Conocimiento sobre el Patrimonio ambiental

Introducción
En el siguiente trabajo se dan a conocer una serie de conceptos esenciales para nuestro día a
día como lo son:
       La valoración, conservación y preservación de la planificación ambiental.
       La educación ambiental nos permite contar con las herramientas instrumentales
       necesarias para llevar a cabo el estudio de los impactos ambientales, para la
       prevención ambiental se debe anticipar los daños y así los impactos ambientales de
       cada estado o nación debe resguardarse como un patrimonio ambiental.
       El derecho ambiental se ocupa de la protección del medio ambiente se dice que este
       derecho proviene de orígenes romanos por los años del siglo XX, el derecho
       ambiental gira alrededor de ejes como: Técnicas de intervención pública,
       planificación, evaluación del impuesto, prevención y control. El impacto ambiental
       se clasifica en: Efectos sociales económicos, tecno-culturales y ecológicos y el gran
       ejemplo del día a día el ruido generado por el tráfico en una autovía pertenece a los
       efectos sociales y causa d un gran impacto negativo para la calidad de vida de
       nosotros de los seres humanos.
       La contaminación afecta directamente la salud del ser humano. Hay muchos tipos
       de contaminación una de ellos son la contaminación de la atmosfera provocada por
       las emisiones CO2y la parte del agua provocada por diversos químicos.
Patrimonio.
Suma de los valores determinados, tales como: cultura, sociedad, ambiente, historia,
tradiciones, económica y política; que son heredados y conservados para una mayor
disposición de los recursos de un país, una nación, una región o un lugar, que se utilizan
para      la     vida      social,     económica      e      histórica     que     posee.
Se define como el conjunto de elementos heredados de generación en generación,
conformado por todos los bienes naturales, culturales, tradicionales e históricos de
una nación.

                       Patrimonio Ambiental.

El patrimonio ambiental, es todo elemento o conjunto de elementos tangibles o intangibles
cuya imagen (percepción o información de ella) hace que la comunidad le asigne o
reconozca en el o ellas un valor más allá de su valor concreto y cuantificable. Representa
algo significativo, desarrollado en su cultura, que los identifica como comunidad en un
tiempo                     espacio                   histórico                   determinado.
El patrimonio ambiental, encierra el patrimonio cultural y el patrimonio natural. El
patrimonio cultural se refiere a todas las acciones humanas sobre el territorio, y patrimonio
natural, por apropiación del territorio donde la sociedad vive, se manifiesta, y siente como
propio.
También se puede decir que el patrimonio ambiental es donde se comprende todas las
bellezas naturales, conformada por ríos, montañas, selvas, áreas con climas y especies
silvestres vegetales o animales que necesitan cuidados especiales para su conservación y se
dividen o clasifican en: Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Zonas Protectoras
con que cuenta un país con el fin de preservarlas, protegerlas y darle un especial cuidado
debido a las características que presentan como tal.



       Valoración de la Patrimonio Ambiental
        La administración del medio ambiente es la evaluación, planificación, gestión o
manejo ambiental de una forma adecuada tratando dañar lo menos posible al medio
ambiente y utilizando lo necesario de recursos naturales. Se debe de hacer un estudio para
después planificar hasta llegar al objetivo y gestionar, este puede ser en un área grande o en
un lugar más específico como una localidad en particular, puede ser una evaluación del
impacto ambiental de cierta región, es importante incluir la opinión de la población ya que
ellos son los que están de cierta forma conviviendo día con día en las áreas y están más
sensibilizados, También es importante la participación del gobierno ya que este aplica la
legislación, pero esta participación debe de ser balanceada y no irse por el lado del
poderoso y que observe la conducta cívica de los particulares. La planificación ambiental es
cuando se intenta concretar, estoy de acuerdo que en esta planeación se deben de tomar en
cuenta los recursos naturales utilizando adecuadamente el medio ambiente, y se deben de
tomar en cuenta los impactos que se puedan tener ya que la sociedad- naturaleza condiciona
las características del medio ambiente, se debe de planificar de acuerdo a lo que se haya
evaluado y sea lo mejor para el medio ambiente con el menor daño posible a la naturaleza y
al sistema social.
        En un plan ambiental se deben de considerar todas las interacciones que haya con
los elementos en un medio ambiente, y debe de contener recomendaciones para que el
consumo y la tecnología sean las adecuadas y no contribuyan a disminuir nuestros recursos
naturales. Debe de incluir una evaluación ambiental, donde hayan objetivos, estrategias
para alcanzarlos y recomendaciones. Hay varias instituciones gubernamentales en México
que ya se han dedicado a planificar el medio ambiente de una forma sustentable con la
participación de la sociedad. Por último la gestión es esencial para la administración del
medio ambiente ya que en esta se ven las acciones, maniobras como se deben realizar, los
pasos adecuados que se deben de tomar, los plazos y opciones posibles.



      Conservación del Patrimonio Ambiental
       El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, su protección, la
preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental, son aspectos muy
relevantes de la relación del ser humano con su entorno .De allí que sea importante conocer
fehacientemente los conceptos relacionados con el desarrollo en forma activa de la
educación y la protección ambiental. Siendo un tema realmente extenso, de seguro nos
quedaríamos cortos al referirnos a él. Sin embargo, aspiramos que la publicación y lectura
del presente artículo despierte vocaciones y motivaciones que estimulen a nuestra
población a ejercitar su dimensión ecológica. El concepto a transformar en proceso cultural
activo es la Conservación del Patrimonio Ambiental, que consiste en el uso y
aprovechamiento racional o la reparación, en su caso, de los componentes del Ambiente,
especialmente aquellos propios del país que sean únicos, escasos o representativos, con el
objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración.

        Para realizar la función conservacionista, nuestro habitante debe inhibir o mitigar a
la Contaminación, identificada como el proceso de deterioro de los recursos vitales por la
presencia en el ambiente de elementos llamados contaminantes (compuestos, sustancias,
derivados químicos o biológicos, energía, radiación, vibración, ruido, o una combinación de
ellos) , cuya presencia en el Ambiente, en ciertos niveles, concentraciones o períodos de
tiempo, pueda constituir un riesgo a la salud de las personas, a la calidad de vida de la
población, a la preservación de la naturaleza o a la conservación del patrimonio ambiental.

        A través de la acción conservacionista, se pretende adelantarse al Daño Ambiental,
el cual se reconoce como toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo
inferido al Ambiente o a uno o más de sus componentes. Para ello es necesario que los
proyectos industriales realicen antes de su constitución, una Declaración de Impacto
Ambiental, vale decir, un documento descriptivo de una actividad o proyecto que se
pretende realizar, o de las modificaciones que se le introducirán, otorgado bajo juramento
por el respectivo titular, cuyo contenido permite al organismo competente, evaluar si su
impacto     ambiental     se     ajusta    a    las    normas      ambientales     vigentes.

        El paradigma que se persigue cuando hablamos hoy en día de crecimiento
demográfico y económico, es el que se adopta bajo la denominación de Desarrollo
Sustentable: el proceso de mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las
personas, fundado en medidas apropiadas de conservación y protección del medio
ambiente, de tal manera que no se comprometan las expectativas de las generaciones
futuras. Para alcanzar ese Desarrollo Sustentable, es necesario aplicar la Educación
Ambiental, que es el proceso permanente de carácter interdisciplinario, destinado a la
formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos y desarrolle las
habilidades y las actitudes necesarias para una convivencia armónica entre seres humanos,
su         cultura         y         su        medio          biofísico       circundante.

        Esa Educación Ambiental nos permite contar con las herramientas instrumentales
necesarias para llevar a cabo los denominados Estudios de Impactos Ambientales o
documentos que describen pormenorizadamente las características de un proyecto o
actividad que se pretenda llevar a cabo o al que se le efectúe una modificación. Debe
proporcionar antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su
impacto ambiental y describir las acciones que ejecutará para impedir o minimizar sus
efectos significativamente adversos. Mediante estos de Impactos Ambientales se efectúa la
Evaluación del Impacto Ambiental, que permite precisar cuan ajustada a la norma se
encuentra la interacción entre la actividad humana y las variables ambientales.

        Un punto importante en la configuración del Proyecto se encuentra en el “trazado”
de la Línea de Base, la cual nos delimita el área de influencia de un proyecto de desarrollo
previamente a su ejecución, tomando en cuenta que el Ambiente es un sistema global
constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química , biológica,
sociocultural y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o
natural, y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples
manifestaciones; lo que procura una exitosa gestión ambiental, es mantener al Ambiente
libre de contaminación o en todo caso, impidiendo que la concentración de los elementos
dañinos alcance concentraciones y niveles susceptibles de constituir un riesgo a la salud de
las personas, a la calidad de vida de la población, a la preservación de la naturaleza o a la
conservación del patrimonio ambiental; para ello se establecen normas primarias y
secundarias de calidad ambiental.Las primeras, establecen los valores de las
concentraciones y períodos, máximos o mínimos permisibles de elementos, compuestos,
sustancias, derivados químicos biológicos, energías, radiaciones, vibraciones, ruidos o
combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo
para la vida o la salud de la población. Las segundas, aquéllas que establecen los valores de
las concentraciones y períodos, máximos o mínimos permisibles de sustancias, elementos,
energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente puedan constituir
un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la
naturaleza. Para controlar esta variable se emiten las llamadas Normas de Emisión, que
establecen la cantidad máxima permitida para un contaminante, medida en el efluente de la
fuente                                                                              emisora.
Es claro que los Recursos Naturales o componentes del Ambiente susceptibles de
ser usados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades o intereses espirituales,
culturales, sociales y económicos, requieren de la adopción de un conjunto de políticas,
planes, programas, normas y acciones, destinadas a mantener las condiciones que hacen
posible la evolución y el desarrollo de las especies y de los ecosistemas de cada país
controlar                                    su                                    deterioro.

        Unos conceptos muy útiles para aplicar labores de prevención ambiental
anticipándonos a los daños, lo constituyen los denominados como Zona Latente y Zona
Saturada. La Zona Latente, es aquélla en que la medición de la concentración de
contaminantes en el aire, agua o suelo se sitúa entre el 80% y el 100% del valor de la
respectiva norma de calidad ambiental. La Zona Saturada, por su parte, es: aquélla en que
una o más normas de calidad ambiental se encuentran sobrepasadas. Sin perjuicio de las
sanciones que señale la ley, todo el que culposa o dolosamente cause daño al medio
ambiente, está obligado a repararlo materialmente, a su costo, si ello fuere posible, e
indemnizarlo en conformidad a la Ley. Es deber del Estado facilitar la participación
ciudadana y promover campañas educativas destinadas a la protección del Ambiente.

       En esta hora de claros impactos ambientales que son innegables, cada nación del
planeta debe comprometerse con la vida resguardando su patrimonio ambiental


                       Preservación Ambiental
A veces la dispersión de los contaminantes cumple con esto, es decir, al dispersarse las
partículas en el aire o en el suelo, lo que está sucediendo es que está creciendo el
"desorden" y mientras las partículas no lleguen a concentrarse, digamos que el ambiente
dispersa                                    los                                 contaminantes.
En realidad no los dispersa, lo que sucede es que disminuye lo que se denomina capacidad
de resiliencia del ambiente, es decir, su capacidad para contener un impacto o absorber el
impacto                         de                       un                      contaminante.
En la planificación la variable ambiental es tan simple que prácticamente debiera ser
considerada como la primera limitante en un proyecto, y sin embargo es la última o no
existe                                                                            directamente.
Planificar significa de alguna manera limitar. Limitar significa coartar y guiar. Si no se
planifica (es decir, si no se limita, si no se coarta) el futuro es diferente que al principio y
puede ser mucho más perjudicial.

                            Derecho ambiental
Derecho ambiental, rama del Derecho que se ocupa de la protección del medio ambiente
contra agresiones derivadas de la acción humana. Aunque cuenta con algunos remotos
orígenes romanos en las relaciones jurídicas entre colindantes, “relaciones de vecindad”,
acerca de emisión de humos, ruidos y ejecución de actividades molestas, no es hasta los
años sesenta del siglo XX cuando cobra un gran impulso, con diferencias según la fecha de
la industrialización de cada país, determinante en el nacimiento de la conciencia ecológica
en              amplias             capas             de            la            sociedad.
El paso lógico de la necesaria concienciación ambiental a la incorporación a la política
oficial, y de ésta al Derecho, tiene su punto de inflexión en 1972, con la Conferencia de
Estocolmo organizada por la ONU. La Constitución española de 1978 consagraba esta
preocupación al incluir entre sus principios rectores al derecho y el deber de proteger el
medio                                                                             ambiente.
El Derecho ambiental adolece, además de una aplicación relativamente escasa, del hecho de
ser un inmenso y heterogéneo conjunto de normas dispersas en multitud de organismos
públicos y semipúblicos, muchas veces contradictorias, lo que hace en ocasiones difícil
encontrar las directamente aplicables en un caso concreto. Por otra parte, no existe
unanimidad de criterio a la hora de definir el concepto de “Derecho ambiental”. Hay
juristas que ciñen su campo a la normativa sobre agua y aire (los dos fluidos que permiten
la vida), mientras que otros añaden a estos dos el suelo; algunos incorporan el subsuelo en
tanto que recurso natural. En todo caso, hay que separar el Derecho ambiental de otros muy
cercanos, como el de la Ordenación del Territorio y el Urbanismo. Han aparecido hace
escasos años conceptos nuevos como el de la “protección del paisaje”, donde junto a
criterios materiales se incluyen otros estéticos, culturales o inmateriales.
Dejando a un lado las disquisiciones doctrinales y jurisprudenciales, el Derecho ambiental
gira especialmente alrededor de estos ejes: las diversas técnicas de intervención pública
(autorizaciones, prohibiciones, regulaciones, planificación, sanciones y catalogaciones), la
evaluación de impacto ambiental, las ayudas y subvenciones, la prevención y control
integrado de la contaminación, la participación social y la información sobre datos
ambientales, la cooperación internacional y el reparto interno de competencias entre los
diversos organismos. Se compone principalmente de Derecho Administrativo, pero también
cuenta con el Derecho civil (responsabilidad por daños), el penal (delitos ecológicos) y el
tributario (impuestos ecológicos).




                           Impacto ambiental
Impacto ambiental, término que define el efecto que produce una determinada acción
humana                  sobre                el                medio              ambiente.
Los efectos pueden ser positivos o negativos y se pueden clasificar en: efectos sociales,
efectos     económicos,     efectos     tecnológico-culturales    y    efectos   ecológicos.
Dentro de los impactos sociales se suele poner como ejemplo el efecto del ruido generado
por el tráfico en una autovía. El ruido causa un impacto negativo sobre la calidad de vida o
sobre el confort de las personas que habitan junto a la infraestructura en cuestión. Por el
contrario, el recrecimiento de una presa existente puede tener un efecto positivo,
asegurando el abastecimiento de agua durante las épocas de sequía prolongada.
Las líneas de alta velocidad suelen tener un efecto positivo en el desarrollo económico de
las             comarcas              por            las            que           discurren.
Los efectos culturales suelen caracterizarse por su impacto negativo ya que, en ocasiones,
las actividades humanas pueden llegar a alterar o destruir yacimientos u otros bienes
culturales. Por el contrario, un efecto positivo sería el hallazgo de restos arqueológicos o
paleontológicos durante las excavaciones y los movimientos de tierra que se realizan en
determinadas obras. Un claro ejemplo lo constituye el yacimiento de Atapuerca (Burgos,
España) que se puso al descubierto gracias a las trincheras que se excavaban durante las
obras                                       del                                    ferrocarril.
El impacto ecológico generalmente es de carácter negativo, ya que puede suponer el
desplazamiento de poblaciones o la destrucción de hábitats o de especies. En algunas
ocasiones, sin embargo, se generan efectos positivos; por ejemplo en las explotaciones de
áridos en graveras se pueden crear nuevos hábitats cuando, al abandonarse o agotarse la
explotación, la cubeta queda inundada convirtiéndose en una zona húmeda.
El término impacto ambiental se utiliza en dos campos diferenciados, aunque relacionados
entre sí: el ámbito científico-técnico y el jurídico-administrativo. El primero ha dado lugar
al desarrollo de metodologías para la identificación y la valoración de los impactos
ambientales, incluidas en el proceso que se conoce como Evaluación de Impacto Ambiental
(EIA); el segundo ha producido toda una serie de normas y leyes que garantizan que un
determinado proyecto pueda ser modificado o rechazado debido a sus consecuencias
ambientales. Este rechazo o modificación se produce a lo largo del procedimiento
administrativo de la evaluación de impacto. Gracias a las evaluaciones de impacto, se
pueden estudiar y predecir dichas consecuencias ambientales, esto es, los impactos que
ocasiona                      una                      determinada                     acción.




                               Contaminación
Contaminación, impregnación del aire, el agua o el suelo con productos que afectan a la
salud del hombre, la calidad de vida o el funcionamiento natural de los ecosistemas. Sobre
la contaminación de la atmósfera por emisiones industriales, incineradoras, motores de
combustión interna y otras fuentes, véase Contaminación atmosférica. Sobre la
contaminación del agua, los ríos, los lagos y los mares por residuos domésticos, urbanos,
nucleares e industriales, véase Energía Nuclear; Depuración de aguas; Contaminación del
agua.
Conclusión
        El patrimonio ambiental, es todo elemento o conjunto de elementos tangibles o
intangibles cuya imagen (percepción o información de ella) hace que la comunidad le
asigne o reconozca en el o ellas un valor más allá de su valor concreto y cuantificable,
podríamos decir que encierra el patrimonio cultural y el patrimonio natural. El patrimonio
cultural se refiere a todas las acciones humanas sobre el territorio, y patrimonio natural, por
apropiación del territorio donde la sociedad vive, se manifiesta, y siente como propio.

        Hablamos de los valores del patrimonio ambiental se dice que es la evaluación,
planificación, gestión o manejo ambiental de una forma adecuada tratando dañar lo menos
posible al medio ambiente y utilizando lo necesario de recursos naturales en un plan
ambiental se deben de considerar todas las interacciones que haya con los elementos en un
medio ambiente, y debe de contener recomendaciones para que el consumo y la tecnología
sean las adecuadas y no contribuyan a disminuir nuestros recursos naturales. La
conservación ambiental, es el derecho de vivir en un ambiente natural libre de
contaminación es importante que cada quien colabore para que esto sea posible ya que nos
proporcionaría una vida más saludable, aspiramos que la publicación y lectura del presente
artículo despierte vocaciones y motivaciones que estimulen a nuestra población a ejercitar
su dimensión ecológica.

       También nos referimos al derecho ambiental, rama del Derecho que se ocupa de la
protección del medio ambiente contra agresiones derivadas de la acción humana. El
Derecho ambiental adolece, además de una aplicación relativamente escasa, del hecho de
ser un inmenso y heterogéneo conjunto de normas dispersas en multitud de organismos
públicos y semipúblicos, muchas veces contradictorias, lo que hace en ocasiones difícil
encontrar las directamente aplicables en un caso concreto, con todo esto nos queda claro
que un ambiente fuera de la contaminación se logra con el aporte de cada persona y
podemos colaborar para lograrlo.

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Conocimiento sobre el Patrimonio ambiental

  • 1. Introducción En el siguiente trabajo se dan a conocer una serie de conceptos esenciales para nuestro día a día como lo son: La valoración, conservación y preservación de la planificación ambiental. La educación ambiental nos permite contar con las herramientas instrumentales necesarias para llevar a cabo el estudio de los impactos ambientales, para la prevención ambiental se debe anticipar los daños y así los impactos ambientales de cada estado o nación debe resguardarse como un patrimonio ambiental. El derecho ambiental se ocupa de la protección del medio ambiente se dice que este derecho proviene de orígenes romanos por los años del siglo XX, el derecho ambiental gira alrededor de ejes como: Técnicas de intervención pública, planificación, evaluación del impuesto, prevención y control. El impacto ambiental se clasifica en: Efectos sociales económicos, tecno-culturales y ecológicos y el gran ejemplo del día a día el ruido generado por el tráfico en una autovía pertenece a los efectos sociales y causa d un gran impacto negativo para la calidad de vida de nosotros de los seres humanos. La contaminación afecta directamente la salud del ser humano. Hay muchos tipos de contaminación una de ellos son la contaminación de la atmosfera provocada por las emisiones CO2y la parte del agua provocada por diversos químicos.
  • 2. Patrimonio. Suma de los valores determinados, tales como: cultura, sociedad, ambiente, historia, tradiciones, económica y política; que son heredados y conservados para una mayor disposición de los recursos de un país, una nación, una región o un lugar, que se utilizan para la vida social, económica e histórica que posee. Se define como el conjunto de elementos heredados de generación en generación, conformado por todos los bienes naturales, culturales, tradicionales e históricos de una nación. Patrimonio Ambiental. El patrimonio ambiental, es todo elemento o conjunto de elementos tangibles o intangibles cuya imagen (percepción o información de ella) hace que la comunidad le asigne o reconozca en el o ellas un valor más allá de su valor concreto y cuantificable. Representa algo significativo, desarrollado en su cultura, que los identifica como comunidad en un tiempo espacio histórico determinado. El patrimonio ambiental, encierra el patrimonio cultural y el patrimonio natural. El patrimonio cultural se refiere a todas las acciones humanas sobre el territorio, y patrimonio natural, por apropiación del territorio donde la sociedad vive, se manifiesta, y siente como propio. También se puede decir que el patrimonio ambiental es donde se comprende todas las bellezas naturales, conformada por ríos, montañas, selvas, áreas con climas y especies silvestres vegetales o animales que necesitan cuidados especiales para su conservación y se dividen o clasifican en: Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Zonas Protectoras con que cuenta un país con el fin de preservarlas, protegerlas y darle un especial cuidado debido a las características que presentan como tal. Valoración de la Patrimonio Ambiental La administración del medio ambiente es la evaluación, planificación, gestión o manejo ambiental de una forma adecuada tratando dañar lo menos posible al medio ambiente y utilizando lo necesario de recursos naturales. Se debe de hacer un estudio para después planificar hasta llegar al objetivo y gestionar, este puede ser en un área grande o en un lugar más específico como una localidad en particular, puede ser una evaluación del impacto ambiental de cierta región, es importante incluir la opinión de la población ya que ellos son los que están de cierta forma conviviendo día con día en las áreas y están más sensibilizados, También es importante la participación del gobierno ya que este aplica la legislación, pero esta participación debe de ser balanceada y no irse por el lado del poderoso y que observe la conducta cívica de los particulares. La planificación ambiental es cuando se intenta concretar, estoy de acuerdo que en esta planeación se deben de tomar en cuenta los recursos naturales utilizando adecuadamente el medio ambiente, y se deben de
  • 3. tomar en cuenta los impactos que se puedan tener ya que la sociedad- naturaleza condiciona las características del medio ambiente, se debe de planificar de acuerdo a lo que se haya evaluado y sea lo mejor para el medio ambiente con el menor daño posible a la naturaleza y al sistema social. En un plan ambiental se deben de considerar todas las interacciones que haya con los elementos en un medio ambiente, y debe de contener recomendaciones para que el consumo y la tecnología sean las adecuadas y no contribuyan a disminuir nuestros recursos naturales. Debe de incluir una evaluación ambiental, donde hayan objetivos, estrategias para alcanzarlos y recomendaciones. Hay varias instituciones gubernamentales en México que ya se han dedicado a planificar el medio ambiente de una forma sustentable con la participación de la sociedad. Por último la gestión es esencial para la administración del medio ambiente ya que en esta se ven las acciones, maniobras como se deben realizar, los pasos adecuados que se deben de tomar, los plazos y opciones posibles. Conservación del Patrimonio Ambiental El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, su protección, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental, son aspectos muy relevantes de la relación del ser humano con su entorno .De allí que sea importante conocer fehacientemente los conceptos relacionados con el desarrollo en forma activa de la educación y la protección ambiental. Siendo un tema realmente extenso, de seguro nos quedaríamos cortos al referirnos a él. Sin embargo, aspiramos que la publicación y lectura del presente artículo despierte vocaciones y motivaciones que estimulen a nuestra población a ejercitar su dimensión ecológica. El concepto a transformar en proceso cultural activo es la Conservación del Patrimonio Ambiental, que consiste en el uso y aprovechamiento racional o la reparación, en su caso, de los componentes del Ambiente, especialmente aquellos propios del país que sean únicos, escasos o representativos, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración. Para realizar la función conservacionista, nuestro habitante debe inhibir o mitigar a la Contaminación, identificada como el proceso de deterioro de los recursos vitales por la presencia en el ambiente de elementos llamados contaminantes (compuestos, sustancias, derivados químicos o biológicos, energía, radiación, vibración, ruido, o una combinación de ellos) , cuya presencia en el Ambiente, en ciertos niveles, concentraciones o períodos de tiempo, pueda constituir un riesgo a la salud de las personas, a la calidad de vida de la población, a la preservación de la naturaleza o a la conservación del patrimonio ambiental. A través de la acción conservacionista, se pretende adelantarse al Daño Ambiental, el cual se reconoce como toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo inferido al Ambiente o a uno o más de sus componentes. Para ello es necesario que los proyectos industriales realicen antes de su constitución, una Declaración de Impacto Ambiental, vale decir, un documento descriptivo de una actividad o proyecto que se pretende realizar, o de las modificaciones que se le introducirán, otorgado bajo juramento por el respectivo titular, cuyo contenido permite al organismo competente, evaluar si su
  • 4. impacto ambiental se ajusta a las normas ambientales vigentes. El paradigma que se persigue cuando hablamos hoy en día de crecimiento demográfico y económico, es el que se adopta bajo la denominación de Desarrollo Sustentable: el proceso de mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las personas, fundado en medidas apropiadas de conservación y protección del medio ambiente, de tal manera que no se comprometan las expectativas de las generaciones futuras. Para alcanzar ese Desarrollo Sustentable, es necesario aplicar la Educación Ambiental, que es el proceso permanente de carácter interdisciplinario, destinado a la formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos y desarrolle las habilidades y las actitudes necesarias para una convivencia armónica entre seres humanos, su cultura y su medio biofísico circundante. Esa Educación Ambiental nos permite contar con las herramientas instrumentales necesarias para llevar a cabo los denominados Estudios de Impactos Ambientales o documentos que describen pormenorizadamente las características de un proyecto o actividad que se pretenda llevar a cabo o al que se le efectúe una modificación. Debe proporcionar antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su impacto ambiental y describir las acciones que ejecutará para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos. Mediante estos de Impactos Ambientales se efectúa la Evaluación del Impacto Ambiental, que permite precisar cuan ajustada a la norma se encuentra la interacción entre la actividad humana y las variables ambientales. Un punto importante en la configuración del Proyecto se encuentra en el “trazado” de la Línea de Base, la cual nos delimita el área de influencia de un proyecto de desarrollo previamente a su ejecución, tomando en cuenta que el Ambiente es un sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química , biológica, sociocultural y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural, y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones; lo que procura una exitosa gestión ambiental, es mantener al Ambiente libre de contaminación o en todo caso, impidiendo que la concentración de los elementos dañinos alcance concentraciones y niveles susceptibles de constituir un riesgo a la salud de las personas, a la calidad de vida de la población, a la preservación de la naturaleza o a la conservación del patrimonio ambiental; para ello se establecen normas primarias y secundarias de calidad ambiental.Las primeras, establecen los valores de las concentraciones y períodos, máximos o mínimos permisibles de elementos, compuestos, sustancias, derivados químicos biológicos, energías, radiaciones, vibraciones, ruidos o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la vida o la salud de la población. Las segundas, aquéllas que establecen los valores de las concentraciones y períodos, máximos o mínimos permisibles de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente puedan constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza. Para controlar esta variable se emiten las llamadas Normas de Emisión, que establecen la cantidad máxima permitida para un contaminante, medida en el efluente de la fuente emisora.
  • 5. Es claro que los Recursos Naturales o componentes del Ambiente susceptibles de ser usados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades o intereses espirituales, culturales, sociales y económicos, requieren de la adopción de un conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones, destinadas a mantener las condiciones que hacen posible la evolución y el desarrollo de las especies y de los ecosistemas de cada país controlar su deterioro. Unos conceptos muy útiles para aplicar labores de prevención ambiental anticipándonos a los daños, lo constituyen los denominados como Zona Latente y Zona Saturada. La Zona Latente, es aquélla en que la medición de la concentración de contaminantes en el aire, agua o suelo se sitúa entre el 80% y el 100% del valor de la respectiva norma de calidad ambiental. La Zona Saturada, por su parte, es: aquélla en que una o más normas de calidad ambiental se encuentran sobrepasadas. Sin perjuicio de las sanciones que señale la ley, todo el que culposa o dolosamente cause daño al medio ambiente, está obligado a repararlo materialmente, a su costo, si ello fuere posible, e indemnizarlo en conformidad a la Ley. Es deber del Estado facilitar la participación ciudadana y promover campañas educativas destinadas a la protección del Ambiente. En esta hora de claros impactos ambientales que son innegables, cada nación del planeta debe comprometerse con la vida resguardando su patrimonio ambiental Preservación Ambiental A veces la dispersión de los contaminantes cumple con esto, es decir, al dispersarse las partículas en el aire o en el suelo, lo que está sucediendo es que está creciendo el "desorden" y mientras las partículas no lleguen a concentrarse, digamos que el ambiente dispersa los contaminantes. En realidad no los dispersa, lo que sucede es que disminuye lo que se denomina capacidad de resiliencia del ambiente, es decir, su capacidad para contener un impacto o absorber el impacto de un contaminante. En la planificación la variable ambiental es tan simple que prácticamente debiera ser considerada como la primera limitante en un proyecto, y sin embargo es la última o no existe directamente. Planificar significa de alguna manera limitar. Limitar significa coartar y guiar. Si no se planifica (es decir, si no se limita, si no se coarta) el futuro es diferente que al principio y puede ser mucho más perjudicial. Derecho ambiental Derecho ambiental, rama del Derecho que se ocupa de la protección del medio ambiente contra agresiones derivadas de la acción humana. Aunque cuenta con algunos remotos orígenes romanos en las relaciones jurídicas entre colindantes, “relaciones de vecindad”, acerca de emisión de humos, ruidos y ejecución de actividades molestas, no es hasta los
  • 6. años sesenta del siglo XX cuando cobra un gran impulso, con diferencias según la fecha de la industrialización de cada país, determinante en el nacimiento de la conciencia ecológica en amplias capas de la sociedad. El paso lógico de la necesaria concienciación ambiental a la incorporación a la política oficial, y de ésta al Derecho, tiene su punto de inflexión en 1972, con la Conferencia de Estocolmo organizada por la ONU. La Constitución española de 1978 consagraba esta preocupación al incluir entre sus principios rectores al derecho y el deber de proteger el medio ambiente. El Derecho ambiental adolece, además de una aplicación relativamente escasa, del hecho de ser un inmenso y heterogéneo conjunto de normas dispersas en multitud de organismos públicos y semipúblicos, muchas veces contradictorias, lo que hace en ocasiones difícil encontrar las directamente aplicables en un caso concreto. Por otra parte, no existe unanimidad de criterio a la hora de definir el concepto de “Derecho ambiental”. Hay juristas que ciñen su campo a la normativa sobre agua y aire (los dos fluidos que permiten la vida), mientras que otros añaden a estos dos el suelo; algunos incorporan el subsuelo en tanto que recurso natural. En todo caso, hay que separar el Derecho ambiental de otros muy cercanos, como el de la Ordenación del Territorio y el Urbanismo. Han aparecido hace escasos años conceptos nuevos como el de la “protección del paisaje”, donde junto a criterios materiales se incluyen otros estéticos, culturales o inmateriales. Dejando a un lado las disquisiciones doctrinales y jurisprudenciales, el Derecho ambiental gira especialmente alrededor de estos ejes: las diversas técnicas de intervención pública (autorizaciones, prohibiciones, regulaciones, planificación, sanciones y catalogaciones), la evaluación de impacto ambiental, las ayudas y subvenciones, la prevención y control integrado de la contaminación, la participación social y la información sobre datos ambientales, la cooperación internacional y el reparto interno de competencias entre los diversos organismos. Se compone principalmente de Derecho Administrativo, pero también cuenta con el Derecho civil (responsabilidad por daños), el penal (delitos ecológicos) y el tributario (impuestos ecológicos). Impacto ambiental Impacto ambiental, término que define el efecto que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente. Los efectos pueden ser positivos o negativos y se pueden clasificar en: efectos sociales, efectos económicos, efectos tecnológico-culturales y efectos ecológicos. Dentro de los impactos sociales se suele poner como ejemplo el efecto del ruido generado por el tráfico en una autovía. El ruido causa un impacto negativo sobre la calidad de vida o sobre el confort de las personas que habitan junto a la infraestructura en cuestión. Por el contrario, el recrecimiento de una presa existente puede tener un efecto positivo, asegurando el abastecimiento de agua durante las épocas de sequía prolongada. Las líneas de alta velocidad suelen tener un efecto positivo en el desarrollo económico de las comarcas por las que discurren. Los efectos culturales suelen caracterizarse por su impacto negativo ya que, en ocasiones,
  • 7. las actividades humanas pueden llegar a alterar o destruir yacimientos u otros bienes culturales. Por el contrario, un efecto positivo sería el hallazgo de restos arqueológicos o paleontológicos durante las excavaciones y los movimientos de tierra que se realizan en determinadas obras. Un claro ejemplo lo constituye el yacimiento de Atapuerca (Burgos, España) que se puso al descubierto gracias a las trincheras que se excavaban durante las obras del ferrocarril. El impacto ecológico generalmente es de carácter negativo, ya que puede suponer el desplazamiento de poblaciones o la destrucción de hábitats o de especies. En algunas ocasiones, sin embargo, se generan efectos positivos; por ejemplo en las explotaciones de áridos en graveras se pueden crear nuevos hábitats cuando, al abandonarse o agotarse la explotación, la cubeta queda inundada convirtiéndose en una zona húmeda. El término impacto ambiental se utiliza en dos campos diferenciados, aunque relacionados entre sí: el ámbito científico-técnico y el jurídico-administrativo. El primero ha dado lugar al desarrollo de metodologías para la identificación y la valoración de los impactos ambientales, incluidas en el proceso que se conoce como Evaluación de Impacto Ambiental (EIA); el segundo ha producido toda una serie de normas y leyes que garantizan que un determinado proyecto pueda ser modificado o rechazado debido a sus consecuencias ambientales. Este rechazo o modificación se produce a lo largo del procedimiento administrativo de la evaluación de impacto. Gracias a las evaluaciones de impacto, se pueden estudiar y predecir dichas consecuencias ambientales, esto es, los impactos que ocasiona una determinada acción. Contaminación Contaminación, impregnación del aire, el agua o el suelo con productos que afectan a la salud del hombre, la calidad de vida o el funcionamiento natural de los ecosistemas. Sobre la contaminación de la atmósfera por emisiones industriales, incineradoras, motores de combustión interna y otras fuentes, véase Contaminación atmosférica. Sobre la contaminación del agua, los ríos, los lagos y los mares por residuos domésticos, urbanos, nucleares e industriales, véase Energía Nuclear; Depuración de aguas; Contaminación del agua.
  • 8. Conclusión El patrimonio ambiental, es todo elemento o conjunto de elementos tangibles o intangibles cuya imagen (percepción o información de ella) hace que la comunidad le asigne o reconozca en el o ellas un valor más allá de su valor concreto y cuantificable, podríamos decir que encierra el patrimonio cultural y el patrimonio natural. El patrimonio cultural se refiere a todas las acciones humanas sobre el territorio, y patrimonio natural, por apropiación del territorio donde la sociedad vive, se manifiesta, y siente como propio. Hablamos de los valores del patrimonio ambiental se dice que es la evaluación, planificación, gestión o manejo ambiental de una forma adecuada tratando dañar lo menos posible al medio ambiente y utilizando lo necesario de recursos naturales en un plan ambiental se deben de considerar todas las interacciones que haya con los elementos en un medio ambiente, y debe de contener recomendaciones para que el consumo y la tecnología sean las adecuadas y no contribuyan a disminuir nuestros recursos naturales. La conservación ambiental, es el derecho de vivir en un ambiente natural libre de contaminación es importante que cada quien colabore para que esto sea posible ya que nos proporcionaría una vida más saludable, aspiramos que la publicación y lectura del presente artículo despierte vocaciones y motivaciones que estimulen a nuestra población a ejercitar su dimensión ecológica. También nos referimos al derecho ambiental, rama del Derecho que se ocupa de la protección del medio ambiente contra agresiones derivadas de la acción humana. El Derecho ambiental adolece, además de una aplicación relativamente escasa, del hecho de ser un inmenso y heterogéneo conjunto de normas dispersas en multitud de organismos públicos y semipúblicos, muchas veces contradictorias, lo que hace en ocasiones difícil encontrar las directamente aplicables en un caso concreto, con todo esto nos queda claro que un ambiente fuera de la contaminación se logra con el aporte de cada persona y podemos colaborar para lograrlo.