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ENCUADRAMIENTO EN SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ADMINISTRADORES SOCIOS Y DIRECTIVOS JORNADA AUDITORES SOCIO LABORALES (1).pdf

  1. ENCUADRAMIENTO EN SEGURIDAD SOCIAL DE LOS ADMINISTRADORES, SOCIOS Y DIRECTIVOS XIV JORNADA TÉCNICA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE AUDITORES SOCIO LABORALES Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 1
  2. NORMATIVA LEGAL Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Art. 1.3.c del ET: se excluyen de ámbito de aplicación de Estatuto de los Trabajadores, la actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad y siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo. 2
  3. NORMATIVA LEGAL (2) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 1. Obligatoriamente incluidos en el RETA: “quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquélla. Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el trabajador posee el control efectivo de la sociedad cuando concurran algunas de las siguientes circunstancias: 1ª Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado. 2ª Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte del mismo. 3ª Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad. DA 27ª LEY GENERAL DE LA S. SOCIAL: 3
  4. NORMATIVA LEGAL (3) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA En los supuestos en que no concurran las circunstancias anteriores, la Administración podrá demostrar, por cualquier medio de prueba, que el trabajador dispone de control efectivo de la sociedad. 2. No estarán comprendidos en el Sistema de la Seguridad Social los socios, sean o no administradores, de sociedades mercantiles capitalistas cuyo objeto social no esté constituido por el ejercicio de actividades empresariales o profesionales, sino por la mera administración del patrimonio de los socios DA 27ª LEY GENERAL DE LA S. SOCIAL: 4
  5. NORMATIVA LEGAL (4) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA INTEGRADOS EN EL RÉGIMEN GENERAL: ART. 97 LGSS 2.a) Los trabajadores por cuenta ajena y los socios trabajadores de sociedades mercantiles capitalistas, aun cuando sean miembros de su órgano de administración, si el desempeño de este cargo no conlleva la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad, ni poseen su control en los términos establecidos en el apartado 1 en la disposición adicional vigésimo séptima de la presente Ley. 2.k) Como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial, los consejeros y administradores de sociedades mercantiles capitalistas, siempre que no posean el control de éstas en los términos establecidos en el apartado uno de la disposición adicional vigésimo séptima de la presente Ley, cuando el desempeño de su cargo conlleve la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuidos por ello o por su condición de trabajadores por cuenta de la misma. 5
  6. NORMATIVA LEGAL (5) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Art. 1.2c de la Ley 20/2007, de 11 julio, reguladora del Estatuto del Trabajador Autónomo. Se aplica la Ley: “a quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, cuando posean el control efectivo, directo o indirecto de aquélla, en los términos previstos en la disposición adicional vigésima séptima del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio” 6
  7. NORMATIVA LEGAL (6) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Art. 3.1.c del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, regulador del RETA, incluye a: “Los socios de las compañías regulares colectivas y los socios colectivos de las compañías comanditarias que trabajan en el negocio con tal carácter, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa. 7
  8. NORMATIVA LEGAL (7) • Excepción en materia de encuadramiento: Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 165.4.LGSS: El percibo de la pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional, en cómputo anual. Quienes realicen estas actividades económicas no estarán obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social. Las actividades especificadas en el párrafo anterior, por las que no se cotice, no generarán nuevos derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Social 8
  9. NORMATIVA LEGAL (8) • Excepción en materia de encuadramiento (2): Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Art. 93.2 de la OM 24.9.1970: “El disfrute de la pensión de jubilación será compatible con el mantenimiento de la titularidad del negocio de que se trate y con el desempeño de las funciones inherentes a dicha titularidad”.  Extrapolable a las sociedades, de un administrador con control societario y accede a la jubilación, en las facultades “indelegables”, junto con la orientación y control de los apoderados, se incluyen las funciones de la “titularidad de negocio” 9
  10. NORMATIVA LEGAL (9) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Art. 1.2 del RD 1382/1985. Se considera personal de alta dirección a aquellos trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la Empresa, y relativos a los objetivos generales de la misma, con autonomía y plena responsabilidad sólo limitadas por los criterios e instrucciones directas emanadas de la persona o de los órganos superiores de gobierno y administración de la Entidad que respectivamente ocupe aquella titularidad 10
  11. DOCTRINA ADMINISTRATIVA • Consulta TGSS 4.6.2012: Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Personal de Alta Dirección: Asunto: Encuadramiento personal de alta dirección en SRL, sin control social y formando parte del consejo de administración, como consejeros remunerados solo por el trabajo de alta dirección. Posturas: 1º Labores de dirección y gerencia 2º Además tienen el cargo de administradores o consejeros 3º Si es consejero o administrador, con labores solo consultivas. 4º Funciones de dirección y gerencia con remuneración y con control societario • Sin control societario: incluidos en el RG • Sin control social y funciones de dirección y gerencia: RG del 97.2.k • Con labores de orientación y control de apoderados: RG del 97.2.a . RETA 11
  12. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (2) • Personal de Alta Dirección (2). Consulta TGSS 31.5.2006 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Asunto: Alto Directivo, sin ser accionista es nombrado temporalmente miembro del consejo de Administración, sin retribución por esa actividad.  Debe quedar integrado en el RG como asimilado a trabajador por cuenta ajena con exclusión del desempleo (97.2.k) 12
  13. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (3) • Representantes o apoderados. Consulta TGSS de 24.3.2011 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: Encuadramiento de una persona física que realiza funciones de representación o apoderamiento en diferentes sociedades de un grupo de empresas, y vinculado con cada una por contrato de alta dirección. Está incluido en el RG, por las labores de alta dirección. De las otras, al no percibir remuneración, no generan obligación de alta en SS.  Las funciones de dirección y gerencia, se pueden realizar por administradores sociales o por consejeros: vínculo mercantil. También por altos directivos, directores generales, apoderados: relación laboral especial o común. 13
  14. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (4) • Representantes o apoderados: sigue Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA El que se realicen las funciones de dirección y gerencia, por medio de una relación laboral o mercantil, no se diferencian en su contenido, tan solo por el hecho de que al tener una relación laboral, están sometidas a las instrucciones que emanan de los órganos superiores de gobierno y administración social (criterio de la Dirección General de Ordenación de la SS de 17.6.1999 y del TS de 27.1.1992. 14
  15. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (5) • Representantes o apoderados (2). Consulta de TGSS de 27.11.2006 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: Poder general conferido por administrador único, y con facultades de dirección y gerencia. Dado que la trabajadora, no es accionista, no posee control social, ni es administradora, no es de aplicación el Art. 97.2.k LGSS. Si tuviera vinculación con la empresa, y cumpliendo las directrices del administrador, en ese caso sería una relación del Art. 97.2.a LGSS. 15
  16. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (6) • Gerente para la dirección de una empresa. Consulta TGSS de 22.3.2007 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Al realizar las tareas bajo las directrices del empresario, a cambio de una retribución económica, procede su encuadramiento como trabajador por cuenta ajena al amparo del Art. 97.2.a LGSS. 16
  17. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (7) • Encuadramiento de socios en sociedad civil. Consulta TGSS de 4.5.2009 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: Encuadramiento de dos socios de una sociedad civil, en la que cada uno dispone de una participación del 50%. Son matrimonio. El esposo trabaja en la sociedad y la esposa no presta servicios en la misma. El esposo, debe quedar incluido en el RETA, y la esposa, aún siendo socia, al no prestar servicios para la misma, no debe quedar incluida en el sistema de la Seguridad Social. 17
  18. DOTRINA ADMINISTRATIVA (8) • Encuadramientos de socios en sociedad civil (2). Consulta TGSS de 17.10.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: encuadramiento en SS de un socio con un 20% en una SCP y que está de alta por otra actividad en el RG. SI realiza una actividad autónoma en la sociedad civil, procederá su inclusión en el RETA, quedando en pluriactividad. Si no realiza actividad alguna societaria, a parte de ser socio, no es obligatoria el alta en el RETA: 18
  19. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (9) SOCIOS PROFESIONALES A tenor de la Ley 2/2007, 15 de marzo. ENCUADRAMIENTO Cuando ejercen su actividad en las sociedades profesionales, deben estar en el RETA, en los términos de la DA 15ª Ley 30/1995, de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, a la que se remite la Ley 2/2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Encuadramiento de socios profesionales. Consulta TGSS de 20.4.2010 19
  20. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (10) • Socio mayoritario de una mercantil que hace labores de dirección y gerencia y de arquitecto. Consulta TGSS de 6.4.2005. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: Encuadramiento de socio mayoritario de una mercantil con funciones de dirección y gerencia, y con labores de arquitecto en un 90%. Está dado de alta en la Mutualidad del Colegio de Arquitecto. Si el objeto societario es exclusivamente la actividad de arquitectura, y a ella dedica la mayor parte de su jornada, no procede alta en RETA, y es válida solo la inclusión en la Mutualidad.  Si el objeto societario es más amplio y se dedica a más actividades, el trabajador por ejercitar la gestión y dirección y tener control societario, debe ser alta en RETA. 20
  21. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (11) • Encuadramiento socios de una SRL con un 50 % de capital cada uno y son administradores solidarios. Consulta TGSS 17.12.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Al llevar a cabo las labores de dirección y gerencia solo uno, éste debe quedar encuadrado en el RETA. El otro, si “feacientemente” se demuestra que no realiza tales funciones, sino solo las indelegables, no estará en el RETA: No obstante, es difícil acreditar que no se realizan funciones directivas o gerenciales en caso de: administrador único, solidario, mancomunado o consejo de administración sin delegación de funciones (salvo indelegables). El otorgamiento de apoderamientos generales podrá ser un indicio, no una prueba indubitada, debiendo ser corroborado con otras pruebas. 21
  22. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (12) • Encuadramiento de un trabajador que adquiere la totalidad de las participaciones y de su esposa de baja por gestación. Consulta TGSS de 23.3.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA • Trabajador que va a adquirir la totalidad de las participaciones sociales de una empresa, así como la empresa que es trabajadora por cuenta ajena y en la actualidad está de baja por riesgo de embarazo. Asunto: • Adquirir la totalidad de las participaciones y ser administrador único conllevan al RETA acorde a la DA 27ª LGSS. La esposa igual, una vez que esté de alta médica. Informe: 22
  23. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (13) • Encuadramiento de tres socios hermanos y sin convivencia. Consulta TGSS 1.6.2006. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Asunto: Encuadramiento tres socios hermanos, no convivientes y que trabajan en la sociedad. Dos son administradores solidarios.  Se presume que ostentan el control social, acorde a la DA 27ª LGSS y deben estar todos en el RETA. 23
  24. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (14) • Encuadramiento de socios de una SRL. Consulta de TGSS de 23.2.2006. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: encuadramiento: de socios de SRL, uno es administrador único, sin remuneración y los otros dos son apoderados sin trabajo alguno. El administrador único estará en el RETA, los otros dos, si no realizan trabajo alguno, no estarán en el Sistema de S. Social. 24
  25. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (15) • Encuadramiento de pareja de hecho de un socio mayoritario de SRL. Consulta de TGSS de 28.11.2005. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Asunto: La pareja trabaja en la empresa, y no existe vínculo matrimonial. Tanto el Art. 7, la DA 27ª LGSS y el Art. 3.1.b del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, regulador del RETA, no contempla a las parejas de hecho, sino al cónyuge del empresario, o al titular de las acciones sociales. 25
  26. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (16) Parejas de hecho: ¿siguen sin ser consideradas a afectos de encuadramiento en S. Social? Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA DA 11ª Ley 3/2012: Bonificaciones de nuevas altas de familiares de trabajadores autónomos y que se incorporen al Reta. Peculiaridades:  Bonificación: 50% de la base mínima de cotización al RETA. Duración: 18 meses.  Colectivos: cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta el 2º grado. 26
  27. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (17) • Encuadramiento de familiares de trabajadores autónomos societarios y con o sin dependencia. Consulta TGSS de 7.7.2005. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Si el trabajador es hijo del autónomo, conviva o no con él y tiene menos de 30 años. En este caso, podrá ser trabajador por cuenta ajena, aunque sin desempleo.  Si es mayor de 30 años, se prestan servicios para el padre y hay convivencia, se produce una presunción “iuris tantum” de trabajos que no son por cuenta ajena y procede inclusión en el RETA, salvo prueba en contrario.  En el caso anterior, si no convive el hijo con el padre, la solución es la misma, inclusión en el RETA. El Art. 3.1.a del Decreto 2530/1970, requiere a los familiares trabajar de personal, habitual y directa, salvo que tengan condición de asalariados. No está la nota de convivencia. 1º 2º 3º 27
  28. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (18) • Encuadramiento de familiares de trabajadores autónomos societarios y con o sin dependencia. Consulta TGSS de 7.7.2005. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Si no convive, no estaría dentro de la DA 27ª LGSS, sería un trabajador cuenta ajena del Art. 97.2.a LGSS, salvo que la Administración demuestre control social.  Si el trabajador presta servicios para una CB, conviva o no con el padre, que tiene el 50% del control comunitario, a tenor del Art. 3 del Decreto 2530/1970, estaría en el RETA. 4º El trabajador que presta servicios (con más de 30 años)en una sociedad mercantil, en la que el padre, con el que convive, tiene el 50% de las acciones. Será RETA por la DA 27ª LGSS. 5º 6º 28
  29. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (19) • Encuadramiento de un socio con participación inferior al 25%. Consulta TGSS del 25.5.2005 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Socio con funciones consultivas, no ejecutivas y retribución simbólica.  Otro socio con iguales funciones y una participación en el capital del 90%. Ambos estarán excluidos del Sistema de Seguridad Social. La DA 27ª LGSS hace referencia a funciones ejecutivas, es decir, administración y gerencia. Es preciso, en este caso, un tercero que lleve a cabo las funciones, y tan solo se limiten estos socios a fiscalizar, situación similar al empresario individual, mero titular de la empresa. Tal situación debe acreditarse debidamente, y no sirve tan solo el testimonio de los trabajadores por la nota de dependencia con el empresario (DG Ordenación de la SS de 21.6.1999). 29
  30. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (20) • Encuadramiento de un presidente de un consejo de administración y consejero delegado jubilado. Consulta TGSS de 20.5.2008. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Al ser consejero delegado y realizar labores de dirección y gerencia, con control a tenor de la DA 27ª LGSS, debe quedar incluido en el RETA. 1º El disfrute de la pensión es compatible con el mantenimiento de la titularidad del negocio y con las funciones inherentes a la titularidad (Art. 93.2 D. 2530/1970)  2º En las grandes empresas, dentro del Consejo están los Consejeros Delegados o las Comisiones Ejecutivas (Art. 124 Rgto. R. Mercantil) 3º Las funciones consultivas o de asesoramiento, son todas aquellas diferentes de las directivas o gerenciales. Notas de interés: 30
  31. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (21) • Encuadramiento de un presidente de un consejo de administración y consejero delegado jubilado. Consulta TGSS de 20.5.2008 (sigue) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 4º Dentro de las funciones inherentes a la titularidad del negocio, comprende dictar instrucciones y criterios de actuación a las personas que llevan la gestión y dirección, así como los actos de disposición necesarios para efectuar aquellas. Se incluyen también labores que no puedan encomendarse a personas ajenas al órgano de administración. 31
  32. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (22) • Encuadramiento de un trabajador nombrado consejero vocal, sin remuneración por el cargo, y si por la de su vínculo laboral. Consulta TGSS de 16.5.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Al ejercer labores de representación, dirección y gerencia, sin control de la sociedad, debe quedar incluido en el RG como asimilado, sin desempleo (Art. 97.2.k LGSS) 32
  33. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (23) • Encuadramiento consejero delegado y secretario del consejo de administración. Consulta TGSS de 2.3.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA - Asunto: Encuadramiento Consejero Delegado con el 6,67% del capital, no convive con su padre (titular del 80%), y su esposo es secretario del Consejo de Administración, sin acciones. - La consejera estará en el RG (Art. 97.2.k) y el marido en el RG (Art. 97.2.a) al no ser accionista, ni administrador. Es un trabajador por cuenta ajena. 33
  34. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (24) • Encuadramiento de un miembro del consejo de administración. Consulta TGSS de 29.6.2006. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Asunto: Si procede el encuadramiento en SS de un consejero de administración, con control social y sin facultades de dirección y gerencia, aunque realiza labores de asesoramiento por las que percibe alguna cantidad y es pensionista de jubilación. -No estaría incluido en el RETA, salvo que la retribución por la actividad consultiva tenga entidad suficiente para configurar la nota de habitualidad o concurran otras notas que denoten actividad profesional. 34
  35. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (25) • Supuestos de encuadramiento de administradores sociales o miembros del consejo de administración. Consulta TGSS de 17.6.2005. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Si realiza labores de dirección y gerencia, con retribución y sin control social: RG asimilado (Art. 97.2.k LGSS)  Si el cargo de administrador es remunerado, no realiza funciones de dirección y gerencia, no tiene control social. Está fuera del Sistema de S. Social.  Si el administrador realiza funciones de dirección y gerencia, a cambio de retribución, o por tener además relación laboral, y con control social: RETA.  Administrador con retribución por el cargo, con control social, pero sin funciones de dirección y gerencia, estará excluido del Sistema de S. Social. 1º 2º 3º 4º 35
  36. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (26) • Supuestos de encuadramiento de administradores sociales o miembros del consejo de administración. Consulta TGSS de 17.6.2005 (Sigue) Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Si no percibe retribución por el cargo, no posee control de la sociedad (directo o indirecto), pero ejerce labores de dirección y gerencia: excluido S. Social.  Si no percibe retribución por el cargo, no posee control efectivo de la sociedad y no ejerce funciones de dirección y gerencia, está excluido S. Social.  Si no percibe retribución, posee control efectivo y ejerce funciones de dirección y gerencia: está incluido en el RETA.  No percibe retribución, posee control efectivo y no ejerce labores de dirección y gerencia, no está en el Sistema de la S. Social. 5º 6º 7º 8º 36
  37. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (27) • Administradores perceptores de pensión de jubilación. Consulta TGSS de 9.2.2011: Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA -Administrador único, que se jubila, mantiene el cargo y el control social, y no percibe remuneración por las labores de dirección y gerencia: RETA • Con control societario. -Administrador único, que se jubila, la actividad es remunerada, y realiza funciones de dirección y gerencia: RG asimilado (97.2.k LGS). Sin remuneración excluido del Sistema de S. Social. • Sin control societario. 37
  38. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (28) • Administradores de sociedades mercantiles, sin control social y con contratos a tiempo parcial para varias sociedades. Consulta TGSS 6.10.2010. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA -En este caso, con arreglo al Art. 97.2.k LGSS, al realizar funciones de dirección y gerencia y ser retribuidos por ello, o por su condición de trabajadores, se incluyen en el RG sin desempleo y fogasa. -La actividad de administrador tiene naturaleza mercantil, no sujeta al ET, aunque sus trabajadores tengan suscritos contratos a tiempo parcial, no se les aplican los contenidos del Art. 12 ET. Criterio coincidente con la STS 20.11.2003. 38
  39. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (29) • Encuadramiento de pareja de hecho del administrador y socio único de la SLU. Consulta de TGSS de 31.7.2008. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA En principio se incluirán en el RG, salvo que se demuestre el carácter por cuenta propia por la Administración o el interesado y reúne los requisitos del RETA.. Ponerlo en relación con la DA 11ª de la Ley 3/2012. 39
  40. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (30) • Administrador único sin control social. Consulta TGSS 24.7.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA SIN REMUNERACIÓN Y sin otra vinculación con la sociedad que la mercantil: excluido del sistema de S. Social CON REMUNERACIÓN Y labores de dirección y gerencia, se incluye en el RG como asimilado, con exclusión de desempleo y fogasa. 40
  41. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (31) • Encuadramiento del administrador de una sociedad dedicada al alquiler del patrimonio de los propios socios. Consulta de TGSS de 3.6.2008. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Sin local social, ni personal, y que a efectos fiscales se considera un sociedad de mera tenencia de bienes.  Aunque el objeto social sea más amplio que la mera administración de bienes, si no lleva a cabo, no procede inclusión en el RETA. 41
  42. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (32) • Administrador con control societario que no desempeña funciones de dirección y gerencia, sino consultivas y de asesoramiento. Consulta de TGSS de 2.3.2007. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA - Si se prueba efectivamente, aunque perciba remuneración, no procede su inclusión en el RETA. Tampoco en el RG. -Para estar incluido en el RETA es “imprescindible” acreditar todos los requisitos -Las funciones directivas o gerenciales, hacen a aquellas que pueden realizarse indistintamente por los administradores (vínculo mercantil) o por los altos cargos o Directores Generales (vínculo laboral). Son las funciones del Art. 1.2 del RD 1382/1985, y no se diferencian, nada más porque el Alto Directivo está sometido a las instrucciones emanadas de los órganos superiores de gobierno societario. 42
  43. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (33) • Encuadramiento en S. Social de administradores de una sociedad anónima, compuesta por cuatro miembros de una familia, con convivencia, con el 25% de las acciones, todos en el consejo y éste se reune 5/6 veces al año. Consulta de TGSS de 13.2.2007 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Al ser consejeros con control, a tenor de la DA 27ª LGSS, aún no estando retribuidos y sin realizar otras actividades para la sociedad, estarán incluidos en el RETA. Quedarán excluidos del sistema de S. Social, si solo ostentasen la condición de socios.  El no ser retribuidos y las asistencias escasas al órgano societario, no impiden el alta en el RETA.  Los socios con control social que presten servicios para la sociedad, sin ser consejeros, se incluirán en el RETA: 1º 2º 3º 43
  44. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (34) • Encuadramiento de una administradora única, a título gratuito de una SL. Consulta de TGSS de 28.6.2006. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA -Posee el 10,2% del capital social y su esposo el 9,8%. El resto, un 40% de cada hijo con los que no convive. - Estará excluida del sistema de S. Social aun cuando se trate de una empresa individual - El carácter retribuido supone la recepción de una compensación o beneficio económico por el ejercicio del mismo. 44
  45. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (35) • Encuadramiento dos socios administradores solidarios, sin retribución, con el 50% del capital cada uno. Consulta TGSS de 4.7.2005. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Socio con funciones de dirección y gerencia: integrado en el RETA. Socio con funciones tan solo indelegables: excluido de S. Social. Debe de probar que no realiza funciones de dirección y gerencia. 45
  46. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (36) • Encuadramiento socios administradores, de carácter remunerado y sin control social. Consulta de TGSS de 19.4.2005 Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Estarán incluidos en el supuesto del Art. 97.2.k LGSS, al ser administradores remunerados y sin control societario. 46
  47. DOCTRINA ADMINISTRATIVA (37) • Encuadramiento en S. Social de un socio con un 25% de participaciones y administrador mancomunado gratuito. Consulta de TGSS de 11.4.2004. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA - Deberá quedar integrado en el RETA. - Quedará excluido, si prueba su inactividad societaria por tener conferido poder para su ejercicio a un tercero. - Problema: si la administración es mancomunada o conjunta, es difícil la prueba de inactividad. 47
  48. NOTAS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN • Modalidades: Art. 210.1 TRLSC y Arts. 124 y 185 RRM Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 1º- Administrador único 2º- Administradores solidarios 3º-Administradores mancomunados 4º-Consejo de administración. ENUMERACIÓN CERRADA DE LOS MODOS DE ORGANIZACIÓN Administración pluripersonal 48
  49. NOTAS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN (2) • Administrador único: Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  Una sola persona lleva a cabo la totalidad de las funciones de gestión y representación.  Es propio de sociedades de escasa envergadura y de estructura accionarial primaria o familiar, en la que el accionista mayoritario o dueño asume todos los poderes.  Ventaja: Rapidez en la toma de decisiones. 49
  50. NOTAS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN (3) • Administradores solidarios: Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Cada administrador ostenta el poder de representación de la sociedad, de manera que ésta queda vinculada por la actuación individual de cada uno de ellos, sin necesidad de la concurrencia de otro/s administradores. 50
  51. NOTAS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN (4) • Administradores mancomunados: Es precisa la actuación conjunta. En Sociedad anónima En sociedad limitada Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA  El número de administradores debe ser necesariamente dos. Mas se opta por consejo de admón.  Frente a terceros los dos administradores han de actuar siempre mancomunadamente, no vinculando a la sociedad por separado. Art. 233.2. TRLSC  Pueden ser más de dos. No hay límite.  Cuando el número es superior a dos, el poder de representación ha de ser ejercitado de forma conjunta, por al menos dos de ellos. Art. 233.2.c TRLSC 51
  52. NOTAS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN (5) • Consejo de administración: Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA Está formado por un mínimo de tres miembros. Los estatutos fijarán el número de miembros del consejo o bien el máximo o el mínimo. En la SRL, el número máximo de sus componentes será de doce. Las discusiones y acuerdos del consejo se plasman en un libro de actas, que será firmado por el presidentes y el secretario. 52
  53. FACULTADES ESENCIALES DE LOS ADMINISTRADORES ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES ANÓNIMAS  Presentar la escritura de constitución en el Registro Mercantil  Creación, supresión, traslado de sucursales.  Ejercicio de la acción de responsabilidad por las aportaciones no dinerarias.  Autorización de trasmisión de acciones.  Velar por el desembolso de los dividendos pasivos.  Suscribir los títulos- acciones.  Llevar libro registro de las acciones nominativas.  Obligaciones sobre participaciones recíprocas.  Convocar la junta general ordinaria y extraordinaria.  Asistir a las juntas generales.  Requerir la presencia del notaria para levantar acta de la junta.  Impugnar determinados acuerdos sociales. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 53
  54. FACULTADES ESENCIALES DE LOS ADMINISTRADORES (2) ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES ANÓNIMAS  Guardar secreto de las informaciones confidenciales.  Representar a la sociedad  Ejecutar los acuerdos sociales.  Dar plazo para la suscripción preferente.  Formular las cuentas anuales.  Información contable al accionista.  Redactar el proyecto de fusión.  Redactar el proyecto de escisión.  Convocar la junta para que acuerde la disolución, o instar la judicial.  Prestar su concurso para la liquidación. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 54
  55. FACULTADES ESENCIALES DE LOS ADMINISTRADORES (3) ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA  Presentar la escritura de constitución de la sociedad para su inscripción en el RM.  Acordar la creación, supresión o traslado de sucursales.  Llevanza y custodia de los libros de socios.  Designar un auditor.  Convocar la junta general.  Informaciones y aclaraciones a los socios del orden del día de las juntas.  Requerir la presencia de un notario que levante acta de la junta general.  Recibir las comunicaciones y notificaciones a la sociedad.  Impugnar los acuerdos nulos o anulables del consejo o de la junta general.  Cuentas anuales, aumento, reducción de capital, disolución judicial….. Madrid 22/11/2012 MARIO GIL VILLANUEVA 55
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