tomar estas situaciones como oportunidades para 5. Las consecuencias aplicables, las cuales deben obedecer al principio de proporcionalidad entre la situación y las medidas adoptadas, y deben estar
  • 37. en concordancia con la Constitución, los tratados internacionales, la ley y los manuales de convivencia. 6. Las formas de seguimiento de los casos y de las medidas adoptadas, a fin de verificar si la solución fue efectiva. 7. Un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, de los padres de familia o acudientes de los niños, niñas y adolescentes matriculados en el establecimiento educativo. l Parágrafo. La aplicación de los protocolos tendrá lugar frente a las situaciones que se presenten de estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia estudiantes. DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO L. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo 1, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los
  • 38. derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto. Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia. DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
  • 39. 4. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia. S. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 4S del presente Decreto.
  • 40. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. S. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
  • 41. 7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. a. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES. Las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas por los comités escolares de convivencia deberán cumplir con lo siguiente: 1. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que para tal efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los protocolos internos o procedimientos que para el efecto tengan implementados las respectivas entidades. 2.Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 3.Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados. En aquellos lugares en donde no exista Policía de Infancia y Adolescencia para la atención de las situaciones tipo III, de que trata el numeral 3 del artículo 40 de este Decreto, las mismas serán reportadas o puestas en conocimiento ante la Policía de Vigilancia.
  • 42. Frente a las situaciones que requieran atención en salud se deberá acudir al prestador del servicio de salud más cercano, el cual en ningún caso podrá abstenerse de prestar el servicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 d~ la Ley 109a de 2006, en el Título 111 "Atención Preferente y Diferencial para la Infancia y la Adolescencia" de la Ley 143a de 2011 y sus normas concordantes. ' En los municipios en donde no haya Defensor de Familia, las funciones que la Ley 1098 de 2006 le atribuye serán cumplidas por el Comisario de Familia. En ausencia de este último, las funciones asignadas al Defensor y al Comisario de Familia corresponderán al Inspector de Policía, de conformidad con lo establecido en el Decreto 4a07 de 2007, o la norma que lo modifique, sustituya o derogue. En los municipios en donde exista Defensoría de Familia y Comisaría de Familia o Comisaría de Familia e Inspección de Policía, cualquiera de estas autoridades competentes asumirá a prevención, el conocimiento del caso de inobservancia, amenaza o vulneración; verificará inmediatamente el estado de derechos; protegerá al niño, niña o adolescente a través de una medida provisional, si es del caso, y a la primera hora hábil siguiente remitirá las diligencias a la autoridad competente. Parágrafo 1. En materia de prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente, además de la aplicación del protocolo correspondiente, se deberá aplicar lo contemplado en la Ley 1146 de 2007 y en su reglamentación. Parágrafo 2. Cuando surjan conflictos de competencia administrativa éstos se superarán conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011. Las actuaciones administrativas de las autoridades deberán desarrollarse acorde con los principios Constitucionales y los consagrados en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011. Parágrafo 3. Cuando la Policia Nacional tenga conocimiento de las situaciones tipo 111 de que trata el numeral 3 del artículo 40 del presente
  • 43. Decreto, deberá informar a las autoridades administrativas competentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 4840 de 2007, con el fin de que éstas adopten las medidas de restablecimiento de derechos a que haya lugar. De esta actuación se deberá dejar constancia.
  • 44.
  • 45.
  • 46.
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  • 49.
  • 50.
  • 51. 5. INSTANCIAS DE CONCILIACION Cuando un miembro de la Comunidad Educativa tenga un conflicto, tratará de solucionar en primera instancia con la misma persona con quien ocurra el incidente, antes de recurrir a otras instancias. Para la solución de aquellos conflictos que ya requieran una tercera persona como instancia conciliadora, se acudirá siempre en primera instancia al superior común más próximo a las partes en conflicto. Los estudiantes entenderán como superior inmediato a su director de grupo. Los padres de familia acudirán en primera instancia, en estos casos, al director de grupo y luego al docente de disciplina y si consideran necesario hablar con los docentes del Consejo Académico. Es potestad del Rector de la Institución remitir a los miembros de la Comunidad Educativa a otras instancias como el Consejo Estudiantil, Consejo Académico, Consejo Directivo, Personero Estudiantil, Docente de Disciplina, para el diálogo, la conciliación y la solución de problemas. MEDIDAS DE CONTROL Al no aceptar los derechos y no cumplir con los deberes se incurre en un comportamiento no convivencial. Al abusar de las libertades y de los derechos o al incumplir con los deberes se actúa negativamente frente a la convivencia escolar normal y en consecuencia se deben aceptar las acciones formativas y correctivas justas que asigne la Comunidad Educativa. Si se tiene en cuenta la definición de falta “Acción o actitud que interfiere, atente contra el normal desarrollo de la Comunidad Educativa” se debe evitar cometerlas, toda medida de formación pretende un mejoramiento de quien no ha cumplido los deberes o no ha respetado un derecho. Las medidas de formación serán determinadas según su gravedad siguiendo el conducto regular. En ningún caso se tomará una decisión sin que haya mediado un diálogo con el alumno y sus padres o acudientes.
  • 52. CONDUCTO REGULAR 1. Docente responsable de la clase o actividad. 2. Director de curso 3. Director de Disciplina 4. Consejo Directivo. 5. Asociación de Padres de Familia. ¿ QUE ES EL OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE? Es el libro donde se registran los comportamientos académicos y disciplinarios de los estudiantes, tanto aspectos positivos como el incumplimiento de deberes con sus correspondientes compromisos. Es manejado por el Director de Grupo. Los Docentes, el rector y el Consejo Directivo pueden hacer uso de él cuando lo requieran 6. ACCIONES PEDAGOGICAS ACCION PEDAGOGICA VERBAL La hará el director(a) de Grado y/o profesor o Profesora cuando la situación sea leve, llamando la atención al alumno infractor y dejando constancia en un acta en el Libro de Disciplina que deberá firmar tanto el alumno como el profesor y el personero de los estudiantes. Son causales de acciones Pedagógicas verbales las siguientes: 1. Mal comportamiento disciplinario en clases, actos en comunidad o en los descansos. 2. Uso inadecuado del uniforme diario o de Educación Física dentro o fuera del Establecimiento. 3. Falta de higiene en el vestido , aseo personal y útiles escolares. 4. El no cumplimiento de los turnos de aseo en las aulas de clase y aseo General. 5. El arrojo de basuras o desperdicios en el recinto del plantel y sus alrededores. 6. La permanencia en los salones en los descansos o fuera de ellos durante las clases.
  • 53. 7. Los retardos en la asistencia a la Institución a clases y demás actos programados por el Establecimiento. 8. La no presentación de previas o trabajos en las fechas señaladas. 9. Irrespeto a las creencias y convicciones de los demás. 10. La no devolución a tiempo de documentación enviada a los Padres de familia como citaciones, circulares y comunicados, entre otros. 11. Manifestaciones amorosas y visitas de noviazgo dentro del plantel o comentarios desagradables por la misma causa fuera de el 12. La entrada a Rectoría, secretaria, Sala de Profesores y Otras Aulas, sin la debida autorización. 13. La inasistencia a las actividades programadas por la Institución. 14. Denigrar de la Institución y sus representantes ACCION PEDAGOGICA ESCRITA La hará un profesor o director de grado, la Rectoría del plantel, cuando las situaciones sean más graves que las anteriores, llamando la atención al estudiante infractor y dejando constancia en un acta registrada en el libro de disciplina, firmada por el alumno, el padre de familia y/o acudiente, el profesor conocedor del caso y el personero de los estudiantes. Son causales de Acción Pedagógica Escrita: 1. La reincidencia en algunas de las situaciones anteriormente relacionadas. 2. El irrespeto a las carteleras, anuncios o elementos decorativos del plantel. 3. La inasistencia sin causa justificada a la Institución, a clases y a los actos de comunidad programados por el establecimiento. 4. Él irrespeto a los emblemas patrios. 5. El uso del uniforme diario o de Educación Física en horas o días que no correspondan a estudio o actos de comunidad. 6. El uso de maquillaje, adornos extravagantes o prendas de vestir que no correspondan a los uniformes. 7. El irrespeto entre compañeros, utilizando vocabulario soez, inadecuado o con expresiones o actuaciones inadecuadas dentro y fuera de la Institución. 8. Todo intento de fraude en tareas, trabajos, previas, lecciones o en documentos calificaciones o excusas. 9. Uso inadecuado de paredes, puertas, muebles, etc para escribir mensajes vulgares, pornográficos, denigrantes o agresivos.
  • 54. Son causales de Acción Pedagógica del estudiante, por un día, las siguientes situaciones : 1. La reincidencia en alguna de las situaciones mencionadas anteriormente o, si después de haber presentado acción pedagógica verbalmente, comete situaciones similares por tercera vez. 2. El hurto comprobado en menor cuantía, devolviendo el bien hurtado o su valor. 3. La evasión del plantel. 4. La destrucción con plena intención, de muebles, utensilios de sus compañeros, pupitres, implementos deportivos, planta física, etc. 5. La agresión verbal, con insultos o palabras soeces, a compañeros de estudio. 6. El uso de naipes o demás juegos de azar dentro o fuera de la Institución portando el uniforme. 7. El porte de armas o instrumento destinado a herir o maltratar dentro o fuera de la Institución. 8. Traer al plantel libros, revista o publicaciones pornográficas. Son causales de Acción Pedagógica del estudiante, por dos , las siguientes situaciones: 1. La reincidencia en alguna de las situaciones anteriores, después de haber realizado acción pedagógica por un (1) día. 2. La agresión física, sin arma, a un compañero de estudio dentro o fuera de la Institución. 3. La asistencia al plantel bajo los efectos del alcohol o cualquier estimulante pernicioso. 4. Embriagarse o ingerir licor en lugares públicos en días y horas de estudio. 5. El juego de Billar o de azar con o sin uniforme en horas hábiles de estudio. 6. Alteración del orden público con o sin uniforme, para estudiantes del Instituto. 7. Fumar dentro o fuera de la Institución con o sin uniforme en horas hábiles de estudio.
  • 55. Procedimiento para Accion Pedagogica del estudiante por uno (1), dos (2) o tres (3) días La hará el Rector del plantel mediante Resolución interna, previo concepto de profesores o directivos conocedores del caso. Se investigara la falta, se oirán descargos y se notificara oportunamente al padre o acudiente del estudiante afectado. Son causales de Accion pedagógica del estudiante, por tres días (3), las siguientes situaciones: 1. La reincidencia de algunas de las situaciones , después de haber cumplido acción pedagógica por dos días. 2. El fraude comprobado de calificaciones, boletines, falsificación de firmas de los padres o acudientes o cualquier documento público de la Institución. 3. El no acatamiento o indiferencia particular o colectivo, a las ordenes impartidas por las autoridades del Instituto, dentro y fuera de él (Actividades extraclases, actos comunitarios y representaciones culturales y deportivas). 4. El comportamiento perturbador del estudiante, que después de ser amonestado no evidencia cambio. 5. Los hechos cometidos dentro y fuera del Instituto, que menoscaben la buena reputación y honor del establecimiento (Escándalos públicos etc.) 6. Irrespeto de palabra o hecho a los profesores, directivos, personal administrativo y de servicios, así como a la comunidad en general. 7. El incumplimiento intencional de cualquier sanción impuesta por los superiores, que impliquen burla a la autoridad. PARAGRAFO: Los días de acción pedagógica deben realizarse bajo la responsabilidad del padre o acudiente, el alumno responderá por las actividades académicas realizadas en el tiempo de dicha acción pedagogica MATRICULA DE OBSERVACION: Previo estudio en Consejo Académico, Consejo Directivo, la hará el comité de Convivencia Escolar, mediante resolución interna que expedirá el Rector del establecimiento educativo . Se investigaran las faltas, se oirán descargos. Se notificara oportunamente al padre o acudiente del alumno afectado y se dejara constancia en la Hoja
  • 56. de vida del respectivo estudiante, Observador del alumno y libro de disciplina. SON CAUSALES PARA LA MATRICULA EN OBSERVACION, LAS SIGUIENTES SITUACIONES: 1. La reincidencia de alguna de las Situaciones, después de haber realizado acción pedagógica hasta por tres días. 2. La agresión verbal con insultos o palabras denigrantes a cualquier profesor, directivo, administrativo, miembro del Consejo Directivo o Comunidad Educativa. 3. Atentar contra la intimidad personal, familiar o el buen nombre de los miembros de la comunidad educativa. 4. Alumnos (as) que al finalizar el año escolar presenten antecedentes disciplinarios graves. CANCELACION DE MATRICULA: La hará el comité de Convivnecia Escolar del Establecimiento Educativo , mediante Resolución interna expedida por el Rector, Se investigara el caso, se oirán descargos y se notificara oportunamente al padre o acudiente del estudiante afectado, se dejara constancia en la Hoja de Vida del alumno, Observador del alumno y Libro de Disciplina, se enviarán las pruebas y evidencias del caso, a las autoridades educativas competentes. SON CAUSALES PARA LA CANCELACION DE MATRICULA LAS SIGUIENTES SITUACIONES: 1. La reincidencia en situaciones que revistan gravedad, después de haber estado con matricula en observación. 2. Las amenazas a mano armada a compañeros de estudio, a profesores, Directivos, Administrativos, Miembros del Consejo Directivo y Comunidad Educativa. 3. Las agresiones físicas a profesores, Directivos, Administrativos y Miembros del Consejo Directivo y Comunidad Educativa. 4. Por ser condenado por la autoridad competente.
  • 57. NO ACEPTACION EN MATRICULA PARA AÑOS ACADEMICOS SIGUIENTES: Esta medida la tendrá en cuenta el Rector del Plantel con el visto bueno del Comité de Convivencia Escolar, para los siguientes casos: 1. Para estudiantes que habiendo terminado el año lectivo con matricula en observación no hubieren sido promovidos al año siguiente. 2. El motivar, promover, participar o incitar actividades que conllevan a los llamados ritos satánicos o en contra de una comunidad. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: No será aceptado como estudiante de la Institucion , los contemplados en las siguientes causales: 4. Quienes tengan vicios por la droga o estupefacientes. 5. Quienes representen un peligro potencial para los estudiantes o personal de la Institución. 6. Quienes presenten comportamientos morales que afecten o denigren la buena imagen Institucional. PARAGRAFO: Antes de ser aplicado cualquiera de las acciones pedagógicas señalados anteriormente, el estudiante tendrá derecho a ser escuchado y a rendir descargos. Los alumnos que hayan cumplido acciones pedagógica en el establecimiento educativo por uno, dos o tres días tendrán que presentar pruebas evaluativas, trabajos, tareas, laboratorios y actividades de tipo académico al día siguiente de cumplirse la acción pedagogica La aplicación de cualquiera de las acciones pedagógicas estipuladas anteriormente, será causal de la rebaja en la evaluación de comportamiento social del periodo académico correspondiente. De la misma manera, las faltas de asistencia (fallas) ocasionadas por el retiro del alumno por uno dos o tres días tendrán el carácter de inasistencia.
  • 58. 7. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES ( SIEE ) ACUERDO N°12 (Noviembre 30 de 2009) Por el cual se define y se adopta el sistema de Evaluación del aprendizaje y Promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media de la Institución Educativa Técnica San Rafael, del Municipio de Santa Isabel Tolima. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA SAN RAFAEL, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 115 de 2004, el Decreto 1860 de 1996, y el Decreto 1290 de abril 16 de 2009. ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Evaluación de los Estudiantes. La evaluación de los aprendizajes y promoción de los estudiantes se realizara en el siguiente ámbito: Institucional: La Evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en la Institución en los niveles de Educación Básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. ARTICULO SEGUNDO: Objeto del Acuerdo. El presente acuerdo reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación Básica, media y Educación para Adultos de la Institución Educativa Técnica San Rafael ARTICULO TERCERO. Propósitos de le evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito Institucional. 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Determinar la promoción de estudiantes. 5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional ARTICULO CUARTO. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. El sistema de evaluación institucional de los estudiantes que hace parte del proyecto educativo institucional debe contener: 1. Los criterios de evaluación y promoción. 2. La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional. 3. Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
  • 59. 4. Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. 5. Los procesos de autoevaluación de los estudiantes. 6. Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. 7. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación. 8. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. 9. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación. 10. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. 11. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. 1.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN A.- EVALUACIÓN La evaluación es un proceso permanente que busca estimular la formación integral del estudiante, mediante la apreciación y valoración del desarrollo de competencias y del alcance de los objetivos o fines propuestos en el PEI y de manera especial en el Plan de Estudios y el Manual de Convivencia, en función de la calidad y la excelencia. B.- CRITERIOS: - En los procesos de evaluación de las actividades académicas se tendrán en cuenta las diferentes dimensiones en los procesos formativos de los estudiantes: COGNITIVO, PERSONAL Y SOCIAL - La calificación es la valoración cuantitativa y cualitativa (desempeños) del proceso de aprendizaje en la formación integral del estudiante y se hace bajo responsabilidad del profesor. - Los estudiantes de cada grado participarán en diferentes momentos evaluativos orientados y concertados con el profesor. - Las valoraciones se harán sobre estándares y competencias alcanzadas o dejadas de alcanzar por parte del estudiante
  • 60. - Los estándares deben ser evaluados en conjunto por cuanto la enseñanza integra contenidos y procesos. - En cada periodo se valorará el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de formación, en aspectos tales como: Alcance de estándares de aprendizaje (compromisos académicos y de convivencia) desarrollo de procesos de aprendizaje, y adquisición de competencias. - La valoración mínima para aprobar una área es tres cero (3.0). - Cuando son varias las asignaturas de un área deben promediarse los resultados para obtener la valoración del área. - Las áreas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas semanales deberán tener un mínimo de dos (2) notas y las de más intensidad un mínimo de cuatro (4) notas parciales para ser promediadas por periodo. - Si en las valoraciones de un áreas, resultan dos cifras decimales, debe eliminarse la segunda sin aproximarla, de tal forma que la nota tenga una sola cifra decimal. - La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas, será el promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas actividades de aprendizaje; más la nota de autovaloración dada por el estudiante con base en su disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases. B.- PROMOCIÓN ESCOLAR - La promoción se hace con base en áreas de aprendizaje aprobadas y no de asignaturas en particular. - Para efectos de promoción, en el Nivel de Educación Básica ciclo de Primaria en los grados primero a tercero la promoción se circunscribe al rendimiento del estudiante en lenguaje y matemáticas. - Cuando en tres (3) o más áreas obtiene un estudiante valoraciones inferiores a tres cero (3.0), se infiere que no se alcanzó el desempeño básico y por lo tanto la ubicación corresponderá en desempeño bajo. - El estudiante se promueve al grado superior o al diploma de bachiller cuando apruebe todas las áreas o cuando promediadas las valoraciones de todas las áreas de formación arrojen una nota mínima de tres cinco (3.5), siempre que no haya perdido más de un área y ésta no esté valorada con una nota inferior a dos, cinco (2.5). En este caso el estudiante no está obligado a presentar recuperación del área perdida. - Toda inasistencia a las actividades curriculares debe ser justificada. Se pierde una área, con valoración de uno (1.0), cuando el número de ausencias, justificadas o no sea igual o superior al 25% de la intensidad horaria de esa área. - Únicamente la excusa médica o por calamidad doméstica comprobada tiene validez académica. - Para efectos de promoción, el valor porcentual de cada una de los periodos será del 25%. - Los criterios de evaluación y promoción son de obligatorio cumplimiento para todos los docentes que orientan clases desde el grado primero hasta el undécimo
  • 61. en la Institución; por cuanto, el sistema de evaluación del aprendizaje es parte fundamental del proceso de calidad del servicio educativo. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias rendimiento superior básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el Acta del Consejo Directivo. Para tal efecto, la Comisión de Evaluación y Promoción del grado donde cursa el estudiante, se reunirán y levantará el acta en el Libro de Promociones respectivo. C.- RECUPERACIONES Las recuperaciones se harán en el transcurso de cada periodo académico. Pero, si por algún motivo un estudiante llega al final del año escolar perdiendo áreas, se aplicará el siguiente procedimiento: a).- Solo se permite la recuperación cuando el estudiante ha perdido una o dos áreas. b).- La valoración en una recuperación, en todos los casos, no excederá los rangos estipulados para el desempeño básico. c).- Si el estudiante pierde dos (2) áreas deberá pasar al menos una (1) de ellas en la primera convocatoria para continuar en el proceso. d).- Las notas obtenidas en recuperación no cuentan para el promedio general que permite la no recuperación de un área. e).- Las convocatorias que hace el plantel son obligatorias para todos los estudiantes a menos que se compruebe enfermedad del estudiante o calamidad doméstica. f).- Los estudiantes que pasado un año, de la fecha de terminación del año lectivo, no se presenten a recuperar las áreas perdidas, deben repetir el grado si desean continuar estudiando. g).- Las recuperaciones no se circunscriben exclusivamente a pruebas escritas deben hacen parte de dichas actividades, las pruebas orales y escritas, los trabajos prácticos y escritos, etc., en lo posible, la valoración definitiva debe ser el producto de por lo menos dos (2) notas parciales. D.- ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS Cuando la institución determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe
  • 62. con su proceso formativo el año siguiente. Cada sede deberá diseñar programas específicos para educandos no promovidos al grado siguiente (Metodología Escuela Nueva). En todos los casos, hará un seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el grado, en la medida en que éste demuestre en el primer periodo académico, la superación de las insuficiencias académicas que no aconsejaron su promoción. Si el estudiante y sus padres están interesados en que no se repita el año escolar, cuando el desempeño del estudiante haya sido valorado de forma definitiva como bajo, se aplicará el siguiente procedimiento: 1.- Solicitud escrita dirigida a la Rectoría al terminar el año lectivo y antes de la clausura; siempre y cuando que no tenga acumuladas en el año más de cinco faltas disciplinarias calificadas como graves en el observador del estudiante. 2.- El Rector informará a los docentes y solicitará que éstos señalen las competencias no alcanzadas y que imposibilitaron su promoción así como los contenidos afines. 3.- Si el estudiante cree a conciencia que está en condiciones de demostrar que maneja los contenidos temáticos y por ende puede alcanzar los estándares que quedaron pendientes; entonces, en la última semana de enero del siguiente año, al que se aplaza, puede solicitar por escrito a la rectoría que se ordene la práctica de los exámenes correspondientes, que de ser aprobados se levantará por parte de las comisiones de Evaluación y Promoción el Acta de promoción y se le renovará la matricula al grado siguiente. E.- COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades. En la reunión que tendrá la Comisión de evaluación y promoción al finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de educandos con evaluación Insuficiente o Deficiente en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los
  • 63. compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencias para posteriores decisiones acerca de la promoción de un estudiante. Al terminar cada periodo en el momento de la entrega de los boletines, se entregarán las actividades de recuperación de las áreas en las cuales el estudiante presentó dificultades; el padre de familia y/o acudiente firmará la planilla de comprobación de entrega y adquisición de compromiso. 2. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Los resultados de las valoraciones se expresarán numéricamente en la escala de 1 a 5 con un equivalente conceptual expresado en Desempeños: Rangos de Valoración Cuantitativa Equivalente Conceptual · De 4.5 A 5 Desempeño Superior · De 4.0 A 4.4 Desempeño Alto · De 3.0 A 3.9 Desempeño Básico · De 1.0 A 2.9 Desempeño Bajo DEFINICIÓN DE LA ESCALA DE VALORACION Desempeño Superior. Se asigna al estudiante cuando cumple cabal e integralmente con todos los aspectos: académicos, personales y sociales con el fin alcanzar todos los logros esperados provistos en los estándares y en el PEI. Se puede considerar el Desempeño Superior el estudiante que entre otras reúna las siguientes características: Alcanza la totalidad de los logros propuestos Es creativo innovador y puntual en la presentación de los trabajos académicos Siempre cumple con las tareas y trabajos de áreas. Es analítico y crítico en sus cuestionamientos. No tiene faltas de asistencia, No presenta dificultades en su comportamiento social Presenta sentido de pertenencia institucional Participa en todas las actividades curriculares y extracurriculares Presenta actitudes de liderazgo y sentido de trabajo en equipo. Desempeño Alto: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros previstos en los estándares y en el PEI. Se puede considerar el Desempeño Alto el estudiante que entre otras reúna las siguientes características:
  • 64. Alcanza todos los logros propuestos N o presenta faltas de asistencia Presenta los trabajos y actividades oportunamente Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento Desarrolla las actividades curriculares específicas Presenta sentido de pertenencia institucional Desempeño Básico: Se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el proyecto educativo institucional. Alcanza los niveles necesarios Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso d aprendizaje Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento Desarrolla actividades curriculares Manifiesta un relativo sentido de pertenencia institucional El Desempeño: Bajo se entiende como la no superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos. No alcanza los logros mínimos y requiere de actividades de refuerzo Después de de presentar actividades de refuerzo, persiste con dificultades académicas. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su aprendizaje. Presenta dificultades en el cumplimiento al manual de convivencia Incumple constantemente con las tareas y trabajos de cada área. No desarrolla el mínimo de actividades No manifiesta sentido de pertenencia por la institución No demuestra interés por el desarrollo de trabajos en equipo Presenta dificultades para interactuar en grupo No demuestra interés por las actividades escolares Para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos la escala institucional tendrá sus equivalentes en la escala de valoración nacional,
  • 65. los cuales darán la ubicación del estudiante de acuerdo a un resultado general resultante de promediar las notas obtenidas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales contempladas en el plan de estudios para el correspondiente grado. 3.- Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes: a.-Toda prueba escrita se estructurará y aplicará teniendo como base las pruebas SABER e ICFES. b.- Las pruebas que se apliquen deben estar relacionadas con aspectos tales como: comprensión, análisis, discusión crítica y en general, de apropiación de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento adquirido por el estudiante y de sus competencias para producir formas alternativas de solución de problemas. c.- En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar los resultados de factores relacionados con la pura recordación. d.- Las pruebas basadas exclusivamente en la reproducción memorística de palabras, nombres, fechas, datos o fórmulas que no vayan ligadas a la constatación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben ser tenidas en cuenta en la evaluación del rendimiento escolar. e.- Se deben valorar todas las actividades que favorezcan el desarrollo del pensamiento, la expresión, la creatividad, la investigación, participación y cooperación. f.- Los docentes deben aplicar diversos instrumentos de valoración. g.- Si se asignan trabajos escritos a los estudiantes para ser evaluados posteriormente, el profesor debe dar la bibliografía, en lo posible, de la existente en la biblioteca de la Institución del Municipio, o la dirección en la web. h.- Los trabajos individuales y en grupo deben ser planeados y asignados para ser realizados en clase y con la orientación del profesor. i.- Las tareas para la casa únicamente se justifican como complemento del tema visto en clase. j.- Es necesario que al solicitar materiales de trabajo se tenga presente que sean conseguibles en el contexto y que no impliquen mayores inversiones económicas para los padres. 4.- Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar 1) El Director de grado debe hablar con el estudiante sobre la situación académica o disciplinaria que se está presentando, para invitarlo a remediar la situación. 2) Si la situación continúa igual o peor, pasará el caso a conocimiento del Rector 3) Si en la instancia anterior no se surte ninguna solución, se aplican en su orden los siguientes pasos: a) Solicitud de la presencia del padre de familia. b) En el mismo documento el padre de familia devuelve la constancia de notificación.
  • 66. c) Reunión con el padre familia, el estudiante implicado, el director de grado y los demás profesores que se consideren necesarios. Como resultado de esta diligencia queda un acta de seguimiento en formato especial. 5.- PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES La valoración individual de las propias acciones, es un ejercicio fundamental en la formación de la persona y del estudiante en particular, además debe permitir la identificación de los avances y las dificultades. - En una autovaloración el estudiante por principio de responsabilidad podrá colocarse como nota máxima la correspondiente al mayor parcial obtenido en el periodo. - Un estudiante que muestre buena disciplina, interés, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases puede solicitar a su profesor que se le valore con una nota mínima en el rango de desempeño alto. 6.- ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES - En las horas destinadas a la realización de actividades curriculares complementarias se deben ejecutar actividades de refuerzo y recuperación tendientes a que los estudiantes alcancen las competencias no alcanzadas en el transcurso del periodo, estas serán señaladas por el docente del área y son de obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes o de lo contrario no habrá lugar a reclamaciones. - Al terminar el año lectivo se podrá programar en la última semana de labores con estudiantes una nivelación general para que con estos resultados la secretaría de la institución y bajo la vigilancia directa de las Comisiones de Evaluación y Promoción, se proceda a ordenar las promociones para los estudiantes que hayan presentado hasta el momento problemas para definir su promoción. - Si un estudiante de grado 11º llevase áreas perdidas, pero en las pruebas ICFES muestra un resultado ubicado en el nivel alto hacia adelante, se le dará como estímulo la aprobación con valoración de acuerdo a su desempeño en orden ascendente. Los rangos de reconocimiento serán fijados por el Consejo Académico. 7.- Acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la institución cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el Sistema Institucional de Evaluación 1.-Al comenzar el año lectivo el profesor del área presentará a los estudiantes los estándares y competencias a alcanzar y el plan de valoraciones parciales de su respectiva área para el año.
  • 67. 2.-Durante la primera semana de cada periodo, los docentes deben presentar a la Rectoría, el plan de área. 3.-Los Directores de Grado deben velar por que las planillas que se pasen a secretaría estén debidamente diligenciadas y que contengan la cantidad mínima de notas parciales exigidas. 4.- Las actividades académicas o pedagógicas que se programen fuera del Plantel, deben planearse y presentarse a la Rectoría respectiva con la programación de la unidad temática a desarrollar. 8.- PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA - La evaluación se hará con referencia a cuatro periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar, al término de cada periodo y en un tiempo máximo de 15 días calendario el padre de familia recibirá el informe sobre el desempeño de su hijo. - Al terminar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final el cual contiene los datos y formalidades de un certificado de estudio. - La reunión de padres de familia programada, por periodo, en el cronograma general de actividades del plantel para entregar el informe sobre rendimiento académico y de comportamiento del estudiante son de obligatorio cumplimiento por parte del padre de familia o acudiente. 9.- Estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación - El informe que se entrega a los padres de familia o acudientes será de forma escrita en el que se dará cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las áreas y a nivel de convivencia. Constará de la valoración numérica de acuerdo a los rangos registrados en la escala y su equivalente cualitativo. Señalando las dificultades presentadas durante el periodo y las recomendaciones para mejorar. - El informe final incluirá la valoración general del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores y la valoración general de la disciplina. 10.- Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y reclamación de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción Las instancias a las cuales se puede dirigir el padre de familia o el estudiante
  • 68. siguiendo el conducto regular, cuando no se sienta satisfecho con la valoración realizada por los docentes serán las siguientes: - El docente del área - Director de Grado - Comisión de Evaluación y Promoción. - El Consejo Académico es la instancia máxima para solucionar problemas de carácter académico. En todos los casos los interesados deberán dirigirse a las respectivas instancias, de manera respetuosa por escrito y fundamentado en evidencias reales no en supuestos. 11.- Mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes La comunidad participará del proceso de construcción del Sistema de Evaluación Institucional a través de sus representantes ante el Consejo Directivo, ellos representan a los padres de familia, tramitan sus propuestas e inquietudes y establecen canales de comunicación. ANEXOS · INFORMES POR PERIODO · BOLETINES POR PEIODOS · ACTIVIDADES DE RECUPERACION · OBSERVADOR DEL ALUMNO · CONSOLIDADO DE DISCIPLINA · ACTAS DE COMISIONES DE EVALUACION Y PORMOCIÓN
  • 69. · REGISTRO DE ASISTENCIA · CITACIONES PADRES DE FAMILIA · PERMISOS ANEXO 1. ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACION GRADO:_____________ AREA: _________________________________PERIODO_______ ESTUDIANTE:___________________________________ FECHA DE PRESENTACION: DIA________ MES:____________________ AÑO: _________ LOGRO__________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ __- I.- DESARROLLAR LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:
  • 70. ACTIVIDADES EVALUATIVAS: 1.- PRESENTACION DEL TRABAJO: _________%____ 2.- SUSTENTACION DEL TRABAJO:_________%____ DOCENTE DIRECTOR DE AREA y/o GRADO: ______________________________ ANEXO II. PLANILLA ENTREGA DE ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACION GRADO:_____ PERIODO:______ FECHA : DIA_______MES_____________AÑO:________ ESTUDIANTES AREAS A RECUPERAR FIRMA DEL PADRE y/o ACUDIENTE CAPITULO VI PADRES DE FAMILIA PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA Un padre de familia conciente de la importancia de su labor en el proceso de formación de sus hijos, conciliando y respetando sus decisiones siempre y cuando no afecten su integridad, participante activo en el aprendizaje, que mantenga una comunicación abierta con ellos propiciando un ambiente de confianza y respeto, contribuyendo a la adquisición de hábitos de lectura y escritura y todos aquellos que se
  • 71. generen a través del buen ejemplo, un padre de familia que trate en la medida de sus posibilidades de suplir las necesidades básicas. 1. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 1. Ser asesorado en la orientación de los hijos(as). 2. Ser atendidos, escuchados y orientados cordialmente, dando solución oportuna y eficaz a sus inquietudes y requerimientos siguiendo el conducto regular. 3. Participar en las diferentes actividades, aportar ideas, sugerencias y mantener continúa comunicación con la Institución. 4. Formar parte del Consejo Directivo, Asociación de padres de Familia, Consejo de Padres, para colaborar efectivamente con la buena marcha del Establecimiento Educativo. 5. A tener voz y voto en el Consejo Directivo mediante sus representantes elegidos así: Uno de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia Uno del Consejo de padres. 6. Conocer con regularidad responsabilidad el proceso de formación que orienta la Institución y recibir oportunamente información escrita sobre los procesos académicos y convivencial de sus hijos (as). 7. Conocer oportunamente la programación de las actividades para representar y respaldar al estudiante en cada uno de los eventos. 8. Recibir trato cortes por parte de Directivos, administrativos y docentes. 9. recibir información oportuna de las novedades educativas, normas y decisiones en el manejo del plantel. 10. Vinculación de la familia en la educación, a través de talleres, conferencias y otras actividades programadas, escuelas de padres. 11. Recibir constancia de pago por todo concepto. 12. Que la s reuniones programadas sean concisas, estructuradas y convocadas con anterioridad (cinco días). 2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES La familia es el primer factor de formación de la persona, y la base donde se inicia el proceso educativo; es así como los padres son los principales comprometidos con la educación de sus hijos. 1. Conocer y asumir lo establecido en el Manual de Convivencia de la Institución.
  • 72. 2. Asumir e inducir a sus hijos el amor, respeto y sentido de pertenencia con su Institución. 3. Garantizar un ambiente familiar que le permita a sus hijos continuar con el proceso de formación que recibe en la Institución. 4. Participar activa y eficazmente en la educación de sus hijos, respondiendo por una buena presentación y aseo personal, buenos modales, comportamiento y rendimiento académico, uso del tiempo libre y asistencia responsable a clase y demás actividades en el que él deba actuar. 5. Mantener relaciones de diálogo respetuoso y cortés con los demás integrantes de la Comunidad educativa, solicitando las aclaraciones necesarias en forma objetiva, respetuosa y oportuna, siguiendo siempre el conducto regular. 6. Mostrar interés por el progreso de su hijo o acudido, estando en permanente contacto con la Institución y asistiendo el día y la hora que señalen Directivos, Docentes u otros para entrevistas, seguimientos personales o Asambleas Generales. 7. Controlar diariamente la asistencia puntual a la Institución, regreso a casa, la ejecución de tareas y trabajos, el uso adecuado de los uniformes y responder por los daños que ocasionen sus hijos (as) en la Institución. 8. Proveer a sus hijos con útiles y elementos de trabajo para su buen desempeño escolar y proporcionar los medios económicos para que asistan a las salidas pedagógicas programadas, para el pago de servicio de Restaurante Escolar, Refrigerio y otros. 9. Afiliar a sus hijos(as) a una empresa prestadora de servicios de salud o en su defecto al SISBEN. 10. Interesarse por el comportamiento social de sus hijos(as) dentro y fuera de la Institución. 11. Promover y rescatar los valores morales, éticos, espirituales, culturales y sociales de sus hijos(As). 12. Infundir el respeto hacia los compañeros de estudio, Docentes, Directivos, Administrativos y demás personas de la Comunidad. 13. Pagar oportunamente matrícula, pensiones, otros cobros y demás obligaciones contraídas con la Institución de acuerdo al plazo dispuesto por el Consejo Directivo. 14. Proporcionar los uniformes de diario y Educación Física e inculcarles el buen uso de los mismos. 15. Presentarse al día siguiente ante la rectoría del plantel, Docente encargado de la Disciplina y el Director de Grado para justificar la inasistencia de su hijo(a) o acudido. 16. Participar solidariamente en la planeación y ejecución de trabajos o actividades que el Consejo Directivo, Asociación de padres de Familia o Asamblea general de padres de Familia programen en beneficio de la institución educativa.
  • 73. 17. Hablar bien de la Institución, Docentes, Directivos, Administrativos y demás representantes de la Comunidad educativa. 18. Controlar y verificar el porte digno del carne estudiantil de sus hijos(as). 3. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 1. Exaltación pública de padres de familia en honor al cumplimiento de funciones propias de su cargo. 2. Celebrar, por parte de directivos, docentes, estudiante y demás estamentos comunitarios el DÍA DE LA FAMILIA, en la fecha prevista. 3. Integrar a los padres de familia en actividades recreativas, culturales, deportivas, convivencias, excursiones, otros. 4. Integrar a los padres de familia en las celebraciones especiales como las del Día de la Madre, La Familia, Día del Colegio. 5. Solidaridad espiritual, económica o trabajo comunitario con la comunidad educativa, en caso de calamidad o en ocasiones requeridas. 6. Participación en talleres y seminarios programados por la Institución o invitados por entidades varias. 7. Participar en programas de capacitación que la Institución organice para el desarrollo de la comunidad. 3. CORRECTIVOS FALTA LEVE Toda infracción que por su materia, intención y consecuencia, infrinjan levemente el presente manual, o produzca trastornos menores en el buen funcionamiento de la Institución. Se consideran faltas leves: 1. Incumplir por primera vez con cualquiera de los compromisos estipulados en el Manual de Convivencia. PROCEDIMIENTO: Citación a la Institución para conversación con quien se presente el incumplimiento, con registro en el observador del alumno.
  • 74. FALTA GRAVE Toda infracción que por su materia, intención y consecuencia, infrinja gravemente el presente manual, o produzca trastornos graves en el buen funcionamiento de la Institución. Se consideran faltas graves: 1. Reincidir en la falta de cumplimiento de los compromisos anotados en el Manual de Convivencia. 2. Faltar a la entrega de boletines o cuando su presencia sea requerida. 3. Maltratar física o sicológicamente al menor. 4. Maltratar física o sicológicamente a cualquier miembro de la Institución y Comunidad Educativa. PROCEDIMIENTO: Citación a la Institución con firma de compromiso escrito en el observador del alumno(a). Si el padre o acudiente no se presenta cuando su presencia sea requerida, dos veces consecutivas deberá asistir obligatoriamente a una charla organizada por la rectoría. FALTA MUY GRAVE Aquella que además de reunir las condiciones anteriores, afectan de tal manera a la Institución o a sus miembros en el orden físico o moral, que se hace necesario remitir el caso para que sea estudiado por el Consejo Directivo. Se consideran faltas muy graves: 1. Reincidencia en laS faltas graves. 2. Despreocupación total por el hijo(a). PROCEDIMIENTO: Informe y traslado del caso al ICBF y Personería Municipal. Retiro del hijo(a) de la Institución determinado por el ICBF o Personería Municipal. CAPITULO VII DE LOS EDUCADORES