INTRODUCCION
“La más sagrada, la más personal de todas las propiedades es la obra, fruto del
pensamiento de un escritor” LE CHAPELIER
El Derecho de la Propiedad Intelectual probablemente ha sufrido más
transformaciones durante los últimos años que cualquier otra rama del Derecho.
Los avances en la tecnología, el crecimiento de la industria del ocio, la sociedad
consumista y otros factores han hecho que el Derecho de la Propiedad Intelectual
se transforme en un derecho moderno, un derecho empresarial, que lidera parte
de práctica jurídica.
La importancia económica de la Propiedad Intelectual es un claro ejemplo del
porque el Estado Colombiano, las instituciones y en general la sociedad, deben
cambiar el enfoque que tienen sobre ella. Solo mediante una verdadera revolución
intelectual, Colombia podrá competir dentro de los mercados modernos, donde la
Propiedad Intelectual juega uno de los más importantes papeles.
NORMATIVIDAD SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA
Constitución Política de Colombia
Artículo 61
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las
formalidades que establezca la ley.
Nota: El concepto de “propiedad intelectual”, acogido por el artículo 61 de la
Constitución Política, en concordancia con el artículo 2 numeral 8 del Convenio
que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, es
omnicomprensivo de diferentes categorías de propiedad sobre creaciones del
intelecto, que incluye dos grandes especies o ramas: la propiedad industrial y el
derecho de autor, que aunque comparten su naturaleza especial o sui generis, se
ocupan de materias distintas. Mientras que la primera trata principalmente de la
protección de las invenciones, las marcas, los dibujos o modelos industriales, y la
represión de la competencia desleal, el derecho de autor recae sobre obras
literarias, artísticas, musicales, emisiones de radiodifusión, programas de
ordenador, etc.
UN POCO DE HISTORIA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se remonta desde el origen de la vida humana. Esta ha acompañado al hombre
desde el instante mismo que tuvo la capacidad de imaginar, crear y soñar para
exteriorizar sus sentimientos, su espíritu, para mejorar su calidad de vida, para
diferenciarse de los demás seres vivos, para de este modo encontrar su propia
naturaleza.
QUE ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL
El Código Civil de Colombia en el Articulo 669 define la propiedad como: “el
dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal,
para gozar y disponer de ella, no siendo contra ley o contra derecho ajeno”.
El mismo Código en su artículo 671 dispone: “Las producciones de talento o del
ingenio son una propiedad de sus autores. Esta especie de propiedad se regirá
por leyes especiales”.
Llegaríamos a la conclusión que la Propiedad Intelectual se refiere a aquellas
cosas creadas por el intelecto humano. Todas esas cosas expresadas en el
mundo exterior y que primariamente fueron ideas y que concluye en la creación de
un nuevo bien.
La Propiedad Intelectual es el derecho real sobre una cosa incorporal creada por
medio del intelecto humano, otorgando a su creador la potestad de gozar y
disponer de ella. Es por lo tanto la Propiedad Intelectual un tipo especial de
propiedad, mas no es en sí misma una disciplina normativa. Cosa distinta es que
se conozca con el mismo nombre aquel conjunto de normas que regulan este
especial tipo de propiedad.
El hombre, por medio de leyes regula este tipo de propiedad la cual se le conoce
también como Propiedad Intelectual, De esta manera podemos decir que la
Propiedad Intelectual está regulada por una serie de leyes que llevan su mismo
nombre, Propiedad Intelectual. No es extraño por lo tanto ver en la literatura
definida la Propiedad Intelectual como una disciplina normativa o un conjunto de
leyes, lo cual no es completamente errado, mas no nos brinda en significado
propio de la Propiedad Intelectual.
DIVISION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
CONCLUSION
La propiedad intelectual es toda creación de la mente humana, Los derechos de
propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al ofrecerles
prerrogativas en relación con sus creaciones. Colombia debe cambiar el enfoque
que tienen sobre ella, así podrán estarán en el mercado moderno